NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
TITULO I.- PROPÓSITO.
Las presentes normas se basan en las disposiciones legales contenidas en el “Código del Trabajo”, “Estatuto Docente”, “Estatuto de los Asistentes de la Educación” y normas complementarias y en aquellas, que están referidas a la preparación de los Contratos de Trabajo, siendo su propósito formalizar la contratación de trabajadores ya sean Docentes, Asistentes de la Educación o profesionales para los Establecimientos Educacionales bajo su administración o para desempeñarse en la oficina central, mediante la suscripción de los correspondientes Contratos de Trabajo.
TITULO II.- NORMAS GENERALES
Norma Nº1 Para toda contratación previamente se deberá contemplar: un proceso de búsqueda a través de empresas externas, llamado a concurso público o concurso interno.
Norma Nº2: Se deberá disponer de una terna con currículum, recomendaciones, finiquito del último trabajo si los hubiere y certificado del registro de Inhabilidades para luego someterlo a evaluación psicológica.
Norma N°3: La renta de los trabajadores será siempre establecida por la Gerencia e informada por ella al futuro trabajador o delegando esta función al Director del establecimiento, una vez terminado el proceso de selección. La renta será acorde con el título profesional del postulante, acorde con la de sus pares, conocimientos y experiencia, para el mismo cargo.
Norma Nº4: EL Jefe Administrativo del establecimiento es el responsable de elaborar la FICHA de CONTRATACIÓN, que se adjunta en Anexo Nº1. En ella, se deberá consignar la información con los datos personales allí requeridos y que corresponden al trabajador para ser contratado.
Norma Nº5: La ficha de contratación deberá revisarse anualmente, modificando aquella información que sufra cambios, siendo responsabilidad del trabajador notificar, oportunamente, al empleador de cambios en su domicilio y entregar los Formularios Únicos de Notificación de cambios en sus planes previsionales y/o de salud.
Norma Nº6: La confección del contrato de trabajo corresponderá al modelo que se detalla en el Anexo Nº2.
Norma N°7: El plazo para la confección del contrato de trabajo es de 15 días corridos, contados desde la incorporación. Las nuevas instrucciones emanadas de la Ley 21.327 que comienzan a regir a partir del 01 de octubre del 2021, obligan a informar a la DT la contratación y sus anexos vía electrónica dentro del plazo 15 días a la celebración del contrato.
Norma Nº8: Para proceder al pago de la remuneración de un trabajador, éste deberá tener un Contrato de Trabajo, debidamente tramitado.
Norma Nº9: El pago de horas extras requiere del consentimiento de las partes, lo que debe quedar registrado por escrito por la Gerencia en el caso de casa central o de la dirección del establecimiento educacional. El tope de horas extras no puede exceder dos horas diarias ni de 40 horas mensuales, las que deben liquidarse al mes siguiente y con el recargo del 50% de la remuneración mensual del trabajador.
Norma Nº10: EL Jefe Administrativo del establecimiento, es el responsable de la confección y mantenimiento de una Carpeta Personal para cada trabajador, la que contendrá todos los antecedentes e información personal del trabajador:
- Currículum Vitae.
- Contratos y anexos.
- Certificados de antecedentes, de inhabilidades. Copia CNI.
- FUN de AFP, Fonasa / lsapre.
- Diplomas de cursos realizados y Título Profesional.
- Liquidación de remuneraciones, licencias médicas, permisos administrativos, permisos por vacaciones, permisos sin goce de sueldos, cargas familiares, entre otros).
TÍTULO III.- CERTIFICACIONES.
Norma Nº11: Todos los trabajadores que vayan a ser contratados, deberán entregar sus antecedentes laborales:
- Copia de su cédula de identidad vigente.
- Certificado de Antecedentes (renovar en los meses xx xxxxx de cada año)
- Currículum vitae con recomendaciones debidamente verificadas por la Dirección.
- Certificado de Estudios.
- Certificado de AFP y de Salud (Fonasa o Isapre).
- Por su parte el establecimiento debe solicitar el Certificado de Consultas del Registro de Inhabilidades para trabajar con menores.
Norma Nº12: Para la elaboración de cualquier tipo de contrato de trabajo el Jefe Administrativo de los establecimientos, deberá contar con los antecedentes que se señalan en la Norma anterior,
y en especial con el Certificado de Antecedentes, y el Certificado de Consultas del Registro de Inhabilidades.
Norma N°13: Es obligación del trabajador presentar todos los años en el mes xx xxxxx, el Certificado de Antecedentes, en tanto que los Certificados de Inhabilidades deberán ser actualizados por el Jefe Administrativo en marzo y al término de las vacaciones de invierno (Julio). Esos certificados deberán mantenerse en la Carpeta Personal de cada trabajador de acuerdo al punto 31.7 y 32.4 de la Circular Nº1l de la Superintendencia de Educación Escolar y en forma digital, en la base de datos del "Registro del Personal" de Coreduc.
Norma Nº14: Es obligación de los trabajadores registrar su asistencia diaria al ingreso y al término de su jornada. Sólo están excluidos de esta obligación, los trabajadores contratados bajo el inciso 2 Art 22 del código del trabajo.
Norma Nº15: Es obligación del Director, ante la firma del contrato, dar cumplimiento con lo dispuesto en el Código del Trabajo, mediante la entrega al trabajador de una copia del "Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad"; del "Reglamento Interno de Convivencia Escolar" (XXXX); del "Proyecto Educativo Institucional Corporativo" (PEI); del "Plan Integral de Seguridad Escolar" (PISE) y “Código de Conducta”.
Norma Nº16: El proceso de inducción del trabajador lo realizará siempre el Director, además en lo específico de su función esta actividad la realizará el jefe directo que corresponda y deberá constar en un formulario, que señale haberla recibido, como también los elementos de seguridad para el cumplimiento de sus funciones, documento que se deberá ingresar a la carpeta personal mediante un documento firmado.
TÍTULO IV.- ELABORACIÓN DEL CONTRATO
Norma Nº17: Los contratos de Trabajo y sus anexos deberán ser confeccionados en hojas tamaño carta, con cada página numerada al pie de página, a la derecha, con el logo impreso de la corporación y del establecimiento; venir con la firma del Director y del interesado (a); traer adjunto toda la documentación pertinente para pasar al VºBº de la Dirección de Control de Gestión Administrativa y posterior firma de la Gerencia General.
Norma Nº18: Los Contratos de Trabajo y su Anexos que los modifican, deberán indicar como mínimo: el cargo del trabajador, correo electrónico de ambas partes, Nº el de horas de la jornada y el valor de la Hora Mínima Nacional, cuando proceda, conforme a los anexos de este procedimiento.
Norma Nº19: Cuando se requiera de docentes o profesionales para realizar talleres, entendidos éstos como actividades complementarias a educación, (reforzamientos, formativos, deportivos, recreativos u otros) se les confeccionará un Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, por horas, cuya duración no excederá el período comprendido desde el 1° xx xxxxx hasta el 30 de noviembre de cada año, en el que se determinará el horario a cumplir.
Norma N°20: Los docentes, que cuentan con Contrato de Trabajo, podrán realizar talleres a honorarios, conforme a lo dispuesto en el ORD. Nº 1755/42 de la Dirección del Trabajo, mediante un Contrato de prestación de servicios profesionales.
Norma N°21: Conforme a lo que señala el Art. 20 de la Ley 21.009, será compatible para que los Asistente de la Educación con Contrato de Trabajo, puedan desempeñar labores a honorarios, siempre que se efectúen fuera de su jornada ordinaria de trabajo. Estas jornadas adicionales darán origen a un Contrato de Prestación de Servicios por un periodo determinado, por ejemplo, mientras dure el proyecto al que presten sus servicios.
Norma Nº22: Cuando se requiera contratar Docentes externos, para la realización de Talleres extraprogramáticos o de programas sociales, se deberá hacer en el período comprendido xx xxxxx a noviembre, para ello se presenta como Anexo Nº 9 el Modelo de “Contrato de Trabajo para actividades Extraordinarias o Especiales a Plazo Fijo”. Estos docentes deberán recibir el pago de las leyes que les corresponden.
Norma Nº23: En el caso de alumnos universitarios, con comprobadas competencias para dictar talleres de sus especialidades, podrán hacerlo con Contrato de Trabajo adecuando para ello el anexo Nº 9, como “Asistentes de la Educación”, debiendo recibir las leyes que les correspondan.
Norma Nº24: El Jefe de Administrativo deberá asegurar que todo "Encargado de Informática" tengan firmado el Anexo Nº6 y el "Acuerdo de Confidencialidad" del Anexo Nº 7 y que éstos se encuentren guardados en su carpeta personal y en el Registro de Personal Web de Coreduc.
Xxxxx N°25: Es de responsabilidad del Director y Jefe Administrativo, resguardar el buen uso de las claves para acceso a plataformas informáticas, como también, solicitar el cambio de las mismas cuando el trabajador deje de prestar servicios a la Corporación.
Norma Nº26: Los Directores de los establecimientos, estarán excluidos de la limitación de la Jornada Ordinaria de Trabajo, según lo establecido en el inciso 2º, artículo 22 del Código del Trabajo, en consideración a la naturaleza de su cargo y a las funciones que debe desarrollar. {Ver el anexo nº 8). El Jefe de Administración deberá elaborar los correspondientes Anexos de Contratos y asegurar que todos estén firmados y guardados en las carpetas personales y subidas a la intranet.
TITULO V.- PLAZOS.
Norma Nº27: El plazo de contrato para los docentes será de un año, pudiendo ser renovado por igual período al término del primer vencimiento. Una segunda renovación lo transforma en contrato a plazo indefinido.
Norma Nº28: El plazo del contrato para los Asistentes de la Educación será de un año o menos y podrá ser renovado por igual período al término del primer vencimiento. Una segunda renovación lo transforma en contrato a plazo indefinido.
Norma Nº29: Código del Trabajo Art. 75. Cualquiera sea el sistema de contratación del personal docente de los establecimientos de educación básica, parvulario y media o su equivalente, los contratos de trabajo vigentes al mes de diciembre se entenderán prorrogados por los meses de enero y febrero, siempre que el docente tenga más de seis meses continuos de servicio en el mismo establecimiento.
Ley 19464 Artículo 13.- Lo dispuesto en el artículo 75 del decreto con fuerza xx xxx N° 1, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de 1994, será igualmente aplicable al personal asistente de la educación a que se refiere el artículo 2° de esta ley.
TITULO VI.- OBLIGACIÓN DE INFORMAR DE LOS RIESGOS LABORALES.
Norma N°29: El contrato deberá contemplar un anexo con la información de los riesgos laborales y las medidas preventivas según Art. 21 del DS N- 40, que contempla la realización de sus funciones.
Norma N°30: En el contrato se deberá anexar el registro de la recepción de entrega de los equipos de protección personal, cuando proceda, según Art. Nº 33 del DS 594.
TÍTULO VIl.- CONTRATOS A PLAZO A PLAZO FIJO:
Norma N°31: Para todo reemplazo de trabajadores, independientemente del periodo, se debe elaborar un Contrato de Trabajo a Plazo Fijo y no procede el pago de honorarios. Según corresponda, se señalará que el reemplazo durará mientras se encuentre con licencia médica o permiso el titular, debiendo individualizarlo.
Norma Nº32: Periódicamente los Jefes Administrativos deberán subir copia de los contratos, sus anexos y Certificados, al "Registro del Personal" en la WEB de Coreduc, para que este registro se encuentre debidamente actualizado.
Norma Nº33: Los profesionales de la Administración Central que deban concurrir a los establecimientos, deberán rendir cuenta documentada de los gastos incurridos por transporte,
alojamiento y comidas cuando son sea posible acceder en el establecimiento y si se incurriera en gastos menores de materiales dada su función, se operará de igual forma de igual forma a los trabajadores de los establecimientos que debían ir las oficinas de la Administración Central.
Norma N° 34: Los profesionales y ejecutivos que deban viajar a regiones como parte del desempeño de su trabajo, contarán con un “Seguro de Vida y de Accidentes Personales”, el que será tomado y financiado por Xxxxxxx.
ANEXO 1
LOGO DEL ESTABLECIMIENTO
FICHA DE CONTRATACIÓN E IDENTIFICACIÓN DEL CARGO | ||||
Nombre del Cargo | : | |||
Gerencia / Liceo/ Área | : |
IDENTIFICACIÓN TRABAJADOR
Nombre Completo | : | |||
Fecha de Nacimiento/Rut | : | |||
Nacionalidad/Estado Civil | : | |||
Correo Electrónico | ||||
Dirección | : | |||
Comuna | : | Ciudad |
REMUNERACIÓN
Sueldo Base | : | |
Depositar en (cuenta Nº/banco) | . |
COTIZACIONES
A.F.P. | : | |
Fonasa / Isapre | : | |
GES | : |
ASIGNACIONES
Colación | : | |
Movilización | : | |
Otros | : |
JORNADA DE TRABAJO
Semanal / mensual | : | |
Horarios | : | |
Tiempo xx xxxxxxxx | . |
TIPO DE CONTRATO
Fecha de ingreso | : | |
Plazo | : | Fijo Indefinido |
DOCUMENTOS ANEXOS
- Cédula de Identidad vigente | |
- Certificado de Antecedentes (al momento del contrato) | |
- Certificado de Inhabilidades para trabajar con menores | |
- Certificados de título (cuando corresponda). | |
- Currículum Vitae (con referencias debidamente verificadas por el establecimiento) |
Rut y Firma del Trabajador Rut y Firma Director
ANEXO Nº 2
MODELO CONTRATO DE TRABAJO
En………a…. de……….. de 20XX, entre la Corporación Educacional de la Construcción, RUT
00.000.000-0, en su calidad de Administradora del Liceo , del Ministerio de Educación, xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx (Municipalidad de xxxxxx), representada por su Gerente General, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, RUT Nº0.000.000-0, ambos con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx0000, Xx. 000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxx, por una parte y por la otra
…………………………………,de nacionalidad………………, nacido(a) el …. de……….. de ………, estado civil
…….., RUT Nº……………, domiciliado(a) en ………………, comuna de …….., ciudad de ,
xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xx, quienes acuerdan denominarse “Empleador” y “Trabajador”
respectivamente, convienen el siguiente Contrato de Trabajo:
PRIMERO: El “Trabajador” es contratado para desempeñar el cargo de…………………., el que desempeñará en el establecimiento educacional denominado………………………………, ubicado en calle……..………………… Nº…….……., comuna de…………., en la ciudad de… , administrado por
la Corporación Educacional de la Construcción.
Todo trabajador deberá desarrollar sus funciones para las cuales ha sido contratado, de acuerdo a la reglamentación interna de la Corporación establecidas en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad; Reglamento Interno de Convivencia Escolar; Normas y Procedimientos Administrativos; Código de Ética y a las Leyes Laborales aplicables a los docentes y a los Asistentes de la Educación.
Se deja constancia que toda inobservancia o incumplimiento de las obligaciones señaladas precedentemente, constituye incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo; y habilitará al “Empleador”, en consecuencia, para ponerle término de inmediato, sin perjuicio de interponer otras acciones legales que sean procedentes.
SEGUNDO: El “Trabajador” tendrá una jornada de trabajo de… horas cronológicas semanales,
las que se distribuirán de acuerdo a las necesidades del establecimiento y deben quedar establecidas en este contrato.
Día | lunes | martes | miércoles | jueves | viernes |
Horario |
Para los DOCENTES: El “Trabajador” tendrá una jornada de trabajo de……. horas cronológicas semanales que comprenden 65% de docencia de aula y 35% actividades curriculares no lectivas, cuya distribución se hará conforme al Decreto 453 de 1992 y modificaciones posteriores de la Ley 20.903 de 2016, (cuya copia recibe en este acto), del modo que se indica:
Horas cronológicas de contrato: xx horas | ||
Concepto | Horas | Minutos |
Horas pedagógicas en aula | xx | xx |
Horas cronológicas en aula | xx | xx |
Horas cronológicas no lectivas | xx | xx |
Horas cronológicas de recreo | xx | xx |
Queda prohibido al trabajador realizar, en el horario indicado o en el desempeño de su cargo, cualquier tipo de actividad ajena a las labores propias de su cargo y la utilización en beneficio personal de los recursos del establecimiento (Liceo/Colegio) ………………………..…………………….
En aquellos casos en que el tiempo xx xxxxxxxx, no está incluido en las horas del Contrato de Trabajo, pero si lo están en la distribución de la jornada de trabajo semanal, favor incluir a continuación el siguiente texto: “La jornada diaria será interrumpida por un descanso de XX minutos, para colación, entre las xx.xx y las xx.xx horas, cuando corresponda, lapso que (no) se considerará trabajado para computar la duración de la jornada diaria”
TERCERO: Los atrasos reiterados, las ausencias injustificadas al trabajo y el incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente Contrato, o relacionadas con éste, se considerarán como infracciones graves y constituirán causales de término, de acuerdo al Código del Trabajo.
CUARTO: El “Empleador” pagará al “Trabajador” por concepto xx xxxxxx base la suma de $.............
(en letras y pesos) brutos mensuales, (valor hora $ ), por los servicios contratados, más las
bonificaciones estatales que le correspondan como profesional de la educación. Esta remuneración se pagará de acuerdo a las horas efectivamente realizadas.
La remuneración se liquidará mensualmente por períodos vencidos durante la última semana de cada mes, en la Oficina Administrativa, mediante documento de pago o depósito en cuenta bancaria autorizada; en moneda nacional y con las deducciones que establecen y permiten las leyes laborales vigentes. Cuando se trate de depósito en cuenta corriente el trabajador tiene la obligación de pasar a las Oficina de Administración a firmar la Liquidación de Sueldos, dentro de los 10 días siguientes de efectuado el traspaso o depósito en cuenta corriente.
QUINTO: Se deja constancia que el “Trabajador”, comenzó a prestar sus servicios a la Corporación Educacional de la Construcción, el …… de…………… de……...
SEXTO: El presente contrato durará hasta el ……..de …………….de…….. , o hasta el término de la Administración del Establecimiento de Educación denominado Liceo , por parte del
“Empleador”, sin perjuicio de la aplicación de las restantes causales de término del contrato de
trabajo establecidos en la Ley.
SEPTIMO: El trabajador tiene la obligación de entregar a su empleador y a presentar, en la secretaria de dirección del establecimiento, toda la información requerida en las normas y procedimientos de la Corporación. De igual forma deberá entregar, dos veces al año, en los meses de febrero y julio (antes de comenzar el año escolar y las vacaciones de invierno), el documento denominado Certificado de Antecedentes para Fines Especiales, y en forma semestral, el Certificado del Registro de Inhabilidades, para trabajar con menores.
OCTAVO (para Liceos 3166): Las partes están de acuerdo en considerar que el “Empleador” contrata los servicios del “Trabajador” en atención a su calidad jurídica de Administradora del Establecimiento de Educación Técnico Profesional denominado Liceo/Colegio
…………………………………, calidad que emana del convenio celebrado al efecto con el Ministerio de Educación en aplicación de las disposiciones del D.L. Nº3.166, de 1980 y, en consecuencia, la vigencia de la Administración es condición determinante de este contrato, razón por la cual, el presente contrato concluirá, por el término por cualquier causa del Convenio de Administración del Establecimiento.
OCTAVO (para Liceo SSB): Se deja constancia que la calidad jurídica de la Corporación Educacional de la Construcción como administradora del Establecimiento de Educación Técnico Profesional, denominado Liceo Polivalente Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx de La Pintana, emana del convenio de concesión celebrado al efecto con la Ilustre Municipalidad de La Pintana de fecha 3 de febrero del año 2004. En consecuencia, la vigencia de la administración delegada del Liceo es condición determinante de este contrato, razón por la cual, el presente contrato concluirá, por término del Convenio de Administración del Establecimiento Educacional.
Para los contratos de trabajadores de la Oficina Central y distintos a los Liceos 3166 y SSB, no se debe incluir la cláusula precedente.
NOVENO: El “Trabajador” declara pertenecer al Sistema Previsional en la A.F.P. e
Institución de Salud siendo de su responsabilidad, informar oportunamente al
empleador de los cambios que se produzcan, mediante el envío de los correspondientes Formularios Únicos de Notificación (FUN).
DECIMO: En este acto y de conformidad con lo dispuesto en el Código del Trabajo, se le hace entrega al trabajador de una copia del “Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad”; del “Reglamento Interno de Convivencia Escolar” (XXXX); del “Proyecto Educativo Institucional Corporativo” (PEI); del “Plan Integral de Seguridad Escolar” (PISE) y del “Código de Conducta”, documentos que el trabajador declara recibir y cumplir.
En este mismo acto, la Corporación Educacional de la Construcción, según el Art. Nº 21 del DS Nº 40, da a conocer los riesgos laborales y las medidas preventivas al trabajador; así, como la entrega de los elementos de seguridad de protección personal, según corresponda, según Art. Nº 53 del DS Nº 594; que el trabajador declara recibir y se compromete a cumplirlos.
De igual forma, para el desempeño de sus funciones el “DOCENTE”, recibe en este acto o declara ya haberlo recibido el material que se identifica a continuación, el cual, en forma previa a la firma de su finiquito, deberá haberlo devuelto al Jefe Administrativo del establecimiento.
NOMBRE DEL TEXTO | RECIBIDO |
Manual de Actividades para la Convivencia 1º/2º Medio | |
Manual de Actividades para la Convivencia 3º/4º Medio | |
Manual del Programa de Educación Sexual, 1º Medio, Una mirada desde la afectividad | |
Manual del Programa de Educación Sexual, Una mirada desde la afectividad 2ºMedio | |
Manual del Profesor Programa de Seguridad Laboral 4º Medio. |
Finalmente, el trabajador también declara conocer las “Normas y Procedimientos Corporativos de Coreduc”. Todos estos documentos se encuentran disponibles en la biblioteca en intranet xxx.xxxxxxx.xx. En especial, lo dispuesto en el artículo Nº 160 del código del Trabajo, referido al despido del trabajador, sin derecho a indemnización, por incumplimiento grave de sus obligaciones.
UNDÉCIMO: El trabajador pondrá especial diligencia en la normativa emanada de la Superintendencia de Educación Escolar y el Ministerio de Educación, en lo respecta a su función profesional, las que declara conocer, como así mismo, las funciones y obligaciones de la Ley 19.070 y sus modificaciones.
DUODÉCIMO: El presente Contrato se firma en tres ejemplares, quedando uno en poder del
“Trabajador” y dos en poder del “Empleador”.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
TRABAJADOR | Director | Gerente General |
RUT: | RUT: | RUT: 0.000.000-0 |
ANEXO MODIFICACIÓN CONTRATO DE TRABAJO (cuando solo cambia la remuneración).
En Santiago, a xx de XXX de 20XX, entre la CORPORACIÓN EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN,
R.U.T. N° 70.912.300-9, representada por su Gerente General, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, cédula nacional de identidad número 0.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx 000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante e indistintamente “el empleador”, por una parte y por la otra, el Sr. XXXX, chileno, casado, cédula nacional de identidad número XXXXX, quien desempeña el cargo de …………………….., en el establecimiento educacional denominado……………………………, ubicado en calle… Nº comuna de
…………., en la ciudad de ……….., en adelante e indistintamente “el trabajador”, han convenido la
siguiente modificación al contrato de trabajo que actualmente los une, y declaran:
PRIMERO: Con fecha xx de XXXX de 20XX, las partes celebraron un contrato de trabajo, el que ha sido modificado con fecha 01 de XXXX de 20XX.
SEGUNDO: A partir de la fecha del presente instrumento, las partes han acordado reemplazar la cláusula Cuarta del contrato de trabajo, por la siguiente: “El empleador pagará al trabajador, a contar del XXX de XXXX de 20xx, por concepto de reajuste legal de remuneraciones del XXXX equivalente a la suma de $XXXX (… y pesos), mensuales, por los servicios prestados, para
una jornada de trabajo de XX horas semanales y un valor de $XXXX por Hora /Jornada”.
TERCERO: Se deja constancia que el trabajador ingresó a prestar sus servicios al empleador con fecha XX de XXX de 20XX y que éste es un contrato de término indefinido/plazo fijo.
CUARTO: De conformidad con lo dispuesto en el Código del Trabajo, el trabajador ratifica haber recibido de su empleador, una copia del “Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad”; del “Reglamento Interno de Convivencia Escolar” (XXXX); del “Proyecto Educativo Institucional Corporativo” (PEI); del “Plan Integral de Seguridad Escolar” (PISE) y del “Código de Conducta”.
QUINTO: Se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del contrato de trabajo iniciales, en todo lo que no ha sido modificado por el presente instrumento.
SEXTO: El presente anexo se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del empleador y otro en poder del trabajador.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
TRABAJADOR | V°B° Director | Gerente General |
RUT: | RUT: | RUT: 0.000.000-0 |
ANEXO Nº 4 ANEXO MODIFICACIÓN CONTRATO DE TRABAJO
(cuando cambia la remuneración y/o la jornada horaria/la distribución de la proporción de las horas en el caso de los docentes)
En Santiago, a xx de XXX de 20XX, entre la CORPORACIÓN EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN,
R.U.T. N° 70.912.300-9, representada por su Gerente General, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, cédula nacional de identidad número 0.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx 000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante e indistintamente “el empleador”, por una parte y por la otra, el Sr. XXXX, chileno, casado, cédula nacional de identidad número XXXXX, quien desempeña el cargo de …………………….., en el establecimiento educacional denominado……………………………, ubicado en calle… Nº
comuna de …………., en la ciudad de ………..….., en adelante e indistintamente “el trabajador”, han
convenido la siguiente modificación al contrato de trabajo que actualmente los une, y declaran:
PRIMERO: Con fecha xx de XXXX de 20XX, las partes celebraron un contrato de trabajo, el que ha sido modificado con fecha 01 de XXXX de 20XX.
SEGUNDO: A partir de la fecha del presente instrumento, las partes han acordado reemplazar la cláusula XXXXX del contrato de trabajo, por la siguiente:
La jornada diaria de trabajo, tendrá la siguiente distribución horaria: (Ejemplo)
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viern es | Sábado | Total Horas | |
MAÑANA: | |||||||
Desde: Hasta: | 8:00 - 13:00 | 8:00 –13:00 | 10 | ||||
TARDE: | 14:00 -17:00 | 14:00 –17:00 | 6 | ||||
TOTAL HORAS: | 16:00 | ||||||
JORNADA DE TRABAJO SEMANAL | |||||||
Lun. | Mar. | Xxxx. | Jue. | Vier. | Sáb. | Total Horas | |
Desde: Hasta: | 9:00 - 18:00 | 9: 00- 18:00 | 9:00–18: 00 | 9:00– 18:00 | 36:00 |
En el caso de los docentes, la distribución de la proporción entre horas lectivas y no lectivas, (MINEDUC), será la siguiente:
Horas cronológicas de contrato: 34 horas | ||
Concepto | Horas | Minutos |
Horas pedagógicas en aula | 32 | 00 |
Horas cronológicas en aula | xx | xx |
Horas cronológicas no lectivas | xx | xx |
Horas cronológicas de recreo | xx | xx |
En aquellos casos en que el tiempo xx xxxxxxxx, no está incluido en las horas del Contrato de Trabajo, pero si lo están en la distribución de la jornada de trabajo semanal, favor incluir a continuación el siguiente texto:
La jornada diaria será interrumpida por un descanso de XX minutos, para colación, entre las xx.xx y las xx.xx horas, cuando corresponda, lapso que no se considerará trabajado para computar la duración de la jornada diaria.
TERCERO: Se deja constancia que el trabajador ingresó a prestar sus servicios al empleador con fecha XX de XXX de 20XX y que éste es un contrato de término indefinido/plazo fijo
CUARTO: Se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del contrato de trabajo iniciales, en todo lo que no ha sido modificado por el presente instrumento.
QUINTO: El presente anexo se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del empleador y otro en poder del trabajador.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
TRABAJADOR | V°B° Director | Gerente General |
RUT: | RUT: | RUT: 0.000.000-0 |
ANEXO Nº 5
(A emplear sólo para el caso de los docentes que reciben material educativo para el desempeño de sus funciones, el que deben devolver al término de su gestión).
En Santiago, a xx de XXX de 20XX, entre la CORPORACIÓN EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN,
R.U.T. N° 70.912.300-9, representada por su Gerente General, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, cédula nacional de identidad número 0.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx 000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante e indistintamente “el empleador”, por una parte y por la otra, el Sr. XXXX, chileno, casado, cédula nacional de identidad número XXXXX, quien desempeña el cargo de “DOCENTE” en el establecimiento educacional denominado……………………………, ubicado en calle Nº
comuna de …………., en la ciudad de ………..….., en adelante e indistintamente “el trabajador”, han
convenido la siguiente modificación al contrato de trabajo que actualmente los une, y declaran:
PRIMERO: Con fecha xx de XXXX de 20XX, las partes celebraron un contrato de trabajo, el que ha sido modificado con fecha XX de XXXX de 20XX.
SEGUNDO: A partir de la fecha del presente instrumento, las partes han acordado incorporar la siguiente cláusula del contrato de trabajo:
Para el desempeño de sus funciones el “DOCENTE”, recibe en este acto o declara ya haberlo recibido el material que se identifica a continuación, el cual, en forma previa a la firma de su finiquito, deberá haberlo devuelto al Jefe Administrativo del establecimiento.
NOMBRE DEL TEXTO | RECIBID O |
Manual de Actividades para la Convivencia 1º/2º Medio | |
Manual de Actividades para la Convivencia 3º/4º Medio | |
Manual del Programa de Educación Sexual, Una mirada desde la afectividad 1º Medio | |
Manual del Programa de Educación Sexual, Una mirada desde la afectividad 2º Medio | |
Manual del Profesor Programa de Seguridad Laboral 4º Medio. |
TERCERO: Se deja constancia que el trabajador ingresó a prestar sus servicios al empleador con fecha XX de XXX de 20XX y que éste es un contrato de término (indefinido/plazo fijo).
CUARTO: Se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del contrato de trabajo iniciales, en todo lo que no ha sido modificado por el presente instrumento.
QUINTO: El presente anexo se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del empleador
y otro en poder del trabajador.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
TRABAJADOR | V°B° Director | Gerente General |
RUT: | RUT: | RUT: 0.000.000-0 |
ANEXO Nº 6
ANEXO MODIFICACIÓN CONTRATO DE TRABAJO
(a emplear sólo para los Asistentes de la Educación, que se desempeñan como “Encargados de Informática” en los establecimientos educacionales)
En Santiago, a xx de XXX de 20XX, entre la CORPORACIÓN EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN,
R.U.T. N° 70.912.300-9, representada por su Gerente General, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, cédula nacional de identidad número 0.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx 000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante e indistintamente “el empleador”, por una parte y por la otra, el Sr. XXXX, chileno, casado, cédula nacional de identidad número XXXXX, quien desempeña el cargo de “Encargado de Informática” en el establecimiento educacional denominado……………………………, ubicado en calle Nº
comuna de …………., en la ciudad de ………..….., en adelante e indistintamente “el trabajador”, han
convenido la siguiente modificación al contrato de trabajo que actualmente los une, y declaran:
PRIMERO: Con fecha xx de XXXX de 20XX, las partes celebraron un contrato de trabajo, el que ha sido modificado con fecha XX de XXXX de 20XX.
SEGUNDO: A partir de la fecha del presente instrumento, las partes han acordado incorporar la siguiente cláusula del contrato de trabajo:
En el evento que el “Encargado de Informática” deba reformatear el disco duro de un equipo computacional, deberá asegurarse de reingresar los programas computacionales que correspondan utilizando para ello, los programas con sus respectivas licencias originales.
TERCERO: En complemento a las disposiciones, restricciones y prohibiciones declaradas en el Reglamento Interno (Xxxxxxx XXX. Del uso de la información y de medios electrónicos o informáticos. Artículo Nº 92), queda estrictamente prohibido realizar “bypass” a los sistemas de control de flujo y de conexión a internet.
CUARTO: el “Encargado de Informática” se compromete a presentar a su empleador, en forma simultánea a la firma de este anexo de contrato, el documento denominado “Acuerdo de Confidencialidad”, para el resguardo de la información confidencial y de propiedad de la Corporación que estará bajo su responsabilidad para el mantenimiento de los computadores del establecimiento educacional.
QUINTO: Se deja constancia que el trabajador ingresó a prestar sus servicios al empleador con fecha XX de XXX de 20XX y que éste es un contrato de término (indefinido/plazo fijo).
SEXTO: Se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del contrato de trabajo iniciales, en todo lo que no ha sido modificado por el presente instrumento.
SÉPTIMO: El presente anexo se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del empleador y otro en poder del trabajador.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
TRABAJADOR | V°B° Director | Gerente General |
RUT: | RUT: | RUT: 0.000.000-0 |
ANEXO Nº 7 ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
En Santiago de Chile a …………. de …………………………………… de 20…….., entre la Corporación Educacional de la Construcción, en adelante “Coreduc” y don(ña)
……………………………………………………………………………………….., chileno(a), Rut. N° ,
domiciliado en ………………………………………………….…………….. ,comuna de , en
adelante el “encargado de computación”, del establecimiento XXXXXXXXXXXXXXXX, ubicado en
XXXXXXXX XXXXXXX, se ha convenido lo siguiente:
PRIMERO: Las partes están plenamente conscientes de la importancia y correcto funcionamiento de los recursos informáticos en cada establecimiento y de las funciones del encargado de computación, que, por la naturaleza de su trabajo, tendrá acceso a los números de licencias y los correspondientes ISO para su descarga vía web; información de carácter confidencial y de propiedad de Coreduc.
SEGUNDO: Atendida la índole del trabajo del encargado de computación, las partes concuerdan en la necesidad de regular el manejo y resguardo de toda información confidencial, entendiendo por esta última todo antecedente relacionado con licenciamiento de software, claves de accesos a los recursos informáticos entregados al encargado de computador, la cual es de uso reservado y exclusivamente para los fines descritos en su contrato de trabajo
TERCERO: Sin perjuicio de las obligaciones impuestas por el ordenamiento legal vigente, el encargado de computación se obliga a mantener toda la información proporcionada o derivada de esta labor bajo estricta reserva, a no revelarla, divulgarla, duplicarla, comentarla, distribuirla ni publicarla bajo forma alguna, sea directa o indirectamente.
CUARTO: Asimismo, el encargado de computación se obliga a utilizar dicha información con la sola finalidad de realizar adecuadamente las labores que se le encomienden, reconociendo, expresamente, que la información recibida o generada por esta, pertenece a Xxxxxxx.
QUINTO: El Trabajador se compromete a tomar todas las medidas que se encuentren a su alcance para que la información mantenga el carácter confidencial y se eviten situaciones y actos que puedan ocasionar perjuicio, de cualquier índole, sea al propio encargado de computación, al establecimiento educacional o a Coreduc.
SEXTO: Todo lo expresado en el presente convenio regirá durante el período establecido en el contrato de trabajo convenido entre Xxxxxxx y el encargado de computación, y las obligaciones relativas a la confidencialidad exigida, tendrán una duración indefinida, contados desde la fecha de inicio del contrato.
SÉPTIMO: Este acuerdo se firma en dos ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder de cada uno de quienes lo celebran, quienes lo aceptan en todos sus términos.
Rut: Rut:
Encargado de Computación Director de Establecimiento
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx: 0.000.000-0
Gerente General COREDUC
ANEXO Nº 8 MODIFICACIÓN CONTRATO DE TRABAJO
(cuando cambia la remuneración y procede el inciso 2º, artículo Nº 22 del Código del Trabajo, solo para los Directores de los Establecimientos).
En Santiago, a xx de XXX de 20XX, entre la CORPORACIÓN EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN,
R.U.T. N° 70.912.300-9, representada por su Gerente General, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, cédula nacional de identidad número 0.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx 000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante e indistintamente “el empleador”, por una parte y por la otra, el Sr. XXXX, chileno, casado, cédula nacional de identidad número XXXXX, quien desempeña el cargo de …………………….., en el establecimiento educacional denominado……………………………, ubicado en calle… Nº comuna de
…………., en la ciudad de ……….., en adelante e indistintamente “el trabajador”, han convenido la
siguiente modificación al contrato de trabajo que actualmente los une, y declaran:
PRIMERO: Con fecha xx de XXXX de 20XX, las partes celebraron un contrato de trabajo, el que ha sido modificado con fecha xx de XXXX de 20XX.
SEGUNDO: A partir de la fecha del presente instrumento, las partes han acordado reemplazar la cláusula Segunda y Cuarta del contrato de trabajo, por las siguientes:
TERCERO: Por cuanto el trabajador se desempeña como Director de este establecimiento educacional, estará excluido de la limitación de la Jornada Ordinaria de Trabajo, según lo establecido en el inciso 2º, artículo Nº 22 del Código del Trabajo, en consideración a la naturaleza de su cargo y a las funciones que debe desempeñar.
CUARTO: El empleador pagará al trabajador, a contar del XXX de XXXX de 20xx, por concepto de
reajuste legal de remuneraciones del XXX % equivalente a la suma de $XXXX (… pesos),
mensuales, por los servicios prestados.
QUINTO: Se deja constancia que el trabajador ingresó a prestar sus servicios al empleador con fecha XX de XXX de 20XX y que éste es un contrato de término indefinido/plazo fijo.
SEXTO: Se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del contrato de trabajo iniciales, en todo lo que no ha sido modificado por el presente instrumento.
SÉPTIMO: El presente anexo se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del empleador y otro en poder del trabajador.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
Director RUT: | V°B° Director | Gerente General RUT: 0.000.000-0 |
ANEXO Nº 9 CONTRATO DE TRABAJO PARA ACTIVIDADES EXTRAORDINARIAS O ESPECIALES A PLAZO FIJO
(para docentes y alumnos universitarios externos)
En xxxxx, a XXXX de XXXX de 202X, entre la Corporación Educacional de la Construcción, RUT 00.000.000-0, representada por su Gerente General, Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, RUT Nº 0.000.000-0, ambos con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, Of. 204, comuna de Providencia, Santiago por una parte y por la otra don(ña) Sr. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, de nacionalidad Chilena, nacido el x de xxx de 19xx, estado civil xxxxxxx, RUT Nº, domiciliado en, comuna de xxxxxxxx, ciudad de xxx , quienes acuerdan denominarse “Empleador” y “Trabajador” respectivamente, convienen el siguiente Contrato de Trabajo:
PRIMERO: El “Trabajador” es contratado para desempeñar el cargo de Taller (PDA XXXXXXXXXXXXXXXXXX, cargo que desempeñará en el establecimiento educacional denominado Liceo Técnico Profesional XXXXX, ubicado en calle xxxx , comuna de xxxx, en la ciudad de xxxx, administrado por la Corporación Educacional de la Construcción, pudiendo ser trasladado a otro domicilio, o labores similares, dentro de la ciudad, por causa justificada, sin que ello importe menoscabo para el trabajador. Los talleres eventualmente serán realizados en recintos externos al Liceo previa coordinación con la Dirección del Establecimiento.
Todo trabajador deberá desarrollar sus funciones para las cuales ha sido contratado, de acuerdo a la reglamentación interna de la Corporación (Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad; Reglamento Interno de Convivencia Escolar y las Normas y Procedimientos Administrativos existentes); a las Leyes Laborales, las aplicables a los docentes y a los Asistentes de la Educación.
Se deja constancia que toda inobservancia o incumplimiento de las obligaciones señaladas precedentemente, constituye incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo; y habilitará al “Empleador”, en consecuencia, para ponerle término de inmediato, sin perjuicio de interponer otras acciones legales que sean procedentes.
SEGUNDO: El “Trabajador” tendrá una jornada de trabajo de XX horas cronológicas semanales, de acuerdo al número de talleres contratados, las que se distribuirán como se indica a continuación: (EJEMPLO)
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Total Horas | |
DESDE | 16:00 | 16:00 | 13:45 | 15:15 | ||
HASTA | 18:00 | 18:00 | 19:45 | 17:15 | 12:00 |
La jornada diaria será interrumpida por un descanso de 30 minutos, cuando corresponda. Queda prohibido al trabajador realizar, en el horario indicado o en el desempeño de su cargo, cualquier
tipo de actividad ajena a las labores propias de su cargo y la utilización en beneficio personal de los recursos del Liceo XXXXXX.
TERCERO: Los atrasos reiterados, las ausencias injustificadas al trabajo y el incumplimiento de las obligaciones descritas en el presente Contrato, o relacionadas con éste, se considerarán como infracciones graves y constituirán causales de término, de acuerdo a la Ley.
CUARTO: El “Empleador” pagará al “Trabajador” por concepto xx xxxxxx base la suma de $XXXXX (xxxxxx pesos) brutos mensuales (valor hora $xxxxx, además se pagará por concepto de Movilización $xxxx), por los servicios contratados y las bonificaciones estatales que le correspondan como profesional de la Educación. Esta remuneración se pagará de acuerdo al número de sesiones de taller efectivamente realizadas.
La remuneración se liquidará mensualmente por períodos vencidos durante la última semana de cada mes, en la oficina de Administración del Establecimiento, mediante documento de pago o depósito en cuenta bancaria autorizada; en moneda nacional y con las deducciones que establecen y permiten las leyes laborales vigentes.
Cuando se trate de depósito en cuenta corriente el trabajador tiene la obligación de pasar a las Oficina de Administración a firmar la Liquidación de Sueldos, dentro de los 10 días siguientes de efectuado el traspaso o depósito en cuenta corriente.
QUINTO: Se deja constancia que el “Trabajador”, comenzó a prestar sus servicios a la Corporación
Educacional de la Construcción, con fecha XX de XXXXX de 2019.
SEXTO: El presente contrato durará hasta el XX de noviembre 20xx, o hasta el término de la Administración del Establecimiento de Educación denominado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por parte del “Empleador”, sin perjuicio de la aplicación, de otras causales de término del contrato de trabajo, establecidas en la Ley.
SÉPTIMO: El “Trabajador” declara pertenecer al nuevo Sistema Previsional y cotizará en la A.F.P. XXXXXXX e Institución de Salud Isapre/Fonasa, siendo de su responsabilidad, informar oportunamente al empleador de los cambios que se produzcan, mediante el envío de los correspondientes a los Formularios Únicos de Notificación (FUN).
OCTAVO: El trabajador tiene la obligación de entregar al empleador toda la información requerida en las normas y procedimientos de la Corporación, como así también, entregar “Certificado de Antecedentes” y el “Certificado del Registro de Inhabilidades para trabajar con menores”.
NOVENO: En este acto y de conformidad con lo dispuesto en el Código del Trabajo, se le hace entrega al trabajador de una copia del “Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad”; del “Reglamento Interno de Convivencia Escolar” (XXXX); del “Proyecto Educativo Institucional Corporativo” (PEI); del “Plan Integral de Seguridad Escolar” (PISE) y del “Código de Conducta”.
En este mismo acto, la Corporación Educacional de la Construcción, según el Art. Nº 21 del DS Nº 40, da a conocer los riesgos laborales y las medidas preventivas al trabajador; así, como la entrega de los elementos de seguridad de protección personal, según corresponda, según Art. Nº 53 del DS Nº 594; que el trabajador declara recibir y se compromete a cumplirlos. Finalmente, el trabajador también declara conocer las “Normas y Procedimientos Corporativos de Coreduc”. Todos estos documentos se encuentran disponibles en la biblioteca en intranet xxx.xxxxxxx.xx.
DÉCIMO: El trabajador pondrá especial diligencia en la normativa emanada de la Superintendencia de Educación Escolar y el Ministerio de Educación, en lo respecta a su función profesional, las que declara conocer, como así mismo, las funciones y obligaciones de la Ley 19.070 y sus modificaciones.
UNDÉCIMO: El presente Contrato se firma en tres ejemplares, quedando uno en poder del
“Trabajador” y dos en poder del “Empleador”.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
TRABAJADOR | V°B° Director | Gerente General |
RUT: | RUT: | RUT: 0.000.000-0 |
ANEXO N°10
CONTRATO DE TRABAJO PARA DISCAPACITADOS (LEY Nº 21.015)
En Santiago, a xx de xxxxxxxx de 202x, entre la CORPORACIÓN EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN, R.U.T. N° 70.912.300-9, representada por su Gerente General, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, cédula nacional de identidad número 0.000.000-0, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xxxxxx 0000 xxxxxxx 000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxxx, en adelante e indistintamente “el empleador”, por una parte y por la otra, don(ña) xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx chileno, casado, cédula nacional de identidad número xxxxxxx quien desempeña el cargo de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en el establecimiento educacional denominado “Liceo”, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ubicado en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Nº XXXX, comuna de XXXXXX, en la ciudad de XXXX, en adelante e indistintamente “el trabajador”, han convenido la siguiente modificación al contrato de trabajo que actualmente los une, y declaran:
PRIMERO: Con fecha X de Enero de XXX, las partes celebraron un contrato de trabajo, el que ha sido modificado con fecha xx de xxxxxx de xxxx.
SEGUNDO: A partir de la fecha del presente instrumento, las partes han acordado agregar la siguiente cláusula al Contrato de Trabajo que los une:
Conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 21.015, el trabajador acredita, mediante Certificado N° de fecha xx xxxxx de xxxx, extendido por el Registro Civil, su condición de discapacitado, situación que le es reconocida por el empleador, para lo cual el establecimiento se encuentra habilitado para el normal desempeño de las actividades laborales del trabajador. El trabajador podrá informar al Comité Paritario, toda situación anómala que ponga en riesgo su trabajo, correspondiéndole a ese Comité hacerlo presente a la administración del establecimiento para su reparación.
TERCERO: Se deja constancia que el trabajador ingresó a prestar sus servicios al empleador con fecha xx de xxxx de xxxx y que éste, es un contrato de término (indefinido/plazo fijo).
CUARTO: Se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del contrato de trabajo iniciales, en todo lo que no ha sido modificado por el presente instrumento.
QUINTO: El presente anexo se firma en dos ejemplares, quedando uno en poder del empleador y otro en poder del trabajador.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | ||
TRABAJADOR RUT | V°B° Director RUT | Gerente General RUT |