Contract
CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD (EN LO SUCESIVO EL “CONVENIO”) QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO PROMOTOR DE INVERSIONES EN TELECOMUNICACIONES (EN LO SUCESIVO “EL ORGANISMO”) REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA INGENIERA XXXXX DE XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL, Y POR LA OTRA PARTE, LA EMPRESA
(EN LO SUCESIVO “LA EMPRESA”), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL; Y A QUIENES SE LES PODRÁ DENOMINAR EN FORMA CONJUNTA COMO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. Declara EL ORGANISMO, a través de su representante que:
I.1. Es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (el “DOF”) el 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xx xx xxxxxx xxxxxxxxxx por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes “SICT” (antes Secretaría de Comunicaciones y Transportes), cuyo objeto es realizar las acciones tendientes a garantizar la instalación de la red pública compartida de telecomunicaciones y otras, para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones por sí, a través de terceros, o en asociación público privada de acuerdo con las funciones establecidas en el artículo 3° de su Decreto de Creación, a fin de impulsar el acceso efectivo de la población a la comunicación xx xxxxx ancha y a los servicios de telecomunicaciones.
I.2. Su Directora General cuenta con facultades suficientes para celebrar el presente Convenio de conformidad con lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 14 de su Decreto de Creación.
I.3. Señala como su domicilio para efectos del presente Convenio el ubicado en Xxxxxxx Xxxx, xxxxxx 000, Xxxx 00, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de México.
I.4. Se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, bajo el número OPI160314HH2.
II. Declara LA EMPRESA a través de su representante legal, que:
II.1. Su representada es una sociedad constituida de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos como consta en la escritura pública de fecha de de , otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número , , la cual ha quedado debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de , bajo el folio mercantil electrónico número el de de .
II.2. El (Representante legal), se encuentra debidamente facultado para actuar en su representación y obligarlo en los términos de este Convenio, lo que acredita con copia de la escritura número
de fecha de de , otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número , facultades que hasta la fecha no le han sido revocadas, modificadas y/o limitadas en forma alguna.
II.3. Que señala como domicilio para todos los efectos derivados del presente Convenio el ubicado en calle
.
II.4. Que está debidamente inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con cédula de identificación fiscal
.
III. Declaran LAS PARTES conjuntamente, que:
III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad con la que se ostentan a la celebración del presente Convenio.
III.2. Es su voluntad celebrar el presente Convenio con la finalidad de proteger la información confidencial propiedad de LAS PARTES que se lleguen a intercambiar con el objetivo de analizar y promover proyectos relacionados con el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones (en lo sucesivo “el Propósito”).
Con base en las anteriores declaraciones, LAS PARTES convienen en otorgar las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Se entiende por “Información Confidencial” toda aquella información escrita, o gráfica en cualquier tipo de medio, así como la contenida en medios electrónicos o electromagnéticos, que se encuentre identificada claramente por LAS PARTES, sus filiales o subsidiarias como confidencial. Dentro de este tipo de información se incluye, de manera enunciativa más no limitativa, información técnica, financiera, crediticia y comercial relativa a nombres de clientes o socios potenciales, propuestas de negocios, estrategias de negocios, estructura organizacional, estructura accionaria de las sociedades y de las partes integrantes de un grupo corporativo, los reportes, planes, proyecciones xx xxxxxxx, datos y cualquier otra información industrial, económica o comercial, junto con fórmulas, mecanismos, patrones, métodos, técnicas, procesos de análisis, marcas registradas o no registradas, nombres o avisos comerciales, signos distintivos, patentes, obras intelectuales, documentos de trabajo, compilaciones, comparaciones, estudios o cualquier otro u otros documentos preparados, conservados e identificados con carácter confidencial por LAS PARTES, sus filiales o subsidiarias.
De igual forma, se entiende como información confidencial aquella que se ubique en los supuestos establecidos para ser considerada con tal carácter, contenidos en el artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
SEGUNDA. OBJETO DEL CONVENIO
El objeto del presente Convenio es que LAS PARTES guarden estricta confidencialidad sobre la información propiedad de éstas, que se compartan entre sí ya sea de manera oral, escrita, por medios electrónicos, ópticos, electromagnéticos o por cualquier otro medio.
Se entenderá por Parte Receptora aquella que reciba “Información Confidencial” de la Parte Propietaria que será aquella dueña de la “Información Confidencial” entregada.
La Parte Receptora podrá utilizar la “Información Confidencial” única y exclusivamente para el propósito para el cual fue expresamente proporcionada y no podrá divulgarla ni utilizarla en forma alguna total o parcialmente, por sí o por interpósita persona, sin el consentimiento previo y por escrito de la Parte Propietaria de la información.
La información proporcionada con anterioridad a esta fecha, y que haya sido marcada como Confidencial, recibirá el mismo tratamiento a aquella información que se contenga bajo y con fecha posterior a la firma del presente.
Salvo en los casos expresamente establecidos en este Convenio, LAS PARTES se obligan a mantener rigurosamente en secreto y como confidencial la información de cada una de ellas, por lo que en ningún momento y bajo ninguna circunstancia podrán directa o indirectamente, divulgar, copiar, reproducir, alterar, revelar, o de cualquier otra manera hacerla del conocimiento de cualquier tercero en forma total o parcial, ni podrán explotar por sí o por interpósita persona, cualquier porción o la totalidad de la “Información Confidencial”.
No obstante, para los efectos de este Convenio, la Parte Receptora de la “Información Confidencial” estará exenta de guardar la confidencialidad respecto de aquella información que:
A) Xxxx sido puesta a disposición por un tercero, sin que esa divulgación quebrante o viole una obligación de confidencialidad de conformidad con este Convenio y las leyes aplicables de la materia.
B) Previamente a su divulgación fuese conocida por LAS PARTES, libre de cualquier obligación de mantenerla como Información Confidencial, según se evidencie por documentación que posea.
C) Sea o llegue a ser del dominio público o de carácter público con antelación o posterioridad a la celebración del presente Convenio sin mediar incumplimiento de este Convenio por alguna de LAS PARTES.
D) Haya sido desarrollada por cualquiera de LAS PARTES sin que dicha Parte haya tenido acceso a la Información Confidencial de la otra; y
E) Haya sido autorizada por la Parte Propietaria de la “Información Confidencial” para ser revelada, o que dicha Parte ya no la considere como “Información Confidencial” o privilegiada y así lo haya hecho saber.
Si a alguna de LAS PARTES se le solicitare o requiriere, por disposición xx xxx por parte de la autoridad judicial o administrativa competente a través de mandato escrito de conformidad con la legislación aplicable, como resultado de un procedimiento judicial o administrativo para revelar total o parcialmente la “Información Confidencial”, la Parte que haya sido requerida conviene en informar inmediatamente a la Parte propietaria de dicha información confidencial de tal requerimiento, lo anterior con la finalidad de que esta última tenga conocimiento de tal hecho, y si fuere el caso, esté en posibilidad de ejercer las medidas o recursos legales necesarios para una adecuada defensa si lo estima conveniente conforme a sus intereses.
Asimismo, la Parte Receptora se obliga a dar únicamente la “Información Confidencial” que le haya sido expresamente requerida por las autoridades judiciales o administrativas, haciendo su mejor esfuerzo para que en caso de que la autoridad no haya especificado el tipo de información requerida, realice el mejor método posible para afectar lo menos posible la obligación de no divulgar la “Información Confidencial”. Para estos efectos la Parte que sea requerida para entregar la información deberá incluir en su respuesta la especificación de que la misma se encuentra protegida y clasificada como Confidencial en términos del presente Convenio.
TERCERA. PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN
LAS PARTES reconocen que la “Información Confidencial” que manejen entre ellas es propiedad exclusiva de la Parte Propietaria que la otorgue.
Asimismo, la celebración del presente Xxxxxxxx no le confiere a ninguna de ellas respecto de la “Información Confidencial” de su contraparte, derechos., autorizaciones, permisos, o licencias de propiedad industrial o intelectual, sobre la misma.
Ninguna de LAS PARTES podrá elaborar copias de la “Información Confidencial” sin el previo consentimiento por escrito de la Parte Propietaria de la información.
CUARTA. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
LAS PARTES reconocen que, para los efectos del presente Convenio la “Información Confidencial” constituye un secreto industrial en términos del artículo 163 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, y por lo tanto, quedará sujeta a lo establecido por los artículos 164, 165, 166, 167, 168 y 169 de dicho ordenamiento legal, por lo que la Parte Receptora podrá utilizarla única y exclusivamente para el propósito para el cual le fue expresamente proporcionada y no podrá divulgarla ni utilizarla en forma alguna sin autorización expresa y por escrito de la parte que otorgó dicha información, siendo igualmente aplicable para tales efectos lo dispuesto por el artículo 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual establece que para que los sujetos obligados1 puedan permitir el acceso a información confidencial, requieren obtener el consentimiento de los particulares titulares de la información.
1 El Artículo 23 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece que son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder: cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los ámbitos federal, de las Entidades Federativas y municipal.
LAS PARTES sólo podrán revelar la “Información Confidencial” que mutuamente se proporcionen, a sus empleados, accionistas, asesores, subcontratistas, representantes o cualquier persona que la requiera en forma justificada y únicamente para el Propósito para el cual la Parte Propietaria la haya entregado.
LAS PARTES harán que sus empleados, accionistas, asesores, subcontratistas, representantes que tengan acceso o conocimiento de la “Información Confidencial”, la guarden y mantengan bajo dicho carácter, cumpliendo con las obligaciones de confidencialidad que aquí se estipulan. Lo anterior, en el entendido de que LAS PARTES deberán, en caso de ser necesario, celebrar todos aquellos contratos o convenios de confidencialidad a fin de que sus empleados, accionistas, asesores, subcontratistas, representantes o cualquier persona que la requiera justificadamente protejan la “Información Confidencial”.
Asimismo, cada una de LAS PARTES deberá capacitar a sus empleados, accionistas, asesores, subcontratistas, representantes con relación al uso y cuidado que deben guardar respecto de la “Información Confidencial”, así como darles a conocer los alcances de las obligaciones de confidencialidad contenidas en el presente documento.
LAS PARTES deberán proteger la “Información Confidencial” que les haya sido revelada, con el mismo grado de cuidado, pero nunca en grado menor al que emplean para proteger su propia Información Confidencial.
QUINTA. DEVOLUCIÓN DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
La Parte Propietaria de la “Información Confidencial” tendrá el derecho de exigir en cualquier momento a la Parte Receptora que dicha información sea destruida o devuelta, independientemente de que la misma se haya entregado o revelado antes o después de la celebración de este Convenio, en el entendido de que dicha destrucción o devolución no terminará con las obligaciones de confidencialidad señaladas en este Convenio.
SEXTA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Debido a que es posible que la “Información Confidencial” revelada por LAS PARTES para la consecución de algún posible contrato incluya datos personales o datos personales sensibles en los términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, es responsabilidad y obligación de cada una de LAS PARTES garantizar que cuentan con los mecanismos y procedimientos necesarios para proteger los datos personales de conformidad con los niveles que requiere dicha ley y las demás disposiciones derivadas de ésta.
Para efectos de esta cláusula, LAS PARTES comunican su aviso de privacidad mediante anexo a este instrumento.
SÉPTIMA. LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Queda exceptuado del presente Convenio aquella información considerada como reservada y/o confidencial de conformidad con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (las “Leyes”) salvo: (i) la información o documentos se hayan vuelto públicos por cumplirse alguno de los supuestos establecidos en las Leyes; (ii) como resultado de una
solicitud de información, exista una versión pública en la que se testen LAS PARTES o secciones clasificadas como confidencial o reservada; (iii) haya terminado el periodo para considerarla como tal señalado en el artículo
110 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, (iv) se haya obtenido el consentimiento del particular titular de la información.
OCTAVA. TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
En caso de que LAS PARTES den por terminadas sus relaciones de negocios o contractuales, sin importar la causa de dicha terminación, no las exime de cumplir todas las obligaciones a su cargo establecidas en el presente Convenio.
NOVENA. DAÑOS Y PERJUICIOS
Para el caso de que LA EMPRESA, incluyendo a sus respectivos empleados, filiales, agentes, asesores, representantes o cualquier persona que requiera en forma justificada la “Información Confidencial”, incumplan o violen alguna de las estipulaciones del presente Convenio, pagará a EL ORGANISMO, los daños y perjuicios debidamente probados que tal incumplimiento le ocasionen, en el entendido además que este último quedará facultado para ejercitar todas las acciones civiles o penales como en derecho mexicano proceda en contra de LA EMPRESA por haber divulgado la información.
No obstante, en caso de que el incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones del presente Convenio provenga de EL ORGANISMO, ya sea de sus consejeros, funcionarios, empleados, representantes o cualquier persona que requiera en forma justificada la “Información Confidencial” a nombre de éste, LA EMPRESA podrá reclamar los daños directos y perjuicios debidamente probados que tal incumplimiento le ocasionen, a través de los mecanismos establecidos en la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado y demás disposiciones aplicables.
DÉCIMA. NO CESIÓN
Sin excepción, ninguna de LAS PARTES podrá ceder los derechos y obligaciones que este Convenio le impone sin previo consentimiento por escrito de la otra Parte, el cual deberá constar en convenio escrito debidamente firmado por ambas partes, en el entendido que, cualquier cesión pretendida o realizada que no cumpla con este requisito, será nula.
DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA
El presente Xxxxxxxx entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y permanecerá vigente por un periodo de
( ) años contados a partir de dicha fecha.
Al término del Convenio, LAS PARTES seguirán obligadas a no divulgar o usar la “Información Confidencial” por un periodo de tres (3) años a partir de la fecha de terminación y a devolverse de inmediato todos los documentos y materiales de su propiedad que contengan “Información Confidencial” que con motivo de la celebración y ejecución del Convenio haya sido comunicada o entregada, así como a destruir cualquier copia de sus archivos electrónicos o de cualquier otra naturaleza que mantenga.
DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES
LAS PARTES acuerdan que ninguna modificación al presente Convenio será válida o tendrá efecto legal alguno a menos que conste por escrito mediante convenio modificatorio debidamente firmado por ambas partes especificando la naturaleza de dichas modificaciones.
DÉCIMA TERCERA. AVISOS Y NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones requeridas o permitidas bajo este Convenio deberán ser entregadas por escrito o vía electrónica y de manera indubitable, en los siguientes domicilios o direcciones de correo electrónico. Dichas notificaciones surtirán efectos cuando sean efectivamente recibidas por el destinatario o su representante:
EL ORGANISMO
Xxxxxxx Xxxx xxxxxx 000, Xxxx 00, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México.
LA EMPRESA
En caso de que cualquiera de LAS PARTES cambie de domicilio o de dirección de correo electrónico, se obliga a avisar a la otra Parte con al menos 15 (quince) días hábiles de anticipación a la fecha efectiva del cambio, mediante documento escrito debiendo obtener el acuse de recibo correspondiente.
DÉCIMA CUARTA. ACUERDO INTEGRAL
LAS PARTES acuerdan en sujetarse a los términos y condiciones del presente Convenio, dejando sin efecto cualquier otro acuerdo, obligación o comunicación entre ellas, sea verbal o escrita o contenida en algún medio electrónico o magnético que se hayan celebrado o emitido anteriormente en relación con el objeto de este Convenio.
DÉCIMA QUINTA. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLE
Para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, LAS PARTES se someten expresamente a las leyes y los tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros.
El otorgamiento y la ejecución del presente Xxxxxxxx, el intercambio de “Información Confidencial” y cualquier actuación de LAS PARTES al amparo del mismo no constituirá ni supondrá, en ningún caso, promesa, intención o compromiso de cualquiera de LAS PARTES de adquirir ningún producto o servicio de la otra, comercializar o
vender bienes o servicios de la otra Parte (ahora o en el futuro); distribuir o proveer cualquier producto o servicio; o de cualquier manera contratar o alcanzar cualquier tipo de transacción o acuerdo con la otra Parte.
Leído que fue el presente convenio por LAS PARTES y debidamente enteradas de su contenido y alcance legal, lo suscriben de conformidad y por duplicado, en la Ciudad de México, el de de .
ORGANISMO PROMOTOR DE INVERSIONES EN TELECOMUNICACIONES “EL ORGANISMO” |
“LA EMPRESA” |
ING. XXXXX DE XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX DIRECTORA GENERAL | APODERADO LEGAL |
ADMINISTRADOR DEL CONVENIO |
ANEXO
AVISO DE PRIVACIDAD PARA SOLICITUDES DE EJERCICIO DE DERECHOS DE ACCESO, CORRECCIÓN/RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN U OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES (DERECHOS ARCO) ANTE EL ORGANISMO PROMOTOR DE INVERSIONES EN TELECOMUNICACIONES.
El Organismo Promotor de Inversiones en Telecomunicaciones (PROMTEL), con domicilio en Xx. Xxxx, Xx. 000, Xxxx 00, Xxx. Xxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, es el responsable del tratamiento de los datos personales que proporciones toda persona que preste sus servicios como servidor público, los cuales serán protegidos conforme a lo dispuesto por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y demás normatividad que resulte aplicable.
¿Qué datos personales se recaban y para que finalidad?
Sus datos personales serán utilizados exclusivamente para dar atención a su solicitud de ejercicio de derechos ARCO ante este Organismo como responsable del tratamiento de los datos personales, así como con fines estadísticos. Para esto último, requerimos de su consentimiento, por lo que le solicitamos que indique a continuación si autoriza que sus datos personales sean utilizados con fines estadísticos, a fin de contar con información valiosa para mejorar nuestros servicios e implementar las medidas que resulten pertinentes para impulsar el ejercicio del derecho de protección de datos personales en nuestro país. Es importante señalar que las estadísticas que se generen no vincularán la información general con datos que hagan identificables a los
titulares:
□ Consiento que mis datos personales se utilicen con fines estadísticos.
□ No Consiento que mis datos personales se utilicen con fines estadísticos.
Para los fines antes señalados, se solicitan los siguientes datos personales: nombre completo del titular de los datos personales y, en su caso, del representante y de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones; condición particular del titular (persona menor de edad, en estado de interdicción o incapacidad legal –sensible o fallecida); datos y documentación proporcionados en la descripción de la solicitud de ejercicio de derechos ARCO que le dio origen; en su caso, documentos presentados para acreditar la identidad del titular y del representante, así como la personalidad de este último; documentos que se presenten en caso de que el titular sea una persona menor de edad, en estado de interdicción o incapacidad legal o fallecida (algunos de estos documentos podrían contener datos sensibles); lugar o medio para recibir notificaciones (correo electrónico o domicilio); datos adicionales de contacto (teléfono fijo o celular y correo electrónico); en su caso, nombre completo y domicilio xxx xxxxxxx interesado; en caso de que así lo proporcione, lengua indígena que hable (sensible) y especificaciones de las preferencias de accesibilidad (lugar de estacionamiento para persona con discapacidad, acceso para perros guías o animales de apoyo, apoyo de lectura a documentos, todos ellos sensibles); e información solicitada para fines estadísticos.
¿Dónde se pueden ejercer los derechos ARCO?
Usted podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de sus datos personales (derechos ARCO) directamente ante la Unidad de Transparencia de este Organismo en Xx. Xxxx, Xx. 000, Xxxx 00, Xxx. Xxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, o a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx, o comunicarse al teléfono 5513286500 ext. 002, o bien, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/
Fundamento para el tratamiento de datos personales
PROMTEL trata los datos personales antes señalados para dar atención a las solicitudes de ejercicio de derechos ARCO que se presenten, con fundamento en los artículos 48, 49, 51, 52, 85 y 86 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Transferencia de Datos
Se informa que no se realizarán transferencias de datos personales, salvo aquellas que sean necesarias para atender requerimientos de información de una autoridad competente, que estén debidamente fundados y motivados.
Cambios al aviso de privacidad
En caso de que exista un cambio de este aviso de privacidad, lo haremos de su conocimiento en el portal de PROMTEL xxxx://xxxxxxx.xxx.xx/
AVISO DE PRIVACIDAD
con domicilio ubicado en ; es la responsable del tratamiento y protección de sus datos personales, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento.
Los datos personales que recabamos del titular se utilizarán para llevar a cabo las siguientes finalidades principales, que son necesarias para prestación de los Servicios que solicitan:
- Análisis y desarrollo de servicios, así como su uso.
- Atender cualquier solicitud de derechos ARCO, de revocación o limitación del consentimiento interpuesto por el titular.
- Atender requerimientos legales de autoridades competentes.
- Atender y contactar al titular de datos para atender cualquier consulta y/o asunto relacionado con los servicios prestados.
- Cumplimiento de obligaciones legales, administrativas, comerciales y fiscales.
- Establecimiento de bases de datos de Clientes.
- Gestionar los procesos de pago instruidos del titular.
- Mejora de productos y Servicios.
Las finalidades secundarias no son necesarias para la relación contractual entre el cliente y
, para la prestación de los Servicios solicitados, sin embargo, nos permiten brindarle una mejor atención, tal como:
- Aplicación de encuestas post venta y sondeos de opinión para conocer el nivel de satisfacción con los servicios prestados.
- Asesoría, comercialización, promoción, contratación y colocación de servicios y productos complementarios.
- Campañas publicitarias y promociones.
- Desarrollo de nuevos productos y servicios.
- Hacer del conocimiento del titular, la gama de nuevos productos y servicios, así como beneficios, descuentos y promociones.
- Publicidad enfocada en los productos y servicios que ofrece .
- Realizar estudios xx xxxxxxx sobre el uso de los servicios de .
En caso de que usted no se oponga, será un signo inequívoco de su conformidad para el tratamiento de sus datos personales conforme a las finalidades descritas. La negativa para el uso de sus datos personales para las finalidades secundarias descritas no podrá ser un motivo para negarle la prestación de nuestros Servicios.