CONTRATO DE PRESTAMO
CONTRATO CREDITO REVOLVENTE
CONTRATO XX XXXXXXXX
POR L.
NOMBRE DEL PRESTATARIO:
Préstamo No. _________________________ L.
Yo de una parte,
(GENERALES XX XXX),
con
domicilio en (dirección del cliente),
quien
se denominará "El Prestatario",
actuando en su propio
nombre y de otra
BANCO DE LOS
TRABAJADORES, S.A. con
Registro Tributario Nacional No.08019999406510, representado por el
abajo firmante, quien ostenta facultades para la suscripción de este
documento, con
domicilio en la segunda ( 2ª ) Avenida “Xxxxx Xxxx”, xxxxx
0x x 0x Xxxxx, Xxxxxxxxxxx X.X.X., Honduras, C.A., Edificio
Principal,
en
adelante denominado EL
BANCO; hemos convenido en
celebrar como al efecto celebramos el presente Contrato xx Xxxxxxxx
que se regirá por las estipulaciones y condiciones siguientes:
PRIMERO:
"El Prestatario" declara: que con fecha ______________
(_____) de __________ del año ______________________
BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A, acordó
concederle un Crédito
Abierto con Limitación de Suma
hasta por la
cantidad de ________________________________
(L.___________________),
intereses
y costas, a cuyo efecto celebran el presente contrato en los
términos, pactos y condiciones siguientes: a)
Conviene que por derivación de la Apertura de Crédito Abierto
aprobado y formalizado mediante el presente contrato las
transacciones crediticias individuales podrán efectuarse mediante
préstamos directos, descuentos de documentos, negociaciones y
aperturas de carta de créditos, cobranzas, otorgamientos de fianzas,
avales y garantías bancarias,
manejo
de cuentas corrientes, descuentos, sobregiros, obligaciones
pendientes o el pago de cantidades de dinero que por cualquier título
o concepto directo o indirectamente tuviere que hacer efectivo el
acreditado al expresado Banco, quedando establecido que dentro de la
apertura de crédito en referencia quedan comprendida toda obligación
de crédito directo o indirecto o sea como prestatario o fiador que
el acreditado tenga con el BANCO
DE LOS TRABAJADORES, pero
queda expresamente convenido que la contratación de esta Apertura de
Crédito Abierto, no implica que EL
BANCO
está obligado a negociar y otorgar las transacciones que le proponga
o solicite EL
ACREDITADO,
pues al efecto EL
BANCO
podrá denegar una o más de esas negociaciones, si así conviene a
sus intereses y sin que tenga que dar a nadie explicaciones de
ninguna clase sobre el particular y también sin responsabilidad
alguna de su parte; b)
Todo préstamo u operación bancaria acordada con cargo a esta
Apertura de Crédito Abierto, deberá tener una relación directa con
las operaciones normales de EL
ACREDITADO,
calificación que EL
BANCO
hará en todo tiempo según su libre albedrío; c)
Toda
cantidad de dinero que EL
BANCO
autorice en calidad xx xxxxxxxx quedara depositada íntegramente en
EL
BANCO
y este se reserva el derecho de entregarla en partidas y de acuerdo
con las necesidades prácticas de EL
ACREDITADO y
de controlar estrictamente la inversión de los fondos retirados,
para lo cual y sin necesidad de requerimiento alguno EL
ACREDITADO deberá
presentar al Banco los documentos justificativos de las inversiones,
debiendo quedar en EL
BANCO
en calidad de depósito; d)
Desembolsos: "El
Prestatario" suscribirá el retiro de los fondos xxx xxxxxxxx
en la siguiente forma: solicitud de desembolso, convenio xx xxxxxxxx
o cualquier otro documento que BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A, exija,
por el retiro total o parcial xxx xxxxxxxx, siendo entendido y
convenido que. Si "El Prestatario" no retira los fondos
dentro de los quince días siguientes a las fechas establecidas en
esta cláusula o la fecha que BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A,
comunique a El Prestatario que están disponibles, BANCO DE LOS
TRABAJADORES, S.A, podrá abstenerse de entregar la cantidad que
debió desembolsar, salvo aquellos casos en que
_________________________________ haya comunicado que hará el retiro
posteriormente, no obstante lo anterior es expresamente convenido que
el Banco de los Trabajadores, S.A. queda plenamente autorizado para
aplicar los fondos xxx xxxxxxxx a la amortización de los prestamos
que el prestatario tiene pendiente con el mismo Banco obligándose a
no reclamar en ningún tiempo.
Al momento del desembolso y por única vez, se cobrará en concepto
de cargos por desembolso un porcentaje de __%
sobre el monto otorgado,
entendiéndose por estos los gastos administrativos y papelería del
Banco e)
Morosidad: "El
Prestatario" incurrirá en xxxx por la falta de pago de dos (2)
cuotas mensuales de amortización al préstamo; todo lo cual da
derecho al Banco para declarar vencida anticipadamente la obligación
xx xxxxxxxx y a reclamar su pago hasta por la vía judicial. f)
GESTIONES DE COBRO:
Las gestiones de cobranza extrajudicial por los medios que EL BANCO
consideré oportuno, se realizarán en un horario de Lunes a Sábado
de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. y los Domingos de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., si
en dichos requerimientos no se logra el pago del saldo adeudado, se
procederá a su cobro por la vía Judicial. g)
intereses Moratorios: En
caso xx xxxx, el BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A, cobrara al
PRESTATARIO un interés
adicional sobre el saldo en xxxx de un 3% anual, es igualmente
aceptado que si el BANCO modificare la tasa de interés pactada, la
misma será publicada en un diario de circulación nacional pagando
el PRESTATARIO esta última. h)
Suspensión de Entrega de Fondos:
BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A, podrá suspender la entrega de fondos
xxx xxxxxxxx y/o declarar vencida la obligación y exigir el pago
inmediatamente del saldo por los motivos establecidos en el literal
e) que antecede y además, cuando "El Prestatario" incurra
en: 1) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, 2) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, 3)
xxxxxxxxxxxxxxxxx, 4) Xxxx injustificada en el pago de intereses o
cuotas de amortización, primas de seguros; i)
Condiciones Generales: 1.
“El Prestatario" aceptará y cooperará en cualquier
investigación que BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A, considere
necesaria y que se ordene se efectúe. 2.- El
prestatario podrá cancelar anticipadamente el saldo xxx xxxxxxxx
total o parcialmente, con la consiguiente aplicación de los
intereses que correspondan a la fecha de cancelación y sin penalidad
alguna. No obstante, esta penalidad podrá aplicarse solamente sobre
el saldo del capital adeudado, si en los contratos suscritos entre la
institución supervisada y los organismos de fondeo se establece una
penalidad por cancelación anticipada. 3) El
PRESTATARIO
pagará el préstamo en cualquiera de las sucursales u oficinas del
BANCO
sin necesidad de requerimiento alguno; 4) El
costo anual total
a pagar por EL
PRESTATARIO será del
____________ POR CIENTO (XXX %). 5.- El Prestatario no destinará
los fondos xxx xxxxxxxx para otros propósitos que no sean
exclusivamente para los cuales fue aprobado y concedido. 6.- EL
PRESTATARIO autoriza expresamente a El BANCO para ceder o descontar
el préstamo formalizado en este contrato, así como a endosar el
titulo valor de garantía colateral a cualquier institución pública
o privada nacional e internacional. 7) EL PRESTATARIO autoriza
expresamente al Banco, para que su historial de crédito sea
confirmado en las veces y periodos que considere necesario durante
la vigencia de este contrato, en la Central de Información
Crediticia de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros u otra
central de riesgos pública o privada, y autorizo para que me debiten
los gastos derivados por la realización de éstas consultas, tal
como se detallan en la Carátula xxx Xxxxxxxx y Esquema de
Amortización de Crédito.
j) FORMAS
DE PAGO DEL PRESENTE PRÉSTAMO:
a) Por medio de deducción de planilla aceptado y enviado por el
patrono; b) En caso de incumplimiento de la opción anterior, el
Banco está autorizado para realizar el cobro vía debito de la
cuenta de ahorro/cheques, o en defecto vía deducción por planilla o
débito en los meses subsiguientes, hasta la cancelación del total
de la deuda: c) EL
PRESTATARIO Y/O EL FIADOR SOLIDARIO autorizan expresamente a El
BANCO para que debite sus cuentas bancarias en moneda nacional o
moneda extranjera a efecto de amortizar a su vencimiento las cuotas
pactadas más intereses y gastos correspondientes, lo mismo que
cualquier otro gasto en que se incurra. Si la cuenta tuviese la
naturaleza de un depósito a plazo fijo la retención, cargo o
débito autorizado anteriormente se efectuará al momento de
incurrir el incumplimiento x xxxx independientemente del vencimiento
del Depósito. Si la cuenta tuviera la naturaleza de un depósito de
ahorro, o de un depósito en cuenta de cheques, la retención, cargo
o débito podrá efectuarse por EL BANCO en cualquier momento y se
tendrá por todos sus efectos o consecuencias como válida. Es
convenido que la autorización que EL PRESTATARIO Y/O EL FIADOR
SOLIDARIO otorgan a EL BANCO para cargar o debitar sus cuentas según
el tenor del presente contrato, no coarta o perturba el derecho de EL
BANCO de promover las acciones legales que le correspondan, dado el
incumplimiento de la obligación; d) En
caso de que el prestatario deje de laborar en la empresa antes de las
fechas del pago del presente préstamo, autoriza al Banco para que
solicite la deducción del mismo anticipadamente de la indemnización
y prestaciones sociales correspondiente. k) OPERACIONES
EN MONEDA EXTRANJERA:
Cuando las operaciones realizadas conlleven la utilización de
moneda extranjera de cualquier clase u origen, será entendido que a
cuenta del acreditado correrán todos los riesgos cambiarios hasta el
momento en que el Banco obtenga la habilitación de divisas para
efectuar el pago al beneficiario ultimo; esto incluye las
obligaciones de los acreditados para desembolsar al Banco cualquier
cantidad de dinero que surja por efecto de ajustes o modificaciones
en los tipos de paridad establecidos entre la moneda nacional y la
moneda extranjera que haya de utilizarse.
l) SEGURO: El
prestatario deberá
suscribir un seguro sobre saldo de deuda por el monto equivalente al
crédito otorgado, según sea el caso cuando aplicare, teniendo la
libertad de contratarlo por separado y de acuerdo a la tarifa
negociada con la compañía de seguros de su elección,
con el entendido que deberá presentar la renovación de la póliza
de seguros debidamente endosada a favor del Banco, treinta días (30)
antes de su vencimiento, de no hacerlo, el Banco tendrá la facultad
de contratar y suscribir la póliza de seguros a nombre del
prestatario, en la compañía de seguros que designe.
Esta cláusula no aplica
si el Banco otorga gratuitamente el seguro de deuda sobre saldo de
préstamos, ya que en este caso la compañía de seguros la designará
el Banco. En caso que el prestatario padezca una enfermedad
preexistente que le imposibilite la suscripción del respectivo
seguro de deuda,
libera de toda responsabilidad a el BANCO
y lo autoriza para que en caso de fallecimiento proceda a hacer las
gestiones necesarias ante quien corresponda hasta llegar a la
cancelación de esta deuda, asimismo, deberá de suscribir un
Seguro de Daños que ampare contra todo riesgo los inmuebles
otorgados en garantía si aplicare, debiendo figurar EL BANCO
irrevocablemente como primer beneficiario en las pólizas
respectivas, seguros que serán renovados anualmente con recursos
propios de EL PRESTATARIO un mes antes de su vencimiento, y acepta
que si no cumple con este requisito, EL BANCO podrá pagarlo a su
libre albedrío, sin que estos constituya una obligación directa
para EL BANCO y en caso de hacer el pago, este quedará respaldada
con la hipotecas constituidas.
m) Condiciones Especiales:
1) La tasa de interés será fluctuante
_____________________________________, acepta los cambios que BANCO
DE LOS TRABAJADORES, S.A, apruebe: 2) otros contenidos en la
Resolución de Préstamos.
n) Incumplimiento:
1) El incumplimiento de
cualquiera de las condiciones establecidas por el presente Contrato
por parte de "El Prestatario" y fiadores darán derecho a
BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A, a declarar vencido anticipadamente el
préstamo y exigir el pago de las cantidades desembolsadas con sus
intereses respectivos. 2) En caso de exigirse judicialmente la
obligación "El Prestatario" y fiadores renuncian al fuero
de sus domicilios y se someten al de BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A,
que es esta ciudad, al que esta elija, así mismo se obligan al pago
de honorarios profesionales de abogados y demás costas ya sea que el
cobro se haga judicial o extrajudicialmente. 3) El
Proceso Judicial no interrumpirá la acumulación de los intereses
devengados, ni el cálculo de intereses moratorios. De conformidad
con el artículo 166 de la Ley del Sistema Financiero en relación
con el artículo 884 del Código de Comercio, el Estado de Cuenta
Certificado por el Contador de EL BANCO, hará fe en juicio para
establecer el saldo a cargo de EL PRESTATARIO y constituirá, junto
con el presente contrato Título Ejecutivo, sin necesidad de
reconocimiento de firma ni de otro requisito previo alguno. ñ)
Terminación:
El BANCO podrá
resolver el contrato de pleno derecho y dar por vencido
anticipadamente el plazo para el pago de capital y exigible
judicialmente la totalidad de las facilidades crediticias: 1) cuando
sea de conocimiento de EL BANCO que se han iniciado procesos
judiciales o cualquier otro proceso administrativo en contra de EL
PRESTATARIO, que a discreción de EL BANCO y en razón de su cuantía,
pongan en peligro el cumplimiento del presente Contrato;
2) por cualquiera de
las partes mediante aviso a la otra, con anticipación por los medios
de notificación que se consideren en el presente contrato y se
regirá por lo estipulado para
recisión y terminación del mismo, en
los casos que la solicitud derive de EL PRESTATARIO, este deberá
presentarse ante cualquiera de las sucursales de EL BANCO en toda la
República de Honduras y aplicará cuando no existiesen obligaciones
pendientes de pago a cargo de EL PRESTATARIO.
o) MODIFICACIONES:
Las
partes acuerdan que para efecto de
modificación, reclamo y
terminación del presente Contrato, se sujetaran entre otras a las
siguientes disposiciones: a) Las modificaciones se notificaran con
una anticipación de treinta
(30) días calendario antes de entrar en vigencia y su comunicación
podrá ser por medios de comunicación masiva ya sea radio,
televisión, periódico, medios electrónicos o comunicación
escrita; quedando entendido que el acreditado podrá finalizar la
relación contractual con EL BANCO, si no está conforme con las
modificaciones a las condiciones del contrato, en un plazo no menor
de quince (15) días a la fecha de entrada en vigencia de las mismas,
y pagando las obligaciones pendientes de pago. b) En caso de un
reclamo derivado del presente contrato, o de los servicios y/o
productos contratados, EL CLIENTE,
se avocará al Área de
Atención al Usuario Financiero del BANCO,
quien le
proporcionará la hoja de reclamación correspondiente, para que
pueda formalizar el mismo. EL BANCO deberá retener el formulario
original de dicho reclamo para realizar el análisis interno
pertinente, otorgando a EL
CLIENTE dos (2) copias del
mismo, en el caso que el Usuario Financiero presente alguna
incapacidad física y/o no pueda escribir y si así lo requiere EL
BANCO llenará la Hoja de Reclamación, seguidamente EL
BANCO a través de su
Oficial Encargado de Atención al Usuario Financiero, deberá
verificar que la hoja de reclamación sea correctamente llenada, no
permitir campos o ítems en blanco específicamente con la
información de teléfono fijo, celular y correo electrónico. EL
BANCO se obliga a resolver
dicho reclamo en un plazo xx xxxx (10) días hábiles a partir de la
recepción del reclamo, pudiendo ampliarse a no más xx xxxx (10)
días adicionales; tiempo en el cual deberá comunicar a EL
CLIENTE, por escrito, las
causas de la extensión del plazo. De igual forma, si el reclamo está
relacionado con productos ofrecidos de acuerdo a licencias
internacionales o que requiera de un dictamen de una institución
extranjera, el plazo de dicha respuesta será de hasta un máximo de
treinta (30) días hábiles. Pasado este plazo, EL
BANCO dará una respuesta
escrita al CLIENTE,
de una manera oportuna, integra y comprensible, en caso que dicha
respuesta no sea satisfactoria, se incluirá el siguiente texto “EL
CLIENTE podrá acudir a la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros, para interponer su reclamo
ante este órgano supervisor, sin perjuicio de las otras acciones a
las que EL CLIENTE
tenga derecho”
El tiempo de prescripción para que EL CLIENTE interponga un
reclamo ante EL BANCO será el establecido en la normativa
"NORMAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA TRANSPARENCIA, LA CULTURA
FINANCIERA, Y ATENCIÓN AL USUARIO FINANCIERO”. Asimismo, es
entendido que la carga de la prueba corresponde a EL BANCO.
c) El presente contrato podrá darse por terminado por cualquiera de
las partes mediante aviso a la otra, con anticipación por los medios
de notificación que se consideren en el presente contrato y se
regirá por lo estipulado para
recisión y terminación del mismo.
En los casos que la solicitud derive de EL ACREDITADO, este deberá
presentarse ante cualquiera de las sucursales de EL BANCO en toda la
Republica de Honduras. La terminación del Contrato en términos del
presente párrafo únicamente aplica cuando no existiesen
obligaciones pendientes de pago a cargo de EL ACREDITADO.
SEGUNDO:
_____________________________________,
en su condición dicha, declara: Que esta enterado de todo lo
expresado por el señor ____________________________________
lo cual por ser cierto lo
acepta en todos y cada una de sus partes en nombre y para su
representado El Banco de los Trabajadores,
S.A.
TERCERO: Ambas partes se
comprometen al fiel cumplimiento de sus obligaciones aquí contraídas
y acuerdan que, en lo no previsto, este Contrato se regirá por lo
dispuesto en la Política de Créditos de BANCO DE LOS TRABAJADORES,
S.A, en vigencia al momento de aprobarse este préstamo, Reglamento
que se incorpora a este Contrato y a la legislación hondureña
aplicable. Para constancia firman este Contrato en la
_________________________, Departamento de _____________________ a
los ______ días del mes de ___________ del año
_____________________.
___________________________ __________________________ POR EL BANCO PRESTATARIO
CONSTITUCION DE GARANTES HIPOTECARIOS Y/O FIADORES SOLIDARIOS
Yo: xxxxxx, mayor de edad, hondureño(a) y de este domicilio, por medio del presente DECLARO, que me constituyo como FIADOR SOLIDARIO hasta por un monto de X.xxx, intereses y costas por credito otorgado por el BANCO DE LOS TRABAJADORES S.A. al(a) señor(a) xxx, adhiriéndonos a las condiciones pactadasdel presente Contrato.
Nombre: |
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Identidad No. |
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Firma |