EN MI VIVIENDA
Para contratar un nuevo suministro eléctrico
EN MI VIVIENDA
Cédula de habitabilidad o Calificación definitiva VPO (Vivienda de Protección Oficial).
En caso de ser primera ocupación, Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) junto con el documento justificativo de la tramitación de instalaciones de baja tensión (o el documento acreditativo de la inscripción en el RITSIC).
En caso de ser segunda ocupación sin incremento de potencia, no es necesario aportar ningún documento justificativo de las condiciones reglamentarias de la instalación. (1)
Justo Título: escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, documento de compraventa, cesión de uso, etc. Referencia catastral del inmueble.
CIF, NIF o pasaporte. (2) Si el titular es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente.
Código IBAN de la cuenta corriente para la domiciliación de les facturas (3): Justificante que acredite la titularidad de la cuenta corriente.
EN LOCALES Y ZONAS COMUNES
En caso de ser primera ocupación, Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) junto con el documento justificativo de la tramitación de instalaciones de baja tensión (o el documento acreditativo de la inscripción en el RITSIC).
En caso de ser segunda ocupación sin incremento de potencia, no es necesario aportar ningún documento justificativo de las condiciones reglamentarias de la instalación. (1)
Justo Título: escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, documento de compraventa, cesión de uso, etc. Referencia catastral del inmueble.
Escritura de constitución en caso de sociedades y si es una comunidad, Acta de Constitución de la misma.
CIF, NIF o pasaporte. (2) Si el titular es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente.
Código IBAN de la cuenta corriente para la domiciliación de les facturas (3): Justificante que acredite la titularidad de la cuenta corriente.
EN PROVISIONALES DE OBRA
Licencia de obra en vigor emitida por el Ayuntamiento.
Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) junto con el documento justificativo de la tramitación de instalaciones de baja tensión (o el documento acreditativo de la inscripción en el RITSIC).
Escritura de constitución en caso de sociedades.
CIF, NIF o pasaporte (2). Si el titular es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente.
Código IBAN de la cuenta corriente para la domiciliación de les facturas (3): Justificante que acredite la titularidad de la cuenta corriente.
(1) Si el alta en segunda ocupación va acompañada de una modificación (ampliación de potencia, cambio de uso o modificación de la instalación), consultar el apartado “Qué documentación necesitas para modificar mi suministro eléctrico”.
(2) Los NIF o pasaportes solicitados se refieren siempre al titular del contrato.
(3) No se permitirá que el titular de pago sea distinto que el titular del contrato.
Para modificar mi suministro eléctrico
PARA MODIFICAR EL TITULAR DEL CONTRATO
JUSTO TÍTULO: escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, documento de compraventa, cesión de uso, etc. Escritura de Constitución en caso de sociedades. CIF, NIF o pasaporte (2). Si el cliente es una empresa deberá presentar el poder notarial o autorización correspondiente.
Código IBAN de la cuenta corriente para la domiciliación de las facturas (3): Justificante que acredite la titularidad de la cuenta corriente.
PARA UN CAMBIO DE POTENCIA, TENSIÓN Y/O ACTIVIDAD.
Cambio de tensión: Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) junto con el Documento justificativo de la tramitación de instalaciones de baja tensión (o el Documento acreditativo de la inscripción en el RITSIC) para cambiar de monofásico a trifásico. En el resto de casos se podrá aportar Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas.
Aumento de la potencia contratada:
1. Si la potencia resultante del aumento es inferior o igual a la Potencia Máxima Admisible de la instalación:
a) Si la instalación tiene una antigüedad inferior o igual a 20 años, no es preciso aportar documentación técnica.
b) Si la instalación tiene una antigüedad superior a 20 años la empresa Distribuidora ha de verificar la instalación. En el caso que esta verificación sea desfavorable el cliente debe realizar una adecuación de la instalación, que se ha de justificar con uno de los siguientes documentos:
i. Instalaciones con memoria técnica de diseño y potencias máximas admisibles hasta 20 kW: Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas. Cuando la adecuación dé lugar a una modificación de la instalación, el documento justificativo será el Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) junto con el Documento justificativo de la tramitación de instalaciones de baja tensión (o el Documento acreditativo de la inscripción en el RITSIC).
ii. Resto de instalaciones: inspección hecha por un organismo de control.
2. Si la potencia resultante del aumento es superior a la Potencia Máxima Admisible de la instalación: Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) junto con el Documento justificativo de la tramitación de instalaciones de baja tensión (o el Documento acreditativo de la inscripción en el RITSIC). Si es instalación con memoria técnica de diseño y la potencia resultante del aumento es inferior al 50% de la carga mínima regulada (según el tipo de local considerado) y a 20 kW, se acepta Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas (BRIE)
Disminución de potencia contratada: No es necesario aportar ningún documento justificativo de condiciones reglamentarias, salvo que la reducción de potencia exija realizar modificaciones en la instalación, en este caso es necesario aportar el Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) junto con el Documento justificativo de la tramitación de instalaciones de baja tensión (o el Documento acreditativo de la inscripción en el RITSIC) correspondiente a los cambios.
Cambio de uso de la instalación o reforma de importancia: Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (CIEBT) junto con el Documento justificativo de la tramitación de instalaciones de baja tensión (o el Documento acreditativo de la inscripción en el RITSIC).
CIF, NIF o pasaporte (1). Si el titular es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente.
PARA UN CAMBIO DE PRODUCTO O DAR DE BAJA EL SUMINISTRO ELÉCTRICO
Factura del suministro eléctrico o número del contrato.
CIF, NIF o pasaporte (1). Si el titular es una empresa deberá presentar el poder notarial o la autorización correspondiente.
(2) Los NIF o pasaportes solicitados se refieren siempre al titular del contrato.
(3) No se permitirá que el titular de pago sea distinto que el titular del contrato.