Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE GESTIÓN DE LA FORMACIÓN COMPLEMENTARIA OBLIGATORIA “ACTIVIDADES FORMATIVAS EN IDIOMAS (INGLÉS)” CORRESPONDIENTES A LOS ITINERARIOS PARA LA MEJORA DE LA FORMACIÓN Y LA EMPLEABILIDAD DIRIGIDOS A JÓVENES POTENCIALES BENEFICIARIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL DENTRO DEL PROGRAMA “PUENTE GENIL EMPLEA JOVEN” PROMOVIDO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PUENTE GENIL EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO EMPLEO JUVENIL 2014-2020 (POEJ), COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO (FSE).
1.- INTRODUCCIÓN.
Mediante Resolución de 29 de enero de 2018, de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se resuelve la segunda convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo (FSE), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, le fue concedida al Ayuntamiento de Puente Genil una ayuda del FSE en el ámbito de Garantía Juvenil (ayuda AP-POEJ), para la cofinanciación del Proyecto Puente Genil Emplea Joven.
La reducción del desempleo juvenil constituye uno de los retos más importantes del Municipio de Puente Genil. En este sentido, el Consejo Europeo determinó que los Estados miembros que tuvieran acceso a los fondos de la Iniciativa de Empleo Juvenil, del Fondo Social Europeo, debían presentar antes de finales de 2013 un Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil.
El Real Decreto-ley 8/2014, de 0 xx xxxxx (XXX 000 de 5 de julio de 2014), de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, convalidado por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, establece en su Título IV, Capítulo I, el régimen de implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
El Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) tiene como finalidad principal que el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación que sean mayores de 16 años y menores de 30 años -según la modificación de la citada Ley 18/2014, de 15 de octubre, mediante la Ley 25/2015, de 28 de julio-, puedan recibir una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o periodo de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleados.
Por tal motivo, el Excmo. Ayuntamiento está interesado en contratar los servicios de asistencia técnica para la puesta en marcha, desarrollo y ejecución de las acciones del proyecto que se detallan en las siguientes estipulaciones.
2.- OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato es la prestación de servicios docentes externos, para el desarrollo
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xx xxx XXXXXXXXXXX FORMATIVAS IDIOMAS (INGLÉS), correspondiente a un total xx xxxx ediciones (dos por itinerario) que comprenden los itinerarios “Gastrociudad I”; “Gastrociudad II”; “La salud, la mejora de la vida y la atención a personas dependientes”; “Servicios a la comunidad I”; y “Servicios a la comunidad II” , con la finalidad de que las personas participantes (210 alumnos) adquieran un nivel elemental de comprensión oral y escrita y en expresión e interacción oral y escrita que permita a los alumnos intercambios comunicativos muy simples y controlados sobre temas familiares y habituales destinados a satisfacer necesidades de tipo inmediato, con hablantes que se esfuerzan en hacerse entender.
3.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Los contratistas estarán obligados a:
1. Ejecutar los servicios, de acuerdo con lo estipulado en este Pliego de Prescripciones Técnicas.
2. Cumplir con el calendario establecido para el desarrollo del itinerario. Los contratistas deberán ejecutar la totalidad del contrato y presentar las facturas correspondientes antes del 14 de diciembre de 2018.
3. Cumplir con las obligaciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, así como de Seguridad e Higiene en el Trabajo, tanto con el alumnado como con el profesorado que preste el servicio.
4. Tras la formalización del contrato, y dentro de los tres días siguientes a éste, el contratista deberá presentar relación detallada con nombre y DNI, de los formadores que van a prestar los servicios, junto con el currículum y copia cotejada de lo estipulado en el mismo.
5. Correrá por cuenta del adjudicatario indemnizar por los daños que se pudieran originar a terceros como consecuencia del desarrollo del itinerario formativo a impartir, tanto en su fase teórica, como de prácticas profesionales de empresa, para lo cual deberá suscribir un Seguro de Responsabilidad Civil, de acuerdo con lo requerido en el pliego de cláusulas administrativas.
6. Los contratistas deberán presentar facturas donde conste de forma clara el gasto de personal. No se aprobarán las facturas que no cumplan dicha especificación. De acuerdo a lo dispuesto en el art. 5. 1, a) de la Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación 2014-2020, en la factura emitida por el contratista, deberá detallarse el importe de los costes de personal que formen parte de la prestación del servicio, entendiéndose por "costes de personal" las retribuciones del personal directo que participe en la ejecución del proyecto (formadores, coordinadores, tutores). El resto de costes empleados para la realización de la acción formativa, no podrá superar el 40% de los costes de personal directo.
7. Obligaciones de custodia y sigilo:
a) El contratista y el personal a su servicio que tenga acceso o realice cualquier
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tratamiento con los datos de carácter personal, tendrá la consideración de “encargado del tratamiento” y el acceso a la información de carácter personal necesario para la realización de los trabajos no supondrá “comunicación de datos”, a efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
b) El contratista adoptará todas aquellas medidas de índole técnica y organizativa que resulten necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal, así como para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizados.
c) No aplicará ni utilizará los datos con fines distintos a los de realización de los trabajos objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
d) El resultado de las tareas realizadas, así como el soporte utilizado (papel, fichas, soportes, etc) pasaran a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil a la finalización del contrato.
8. Obligaciones de Publicidad.
Todas las actuaciones incluidas en este Pliego, al estar cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, a través de la Iniciativa de Garantía Juvenil deberán respetar lo establecido en el art. 20 del Reglamento 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo al Fondo Social Europeo, en lo que a materia de información y comunicación se estipule, debiendo cumplir los siguientes puntos:
a. El alumnado deberá ser informado en todo momento por el contratista de que la acción formativa está cofinanciada por el Fondo Social Europeo a través de la Iniciativa de Empleo Juvenil.
b. Todo documento o articulo relacionado con la ejecución de cada uno de los lotes y que sea destinado al público en general o a los participantes, incluidos los certificados de asistencia y vestuario, incluirá únicamente los logotipos del Fondo Social Europeo (incluyendo de forma expresa el siguiente texto “El Fondo Social Europeo invierte en su futuro”, y a la Iniciativa de Empleo Juvenil), así como del Ministerio de Presidencia y Administraciones Públicas, y el del Ayuntamiento de Puente Genil (dichos modelos serán facilitados por el Ayuntamiento, a través del personal técnico de Proyecto Puente Genil Emplea Joven
c. Las aulas donde se impartan las acciones formativas deberán contar con un cartel en tamaño de A4 del nombre de la acción formativa y los logos de quien lo financia. (El diseño será entregado por el personal técnico del Proyecto Puente Genil Emplea Xxxxx xx Xxxxxx Genil).
4.- CONDICIONES TECNICAS PARA LA IMPARTICION.
4.1 CONDICIONES GENERALES.
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La modalidad de formación a impartir será presencial.
La selección del alumnado será realizada por el Ayuntamiento de Puente Genil, mediante las correspondientes bases de selección. La fecha de finalización de los servicios a contratar no podrá ser posterior al 14 de diciembre de 2018, en ningún caso.
4.2 EQUIPO DOCENTE
El contratista deberá contar para la impartición de la acción formativa , con un equipo docente cualificado, que deberá formar parte de la plantilla o ser contratado de forma específica para ello (laboral o mercantilmente), debiendo cumplir los requisitos mínimos estipulados para la acción formativa.
Además de estos requisitos, el contratista deberá presentar curriculum del equipo docente dentro de los tres días siguientes a la formalización del contrato, junto con copia cotejada de lo estipulado en curriculum. Se validarán los mismos por el personal técnico adscrito al proyecto Puente Genil Xxxxxx Xxxxx. Las modificaciones que se pudieran producir durante la ejecución del contrato deberán ser validadas por el personal técnico del Proyecto.
4.3 AULAS Y OTROS ESPACIOS.
Las aulas y demás equipamientos deberán cumplir con las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, seguridad y prevención de riesgos exigidos por la legislación, así como las medidas de accesibilidad para personas con discapacidad.
4.4.- MATERIAL DIDÁCTICO
El contratista deberá entregar al alumnado la documentación y material correspondiente al contenido didáctico, respetando los derechos de la propiedad intelectual.
A la finalidad del Itinerario formativo, y previa a la finalización del contrato, se entregará una copia completa de todo el material al Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil
En todos los documentos que el contratista haya creado con respecto a la ejecución del objeto del contrato, deberá cumplir con lo estipulado en el art. 20 del Reglamento 1304/2013, relativo al Fondo Social Europeo, haciendo constar únicamente los logotipos contemplados en el apartado 3.9.b) de este Pliego.
5.-SEGURO DE LOS ALUMNOS
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El contratista, deberá suscribir una póliza de seguro para la acción formativa, debiendo incluir como mínimo datos sobre el número de alumnado asegurado y los riesgos cubiertos por dicha póliza que será entregada antes del inicio de la acción formativa, no pudiendo proceder al inicio sin su previa formalización.
En este concepto se incluye el importe de las pólizas o primas correspondientes a todo el alumnado asegurado por riesgo de accidentes que pudieran producirse como consecuencia de la asistencia a las acciones formativas. Asimismo, ha de cubrir los de trayectos de ida y vuelta al lugar de impartición de las acciones formativas. La póliza comprenderá, al menos, las siguientes coberturas:
Asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria.
Indemnización mínima de 30.000 euros por fallecimiento.
Indemnización mínima de 60.000 euros por invalidez permanente.
Lesión permanente no invalidante, según valoración oficial de prestaciones de la
Seguridad Social al respecto.
6.-CALENDARIO Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN.
El calendario de inicio y fin del itinerario formativo, así como las condiciones de ejecución del mismo, será supervisado por el personal técnico del proyecto Puente Genil Xxxxxx Xxxxx. El contratista presentará antes del inicio de la acción formativa al personal Técnico del Proyecto un cronograma, el cual solo podrá ser modificarse con autorización expresa.
6.1.-COORDINACIÓN TÉCNICA DEL ITINERARIO:
El contratista nombrará una persona Coordinadora, que será la responsable de la correcta ejecución del servicio contratado. Esta persona trabajará de forma conjunta con el personal técnico del Proyecto Puente Genil Emplea Joven y entre otras funciones deberán:
Asistir a la presentación de la acción formativa.
Coordinar al equipo docente implicado en el desarrollo del servicio a prestar.
Estar disponible para la resolución de problemas que pudieran darse en el desarrollo de la prestación
Asistir a las reuniones convocadas por el personal técnico del proyecto para el seguimiento de la marcha de la acción formativa.
6.2.-SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
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Por parte del personal técnico del Proyecto se realizará el seguimiento y control de la acción formativa, verificando el adecuado desarrollo, nivel de satisfacción, así como control de la documentación entregada y cumplimiento de la ejecución de los módulos formativos.
Con el fin de ejercer su responsabilidad y garantizar el buen desarrollo y calidad del servicio contratado, se establecen las siguientes normas de funcionamiento para el seguimiento y control del itinerario formativo:
El personal técnico responsable del Proyecto Puente Genil Emplea Joven tendrá la facultad de acceder periódicamente a las aulas en las que se imparte la acción formativa, con el fin de comprobar su desarrollo, así como el estado del equipamiento, herramientas y materiales fungibles que se están utilizando, para comprobar la ejecución del contrato.
Se celebrarán tantas reuniones como sean necesarias de coordinación y seguimiento para el buen desarrollo del servicio contratado.
El contratista realizará los informes que les sean solicitados por el personal del Proyecto referidos al desarrollo del Itinerario.
El contratista deberá implementar la acción formativa de acuerdo a lo estipulado en las bases reguladoras de los Itinerarios de las acciones formativas del Proyecto.
Se realizará el control de presencia diaria del alumnado por el contratista, debiendo comunicar de forma diaria las faltas al personal técnico del proyecto.
El parte de firmas permanecerá en el aula bajo la custodia del personal docente, junto con los justificantes de las faltas de asistencia convenientemente ordenados y archivados, y a disposición del personal técnico del Proyecto.
El contratista hará entrega semanalmente de los partes de control de asistencia y de los justificantes de ausencias de los alumnos/as al personal técnico adscrito al proyecto.
El contratista colaborará con el personal técnico adscrito al Proyecto en la recogida de los datos del alumnado y de toda la documentación que le requiera el/la técnico/a para el Procedimiento Administrativo.
Cualquier cambio o incidencia que se produzca durante la prestación del servicio y que pueda afectar al desarrollo del Proyecto, deberá ser comunicado de forma inmediata exponiendo el motivo, las razones que los justifican y las medidas que se pretenden adoptar.
Las evaluaciones del alumnado durante el desarrollo de la acción formativa se realizarán por el contratista conforme al sistema y modelos de evaluación establecidos en el Proyecto.
En la última semana de la acción formativa se deberá comunicar, tanto al personal del proyecto como al alumnado, la calificación final en términos de apto – no apto del alumnado, junto con los criterios utilizados y los resultados obtenidos en la evaluación final.
Antes del 14 de diciembre de 2018, (fecha máxima establecida para la ejecución del itinerario), el contratista, al finalizar la acción formativa presentará al Ayuntamiento de Puente Genil la siguiente
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documentación:
Original de los partes de asistencia, salvo los ya entregados, junto con la documentación justificativa de las faltas de asistencia.
Relación del alumnado que ha finalizado el curso.
Acta de evaluación firmada por el o los docentes, así como toda la documentación que sea generada por la acción formativa incluyendo pruebas teóricas y prácticas que haya realizado el alumnado a lo largo de la misma.
Memoria del Itinerario, según modelo que se entregara por el personal técnico del Proyecto.
El documento acreditativo de la entrega a los alumnos/as del material didáctico.
Material audiovisual donde quede constancia de la realización del itinerario, y de que se ha cumplido con las medidas de información y publicidad establecidas.
Cualquier otra documentación justificativa relacionada con el desarrollo de la acción formativa, que sea requerida por el Ayuntamiento de Puente Genil.
Una copia del material didáctico, y demás materiales, entregados al alumnado, para conservarla como Pista de Auditoria.
7.- EJECUCIÓN ACCIÓN FORMATIVA:
7.1. CONTENIDO
Familia profesional: FORMACIÓN COMPLEMENTARIA OBLIGATORIA
Área Profesional: IDIOMAS
Modalidad: Presencial.
Horas totales: 50 por edición (500 horas)
Xxxxxxx: se impartirán en días laborables, en horario de mañana o tarde con un máximo de 8 horas al día.
Fecha aproximada Inicio: octubre 2018.
Fecha aproximada Fin: diciembre 2018.
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Nº de alumnos/as: 210
Perfil de los/as alumnos/as: jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, no ocupados y no integrados en los sistemas de educación y/o formación, y que estén registradas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
7.2. PERSONAL DOCENTE
El contratista deberá presentar personal docente que cuente con experiencia profesional y formación académica suficiente y adecuada para la impartición de la acción formativa. En todo caso deberá tener alguna de las titulaciones que se especifican a continuación:
- Título de licenciado en Filología, o Traducción e interpretación de la lengua inglesa o título oficial de Educación Superior de Grado equivalente.
- Cualquier otro título oficial en el marco de la Educación Superior con la siguiente formación complementaria: Certificado o diploma de acreditación oficial de la competencia lingüística en Inglés de nivel C1 o C2 (MCERL)
- Titulación oficial de Educación Superior cursada en lengua inglesa, en su caso, con la correspondiente homologación.
7.3 AULAS Y OTROS ESPACIOS
Los espacios e instalaciones proporcionadas por el contratista darán respuesta a las necesidades formativas, teniendo en cuenta la normativa aplicable al área a la que pertenece, así como la prevención de riesgos laborales, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental exigidos en la legislación vigente y en el correspondiente certificado de profesionalidad.
7.4.- EQUIPAMIENTO Y FUNGIBLES
Equipamiento:
El contratista deberá aportar, como máximo a los tres días de la firma del contrato, descripción detallada (si se desea se pueden aportar fotografías) del equipamiento, utensilios, máquinas, herramientas y material necesario, así como de los manuales y/o documentación a entregar al alumnado, exigido en el certificado de profesionalidad
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8. PRESUPUESTO, PRECIO, CRÉDITO DISPONIBLE Y FORMA DE PAGO
1.- El presupuesto base de licitación a la baja, fijado en el informe redactado al efecto por la Sra. Economista Municipal de conformidad con lo establecido en el art. 100 de la LCSP es de CUARENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS (40.656 €) IVA incluido.
2.- El valor estimado del contrato a la baja según el mismo informe ascendería a la cantidad de TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS EUROS (33.600 €), IVA excluido ascendiendo este a la cantidad de SIETE MIL CINCUENTA Y SEIS EUROS (7.056€)
3.- El precio del contrato, que será del de adjudicación, se abonará con cargo a la partida 241.9.227.99
4.- A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los trabajos precisos según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte.
El pago del precio se realizará por meses vencidos, previa presentación por el contratista adjudicatario de la factura correspondiente con el visto bueno del Responsable del Contrato.
3.- A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los trabajos precisos según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte.
9.- SUSPENSIÓN DE ACTIVIDAD Y ABANDONO DE UN ENCARGO.
El Excmo. Ayuntamiento podrá suspender una actividad ya encargada motivada por la escasa inscripción de beneficiarios o causas de fuerza mayor, sin que por ello el adjudicatario pueda reclamar pago alguno o indemnización. Si la acción formativa estuviera iniciada se abonará al adjudicatario la parte proporcional de la misma efectivamente realizada, conforme al siguiente cuadro de precios a aplicar:
Precio hora/acción formativa | |
Formación en Inglés | 67,20€ IVA no incluido |
10.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.- (Max. 100 puntos)
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Será criterio para la determinación de la mejor oferta por orden decreciente de importancia y su ponderación los siguientes:
1. Precio: Menor precio ofertado: 100 puntos
En lo que se refiere al precio se otorgará la máxima puntuación (100 puntos) a la oferta más económica, y 0 puntos a la que se realice al tipo de licitación, puntuándose el resto de las ofertas mediante una regla de tres simple inversa con respecto a la oferta mínima, que se valorará con la máxima puntuación del siguiente modo:
100 x oferta mínima oferta
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