Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO TODOTERRENO DESTINADO AL SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL DE NERJA
1ª.- OBJETO DEL CONTRATO.- La contratación, mediante procedimiento negociado y varios criterios de selección de contratista, del suministro un vehículo todoterreno destinado al Servicio de Protección Civil de Nerja, incluida la correspondiente adaptación, conforme al pliego de prescripciones técnicas redactado por el Ingeniero Técnico Industrial xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, cuyo contenido forma parte integrante del presente Xxxxxx.
CPV: 34113200 Vehículos todo terreno
Este contrato tiene carácter administrativo. Se califica como contrato de suministro, conforme a lo dispuesto en el art. 9 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP, en adelante) y se regirá por lo establecido en este pliego, por el pliego de prescripciones técnicas, por el TRLCSP, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP, en adelante) en lo que no se oponga al citado texto y demás normas complementarias.
2ª.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.- Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP. Igualmente deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Requisito éste último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos en los que con arreglo a lo establecido en TRLCSP sea exigible.
Los medios por los que se acreditará el cumplimiento de dicha capacidad se indican a continuación. No obstante, de conformidad con el artículo 146.4 del TRLCSP, para participar en este procedimiento de licitación será suficiente la presentación de una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración (se adjunta modelo como anexo II a este pliego). El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos:
a) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador:
1. Si la empresa fuera una sociedad, deberá presentar copia legitimada de las escritura
cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda. En ambos casos, deberá aportarse copia legítima del Código de Identificación Fiscal (CIF).
2. Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de copia compulsada del Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación de Extranjero (NIE) o Pasaporte, así como el número patronal o de inscripción en la Seguridad Social.
3. Para las empresas no comunitarias, empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea y uniones de empresarios, se estará a lo dispuesto en los artículos 55, 58 y 59 del TRLCSP, respectivamente.
b) Documentos que acrediten la representación:
1. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder de representación, bastanteado por la Secretaría municipal.
2. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente. Si se trata de un poder para acto concreto no será necesaria la inscripción en el registro mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro mercantil.
3. Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Prueba por parte de los empresarios de no estar incurso en las prohibiciones de contratar previstas del artículo 60 del TRLCSP, que podrá realizarse:
1. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
2. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
Registro de Licitadores: La aportación del certificado expedido por el Registro de Licitadores del Excmo. Ayuntamiento de Nerja, acompañada de una declaración expresa responsable, emitida por el licitador o sus representantes con facultades que figuren en el Registro, relativo a la no alteración de los datos que constan en el mismo, podrá sustituir a la documentación contenida en los apartados anteriores.
d) La solvencia económica y financiera del empresario: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato.
f) La solvencia técnica o profesional, deberá acreditarse por los medios establecidos en el artículo 77, apartados e) y f) del TRLCSP. Eso es:
e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar.
f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
3ª.- PLAZO DE ENTREGA.- Una vez firmado el contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega del suministro en el plazo máximo de 45 días con las correcciones y observaciones apuntadas por los técnicos municipales responsables.
La entrega se entenderá hecha cuando el suministro citado, haya sido efectivamente recibido por la Corporación, de acuerdo con las condiciones del contrato y con las correcciones y observaciones apuntadas por los técnicos municipales. A tal efecto se extenderá el acta de recepción correspondiente.
4ª.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS.- Las garantías provisional y definitiva, a constituir por los licitadores de acuerdo con la legislación vigente al respecto, serán las siguientes:
a) Provisional.- Se exime a los licitadores de constituir garantía provisional.
b) Definitiva.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa, a fin de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, deberá constituir a disposición del Ayuntamiento de Nerja una garantía equivalente al 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, en cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP.
5ª.- PLAZO DE GARANTÍA.- Recepcionado el objeto del contrato, se iniciará el plazo de garantía que se fija en seis meses, de conformidad con lo dispuesto en el art.
222.3 del TRLCSP.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios, defectos de fabricación o de montaje, del vehículo o de cualquiera de sus equipos adicionales, tendrá derecho el Ayuntamiento a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 298 del TRLCSP. El incumplimiento de estas obligaciones, por parte del contratista, dará lugar a la resolución del contrato con devolución de las cantidades satisfechas.
6ª.- PRECIO.- Se señala como presupuesto base de licitación del contrato la cantidad de 35.000,00 euros, incluido el Impuesto sobre Valor Añadido, que habrá de aparecer desglosado, tanto en las ofertas como en los documentos que se presenten al cobro, debiendo ofertarse a la baja con referencia al mismo.
Base imponible | 28.925,62 euros |
Importe del IVA | 6.074,38 euros |
Importe total | 35.000,00 euros |
El precio incluye la adaptación del vehículo, con el suministro e instalación de accesorios y rotulación exigidos en el pliego de prescripciones técnicas, debiendo aparecer desglosado el importe propio del vehículo y el importe de la adaptación.
7ª.- FORMA DE PAGO.- El importe de la adjudicación será satisfecho por la tesorería municipal, previos los trámites contables establecidos en las disposiciones vigentes, con cargo a la consignación presupuestaria correspondiente, contra presentación de la factura, cuyo importe se abonará una vez que se haya emitido informe técnico favorable y se haya formalizado acta de entrega y recepción del equipo, de conformidad con lo establecido en el art. 293 del TRLCSP.
En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición final séptima de la Ley 4/2013, de apoyo al emprendedor y de estimulo del crecimiento y de la creación de empleo, el órgano administrativo con competencia en materia de contabilidad
pública es el servicio de intervención y tesorería de este Ayuntamiento, bajo la dirección del concejal delegado de hacienda, así como el de pago. En cuanto al órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local. Y sobre las facturas, el destinatario que figurará, será:
“Excmo. Ayuntamiento de Nerja (Málaga). Xxxxx Xxxxxx, xx 0, XX 00000.” Los restantes datos de la factura se cumplimentarán conforme a lo dispuesto en la normativa que a expedición y formalidad de factura se refiere.
8ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.- Las proposiciones y documentación complementaria se presentarán en el Registro General de Entradas del Ayuntamiento de Nerja, durante el plazo que se fije al cursar las invitaciones para tomar parte en la licitación.
En caso de remitirse por correo, se estará a lo dispuesto en el artículo 80 del RGLCAP, debiendo justificarse la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día.
No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición remitida por correo.
La presentación proposiciones supone la aceptación incondicional por parte del licitador del contenido de las cláusulas de este pliego y el de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
9ª.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.- Las
proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en DOS SOBRES cerrados y firmados por el licitador, en los que figurará su nombre, teléfono y dirección, así como la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO DESTINADO AL SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL DE NERJA”
que contengan los siguientes documentos.
Sobre nº 1: Documentación complementaria
Declaración responsable indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, conforme al modelo fijado en el anexo II al presente pliego.
Sobre nº 2: Proposición económica.
Este sobre incluirá la proposición económica del licitador formulada con arreglo al siguiente modelo que figura como Anexo I del presente pliego, así como la
documentación técnica referida a los criterios de adjudicación evaluables de forma automática. (Apartados 1,2 y 3 de de los criterios de valoración de ofertas).
10ª.- MESA DE CONTRATACIÓN.- La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, estará constituida por los siguientes miembros:
Presidente: El alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Nerja, como titular, si bien pueden actuar en su lugar, indistintamente el 1º Xxxxxxxx xx xxxxxxx o el 2º Xxxxxxxx xx xxxxxxx.
Vocales: Se consideran titulares los cargos o personas que se mencionan a continuación:
- El secretario general, pudiendo actuar en su lugar la en su lugar el TAG xx Xxxxxx.
- El interventor, pudiendo actuar en su lugar el tesorero.
- El concejal delegado del área, origen del inicio del expediente, o en su lugar, indistintamente:
o El concejal delegado de hacienda.
o El concejal delegado de pagos.
- El técnico municipal redactor xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, aunque puede actuar en su lugar, indistintamente, cualquier técnico municipal.
Secretario: Levantará acta, como secretario, un funcionario del área de contratación, pudiendo actuar indistintamente, un funcionario del área de infraestructura.
11ª.- CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.- La valoración de las ofertas se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mejor proposición económica (40%).- Se adjudicará un punto por cada un 1% de baja realizada sobre el precio de licitación hasta un máximo de 40 puntos.
2. Mejoras (40%).- Se valorará el equipamiento opcional, no incluido en el pliego de condiciones técnicas, que ofrezca el adjudicatario sin coste para el Ayuntamiento. Las mejoras cuantificada serán las siguientes sistema de arrastre winche delantero y/o trasero, estriberas laterales y tintado de lunas.
-Winche delantero…10 puntos.
-Winche trasero …. 10 puntos.
-Estriberas laterales.. 10 puntos
-Oscurecimiento lunas traseras y laterales...10 puntos
3. Garantía general del suministro (20%).- Se asignarán 20 puntos a la propuesta que ofrezca una mejor garantía y cero a la mínima exigida que se establece en dos años en referencia a piezas y mano de obra, el resto de ofertas se interpolarán linealmente entre ambas.
12ª.- APERTURA DE PROPOSICIONES.- La Mesa de Contratación calificará los documentos presentados en tiempo y forma que se contengan en el sobre 1, y el Secretario de la Mesa certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
Si se observan defectos materiales en la documentación presentada podrá concederse, si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para subsanar el error, debiendo los licitadores aportar en tal plazo la documentación solicitada.
Una vez calificada la documentación y realizadas, si así procede, las actuaciones indicadas, la Mesa procederá a determinar las empresas que cumplen los requisitos, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
Mediante anuncio en el perfil de contratante del Ayuntamiento de Nerja se pondrá en conocimiento de los licitadores el día en que la Mesa de contratación se reunirá para la apertura, en acto público, del sobre número 2 “Proposición económica” de las ofertas admitidas así como la documentación técnica referida a los criterios de adjudicación evaluables de forma automática. (Apartados 1,2 y 3 de los criterios de valoración de ofertas) y las remitirá al técnico o técnicos designados por la Alcaldía a fin de que realicen la valoración de las mismas.
Tras esta valoración, volverá a convocarse la Mesa, en acto público, y pondrá en conocimiento de los licitadores el resultado de la misma, dando lectura a las ofertas, y clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas, que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, mediante la ponderación de los criterios de adjudicación señalados en el presente pliego.
En caso de que, tras la apertura del sobre número 1, quedase admitida a licitación una sola oferta, el sobre número 2 se abrirán el en el mismo acto, y posteriormente se pasará a informe técnico.
13ª.- NOTIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN.- El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
Documentos acreditativos de su capacidad, representación y solvencia conforme se indica en la cláusula 2ª de estos pliegos.
La documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Los certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
Justificante de haber constituido la garantía definitiva.
La Junta de Gobierno Local adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación antes mencionada.
La adjudicación será motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso,
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
14ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.- Efectuada la adjudicación, se procederá, en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la correspondiente
notificación al contratista, a la formalización del contrato, en documento administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 156 del TRLCSP.
15ª.- GASTOS.- El vehículo se entregará matriculado, ITV y cuantos requisitos sean exigibles para su correcta circulación, así como los documentos de garantía del chasis, carrocería y accesorios, manuales de instrucción de manejo, dotación de herramientas y manual de piezas de repuesto. Además vendrá equipado con la normativa de seguridad vigente y con declaración de conformidad C.E.
El adjudicatario quedará obligado a pagar los gastos de entrega y de transporte al lugar convenido, así como todos los impuestos, contribuciones, arbitrios y tasas que pesen sobre el contrato, incluso en los casos en que esté reconocido el derecho de su repercusión.
16ª.- SANCIONES.- Sin perjuicio de la resolución del contrato por incumplimiento de sus obligaciones por parte del contratista, la Alcaldía podrá imponer sanciones por incumplimiento del plazo de entrega o por demora en las posibles reparaciones que haya de efectuarse durante el plazo de garantía del mismo o por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las condiciones esenciales del contrato, con arreglo a los criterios establecidos en el 212 del TRLCSP, en un diez por ciento del importe de adjudicación.
17ª.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN
COMPETENTE.- El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
Igualmente, podrá modificarse, por razón de interés público, el contrato celebrado y acordad su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados legalmente. Los acuerdos dictados en esta materia serán inmediatamente ejecutivos.
18ª.- CONFIDENCIALIDAD.- Sin perjuicio de las disposiciones del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo
de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
19ª.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.- La
participación en este procedimiento licitatorio, implica la aceptación del interesado, salvo que el mismo haga manifestación expresa en contra y proceda conforme a la normativa de aplicación, de que sus datos personales sean utilizados y publicados en boletines oficiales, perfil del contratante, página web y tablón de anuncio del Ayuntamiento dentro del procedimiento administrativo de contratación diseñado por el TRLCSP, o aquellos que sean de interés para este procedimiento; así como facilitados en los casos que proceda legal o reglamentariamente a los órganos de fiscalización, Registros de Contratos Públicos , la Hacienda Pública, y particulares.
20ª.- DERECHO SUPLETORIO.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso- administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado en el art. 37 de la LCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las partes contratantes se someterán a los Tribunales competentes en el territorio donde se ubica el término de Nerja.
21ª.- CONDICIONES ESENCIALES.- Se consideran obligaciones contractuales esenciales, todos las contenidas en el pliego de prescripciones técnicas adjunto.
Nerja, 15 de octubre de 2014 EL NEGOCIADO DE CONTRATACIÓN,
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Xxx , vecino de , con domicilio en
, C.P. , D.N.I. nº , teléfono , fax
, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de , con domicilio en ,
C.P. , teléfono , y CIF nº )
DECLARO:
1º).- Que me comprometo al SUMINISTRO UN VEHÍCULO TODOTERRENO DESTINADO AL SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL DE
NERJA, marca , modelo , en el precio de
euros, más euros correspondientes al IVA, lo que asciende a un total de euros, (letra y número), debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los gastos, incluida la correspondiente adaptación.
2º).- Que conozco el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º).- Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En , a de de El licitador,
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Xxx , vecino de , con domicilio en
, C.P. , D.N.I. nº , teléfono , fax
, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de , con domicilio en ,
C.P. , teléfono , y C.I.F. nº ), enterado del procedimiento de contratación convocado por el Excmo. Ayuntamiento de Nerja para adjudicar el suministro un vehículo todoterreno destinado al Servicio de Protección Civil de Nerja
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1º).- Que conoce el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que rige la convocatoria y acepta incondicionalmente sus cláusulas sin salvedad alguna.
2º).- Que cumple con todos los requisitos para contratar con la administración exigidos en el apartado primero del artículo 146 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato. Y en concreto:
Que posee personalidad jurídica y, en su caso, poder de representación.
Que la empresa está debidamente clasificada o, en su caso, cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Que no estar incurso en prohibición de contratar previstas del artículo 60 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3º).- Que se compromete a acreditar la posesión y validez de todos los documentos exigidos en los pliegos en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento que sea requerido para ello.
4º).- Que se somete la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle. (Para las empresas extranjeras)
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA EL SUMINISTRO DE UNA UNIDAD DE VEHÍCULO TODOTERRENO DESTINADO AL
SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL DE NERJA
1. OBJETO.-
El presente pliego tiene por objeto definir las especificaciones y características mínimas exigibles para la adquisición de un vehículo destinado al servicio de Protección Civil de Nerja incluida la correspondiente adaptación.
2. PRESENTACION DE OFERTAS.-
Las ofertas se presentarán conforme al procedimiento y requisitos exigidos en el pliego de cláusulas administrativas y, en todo caso, deberán cumplir las siguientes disposiciones:
a) Indicar claramente el importe total de la oferta, desglosando el importe propio del vehículo e importe de la adaptación (iva incluido).
b) Concretar con el máximo detalle las características del vehículo, su marca y modelo, dimensiones, cobertura de la garantía ofrecida y tiempo de duración de la misma. Se presentará un documento con el diseño de la rotulación y características exigidas.
c) Deberán acompañar un catálogo del fabricante en el que se incluya la descripción del vehículo ofertado, así como datos correspondientes a la transformación de los vehículos.
d) La marca y el modelo ofertado deberá ser compatible con la transformación solicitada.
3. DESCRIPCION GENERAL DEL SUMINISTRO.-
El vehículo a suministrar tendrá como mínimo las siguientes características:
EQUIPAMIENTO GENERAL
-. Nº DE PLAZAS: 5
-. NÚMERO DE PUERTAS: 5 ( ACRISTALADAS )
-. COLOR: Blanco
-. COMBUSTIBLE: Diesel
-. POTENCIA MÍNIMA: 150 C.V.
-. TRACCIÓN: 4*4 CON REDUCTORA
-. BOLA REMOLQUE: SI
-. Nº CILINDROS: 4
-. CAMBIO: Manual de 5 o 6 velocidades
-. FRENOS: sistema antibloqueo o similar
-. DIRECCIÓN: Asistida variable
-. CLIMATIZACIÓN: SI.
-. SEGURIDAD PASIVA COMPUESTA AL MENOS POR:
- Airbag lateral
- Airbag frontal conductor y acompañante.
Paragolpes delanteros y traseros
Cierre centralizado con mando a distancia, la apertura y cierre de las puertas traseras se accionará desde el habitáculo delantero, y será independiente de las delanteras.
Elevalunas eléctrico delantero
Sistema manos libre destinado a la telefonía Neumáticos radiales, incluido el de repuesto. Protector de motor (mínimo xxx xxxxxx) Radio CD
EQUIPAMIENTO ESPECÍFICO:
La adaptación a vehiculo incluirá el suministro e instalación al menos de los siguientes accesorios:
Una unidad de Xxxxxx xx xxxxx led de emergencia, con dimensiones de 1.100 mm, luz de crucero.
Una unidad de botonera control.
Una unidad de amplificador 100w., incluido micrófono. Una unidad de altavoz 100w. compacto incluido soporte.
Soporte anclaje de seguridad antichoque en xxxxx xx xxxxx reforzado y sujeción mediante gomas elásticas.
ROTULACIÓN
Dos unidades damero reflectante MV115 125*12000 mm naranja y blanco, en el lateral del vehículo, con certificado de homologación. (3 cuadros de 40 mm + xxxx xx xxxxx)
Una unidad de fondeado en laterales y parte trasera con material reflectante y normal.
Unidad de kit rotulación escudos específicos de Protección Civil Nerja
Una unidad de fondeado en capó con impresión digital y materiales especiales, así como detalles en materiales reflectantes.
Unidad xx xxxxx reflectante xxxxxxxx xxxx 0 cm*1 m. VC-612
El vehículo suministrado se entregará matriculado, I.T.V., y cuantos requisitos sean exigibles para su correcta circulación, así como los documentos de garantía del chasis, carrocería y accesorios, manuales de instrucción de manejo, dotación de herramientas y manual de piezas de repuesto. Además vendrá equipado con la normativa de seguridad vigente y con declaración de conformidad C.E.
En color de los puentes de iluminación o rotulación del vehículo podrá ser modificado en el caso de que la reglamentación sea modificada en el transcurso de adjudicación de este pliego.
En caso de duda, los concursantes, en el plazo de presentación de ofertas, podrán recabar de los servicios municipales correspondientes una mayor concreción de los elementos a suministrar.
4. PLAZO DE SUMINISTRO.-
Una vez firmado el contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega del suministro en el plazo máximo de TREINTA DIAS (30) con las correcciones y observaciones apuntadas por los técnicos municipales responsables.
Los vehículos serán recepcionados por el órgano competente en base al informe del Ingeniero Técnico designado por el Excmo. Ayuntamiento de Nerja, comenzando a computar el plazo de garantía en la fecha de recepción.
Xxxxx, 00 octubre 2014
El Ingeniero Técnico Industrial. Fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx