CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCION DE ALIMENTOS Y BEBIDAS BAJO LA MODALIDAD DE CONCESIÓN PARA EL CENTRO RECREACIONAL
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCION DE ALIMENTOS Y BEBIDAS BAJO LA MODALIDAD DE CONCESIÓN PARA EL CENTRO RECREACIONAL
PUNTA HERMOSA CAFAE-SE
1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : CAFAE-SE
RUC Nº 20155611147
2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio de atención de alimentos y bebidas bajo la modalidad de Concesión, a brindarse en:
1.- Pérgola de Ventas (en zona de juegos xx xxxx); y 2.- 02 Quioscos (en la zona de Piscina Mayor).
El servicio comprende solamente la venta de bebidas (alcohólicas y no alcohólicas), snacks, piqueos, sándwiches y entradas frías. No incluye, venta de menús, platos de fondo ni platos a la carta que no estén dentro de lo autorizado.
3. VALOR DE RETRIBUCIÓN
El valor referencial de retribución total al CAFAE-SE, asciende a S/. 20,000.00 incluido los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio.
La retribución se cancelará dentro de los 7 días de presentada la factura por CAFAE-SE y de manera fraccionada en cuatro armadas, de acuerdo al cronograma de pago siguiente:
- A la firma del presente contrato : S/. 6.000.00
- 31 de enero del 2019 : S/. 6,000.00
- 28 de febrero del 2019 : S/. 5,000.00
- 30 xx xxxxx del 2019 : S/. 3,000.00
IMPORTANTE:
• No existe un límite máximo o mínimo como tope para presentar las propuestas económicas, pero la mayor oferta tendrá 100 puntos en la evaluación económica.
La retribución mensual convenida corresponde a la cesión en uso de los siguientes ambientes:
1. Pérgola de venta en xxxx xx xxxxxx xx xxxx.
0. 00 xxxxxxxx xx xxxx xx Xxxxxxx Mayor.
4. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio será prestado en los puntos de venta del Centro Recreacional CAFAE-SE, sito en Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx. 00.0-Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, según los horarios especificados en los términos de referencia desde el del 30 de diciembre del 2018 al 21 abril 2019, en coordinación con la administración.
5. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Etapa | Fecha, hora y lugar | |||
Convocatoria | : | 11/12/2018 | ||
Registro de participantes | : | Del: 11-12-2018 Al: 17-12-2018 | ||
Xxxxxx Xxxxxx | : | Del: 11-12-2018 Al: 18-12-2018 | ||
Presentación de Propuestas | : | 19-12-2018 hasta las 05:30 p.m. Hora Exacta. Sede Central CAFAE-SE, Av. Xxxxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxx 102-106 San Xxxxxx (mesa de partes) | ||
Evaluación y otorgamiento Buena Pro | de | la | : | 20/12/2018 |
6. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Al siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxx-xx.xxx.xx
7. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica.
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica.
a. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
a) Declaración jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1).
b) Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos
(Anexo Nº 2).
c) Declaración jurada de aceptación a las condiciones del proceso. (Anexo Nº 3).
d) Declaración Jurada de Plazo de prestación del servicio (Anexo Nº 4).
e) Declaración Jurada del Postor que de salir ganador de la Buena Pro, se compromete a contratar un seguro contra accidentes al personal que laborará en CAFAE-SE.
Documentación de presentación facultativa:
a) Factor Experiencia del Postor: Copia simple de contratos u órdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 5,
referido a la Experiencia del Postor.
b) Documentación referente a la evaluación del personal propuesto. Acreditado con constancias y certificados que acrediten los años efectivos de prestación del servicio, evaluándose experiencias superiores a un año.
i. SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica - (Anexo Nº 6).
8. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnicas y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= 0.60
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= 0.40
9. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
a) Depósito de Garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el 20% de oferta ganadora. La cual garantizará en protección al total de bienes entregados al concesionario.
b) Correo electrónico para notificar la orden de servicio.
c) Copia de DNI del Representante Legal.
d) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa.
e) Copia del RUC de la empresa.
f) Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo del personal.
g) Xxxxxx contra Accidentes y Responsabilidad Civil.
10. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
10.1 En caso de incumplimiento de lo indicado en la calidad de los alimentos, según el numeral 1 del anexo Nro. 7, se procederá con las siguientes penalidades:
a. 1ra infracción | 0.10 UIT (S/. | 415.00) |
b. 2da infracción | 0.20 UIT (S/. | 830.00) |
c. 3ra infracción | 0.25 UIT (S/. | 1,037.50) y podrá resolver el Contrato |
La verificación, del cumplimiento la realizara la supervisión y/o administración del Centro Recreacional, llevando un Registro en el cuaderno de Incidencia en las revisiones semanal.
10.2 En caso de incumplimiento de las obligaciones del concesionario, según el numeral 5.1 y 5.2 referidos a obligaciones generales e higiene y salubridad, del anexo Nro.7 se procederán con las siguientes penalidades:
a. 1ra infracción | 0.10 UIT (S/. | 415.00) |
b. 2da infracción | 0.20 UIT (S/. | 830.00) |
c. 3ra infracción | 0.25 UIT (S/. | 1,037.50) y podrá resolver el Contrato |
La verificación, del cumplimiento la realizara la supervisión y/o administración del Centro Recreacional, llevando un Registro en el cuaderno de Incidencia en las revisiones semanal.
10.3 En caso que el incumplimiento genere daños a la salud y/o integridad física de los comensales, el concesionario deberá asumir los gastos del tratamiento requerido en clínicas/hospitales donde se encuentre el concesionario asegurado. Dependiendo de la gravedad del daño causado por negligencia comprobada, será causal de resolución de Contrato.
Serán penalizados sólo los daños en los que las responsabilidades del concesionario hayan sido debidamente probadas con informe de la supervisión y/o administración del Centro Recreacional. Asimismo, en el caso de presentarse una situación del tipo descrita en el presente literal, la penalidad será en principio la ejecución de la Garantía; la resolución del contrato quedará a criterio del CAFAE-SE. Sin perjuicio de lo antes mencionado, de efectuarse la ejecución de la garantía, el concesionario, deberá reponer la garantía, cuantas veces sea necesario.
10.4 El incumplimiento, por parte del Postor ganador de los términos de su Propuesta Técnica, serán penalizados:
a. 1ra infracción | 0.10 UIT (S/. | 415.00) |
b. 2da infracción | 0.20 UIT (S/. | 830.00) |
c. 3ra infracción | 0.25 UIT (S/. | 1,037.50) y podrá resolver el Contrato |
NOTA: La propuesta Técnica del Postor Ganador, forma parte integrante del Contrato, cualquier incumplimiento de su oferta, que no se haya estipulado en las penalidades anteriores, serán consideradas incumplimiento de contrato, por tanto, se aplicará la penalidad similar a la escala anterior.
Para efectos de aplicar las penalidades descritas en la presente Xxxxxxxx, el CAFAE-SE levantará un Acta en el Registro de ocurrencias, con los hechos que impliquen incumplimiento del presente contrato, la misma que deberá ser firmada por un representante de EL CONCESIONARIO.
El CONCESIONARIO será comunicado por escrito el incumplimiento cometido y de la penalidad en la que ha incurrido, haciendo mención del acta de supervisión correspondiente y del monto de la penalidad.
11. EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial del CAFAE-SE que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN | |
A. EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la prestación de servicios iguales y/o similares al objeto de la convocatoria, considerándose servicios similares a la prestación y expendio de alimentos y bebidas durante un periodo determinado de hasta cinco (5) años a la fecha de la presentación de la propuesta, hasta por un monto máximo de dos y medio (2.5) veces el valor referencial de la contratación. Acreditación: Tal experiencia se acreditará, mediante contratos y la respectiva conformidad por la prestación efectuada o mediante comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente mediante voucher de depósito, reporte de estado de cuenta y cancelación en el documento, con un xxxxxx xx xxxx (10) servicios en cada caso, prestados a uno o más clientes, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo de cada servicio que se pretende acreditar. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considerará la parte que haya sido ejecutada hasta la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntar la conformidad de la misma o acreditar su pago. | Mayor a 2 veces hasta 2.5 veces el valor referencial: 100 puntos Mayor a 1.5 vez hasta 2 veces el valor referencial: 60 puntos Mayor a 1 vez hasta 1.5 veces el valor referencial: 40 puntos |
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre | o Razón | Social | : | ||
Domicilio | Legal | : | |||
RUC | : | Teléfono : | Fax : |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Servicio de Concesionario para los dos quioscos y una pérgola de venta de alimentos y bebidas del Centro Recreacional de Punta Hermosa, del CAFAE-SE, de conformidad con los Términos de Referencia, las demás condiciones que se indican en el ANEXO Nº 7 de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Señores
COMITÉ ESPECIAL
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a prestar el Servicio de Concesionario de dos quioscos y una pérgola de venta de alimentos y bebidas del CAFAE-SE ubicado en Punta Hermosa, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS
CALENDARIO] días calendario.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 5 EXPERIENCIA DEL POSTOR
Señores
COMITÉ ESPECIAL
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL SERVICIO | N° CONTRATO / O/S / COMPROBANTE DE PAGO | FECHA2 | IMPORTE |
1 | |||||
2 | |||||
3 | |||||
4 | |||||
…… |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 6
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y los Términos de Referencia, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO | COSTO TOTAL [S/.] |
TOTAL |
La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 7
TÉRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
1. Calidad de los productos alimenticios:
Producto cárnico (res, cerdo, ovino,) y Pollo fresco: Se revisará la procedencia, fecha de producción y fecha de vencimiento.
Productos Hidrobiológicos: Pescado y Mariscos frescos, en buen estado de conservación según ficha técnica de los productos.
Toda la materia prima debe estar en perfectas condiciones de calidad y características organolépticas propias del ingrediente a utilizar verificados al momento de la preparación, será supervisada por el personal de la unidad de servicios alimenticios, según la ficha técnica de los productos.
Los condimentos y especias naturales, seleccionados, de buena calidad, en óptimo estado fitosanitario, deben contar con Registro Sanitario. Según ficha técnica del producto.
No se hará uso de ninguna forma ni manera del glutamato monosódico como aderezo de las preparaciones.
Las verduras, hortalizas, legumbres, bulbos, raíces, tubérculos, todos seleccionados de primera calidad, mantener un correcto almacenamiento y buen estado fitosanitario, según ficha técnica del producto.
Los alimentos de origen animal y vegetal industrializados deben proceder de industrias legalmente establecidas con sus respectivas autorizaciones sanitarias.
El aceite tendrá que ser vegetal y deberá ser usado una sola vez. (EL CONCESIONARIO deberá entregar el aceite usado después de la preparación). Durante la preparación de la fritura, se pueden tomar muestras de aceite directamente de la freidora para realizar los análisis correspondientes (% de compuestos polares) para ver la calidad del aceite.
Los embutidos a utilizar en las preparaciones deben tener registro sanitario y deben ser de una empresa legalmente constituida.
Las instalaciones serán proporcionadas por EL CAFAE-SE a EL CONCESIONARIO, quedando aquellas, a partir del Acta de Entrega de dichos bienes, bajo la exclusiva responsabilidad de EL CONCESIONARIO siendo de su cargo el mantenerlas en óptimo estado y buenas condiciones, salvo deterioro normal por uso, los cuales serán reportados por EL CONCESIONARIO a EL CAFAE-SE. Al final del servicio según el informe de un tercero (empresa especialista por tipo de equipo) contratada por EL CAFAE-SE si fuera el caso que el informe manifieste que los daños de la maquinaria fueron ocasionados por EL CONCESIONARIO, se procederá al cobro del costo de la reparación de los bienes dañados por el concesionario.
Toda mejora o modificación al ambiente de las Quioscos o Pérgolas de EL CAFAE-SE se efectuará a cargo de EL CONCESIONARIO; previa coordinación y autorización de la Administración del Centro Recreacional de EL CAFAE-SE.
2.- LABORES DE LA SUPERVISORA DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN POR PARTE DEL CAFAE-SE
Los servicios de alimentación que se ofrezcan serán supervisados a través de una Supervisora o a quien designe para esta función designada por EL CAFAE-SE, la cual desarrollara labores de inspección, vigilancia y verificación permanente. Una evaluación general basada en evidencias y hallazgos registrados en formatos y en el Registro de ocurrencias que serán firmados in situ por la Supervisora y EL CONCESIONARIO siendo de esa forma registrada para la evaluación del servicio y la mejora continua
La supervisión realizará también desarrollará las siguientes funciones:
- La calidad y conservación de los alimentos será evaluado permanentemente por la Supervisora de EL CAFAE-SE, desarrollando auditorías inopinadas las cuales serán registradas en formatos que serán entregados a la Administración del Centro Recreacional de EL CAFAE-SE para su evaluación correspondiente.
- Queda establecido que el Supervisor de EL CAFAE-SE designado en el párrafo anterior, tendrá las facultad de poder ingresar a cualquier ambiente del área otorgada en Concesión para el cumplimiento de las facultades delegadas, debiendo EL CONCESIONARIO brindar las facilidades de manera inmediata a la persona citada para el cumplimiento de sus fines.
- Desarrollará labores de inspección, vigilancia y verificación permanente.
- Desarrollará labores de evaluación sensorial de las preparaciones elaboradas.
- Una evaluación general basada en evidencias y hallazgos registrados en formatos y en el libro de ocurrencias que serán firmados in situ por la Supervisora y EL CONCESIONARIO siendo de esta forma registrada para la evaluación del servicio y la mejora continua.
Control de Calidad:
- Se controlará la calidad de los insumos durante la recepción de la materia prima, durante la preparación de los alimentos y del producto terminado, de acuerdo a las especificaciones técnicas de las bases y el contrato vigente.
- Se realizarán Auditorias al contratista cuando lo crea conveniente EL CAFAE-SE.
- EL CONCESIONARIO debe entregar la programación y opciones de platos el cual deberá estar debidamente firmado y sellado con una semana de anticipación para su aprobación al día siguiente por la Administración del Centro Recreacional de EL CAFAE-SE.
- El Supervisor de EL CAFAE-SE efectuará chequeos a las condiciones higiénicas y sanitarias del servicio y de los manipuladores de alimentos de EL CONCESIONARIO
- Se verificará el cumplimiento de los horarios de atención, así como la preparación y temperatura de los alimentos.
- Durante la supervisión se tomará fotografías y grabará videos en forma permanente de todos los ambientes durante todo el servicio, con filmaciones que serán tomados como evidencia de los hallazgos encontrados de labor que desarrolla el contratista.
Los alimentos que forman parte de los platos deben ser de primera calidad al ingresar al almacén, durante su estancia en el almacén y antes de la preparación de los platos se deben mantener en buenas condiciones.
CAFAE-SE encargará a un laboratorio acreditado, efectuar los análisis fitosanitarios, fisicoquímicos y/o proximal, microbiológicos de los alimentos las veces que estime conveniente la Supervisión o la Administración de la Sede, estos análisis se realizarán en fecha no avisada al contratista. Se detallan los análisis que pueden ser solicitados:
- Análisis Microbiológico de los platos ofrecidos.
- Análisis Proximal y/o fisicoquímico de los platos ofrecidos.
- Análisis microbiológico de Superficies inertes (tazas, soperas, charolas, mesas y otros).
- Análisis microbiológico de Superficies vivas (manipulador de alimentos).
El Supervisor de EL CAFAE-SE verificará permanentemente la calidad del aceite de la freidora y de considerarlo necesario, solicitara se tome una muestra la misma que será enviada al laboratorio, para analizar los COMPUESTOS POLARES, este resultado servirá como evidencia de para verificar la calidad del aceite y sobre todo que este aceite sea de un solo uso y no reutilizado
Adicionalmente, el Supervisor de EL CAFAE-SE podrá efectuar los controles de los platos preparado con un Laboratorio acreditado por DIGESA:
Análisis proximal (análisis fisicoquímico a los alimentos todas las veces que estime necesario EL CAFAE-SE).
Análisis microbiológico de las superficies vivas todas las veces que estime el Supervisor (mano del manipulador de alimentos).
Análisis microbiológico de superficies inertes (charolas, tazas, soperas, cubiertos y otros utensilios de cocina).
Análisis microbiológico de los alimentos, las veces que estime necesario el Supervisor de El CAFAE-SE.
Si los resultados de los análisis microbiológicos superan el requisito de la norma de criterios microbiológicos, será porque el personal de EL CONCESIONARIO no está cumpliendo con las buenas prácticas de manipulación de alimentos, no está cumpliendo con limpiar y desinfectar adecuadamente todos los ambientes concesionados (pisos, paredes, techos, mesas, ventanas, cocina, equipos, utensilios, mesas de trabajo, lavaderos, anaqueles, cámaras de refrigeración, tablas de picar, refrigeradoras, etc.)
El laboratorio acreditado tomará muestras para los análisis respectivos, las veces que estime conveniente la supervisión, sin previo aviso al contratista.
3.- SUPERVISIÓN DE EL CAFAE-SE AL CONCESIONARIO
Procedimiento para supervisar
La supervisión se realizará inopinadamente cargo del Supervisor, durante la supervisión se tomara fotografías, se filmara, se hará presente los hallazgos encontrados a un representante de EL CONCESIONARIO, (Para cual deberá designar por escrito e informar a la Administración del Centro Recreacional) y se procederá a registrar en el registro de ocurrencias los hallazgos encontrados las evidencias será firmado por la Supervisora de EL CAFAE-SE y el representante de EL CONCESIONARIO, si el representante se niega a firmar el libro de ocurrencias se dejara constancia en el libro la negación de la firma.
Una copia de los resultados de los análisis: proximal, bromatológico, superficies inertes, superficies vivas serán pegadas en el libro de ocurrencias y estos resultados servirán como evidencia para verificar si EL CONCESIONARIO está cumpliendo con las BPM.
El Supervisor deberá levantar un Acta en el Registro de Ocurrencias, con los hechos desarrollados en el día, que impliquen incumplimiento de las Bases y el Contrato, la misma que deberá ser firmada por un representante de EL CONCESIONARIO (el Administrador o en su defecto el Nutricionista), en caso que algunas partes se negaran a firmar el libro de actas se procederá a registrar la negativa de la firma respectiva. Luego de registrado las ocurrencias de la supervisión en el Libro de Actas, en el caso que EL CONCESIONARIO se negará a firmar el libro de actas se procederá a registrar la ocurrencia y describir que EL CONCESIONARIO se negó a firmar el libro de actas.
El Supervisor de EL CAFAE-SE, realizaran encuestas (personales o por medio xxx xxxxx de sugerencias) a los comensales que servirán para calificar la calidad del servicio que brinde EL CONCESIONARIO.
El libro de ocurrencias y los informes de ensayos de los laboratorios servirán a EL CAFAE-SE
como evidencia para sancionar a EL CONCESIONARIO por incumplimiento del contrato.
La calidad y conservación de los alimentos será evaluado permanentemente por la Supervisora, velando porque el servicio brindado guarde las condiciones nutricionales, en base a los platos ofertados por EL CONCESIONARIO y otros que se elaboren en coordinación con EL CAFAE- SE.
4.- OBLIGACIONES DE EL CAFAE-SE
a. Entregar el local a ser utilizado por EL CONCESIONARIO, así como los equipos y muebles existentes, los mismos que al término del contrato deberán ser devueltos en iguales condiciones, sin más desgaste que el producido por el uso normal.
b. Supervisar las operaciones de EL CONCESIONARIO, a fin que éstas se realicen en forma normal y en perfectas condiciones de salubridad. Asimismo, EL CAFAE-SE se reserva el derecho de inspeccionar todos los vehículos, equipos y suministros de EL CONCESIONARIO, así como los efectos personales de los servidores a su cargo; por su parte, el personal de seguridad y vigilancia de EL CAFAE-SE efectuará la revisión correspondiente tanto al ingreso como al retiro de dicho personal de los ambientes de EL CAFAE-SE, de conformidad con las Normas Internas de Vigilancia y Seguridad de la institución.
c. Proporcionar a EL CONCESIONARIO los ambientes de los dos Quiosco y la Pergola como cocinas, zona de atención, almacenes y otros, durante la vigencia de este contrato, para una eficaz y eficiente prestación del servicio.
d. Ceder a EL CONCESIONARIO el uso temporal de ambientes para su personal, siendo de cargo y responsabilidad de EL CONCESIONARIO el cuidado y mantenimiento de las instalaciones de dichos ambientes.
e. Un laboratorio acreditado efectuará los análisis bromatológicos y microbiológicos que se requieran del servicio que presta EL CONCESIONARIO. Una copia del resultado se entregará a EL CONCESIONARIO, dentro de la semana siguiente de efectuado el control. El día para dichos controles será determinado por EL CAFAE-SE y en fecha no avisada a EL CONCESIONARIO. Los resultados que se obtengan en dichos controles motivarán, de ser el caso, la aplicación de las normas establecidas en el Código Sanitario.
f. Si de la totalidad de los análisis, en la tercera inspección se encontrase alguna anormalidad, el costo será asumido por EL CONCESIONARIO integrante. Si el resultado de la totalidad del análisis es conforme, el costo será asumido por el CAFAE-SE.
5. OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO EL CONCESIONARIO se encuentra obligado:
5.1 OBLIGACIONES GENERALES
Por el presente documento, EL CONCESIONARIO se obliga ante EL CAFAE-SE, a brindar a sus clientes, personal docente y personal administrativo, en forma eficaz y eficiente, el servicio de preparación de alimentos y bebidas, considerando dicho servicio en los siguientes rubros:
a. Debe suministrar alimentos a los clientes, personal docente y personal administrativo, debe ser elaborado con productos de primera calidad.
b. Debe prestar las facilidades para desarrollar las labores de supervisión del servicio prestado y firmar todos los hallazgos comprobados en las fichas de registro.
c. Debe atender el servicio en los horarios siguientes:
De lunes x xxxxxxx:
Quioscos de Piscina: 10:00 a 18:00 hrs. Xxxxxxx xx Xxxx de Juegos: 10:00 a 22:00 hrs.
d. EL CONCESIONARIO deberá mantener accesible a CAFAE la documentación que acredite la adquisición de los productos mediante Factura y/o Boletas, Tickets u otro documento validado por la SUNAT.
e. La provisión de los productos perecibles (cárnicos, frutas y verduras) debe ser en su estado natural y el traslado de los productos congelados en cajas térmicas, manteniendo la cadena de frio, especialmente acondicionadas para dicho fin y envío de los productos manufacturados adecuadamente envasados.
f. EL CONCESIONARIO debe cumplir con todo lo referido a la higiene, salubridad, cantidad, participación y condiciones laborales como la presentación de los Carnet de Sanidad vigentes de su personal.
g. Es obligación de EL CONCESIONARIO en caso se genere daños a la salud y/o integridad física de los comensales, asumirá los gastos ocasionados por el tratamiento requerido en una clínica/hospital.
5.2 HIGIENE Y SALUBRIDAD:
a. El CONCESIONARIO debe cumplir con el TITULO IV: CAPITULO V y ART. 49,50,52,53,55 y 56 con el CAPITULO VII y ART. 62 y 64 del DS Nº007-98-SA Reglamento sobre vigilancia y control sanitario de alimentos y bebidas. Además, seguir los lineamientos de la Norma Sanitaria Para El Funcionamiento De Restaurantes y Servicios Afines Resolución Ministerial Nº 363-2005/Minsa.
b. El Concesionario al inicio del servicio debe presentar a la Supervisora, el carnet de Sanidad del personal a su cargo, documentos vigentes. Los certificados deberán ser expedidos por organismos oficiales competentes y asimismo el personal nuevo que ingrese deberá presentar este requisito antes que comience su labor como manipulador.
c. EL CONCESIONARIO debe cumplir con la aplicación de las Buenas prácticas en la manipulación de los alimentos (BPM), Aplicación de los principios generales de higiene, Aplicación de los POES (Procedimientos operacionales estándar de limpieza y desinfección), con el único fin de garantizar la INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS, que no son negociables.
d. EL CONCESIONARIO debe mantener los equipos e instalaciones cedidas en uso, en buenas condiciones higiénicas y de salubridad reduciendo los riesgos de contaminación y operativos.
e. EL CONCESIONARIO es responsable xxx xxxxxx y desinfectado de vajillas utilizadas durante el servicio detergentes no residuales (jabón líquido), en cantidad suficiente para asegurar la desinfección de las cubiertos, charolas, tazones y tazas, etc.
f. EL CONCESIONARIO es responsable y debe garantizar que sus operarios manipuladores de alimentos cumplan con los artículos 49,50,52,53 y 55 del capítulo V, Título IV del Decreto Supremo Nº007-98-SA y los lineamientos de la Norma Sanitaria Para El Funcionamiento De Restaurantes Y Servicios Afines Resolución Ministerial Nº 363-2005/Minsa.
g. EL CONCESIONARIO es responsable y debe cumplir con la Limpieza y Desinfección del local inmediatamente después de terminar el trabajo de la jornada o cuantas veces sea conveniente, deberán limpiarse minuciosamente los pisos, las estructuras auxiliares y las paredes de las zonas de manipulación de alimentos.
h. EL CONCESIONARIO debe tomar las precauciones que sean necesarias para impedir la contaminación Cruzada del alimento con las salas de proceso, equipo y los utensilios se limpien o desinfecten con agua y detergente o con desinfectante y no se hayan enjuagado adecuadamente. Los desinfectantes deben ser apropiados al fin perseguido, debiendo eliminarse después de su aplicación cualquier residuo de modo que no haya posibilidad de contaminación de los alimentos.
i. EL CONCESIONARIO debe asegurar una correcta disposición de los residuos sólidos, provenientes de la preparación de comidas, contando para ello con recipientes en buen
estado de conservación, tapa oscilante, ruedas y con bolsa de plástico. También deberán realizar una correcta disposición final de los mismos. Para el caso de los residuos de alimentos no consumidos por los comensales provenientes del Restaurante, así como los sobrantes de comida no servida, deberán ser inutilizados, con vinagre y recolectados en depósitos similares a los citados en el párrafo anterior, cuya disposición final será de entera responsabilidad de la EL CONCESIONARIO.
5.3 RESPONSABILIDADES:
a. EL CONCESIONARIO asume plena y exclusiva responsabilidad frente a los reclamos y obligaciones relacionados con el servicio contratado, que se deriven de los controles de calidad y del estado sanitario de los alimentos que expende. Para tal fin ambas partes acuerdan expresamente que todos los reportes sobre los alimentos servidos, su composición general y valores dietéticos, así como las incidencias ocurridas durante la prestación del servicio sean reportadas en un libro de ocurrencia, en el cual se efectuarán todas las anotaciones antes referidas, en forma diaria; dicho libro estará en poder de la Administración del Centro Recreacional de EL CAFAE-SE, pudiendo EL CONCESIONARIO solicitar las anotaciones que estime conveniente.
b. En caso que se generen daños a la salud y/o integridad física de los comensales, EL CONCESIONARIO deberá asumir los gastos del tratamiento requerido en clínicas/hospitales donde se encuentre el concesionario asegurado. Dependiendo de la gravedad del daño causado por negligencia comprobada, será causal de resolución de Contrato. El gasto generado debidamente sustentado, se descontará de cualquiera de las Facturas y/o liquidaciones pendientes de pago.
c. EL CONCESIONARIO es responsable directo del personal destacado para la prestación del servicio contratado, no existiendo ningún vínculo de dependencia laboral con EL CAFAE-SE.
d. EL CONCESIONARIO debe cumplir con el pago de las remuneraciones, de acuerdo a las normas laborales vigentes, de su personal destacado, así como de todos los importes, que por el pago de tales remuneraciones pudieran devengarse por conceptos xx xxxxx sociales, beneficios sociales, indemnizaciones por tiempo de servicios, tributos, etc.
e. EL CONCESIONARIO queda estrictamente prohibido de servir:
i. Alimentos fríos cuando se trate de comidas calientes.
ii. Alimentos semi crudos.
iii. Alimentos guardados cocidos del día anterior.
iv. Alimentos contaminados y/o en condiciones antihigiénicas.
v. Alimentos adulterados y/o descompuestos.
f. El personal de EL CONCESIONARIO debe cumplir con los siguientes requisitos sanitarios:
i. Debe acreditar buen estado de salud por medio del carnet de sanidad vigente.
ii. El personal manipulador de alimentos debe estar capacitado en la manipulación de alimentos antes de hacerse cargo de sus funciones por EL CONCESIONARIO.
iii. EL CONCESIONARIO debe cumplir con la Base legal siguiente:
• DS Nº 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control de Alimentos y Bebidas.
• Resolución Suprema Nº019-81-SA/DVM norma de establecimiento y funcionamiento de servicios de alimentación colectivo.
• Norma Sanitaria Para El Funcionamiento De Restaurantes Y Servicios Afines Resolución Ministerial Nº 363-2005/Minsa.
• NTS Nº071-MINSA/DIGESA-V.01 norma sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano.
• Ley de Inocuidad de los alimentos D.L. Nº1062 y su reglamento.
EL CONCESIONARIO al inicio de la ejecución contractual, presentará los nombres y apellidos, profesión y/o especialidad de su personal profesional, técnico y auxiliar responsables de la ejecución del contrato.
El personal responsable del servicio vestirá uniforme limpio y completo (dos mudas como mínimo que serán supervisados por la Administración del Centro Recreacional de EL CAFAE-SE). Uniformes que deben mantener en buen estado de conservación. Según la función que realice, debe cambiar de ropa, tantas veces como su presentación lo requiera, o se lo exija la Supervisora.
El personal del EL CONCESIONARIO debe cumplir con las siguientes normas de conducta:
1. Pulcritud, buen servicio y orden personal en todo momento.
2. Puntualidad y confiabilidad.
3. Respeto y cortesía con los usuarios (buen trato al usuario).
4. El manipulador debe practicar estrictamente buenos hábitos de higiene personal, como el baño diario, el afeitarse diariamente, uñas recortadas y limpias, pelo recortado.
5. Durante las labores de manipulación de alimentos evitara estornudar directamente sobre estos, así como escupir, fumar, rascarse la cabeza, o introducir los dedos en la nariz, en general en cualquier otra actitud que pueda ocasionar la contaminación de alimentos.
6. El manipulador de alimentos debe usar en todo momento los elementos de protección personal destinados al área de preparación de alimentos como: Cotona, nasobucal, guantes, botas de seguridad, mandiles. Además, deben mantenerlos en buen estado de conservación e higiene.
7. Todo manipulador de alimentos deberá lavarse las manos de la siguiente manera:
• Antes de iniciar la manipulación de alimentos
• Inmediatamente después de haber usado los servicios higiénicos.
• Después de toser o estornudar utilizando las manos o pañuelo.
• Después de rascarse la cabeza u otra parte del cuerpo.
• Después de manipular cajas, envases, bultos y otros artículos contaminados.
• Después de manipular alimentos crudos como carnes, pescados, mariscos, etc.
Después de barrer, trapear pisos, recoger y manipular recipientes de residuos, limpiar mesas de la zona de atención, tocar dinero y todas las veces que sea necesario.
Serán excluidos de las labores de manipulación de alimentos, todo aquel que sufra de enfermedades infecto-contagiosas que pueden ser vehiculizados por los alimentos como: tuberculosis, tifoidea, disentería amebiana, diversas salmonelosis, difteria, hepatitis infecciosa, resfriado común, influenza, enfermedades venéreas, faringitis, laringitis, micosis, infecciones y parasitosis de la piel y manos; y heridas infectadas.
A EL CAFAE-SE no le corresponde ninguna responsabilidad en casos de accidentes, daños, mutilaciones, invalidez o muerte de los trabajadores de la Empresa contratada o terceras personas, que pudiera ocurrir en la ejecución del contrato, por acción o como consecuencia del mismo.
El personal del concesionario deberá tener una experiencia mínima de dos años en servicios similares. Adicionalmente, los Postores deben contar con personal mínimo suficiente para atender los servicios de preparación de alimentos, lavado y desinfectado de utensilios, menajes y cubiertos, así como la limpieza de ambientes y zonas de atención.