CONDICIONES GENERALES:
ANEXO
TELEVISIÓN POR SUSCRIPCIÓN DTH V4
CONDICIONES GENERALES:
OBLIGACIONES DEL CLIENTE o ABONADO.
El CLIENTE o ABONADO está obligado a:
a) Cancelar las facturas y valores emitidos más los impuestos xx xxx por el Contrato de Prestación de Servicio, generado por la CNT EP en el plazo, lugar y modo establecido en las mismas, de conformidad con lo pactado en el Contrato de Prestación de Servicio.
b) Emplear el servicio exclusivamente para los fines establecidos en el presente contrato, para ello se obliga y compromete a no cobrar o imponer tarifas o cargos extras en lugares públicos tales como hoteles, bares, restaurantes, tabernas o cualquier lugar similar. En caso de incurrir en la falta la CNT EP podrá dar por terminado el contrato aplicando la cláusula octava literal d) del Contrato de Prestación de Servicio.
c) El CLIENTE o ABONADO deberá contar con todas las seguridades necesarias para proteger los equipos de eventuales desperfectos ocasionados por variaciones de energía.
d) No manipular ni directamente, o a través de terceros la Tarjeta de Control de Seguridad (Smart card), el mismo que es de propiedad de la CNT EP. Si el CLIENTE o ABONADO tiene conocimiento de que la Tarjeta de Control de Seguridad (Smart card) ha sido manipulado o alterada, éste deberá dar reporte inmediato a la CNT EP. Si la CNT EP detecta que se han realizado variaciones con la Tarjeta de Control de Seguridad (Smart card) y por ende en el servicio o en el paquete contratado, y el CLIENTE o ABONADO no ha cumplido con realizar el correspondiente reporte, la CNT EP podrá dar por terminado el contrato en aplicación a la clausula Octava literal d) del contrato de prestación del servicio.
e) No efectuar por su cuenta activaciones no autorizadas o irregulares del servicio. Si la CNT EP detecta alguna irregularidad, se encuentra facultada a suspender y cortar el servicio de acuerdo a la normativa vigente, debiendo el CLIENTE o ABONADO pagar los valores pendientes por el servicio prestado. En caso de requerir el servicio en un televisor adicional deberá solicitar en los centros de atención al cliente y/o comunicándose al 1800 800 800.
f) No trasladar los equipos que pudieran haber sido provistos por la CNT EP, del domicilio designado por el CLIENTE o ABONADO, sin la previa autorización de la CNT EP, en caso de detectar que el CLIENTE o ABONADO ha realizado un traslado de los equipos a otro lugar que no fuera el lugar de instalación original, la CNT EP no se responsabiliza de los daños o desperfectos por la manipulación o mala instalación de los equipos. En caso de hacerlo se cargarán los valores por concepto de traslado interno o externo al cliente.
g) "El Cliente o Abonado no se encuentra autorizado para que un tercero pueda recibir; reproducir re-trasmitir, grabar, copiar, duplicar, trasmitir o exhibir por cualquier mecanismo la totalidad o parte de los contenidos del servicio".
h) El mal uso, manipulación, daños, desperfectos y otras eventualidades ocasionados por el CLIENTE o ABONADO a los equipos suministrados por las CNT EP; serán de su directa responsabilidad, para lo cual el CLIENTE o ABONADO acepta que pagará a la CNT EP todos los valores de dichos daños.
i) El servicio de garantía extendida estará asociado a cada contrato de “Televisión por Suscripción” que el CLIENTE o ABONADO mantenga con la CNT EP; el cobro se lo realizará mensualmente, dependiendo del tipo de equipos que solicite. Este servicio protege al cliente ante eventualidades conforme a las condiciones establecidas por la CNT EP.
j) Cuando el CLIENTE o ABONADO ha contratado la garantía extendida el mismo momento que contrató el servicio de “Televisión por Suscripción” esta se hará efectiva desde el primer día de funcionamiento del servicio.
k) "Cuando EL CLIENTE O ABANODADO contrate el servicio de garantía extendida , en una fecha posterior a la fecha de constatación del servicio de Televisión por Suscripción, las coberturas de este servicio tendrán vigencia luego de 45 días, contados desde la fecha de contratación de la garantía extendida.
l) Si el CLIENTE o ABONADO cancela el servicio de “Televisión por Suscripción” antes del año de servicio; acepta cancelar un valor establecido de USD $50.00, por concepto del equipamiento entregado, para la instalación de una solución colectiva en caso de edificios u otros inmuebles y en instalaciones normales por los equipos entregados (antena y LNB).
m) Si el CLIENTE o ABONADO cancela el servicio de “Televisión por Suscripción” en cualquier momento, deberá entregar los equipos a la CNT EP en los canales presenciales, de acuerdo al servicio o plan contratado: (Decodificador SD, Decodificador HD, Tarjeta Inteligente, Control Remoto SD, Control Remoto HD, Cable RCA, Cable HDMI, Cable de Poder, Disco DVR u otros equipos que formen parte del servicio), en perfecto y correcto funcionamiento. La CNT EP realizará una evaluación de los equipos en un plazo máximo de 30 días a partir de la entrega de los mismos y en caso de detectar desperfectos en los equipos que sean imputables al CLIENTE O ABONADO, se procederá a realizar el cargo respectivo en el o los equipos en los que se encuentren daños, para lo cual el CLIENTE O ABONADO acepta cancelar a la CNT EP los valores que se generen por este concepto."
n) Si el CLIENTE o ABONADO no cancela su factura del servicio de “Televisión por Suscripción” dentro de la fecha máxima de pago, cae en xxxx o retiro definitivo del servicio. El CLIENTE o ABONADO autoriza expresamente a la CNT EP a suspender el servicio de manera definitiva o parcial, así como el cobro de los valores de los diferentes equipos entregados para la prestación del servicio de acuerdo al plan contratado: (Decodificador SD, Decodificador HD, Tarjeta Inteligente, Control Remoto SD, Control Remoto HD, Cable RCA, Cable HDMI, Cable de Poder, Disco DVR u otros equipos que formen parte del servicio). Los valores a cobrar serán establecidos de conformidad a los equipos.
o) Si el CLIENTE o ABONADO es beneficiado con algún descuento en la instalación, rentas de los decodificadores o en el cargo básico mensual del servicio de “Televisión por Suscripción” por algún tipo de promoción, el mismo se ajustará a las condiciones comerciales. El CLIENTE o ABONADO autoriza expresamente a la CNT EP a realizar cualquier tipo de cobro o cargo correspondiente en el caso de que se incumpla una de las condiciones establecidas con la cual accedió a la promoción.
p) El CLIENTE o ABONADO por ningún motivo podrá movilizar los decodificadores adicionales a otro lugar que no fuera el lugar original de instalación, en caso de incurrir en esta falta la CNT EP deberá aplicar la cláusula 8 literal d del contrato de prestación de servicios. El CLIENTE o ABONADO podrá solicitar hasta un máximo de 4 decodificadores por contrato, el mismo que deberá cancelar los conceptos por alquiler del o los equipos.
q) El CLIENTE o ABONADO podrá solicitar la suspensión temporal del servicio de “Televisión por Suscripción” (2) dos veces al año y con un plazo máximo de suspensión de (1) un mes por cada ocasión.
r) "Cuando el CLIENTE O ABONADO contrate el servicio HIGH DEFINITION o HD, este será responsable de contar con los equipos que tenga esta característica. La CNT EP no se responsabiliza por la calidad de la señal del servicio HD, en televisores con definición estándar."
s) El Cliente o Abanado se ajustará a la oferta comercial vigente para la contratación de los planes Standar Definition, High definition, Planes tematicos , Plan Plus HD, Planes especiales en HD. En el caso de contratar el servicio de Televisión por suscripción en las Islas Galápagos el cliente deberá ajustarse a la oferta comercial vigente desarrollada para las islas. Para la contratación de los planes Stándard definition, High definition, planes temáticos, Plan Plus HD, Planes especiales en HD. En el caso de contratar el servicio de televisión en las Islas Galápagos el cliente deberá ajustarse a la oferta comercial vigente desarrollada para las islas.
t) El CLIENTE o ABONADO que mantenga la funcionalidad de grabación (DVR) en los decodificadores HD, acepta que mientras graba la programación nacional no podrá sintonizar o grabar los canales internacionales o viceversa.
u) El CLIENTE o ABONADO podrá solicitar la petición del traslado interno o externo del servicio de “Televisión por Suscripción” de acuerdo a sus necesidades y podrá gestionarlo por los diferentes canales de venta. El cliente deberá trasladar los equipos Decodifadores SD/HD, Tarjeta Inteligente, Controles remotos SD/HD, Cables RCA/HDMI, Disco DVR y Cable de poder a la nueva dirección y deberá coordinar una visita para el
traslado del servicio. "Para los clientes que mantienen el servicio en las Islas Galápagos únicamente cabe la petición de traslado externo entre las islas de esta región."
v) El CLIENTE o ABONADO acepta que CNT EP pueda gestionar en cualquier momento y sin ningún tipo de aviso la incorporación o eliminación de contenido a cualquiera de las grillas o planes contratados por el CLIENTE o ABONADO.
w) El CLIENTE o ABONADO acepta que mediante la firma de este documento podrá solicitar a través de los canales de comercialización de la CNT EP las señales de contenido y servicio de adultos, de acuerdo a las condiciones comerciales establecidas por la CNT EP, El CLIENTE O ABONADO tiene directa responsabilidad sobre la activación y visualización de este tipo de contenido, por lo que libera a la CNT EP de toda responsabilidad que se derive por el mal uso que se dé sobre este tipo de servicio. La CNT EP brindará al CLIENTE O ABONADO el servicio de CONTROL PARENTAL, mediante la configuración que se realizará desde el control remoto del usuario con la finalidad que el CLIENTE restrinja la señal o señales que no desea visualizar."
INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO: La CNT EP no incurrirá en responsabilidad por la interrupción de las señales del servicio ni por defectos o fallas en la calidad de las mismas, cuando tales hechos se deriven de situaciones de caso fortuito, fuerza mayor u otras circunstancias fuera de control de la CNT EP, tales como eventos naturales fuera de control, terremotos, incendios, inundaciones, guerras, conmoción interna, o cualquier acto ordena- do por autoridad civil o militar. Y otros, así como también las siguientes:
a) Deficiencias originadas por el transporte satelital de las señales.
b) Eventuales fallas en la transmisión de las señales ocasionadas por factores climáticos o técnicos que afectan la tecnología satelital utilizada.
c) Incorrecta instalación de los equipos necesarios para captar el Servicio por parte del CLIENTE o ABONADO o cualquier tercero que le preste dicho servicio.
d) Manejo inadecuado de los equipos utilizados para la recepción del Servicio por parte del CLIENTE o ABONADO o de terceros, en cuyo caso la responsabilidad será íntegramente del CLIENTE o ABONADO.
e) Actos de robo, vandalismo, terrorismo u otros similares.
f) La CNT EP tampoco incurrirá en responsabilidad por el contenido de la programación ni por las modificaciones o cambios en la misma.
g) Por fallas o cambios de la señal en origen, es decir cuando la señal de un canal no esté disponible por problemas en la emisión primaria del mismo en sus estudios o en el satélite de dicho canal.
El CLIENTE o ABONADO que contrate el servicio en el continente reconoce y acepta expresamente que la cobertura del Servicio que contrata con CNT EP se encuentra condicionada y limitada al territorio continental ecuatoriano, la geografía local y la factibilidad técnica de recepción de la señal.
El CLIENTE o ABONADO que contrate el servicio de televisión en las Islas Galápagos podrá hacer uso del mismo únicamente en el Archipiélago.
La información contenida en el presente anexo forma parte del “Contrato de Prestación de Servicios”. El CLIENTE o ABONADO declara haber leído, entendido y aceptado el contenido de dichas cláusulas en su totalidad, dejando constancia que los datos aquí declarados corresponden a la verdad y autorizan la CNT EP a verificarlos en caso lo considere necesario.
Firmado en la ciudad de..................................................................., a los…….....días del mes de….............................……de 20..…..….
Cliente
Nombres completos C.C
Por medio del presente instrumento, autorizo a , con cédula de ciudadanía No. , para que en mi nombre y representación suscriba el presente documento, el mismo que lo entiendo y lo acepto en todo su contenido.
Firma del cliente titular Firma de la persona autorizada
Nombres completos Nombres completos
C.C.