PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PRIMERA.- OBJETO
El presente pliego tiene por objeto la contratación de la prestación del servicio de lavandería y costura para la uniformidad del personal y del servicio de lavandería, alquiler y costura para el resto de ropa hospitalaria, incluida ropa de quirófano y pacientes, para el Hospital El Escorial.
1.- Recogida de ropa sucia y entrega de la limpia en las instalaciones del centro 2.- Lavado, desinfección, planchado y repaso de costura
3.- Reposición de ropa en régimen de xxxxxxxx
El objeto del contrato deberá ser ofertado por los licitadores en su integridad, según las especificaciones recogidas en el pliego de condiciones administrativas y técnicas respecto al servicio de lavandería y reposición en régimen de alquiler, siendo todas ellas obligatorias para la admisión de las ofertas por lo que no cumplirán los requisitos requeridos en el presente pliego aquellas empresas que sólo oferten alguna de las prestaciones exigidas, considerándose, a estos efectos, que la prestación del servicio de alquiler de la ropa por parte del adjudicatario para el centro sanitario es requisito imprescindible en la oferta del licitador al presente concurso.
SEGUNDA.- PRECIO
El importe máximo de este concurso es de 434.180 €, incluido un IVA del 16%. El importe de este servicio será cargado a la Partida Presupuestaria 22700 del Programa 769.
La descripción del presupuesto de licitación es la recogida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (Anexo I).
TERCERA.- OFERTAS
Las empresas deberán presentar en sus ofertas el precio global del servicio, IVA incluido, así como el precio por kilogramo de cada uno de los servicios.
Las cantidades de dinero para este expediente se consideran máximas, pudiendo no ser agotadas en su totalidad en la prestación del servicio, tanto por el abaratamiento posible de precios, como por un volumen xx xxxxxx inferior al previsto. En caso de volumen xx xxxxxx inferior las empresas no tienen derecho a indemnización, ajustándose el gasto a las necesidades del Hospital.
CUARTA.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las especificaciones técnicas del servicio de lavandería objeto de este Concurso son las siguientes:
A) ALCANCE DEL SERVICIO DE LAVANDERÍA Y PLANCHADO.
La empresa adjudicataria se encargará del servicio de recogida y transporte desde y hasta las dependencias que el Centro tiene destinadas a tal fin, siendo el transporte por cuenta del adjudicatario.
- Los carros utilizados en cada recogida de ropa sucia deberán ser lavados con los productos adecuados para su correcta higiene.
- La recogida y entrega se efectuará diariamente, de lunes a sábado, excepto los domingos y festivos, y en horario de mañana, en el Hospital El Escorial, durante todo el año, con excepción de cuando se produzcan dos festivos juntos.
- Xxxxxx xx xxxx de forma personificada (uniformes personales) entregando conjuntamente en la misma percha la chaqueta y el pantalón ordenado por número de usuario.
- Entrega de la misma doblada, empaquetada en retráctil y clasificada por tallas y prendas.
- Servicio xx xxxxxx de toda la ropa y repaso de costura (botones, cremalleras, cintas, etc.), que se generan en estos Centros.
B) LAVADO
El Hospital El Escorial será informado de los procesos físicos y químicos que se utilicen tanto para la limpieza de la ropa como de los carros de transporte, pudiendo realizar tomas de muestras y controles del proceso en cualquier momento y ordenar el mismo si el resultado no fuese satisfactorio.
El adjudicatario deberá realizar controles bacteriológicos de la ropa limpia, en laboratorio independiente, con una frecuencia mensual o superior, y comunicará sus resultados al centro.
El servicio demandado exige una garantía de termodesinfección a alta temperatura para aquellas prendas que sean de algodón 100%, y a través de cloro para el caso del poliester.
La ropa que no se considere en las condiciones de limpieza adecuada por los responsables del Centro Sanitario será devuelta para su nuevo lavado y planchado siendo a cargo del adjudicatario su tratamiento. De ser reincidente, esto dará lugar a los apercibimientos previstos.
C).- ENTREGA Y RECOGIDA DE ROPA
La entrega de ropa limpia se realizará desde las 8:30 h. hasta las 12:30 h. Este horario podrá ser modificado con la suficiente antelación por la Dirección de Gestión del Hospital. El horario
especificado será aplicable todos los días de lunes a sábado, excepto los domingos y festivos, siempre que no se produzcan dos juntos.
El Hospital El Escorial apercibirá a la empresa adjudicataria del retraso reiterado en la entrega y recogida de ropa respecto del horario fijado.
La ropa sucia se recogerá en bolsas de plástico, suministradas por el Hospital. La ropa limpia a su llegada deberá ser siempre entregada exenta de humedad (se admitirá un máximo de un 2%) y en paquetes cerrados de plástico transparente clasificada por tipo de prenda.
Las entradas y salidas de ropa se realizarán utilizando para su transporte carros con ruedas, aportados por el adjudicatario. Estos carros serán de materiales limpiables y resistentes a la corrosión.
La ropa destinada al Servicio de Esterilización del Hospital deberá cumplir los requisitos marcados por este Servicio y se entregará debidamente separada del resto de ropa. En esta ropa además de los controles bacteriológicos se realizarán controles microscópicos para comprobar que tiene la textura, resistencia y gramaje exigidos.
Bajo ningún concepto se podrá transportar simultáneamente en un vehículo o compartimento ropa limpia y sucia. No se procederá a la introducción de ropa limpia en un vehículo o compartimento que haya transportado ropa sucia, sin una desinfección previa. Por tanto las entregas y recogidas de la ropa en el Hospital deberán realizarse respetando en todo momento la necesaria “barrera sanitaria”.
Diariamente el adjudicatario facilitara los albaranes de la ropa entregada por la lavandería, tanto ropa plana como de forma, donde se reflejará el número de unidades y el peso total de la entrega.
D) ALCANCE DEL SERVICIO DE COSTURA
Este servicio comprenderá la revisión y reparación de desperfectos o la recuperación de las prendas. Las prendas serán entregadas y recogidas en los servicios de lencería del propio hospital en el mismo horario que el indicado para las entregas y recogidas del servicio xx xxxxxx de ropa. Deberá asimismo acompañarse del correspondiente albarán.
Los trabajos que se requerirán para cada tipo de prenda son los siguientes:
Sábanas: zurcido de las mismas, si están en buen estado. En caso contrario recuperación para entremetidas y paños de 90x90.
Fundas de almohada: volver a coser la costura, si están mal terminadas. Reparar si están en buen uso.
Colchas: zurcido de las mismas si están en buen estado. Aprovechamiento para delantales de
cocina, en caso contrario.
Cubrecolchones xx xxxx: reparación de las costuras, para su ajuste en camas. Toallas: coser orillos, si están en buen uso.
Pijamas de quirófano: poner botones y cinta al pantalón. Zurcir chaqueta y pantalón, si están en buen uso.
Ropa de enfermo: coser costuras y zurcir, si están en buen uso, tanto de adultos como de niños, siempre que sean recuperables.
Ropa de forma nueva: ajustar dobladillos, retocando cintas y dobladillos, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones de la Gobernanta o persona responsable.
Ropa de forma usada: reponer botones, cintas corchetes-automáticos, arreglando también los descosidos y roturas, siempre que sean recuperables.
Todas las sábanas, fundas, colchas, toallas, pijamas, etc. que resulten irrecuperables se devolverán al centro para su utilización como trapos.
Los materiales necesarios a emplear para efectuar la costura (hilos, botones, etc.) serán aportados por el adjudicatario que correrá con todos los gastos necesarios para la reparación de la ropa.
El plazo de entrega de la ropa nunca será superior a una semana, en lo que se refiere a ropa de lencería de cama y a 48 horas para la ropa de forma.
El Hospital El Escorial apercibirá a la empresa adjudicataria de cualquier defecto que se observe en la reparación o conservación de las prendas, así como de su retraso en la entrega y recogida, quién seguirá en todo caso las instrucciones emanadas del Centro Sanitario.
QUINTA.- ALCANCE DEL SERVICIO DE ALQUILER DE ROPA
El servicio de alquiler de ropa se extiende todo tipo de prendas de ropa de forma y plana del Hospital El Escorial especificadas en el inventario del ANEXO I.
Según esto no se incluye en el servicio de alquiler prendas como vestuario personalizado, calzado, etc. Solo se incluye en este servicio de alquiler la ropa de forma y plana más habitual. Tampoco están incluidas en este servicio las cortinas, ó fundas de aparatos.
SEXTA .- RÉGIMEN DE PROPIEDAD DE LA ROPA
El objeto del servicio que describe este pliego incluye la aportación de ropa hospitalaria en règimen de alquiler por parte del adjudicatario, el cual deberá disponer a su cargo de los
volúmenes de ropa necesarios para el funcionamiento normal del hospital.
La ropa que el adjudicatario aporte al hospital deberá cumplir las exigencias de calidad, materiales, diseños, identificaciones, colores, etc., que marque la Dirección del hospital ó persona en quien delegue, debiendo ser aprobada por la misma antes de su incorporación al uso ó lavado.
El adjudicatario pondrá a disposición del Hospital el stock adicional de ropa que sea necesario para garantizar que éste se encuentra disponible en cantidad suficiente para abastecer el centro según sus necesidades.
En caso de producirse un cambio de empresa adjudicataria, la empresa saliente deberá ceder a la empresa entrante una cantidad de ropa equivalente a la cantidad que la empresa saliente tiene en stock a disposición del Hospital El Escorial, la cual no podrá ser inferior, para cada tipo de ropa, a las unidades reflejadas en el Anexo I de este Pliego ni tener un valor conjunto inferior a 24.000 euros, considerando como valor de cada prenda usada el 50% del valor xx xxxxxxx de cada prenda nueva. Estos extremos se comprobarán a través de la realización de un inventario de la ropa cedida al que asistirán representantes de las dos empresas y una persona que designe la Dirección del hospital.
Para el caso de la ropa plana y de forma no personal las necesidades diarias se cubrirán entregando diariamente a primera hora de la mañana las prendas necesarias para completar la demanda del Hospital. Las cifras de cada tipo de prenda que deben entregarse al día siguiente se le facilitarán al finalizar la mañana.
La ropa adicional que se incorpore al ciclo de uso del hospital se pondrá a disposición del mismo en régimen de alquiler, siendo por tanto propiedad del adjudicatario.
El adjudicatario tiene derecho a efectuar inventario anual de la ropa en alquiler que en el momento de su realización se encuentre en poder del hospital. Éste facilitará la realización de dicho inventario, al menos una vez al año. A estos efectos, el adjudicatario avisará con la antelación suficiente el día elegido para realizarlo.
SÉPTIMA.- CRITERIO PARA LA RENOVACIÓN DE PRENDAS DE ALQUILER
Al menos deberá siempre respetarse lo siguiente:
Como norma general deberán ser reemplazadas por prendas nuevas, por parte del adjudicatario, aquellas que no se encontrasen en las condiciones mínimas aceptables para su uso por encontrarse ya con una calidad no adecuada, desgaste acusado o por haberse producido en ellas desperfectos o deficiencias.
OCTAVA.- MERMAS DE LENCERÍA
La empresa adjudicataria estará obligada a reponer con prendas nuevas todas las mermas de ropa, tanto las motivadas por extravíos o roturas en sus máquinas, instalaciones y traslados, como las mermas de ropa que se produzcan por extravío u otras dentro de las instalaciones del Hospital El Escorial.
NOVENA.-ALMACEN
El adjudicatario está obligado a poseer un almacén de ropa destinada a reposición para el Hospital El Escorial. Este almacén le será facilitado por el Centro. De este modo el Hospital El Escorial se asegurará en parte el servicio prestado por el adjudicatario ante situaciones excepcionales (huelgas u otras). Este almacén deberá contener al menos una cantidad que asegure el servicio prestado ante estas situaciones.
DÉCIMA.- GARANTIA DE FUNCIONAMIENTO
El adjudicatario tomará las medidas oportunas par asegurar el mantenimiento del servicio en caso de circunstancias extraordinarias. Por tanto deberá garantizar el perfecto funcionamiento en cuanto se refiere a disponer:
- Personal necesario en todo momento.
- Existencia de stock de seguridad de ropa.
- Existencias de otras plantas propias o acuerdos con ajenas.
En caso de producirse situaciones excepcionales (huelgas, etc.,) se respetarán los servicios mínimos esenciales.
UNDÉCIMA.- PERSONAL
El contratista deberá designar a la persona que le represente ante la Dirección de Gestión y Servicios Generales del Centro Sanitario.
DUODÉCIMA.- INFORMACION MENSUAL
La empresa adjudicataria deberá presentar mensualmente a la Dirección de Gestión y Servicios Generales del Hospital un informe que recoja:
- Kilos de ropa lavados.
- Número de prendas que se han dado de baja.
- Número de prendas nuevas que se han repuesto.
- Número de prendas extraviadas.
- Incidencias u otros comentarios y valoraciones de la actividad.
- Resultado de los controles bacteriológicos que periódicamente se realizarán.
La oferta debe contemplar el informe modelo que propone emitir mensualmente a la Dirección del Hospital.
El Hospital El Escorial podrá ordenar la realización de cuantos controles de calidad considere necesarios del servicio prestado. El incumplimiento de los márgenes de calidad llevará consigo la resolución del contrato.
DECIMOTERCERA.- INSPECCIONES E INVENTARIOS
El Hospital se reserva el derecho a realizar periódicamente inspecciones en el laboratorio que designe para comprobar el cumplimiento de los niveles de calidad de las prendas exigidos. Los costes de estos controles correrán a cargo de la empresa adjudicataria.
Al margen de los informes que mensualmente deba enviar la empresa adjudicataria al Hospital, éste se reserva el derecho de realizar inspecciones acerca del cumplimiento de la cantidad mínima de ropa que se exige disponer diariamente.
Los incumplimientos del contrato por este motivo darán lugar a la obligatoriedad de reposición de lotes de prendas completos, apercibimientos e incluso a la rescisión del contrato.
Por las características del servicio a prestar, no se establece plazo de garantía.
DECIMOCUARTA.- APERCIBIMIENTOS
Darán lugar a apercibimientos por parte del Hospital El Escorial las siguientes causas:
1. Retraso en la entrega y recogida de la ropa respecto al horario fijado.
2. El incumplimiento esporádico de las condiciones de higiene o el mal resultado de la prueba bacteriológica.
3. Las faltas de calidad en la ropa limpia (manchas, roturas, desgaste extremo, etc.).
4. El no mantenimiento de la cantidad de ropa necesaria.
5. En general el incumplimiento de alguna de las cláusulas expuestas en este pliego.
Los apercibimientos se realizarán por escrito desde el Hospital.
DECIMOQUINTA.- RESOLUCION DEL CONTRATO
Serán causas de resolución inmediata del contrato, además de las expuestas en el Pliego de Cláusulas Administrativas, las siguientes:
1. El retraso en 12 horas en la entrega o recogida de ropa en el Hospital sobre el horario previsto.
2. La acumulación de 3 apercibimientos en el periodo de un mes o de seis en seis meses.
DECIMOSEXTA.-
En caso de que exista una diferencia negativa entre la cantidad de ropa solicitada por el Hospital El Escorial y la cantidad servida por el adjudicatario, si esa diferencia alcanza un porcentaje xxx xxxx por ciento o más sobre la cantidad solicitada, y la diferencia es debida a causa imputable al adjudicatario, se llevará a efecto como penalización una reducción del mismo porcentaje sobre el importe de la factura correspondiente a dicha mensualidad.
DECIMOSÉPTIMA.-
La empresa adjudicataria seguirá en todo momento las directrices de la Dirección del Centro, tanto en las necesidades que se establezcan diariamente, como en la orientación general del servicio, y prioridades que en cada momento se puedan establecer.
DECIMOCTAVA.-
El adjudicatario del presente concurso deberá disponer de todos los medios humanos y materiales necesarios para la prestación del servicio contratado. Por tanto, contratará al personal preciso para atender sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, quien tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el trabajo.
Los daños que este personal pudiere ocasionar en el mobiliario e instalaciones del Hospital El Escorial, por negligencia o dolo, a juicio del Hospital, serán indemnizados por el adjudicatario. El valor de las indemnizaciones a que hubiere lugar podrá detraerse del importe de las facturas presentadas por el adjudicatario.
Xxx Xxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx, 00 de enero de 2008 EL GERENTE
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxx
ANEXO I STOCK INICIAL
PRENDAS CIRCULACION
SÁB/VERDES C. 600
SÁB/VERDES A. 200
PAÑOS VERDES C. 1000
BATAS " 220
PIJ.VERDES COMP, 500
SÁBANAS BLANCAS 1500
COLCHAS 580
MANTAS 175
ENTREMETIDAS 580
FUNDAS COLCHÓN 230
" ALMOHADA 600
ALMOHADAS 200
TOALLAS BAÑO 500
TOALLAS MANO 450
CAMISONES AB. 400
" CERRADOS 150
BATAS PACIENTE 250
PIJAMA PACIENTE 400
SÁBANA NIDO 000
XXXXXX " 000
XXXXX | " | 60 |
F/COLCHÓN NIDO | 75 | |
BODYS | 200 | |
SÁBANA PEDIAT. | 150 | |
FUNDA COL " | 50 | |
COLCHAS PEDIAT. | 50 | |
PIJAMA PEDIAT. | 75 | |
FUNDA ALMOH.PED. | 30 | |
MANTAS PEDIAT. | 30 |