Banco Interamericano de Desarrollo Nombre del Ejecutor: EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD - ENDE Contrato de Préstamo No 3725/BL-BO. Programa: Programa de Electrificación Rural II BO-L1117 DOCUMENTO DE LICITACION PÚBLICA NACIONAL PARA LA ADQUISICIÓN DE...
Banco Interamericano de Desarrollo
Nombre del Ejecutor: EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD - ENDE
Contrato xx Xxxxxxxx No 3725/BL-BO.
Programa: Programa de Electrificación Rural II BO-L1117
DOCUMENTO DE LICITACION PÚBLICA NACIONAL
PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES
“Adquisición de Vehículos Livianos Para Proyectos de Inversión Pública”
NÚMERO DE PROCESO: LPN- BID-ENDE-2018-001
CIUDAD: Cochabamba, 03 de diciembre 2018
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
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Índice de Cláusulas
[cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN-2349-9] 4
[cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN-2349-9] 7
5. Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 7
B. Contenido de los Documentos de Licitación 7
6. Secciones de los Documentos de Licitación 7
7. Aclaración de los Documentos de Licitación 8
8. Enmienda a los Documentos de Licitación 8
C. Preparación de las Ofertas 8
11. Documentos que componen la Oferta 9
12. Formulario de Oferta y Lista de Precios 9
14. Precios de la Oferta y Descuentos 9
16. Documentos que establecen la elegibilidad del Oferente 10
17. Documentos que establecen la elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 10
18. Documentos que establecen la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 10
19. Documentos que establecen las Calificaciones del Oferente 11
20. Período de Validez de las Ofertas 11
21. Garantía de Mantenimiento de Oferta 11
22. Formato y firma de la Oferta 12
D. Presentación y Apertura de las Ofertas 12
23. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 12
24. Plazo para presentar las Ofertas 12
26. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas 12
27. Apertura de las Ofertas 13
E. Evaluación y Comparación de las Ofertas 13
29. Aclaración de las Ofertas 13
30. Cumplimiento de las Ofertas 13
31. Diferencias, errores y omisiones 14
32. Examen preliminar de las Ofertas 14
33. Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 14
34. Conversión a una sola moneda 15
36. Evaluación de las Ofertas 15
37. Comparación de las Ofertas 15
38. Poscalificación del Oferente 15
39. Derecho del comprador a aceptar cualquier oferta y a rechazar cualquiera o todas las ofertas 15
F. Adjudicación del Contrato 15
40. Criterios de Adjudicación 15
41. Derecho del Comprador a variar las cantidades en el momento de la adjudicación 16
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
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A. Generalidades |
1. Alcance de la licitación |
1.2 Para todos los efectos de estos Documentos de Licitación:
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2. Fuente de fondos |
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3. Prácticas prohibidas [cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN-2349-9] |
3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco1 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; (iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y (v) Una práctica obstructiva consiste en: a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo. (b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá: (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida; (iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable; (iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta; (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco; (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas. (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución. (d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público. (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas. (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario. (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. 3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; (d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). |
4. Oferentes elegibles [cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN-2349-9] |
4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos: (a) están o han estado asociados, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Comprador para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los bienes objeto de estos Documentos de Licitación; o
4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3. 4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario. 4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Comprador evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Comprador razonablemente la solicite. |
5. Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos |
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B. Contenido de los Documentos de Licitación |
6. Secciones de los Documentos de Licitación |
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PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
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PARTE 2 –Requisitos de los Bienes y Servicios
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PARTE 3 – Contrato
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7. Aclaración de los Documentos de Licitación |
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8. Enmienda a los Documentos de Licitación |
8.3 El Comprador podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 24.2 de las IAO. |
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C. Preparación de las Ofertas |
9. Costo de la Oferta |
9.1 El Oferente financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y el Comprador no estará sujeto ni será responsable en ningún caso por dichos costos, independientemente de la modalidad o del resultado del proceso de licitación. |
10. Idioma de la Oferta |
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11. Documentos que componen la Oferta |
(g) evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO, que establezca que el Oferente está calificado para ejecutar el contrato en caso que su oferta sea aceptada; y (h) cualquier otro documento requerido en los DDL.
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12. Formulario de Oferta y Lista de Precios |
12.2 El Oferente presentará la Lista de Precios de los Bienes y Servicios Conexos, según corresponda a su origen y utilizando los formularios suministrados en la Sección IV, Formularios de la Oferta. |
13. Ofertas Alternativas |
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14. Precios de la Oferta y Descuentos |
14.2 Todos los lotes /o items deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una Lista de Precios detalla lotes o items pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros lotes o items. Asimismo, cuando algún lote o ítem no aparezca en la Lista de Precios se asumirá que no está incluido en la oferta, y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO.
Los impuestos nacionales que como máximo deberán considerar los proponentes son los que se indican en los DDL, y que se aplicarán sobre el precio total sin impuestos. Si eventualmente algún oferente nacional o internacional estuviese sujeto a un impuesto diferente al porcentaje indicado deberá justificar esta situación documentalmente, caso contrario, el monto total de contrato será ajustado al mencionado porcentaje.
(d) Para bienes de origen fuera de Bolivia, e importados previamente al proceso de licitación (en stock): el precio de los bienes entregados en lugar de destino convenido especificado en los DDL, excluyendo los impuestos a la venta; (e) para los Servicios Conexos, fuera de transporte interno y otros servicios necesarios para hacer llegar los bienes a su destino final, cuando dichos Servicios Conexos están especificados en la Lista Requerimientos: El precio de cada ítem que comprende los Servicios Conexos incluyendo cualquier impuesto aplicable 14.7 Los precios cotizados por el Oferente serán fijos durante la ejecución del Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y, en consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el Oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del Contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas, y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.8 Si así se indica en la subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (un lote o un item) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al 100% de los lotes o items solicitados y al 100% de las cantidades indicadas para cada ítem de un lote. Los Oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subcláusula 14.4 de las IAO. |
15. Moneda de la Oferta |
15.1 El Oferente cotizará su oferta en Bolivianos.
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16. Documentos que establecen la elegibilidad del Oferente |
16.1 Para establecer su elegibilidad, de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO, los Oferentes deberán completar el Formulario de Oferta, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. |
17. Documentos que establecen la elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos |
17.1 Con el fin de establecer la elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos, de conformidad con la Cláusula 5 de las IAO, los Oferentes deberán completar las declaraciones de país de origen en los Formularios de Lista de Precios, incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. |
18. Documentos que establecen la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos |
18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la Oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Lista de Requerimientos. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada ítem demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Si así se indica en los DDL, los Oferentes deberán comprometer la disponibilidad de repuestos y/o servicio técnico necesarios para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios. |
19. Documentos que establecen las Calificaciones del Oferente |
(a) que, si se requiere en los DDL, el oferente que no fabrique o produzca los bienes a ser suministrados deberá presentar una Autorización del Fabricante mediante el formulario incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro documento similar que demuestre que el oferente se encuentra autorizado para la venta de sus productos. (b) que el Oferente cumple con cada uno de los criterios de calificación estipulados en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. |
20. Período de Validez de las Ofertas |
20.1 Las ofertas se considerarán válidas por el período indicado en los DDL a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por el Comprador. La presentación de una oferta implica la aceptación del Oferente del plazo indicado. 20.2 En circunstancias excepcionales y antes de que expire el período de validez de la oferta, el Comprador podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de la validez de sus ofertas. Las solicitudes y las respuestas serán por escrito. Si se hubiese solicitado una Garantía de Mantenimiento de Oferta, de acuerdo a la cláusula 21 de las IAO, también ésta deberá prorrogarse por el período correspondiente. Un Oferente puede rehusar a tal solicitud sin que se le haga efectiva su Garantía o su Declaración de Mantenimiento de la Oferta. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les permitirá que modifiquen sus ofertas, con excepción de lo dispuesto en la Subcláusula 20.3 de las IAO.
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21. Garantía de Mantenimiento de Oferta |
21.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 21.2 Si se solicita en el numeral anterior una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, ésta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en Bolivianos o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una póliza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera de Bolivia, deberá tener una sucursal financiera en Bolivia que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aceptable para el Comprador; (d) ser renovable, irrevocable, de ejecución inmediata (pagadera a la vista) ante solicitud escrita del Comprador en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 21.5 de las IAO. (e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; (f) permanecer válida hasta la fecha límite indicada en los DDL, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAO; 21.3 Si la Subcláusula 21.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, cumpliendo el objetivo para el cual fue solicitada, serán rechazadas por el Comprador por incumplimiento. 21.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Oferente adjudicado firme el contrato, de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO. 21.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado en la Subcláusula 20.1 de las IAO, u otro periodo extendido y aceptado por el oferente. (b) si el Oferente seleccionado: (i) no acepta eventuales correcciones aritméticas al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 31 de las IAO (ii) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 43 de las IAO; (iii) no presenta la documentación necesaria para la firma del contrato (iv) no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO; 21.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) deberá ser emitido en nombre de la APCA que presenta la oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar emitida y suscrita en nombre de todos los futuros socios de la APCA tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el Formulario de Información sobre el Oferente, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. |
22. Formato y firma de la Oferta |
22.3 Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que firma la Oferta. |
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D. Presentación y Apertura de las Ofertas |
23. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas |
23.1 Los Oferentes podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. (a) Los Oferentes que presenten sus ofertas por correo o las entreguen personalmente incluirán el original y cada copia de la oferta, inclusive ofertas alternativas si fueran permitidas en virtud de la Cláusula 13 de las IAO, en sobres cerrados en forma inviolable, todos los ejemplares deberán estar debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. (b) Los Oferentes que presenten sus ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas ofertas. 23.2 Los sobres deberán: (a) llevar el nombre y la dirección del Oferente; (b) estar dirigidos al Comprador y llevar la dirección que se indica en la Subcláusula 24.1 de las IAO; (c) llevar la identificación específica de este proceso de licitación indicado en la Cláusula 1.1 de las IAO; y (d) llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas, especificadas de conformidad con la Subcláusula 27.1 de las IAO. Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Comprador no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. |
24. Plazo para presentar las Ofertas |
24.1 Las ofertas deberán ser recibidas por el Comprador en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se indican en los DDL.
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25. Ofertas tardías |
25.1 El Comprador no considerará ninguna oferta que llegue con posterioridad al plazo límite para la presentación de ofertas, en virtud de la Cláusula 24 de las IAO. Toda oferta que reciba el Comprador después del plazo límite para la presentación de las ofertas será declarada tardía y será rechazada y devuelta al Oferente remitente sin abrir. |
26. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas |
26.1 Un Oferente podrá retirar, sustituir o modificar su oferta después de presentada mediante solicitud escrita, debidamente firmada por el representante autorizado, estipulado en la Subcláusula 22.2 . La sustitución o modificación de una oferta deberá acompañar dicha comunicación por escrito. Todas las comunicaciones deberán ser: (a) presentadas de conformidad con las Cláusulas 22 y 23 de las IAO y los respectivos sobres deberán estar claramente marcados “RETIRO”, “SUSTITUCION” o “MODIFICACION” y (b) recibidas por el Comprador antes del plazo límite establecido para la presentación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 24 de las IAO. (c) las ofertas que retiradas no serán abiertas y serán devueltas sin abrir a los oferentes. 26.2 Las ofertas cuyo retiro fue solicitado de conformidad con la Subcláusula 26.1 de las IAO serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. 26.3 Ninguna oferta podrá ser retirada, sustituida o modificada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar ofertas y la expiración del período de validez de las ofertas indicado en la Subcláusula 20.1 de las IAO. Si una oferta es retirada durante este periodo, aplicará lo indicado en la Subcláusula 21.5 (a) de las IAO |
27. Apertura de las Ofertas |
27.1 El Comprador llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertas en público en la dirección, fecha y hora establecidas en los DDL. El procedimiento para apertura de ofertas presentadas electrónicamente si fueron permitidas, estará indicado en los DDL de conformidad con la Cláusula 23.1 de las IAO.
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E. Evaluación y Comparación de las Ofertas |
28. Confidencialidad |
28.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato. 28.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta. 28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAO, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. |
29. Aclaración de las Ofertas |
29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Oferente aclaraciones sobre su Oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. |
30. Cumplimiento de las Ofertas |
30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de las desviaciones, reservas u omisiones significativas. |
31. Diferencias, errores y omisiones |
31.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. 31.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. 31.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Comprador corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: (a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que, en opinión del Comprador, hay un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; (b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total;
31.4 El Comprador consultará, por escrito, a los Oferentes sobre la aceptación del precio corregido, sin indicar el orden de precedencia de las Ofertas. Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada y se aplicará la cláusula IAO 21.5. |
32. Examen preliminar de las Ofertas |
32.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todos los documentos y la documentación técnica solicitada en la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados y determinará si cada documento entregado está completo. 32.2 El Comprador confirmará que los siguientes documentos e información han sido proporcionados con la oferta. Si cualquiera de estos documentos o información faltaran, la oferta será rechazada. (a) Formulario de Oferta, de conformidad con la Subcláusula 12.1 de las IAO; (b) Lista de Precios, de conformidad con la Subcláusula 12.2 de las IAO; y (c) Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Subcláusula 21 de las IAO. |
33. Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica |
33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sustancialmente sin ninguna desviación o reserva significativa. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y efectuada la evaluación técnica, el Comprador estableciera que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada. |
34. Conversión a una sola moneda |
34.1 Para efectos de evaluación y comparación, el Comprador convertirá todos montos expresados en diferentes monedas a Bolivianos utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Bolivia y 10 días antes del plazo límite para la entrega de propuestas. En caso de tratarse de montos relacionados con criterios de evaluación la fecha será la que corresponda al documento de que se trate (por ejemplo contratos similares para evaluar la experiencia del oferente). |
35. Preferencia nacional |
35.1 La preferencia nacional no será un factor de evaluación a menos que se indique lo contrario en los DDL. |
36. Evaluación de las Ofertas |
36.1 El Comprador evaluará todas las ofertas que se determine que hasta esta etapa de la evaluación se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 36.2 Para evaluar las ofertas, el Comprador utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en esta Cláusula 36 de las IAO. No se permitirá ningún otro criterio ni metodología. 36.3 Al evaluar las Ofertas, el Comprador considerará lo siguiente:
36.4 Al evaluar una oferta el Comprador excluirá y no tendrá en cuenta los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; los impuestos serán añadidos posteriormente al precio del contrato del oferente adjudicado. 36.5 La evaluación de una oferta requerirá que el Comprador considere otros factores, además del precio cotizado, de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO. Los factores, metodologías y criterios que se apliquen serán aquellos especificados de conformidad con la Subcláusula 36.3(d) de las IAO. 36.6 Si así se indica en los DDL, estos Documentos de Licitación permitirán que los Oferentes coticen precios separados por uno o más lotes/items, y permitirán que el Comprador adjudique uno o varios lotes/items a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la más baja, está detallada en la Sección III, Criterios de Evaluación y Calificación. |
37. Comparación de las Ofertas |
37.1 El Comprador comparará todas las ofertas que cumplen sustancialmente para determinar la oferta evaluada como la más baja, de conformidad con la Cláusula 36 de las IAO. |
38. Poscalificación del Oferente |
38.1 El Comprador determinará, a su entera satisfacción, si el Oferente seleccionado como el que ha presentado la oferta evaluada como la más baja y ha cumplido sustancialmente con la oferta, está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. 38.2 Dicha determinación se basará en el examen de la evidencia documentada de las calificaciones del Oferente que éste ha presentado, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAO. 38.3 Una determinación afirmativa será un requisito previo para la adjudicación del Contrato al Oferente. Una determinación negativa resultará en el rechazo de la oferta del Oferente, en cuyo caso el Comprador procederá a determinar si el Oferente que presentó la siguiente oferta evaluada como la más baja está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. |
39. Derecho del comprador a aceptar cualquier oferta y a rechazar cualquiera o todas las ofertas |
39.1 El Comprador se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier oferta, de anular el proceso licitatorio y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Oferentes.
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F. Adjudicación del Contrato |
40. Criterios de Adjudicación |
40.1 El Comprador adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta haya sido determinada la oferta evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, siempre y cuando el Comprador determine que el Oferente está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. |
41. Derecho del Comprador a variar las cantidades en el momento de la adjudicación |
41.1 Al momento de adjudicar el Contrato, el Comprador se reserva el derecho a aumentar o disminuir la cantidad de los Bienes y Servicios Conexos especificados originalmente en la Sección VI, Lista de Requerimientos, siempre y cuando esta variación no exceda los porcentajes indicados en los DDL, y no altere los precios unitarios u otros términos y condiciones de la Oferta y de los Documentos de Licitación. |
42. Notificación de Adjudicación del Contrato |
42.1 Antes de la expiración del período de validez de las ofertas original o extendido, el Comprador notificará por escrito al Oferente seleccionado que su Oferta ha sido aceptada.
42.3 El Comprador publicará en su sitio de Internet (SICOES en casos del sector público) los resultados de la licitación e informará inmediatamente y por escrito a los demás oferentes, los resultados del proceso. Después de la publicación de la adjudicación del contrato, los Oferentes no favorecidos podrán solicitar por escrito al Comprador explicaciones de las razones por las cuales sus ofertas no fueron seleccionadas. El Comprador, después de la adjudicación del Contrato, responderá prontamente y por escrito a cualquier Oferente no favorecido que solicite dichas explicaciones. |
43. Firma del Contrato |
43.1 El Oferente seleccionado tendrá un plazo de 5 días después de la fecha de recibo del Contrato para firmarlo, fecharlo y devolverlo al Comprador.
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44. Garantía de Cumplimiento del Contrato |
44.1 Como se indica en la IAO 42.2, dentro de los quince (15) días siguientes al recibo de la notificación de adjudicación de parte del Comprador, el Oferente seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, de conformidad con las CGC, utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento incluido en la Sección IX, Formularios del Contrato, u otro formulario aceptable para el Comprador. 44.2 Si el Oferente seleccionado no cumple con la presentación de los documentos mencionados en la cláusula 42.2 IAO incluyendo la Garantía de Cumplimiento , o no firma el Contrato, esto constituirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. En tal caso, el Comprador podrá adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y que el Comprador determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. |
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Los datos específicos que se presentan a continuación sobre los bienes que hayan de adquirirse, complementarán, suplementarán o enmendarán las disposiciones en las Instrucciones a los Oferentes (IAO). En caso de conflicto, las disposiciones contenidas aquí prevalecerán sobre las disposiciones en las IAO.
Cláusula en las IAO |
A. Disposiciones Generales |
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IAO 1.1 |
El Comprador es Empresa Nacional de Electricidad – ENDE |
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IAO 1.1 |
El nombre y número de identificación de la LPN son: “Adquisición de Vehículos Livianos Para Proyectos de Inversión Pública” LPN- BID-ENDE-2018-001
El número, identificación y nombres del ítem que comprenden esta LPN es:
-Los oferentes deberán presentar sus propuestas para el ítem solicitado
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IAO 2.1 |
El nombre del Prestatario es: Estado Plurinacional de Bolivia |
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IAO 2.1 |
El nombre del Proyecto es: Programa de Electrificación Rural II BO-L1117 - Contrato xx Xxxxxxxx No. 3725/BL-BO |
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B. Contenido de los Documentos de Licitación |
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IAO 7.1 |
Para registro de interesados y aclaraciones de las ofertas, solamente, la dirección del Comprador es: Atención: Empresa Nacional de Electricidad - ENDE; Oficinas del Programa de Electrificación Rural II BO-L1117 Dirección: Xxxxx Xxxxxxxx Xx X - 0000, casi esq. Falsuri. Ciudad: [Cochabamba País: Bolivia Teléfono: 4-4520317-4120900 Facsímile: 4520318 Dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.xxx0@xxxx.xx |
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IAO 7.2 |
Se realizará una reunión de aclaración No ……. Sí …X…. , Dirección: Calle Colombia N° O - 0655, casi esq. Falsuri. Oficinas del Programa de Electrificación Rural II BO Ciudad: Cochabamba Fecha y Hora: 17 de diciembre de 2018 a horas: 16:00 |
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C. Preparación de las Ofertas |
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IAO 11.1(h) |
Los Oferente deberán presentar los siguientes documentos adicionales con su oferta:
Todos los documentos integrantes de la Oferta redactados en otros idiomas deberán acompañarse de su traducción al idioma español. Para propósitos de interpretación se utilizará le versión traducida al español.
Se recomienda que estos documentos se encuentren enumerados para facilitar su ubicación. |
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IAO 13.1 |
No se considerarán ofertas alternativas. |
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IAO 14.6 (b), (c) y (d) |
El lugar de destino convenido es Almacén de ENDE ubicado Sacaba km 5 en la Ciudad de Cochabamba .
El Oferente deberá incluir en su oferta todos los costos de transporte y almacenaje hasta el lugar de entrega en destino final, además de otros costos propios de la entrega (seguros, carga, descarga, manipuleo y otros necesarios para garantizar la entrega de los bienes en condiciones adecuadas).
El precio total con impuestos deberá ser cotizado: DDP (Delivered Duty Paid – Entrega con derechos Pagos) de acuerdo a la edición vigente de Incoterms 2010.
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IAO 14.6 (a) |
El impuesto vigente es el 14.94% (tasa efectiva) |
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IAO 14.6 (c)(ii) |
Ninguno |
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IAO 14.7 |
Los precios cotizados por el Oferente No serán ajustables. |
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IAO 14.8 |
Los precios cotizados para cada lote deberán corresponder por lo menos al 100 % de los artículos listados de la oferta. Los precios cotizados para cada ítem de un lote deberán corresponder por lo menos a un 100 % de las cantidades especificadas de este artículo |
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IAO 18.3 |
Los oferentes deben presentar su compromiso de disponibilidad de repuestos y/o servicio técnico No …… Si…X…, durante 5 años |
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IAO 19.1 (a) |
Se requiere la Autorización del Fabricante. |
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IAO 20.1 |
El comprador considerará válidas las ofertas recibidas, durante 120 días calendarios. |
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IAO 21.1 |
la oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento (emitida por un banco o una aseguradora); |
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IAO 21.2 |
Si en el numeral anterior se requiere, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta, a elección del oferente ésta deberá ser:
La garantía debe ser por el monto total indicado.
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IAO 21.2 (f) |
La fecha de validez de la garantía será mínimamente hasta 06 xx xxxxx de 2019 |
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IAO 22.1 |
Además de la oferta original (1), el número de copias es: dos (2) |
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D. Presentación y Apertura de Ofertas |
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IAO 23.1 |
Los Oferentes no tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente. |
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IAO 23.1 (b) |
Si los Oferentes tienen la opción de presentar sus ofertas electrónicamente, los procedimientos para dicha presentación serán: No Aplica |
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IAO 24.1 |
Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del Comprador es: Atención: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx U Dirección: Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 casi esq. Calle Falsuri. Número del Piso/Oficina: planta alta Secretaria de Presidencia Ciudad: Cochabamba
País: Bolivia La fecha límite para presentar las ofertas es: 07 de enero de 2019 Hora: 10:30 a.m. |
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IAO 27.1 |
La apertura de las ofertas tendrá lugar el mismo día de la recepción de ofertas a horas: 11:00 a.m en: Dirección: Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 casi esq. Calle Falsuri. Número de Piso/Oficina: Sala de reuniones de la Unidad Administrativa.
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IAO 27.1 |
Si se permite la presentación electrónica de ofertas de conformidad con la cláusula 23.1 de las IAO, los procedimientos específicos para la apertura de dichas ofertas serán: No Aplica. |
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E. Evaluación y Comparación de las Ofertas |
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IAO 35.1 |
La Preferencia Nacional no será un factor de evaluación de la oferta. |
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IAO 36.3 (d) |
Se aplicarán los criterios de la Sección III Criterios de Evaluación y Calificación (Requisitos para la Calificación Posterior) |
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IAO 36.6 |
No Aplica |
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F. Adjudicación del Contrato |
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IAO 41.1 |
El máximo porcentaje en que las cantidades podrán ser aumentadas es: 0% El máximo porcentaje en que las cantidades podrán ser disminuidas es: 0% |
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IAO 42.2 |
La documentación que deberá presentar el Oferente seleccionado, para la firma de contrato será:
más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD- ENDE.
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Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación
Requisitos para Calificación Posterior (IAO 36.3 d)
Después de determinar la oferta evaluada como la más baja según lo establecido en la Subcláusula 37.1 de las IAO, el Comprador efectuará la calificación posterior del Oferente de conformidad con lo establecido en la Cláusula 38 de las IAO, empleando únicamente los requisitos aquí estipulados. Los requisitos que no estén incluidos en el siguiente texto no podrán ser utilizados para evaluar las calificaciones del Oferente.
Elegibilidad del Oferente. El criterio de evaluación será “cumple” o “no cumple”.
Documentos legales administrativos (IAO 11.1(h). El criterio de evaluación es “cumple” o “no cumple” sustancialmente.
Los Oferentes deberán proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia:
Capacidad financiera: El criterio de evaluación es “cumple” o “no cumple”.
Activos líquidos por un monto igual o superior a Bs630.000,00 o acceso a líneas de crédito por un monto igual o superior a Bs630.000,00 (el mismo deberá ser emitido por una entidad legalmente establecida).
d) Capacidad técnica: El criterio de evaluación es “cumple” o “no cumple”.
Compromiso de que el ofertante, en caso de ser adjudicado, dispondrá de servicios de mantenimiento y reparación de los bienes y garantizar la existencia de repuestos por un tiempo de no menos cinco (5) años después de la recepción de los bienes en el país del comprador.
e) Especificaciones Técnicas: El criterio de evaluación es “cumple” o “no cumple”.
Sección IV. Formularios de la Oferta
Formulario de Información sobre el Oferente
[El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones siguientes. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán substitutos.]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPI No.:[indicar el número del proceso licitatorio]
Página _______ de ______ páginas
1. Nombre jurídico del Oferente [indicar el nombre jurídico del Oferente] |
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2. Si se trata de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), nombre jurídico de cada miembro: [indicar el nombre jurídico de cada miembro de la APCA] |
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3. País donde está constituido o incorporado el Oferente en la actualidad o País donde intenta constituirse o incorporarse [indicar el país de ciudadanía del Oferente en la actualidad o país donde intenta constituirse o incorporarse] |
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4. Año de constitución o incorporación del Oferente: [indicar el año de constitución o incorporación del Oferente] |
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5. Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado: [indicar la Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado] |
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6. Información del Representante autorizado del Oferente: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado] Números de teléfono y facsímile: [indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado] Dirección de correo electrónico: [indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado] |
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7. Se adjuntan copias de los siguientes documentos : [marcar la(s) casilla(s) de los documentos adjuntos] ٱ LISTA DE DOCUMENTOS QUE SE PRESENTA CON LA OFERTA
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Formulario de Información sobre los Miembros de la Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA)
[El Oferente y cada uno de sus miembros deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas a continuación]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPI No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
Página ____ de ____ páginas
1. Nombre jurídico del Oferente [indicar el nombre jurídico del Oferente] |
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2. Nombre jurídico del miembro de la Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) [indicar el Nombre jurídico del miembro la APCA] |
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3. Nombre del País de constitución o incorporación del miembro de la Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) [indicar el nombre del País de constitución o incorporación del miembro de la APCA] |
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4. Año de constitución o incorporación del miembro de la Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA): [indicar el año de constitución o incorporación del miembro de la APCA] |
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5. Dirección jurídica del miembro de la Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) en el País donde está constituido o incorporado: [Dirección jurídica del miembro de la APCA en el país donde está constituido o incorporado] |
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6. Información sobre el Representante Autorizado del miembro de la Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA): Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado del miembro de la APCA] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado del miembro de la APCA] Números de teléfono y facsímile: [[indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado del miembro de la APCA] Dirección de correo electrónico: [[indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado del miembro de la APCA]
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7. Se adjuntan copias de los siguientes documentos originales de: [marcar la(s) casillas(s) de los documentos adjuntos]
LISTA DE DOCUMENTOS QUE SE PRESENTA CON LA OFERTA
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Formulario de Presentación de la Oferta
[El Oferente completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. No se permitirán alteraciones a este formulario ni se aceptarán substituciones.]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPI No. : [indicar el número del proceso licitatorio]
Llamado a Licitación No.: [indicar el No. del Llamado]
Alternativa No. [indicar el número de identificación si esta es una oferta alternativa]
A: [nombre completo y dirección del Comprador]
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
Hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos de licitación, incluso sus Enmiendas Nos. [indicar el número y la fecha de recepción de cada Enmienda];
Ofrecemos proveer los Bienes y Servicios Conexos de conformidad con los Documentos de Licitación y de acuerdo con el Plan de Entregas establecido en la Lista de Requerimientos y nos comprometemos a que estos Bienes y Servicios Conexos sean originarios de países miembros del Banco: [indicar una descripción breve de los bienes y servicios conexos];
El precio total de nuestra Oferta, de acuerdo a IAO 14.6(a) y excluyendo cualquier descuento ofrecido en el rubro (d) a continuación es: [indicar el precio total de la oferta en palabras y en cifras, indicando las diferentes cifras en las monedas respectivas];
Los descuentos ofrecidos y la metodología para su aplicación son:
Lote/ item No |
Detalle |
Precio sin impuestos Bs |
Impuestos Bs |
Precio total Bs |
País de origen |
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Descuentos. Si nuestra oferta es aceptada, los siguientes descuentos serán aplicables: [detallar cada descuento ofrecido y el lote/ítem específico en la Lista de Bienes al que aplica el descuento].
Metodología y Aplicación de los Descuentos. Los descuentos se aplicarán de acuerdo a la siguiente metodología: [Detallar la metodología que se aplicará a los descuentos];
Los bienes ofertados tienen el origen que declaramos a continuación, y nos encontramos en condiciones de demostrar el mismo:
-
Lote/ item No
Detalle
País de origen
Nuestra oferta se mantendrá vigente por el período establecido en la Subcláusula 20.1 de las IAO, a partir de la fecha límite fijada para la presentación de las ofertas de conformidad con la Subcláusula 24.1 de las IAO. Esta oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de la expiración de dicho período;
Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a obtener una Garantía de Cumplimiento del Contrato de conformidad con la Cláusula 44 de las IAO y Cláusula 17 de las CGC;
Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países elegibles [indicar la nacionalidad del Oferente, incluso la de todos los miembros que comprende el Oferente, si el Oferente es una APCA, y la nacionalidad de cada subcontratista y proveedor]
No tenemos conflicto de intereses de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO;
Nuestra empresa, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para ejecutar cualquier parte del contrato, no han sido declarados inelegibles por el Banco, ni bajo las leyes de o normativas oficiales de Bolivia, de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO;
(párrafos aplicables a Contratos en los que aplica la política GN-2349-9)
No tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI).
(k) Usaremos nuestros mejores esfuerzos para asistir al Banco en investigaciones.
(l) Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la ejecución) del contrato, a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en el país del cliente.
Las siguientes comisiones, gratificaciones u honorarios han sido pagados o serán pagados en relación con el proceso de esta licitación o ejecución del Contrato: [indicar el nombre completo de cada receptor, su dirección completa, la razón por la cual se pagó cada comisión o gratificación y la cantidad y moneda de cada dicha comisión o gratificación]
Nombre del Receptor |
Dirección |
Concepto |
Monto |
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(Si no han sido pagadas o no serán pagadas, indicar “ninguna”.)
Entendemos que esta oferta, junto con su debida aceptación por escrito incluida en la notificación de adjudicación, constituirán una obligación entre nosotros, hasta que el Contrato formal haya sido perfeccionado por las partes.
Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la oferta evaluada como la más baja ni ninguna otra oferta que reciban.
Declaramos que;
hemos leído y entendido la prohibición sobre actos de fraude y corrupción dispuesta por el Banco y nos obligan a observar las normas pertinentes;
no hemos incurrido en ninguna infracción de las políticas sobre fraude y corrupción descritas en este documento;
no hemos tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de adquisición o negociación del contrato o cumplimiento del contrato;
ninguno de nuestros directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco, ni han sido declarados culpables de delitos vinculados con fraude o corrupción;
ninguno de nuestros directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con fraude o corrupción;
hemos declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con el contrato o el contrato financiado por el Banco;
reconocemos que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de cualquiera o de un conjunto de medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b).
Firma: [indicar el nombre completo de la persona cuyo nombre y calidad se indican] En calidad de [indicar la calidad jurídica de la persona que firma el Formulario de la Oferta]
Nombre: [indicar el nombre completo de la persona que firma el Formulario de la Oferta]
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de: [indicar el nombre completo del Oferente]
El día ________________ del mes ___________________ del año __________ [indicar la fecha de la firma]
Formulario de Listas de Precios
[El Oferente completará estos formularios de Listas de Pecios. La lista de lotes/items en la columna 1 de la Lista de Precios deberá coincidir con la Lista de Bienes y Servicios Conexos detallada por el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios.]
PRECIO DE LA COTIZACIÓN
Ítem Nº |
Descripción |
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A |
B |
C = A x B |
D |
E = C + D |
F= D/C % de impuestos sobre el precio total (**) |
Unidad |
Cantidad |
Precio unitario sin impuestos Bs |
Precio total sin impuestos Bs (*) |
Impuesto Total Bs |
Precio total con impuestos Bs |
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1 |
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2 |
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3 |
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Precios totales Bs |
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(* ) Precio para la comparación de ofertas y determinación del precio más bajo
(**) Los impuestos a considerar los proponentes, deben corresponder a los establecidos en las leyes tributarias del país y de acuerdo al régimen impositivo que corresponda a la empresa, si exceden la tasa efectiva de 14.94% el Proponente deberá justificar en su propuesta.
ANTECEDENTES GENERALES DEL PROPONENTE
Relación de ventas efectuadas en el periodo que se requiere en la Sección III – 4(c) y (d)
Cliente (Incluir: Nombre, dirección, telf, fax, correo electrónico, persona de contacto y cargo de la persona) |
Descripción de los bienes suministrados |
Cantidades |
Fecha de entrega |
Monto facturado por el proponente (En Bs.) |
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Nombre y firma del Representante Legal del Proponente
Nota: Toda la información contenida en este formulario debe estar respaldada por fotocopias de: Facturas o contratos o actas de recepción, emitidas por las entidades que adquirieron los equipos o materiales.
COMPROMISO DE DISPONIBILIDAD DE STOCK DE REPUESTOS
Señores
........................................................................
Presente
Ref.: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº ....................................................
ADQUISICIÓN DE ...................................................................................
De nuestra mayor consideración:
Mediante la presente, la empresa ...................................................... garantiza que contará con un stock de repuestos o dotará de los mismos por lo menos tres (3) años después de haber vencido el periodo de garantía de los equipos ofertados.
Extendemos este compromiso en..................................................... a los ...... días del mes de .................... del 2018
(ciudad y país)
Nombre y firma del Representante Legal del Proponente
COMPROMISO DE ASISTENCIA TECNICA Y MANTENIMIENTO
Señores
........................................................................
Presente
Ref.: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº ....................................................
ADQUISICIÓN DE ...................................................................................
De nuestra mayor consideración:
Mediante la presente, la empresa ...................................................... garantiza que proporcionará asistencia técnica y mantenimiento del o de los equipos tres (años) año después de haber vencido el periodo de garantía de los equipos ofertados y en nuestros talleres ubicados en territorio boliviano.
Extendemos este compromiso en..................................................... a los ...... días del mes de .................... del 2018
(ciudad y país)
Nombre y firma del Representante Legal del Proponente
Garantía de Mantenimiento de Oferta (Garantía Bancaria)
(utilizar este documento o en reemplazo el formato estándar vigente en Bolivia)
[El Banco completará este formulario de Garantía Bancaria según las instrucciones indicadas]
[indicar el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [indicar el nombre y la dirección del Comprador]
Fecha: [indicar la fecha]
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA No. [indicar el número de Garantía]
Se nos ha informado que [indicar el nombre del Oferente] (en adelante denominado “el Oferente”) les ha presentado su oferta el [indicar la fecha de presentación de la oferta] (en adelante denominada “la oferta”) para la ejecución de [indicar el nombre del Contrato], bajo el Llamado a Licitación No [indicar numero del Llamado a Licitación].
Asimismo, entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá respaldar dicha Oferta.
A solicitud del Oferente, nosotros [indicar el nombre del Banco] por medio de la presente Garantía nos obligamos irrevocablemente a pagar a ustedes una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indicar la cifra en números], [indicar la cifra en palabras] al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito y acompañada de una comunicación escrita que declare que el Oferente está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones de la oferta, porque el Oferente:
(a) ha retirado su oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en el Formulario de Presentación de Oferta; o
(b) habiéndole notificado el Comprador de la aceptación de su Oferta dentro del período de validez de la oferta como se establece en el Formulario de Presentación de Oferta, o dentro del período prorrogado por el Comprador antes de la expiración de este plazo, (i) no firma o rehúsa firmar el Contrato, si corresponde, o (ii) no suministra o rehúsa suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
Esta Garantía expirará (a) en el caso del Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento emitida a ustedes por instrucciones del Oferente, o (b) en el caso de no ser el Oferente seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) haber recibido nosotros una copia de su comunicación al Oferente indicándole que el mismo no fue seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de la Oferta.
Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de la fecha límite aquí estipulada.
Esta Garantía está sujeta las “Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitud” (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del ICC No. 458.
[Firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del Banco]
Garantía de Mantenimiento de Oferta (Póliza))
[Esta póliza será ejecutada en este Formulario de Fianza de la Oferta de acuerdo con las instrucciones indicadas.]
FIANZA NO. [indicar el número de fianza]
POR ESTA FIANZA [indicar el nombre del Oferente] obrando en calidad de Mandante (en adelante “el Mandante”), y [indicar el nombre, denominación legal y dirección de la afianzadora], autorizada para conducir negocios en Bolivia, y quien obre como Xxxxxxx (en adelante “el Garante”) por este instrumento se obligan y firmemente se comprometen con [indicar el nombre del Comprador] como Demandante (en adelante “el Comprador”) por el monto de [indicar el monto de la fianza expresada ena Bolivianos o en una moneda internacional de libre convertibilidad] [indicar la suma en palabras], a cuyo pago en legal forma, en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el precio de la Garantía, nosotros, el Principal y el Garante ante mencionados por este instrumento, nos comprometemos y obligamos colectiva y solidariamente a estos términos a nuestros herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios.
CONSIDERANDO que el Principal ha presentado al Comprador una Oferta escrita con fecha del ____ día de _______, del 200_, para la provisión de [indicar el nombre del Contrato] (en adelante “la Oferta”).
POR LO TANTO, LA CONDICION DE ESTA OBLIGACION es tal que si el Mandante:
retira su Oferta durante el período de validez de la oferta estipulado por el Oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta; o
si después de haber sido notificado de la aceptación de su Oferta por el Comprador durante el período de validez de la misma,
(a) no firma o rehúsa firmar el Convenio, si así se le requiere; o
(b) no presenta o rehúsa presentar la Garantía de Fiel Cumplimento de Contrato de conformidad con lo establecido en las Instrucciones a los Oferentes;
el Garante procederá inmediatamente a pagar al Comprador la máxima suma indicada anteriormente al recibo de la primera solicitud por escrito del Comprador, sin que el Comprador tenga que sustentar su demanda, siempre y cuando el Comprador establezca en su demanda que ésta es motivada por los acontecimiento de cualquiera de los eventos descritos anteriormente, especificando cuál(es) evento(s) ocurrió / ocurrieron.
EN FE DE LO CUAL, el Garante conviene que su obligación permanecerá vigente y tendrá pleno efecto inclusive hasta la fecha 28 días después de la expiración de la validez de la oferta tal como se establece en la Llamado a Licitación. Cualquier demanda con respecto a esta Fianza deberá ser recibida por el Garante a más tardar dentro del plazo estipulado anteriormente.
EN FE DE LO CUAL, el Mandante y el Garante han dispuesto que se ejecuten estos documentos con sus respectivos nombres este ____ día de _____________ del _____.
Principal(es): nombre(s) del representante(s) autorizado de la Afianzadora
______________________________________________________
Garante: ________________________ Sello Oficial de la Corporación (si corresponde)
_______________________________ ____________________________________
(Firma) (Firma)
_______________________________ ____________________________________
(Nombre y cargo) (Nombre y cargo)
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de presentación de la oferta]
LPI No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
Alternativa No.: [indicar el No. de identificación si esta es una oferta por una alternativa]
A: [indicar el nombre completo del Comprador]
POR CUANTO
Nosotros [nombre completo del fabricante], como fabricantes oficiales de [indique el nombre de los bienes fabricados], con fábricas ubicadas en [indique la dirección completa de las fábricas] mediante el presente instrumento autorizamos a [indicar el nombre y dirección del Oferente] a presentar una oferta con el solo propósito de suministrar los siguientes Bienes de fabricación nuestra [nombre y breve descripción de los bienes], y a posteriormente negociar y firmar el Contrato.
extendemos nuestro aval y plena garantía, conforme a la cláusula 27 de las Condiciones Generales del Contrato, respecto a los bienes ofrecidos por la firma antes mencionada.
Firma: _________________________________________________
[firma del(los) representante(s) autorizado(s) del fabricante]
Nombre: [indicar el nombre completo del representante autorizado del Fabricante]
Cargo: [indicar cargo]
Debidamente autorizado para firmar esta Autorización en nombre de: [nombre completo del Oferente]
Fechado en el día ______________ de __________________de 200__ [fecha de la firma]
Elegibilidad para el suministro de bienes, la contratación de obras
y prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
Nota:. Las referencias en estos documentos al Banco incluyen tanto al BID, como a cualquier fondo administrado por el Banco.
A continuación se presentan 2 opciones de número 1) para que el Usuario elija la que corresponda dependiendo de donde proviene el Financiamiento. Este puede provenir del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), del Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN) u, ocasionalmente, los contratos pueden ser financiados por fondos especiales que restringen aún más los criterios para la elegibilidad a un grupo particular de países miembros, caso en el cual se deben determinar estos utilizando la última opción:
-----------------------------------
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
Países Prestatarios:
Argentina, Bahamas, Barbados, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Ecuador, El Xxxxxxxx, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.
Países no Prestatarios:
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
es ciudadano de un país miembro; o
ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un ítem comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
Los bienes serán considerados de origen local si el costo individual de los bienes es menor a USD 5.000 y el valor total de cada contrato que resulte de este proceso es menor a US$ 30.000
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
PARTE 2 – Requisitos de los Bienes y Servicios
Sección VI. Lista de Requisitos |
Notas para la preparación de la Lista de Requisitos
El Comprador deberá incluir la Lista de Requisitos en los documentos de licitación, y deberá abarcar como mínimo, una descripción de los bienes y servicios a ser proporcionados y un plan de entregas.
La Lista de Requisitos tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los Oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión, particularmente la Lista de Precios, para la cual se proporciona un formulario en la Sección IV. Además, la Lista de Requisitos, conjuntamente con la Lista de Precios, servirá como base en caso de que haya una variación de cantidades en el momento de la adjudicación del contrato, de conformidad con la Cláusula 41 de las IAO.
La fecha o el plazo de entrega deberá ser establecido cuidadosamente, teniendo en cuenta: (a) las implicaciones de los términos de entrega estipulados en las IAO, y (b) la fecha establecida aquí a partir de la cual empiezan las obligaciones del Proveedor relacionadas con la entrega (es decir, la notificación de adjudicación y la orden de proceder si corresponde).
1. Lista de Bienes y Plan de Entregas
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N Ítem |
Descripción de los Bienes |
Cantidad |
Unidad física |
Lugar de destino convenido según se indica en los DDL |
Fecha de Entrega |
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Fecha límite de entrega
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Fecha de entrega ofrecida por el Oferente [a ser especificada por el Oferente] |
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1 |
Adquisición de Vehículos Livianos Para Proyectos de Inversión Pública |
2 |
piezas |
Oficinas de ENDE Corporación |
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30 días calendarios |
[indicar el número de días después de la fecha de efectividad del Contrato] |
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El Oferente deberá considerar en su propuesta los siguientes aspectos:
ALCANCE DEL SERVICIO
El objetivo del Programa de Electrificación Rural II BO-L1117 (PER II) es incrementar el acceso a la energía eléctrica en el área rural del Estado Plurinacional de Bolivia, facilitando la integración de la población a servicios públicos y sociales, contribuyendo a la reducción de los niveles de pobreza.
Para lograr su objetivo, el Programa financiara dos componentes:
Componente I: Mejoramiento de la infraestructura de distribución para aumentar la cobertura de acceso a electricidad en el área rural, y fomento de sus usos productivos.
Componente II: Incremento de la capacidad de transmisión hacia áreas rurales.
Administración, Seguimiento, Monitoreo y Evaluación. Los recursos del Financiamiento también financiarán gastos de administración, seguimiento, monitoreo y auditoría necesaria para el Programa, incluyendo el financiamiento del personal mínimo necesario para la ejecución del Programa.
Dentro el Componente I, se encuentra:
Subcomponente I.1. Extensión de redes de distribución. Financiará proyectos de extensión de redes de distribución eléctrica monofásica y trifásica en tensiones menores a 69kV. Los proyectos considerarán, entre otros, demandas residenciales, comerciales y alumbrado público. La conexión a los beneficiarios a la red estará a cargo de las empresas operadoras de acuerdo a la normativa vigente. Los proyectos serán presentados por los Gobiernos Autónomos Departamentales (GAD) a la Unidad Ejecutora del Programa (UEP) del Viceministerio de Electricidad y Energías Alternativas (VMEEA), para la aprobación de financiamiento de acuerdo a los criterios de elegibilidad establecidos en el Reglamento Operativo del Programa (ROP).
De acuerdo al Reglamento Operativo (ROP) del Programa de Electrificación Rural II (PER II), el Subcomponente I.1, Extensión de Redes de Distribución financiará proyectos de extensión de redes de distribución eléctrica monofásica y trifásica en tensiones menores a 69kV. Los proyectos considerarán, entre otros, demandas residenciales, comerciales y alumbrado público. La conexión a los beneficiarios a la red estará a cargo de las empresas operadoras de acuerdo a la normativa vigente. Los proyectos serán presentados por los Gobiernos Autónomos Departamentales (GAD) a la Unidad Ejecutora del Programa (UEP) del Viceministerio de Electricidad y Energías Alternativas (VMEEA), para la aprobación de financiamiento de acuerdo a los criterios de elegibilidad establecidos en el ROP.
El alcance el Subcomponente I.1 - Proyectos de extensión de redes de distribución, ejecutara proyectos en el área rural a nivel nacional, con diferentes empresas, estimando se realicen a lo largo de 5 años, 40 Contratos de Construcción de Obras de Electrificación Rural y la misma cantidad de Contratos de Supervisión, el volumen de obras a ser ejecutados es diverso, así como sus características técnicas, que varían de acuerdo a la zona geográfica donde sean emplazados (zona andina, zona xxxxxx, xxxxxx tropicales y zona amazonia), siendo los periodos de ejecución de obras de 8 a 18 meses.
La cantidad de contratos a ser realizados y la dispersión de las obras a ser ejecutadas, hacen que el trabajo de fiscalización a llevarse adelante por la Unidad Ejecutora del Programa cuente con un sistema de logística adecuada para hacer el seguimiento técnico necesario para cumplir con parámetros de calidad y confiabilidad durante la construcción, la entrega y energización de las mismas.
ESPECIFICACIONES TECNICAS CAMIONETA 4X4
MODELO COMERCIAL: 2019
CARACTERISTICAS BASICAS
Camioneta doble cabina todo terreno 4 x 4 para todo terreno
Color Blanco o azul preferentemente
DATOS MOTOR
Cilindrada: 2.500 cc o superior
Sistema de combustible: A inyección
Mecanismo de válvulas: 16 válvulas o superior
Disposición de cilindros: 4 en línea
Refrigeración: Por agua
Filtros de aire: Tipo seco
TRANSMISION
Caja Mecánica de 6 velocidades sincronizadas: 5 adelante y 1 reversa
Palanca de cambio tipo bastón al piso
Sistema de tracción 4x4
SISTEMA ELECTRICO
Sistema eléctrico 12 V; Alternador; arranque directo
Batería de 12 V- 70 Ah, adelante
Luces de carretera: Alta, Media y Baja.
Luces de emergencia: Delanteras y Traseras.
Luces traseras de freno y retroceso
Faroles halógenos multiftector
DIRECCIÓN
Hidráulica
SUSPENSIÓN
Delantera: Eje rígido, resortes espirales y brazos de avance
Trasera: Eje rígido, ballestas semi-elípticas y amortiguadores xx xxxxx acción.
FRENOS
De accionamiento hidráulico
Delanteros: Discos ventilados.
Traseros: Tambor.
Freno auxiliar o de mano
CARROCERÍA
Cabina doble con capacidad de S ó 6 pasajeros incluido el conductor
Carrocería estándar metálica con capacidad mínima de 850 kilogramos
LLANTAS Y AROS
Llantas todo terreno AT 5 llantas completas incluye la llanta de repuesto
Xxxx xx xxxxx, mínimo 245/75 R17" AT
EQUIPO INTERIOR
Cierre de ventanas laterales
Cinturones de seguridad delanteros 2 de 3 puntos
Cinturones de seguridad traseros 2 de 3 puntos/1 de Cintura
EQUIPO EXTERIOR
Espejo retrovisores
Vidrio trasero de seguridad
Vidrio delantero laminado de seguridad
Parachoques delantero (para proteger mascara y faroles)
Bastidor porta escaleras metálico en tubo q> = 3" xx xxxxx ASTM A36, pernos ASTM A449. Terminación superficial: Pintura anticorrosiva (otras características indicadas, por ENDE)
Caja de herramientas metálica instalada en carrocería (Material:plancha xx xxxxx ASTM A36, espesor 2.00 mm, pernos ASTM A449. Terminación superficial: xxxx capa de Wash Primer epóxico y 2da capa pintura sintética) (otras características indicadas, por ENDE)
Bocina de retroceso
Desempañador xx xxxxxx delantero
Limpiaparabrisas delantero de 2 velocidades 1 intermitente
Guinche eléctrico instalado (detallar capacidad de acuerdo a tamaño de vehículo)
Estructura delantera para instalación de placa para el vehículo
ACCESORIOS (mínimos)
Sistema ventilación y calefacción estándar
Sistema de aire acondiciona do estándar
Visera para sol
Gancho para remolque trasero
HERRAMIENTAS
Porta llanta y llanta de auxilio con aro, similar a las que vienen en vehículo.
Gata hidráulica, palancas, llave Xxxx xx xxxxxx
Destornillador plano, destornillador estrella, alicate de fuerza, alicate de punta, llave crecent 12 ", llaves de boca y ojo del N° 8 hasta el No 21.
2 Triángulos de seguridad.
Extintor para incendio, mínimo 2 kilos.
Botiquín de primeros auxilios (De plástico y medicamentos esenciales para primeros auxilios)
TABLERO DE INSTRUMENTOS (mínimo)
Indicador de Temperatura del motor en tablero
Indicador de nivel de aceite
Luces
Nivel de combustible
Batería
Velocímetro
Odómetro (indicador de kilómetros recorridos)
ALARMA Y SISTEMA DE SEGURIDAD
Alarma antirrobos con inmovilizador de encendido, operación de cierre centralizado a control remoto. Protección contra desconexión de batería, sirena multitonal o algún otro sistema de seguridad similar y de uso actual en el mercado, para garantizar la seguridad de los vehículos. Se acepta otros sistemas que superen el descrito.
ENTREGA
El plazo de entrega establecido para el presente proceso no debe exceder 30 DÍAS CALENDARIO computables a partir de la firma de contrato, pudiendo ofertar plazos menores de entrega.
El retraso en el plazo de entrega establecido con el proponente adjudicando que no se justifique causal de fuerza mayor o caso furtuito, será penalizado con una multa a determinarse en el contrato a suscribirse
FORMA DE PAGO
El pago se efectuará mediante transferencia vía SIGEP contra entrega total y definitiva de todos lo bienes adjudicados a conformidad de ENDE en el lugar dispuesto para la entrega.
MANUALES DE OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO:
El proveedor adjudicado deberá proporcionar dos copias de los manuales en Idioma castellano:
Especificaciones o características técnicas de los equipos provistos.
GARANTIA
De funcionamiento: El proveedor, a través de su representante legal, deberá otorgar en forma escrita la Certificación de la Garantía Técnica de funcionamiento, por 1 año como mínimo. El proveedor debe garantizar et servicio de mantenimiento durante el tiempo de garantía en el país,
De provisión de repuestos: El proveedor deberá garantizar la provisión de repuestos originales para el modelo ofertado por lo menos por un periodo de 5 años, así como la provisión de los mismos.
De servicio técnico: La asistencia técnica deberá ser proporcionada en los talleres propios y talleres autorizados en el resto de los departamentos, mínimamente deleje trocal. Se debe garantizar que el trabajo del servicio técnico autorizado en el ámbito Nacional será realizado con personal y herramientas especializadas.
De mantenimiento de ajuste y asentamiento: Mano de obra gratuita en los mantenimientos de ajustes y asesoramiento por el periodo de la garantía que oferten.
DOCUMENTACIÓN LEGAL: SEGUROS, PLACA Y PÓLIZA
El proveedor adjudicado deberá acompañar la siguiente documentación legal de cada vehículo entregado, sin ningún costo adicional para ENDE:
Nota oficial de entrega
Póliza de importación (DUI), copia legalizada para el propietario.
Formulario de registro de vehículos FRV
Certificado de Propiedad (CRPVA) RUAT Original
Placas de circulación
SOAT gestión 2019
Resolución de Inscripción de vehículos en Tránsito, Original.
Informe técnico emitido por DIPROVE.
PRECIO PROPUESTA
El precio de la propuesta deberá incluir todos los costos hasta la disposición final en nuestras instalaciones Almacenes de ENDE carretera a Sacaba km 5 en la Ciudad de Cochabamba, incluido todos los impuestos xx Xxx mediante la emisión de la correspondiente factura xx Xxx.
En este formulario los Proponentes deberán llenar solamente la columna: "OFRECIDO", consignando su propuesta técnica de acuerdo a los requisitos solicitados por la entidad Comprador en las columnas: "DATOS TÉCNICOS", “PEDIDO” y “GARANTIZADO”. Los Proponentes deberán completar también los datos técnicos solicitados y no indicados como “garantizado”. Las eventuales diferencias entre lo ofrecido y lo pedido no garantizado, no será causal de rechazo del bien ofrecido.
ESPECIFICACIONES PARA TODOS LOS ITEMS
Datos |
Pedido |
Ofrecido |
(Esta columna será llenada por el Comprador |
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(F) |
(G) |
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Cumple |
No cumple |
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Materiales y uso |
Todos los bienes o materiales incorporados en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual |
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País de origen |
País miembro del BID |
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ÍTEM # 1
(A) |
(B) |
(C) |
(D) |
(El Comprador llenará estas columnas |
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Datos técnicos |
Unidad |
Pedido |
Ofrecido |
(E) Cumple |
(F) No cumple |
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Marca |
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Modelo |
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Cantidad |
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ESPECIFICACIONES TECNICAS |
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OTRAS ESPECIFICACIONES |
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Lugar de entrega |
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Plazo de entrega |
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Instalación |
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Garantía |
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Capacitación en el Manejo y Mantenimiento |
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Provisión de Repuestos |
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Provisión de Partes o Equipos |
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Lugar de Reparación y Asistencia Técnica de los Equipos |
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Embalajes |
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Inspección y Pruebas de funcionamiento |
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Manuales |
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…… |
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_________________________________
Nombre y firma del representante legal
Estos documentos incluyen ningún planos o diseños:
[Si se incluyen planos o diseños, detallarlos en la lista a continuación]
Lista de Planos o Diseños
Plano o diseño |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
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Las siguientes inspecciones y pruebas se realizarán: NO APLICA
PARTE 3 – Contrato
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato
Índice de Cláusulas
6. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) 51
10. Solución de controversias 52
11. Alcance de los suministros 53
13. Responsabilidades del Proveedor 53
19. Confidencialidad de la Información 54
21. Especificaciones y Normas 54
26. Liquidación por Xxxxx y Perjuicios 56
28. Indemnización por Derechos de Patente 56
29. Limitación de Responsabilidad 57
30. Cambio en las Leyes y Regulaciones 57
Sección VII. Condiciones Generales del Contrato
|
1.1. Las siguientes palabras y expresiones tendrán los significados que aquí se les asigna:
|
|
2.1 Sujetos al orden de precedencia establecido en el Convenio, se entiende que todos los documentos que forman parte integral del Contrato (y todos sus componentes allí incluidos) son correlativos, complementarios y recíprocamente aclaratorios. El Contrato deberá leerse de manera integral. |
|
|
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|
|
3.2 El Banco tendrá el derecho a exigir que, en los contratos financiados con un préstamo o donación del Banco, se incluya una disposición que exija que los oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios permita al Banco revisar sus cuentas y registros y cualquier otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco tendrá el derecho a exigir que se incluya una disposición que requiera que los oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con los proyectos financiados por el Banco por un período de tres (3) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de fraude o corrupción y pongan a la disposición del Banco los empleados o agentes de los oferentes, proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco para responder las consultas provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor o consultor apropiadamente designado para la revisión o auditoría de los documentos. Si el oferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la revisión del asunto por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el oferente, proveedor, contratista, subcontratista, consultor o concesionario. 3.3 Los Proveedores declaran y garantizan:
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3. Prácticas prohibidas [cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN-2349-9] |
3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; (iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y (v) Una práctica obstructiva consiste en: a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo. (b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá: (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida; (iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable; (iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta; (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco; (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas. (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución. (d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público. (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas. (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario. (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. 3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; (d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). |
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4.1 Si el contexto así lo requiere, el singular significa el plural, y viceversa.
(a) El significado de cualquier término comercial, así como los derechos y obligaciones de las partes serán los prescritos en los Incoterms, a menos que sea inconsistente con alguna disposición del Contrato. (b) Los términos CIP,DDP y otros similares, cuando se utilicen, se regirán por lo establecido en la edición vigente de los Incoterms especificada en las CEC, y publicada por la Cámara de Comercio Internacional en Xxxxx, Xxxxxxx.
El Contrato constituye la totalidad de lo acordado entre el Comprador y el Proveedor y substituye todas las comunicaciones, negociaciones y acuerdos (ya sea escritos o verbales) realizados entre las partes con anterioridad a la fecha de la celebración del Contrato.
Ninguna enmienda u otra variación al Contrato será válida a menos que esté por escrito, fechada y se refiera expresamente al Contrato, y esté firmada por un representante de cada una de las partes debidamente autorizado. 4.5 Limitación de Dispensas (a) Sujeto a lo indicado en la Subcláusula 4.5(b) siguiente de estas CGC, ninguna dilación, tolerancia, demora o aprobación por cualquiera de las partes al hacer cumplir algún término y condición del Contrato o el otorgar prórrogas por una de las partes a la otra, perjudicará, afectará o limitará los derechos de esa parte en virtud del Contrato. Asimismo, ninguna dispensa concedida por cualquiera de las partes por un incumplimiento del Contrato, servirá de dispensa para incumplimientos posteriores o continuos del Contrato. (b) Xxxx dispensa a los derechos, poderes x xxxxxxxx de una de las partes en virtud del Contrato, deberá ser por escrito, llevar la fecha y estar firmada por un representante autorizado de la parte otorgando dicha dispensa y deberá especificar la obligación que está dispensando y el alcance de la dispensa. 4.6 Divisibilidad Si cualquier provisión o condición del Contrato es prohibida o resultase inválida o inejecutable, dicha prohibición, invalidez o falta de ejecución no afectará la validez o el cumplimiento de las otras provisiones o condiciones del Contrato. |
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5.1 El Contrato, así como toda la correspondencia y documentos relativos al Contrato intercambiados entre el Proveedor y el Comprador, deberán ser escritos en español. Los documentos de sustento y material impreso que formen parte del Contrato, pueden estar en otro idioma siempre que los mismos estén acompañados de una traducción fidedigna de los apartes pertinentes al idioma especificado y, en tal caso, dicha traducción prevalecerá para efectos de interpretación del Contrato. 5.2 El Proveedor será responsable de todos los costos de la traducción al español, así como de todos los riesgos derivados de la exactitud de dicha traducción de los documentos proporcionados por el Proveedor. |
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6.1 Si el Proveedor es una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), todas las partes que lo conforman deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente al Comprador por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato y deberán designar a una de ellas para que actúe como representante con autoridad para comprometer a la APCA. La composición o constitución de la APCA no podrá ser alterada sin el previo consentimiento del Comprador. |
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7.1 El Proveedor y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Proveedor o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos:
7.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. 7.3 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un ítem comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el proveedor, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, éstos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos. |
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8.1 Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este Contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo. 8.2 Una notificación será efectiva en la fecha más tardía entre la fecha de entrega y la fecha de la notificación. |
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9.1 El Contrato se regirá y se interpretará según las leyes de Bolivia, a menos que se indique otra cosa en las CEC. |
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10.1 El Comprador y el Proveedor harán todo lo posible para resolver amigablemente mediante negociaciones directas informales, cualquier desacuerdo o controversia que se haya suscitado entre ellos en virtud o en referencia al Contrato. 10.2 Si después de transcurridos veintiocho (28) días las partes no han podido resolver la controversia o diferencia mediante dichas consultas mutuas, entonces el Comprador o el Proveedor podrá informar a la otra parte sobre sus intenciones de iniciar un proceso de arbitraje con respecto al asunto en disputa, conforme a las disposiciones que se indican a continuación, no se podrá iniciar un proceso de arbitraje con respecto a dicho asunto si no se ha emitido la mencionada notificación. Cualquier controversia o diferencia respecto de la cual se haya notificado la intención de iniciar un proceso de arbitraje de conformidad con esta cláusula, se resolverá definitivamente mediante arbitraje. El proceso de arbitraje puede comenzar antes o después de la entrega de los bienes en virtud del Contrato. El arbitraje se llevará a cabo según el reglamento de procedimientos estipulado en las CEC. 10.3 No obstante las referencias a arbitraje en este documento, (a) ambas partes deben continuar cumpliendo con sus obligaciones respectivas en virtud del Contrato, a menos que las partes acuerden de otra manera; y (b) el Comprador pagará el dinero que le adeude al Proveedor. |
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11.1 Los Bienes y Servicios Conexos serán suministrados según lo estipulado en la Lista de Requisitos. |
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12.1 Sujeto a lo dispuesto en la Subcláusula 32.1 de las CGC, la Entrega de los Bienes y Cumplimiento de los Servicios Conexos se realizará de acuerdo con el Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento indicado en la Lista de Requisitos. Los detalles de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor se especifican en las CEC. |
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13.1 El Proveedor deberá proporcionar todos los bienes y Servicios Conexos incluidos en el Alcance de Suministros de conformidad con la Cláusula 11 de las CGC y el Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC. |
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14.1 Los precios que cobre el Proveedor por los Bienes proporcionados y los Servicios Conexos prestados en virtud del contrato no podrán ser diferentes de los cotizados por el Proveedor en su oferta, excepto por cualquier ajuste de precios autorizado en las CEC. |
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15.1 El precio del Contrato, incluyendo cualquier pago por anticipo, si corresponde, se pagará según se establece en las CEC. 15.2 La solicitud de pago del Proveedor al Comprador deberá ser por escrito, acompañada de recibos que describan, según corresponda, los Bienes entregados y los Servicios Conexos cumplidos, y de los documentos presentados de conformidad con las Cláusulas 7.4 y 12 de las CGC y en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato. 15.3 El Comprador efectuará los pagos prontamente, pero de ninguna manera podrá exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura o solicitud de pago por el Proveedor, y después de que el Comprador la haya aceptado. 15.4 Las monedas en que se le pagará al Proveedor en virtud de este Contrato serán aquellas que el Proveedor hubiese especificado en su oferta. 15.5 Si el Comprador no efectuara cualquiera de los pagos al Proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en las CEC, el Comprador pagará al Proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa de interés establecida en las CEC, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio o fallo de arbitraje. |
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16.1 En el caso de Bienes de origen fuera de Bolivia, el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, timbres, comisiones por licencias, y otros cargos similares impuestos fuera de . 16.2 En el caso de Bienes de origen en Bolivia, el Proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, gravámenes, comisiones por licencias, y otros cargos similares incurridos hasta la entrega de los Bienes contratados con el Comprador. 16.3 El Comprador interpondrá sus mejores oficios para que el Proveedor se beneficie con el mayor alcance posible de cualquier exención impositiva, concesiones, o privilegios legales que pudiesen aplicar al Proveedor en Bolivia. |
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17.1 Si así se estipula en las CEC, el Proveedor, dentro de los siguientes veintiocho (28) días de la notificación de la adjudicación del Contrato, deberá suministrar la Garantía de Cumplimiento del Contrato por el monto establecido en las CEC. 17.2 Los recursos de la Garantía de Cumplimiento serán pagaderos al Comprador como indemnización por cualquier pérdida que le pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato. 17.3 Como se establece en las CEC, la Garantía de Cumplimiento, si es requerida, deberá estar denominada en la(s) misma(s) moneda(s) del Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Comprador, y presentada en una de los formatos estipuladas por el Comprador en las CEC, u en otro formato aceptable al Comprador. 17.4 A menos que se indique otra cosa en las CEC, la Garantía de Cumplimento será liberada por el Comprador y devuelta al Proveedor a más tardar veintiocho (28) días contados a partir de la fecha de Cumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato, incluyendo cualquier obligación relativa a la garantía de los bienes. |
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18.1 Los derechos de autor de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información proporcionada al Comprador por el Proveedor, seguirán siendo de propiedad del Proveedor. Si esta información fue suministrada al Comprador directamente o a través del Proveedor por terceros, incluyendo proveedores de materiales, el derecho de autor de dichos materiales seguirá siendo de propiedad de dichos terceros. |
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19.1 El Comprador y el Proveedor deberán mantener confidencialidad y en ningún momento divulgarán a terceros, sin el consentimiento por escrito de la otra parte, documentos, datos u otra información que hubiera sido directa o indirectamente proporcionada por la otra parte en conexión con el Contrato, antes, durante o después de la ejecución del mismo. No obstante lo anterior, el Proveedor podrá proporcionar a sus Subcontratistas los documentos, datos e información recibidos del Comprador para que puedan cumplir con su trabajo en virtud del Contrato. En tal caso, el Proveedor obtendrá de dichos Subcontratistas un compromiso de confidencialidad similar al requerido del Proveedor bajo la Cláusula 19 de las CGC. 19.2 El Comprador no utilizará dichos documentos, datos u otra información recibida del Proveedor para ningún uso que no esté relacionado con el Contrato. Asimismo el Proveedor no utilizará los documentos, datos u otra información recibida del Comprador para ningún otro propósito que el de la ejecución del Contrato. 19.3 La obligación de las partes de conformidad con las Subcláusulas19.1 y 19.2 de las CGC arriba mencionadas, no aplicará a información que: (a) el Comprador o el Proveedor requieran compartir con el Banco u otras instituciones que participan en el financiamiento del Contrato; (b) actualmente o en el futuro se hace de dominio público sin culpa de ninguna de las partes; (c) puede comprobarse que estaba en posesión de esa parte en el momento que fue divulgada y no fue obtenida previamente directa o indirectamente de la otra parte; o (d) que de otra manera fue legalmente puesta a la disponibilidad de esa parte por una tercera parte que no tenía obligación de confidencialidad. 19.4 Las disposiciones precedentes de esta cláusula 19 de las CGC no modificarán de ninguna manera ningún compromiso de confidencialidad otorgado por cualquiera de las partes a quien esto compete antes de la fecha del Contrato con respecto a los Suministros o cualquier parte de ellos. 19.5 Las disposiciones de la Cláusula 19 de las CGC permanecerán válidas después del cumplimiento o terminación del contrato por cualquier razón. |
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20.1 El Proveedor informará al Comprador por escrito de todos los subcontratos que adjudique en virtud del Contrato si no los hubiera especificado en su oferta. Dichas notificaciones, en la oferta original o posteriores, no eximirán al Proveedor de sus obligaciones, deberes y compromisos o responsabilidades contraídas en virtud del Contrato. 20.2 Todos los subcontratos deberán cumplir con las disposiciones de las Cláusulas 3 y 7 de las CGC. |
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(c) Cuando en el Contrato se hagan referencias a códigos y normas conforme a las cuales éste debe ejecutarse, la edición o versión revisada de dichos códigos y normas será la especificada en la Lista de Requisitos. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del Contrato se aplicará solamente con la aprobación previa del Comprador y dicho cambio se regirá de conformidad con la Cláusula 32 de las CGC. |
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22.1 El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el Contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse. 22.2 El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el Contrato, y cualquier otro requisito, si lo hubiere, especificado en las CEC y en cualquiera otra instrucción dispuesta por el Comprador. |
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23.1 A menos que se disponga otra cosa en las CEC, los Bienes suministrados bajo el Contrato deberán estar completamente asegurados, en una moneda de libre convertibilidad de un país elegible, contra riesgo de extravío o daños incidentales ocurridos durante fabricación, adquisición, transporte, almacenamiento y entrega, de conformidad con los Incoterms aplicables o según se disponga en las CEC. |
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24.1 A menos que se disponga otra cosa en las CEC, la responsabilidad por los arreglos de transporte de los Bienes se regirá por los Incoterms indicados. |
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25.1 El Proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes y Servicios Conexos según se dispone en las CEC, por su cuenta y sin costo alguno para el Comprador. 25.2 Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de los Bienes o en otro lugar en el Bolivia establecido en las CEC. De conformidad con la Subcláusula 25.3 de las CGC, cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para el Comprador. 25.3 El Comprador o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la Subcláusula 25.2 de las CGC, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación. 25.4 Cuando el Proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente al Comprador indicándole el lugar y la hora. El Proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al Comprador o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones, cuando el proveedor esté dispuesto. 25.5 El Comprador podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
25.7 El Comprador podrá rechazar algunos de los Bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El Proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para el Comprador. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para el Comprador, una vez que notifique al Comprador de conformidad con la Subcláusula 25.4 de las CGC. 25.8 El Proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los Bienes o de parte de ellos, ni la presencia del Comprador o de su representante, ni la emisión de informes, de conformidad con la Subcláusula 25.6 de las CGC, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del Contrato. |
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26.1 Con excepción de lo que se establece en la Cláusula 31 de las CGC, si el Proveedor no cumple con la entrega de la totalidad o parte de los Bienes en la(s) fecha(s) establecida(s) o con la prestación de los Servicios Conexos dentro del período especificado en el Contrato, sin perjuicio de los demás recursos que el Comprador tenga en virtud del Contrato, éste podrá deducir del Precio del Contrato por concepto de liquidación de daños y perjuicios, una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados o de los servicios no prestados establecido en las CEC por cada semana o parte de la semana de retraso hasta alcanzar el máximo del porcentaje especificado en esas CEC. Al alcanzar el máximo establecido, el Comprador podrá dar por terminado el contrato de conformidad con la Cláusula 34 de las CGC. |
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27.1 El Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados en virtud del Contrato son nuevos, sin uso, del modelo más reciente o actual e incorporan todas las mejoras recientes en cuanto a diseño y materiales, a menos que el Contrato disponga otra cosa. 27.2 De conformidad con la Subcláusula 21.1(b) de las CGC, el Proveedor garantiza que todos los bienes suministrados estarán libres de defectos derivados de actos y omisiones que éste hubiese incurrido, o derivados del diseño, materiales o manufactura, durante el uso normal de los bienes en las condiciones que imperen en el país de destino final. 27.3 Salvo que se indique otra cosa en las CEC, la garantía permanecerá vigente durante el período cuya fecha de terminación sea la más temprana entre los períodos siguientes: doce (12) meses a partir de la fecha en que los bienes, o cualquier parte de ellos según el caso, hayan sido entregados y aceptados en el punto final de destino indicado en el Contrato, o dieciocho (18) meses a partir de la fecha de embarque en el puerto o lugar xx xxxxx en el país de origen. 27.4 El Comprador comunicará al Proveedor la naturaleza de los defectos y proporcionará toda la evidencia disponible, inmediatamente después de haberlos descubierto. El Comprador otorgará al Proveedor facilidades razonables para inspeccionar tales defectos. 27.5 Tan pronto reciba el Proveedor dicha comunicación, y dentro del plazo establecido en las CEC, deberá reparar o reemplazar de forma expedita los Bienes defectuosos, o sus partes sin ningún costo para el Comprador. 27.6 Si el Proveedor después de haber sido notificado, no cumple con corregir los defectos dentro del plazo establecido en las CEC, el Comprador, dentro de un tiempo razonable, podrá proceder a tomar las medidas necesarias para remediar la situación, por cuenta y riesgo del Proveedor y sin perjuicio de otros derechos que el Comprador pueda ejercer contra el Proveedor en virtud del Contrato. |
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28.1 De conformidad con la Subcláusula 28.2 de las CEC, el Proveedor indemnizará y librará de toda responsabilidad al Comprador y sus empleados y funcionarios en caso de pleitos, acciones o procedimientos administrativos, reclamaciones, demandas, pérdidas, daños, costos y gastos de cualquier naturaleza, incluyendo gastos y honorarios por representación legal, que el Comprador tenga que incurrir como resultado de transgresión o supuesta transgresión de derechos de patente, uso de modelo, diseño registrado, marca registrada, derecho de autor u otro derecho de propiedad intelectual registrado o ya existente en la fecha del Contrato debido a: (a) la instalación de los bienes por el Proveedor o el uso de los bienes en el País donde está el lugar del proyecto; y (b) la venta de los productos producidos por los Bienes en cualquier país. Dicha indemnización no procederá si los Bienes o una parte de ellos fuesen utilizados para fines no previstos en el Contrato o para fines que no pudieran inferirse razonablemente del Contrato. La indemnización tampoco cubrirá cualquier transgresión que resultara del uso de los Bienes o parte de ellos, o de cualquier producto producido como resultado de asociación o combinación con otro equipo, planta o materiales no suministrados por el Proveedor en virtud del Contrato. 28.2 Si se entablara un proceso legal o una demanda contra el Comprador como resultado de alguna de las situaciones indicadas en la Subcláusula 28.1 de las CGC, el Comprador notificará prontamente al Proveedor y éste por su propia cuenta y en nombre del Comprador responderá a dicho proceso o demanda, y realizará las negociaciones necesarias para llegar a un acuerdo de dicho proceso o demanda. 28.3 Si el Proveedor no notifica al Comprador dentro de veintiocho (28) días a partir del recibo de dicha comunicación de su intención de proceder con tales procesos o reclamos, el Comprador tendrá derecho a emprender dichas acciones en su propio nombre. 28.4 El Comprador se compromete, a solicitud del Proveedor, a prestarle toda la asistencia posible para que el Proveedor pueda contestar las citadas acciones legales o reclamaciones. El Comprador será reembolsado por el Proveedor por todos los gastos razonables en que hubiera incurrido. 28.5 El Comprador deberá indemnizar y eximir de culpa al Proveedor y a sus empleados, funcionarios y Subcontratistas, por cualquier litigio, acción legal o procedimiento administrativo, reclamo, demanda, pérdida, daño, costo y gasto, de cualquier naturaleza, incluyendo honorarios y gastos de abogado, que pudieran afectar al Proveedor como resultado de cualquier transgresión o supuesta transgresión de patentes, modelos de aparatos, diseños registrados, marcas registradas, derechos de autor, o cualquier otro derecho de propiedad intelectual registrado o ya existente a la fecha del Contrato, que pudieran suscitarse con motivo de cualquier diseño, datos, planos, especificaciones, u otros documentos o materiales que hubieran sido suministrados o diseñados por el Comprador o a nombre suyo. |
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29.1 Excepto en casos de negligencia grave o actuación de mala fe, (a) el Proveedor no tendrá ninguna responsabilidad contractual, de agravio o de otra índole frente al Comprador por pérdidas o daños indirectos o consiguientes, pérdidas de utilización, pérdidas de producción, o pérdidas de ganancias o por costo de intereses, estipulándose que esta exclusión no se aplicará a ninguna de las obligaciones del Proveedor de pagar al Comprador los daños y perjuicios previstos en el Contrato, y (b) la responsabilidad total del Proveedor frente al Comprador, ya sea contractual, de agravio o de otra índole, no podrá exceder el Precio del Contrato, entendiéndose que tal limitación de responsabilidad no se aplicará a los costos provenientes de la reparación o reemplazo de equipo defectuoso, ni afecta la obligación del Proveedor de indemnizar al Comprador por transgresiones de patente. |
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30.1 A menos que se indique otra cosa en el Contrato, si después de la fecha de 28 días antes de la presentación de Ofertas, cualquier ley, reglamento, decreto, ordenanza o estatuto con carácter xx xxx entrase en vigencia, se promulgase, abrogase o se modificase en Bolivia (incluyendo cualquier cambio en interpretación o aplicación por las autoridades competentes) y que afecte posteriormente la fecha de Entrega y/o el Precio del Contrato, dicha Fecha de Entrega y/o Precio del Contrato serán incrementados o reducidos según corresponda, en la medida en que el Proveedor haya sido afectado por estos cambios en el desempeño de sus obligaciones en virtud del Contrato. No obstante lo anterior, dicho incremento o disminución del costo no se pagará separadamente ni será acreditado si el mismo ya ha sido tenido en cuenta en las provisiones de ajuste de precio, si corresponde y de conformidad con la Cláusula 14 de las CGC. |
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31.1 El Proveedor no estará sujeto a la ejecución de su Garantía de Cumplimiento, liquidación por daños y perjuicios o terminación por incumplimiento en la medida en que la demora o el incumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato sea el resultado de un evento de Fuerza Mayor. 31.2 Para fines de esta Cláusula, “Fuerza Mayor” significa un evento o situación fuera del control del Proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del Proveedor. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos, actos del Comprador en su capacidad soberana, guerras o revoluciones, incendios, inundaciones, epidemias, restricciones de cuarentena, y embargos de cargamentos. 31.3 Si se presentara un evento de Fuerza Mayor, el Proveedor notificará por escrito al Comprador a la máxima brevedad posible sobre dicha condición y causa. A menos que el Comprador disponga otra cosa por escrito, el Proveedor continuará cumpliendo con sus obligaciones en virtud del Contrato en la medida que sea razonablemente práctico, y buscará todos los medios alternativos de cumplimiento que no estuviesen afectados por la situación de Fuerza Mayor existente. |
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32.1 El Comprador podrá, en cualquier momento, efectuar cambios dentro del marco general del Contrato, mediante orden escrita al Proveedor de acuerdo con la Cláusula 8 de las CGC, en uno o más de los siguientes aspectos: (a) planos, diseños o especificaciones, cuando los Bienes que deban suministrarse en virtud al Contrato deban ser fabricados específicamente para el Comprador; (b) la forma de embarque o de embalaje; (c) el lugar de entrega, y/o (d) los Servicios Conexos que deba suministrar el Proveedor. 32.2 Si cualquiera de estos cambios causara un aumento o disminución en el costo o en el tiempo necesario para que el Proveedor cumpla cualquiera de las obligaciones en virtud del Contrato, se efectuará un ajuste equitativo al Precio del Contrato o al Plan de Entregas/de Cumplimiento, o a ambas cosas, y el Contrato se enmendará según corresponda. El Proveedor deberá presentar la solicitud de ajuste de conformidad con esta Cláusula, dentro de los veintiocho (28) días contados a partir de la fecha en que éste reciba la solicitud de la orden de cambio del Comprador. 32.3 Los precios que cobrará el Proveedor por Servicios Conexos que pudieran ser necesarios pero que no fueron incluidos en el Contrato, deberán convenirse previamente entre las partes, y no excederán los precios que el Proveedor cobra actualmente a terceros por servicios similares. 32.4 Sujeto a lo anterior, no se introducirá ningún cambio o modificación al Contrato excepto mediante una enmienda por escrito ejecutada por ambas partes. |
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33.1 Si en cualquier momento durante la ejecución del Contrato, el Proveedor o sus Subcontratistas encontrasen condiciones que impidiesen la entrega oportuna de los Bienes o el cumplimiento de los Servicios Conexos de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC, el Proveedor informará prontamente y por escrito al Comprador sobre la demora, posible duración y causa. Tan pronto como sea posible después de recibir la comunicación del Proveedor, el Comprador evaluará la situación y a su discreción podrá prorrogar el plazo de cumplimiento del Proveedor. En dicha circunstancia, ambas partes ratificarán la prórroga mediante una enmienda al Contrato. 33.2 Excepto en el caso de Fuerza Mayor, como se indicó en la Cláusula 31 de las CGC, cualquier retraso en el desempeño de sus obligaciones de Entrega y Cumplimiento expondrá al Proveedor a la imposición de liquidación por daños y perjuicios de conformidad con la Cláusula 26 de las CGC, a menos que se acuerde una prórroga en virtud de la Subcláusula 33.1 de las CGC. |
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(i) Si el Proveedor no entrega parte o ninguno de los Bienes dentro del período establecido en el Contrato, o dentro de alguna prórroga otorgada por el Comprador de conformidad con la Cláusula 33 de las CGC; o (ii) Si el Proveedor no cumple con cualquier otra obligación en virtud del Contrato; o (iii) Si el Proveedor, a juicio del Comprador, durante el proceso de licitación o de ejecución del Contrato, ha participado en actos de fraude y corrupción, según se define en la Cláusula 3 de las CGC (b) En caso de que el Comprador termine el Contrato en su totalidad o en parte, de conformidad con la Cláusula 34.1(a) de las CGC, éste podrá adquirir, bajo términos y condiciones que considere apropiadas, Bienes o Servicios Conexos similares a los no suministrados o prestados. En estos casos, el Proveedor deberá pagar al Comprador los costos adicionales resultantes de dicha adquisición. Sin embargo, el Proveedor seguirá estando obligado a completar la ejecución de aquellas obligaciones en la medida que hubiesen quedado sin concluir. 34.2 Terminación por Insolvencia (a) El Comprador podrá rescindir el Contrato en cualquier momento mediante comunicación por escrito al Proveedor si éste se declarase en quiebra o en estado de insolvencia. En tal caso, la terminación será sin indemnización alguna para el Proveedor, siempre que dicha terminación no perjudique o afecte algún derecho de acción o recurso que tenga o pudiera llegar a tener posteriormente hacia el Comprador. 34.3 Terminación por Conveniencia. (a) El Comprador, mediante comunicación enviada al Proveedor, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de conveniencia. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Comprador, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación. (b) Los bienes que ya estén fabricados y listos para embarcar dentro de los veintiocho (28) días siguientes a al recibo por el Proveedor de la notificación de terminación del Comprador deberán ser aceptados por el Comprador de acuerdo con los términos y precios establecidos en el Contrato. En cuanto al resto de los Bienes el Comprador podrá elegir entre las siguientes opciones: (i) que se complete alguna porción y se entregue de acuerdo con las condiciones y precios del Contrato; y/o (ii) que se cancele el balance restante y se pague al Proveedor una suma convenida por aquellos Bienes o Servicios Conexos que hubiesen sido parcialmente completados y por los materiales y repuestos adquiridos previamente por el Proveedor. |
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Sección VIII. Condiciones Especiales del Contrato
Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementarán y/o enmendarán las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de haber conflicto, las provisiones aquí dispuestas prevalecerán sobre las de las CGC.
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CGC 1.1(i) |
El comprador es: EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD -ENDE |
CGC 1.1(o) |
El Sitio del Proyecto es: Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxx |
CGC 4.2 (b) |
La versión de la edición de los Incoterms será:2010 |
CGC 8.1 |
Para notificaciones, la dirección del Comprador será: Atención: EMPRESA NACIONA DE ELECTRICADA – ENDE Dirección postal: Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 Xxxx/Xxxxxxx Xxxxxx xxxx Xxxxxx: Xxxxxxxxxx Código postal: [el código postal, si corresponde] País: Bolivia Teléfono; (591-4) 4520317-4120900 Facsímile: (000-0) 0000000 Dirección electrónica: xxxxxxxxxxxx.xxx0@xxxx.xx |
CGC 10.2 |
Los reglamentos de los procedimientos para los procesos de arbitraje, de conformidad con la Cláusula 10.2 de las CGC, serán: [Los documentos de licitación deberán incluir una cláusula que se podrá utilizar en el caso de un Contrato con un Proveedor extranjero y otra cláusula que se podrá utilizar en el caso de un Contrato con un Proveedor que es ciudadano de Bolivia. En el momento de elaborar el Contrato se deberá retener en el Contrato la cláusula respectiva que aplique. La siguiente nota explicativa, por lo tanto, deberá insertarse como un encabezamiento a la Cláusula 10.2 de las CGC en el documento de licitación: “La Cláusula 10.2 (a) se deberá retener en el caso de un Contrato con un Proveedor extranjero, y la Cláusula 10.2 (b), en el caso de un Contrato con un ciudadano de Bolivia.” (a) Contrato con un Proveedor extranjero: [En los contratos celebrados con un proveedor extranjero, el arbitraje comercial internacional puede tener ventajas prácticas sobre las otros métodos de solución de controversias. El Banco Interamericano de Desarrollo no debe ser designado como conciliador, ni se le debe solicitar que designe a un conciliador. Entre los reglamentos que rigen los procedimientos de arbitraje, el Comprador podrá considerar el Reglamento de Arbitraje de 1976 de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) (UNCITRAL, por sus siglas en inglés), el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) (ICC, por sus siglas en inglés), el Reglamento de la Corte de Arbitraje Internacional de Londres, o el Reglamento del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo.] Si el Comprador selecciona el Reglamento de Arbitraje de UNCITRAL, deberá insertar la siguiente cláusula tipo: CGC 10.2 (a) - Cualquier disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, cesación, o anulación del mismo, deberán ser resueltos mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje vigente de la CNUDMI. Si el Comprador selecciona el Reglamento de Arbitraje de la CCI, deberá inserta la siguiente cláusula tipo: CGC 10.2 (a) – Todas las controversias generadas en relación con este contrato deberán ser resueltas finalmente de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, por uno o más árbitros designados de acuerdo con dicho Reglamento.” Si el Comprador selecciona el Reglamento del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo, deberá insertar la siguiente cláusula tipo: CGC 10.2 (a) – Cualquiera disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, o cesación, o anulación o invalidez del mismo, deberá ser resuelto mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo. Si el Comprador selecciona el Reglamento de la Corte de Arbitraje Internacional de Londres, deberá insertar la siguiente cláusula tipo: CGC 10.2 (a) – Cualquiera controversia generada en relación con este Contrato, inclusive cualquier duda sobre su existencia, validez o cesación, deberá ser remitida y finalmente resuelta mediante el Reglamento de la Corte Internacional de Londres, cuyo reglamento, por la referencia en esta cláusula, se considera aquí incorporado. (b) Contratos con Proveedores ciudadanos de Bolivia: En el caso de alguna controversia entre el Comprador y el Proveedor que es un ciudadano de Bolivia, la controversia deberá ser sometida a juicio o arbitraje de acuerdo con las leyes bolivianas. |
CGC 11 |
El plazo máximo de entrega de los bienes será de:30 DIAS CALENDARIOS |
CGC 12.1 |
Detalle de los documentos de Embarque y otros documentos que deben ser proporcionados por el Proveedor son
El Comprador deberá recibir los documentos arriba mencionados antes de la llegada de los Bienes; si no recibe dichos documentos, todos los gastos consecuentes correrán por cuenta del Proveedor. |
CGC 14.1 |
El precio total del contrato es de: Bs. ………………………….(………………/100 bolivianos) Los precios de los Bienes suministrados y los Servicios Conexos prestados no serán ajustables.
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CGC 15.1 |
La forma y condiciones de pago al Proveedor en virtud del Contrato serán las siguientes: (i) Anticipo: Si lo requiere el Proveedor, el Comprador dará un anticipo, equivalente como máximo al veinte por ciento (20%) del Precio del Contrato, contra solicitud de pago y presentación de una garantía a primer requerimiento de garantía por el monto equivalente al 100 % del anticipo y válida hasta que los bienes hayan sido entregados satisfactoriamente con la factura fiscal correspondiente y que cumpla las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida por una entidad bancaria establecida en el Estado Plurinacional de Bolivia, a favor de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE. (ii) Al entregar los bienes: El ochenta por ciento (80%) del precio de los bienes entregados a satisfacción del Comprador. En caso de morosidad en la entrega de los bienes e incumplimiento de este contrato, el COMPRADOR y el PROVEEDOR tendrán muy en cuenta el plazo total estipulado. Si el plazo total fenece sin que se haya concluido con la provisión en su integridad y en forma satisfactoria, el PROVEEDOR se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del COMPRADOR obligándose por el sólo hecho del vencimiento del plazo a pagar por cada día calendario de retraso en el cumplimiento de Contrato, una multa equivalente a: 0.5 por mil por cada día de atraso. De establecer el COMPRADOR que como emergencia de la aplicación de multas por moras en la provisión se ha llegado al límite xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del monto total del Contrato, evaluará esta situación a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en este mismo documento. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el COMPRADOR, del pago o pagos pendientes, sin perjuicio de que el COMPRADOR ejecute la garantía de cumplimiento de contrato |
CGC 15.5 |
El plazo de pago después del cual el Comprador deberá pagar interés al Proveedor es 60 días.
La tasa de interés que se aplicará es del Tasa de Interés Pasiva promedio de la Banca en el país, publicada por el Banco Central de Bolivia (BCB), para el periodo correspondiente y para el plazo que corresponda
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CGC 17.1 |
Se requerirá una Garantía de Cumplimiento correspondiente al 7% del monto inicial del contrato |
CGC 17.3 |
Si se requiere una Garantía de Cumplimiento, ésta deberá presentarse en la forma de: una Boleta de Garantía Bancaria, que cumpla expresamente con los requisitos en original, renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida por una entidad bancaria nombre de la Empresa Nacional de Electricidad – ENDE. Deberá estar denominada en bolivianos. |
CGC 17.4 |
La liberación de la Garantía de Cumplimiento, sera liberada por el comprador y devuelta al proveedor a más tardar veintiocho (28) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones del proveedor en virtud al contrato incluyendo cualquier obligación relativa a la garantía de los bienes. |
CGC 23.1 |
La cobertura de seguro será según se establece en los Incoterms. |
CGC 24.1 |
La responsabilidad por el transporte de los Bienes será según se establece en los Incoterms.
El Proveedor está obligado, bajo los términos del Contrato, a transportar los Bienes al lugar de destino final definido como el Sitio del Proyecto, incluyendo seguro, almacenamiento, y otros, tal como se estipula en el Contrato. Todo ello será dispuesto por el Proveedor y todos los gastos relacionados estarán incluidos en el Precio del Contrato. |
CGC 26.1 |
El valor de la liquidación por daños y perjuicios será: 0,2 % por día de demora de entrega de los bienes, calculando sobre el monto total del contrato. |
CGC 26.1 |
El monto máximo de la liquidación por daños y perjuicios será: 10%, llegado a este monto se podrá resolver el contrato. |
CGC 27.3 |
El período de validez de la Garantía será 148 días. Para fines de la Garantía, el lugar de destino final será: Almacén de ENDE ubicado Sacaba km 5 en la Ciudad de Cochabamba |
CGC 27.5 |
El plazo para reparar o reemplazar los bienes será: 30 días. |
Anexo: Fórmula para Ajuste de Precios
Si de conformidad con la Cláusula 14.1 CGC, los precios son ajustables, el siguiente método será utilizado para calcular el ajuste de los precios.
Los precios pagaderos al Proveedor, tal como se establece en el Contrato, estarán sujetos a reajuste durante la ejecución del Contrato a fin de poder reflejar las variaciones surgidas en el costo de los componentes de mano de obra y materiales, de acuerdo con la siguiente fórmula:
a+b+c = 1
donde:
P1 = ajuste pagadero al Proveedor
P0 = Precio del Contrato (precio básico)
a = elemento fijo que representa utilidades y gastos generales incluidos en el Precio del Contrato, que comúnmente se establece entre el cinco por ciento (5%) y el quince por ciento (15%).
b = porcentaje estimado del Precio del Contrato correspondiente a la mano de obra.
c = porcentaje estimado del Precio del Contrato correspondiente a los materiales.
L0, L1 = índices de mano de obra aplicables al tipo de industria que corresponda según el país de origen de los bienes, en la fecha básica y en la fecha del ajuste, respectivamente.
M0, M1 = índices de materiales correspondientes a las principales materias primas en la fecha básica y en la fecha de ajuste, respectivamente, en el país de origen.
Los coeficientes a, b, y c según los establece el Comprador son como sigue:
a = [indicar el valor del coeficiente]
b = [indicar el valor del coeficiente]
c = [indicar el valor del coeficiente]
El Oferente indicará en su oferta la fuente de los índices y la fecha base de los índices.
Fecha base = treinta (30) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas.
Fecha del ajuste = [indicar el número de semanas] semanas antes de la fecha de embarque (que representa el punto medio del período de fabricación).
La fórmula de ajuste de precio anterior podrá ser invocada por cualquiera de las partes bajo las siguientes condiciones:
No se permitirá ningún reajuste de precios posteriores a las fechas originales de entrega, salvo indicación expresa en la carta de prórroga. Como regla general, no se permitirán reajustes de precios por períodos de retraso por los cuales el Proveedor es totalmente responsable. Sin embargo, el Comprador tendrá derecho a una reducción de precios de los Bienes y Servicios objeto del reajuste.
Si la moneda en la cual el Precio del Contrato P0 está expresado es diferente de la moneda de origen de los índices de la mano de obra y de los materiales, se aplicará un factor de corrección para evitar reajustes incorrectos al Precio del Contrato. El factor de corrección será igual a la relación que exista entre los tipos de cambio entre las dos monedas en la fecha básica y en la fecha del ajuste tal como se definen anteriormente.
(c) No se efectuará ningún reajuste de precio a la porción del Precio del Contrato pagado al Proveedor como anticipo.
Sección IX. Formularios del Contrato
Índice de Formularios
1. Contrato
2. Garantía de Cumplimiento
3. Garantía Bancaria por Pago Anticipado
1. Contrato
[El Comprador completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas]
ESTE CONTRATO es celebrado
El día [ indicar: número] de [indicar: mes] de [indicar: año].
ENTRE
(1) [indicar nombre completo del Comprador], una [ indicar la descripción de la entidad jurídica, por ejemplo, una Agencia del Ministerio de .... del Gobierno de {Bolivia, o corporación integrada bajo las leyes Bolivia y físicamente ubicada en [indicar la dirección del Comprador] (en adelante denominado “el Comprador”), y
(2) [indicar el nombre del Proveedor], una corporación incorporada bajo las leyes de [indicar: nombre del país del Proveedor] físicamente ubicada en [indicar: dirección del Proveedor] (en adelante denominada “el Proveedor”).
POR CUANTO el Comprador ha llamado a licitación respecto de ciertos Bienes y Servicios Conexos, [inserte una breve descripción de los bienes y servicios] y ha aceptado una oferta del Proveedor para el suministro de dichos Bienes y Servicios por la suma de [indicar el Precio del Contrato expresado en palabras y en cifras] (en adelante denominado “Precio del Contrato”).
ESTE CONTRATO ATESTIGUA LO SIGUIENTE:
1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que se les asigne en las respectivas condiciones del Contrato a que se refieran.
2. Los siguientes documentos constituyen el Contrato entre el Comprador y el Proveedor, y serán leídos e interpretados como parte integral del Contrato:
(a) Este Contrato;
(b) Las Condiciones Especiales del Contrato
(c) Las Condiciones Generales del Contrato;
(d) Los Requerimientos Técnicos (incluyendo la Lista de Requisitos y las Especificaciones Técnicas);
(e) La oferta del Proveedor y las Listas de Precios originales;
(f) La notificación de Adjudicación del Contrato emitida por el Comprador.
(g) [Agregar aquí cualquier otro(s) documento(s)]
3. Este Contrato prevalecerá sobre todos los otros documentos contractuales. En caso de alguna discrepancia o inconsistencia entre los documentos del Contrato, los documentos prevalecerán en el orden enunciado anteriormente.
4. En consideración a los pagos que el Comprador hará al Proveedor conforme a lo estipulado en este Contrato, el Proveedor se compromete a proveer los Bienes y Servicios al Comprador y a subsanar los defectos de éstos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
5. El Comprador se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en éste.
EN TESTIMONIO de lo cual las partes han suscrito el presente Contrato de conformidad con las leyes de [indicar el nombre de la xxx xxx xxxx que gobierna el Contrato] en el día, mes y año antes indicados.
Por y en nombre del Comprador
Firmado: [indicar firma] en capacidad de [indicar el título u otra designación apropiada]
en la presencia de [indicar la identificación del testigo]
Por y en nombre del Proveedor
Firmado: [indicar la(s) firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del Proveedor]
en capacidad de [indicar el título u otra designación apropiada]
en la presencia de [indicar la identificación del testigo]
2. Garantía de Cumplimiento
((utilizar este documento u otro similar aceptable para el Comprador)
[El banco, a solicitud del Oferente seleccionado, completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas Podrá Utilizarse otro formato aceptable al Comprador)]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes, y año) de la presentación de la Oferta]
LPI No. y Título: [indicar el No. y título del proceso licitatorio]
Sucursal del Banco u Oficina [nombre completo del Garante]
Beneficiario: [Nombre completo del Comprador]
GARANTIA DE CUMPLIMIENTO No.: [indicar el número de la Garantía]
Se nos ha informado que [nombre completo del Proveedor] (en adelante denominado “el Proveedor”) ha celebrado el contrato No. [indicar número] de fecha [indicar (día, mes, y año) con ustedes, para el suministro de [breve descripción de los Bienes y Servicios Conexos] (en adelante denominado “el Contrato”).
Además, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se requiere una Garantía de Cumplimiento.
A solicitud del Proveedor, nosotros por medio de la presente garantía nos obligamos irrevocablemente a pagarles a ustedes una suma o sumas, que no excedan [indicar la(s) suma(s) en cifras y en palabras]3 contra su primera solicitud por escrito, acompañada de una declaración escrita, manifestando que el Proveedor está en violación de sus obligaciones en virtud del Contrato, sin argumentaciones ni objeciones capciosas, sin necesidad de que ustedes prueben o acrediten las causas o razones de su demanda o la suma especificada en ella.
Esta garantía expirará a más tardar el [indicar el número] día de [indicar el mes de [indicar el año]4, y cualquier reclamación de pago bajo esta garantía deberá ser recibida por nosotros en esta oficina en o antes de esa fecha.
Esta garantía está sujeta a las “Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitud” (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación ICC No. 458, excepto el numeral (ii) del Sub-ítem20 (a).
[firma(s) del representante autorizado del banco y del Proveedor]
3. Garantía Bancaria por Pago de Anticipo
((utilizar este documento u otro similar aceptable para el Comprador)
[El banco, a solicitud del Oferente seleccionado, completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. Podrá Utilizarse otro formato aceptable al Comprador)
]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes, y año) de
la presentación de la Oferta]
LPI No. y Título: [indicar el No. y título
del proceso licitatorio]
[membrete del banco]
Beneficiario: [Nombre y dirección del Comprador]
GARANTIA POR PAGO DE ANTICIPO No.: [insertar el No. de la Garantía por Pago de Anticipo]
A nosotros [indicar el nombre jurídico y dirección del banco] se nos ha informado que [nombre completo y dirección del Proveedor] (en adelante denominado “el Proveedor”) ha celebrado con ustedes el contrato No. [número de referencia del contrato] de fecha [indicar la fecha del Acuerdo], para el suministro de [breve descripción de los Bienes y Servicios Conexos](en adelante denominado “el Contrato”).
Asimismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se hará un anticipo contra una garantía por pago de anticipo.
A solicitud del Proveedor, nosotros por medio de la presente garantía nos obligamos irrevocablemente a pagarles a ustedes una suma o sumas, que no excedan en total [indicar la(s) suma(s) en cifras y en palabras]5 contra el recibo de su primera solicitud por escrito, declarando que el Proveedor está en violación de sus obligaciones en virtud del Contrato, porque el Proveedor ha utilizado el pago de anticipo para otros fines que los estipulados para la provisión de los bienes.
Como condición para presentar cualquier reclamo y hacer efectiva esta garantía, el referido pago mencionado arriba deber haber sido recibido por el Proveedor en su cuenta número [indicar número] en el [indicar el nombre y dirección del banco].
Esta Garantía permanecerá vigente y en pleno efecto a partir de la fecha en que el Proveedor reciba el pago por anticipo, conforme a lo estipulado en el Contrato y hasta [indicar fecha6]
Esta garantía está sujeta a las “Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitid” (Uniform Rules for Demand Guarantees), ICC Publicación No. 458.
[firma(s) del representante autorizado por el Banco]
EXTENSIÓN DE REDES DE DISTRIBUCIÓN
PROGRAMA DE ELECTRIFICACION RURAL BO-L1117
CONTRATO XX XXXXXXXX Xx. 0000/XX-XX
Adquisición de Vehículos Livianos Para Proyectos de Inversión Pública
LPN- BID-ENDE-2018-001
Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones que para este programa fuese publicado en el Development Business, edición No. IDB839-07/18 de fecha 5 de julio de 2018.
El Estado Plurinacional de Bolivia ha recibido un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el costo del programa de Electrificación Rural II, y se propone utilizar parte de estos fondos para efectuar los pagos con recursos del Xxxxxxxx Xx. 0000/XX-XX.
La Empresa Nacional de Electricidad – ENDE invita a los Oferentes elegibles a presentar ofertas selladas para los siguientes bienes Adquisición de Vehículos Livianos Para Proyectos de Inversión Pública.
Item No. |
Detalle |
Cantidad |
Precio referencial con impuestos Bs |
Garantía, a elección del oferente |
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Boleta bancaria de garantía Bs
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Póliza de garantía Bs
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1 |
Vehículos Livianos Para Proyectos de Inversión Pública |
2 |
630.000,00 |
6.300,00 |
18.900,00 |
TOTAL Bs |
630.000,00 |
6.300,00 |
18.900,00 |
Los oferentes deberán presentar sus propuestas para todos los lotes/ítems solicitados.
La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en las Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-9), y está abierta a todos los Oferentes de países elegibles, según se definen en dichas normas.
Los Oferentes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional y solicitar los documentos de licitación en la dirección indicada al final de este Llamado o en la página web de la Empresa Nacional de Electricidad - ENDE, ciudad de Cochabamba, de horas 8:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30, correo electrónicos: xxxxxxxxxxxx.xxx0@xxxx.xx, Xxxx.xxxxxx@xxxx.xx, xxxxx.xxxxxx@xxxx.xx y revisar los documentos de licitación en la siguiente dirección xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx.
Los requisitos de calificaciones incluyen lista de Requisitos clave técnicos, financieros, legales y otros. Se otorgará. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de Licitación.
Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a horas 10:30 a.m.del dia .07 de enero de 2019. Ofertas electrónicas no serán permitidas. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada al final de este Llamado, a las 11:00 a.m. del 07 de enero de 2019 límite para presentar propuestas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el monto que se indica en el cuadro anterior.
La dirección referida arriba es
Empres Nacional de Electricidad -ENDE
Dirección: Xxxxx Xxxxxxxx Xx X-000 xxx. Falsuri
Edificio ENDE Corporación
Ciudad: Cochabamba
Casilla postal: 565
País: Estado Plurinacional de Bolivia
Teléfono: 000-0-0000000
Facsímile: 000-0-0000000
Dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxx.Xxx0@xxxx.xx
Las enmiendas y aclaraciones a los licitantes serán publicadas en el sitio web de ENDE:
xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx
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1 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
2 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
3 El banco deberá insertar la suma establecida en las CEC y denominada como se establece en las CEC, ya sea en la(s) moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Comprador.
4 Las fechas han sido establecidas de conformidad con la Cláusula 17.4 de las Condiciones Generales del Contrato (“CGC”) teniendo en cuenta cualquier otra obligación de garantía del Proveedor de conformidad con la Cláusula 15.2 de las CGC, prevista a ser obtenida con una Garantía de Cumplimento parcial. El Comprador deberá advertir que en caso de prórroga del plazo para cumplimiento del Contrato, el Comprador tendrá que solicitar al banco una extensión de esta Garantía. Dicha solicitud deberá ser por escrito y presentada antes de la fecha de expiración establecida en la Garantía. Al preparar esta Garantía el Comprador pudiera considerar agregar el siguiente texto en el Formulario, al final del penúltimo párrafo: “Nosotros convenimos en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses] [ un año], en respuesta a una solicitud por escrito de dicha extensión por el Comprador, la que nos será presentada antes de la expiración de la Garantía.”
5 El Banco deberá insertar la suma establecida en las CEC y denominada como se establece en las CEC, ya sea en la(s) moneda(s) denominada(s) en el Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Comprador.
6 Indicar la fecha de Entrega estipulada en el Plan de Entrega del Contrato. El Comprador deberá advertir que en caso de una prórroga al plazo de ejecución del Contrato, el Comprador tendrá que solicitar al banco una extensión de esta Garantía. Dicha solicitud deberá ser por escrito y presentada antes de la expiración de la fecha establecida en la Garantía. Al preparar esta Garantía el Comprador pudiera considerar agregar el siguiente texto en el Formulario, al final del penúltimo párrafo: “Nosotros convenimos en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses] [ un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Comprador de dicha extensión, la que nos será presentada antes de que expire la Garantía.”