Ámbito de vigencia
Ámbito de vigencia
Las siguientes condiciones solo son válidas frente a empresarios, personas jurídicas de derecho público o un patrimonio especial de derecho público.
I. Validez de estas condiciones
1. Salvo acuerdos contrarios establecidos en el caso concreto, los contratos con nosotros se establecen exclusivamente en base a las siguientes disposiciones; con la concesión del pedido, el cliente declara su conformidad con nuestras condiciones.
2. Eventuales condiciones contrarias o diferentes del cliente solo serán vinculantes para nosotros si las hemos reconocido expresamente por escrito. Nuestras condiciones también se aplicarán si, en conocimiento de la existencia de condiciones contrarias o diferentes del cliente, ejecutamos nuestro suministro o servicio sin reservas.
3. Estas Condiciones Comerciales Generales son válidas para todos nuestros suministros y servicios y todas las obligaciones resultantes de una obligación jurídica con el cliente.
4. Frente a empresarios y personas jurídicas de derecho público, nuestras condiciones se aplicarán también en todas las relaciones comerciales futuras.
II. Ofertas/modificaciones
1. Salvo indicación contraria expresa, nuestras ofertas se someten sin compromiso.
2. Un contrato con nosotros solo se considera como firmado una vez que el cliente haya aceptado nuestra oferta sin reservas o le haya llegado nuestra confirmación de pedido escrita o hayamos iniciado la ejecución del suministro o servicio.
3. Salvo acuerdo contrario, en caso de expedición de una confirmación de pedido escrita por nuestra parte, ésta será determinante para el contenido y la envergadura del contrato.
4. Cualquier modificación, estipulación accesoria o complemento, así como eventuales acuerdos sobre características o la concesión de garantías, requieren para su validez un acuerdo expreso; éste se deberá establecer por escrito para ser válido.
III. Precios
1. Los precios indicados por nosotros serán determinantes y se incrementarán con el I.V.A. aplicable, si lo hubiera. Salvo acuerdo contrario, además de la remuneración acordada, tendremos derecho a reembolso de gastos.
2. Los precios se entienden desde la fábrica, no incluyen gastos de transporte, aranceles, cargas a la importación y embalaje y se incrementan con el I.V.A. aplicable.
3. Si se ha acordado la dependencia del precio del peso de las piezas, el precio definitivo resulta del peso de las muestras aprobadas.
4. En caso de nuevos pedidos (= pedidos posteriores) no estaremos ligados a los precios anteriores.
IV. Ejecución de los pedidos
1. Salvo expreso acuerdo contrario, el objeto del suministro o servicio solo necesitará mostrar las características, los datos técnicos, etc. que se hayan especificado expresamente en el contrato; éstos solo representan concesiones de garantías si declaramos expresamente querer asumir una responsabilidad estricta al respecto, o si son nombrados explícitamente como tales por nosotros; las declaraciones de garantía se deberán prestar por escrito para tener validez.
2. Nos reservamos el derecho de introducir modificaciones técnicas y de diseño frente a descripciones y datos contenidos en nuestros folletos, catálogos o documentos de venta similares y sustituir productos (parciales) por otros técnicamente equivalentes o mejores sin que el cliente pueda derivar de ello derecho alguno frente a nosotros. Este tipo de descripciones y datos, así como declaraciones publicitarias (también por parte del fabricante) no contienen declaraciones de garantía. Siempre que las normativas legales no establezcan el contrario, solo tenemos un deber de asesoramiento en la medida en que lo hayamos asumido como obligación principal contractual.
3. El cliente deberá notificarnos de manera completa todos los hechos relevantes para la ejecución de nuestro suministro y/o servicio. No estamos obligados a comprobar la integridad y veracidad de los datos, informaciones u otras prestaciones facilitados por el cliente, siempre que no existiera ningún motivo de hacerlo, teniendo en cuenta las circunstancias del caso concreto, o la obligación de comprobación no se haya asumido expresamente como obligación contractual.
4. En la medida en que se realicen trabajos en las instalaciones del cliente, se deberán proporcionar a nuestros empleados, gratuitamente, los puestos y medios de trabajo necesarios para este fin.
5. En caso de intervención fuera de nuestras instalaciones, el cliente deberá realizar todas las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones con vistas a asegurar el tráfico, a no ser que resulte el contrario de la naturaleza del objeto o hubiera un acuerdo con el cliente. Estamos autorizados a rechazar la ejecución de nuestro suministro o servicio mientras no se tomen las medidas necesarias.
6. Independientemente de nuestra responsabilidad por el cumplimiento de las prestaciones debidas en base al contrato estaremos autorizados sin restricción alguna a implicar a terceros para el cumplimiento del contrato. En la medida que los empleados cuya intervención haya sido acordada contractualmente estén impedidos por motivos no imputables a nuestra empresa, estaremos autorizados a sustituirlos por otros empleados apropiados.
V. Obligación de entrega y de recepción
1. Los plazos de entrega se inician tras la recepción de todos los documentos necesarios para la ejecución del pedido, el pago a cuenta y la aportación de materiales conforme a los plazos, en la medida en que se haya acordado.
2. Se permiten unas entregas parciales adecuadas, así como unas desviaciones exigibles de la cantidad de hasta un 10 % por encima del volumen acordado; en este caso, el cliente deberá pagar la remuneración por la cantidad entregada efectivamente. Lo mismo rige en caso de desviaciones de la cantidad de hasta un 10 % por debajo del volumen acordado.
3. En caso de pedidos a requerimiento sin establecimiento de una duración, tamaños de lotes de fabricación y fechas de recepción podremos exigir, a más tardar al cabo de tres meses desde la confirmación del pedido, una especificación vinculante al respecto. Si el cliente no correspondiera a este requerimiento en un plazo de tres semanas, estaremos autorizados a fijar un plazo xx xxxxxx de dos semanas, al finalizar el cual podremos rescindir el contrato y/o pedir una indemnización por daños y perjuicios.
4. En caso de que el cliente no cumpliera su obligación de recepción, no estaremos sujetos a las normas sobre la reventa, sin perjuicio de otros derechos. Podremos vender directamente el objeto de la entrega previa notificación al cliente.
VI. Fuerza mayor
1. En casos de fuerza mayor, la parte contratante afectada quedará liberada de la obligación de entrega o recepción durante el tiempo y en la medida en que persistan sus efectos. Como fuerza mayor se considera cualquier evento que se encuentre fuera del ámbito de influencia de la parte contratante en cuestión que le impida de manera completa o parcial el cumplimiento de sus obligaciones, incluyendo daños por incendio, inundación, huelgas y cierres patronales legítimas, así como interrupciones de la explotación no imputables a la parte contratante o disposiciones administrativas. Dificultades de abastecimiento y otras perturbaciones de servicios por parte de subproveedores del vendedor solo se considerarán como fuerza mayor si el subproveedor, por su parte, se ve impedido de cumplir sus obligaciones por un evento según la frase 1.
2. La parte contratante afectada notificará a la otra parte contratante sin demora la aparición y la desaparición del caso de fuerza mayor y se esforzará, según su xxxx, saber en eliminar la fuerza mayor y limitar al máximo sus efectos.
3. En caso de fuerza mayor, las partes contratantes acordará el procedimiento a seguir y establecerán si, al finalizar la circunstancia en cuestión, se efectuará una entrega posterior de los productos que no se hayan entregado durante este tiempo. Independientemente de ello, cada parte contratante estará autorizada a rescindir los pedidos afectados si el caso de fuerza mayor persiste durante más de 8 semanas desde la fecha de entrega acordada.
VII. Embalaje, expedición, traspaso del riesgo y demora de aceptación
1. Salvo acuerdo contrario, nosotros elegiremos el embalaje, el modo de envío y la vía de transporte.
2. Incluso en caso de entrega gratuita, el traspaso del riesgo al cliente tiene lugar en el momento en que la mercancía abandona el establecimiento del proveedor. En caso de retrasos de la expedición imputables al cliente, el riesgo ya se traspasa al cliente en el momento de la comunicación de la disposición para el envío.
3. A requerimiento escrito del cliente, la mercancía será asegurada por cuenta suya contra riesgos a indicar por él.
VIII. Reserva de propiedad
1. Las entregas siguen siendo nuestra propiedad hasta el cumplimiento de la totalidad de nuestros derechos frente al cliente, aunque esté satisfecho el precio de compra para créditos indicados específicamente. En la factura en curso, la propiedad reservada de las entregas (mercancía reservada) se considerará como garantía para nuestra factura de saldo. En caso de que, en relación con el pago del precio de compra, se establezca una garantía cambiaria, la reserva de propiedad no se extinguirá antes de la redención de la letra de cambio por parte del comprador en condición xx xxxxxxx.
2. Un eventual tratamiento o procesamiento por parte del cliente tendrá lugar, con exclusión de la adquisición de propiedad según el art. 950 del Código civil alemán (BGB), por encargo nuestro; conforme a la relación del valor neto de factura de nuestra mercancía y el valor neto de factura de la mercancía a tratar o procesar, nos convertiremos en copropietarios de la cosa creada de esta manera, que servirá como mercancía reservada con el fin de garantizar nuestros derechos según el apartado 1.
3. En caso de procesamiento (unión/mezcla) por parte del cliente con otras mercancías no pertenecientes a nosotros, se aplicarán las disposiciones de los art. 947, 948 BGB, con la consecuencia de que nuestra parte de copropiedad en la cosa nueva se considerará entonces como mercancía reservada en el sentido de estas condiciones.
4. El cliente solo estará autorizado a revender la mercancía reservada en el curso ordinario de los negocios y con la condición de que acuerde también con sus clientes una reserva de propiedad según los apartados 1 a 3. El cliente no está autorizado a disponer de otra manera de la mercancía reservada, particularmente mediante pignoración y cesión en garantía.
5. En caso de reventa, el comprador nos cederá desde este momento y hasta el cumplimiento de nuestros derechos todos los créditos y demás derechos justificados frente a sus clientes que resulten de la reventa, así como todos los derechos accesorios, en la cantidad del importe final de la factura (incl. I.V.A.). A requerimiento nuestro, el cliente estará obligado a proporcionarnos sin demora toda la información y entregar todos los documentos necesarios para ejercer nuestros derechos frente al contratante del cliente.
6. En caso de reventa de la mercancía reservada por el cliente después de su procesamiento según los apartados 2 y/o 3 conjuntamente con otras mercancías no pertenecientes a nosotros, la cesión del crédito resultante del precio de compra según el apartado 5 solo se aplicará en la cantidad del valor de factura de nuestra mercancía reservada.
7. Si el valor de las garantías establecidas para nosotros supera nuestro crédito total en más del 10%, estaremos obligados, a requerimiento del cliente, a liberar garantías según nuestra elección.
8. El cliente deberá notificarnos sin demora en caso de embargo o confiscación de la mercancía reservada por parte de terceros, de manera que podamos interponer una demanda según el art. 771 de la Ley de Enjuiciamiento Civil alemana (ZPO). En caso de que el tercero no estuviera en condiciones de restituirnos los costes judiciales y extrajudiciales de una demanda según el art. 771 ZPO, el cliente asumirá las pérdidas que nos hayan sido causadas.
9. Si, en virtud de las disposiciones anteriores, hiciéramos uso de la reserva de propiedad mediante la retirada de la mercancía reservada, estaremos autorizados a vender o subastar el producto directamente. La ejecución de la reserva de propiedad y, en particular, la reclamación de entrega de la mercancía, representan una rescisión del contrato. La devolución de la mercancía reservada se efectuará al precio de venta alcanzado, pero, como máximo, a los precios de suministro acordados. Nos reservamos el derecho de presentar reclamaciones ulteriores de indemnización por daños y perjuicios, particularmente de pérdida de beneficios.
IX. Responsabilidad por defectos materiales
1. Las muestras, que facilitaremos al cliente a requerimiento de éste para su comprobación, son determinantes para la calidad y la ejecución de los productos. La remisión a normas técnicas sirve para
la descripción de prestaciones y no se podrá interpretar como garantía de determinadas características.
2. En caso de que hubiéramos asesorado al cliente fuera de su prestación contractual, solo responderemos de la capacidad funcional y la idoneidad del objeto de la entrega en caso de haber garantizado este extremo expresamente con anterioridad.
3. Eventuales reclamaciones por defectos se deberán presentar sin demora y por escrito. En caso de vicios ocultos, la reclamación se deberá presentar inmediatamente después de su detección. Salvo acuerdo contrario, todas las reclamaciones por defectos prescriben en ambos casos al cabo de doce meses desde el traspaso del riesgo. Ello no afecta los plazos legales para el derecho de regreso según el art. 478, 479 BGB; lo mismo se aplicará en caso de que la ley prescribiera según el art. 438 apartado 1 n.º 2 BGB o el art. 634a apartado 1 n.º 2 BGB unos plazos más largos, en caso de incumplimiento deliberado o gravemente negligente por parte nuestra, en caso de ocultación dolosa de un efecto, así como en caso de daños a la vida, la integridad física o a la salud y en caso de reclamaciones derivadas de la Ley de responsabilidad por productos defectuosos.
4. En caso de reclamación por defectos fundamentada, siendo las muestras aprobadas por escrito por el cliente determinantes para la calidad y la ejecución, estaremos obligados a la subsanación de los vicios según nuestro criterio. En caso de que incumpliéramos esta obligación en un plazo adecuado o fracasara la subsanación a pesar de varios intentos, el cliente estará autorizado a reducir el precio de compra o rescindir el contrato. Reclamaciones ulteriores, particularmente de reembolso de gastos o de indemnización por daños causados por el defecto o daños derivados, solo se podrán plantear en el marco de las regulaciones sobre el punto
X. A requerimiento, las piezas sustituidas nos deberán ser devueltas x xxxxxx debidos.
5. En caso de repaso no autorizado y de manejo inadecuado se extinguen todos los derechos de responsabilidad por defectos. Solo con objeto de evitar daños desproporcionados o en el caso de que nosotros nos retrasáramos en la subsanación del daño, el cliente tendrá derecho a efectuar la subsanación previo acuerdo con nosotros y a exigir el reembolso de los gastos adecuados ocasionados.
6. El desgaste causado por el uso conforme al contrato no fundamentará derechos de garantía.
7. Solo existen derechos de regreso según el art. 478, 479 BGB si la reclamación por parte del consumidor estaba justificada, y únicamente en la medida prescrita por la ley, pero no para regulaciones de complacencia no acordadas con nosotros, y presuponen el cumplimiento de las obligaciones propias del titular del derecho de regreso, particularmente la observación de las obligaciones de reclamación.
X. Limitaciones de responsabilidad generales
Respondemos frente al cliente por todos los derechos contractuales, cuasicontractuales y legales de indemnización y reembolso de gastos como sigue:
1. Respondemos de forma ilimitada y por cualquier causa jurídica
• en caso de intencionalidad o negligencia grave,
• en caso de daños intencionados o gravemente negligentes a la vida, la integridad física o la salud,
• en caso de una promesa de garantía, en la medida que no exista otra regulación contraria al respecto,
• en caso de responsabilidad obligatoria, por ejemplo según la Ley de responsabilidad por productos defectuosos.
2. En caso de vulneración de una obligación contractual esencial por negligencia grave por nuestra parte, la responsabilidad estará limitada al daño previsible típico del contrato, a no ser que existiera una responsabilidad ilimitada según el punto anterior. Obligaciones contractuales esenciales son aquellas impuestas por el contenido del contrato con el fin de alcanzar la finalidad del mismo, cuyo cumplimiento es el que permite la correcta ejecución del contrato y en el cual el cliente puede confiar con regularidad.
3. Queda excluida toda responsabilidad ulterior por nuestra parte.
4. Las normas de responsabilidad anteriores también se aplicarán con vistas a nuestra responsabilidad por nuestros auxiliares ejecutivos y representantes legales.
XI. Condiciones de pago
1. Todos los pagos se deberán realizar en € (euros), exclusivamente a nosotros.
2. Salvo acuerdo contrario, el precio de compra para suministros u otras prestaciones será pagadero con un 2% de descuento por pronto pago en un plazo de 14 días o sin deducción alguna en un plazo de 30 días desde la fecha de la factura. La concesión de un descuento por pronto pago requiere del pago previo de todas las facturas incontestadas con una fecha de vencimiento anterior. No se concede ningún descuento por pronto pago en caso de eventuales pagos con letras de cambio.
3. En caso de superación de la fecha de pago acordada se facturarán unos intereses según el tipo de interés legal de 9 puntos por encima del tipo de interés básico del BCE.
4. Nos reservamos el derecho de rechazar cheques o letras de cambio. Solo aceptaremos cheques y letras de cambios redescontables a efectos de cumplimiento; todos los gastos relacionados correrán a cargo del cliente.
5. El cliente solo podrá realizar una compensación o ejercer un derecho de retención si sus créditos son incontestados, legalmente establecidos o se encuentran en una relación estrecha de reciprocidad o intercambio con nuestros créditos.
6. El incumplimiento duradero de condiciones de pago o la aparición de circunstancias que motiven dudas serias en la solvencia del cliente causarán el vencimiento inmediato de todos nuestros créditos. Además, estaremos autorizados, en este caso, a exigir el pago anticipado para las entregas pendientes, así como rescindir el contacto en caso de vencimiento infructuoso de un plazo razonable.
XII. Moldes (herramientas)
1. El precio de los moldes comprende el coste de un muestreo único, pero no los costes de dispositivos de comprobación y mecanizado ni de eventuales modificaciones exigidas por el cliente. Los costes de muestreos adicionales por motivos imputables a nosotros correrán a cargo nuestro.
2. Salvo acuerdo contrario, somos y seguiremos siendo los propietarios de los moldes fabricados para el cliente por nosotros o un tercero encargado por nosotros. Los moldes solo serán utilizados para pedidos del cliente mientras el cliente esté cumpliendo sus obligaciones de pago y de recepción. Solo estaremos obligados a la sustitución gratuita de dichos moldes si ello es necesario para el cumplimiento de una cantidad de producción garantizada frente al cliente. Nuestra obligación de conservación se extingue al cabo de dos años desde la última entrega de piezas fabricadas con el molde, previa notificación al cliente.
3. En caso de que, según el acuerdo, el cliente se convierta en propietario de los moldes, la propiedad se le traspasará con el pago completo del precio de compra. La entrega de los moldes al cliente será sustituida por el almacenamiento por encargo del cliente. Independientemente del derecho legal del cliente a la entrega y de la vida útil de los moldes, estaremos autorizados a la posesión exclusiva de los mismos hasta la finalización del contrato. Identificaremos los moldes como propiedad ajena y los aseguraremos a requerimiento y por cuenta del cliente.
4. En el caso de los moldes propios del cliente según el apartado 3 y/o xx xxxxxx prestados por el cliente, nuestra responsabilidad con vistas al almacenamiento y al cuidado se limitará a la diligencia debida en asuntos propios. Los costes del mantenimiento y seguro correrán a cargo del cliente. Estas obligaciones se extinguirán si, tras la ejecución del pedido y un requerimiento al efecto, el cliente no recoge
los moldes en un plazo razonable. Mientras el cliente no haya cumplido la totalidad de sus obligaciones contractuales, dispondremos, en todo caso, de un derecho de retención con respecto a los moldes.
XIII. Aportaciones de materiales
1. En caso de suministro de materiales por el cliente, éstos deberán ser entregados por cuenta y riesgo de éste, con un excedente razonable de al menos un 5%, a tiempo y en perfectas condiciones.
2. En caso de incumplimiento de estas condiciones, el plazo de entrega se alargará adecuadamente. Salvo en casos de fuerza mayor, el cliente soportará los gastos adicionales causados, también por interrupciones de la producción, siempre que le sean imputables.
XIV. Derechos de propiedad industrial y defectos jurídicos
1. En caso de suministro en base a planos, modelos o muestras o utilización de piezas aportadas por el cliente, el cliente garantizará que no se vulneren derechos de protección de terceros en el país de destino de la mercancía. Notificaremos al cliente eventuales derechos conocidos. El cliente nos liberará de toda reclamación por parte de terceros y asumirá la indemnización por los daños causados. En caso de que, por parte de un tercero, se nos prohibiera la fabricación o el suministro con invocación de un derecho de propiedad de su pertenencia, estaremos autorizados a suspender los trabajos hasta la aclaración de la situación jurídica por parte del cliente o del tercero. En caso de que, como consecuencia del retraso, la continuación del contrato no fuera exigible para nosotros, estaremos autorizados a rescindirlo.
2. A requerimiento, devolveremos los planos y las muestras cedidos que no hayan llevado al pedido; de lo contrario, estaremos autorizados a destruirlos al cabo de un plazo de tres meses desde la presentación de la oferta. Lo mismo rige por analogía para el cliente. La parte autorizada a la destrucción deberá informar a la otra parte contratante con la debida antelación sobre su intención de proceder a la destrucción.
3. Nos corresponden los derechos de autor y eventuales derechos de propiedad industrial, particularmente todos los derechos de uso y explotación, de los modelos, moldes y dispositivos, proyectos y planos diseñados por nosotros o por terceros por encargo nuestro.
4. En caso de defectos jurídicos, el punto X se aplicará por analogía.
XV. Lugar de cumplimiento y fuero competente
1. El lugar de cumplimiento es la sede de la planta del proveedor.
2. Si las partes contratantes son comerciantes, personas jurídicas de derecho público o un patrimonio especial de derecho público o al menos una de las partes contratantes no tiene un fuero competente general en Alemania, el fuero competente exclusivo, también para procesos documentales, de cheques y cambiarios, será la sede de nuestra empresa. Sin embargo, también estamos autorizados a demandar al cliente en el lugar de la sede de su empresa.
3. Se aplicará exclusivamente el derecho alemán, con exclusión del derecho privado internacional y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.