Contract
Madrid, 11 xx xxxxx de 2021
En virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso xx xxxxxxx y en el artículo 228 del texto refundido de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 3/2020 del segmento de negociación BME Growth de BME MTF Equity, Mondo TV Iberoamérica,
S.A. (en adelante, la “Sociedad” o “Mondo TV Iberoamérica”) pone en conocimiento la siguiente,
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
Tal y como se anunció el pasado 26 xx xxxx de 2021, el tipo de canje de la fusión inversa entre Mondo TV Iberoamérica y Mondo TV Producciones Canarias se plantea de modo que no se verán afectados los derechos económicos de los accionistas de la Sociedad Absorbida (Mondo TV Iberoamérica), los cuales, tras la fusión, serán titulares de acciones en la Sociedad Absorbente (Mondo Tv Producciones Canarias, S.L) en la misma proporción en la que lo eran de la Sociedad Absorbida. La sociedad resultante de la fusión inversa se denominará Mondo Tv Studios, S.A., que será la sociedad que cotizará en BME Growth.
Se comunica que se ha decido proponer un valor nominal de las acciones de la sociedad fusionada de 0,05 € cada una, siendo la cifra de capital social total resultante de un millón de euros dividido en 20 millones de acciones de tal valor nominal unitario. La ecuación de canje resultante supondrá la entrega de acciones de la nueva sociedad cotizada Mondo Tv Studios, S.A. según la relación de canje de 1 acción ordinaria por cada 2,967743 acciones ordinarias de la actual sociedad cotizada Mondo Tv Iberoamérica, S.A. La diferencia que en cada caso resulte por el redondeo de la ecuación de canje, le será compensada en efectivo a cada accionista.
La fusión propuesta se enmarca en un proceso de reestructuración y reorganización de las actividades del grupo y tiene por objeto organizar de manera más eficiente el grupo, aprovechando los recursos de manera centralizada y coordinada, de cara a optimizar la gestión y su aprovechamiento.
Señalamos a continuación los principales hitos del proceso:
1.- La celebración de la Junta General de Accionistas de Mondo TV Iberoamérica. En dicha Junta General, está previsto que se aprueben también, entre otras cuestiones el acuerdo de fusión.
2.- La publicación del acuerdo de fusión en el BORME y en un diario de gran circulación de cada una de las provincias del domicilio social de las sociedades fusionadas (Madrid y Santa Xxxx de Tenerife).
3.- Ejercicio del derecho de oposición de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha de inserción del proyecto de fusión en la página web de la sociedad o del depósito de ese proyecto en el Registro Mercantil y no estuviera vencido en ese momento, los cuales podrán oponerse a la misma hasta que se les garanticen tales créditos. El plazo para el ejercicio de tal derecho es de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
4.- El otorgamiento de la escritura pública de fusión.
5.- La inscripción en el Registro Mercantil de la fusión inversa, momento al que queda postergada la eficacia de esta, y tras la que se producirá el canje en los términos anteriormente referidos.
Se publicará en los próximos días una información relevante por parte de la Compañía informando de la operativa asociada a la materialización del canje y otros aspectos de la operación.
La información comunicada ha sido elaborada bajo la exclusiva responsabilidad de la Sociedad y sus administradores. Quedamos a su disposición para cuantas aclaraciones precisen.
Dña. Xxxxx Xxxxxxx Fois
Secretaria del Consejo de Administración MONDO TV IBEROAMÉRICA, S.A.