CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
INSTITUTO
DE INVESTIGACIONES
DE LA AMAZONIA PERUANA
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
(Ing. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx)
Conste por el presente documento, que se suscribe por triplicado, el Contrato de Locación de Servicios que celebran de una parte el INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA-IIAP, con Registro Único del Contribuyente (RUC.) Nº 20171781648, con domicilio en Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx.0.0 - Xxxxxxx, debidamente representado por el Jefe de la Oficina General de Administración Econ. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX, con DNI Nº 00000000 x por el Jefe de la Unidad de Personal Lic. XXXXXXXXX XXXXXX XXXX, con DNI Nº 00000000, a quien en adelante se le denominara “EL IIAP” y de la otra parte el Ing. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXX, con DNI Nº 00000000, y RUC. Nº 10054075818 con domicilio legal en Jr. Salaverry Nº 750 - Pucallpa, a quien en adelante se le denominará EL LOCADOR, en los términos y condiciones siguientes: -------------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERA: ”EL IIAP”, es un organismo autónomo, con personería jurídica de Derecho Público Interno, con autonomía económica y administrativa, encargada de promover el racional aprovechamiento de los recursos naturales y su industrialización para el desarrollo económico y social de la región; quien para el logro de sus fines institucionales en el marco de la Construcción del Laboratorio de Entomología, Pruebas Biológicas y Bioterio en el IIAP – Ucayali, meta 49 0000 “Construcción de Laboratorio”, requiere los servicios de un Profesional en Ingeniería para realizar las labores de Residente de Obra, en la Construcción del Laboratorio de Entomología, Pruebas Biológicas y Bioterio en el IIAP - Ucayali, para que desarrolle la actividad económica independiente.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: Mediante Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0164-2008-IIAP (Primera Convocatoria) se seleccionó como propuesta más conveniente la presentada por el “LOCADOR”, adjudicándose la Buena Pro el 10 de Noviembre del 2008, para la prestación los servicios independientes a que se contrae el presente contrato.-----------------------------------------------------------------------------------------
TERCERA: El objetivo del presente contrato es la de contar con los servicios de RESIDENTE, servicio que se realizarán durante la ejecución de las instalaciones físicas de la Obra, incluyendo, recepción y puesta en servicio; comprendiendo además la correcta elaboración de la liquidación de obra. La OGA facilitará lo que esté a su alcance para que el RESIDENTE pueda cumplir cabalmente sus funciones.------------------------------------------------------------------------------------------------
Funciones a Realizar:
A continuación se listan los servicios que serán prestados por EL RESIDENTE, los que no tienen carácter limitativo.
Funciones Generales
Tomar conocimiento de las características técnicas de la obra a ejecutar lo indicado y expresado en el expediente técnico, de acuerdo al proceso constructivo lógico y técnico. Llevar el control técnico-administrativo de los trabajos que ejecute la entidad; debiendo desarrollar el correspondiente cronograma de avance de la obra, especialmente en lo concerniente a la elaboración de la Ingeniería de Detalle, del Expediente de Replanteo y de los presupuestos adicionales o deductivos resultantes de dicho replanteo, cuya aprobación por parte del INSPECTOR y por parte de la Entidad, respectivamente; es pre-requisito para la ejecución de la obra física.
Mantener, corregir, implementar u observar el rendimiento de las partidas a ejecutar. Comunicar a la inspección sobre el cambio de personal por éste déficit de rendimiento de la mano de obra, proponer al personal de obra. Exigir el cumplimiento de los términos y de sus contratos de los sub-contratistas de mano de obra o de servicios de terceros. Controlar la calidad del suministro de materiales.
Llenar el Cuaderno de Obra al inicio de los trabajos. El Cuaderno de Obra estará bajo custodia del residente de obra, pero estará a disposición del INSPECTOR en cualquier momento; debiendo este tomar las medidas pertinentes para evitar anotaciones extemporáneas. El formato de las anotaciones los fijará el INSPECTOR; estando autorizados a suscribirlos con nombre completo y sellos, solo el Ingeniero INSPECTOR y el Ingeniero Residente. El RESIDENTE realizara las anotaciones solo que se refieran a ocurrencias extraordinarias, órdenes y consultas respecto a la obra. Todas las anotaciones deberán estar suscritas por ambos encargados.
Al Inicio de la Obra
Realizar un recorrido por el área de la obra y hacer el acta de entrega de terreno, exigir y verificar la instalación xxx xxxxxxx para los materiales; inspeccionar la ejecución del trazo topográfico y el Replanteo de Obra, someterlo a la aprobación de dicho replanteo al inspector e informar a la Oficina de Infraestructura sobre las variaciones habidas y recomendar las acciones a tomar. En esta etapa también se deberá exigir al residente cautelar la no afectación de áreas arqueológicas, propiedades privadas y del medio ambiente. En caso de ocurrir estos eventos, realizar las correspondientes regularizaciones.
Elaboración de la Ingeniería de Detalle, realizar las cotas iniciales verificando que concuerden con lo indicado en los planos. En esta etapa se deberá verificar las condiciones de sitio de las instalaciones, cautelando la seguridad contra riesgos de accidentes a sus trabajadores y terceras personas.
Mantener actualizado; conjuntamente con el inspector; el Calendario de Avance de Obra actualizado al inicio de obra, el calendario de adquisición de materiales. Elaborará el calendario detalladamente a nivel de partidas, donde se establezca la ejecución mensual que permita un análisis de los avances en los diferentes frentes de trabajo, debiendo ser concordante con los presentados en el expediente. El residente deberá tener visible un diagrama PERT-CPM y un diagrama xx xxxxxx (XXXXX) de todas las actividades que desarrollará.
Funciones Permanentes
Verificar, cuantificar y proyectar la cantidad y calidad de los materiales y equipos suministrados por la entidad, así como de su correcta utilización e instalación en la obra, verificando sus características, pruebas y controles requeridos en las Especificaciones Técnicas del proyecto. El control de calidad de los materiales se realizará en los almacenes del fabricante, durante su transporte, almacenamiento y después de montaje.
Presentar un adecuado almacenamiento de los equipos, maquinaria y materiales, asimismo controlar el programa de entrega de materiales anticipando faltas o demoras.
Realizar la ejecución de la obra en todas sus etapas, constatando que se ajusten a las especificaciones técnicas y planos del Replanteo.
Ejecutar en forma sistemática el avance físico de la ejecución de la Obra. El Residente deberá tomar las acciones necesarias en el caso que la obra comience a retrasarse respecto del programa de avance establecido inicialmente. En este caso, el INSPECTOR deberá a la brevedad posible, recomendar, por escrito las acciones a tomar para hacer expedita la obra. En caso necesario recomendará la reprogramación del saldo de obra para fines propios de ejecución más no para modificaciones contractuales salvo las previstas en la reglamentación vigente, de modo que se pueda concluir dentro del plazo contractual.
Revisar e informar en caso de necesidad de cambios de diseño que involucren obras complementarias y/o modificaciones al proyecto, el INSPECTOR conjuntamente con el RESIDENTE deberan fundamentar dichas modificaciones y presentar las recomendaciones respecto de dichos cambios de diseño para la aprobación de la OGA. Se deberá tener presente que solo el consultor que realizó el estudio definitivo deberá realizar las modificaciones del Proyecto, por lo que el INSPECTOR vía el Area de Coordinación de Proyectos, mantendrá comunicado al consultor sobre las deficiencias que se pudieran determinar del Proyecto, en cualquier etapa de su ejecución a fin que proceda al levantamiento de las observaciones y/o modificaciones que sea preciso realizar al mismo, a su entera responsabilidad.
Comunicar las incidencias expresarlas y/o anotarlas en el Cuaderno de Obra, debiendo emitir las respuestas pertinentes de inmediato y haciendo de conocimiento de la Entidad si las anotaciones afectan el cumplimiento del plazo contractual y del costo de la Obra.
Mantener una constante comunicación con la oficina de Coordinación de Proyectos y participar en las reuniones en las que se le solicite.
Remitir el tareo del personal, así como las planillas de pago.
Funciones Puntuales
Informar a la Inspección sobre la ejecución de las pruebas de fabricación de los equipos y materiales, debiendo aprobar y suscribir de los protocolos respectivos.
Realizar los métodos constructivos, incluyendo mano de obra, materiales y equipos a utilizarse.
Evaluar las solicitudes de cambio de personal e informar al Inspector para la aprobación correspondiente.
Sustentar de disminución de obra para la aprobación de la oficina de Coordinación de Proyectos. Las modificaciones que por necesidad de Obra serán elevadas al INSPECTOR, e informadas a la OGA y a la oficina de Coordinación de Proyectos para su autorización.
Sustentar los mayores metrados y adicionales que se pudiera durante el proceso de ejecución, analizando y abundando el fundamento técnico y los precios unitarios de partidas nuevas, y las ampliaciones de plazo de ejecución a que hubiera lugar.
Proponer los precios, cuando se presenten condiciones de trabajo diferentes a las previstas.
Realizar las plantillas de avance de obra mensuales y remitir las valorizaciones, ejecutando la correcta aplicación de las fórmulas polinómicas y determinación de los reajustes, comparando con los máximos montos permitidos en función al calendario programado de avance de obra.
Preparar informes de avance mensual de acuerdo con los requerimientos de la oficina de Coordinación de Proyectos. Los informes deberán, en forma breve y concisa, describir el avance de la obra y relacionarlo con los planes programados, los problemas observados y acciones para su solución, detallar las variaciones y/o cambios. Además deberá incluir en este informe los montos requeridos para las valorizaciones del siguiente mes considerando los cronogramas valorizados para la ejecución de la obra presentada por el residente.
De ser el caso proponer o realizar la solicitud de prórroga y/o reprogramación de obra, presentada por el residente y de acuerdo al sustento técnico-administrativo y el cumplimiento de los plazos y causales establecidos en la Ley y su Reglamento, presentar el informe técnico respectivo para la aprobación de la oficina de Coordinación de Proyectos.
Realizar otros servicios de ingeniería opcionales relacionados con el proyecto a solicitud de la oficina de Coordinación de Proyectos, previo acuerdo de las condiciones para la prestación de los mismos.
Pruebas y Recepción
Participar en la inspección final y pruebas de aceptación de la obra y de funcionamiento de los equipos y materiales previos a la puesta en servicio. En estas etapas, así como en la operación experimental deberá participar profesional especializado.
Estar a disponibilidad del Inspector y Coordinador de Obra para la aceptación del trabajo concluido, y la posterior puesta en servicio y recepción de la obra. Deberá elaborar y suscribir las correspondientes actas de recepción de la obra.
Firmar el Expediente Técnico, Planos, Conforme a Obra (replanteado) que incluya entre otros la Memoria Descriptiva Valorizada, Especificaciones Técnicas de Suministro de Materiales y Equipos, Especificaciones Técnicas, Planos Conforme a Obra, etc. presentados por el contratista.
Hacer conjuntamente con el Inspector la Liquidación de Obra, luego de presentado, revisar y presentar a la Entidad el informe correspondiente. De haber observaciones corregir dicha liquidación y/o elaborar otra para la aprobación de la Entidad.
De acuerdo a los Términos de Referencia que se adjunta y que forman parte integrante del presente contrato------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CUARTA: La duración del contrato es de tres meses (03) meses, que rige desde el 11 de Noviembre de 2008 hasta el 10 de febrero de 2009. -------------------------------------------------------------
QUINTA: “EL IIAP” abonará a “EL LOCADOR”, por sus honorarios profesionales el importe total de S/. 7,850.00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), por todo concepto; suma de la que se retendrá los impuestos que graven los ingresos de cuarta categoría y que será cancelada en tres armadas de acuerdo al porcentaje de avance de la obra, previa conformidad por parte del Especialista en Coordinación de Obras Civiles y del Jefe de la Oficina General de Administración.-----------------------------------------------------------------------------------------------
Por cada pago se le retendrá el 15% de lo facturado como fondo de garantía para la liquidación de la obra.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTA: "EL LOCADOR”, declara bajo juramento que no ha sido sancionado, despedido ni destituido de la Administración Pública ni de las Empresas del Estado, bajo el régimen de incentivos, ni haber cesado por causal de excedencia. Asimismo declara que no tiene parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, con los funcionarios de dirección que tengan injerencia directa o indirecta en el proceso en el que se ha definido su contratación, en el marco de la Ley Nº 26771. También declara que no tiene ningún tipo de incompatibilidad entre el ejercicio de cargo y el ejercicio independiente de profesional, asesor, perito, apoderado, representante, abogado, patrocinador o árbitro, en el marco de la Ley Nº 27588.-------------------------
SÉTIMA: Ambas partes convienen que tratándose de una prestación de Servicios Profesionales, “EL LOCADOR”, responderá por los daños y perjuicios que ocasione, si éstos se derivan de su dolo o culpa inexcusable.--------------------------------------------------------------------------------------------------
OCTAVA: Cualquiera de las partes podrá resolver el presente contrato, por incumplimiento de alguna obligación contractual en la que haya incurrido la otra, para ello se deberá requerir el cumplimiento de la obligación otorgando un plazo de cinco (05) días hábiles, si continuase el incumplimiento la otra parte podrá resolver el contrato en forma total o parcial. La resolución se formalizará a través de la recepción de la carta notarial respectiva.-------------------------------------------
La resolución por causa imputable a “EL LOCADOR” dará lugar a las sanciones que imponga CONSUCODE y al pago de los daños y perjuicios ocasionados.-----------------------------------------------
NOVENA: En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del presente contrato, se aplicarán las penalidades establecidas en el Art. 222º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. ---------------------
DÉCIMA: “EL LOCADOR” se obliga a no utilizar ni divulgar, total o parcialmente la información que haya obtenido durante la ejecución del contrato; asimismo, ambas partes convienen en que toda información o conocimiento generada en el desarrollo del servicio para el cual fue contratado, es propiedad del IIAP; en consecuencia, “EL LOCADOR” renuncia expresamente a todo derecho sobre propiedad intelectual que le pudiera corresponder y no podrá utilizar dicha información o conocimiento sin el consentimiento expreso y por escrito del IIAP. Esta disposición permanecerá aún vigente después de la terminación y/o resolución del contrato.-------------------------------------------
DÉCIMA PRIMERA: “El LOCADOR” declara bajo juramento cumplir y observar las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 002-2004-IIAP-P sobre “Normas de Transparencia en la Conducta y Desempeño de Funciones de los Trabajadores y Personas Naturales que prestan servicios en el IIAP”, asumiendo el compromiso de sujetarse a la citada norma, bajo responsabilidad.-----------------
DÉCIMA SEGUNDA: Las partes dejan constancia que el contrato es de naturaleza Civil, y se celebra al amparo del artículo 1764º del Código Civil; por lo que no existiendo subordinación, no genera vínculo o relación laboral entre las partes.------------------------------------------------------------------
DÉCIMA TERCERA: La partes acuerdan que cualquier controversia sobre la ejecución o interpretación del Contrato, deberá solucionarse por conciliación, de conformidad con lo establecido en los Artículos 272 y subsiguientes del Capítulo IV del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM.--------------
En señal de conocimiento y conformidad de todas y cada una de las cláusulas que conforman el presente contrato, las partes la firman por triplicado a los diez (10) días del mes de noviembre de 2008-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
“EL IIAP” “EL LOCADOR”
6
OFICINA OFICINA DE COORDINACIÓN
Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx. 0.0 Xx. Xxxxx Xx 0000
Teléfs. (065) 263451 – 263461 – 265515 Miraflores
Aptdo. 784 – Iquitos Telefax: (0000-0) 0000000 – 4445763
E-mail: xxxxxxx@xxxx.xxx.xx E-mail: xxxxxx@xxxx.xxx.xx
IQUITOS – PERU LIMA - PERU