Contract
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes Secretaría General Servicio de Obras y Proyectos Avda. Xxxxxxxx, s/n. Edificio III Milenio Xxxxxx 0, Xxxxxx 0x 00000 XXXXXX |
XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO DE DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN Y DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE RESTAURACIÓN XXX XXXXXXXX DE MARMIONDA EN PORTEZUELO (CÁCERES).
ÍNDICE DE CONTENIDO
7. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA 9
EXPEDIENTE: PSS/2023/0000143236
1. OBJETO
El presente Xxxxxx tiene por objeto describir los trabajos, así como definir las condiciones y criterios técnicos del servicio que se contrata, consistentes “SERVICIO DE DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN Y DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE RESTAURACIÓN XXX XXXXXXXX DE MARMIONDA EN PORTEZUELO (CÁCERES).”
El presente contrato tiene carácter de complementario de la obra de referencia, siendo de aplicación lo establecido en el apartado 7 del artículo 29 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. La duración del contrato comenzará con el inicio de las obras y su finalización coincidirá con la fecha de liquidación del contrato principal, sin perjuicio de las actuaciones que se requieran para la determinación, en su caso, de la responsabilidad del contratista en los términos previstos en el artículo 244 de la citada disposición.
2. PROPUESTA DE ACTUACIÓN. Descripción del inmueble.
La intervención consiste en la Dirección de Ejecución de obras y Coordinación de Seguridad y Salud de la obra de RESTAURACIÓN XXX XXXXXXXX DE MARMIONDA EN
PORTEZUELO (CÁCERES), obras contempladas en el proyecto de ejecución y que puede resumirse brevemente de la siguiente manera:
El Xxxxxxxx de Marmionda en Portezuelo es de titularidad municipal, ocupando la parcela 444 del polígono 6 con referencia catastral 10154A006004440000FE. Se encuentra situado sobre un cerro ligeramente apartado de la localidad de Portezuelo, en dirección sur. El acceso al xxxxxxxx, con una superficie aproximada de 2.900 m2, se realiza por un camino rural que se inicia desde la carretera EX 371. Debido a su emplazamiento, en la sierra del Arco, es perfectamente visible desde la población de Portezuelo.
El xxxxxxxx de Portezuelo defendía el paso entre el río Tajo y Coria, lugar por el que pasaba una vía romana, la vía Dalmatia, ramal de la Vía de la Plata. Su origen se remontaría al periodo islámico, desarrollando un papel importante por su situación fronteriza y estratégica en la reconquista de la zona.
El origen de esta fortaleza es almohade (siglo XII), y durante la Reconquista fue un punto estratégico. Xxxxxxxx XX la donó a la Orden xxx Xxxxxx pero fue rápidamente recuperada por los almohades en 1196. En 1213 fue conquistada definitivamente por los cristianos, siendo cedida por Xxxxxxx XX xx Xxxx a la Orden xx Xxxxxxxxx. A partir de entonces se sucedieron distintas etapas de reformas y añadidos. Así, en el origen xxx xxxxxxxx, los almohades reforzaron un emplazamiento defensivo antes de la conquista cristiana en 1167, con un xxxxxxx en la parte más elevada a final del siglo XII. Del siglo XIII son los xxxxx xxx xxxxxxx interior y principal, construidos con técnica almohade. Ya en periodo cristiano se realizan las dos xxxxxx del cuerpo principal y los recintos circundantes. En el siglo XIV se construye la puerta mudéjar del primer recinto y en el XV, dependencias interiores. Finalmente, en el siglo XVI se reparan y consolidan el muro y los cubos. Posteriormente, el xxxxxxxx llegó al estado de ruina.
En cuanto a su morfología, sobre una base de cuarcita se adapta la planta cuadrangular de la fortaleza, levantándose muros coronados por almenas de remate piramidal. La barbacana que se antepone a la muralla pudo ser de añadido posterior. Destaca una torre cilíndrica maciza como elemento defensivo de un a de las esquinas del cerco, la cual ha sido objeto de reconstrucción tras su derrumbe, así como un gran aljibe en el interior del patio xx xxxxx.
Conserva la mayor parte de su perímetro xxxxxx, habiendo sido abandonado en la segunda mitad del siglo XVIII.
Actuaciones a realizar.
En el proyecto se plantean las siguientes actuaciones; Actuaciones de lienzos:
• Consolidación de todos los lienzos consistente en limpieza, retacados de zonas en mal estado y rejuntados con mortero de cal de paramentos.
• Se proponen varias actuaciones para la reparación de las grietas existentes, en función de su importancia, se realizarán micro cosidos de fibra xx xxxxxx sellados con mortero de cal e inyecciones de lechadas de cal hidráulica donde sea necesario.
• Para la restauración de las coronaciones, se propone en primer lugar limpieza de vegetación, picado de morteros existentes deteriorados y ejecución de una nueva terminación con un pavimento de hormigón de cal con las pendientes adecuadas para la correcta evacuación de las aguas hacía el interior xxx xxxxxxx. En los puntos donde sea necesario se colocarán gárgolas con xxxxx xx xxxxxx acordes. Los petos existentes en algunas zonas se procederán a consolidar y restaurarlos recreciéndolos mínimamente
• Se procederá a la consolidación de las partes de los vanos que presenten mal estado con morteros de cal, enripiados xx xxxxxx y reposición de fábrica de ladrillo de tejar si fuese necesario utilizando el criterio de la mínima intervención.
• El hueco del lienzo norte se tapará para la adecuada estabilización de ese lienzo con mampostería ordinaria.
Como criterio general siempre que se retaquen oquedades en los lienzos o en el cegado del hueco de lienzo norte la nueva fábrica se retranqueará unos 8 10 cm respecto a la fábrica existente para facilitar la lectura de la intervención.
Actuaciones en las xxxxxx:
• Se realizará el recrecido de la torre noroeste hasta la línea del camino de ronda, siguiendo las trazas existentes y la geometría de la torre original. En la parte superior se marcará con un resaltado de mortero la traza de la extinta torre cuadrada del siglo XVI.
Para determinar el acabado final de esta torre se deberá realizar en primer lugar una lectura de paramentos de construcciones de la misma época y en función del resultado de dicha lectura realizada por profesionales autorizados se elegirá su acabado.
• Restauración de la torre del homenaje; para ello se procederá a la limpieza y desescombro con metodología arqueo lógica del interior de la torre, se consolidarán sus muros y se colocará una cubierta de estructura metálica y acabado con chapa de zinc, esta cubierta no será visible desde el exterior de la fortaleza y su instalación se debe a garantizar la protección de esta torre para su adecuada pervivencia. Se trata de una cubierta liviana y reversible.
Actuaciones en el interior xxx xxxxxxx principal.
Los trabajos arqueológicos irán encaminados por un lado a avanzar en la documentación de zonas que aún no han sido excavadas con el fin de completar la información sobre el xxxxxxxx
y ponerla en valor para su visita incluyendo la dotación de recursos interpretativos y por otro lado el seguimiento arqueológico de todas las obras.
• Excavación zona entrada principal:
Trabajos de arqueología que ayuden a interpretar el acceso al recinto principal para poder conformar un acceso "enmarcado" entre los muros y con un pavimento acorde a la entrada principal al recinto.
• Excavación zonas xxx xxxxxxx y vaciado torre del homenaje:
En el Alcázar los trabajos irán encaminados a descubrir los muros divisorios de las estancias pendiente que aún no se han excavado.
También se realizará con metodología arqueológica el vaciado de la torre del homenaje.
• Lectura de paramentos:
Durante la ejecución de las obras propuestas se realizará por profesional titulado trabajos de lectura de paramentos de toda la fortaleza.
Musealización: adecuación de recorridos y colocación de recursos interpretativos.
Para recorrer el recinto se ve necesario marcar los accesos, actuar en lo pisable para reforzar la idea de estar en un entorno construido, diferenciando con los materiales los accesos, patios o zonas construidas, subir por escaleras o peldaños. Para ellos se realizarán nuevos itinerarios peatonales con pavimentos terrizos estabilizados así como la colocación de peldañeados xx xxxxxx caliza y escaleras metálicas para acceder en condiciones de seguridad a los restos visitables xxx Xxxxxxx
Como recursos interpretativos se diseñará un cartelería accesible que se colocará en varios puntos del interior xxx xxxxxxx explicando las distintas zonas de la fortaleza.
Actuaciones en el acceso.
Otras actuaciones necesarias para la visita son la limpieza de la zona de acceso para conseguir un mínimo espacio de maniobra para dos coches, colocando además una protección x xxxxxx en la zona que queda desprotegida del terraplén y la sustitución de la barandilla xx xxxxxx situada en el segundo recinto.
3. PLAZO DE EJECUCIÓN
El Plazo de ejecución de las obras es de 14 meses.
El plazo para la dirección de ejecución obra y coordinación de seguridad y salud, será el mismo que el de ejecución de las obras. Le resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo
29.7 de LCSP, por lo que su duración comenzará con el inicio de las obras y finalizará con la liquidación del contrato principal, salvo trabajos relacionados con la liquidación cuyo plazo excederá al del contrato principal por el tiempo necesario para realizarlos. La duración del contrato en relación con los servicios que se prestan quedará por tanto vinculado al plazo real de ejecución de la obra.
En cualquier caso, el contrato no se dará por finalizado hasta que el licitador haya presentado toda la documentación de la obra requerida en el presente Pliego y la Administración actuante la haya recibido de conformidad.
En su caso, todas las ampliaciones de plazo aprobadas por el órgano de contratación que requiera la terminación de las obras, serán asumidas sin coste ni reclamación económica alguna por el adjudicatario de este contrato indicado para el plazo total.
4. EQUIPO TÉCNICO
1 responsable de la dirección de ejecución de obra y responsable de la coordinación de seguridad y salud, con titulación académica y profesional habilitante de arquitecto técnico o grado equivalente.
5. FUNCIONES.
En general, las funciones del director de ejecución de obras serán las establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en adelante LOE), sin perjuicio de las atribuciones que, en su caso, deba asumir en función de lo establecido en los apartados c) y f) del artículo 9 del RD 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
El director de la ejecución de la obra. Funciones:
En general, son funciones del director de ejecución de las obras y coordinador de seguridad durante la ejecución de las mismas las siguientes:
a. Colaborar con el director de las obras en las funciones de responsable del contrato en virtud de lo establecido en el artículo 62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP.
b. Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.
c. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.
d. Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas.
e. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.
f. Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.
g. En su caso, informar favorablemente las subcontrataciones que procedan en virtud de lo establecido en Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 215 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP.
Es función del director de la ejecución de obra colaborar en la recopilación de la documentación final de obra a la que hace referencia el Anejo II de la Parte I del Código Técnico de la Edificación, aprobado por RD 314/2006, de 17 xx xxxxx. Son funciones del director de ejecución de obras el resto de las obligaciones que se deriven en cumplimiento de la normativa vigente en la fecha de firma del contrato.
La metodología de los trabajos a realizar por el director de la ejecución de las obras está supeditada al cumplimiento de todas y cada una de las funciones señaladas en el apartado anterior. En caso de ser persona jurídica se deberá proponer un responsable del servicio que contará con la titulación prevista en el apartado anterior y contará con la previa conformidad del órgano de contratación.
En general, los trabajos de dirección de obra se desarrollarán de acuerdo con la siguiente
metodología:
1. Estudio completo del proyecto de ejecución con carácter previo al inicio de las obras.
2. Dirección de la ejecución de las obras en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/1999, así como las obligaciones que se deriven de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP y RDL 1098/2001.
3. Colaborar en la elaboración de la documentación de obra ejecutada según apartado
f) del artículo 13 de la Ley 38/1999 así como el Anejo II de la Parte I del CTE.
4. Redacción de informes durante el plazo de garantía previos a la liquidación del contrato así como, en su caso, los que se precisen para la determinación de la responsabilidad del contratista en los términos previstos en el artículo 243 de la de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP.
El adjudicatario del contrato de servicios tiene la obligación de llevar a cabo la siguiente relación no exhaustiva de trabajos derivados de las funciones descritas en los apartados anteriores:
a. Ordenar y dirigir la ejecución material de las obras e instalaciones, cuidando de su control práctico de acuerdo con el proyecto que las define, con las normas y reglas de la buena construcción y con las instrucciones del Director de las Obras.
b. Inspeccionar los materiales a emplear, dosificaciones y mezclas, exigiendo las comprobaciones, análisis necesarios y documentos de idoneidad precisos para su aceptación.
c. Aprobar el plan de control de calidad de los ensayos y pruebas a realizar durante la ejecución de las obras, verificando su cumplimiento.
d. Vigilar el correcto desarrollo de las obras, la ejecución y utilización de los materiales, las instalaciones provisionales, los medios auxiliares de la contratación y sistemas de protección.
e. Ordenar la elaboración y puesta en obra de cada una de sus unidades, comprobando sus dimensiones y correcta disposición de los elementos constructivos.
f. Medir las unidades de obra ejecutada y confeccionar las relaciones valoradas de las mismas, de acuerdo con las condiciones establecidas en el proyecto y documentación que las define, así como las relaciones cuantitativas de los materiales a emplear en obra.
g. Suscribir, de conformidad con el Arquitecto Director de la Obra y conjuntamente con él, actas y certificaciones sobre replanteo, comienzo y desarrollo de las obras.
h. Proceder a la labor de replanteo de las obras en presencia del personal designado por el contratista y de acuerdo con las instrucciones del Arquitecto Director de las Obras.
i. Proceder a la medición y valoración de la obra realizada en cada mensualidad, de forma que la certificación correspondiente pueda ser remitida a la unidad administrativa encargada del seguimiento de las obras o, en su defecto, al órgano de contratación, antes del día 5 del mes siguiente.
j. Obtener y facilitar los datos precisos para redactar el informe mensual sobre la marcha de las obras y sus anejos gráficos, y el resultado de los ensayos efectuados.
k. Medición, ubicación y valoración de las fases de obras y liquidación de las mismas.
l. Colaborar con el Arquitecto Director de las Obras ejerciendo las funciones propias de su profesión en cuanto a las posibles reformas o alteraciones de proyecto, cuya necesidad o conveniencia se observe durante la ejecución de las mismas, incluyendo
la posible propuesta de precios contradictorios, no suponiendo en ese caso nuevo incremento de sus honorarios.
m. Colaboración con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada para la formalización del Libro del Edificio y aportación de resultados del control realizado.
El adjudicatario del contrato de servicios está obligado a suscribir los siguientes informes:
a. En su caso, informe de idoneidad de la aprobación del programa de los trabajos a presentar por la empresa contratista con carácter previo al inicio de las obras según lo establecido en el artículo 144 del RDL 1098/2001. Este informe puede ser sustituido por la conformidad al programa de trabajos presentado por el contratista.
b. En su caso, informe de idoneidad de la aprobación del plan de seguridad y salud a presentar por cada contratista según lo establecido en el apartado c) del artículo 9 del RD 1627/1997.
c. Informe mensual de obra.
d. Informe sobre el cumplimiento de cada uno de los plazos parciales fijados así como del plazo total. En caso de demora se deberá precisar el incumplimiento en días naturales de dicho incumplimiento que servirá, en su caso, para la determinación de penalizaciones que procedan.
e. Informe previo a la Recepción.
f. Informe valorado sobre la medición real, que servirá de base para la liquidación de obra.
g. Informe de las deficiencias que se hubiesen ocasionado en la obra, en el plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía.
h. Informes que se requieran en relación a la responsabilidad del contratista en los términos previstos en el artículo 243 de la de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP
El Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones:
• Coordinar la aplicación de los principios generales de la prevención y de seguridad.
• Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultanea o sucesivamente.
• Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.
• Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se reconocen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997.
• Organizar la coordinación de actividades empresariales, prevista en el Artº 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
• Coordinar las acciones y funciones de control de las aplicaciones correctas de los métodos de trabajo.
• Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
• Velar y exigir el estricto cumplimiento del documento de seguridad y salud aprobado y las demás normas vigentes sobre Seguridad y salud laboral en el trabajo y si es necesario paralizar los trabajos.
• Informar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el contratista en su caso para su aprobación por el órgano de contratación y, las modificaciones incluidas en el mismo si las hubiere.
• Efectuar un aviso a la autoridad laboral competente antes del comienzo de las obras, que se redactará con arreglo a lo dispuesto en el Anexo III del Real Decreto 1627/1.997 debiendo exponerse en la obra de forma visible y actualizándose si fuera necesario.
• Exigir al contratista los siguientes documentos, que deberán ser presentados antes del inicio de la actividad contratada:
1. Declaración responsable de que:
• La empresa ha cumplido sus obligaciones en materia de formación e información en materia preventiva respecto de los trabajadores que vayan a emplear en la ejecución del contrato.
• La empresa entregará a los trabajadores los equipos de protección individual, informándose de las condiciones de uso y de la obligatoriedad de su empleo.
• Los trabajadores de la empresa son aptos en materia de vigilancia de la salud para las actividades contratadas.
• Los equipos de trabajo que vayan a utilizarse en las obras disponen de conformidad e idoneidad técnica, indicándose expresamente que cumplen con la normativa aplicable.
• La empresa contratista ha tenido en cuenta la información recibida por el responsable de seguridad y salud en el trabajo del Centro o por los Servicios propios de prevención de la Junta de Extremadura, en la evaluación de riesgos en la planificación de su actividad preventiva.
2. Contrato con el Servicio de Prevención ajeno que desarrolle las actividades de prevención de riesgos laborales en nombre del empresario, o justificante de disponer de un servicio de prevención propio que asuma tales funciones, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Así como la comunicación fehaciente a dicho Servicio de Prevención del inicio de las obras.
3. Plan de Seguridad y Salud, específico para las obras.
4. Fotocopia compulsada de la comunicación de Apertura del Centro de Trabajo ante la autoridad laboral competente, en la que se refleje el sello con el número de expediente correspondiente emitido por la citada autoridad laboral.
5. El preceptivo libro de subcontratación según lo establecido en el artículo 13 del R.D. 1109/2007 por el que se desarrolla la Ley 32/2006, informando el
contratista antes del inicio de las actividades contratadas de las partes del contrato que pretende subcontratar.
6. Certificado, boletín, proyecto de legalización o cualquier otra documentación que sea requerida por las compañías suministradoras de la energía eléctrica, agua, gas y telefonía para la prestación del servicio.
7. Documento justificativo de estar en posesión de seguro de Responsabilidad Civil y de su vigencia durante la ejecución de la obra.
• Cualquier otra función no convenida anteriormente que el órgano de contratación entendiera necesaria para el buen desarrollo de las obras, dentro de las competencias propias del Coordinador de Seguridad y Salud en la ejecución de las obras.
6. PLAZO DE GARANTÍA
En el presente PPT se establece como Plazo de Garantía mínimo de 2 años.
7. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA.
En el presente PPT se establece como tiempo máximo de respuesta 48 horas desde la comunicación de la incidencia o demanda de información por la administración por medios telemáticos.
8. VISITAS DE OBRA.
En el presente PPT se establece como mínimo cuatro visitas obra organizada al mes.
XXXXXX - XXX
MOLINA DORADO
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXX XXXXXX - XXX
00000000X
00000000X Fecha: 2024.01.11
11:12:57 +01'00'
En Mérida a fecha de firma electrónica. JEFE DE SECCIÓN DE PROTECCIÓN Y RESTAURACIÓN DE BIENES INMUEBLES
DILIGENCIA, para hacer constar que el presente PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO DE DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN Y DE COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE RESTAURACIÓN XXX