EXP.- 2016-CAD-5
EXP.- 2016-CAD-5
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS Y TRABAJOS DE EXCAVACIÓN, TRANSPORTE Y GESTIÓN DE MATERIALES EXCAVADOS CON PCBs PROCEDENTES DE LA ACTUACIÓN DE SANEAMIENTO DE SUELOS EN EL SECTOR “REMENTARIÑE”.
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto llevar a cabo la ejecución de las obras, trabajos y servicios de rehabilitación medioambiental del ámbito de la parcela nº 30 del Barrio de San Xxxxxx –Sector Residencial “Rementariñe”, en el Municipio de Derio (Bizkaia), según se establece en el Plan de Excavación redactado y en la Resolución del órgano ambiental que aprueba dicho Plan de Excavación, de manera que a la finalización de dichos trabajos se pueda obtener la correspondiente Declaración de Calidad del Suelo definitiva por parte del órgano ambiental de la CAPV, de acuerdo a la Ley 4/2015, de 25 xx Xxxxx, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.
Todo ello de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente y con el contenido de la proposición seleccionada, que tendrán carácter contractual, y considerando la legislación vigente en materia de suelos y residuos, tales como:
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
- Ley 4/2015, de 25 xx xxxxx, para la prevención y corrección de la contaminación del suelo.
- Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
- Decreto 199/2006, de 10 de octubre, por el que se establece el sistema de acreditación de entidades de investigación y recuperación del suelo y se determina el contenido y alcance de la investigación de la calidad del suelo a realizar por dichas entidades.
- Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos.
- Real Decreto 1378/1999, de 27 xx xxxxxx, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y los aparatos que los contengan, modificado por el Real Decreto 228/2006.
- Real Decreto 833/1988, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos
- Real Decreto 952/1997, por el que se modifica el reglamento para la ejecución de la ley 20/1986 básica de residuos tóxicos y peligrosos.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo mixto de de obras y servicios tal y como los definen los artículos 6, 9 y 12 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
Código CPV-08 Construcción: 45112340-0.....................................
Código CPV-08 Transporte: 60100000-9
1
PLAZO
El plazo total de ejecución de los trabajos, contado a partir del día siguiente al de la formalización del contrato, y en todo caso, dentro del plazo de un mes desde la fecha de formalización de aquél, comenzará a correr el mismo, cuya duración, dada su finalidad, será de entre uno y siete meses, en función de las necesidades y ritmo de los trabajos de excavación y demás actuaciones previstas, siendo el contrato susceptible de prórroga expresa y mutuamente acordada, sin que la duración total de éste pueda exceder de doce meses.
El contratista estará a disposición de la Dirección Técnica designada por el Ayuntamiento de Derio para facilitar datos o celebrar consultas que resulten necesarias en relación con el objeto del contrato.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del plazo citado, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración.
VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO
El valor estimado de este contrato es de 189.750,00euros, de los que
- Trabajos de rehabilitación de suelos y gestión: 133.750,00 Euros
- Servicios de transporte de tierras: 56.000,00 Euros.
Su presupuesto es de 229.597,50 euros de los que 189.750,00 corresponden a la base imponible y 39.847,50 euros al I.V.A.
Este importe podrá ser mejorado por los licitadores.
FINANCIACION.
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año 2016.
El presente contrato estará financiado por las cuotas de urbanización que deberá abonar el propietario único de la actuación, Altamira Santander Real State, S.A., Grupo Banco Santander, S.A., según se acredita en el expediente.
FORMA DE PAGO
El adjudicatario, mensualmente, y en los primeros días de cada mes, presentará el correspondiente documento cobratorio por los importes devengados por su actuación en el mes anterior. Si dicha facturación recibe la conformidad de la Dirección Técnica, el pago de su importe se realizará, previa fiscalización por la Intervención de Fondos, en el plazo legal establecido en la Ley 15/2010, de Modificación de la Ley de Morosidad, desde la fecha de la facturación aceptada.
2
REVISION DE PRECIOS
En el presente contrato no procederá la revisión de precios tal y como se acredita en el expediente.
En ningún caso, se admitirán modificaciones ni cambios en el precio ofertado que no sea consecuencia de aclaraciones o ajustes realizados a iniciativa del Ayuntamiento de Derio o por exigencia del órgano medioambiental competente.
GARANTIAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por la cuantía, equivalente al 5% del importe de adjudicación, excluido el IVA.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento del Ayuntamiento, y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, el Ayuntamiento no procederá a la formalización del contrato.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
EJECUCION DEL CONTRATO
Como condición para la participación en este procedimiento las empresas licitadoras y/o subcontratistas deberán contar con los permisos y autorizaciones pertinentes, tanto en materia mediaomabiental, como de transportes y gestión de los residuos correspondientes.
A continuación se exponen las características y las prescripciones básicas de obligado cumplimiento durante el objeto del presente contrato.
Condiciones generales
El adjudicatario designará un responsable de contrato, figura que actuará de interlocución con el Ayuntamiento y la Dirección facultativa para todas las obligaciones que se fijan en este Pliego. Esta figura deberá estar localizable en todo momento durante la vigencia del contrato.
El servicio deberá tener la suficiente flexibilidad y capacidad de respuesta para asegurar la continuidad de los trabajos en las obras adaptándose al ritmo de ésta.
Condiciones de retirada de las tierras
3
Los vehículos y personal del adjudicatario que accedan a las obras seguirán estrictamente las indicaciones y procedimientos existentes (maniobras, estacionamiento, velocidad, esperas, carga y descarga, identificación, control…etc.).
En materia de seguridad laboral se seguirá lo indicado por la persona y/o empresas designadas como coordinadores y/o responsables de estas actividades.
La propiedad entregará al adjudicatario la información en materia de prevención de riesgos laborales donde se incluyen evaluación de riesgos, comunicados internos…etc. El adjudicatario entregará dicha información a todas las empresas transportistas debiendo incluirla con sus comunicados expresamente aceptados en la documentación del transporte.
La capacidad de los vehículos de transporte será mínimo de 20 toneladas de carga.
En cada retirada se entregará un albarán donde, como mínimo, se recogerán los siguientes datos:
Fecha (día y hora) de la recogida,
• Naturaleza de la mercancía.
• Peso y ticket de báscula.
• Agencia de transporte indicando nombre y domicilio social de la misma en caso que fuera subcontratada por el adjudicatario.
• Nombre y DNI del conductor
• Matrículas del camión y remolque.
• Origen de la retirada.
• Destino de la retirada.
• Firma del transportista y de la persona autorizada.
Los camiones llegarán totalmente vacíos de carga.
Todos los datos relativos al transporte y gestión de los materiales deberá ser introducidos por el contratista en el sistema IKS-eeM, Sistema de Gestión Integral de la Información Medioambiental del Gobierno Xxxxx.
Condiciones de transporte de las tierras
Los vehículos llevarán la documentación y equipamiento marcado en la normativa vigente. En caso de faltar algún elemento, la descarga no se iniciará hasta que el conductor y/o el transportista lo aporten.
El adjudicatario garantiza que los transportes utilizados para la recogida y el transporte de las tierras, durante la vigencia del presente contrato, estarán en perfectas condiciones para efectuar la gestión del servicio contratado. Ello incluye la limpieza de la bañera, el buen estado de cierres, toldos, enganches, etc.., así como la perfecta estanqueidad de las
4
bañeras. El transportista revisará el cierre de la bañera antes de su partida, así como de cualquier otro aspecto que pueda afectar a la seguridad de la carga durante el transporte hasta su destino.
Si la Propiedad o la Dirección de Obra considera que el vehículo no cumple las condiciones para efectuar la carga con seguridad lo comunicará al adjudicatario para que lo corrija, debiendo éste excluir temporalmente dicho transporte hasta que no subsanen las deficiencias, quedando inhabilitado en dicha carga.
La capacidad máxima autorizada del vehículo deberá ser la adecuada según la cantidad máxima de tierras a retirar.
Condiciones de la gestión de las tierras
El adjudicatario queda responsable de la gestión de las tierras retiradas, debiendo gestionarlas de acuerdo con la legislación vigente, y disponiendo de todos los permisos necesarios.
Cualquier daño, incidencia o sanción derivada de la incorrecta gestión de las tierras en el transporte, gestión y aplicación será responsabilidad del adjudicatario, corriendo por su cuenta la reparación de los daños causados y asumiendo las sanciones, penalizaciones e indemnizaciones que correspondan.
Las actividades de la gestión se realizarán según lo indicado en el pliego de prescripciones técnicas incluido en el Plan de Excavación y en la Resolución de la Viceconsejera de Medio Ambiente del Gobierno Xxxxx, de 24 xx xxxx de 2010, por la que se autoriza la excavación de materiales en el emplazamiento indicado, atendiendo a la normativa vigente y demás documentos del proyecto.
Durante la ejecución de las actividades de gestión de residuos se cumplirán todas las medidas de seguridad aplicables.
El adjudicatario será responsable de los defectos que en la prestación contratada puedan advertirse.
Cuando el adjudicatario, o personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el órgano de contratación podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá sus responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos y al control y vigilancia de sus empleados.
Estas condiciones tienen el carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el art. 118.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del contrato a los efectos señalados en el art. 223.f).
En todo caso, la ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, que ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente, a través de sus propios medios o de los que designe, habilitando asimismo para ello al propietario responsable de la actuación “Altamira Santander Real
5
State, S.A.”, que ha designado a tal fin a la mercantil “Xxxxx y Somosierra Consultores”, S.A..
OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, así como, en todo caso, de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artÍculo 107 del TRLCSP y siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación.
Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista.
La modificación del contrato no podrá realizarse con el fin de adicionar trabajos o prestaciones complementarios a los inicialmente contratados, ampliar el objeto del contrato a fin de que pueda cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del mismo, o incorporar una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente.
RECEPCION DE LOS TRABAJOS Y PLAZO DE GARANTIA
En el plazo máximo de 30 días desde la finalización de los trabajos objeto del contrato se producirá el acto formal y positivo de recepción de los mismos, que se llevará a cabo previo informe de la Dirección Técnica y con la conformidad del órgano medioambiental competente.
Asimismo, se establece un plazo de un año a contar desde la fecha de recepción formal, que se fija como garantía a los efectos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Durante este plazo de garantía el contratista será responsable por los defectos o vicios que puedan manifestarse en los trabajos o prestaciones realizadas.
6
Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de la Administración quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, tanto del plazo total como, en su caso, de los plazos parciales, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de penalidades en la proporción de 0,20 euros diarios por cada 1.000 del precio del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
INCUMPLIMIENTO DE LA EJECUCION PARCIAL DE LAS PRESTACIONES
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, el Ayuntamiento podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de una penalidad equivalente al 10 por 100 del precio total del contrato.
CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO
En caso de cumplimiento defectuoso de los trabajos objeto del contrato, el Ayuntamiento podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del mismo
.
INCUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
En caso de incumplimiento de las condiciones de ejecución de carácter medioambiental establecidas en la cláusula 8, el Ayuntamiento podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS DE SOLVENCIA
En caso de incumplimiento de la obligación de adscribir los medios materiales o personales señalados por el contratista en su oferta, en virtud de lo dispuesto en la cláusula 20, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del presupuesto del contrato.
14. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223, 237 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Además de éstas, podrán también motivar la resolución del contrato, las siguientes:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
- El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación, sin perjuicio de las penalidades que, en su caso, se pudieran imponer.
7
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección del Ayuntamiento de Derio o del órgano medioambiental competente.
- El incumplimiento de la obligación del adjudicatario de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- La manifiesta incompetencia en la ejecución de los trabajos objeto del contrato.
- El incumplimiento de los requisitos de calidad.
- El abandono de los trabajos objeto del contrato y prestaciones inherentes o la falta de diligencia debida en la ejecución de los mismos.
La introducción de modificaciones en la composición de los equipos sin autorización previa así como la utilización para la realización de los trabajos de personal que no reúna las condiciones establecidas los Pliegos o en su caso las ofertadas por el adjudicatario.
15 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden al Ayuntamiento las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato y la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
1.- Criterios de apreciación automática:
- Precio .- 60 puntos.
La valoración se efectuará mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Vx= 60 x ((PL - OEx) / ( PL - OEMB))
La puntuación se redondeará al entero más cercano
8
Abreviaturas:
PL presupuesto de licitación
OEx oferta económica de la empresa X OEMB oferta económica más baja
Vx valoración de la empresa x
2.- Criterios sujetos a juicios de valor, que se valorarán previamente a los de apreciación automática:
a.- Ubicación de los vertederos del material a tratar (5p), dándose una mayor puntuación a aquellos que garanticen un flujo continuo de materiales
b.-Capacidad diaria de gestión de materiales admisible del residuo que nos ocupa (5p) c.-Capacidad diaria de transporte de materiales desde las obras al lugar requerido (10p)
d.-Compromiso de adecuar la capacidad de transporte a las necesidades de la obra en caso de que existan variaciones en el ritmo de la misma (10p). Se valorará muy especialmente la renuncia económica por paradas del transporte o de la carga del mismo y un sistema que garantice tanto los aumentos de ritmo de la obra como su ralentizaciones. Se deberá describir dicho sistema y las obligaciones de cada parte (10p).
El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en los artículos 85 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por referencia al conjunto de ofertas válidas que se hayan presentado.
17. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de contratación estará compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx
Vocales: Xx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xx xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.
Secretario/a de la Mesa: X. Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx.
18. APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 20.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra
9
algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
19. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el área de Urbanismo de este Ayuntamiento, de 9,00 a 13,00 horas, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Bizkaia y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Estas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Derio en el horario indicado, durante el plazo de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el referido anuncio.
Esta licitación se anunciará, asimismo, en el perfil de contratante del órgano de contratación, cuyo acceso se podrá realizar a través del siguiente portal informático o página web:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xx-XX/Xxxxxxxxxxxx/Xxxxxx-Xxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/xxxxxxx.xxxx
En este mismo lugar se podrá tener acceso a los pliegos y a la documentación complementaria.
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos ocho días antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 158.3 del TRLCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como si se justificase que las ofertas solamente pueden realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por télex, fax o telegrama.
El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
10
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
20. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C) en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS Y TRABAJOS DE EXCAVACIÓN, TRANSPORTE Y GESTIÓN DE MATERIALES EXCAVADOS CON PCBs PROCEDENTES DE LA ACTUACIÓN DE SANEAMIENTO DE SUELOS EN EL SECTOR “REMENTARIÑE”
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último
11
recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Solvencia.:
A) La solvencia técnica del licitador se acreditará mediante:
Una relación suscrita por el representante legal del licitador de los principales trabajos relacionados con el objeto de la presente licitación efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, grado de ejecución, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
En relación con los medios señalados, los requisitos mínimos de solvencia que deberán reunir las empresas para este contrato concreto, y cuya falta darán lugar a su exclusión, serán los siguientes
I.- Haber llevado a cabo, al menos, durante los últimos cinco años, dos trabajos de remediación/recuperación de suelos contaminados que acumulen al menos 300Tm (Necesario acreditar aportando copias de expedientes transfronterizos o certificados de ejecución de obra)
II.- Acreditar lo siguiente:
- Una capacidad mínima de transporte de materiales: 500 toneladas/día
- Una capacidad mínima de admisión en el vertedero: 800 toneladas/día
La acreditación de la solvencia técnica se complementará, además, con los medios materiales o personales que los licitadores especifiquen en sus ofertas, cuya adscripción al contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el artículo 64.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del mismo a los efectos señalados en el art. 223.f).
Las proposiciones deberán especificar, además, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del contrato.
Se excluirán aquellas ofertas que no aporten documentación justificativa de estar acreditadas por el Gobierno Xxxxx.
III.- Acreditar lo siguiente:
Autorización de gestor o AAI a su nombre, que le habilite para gestionar residuos con PCB en el momento de licitar
IV.- Acreditar lo siguiente:
Tener abiertos TFT para exportar los materiales con PCB vigente a la hora de licitar, con avales financieros a su cargo suficientes para la exportación y con plazo suficiente para cubrir la duración estimada de la obra
12
V.- Acreditar lo siguiente:
Compromiso expreso de asumir la titularidad del residuo cuando sale de obra, es decir, será responsabilidad suya todo movimiento del residuo una vez abandone la obra, sí como de asumir en su precio los costes derivados de un eventual acondicionamiento a realizar al residuo para posibilitar su adecuada gestión ( % humedad, tamaño partícula, envasado, …)
VI.- Acreditar lo siguiente:
Seguro de Responsabilidad Civil a su nombre, en cuya póliza se indique explícitamente que no se excluyan daños asociados a PCB, con una cobertura igual o superior a 0,5 mill. €
VII.- Acreditar lo siguiente:
Documentación del transportista que lo homologue para el transporte de dichos materiales, en concreto para transportar con ADR UN3432, clase 9, acreditando igualmente seguro para el transportista que no excluya riesgos asociados al PCB. Se deberá acreditar la inscripción del transportista en el registro de transportistas del Gobierno Xxxxx, así como, en su caso, autorizado para el transporte transfronterizo de residuos con PCB.
B) La solvencia económica y financiera del licitador, se acreditará mediante la presentación del justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, no inferior a la cantidad de 200.000,00 Euros.
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP.
i) Memoria explicativa de los trabajos a realizar.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a) y b) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el artículo 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente
13
El sobre “B” se subtitulará “CRITERIOS DE VALORACION QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR” y contendrá los documentos referidos a los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor, señalados en la cláusula 16 de este pliego.
El sobre “C” se subtitulará “PROPOSICION ECONOMICA Y CRITERIOS DE VALORACION AUTOMATICA” y contendrá los siguientes documentos:
a) Relación de precios unitarios, en su caso.
b) Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. También se podrá presentar dicha documentación en fotocopia simple, pero en este caso el primer clasificado deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la aportación de los correspondientes originales.
Los licitadores no podrán introducir variantes o alternativas en sus proposiciones con la finalidad de mejorar el objeto del contrato. En tal caso, solamente podrán versar sobre los siguientes elementos:
APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA Y SELECCIÓN DE EMPRESAS
Vencido el plazo de presentación de proposiciones se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
APERTURA DEL SOBRE “A” Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION QUE CONTIENE
La Mesa calificará la documentación incluida en el sobre “A”. A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal como dispone el art. 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación y en el perfil de contratante. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles, según el art. 81 del citado Reglamento, los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados.
SELECCIÓN DE EMPRESAS
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, determinados en la letra e) de la cláusula 20 de este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “B”
14
La documentación presentada en el sobre “B”, comprensiva de los criterios que dependen de un juicio de valor, será abierta en acto público en el día y hora que se comunicará previamente por vía telemática al correo electrónico señalado por los licitadores admitidos. A estos efectos, si resultara precisa la subsanación de errores u omisiones en esta documentación la Mesa concederá para efectuarla un plazo máximo de cinco días hábiles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 del RD 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP.
El plazo para efectuar la valoración de estos criterios será xx xxxx días, contados a partir del día siguiente al de la celebración del acto de apertura.
APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “C”
Tras la apertura y valoración de la documentación contenida en el sobre “B”, se llevará a cabo la apertura pública del sobre “C” el día y hora que se indique en el perfil de contratante. A estos efectos, si resultara precisa la subsanación de errores u omisiones en esta documentación, la Mesa concederá, asimismo, para efectuarla un plazo máximo de cinco días hábiles.
En este acto se dará a conocer la valoración asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor en cada oferta.
CLASIFICACION DE LAS OFERTAS
Una vez valorados todos los criterios, la Mesa procederá a la clasificación de las proposiciones presentadas por orden decreciente y elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
Al amparo de lo previsto en el artículo 152 del TRLCSP, cuando se identifique una o varias proposiciones que puedan ser consideradas desproporcionadas o anormales, la declaración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas requerirá la previa audiencia del licitador o, en su caso, licitadores que las hayan presentado y el asesoramiento técnico del servicio correspondiente.
En este caso, el órgano de contratación, a la vista de la justificación efectuada por el licitador y de los informes solicitados, acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa que se estime que pueda ser cumplida a satisfacción de la Administración.
Si por el contrario el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas.
De todo lo actuado se dejará constancia en el expediente, en las correspondientes actas que necesariamente deberán extenderse
REQUERIMIENTO, EN SU CASO, AL PRIMER CLASIFICADO
15
Realizadas las actuaciones anteriores se requerirá, en su caso, al primer clasificado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
Presentar la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 20, letra e) de este pliego.
Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva, en su caso.
Presentar los originales de los documentos que, en su caso, hubiese aportado en fotocopia simple en los sobres que configuran la proposición.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
21. ADJUDICACION, FORMALIZACION Y GASTOS
El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato al licitador que presente la proposición que resulte económicamente más ventajosa.
La adjudicación se realizará en el plazo xx xxxx días a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones, notificándose a todos los licitadores y publicándose en el perfil de contratante de este Ayuntamiento.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el plazo que se señale en la notificación de la adjudicación, que no podrá exceder de 15 días hábiles, el deberá realizar las siguientes actuaciones:
Comparecer en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo. Pagar los gastos de publicidad oficial en un solo Boletín y por una sola vez, cuyo importe máximo será de 120 €uros.
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
22. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
16
El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
23. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
24. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que se puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Derio, 18 xx Xxxxx de 2016.
17
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA A QUE SE AJUSTARAN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES
D con
domicilio en.......................................................................................CP....................., D.N.I.
nº........................, teléfono..........................e-mail.......................................................................
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de.......................................................................................................................
con domicilio en..........................................................................................................................
CP..........................., teléfono........................................., y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de
persona física o jurídica) nº........................................), enterado del procedimiento abierto convocado por....................................................................................................., para la
contratación de..........................................................................................................................
..................................................................................................................declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de
.................................................................................€, más €,
correspondientes al. . . . . .% de I.V.A y en el plazo de .........................................., debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista.
2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la actividad objeto del contrato, disponiendo, según lo regulado el artículo 54.2 del TRLCSP, de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
En..............................., a...............de.......................................de 20......
Firma
18