Contract
ADENDUM DE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA POR CONDUCTO DE SU AYUNTAMIENTO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS CC. LIC. XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX, LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX, LIC. XXXXXXX XXXXX XXXX, XX. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO, SECRETARIO GENERAL Y TESORERO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO “EL MUNICIPIO Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA HASARS, S. A. DE C. V. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, QUIENES SE SUJETARAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara “EL MUNICIPIO” a través de sus representantes que:
I.1.- Es un ente Público con Personalidad Jurídica y Patrimonio propio en los términos de los artículos 115° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73º de la Constitución Política de Jalisco, Articulo 1º , 2°, Y 3º de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
I.2.- Sus representantes cuentan con la capacidad y facultad necesarias para obligarse en términos de este contrato, con fundamento en los artículos 80º de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 10º, 15º, 37º fracciones II, V, VIII, 38° fracción II, 47º fracciones I, II, XI, 52º fracciones I y II, 53, 54º, 61º y 67º de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como lo dispuesto en los artículos 2, 4 numeral 2, artículos 14, fracción IV, 21, 26 y 40 fracciones II y III del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara.
I.3.- Tiene su domicilio oficial en el edificio xxx Xxxxxxx Municipal, ubicado en la Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 0 Xxxxxx de ésta Ciudad y que su Registro Federal de Contribuyentes es MGU-420214-FG4.
I.4.- Para el cumplimiento de las funciones cotidianas, le es conveniente contratar a “EL MUNICIPIO” los SERVICIOS DE RECEPCION Y DESTINO FINAL DE DESECHOS CARNICOS GENERADOS EN EL RASTRO PARA SU TRATAMIENTO SANITARIO Y ECOLÓGICO BAJO LAS NORMAS OFICIALES, EN CUMPLIMIENTO CON LAS
DISPOSICIONES OFICIALES DE SALUD PÚBLICA que establece el presente contrato.
I.5.- De conformidad al artículo 50° fracciones I, II, lll, IV, Vl, XV, XVl, XVll, XVlll, XXIII, XXlV XXV, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara a la Secretaria de Administración le corresponde el proporcionar apoyos, servicios administrativos y recursos materiales a las diversas dependencias de “EL MUNICIPIO”.
I.6.- Para efecto de satisfacer las necesidades mencionadas en el punto anterior, es conveniente celebrar el presente contrato de prestación de servicios con una empresa capacitada y con experiencia específicamente en relleno sanitario tecnificado y estación de transferencia de residuos sólidos no peligrosos, como dar destino final a los desechos cárnicos y esquilmos no dañinos de animales sacrificados en el rastro, por lo que ha decidido contratar a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS”", para dar cumplimiento con las funciones cotidianas, en los términos que más a delante se estipulan.
1.7- Que la prestación de servicios contemplada en el presente adéndum de contrato tuvo que ser sometida a la aprobación de la Comisión de Adquisiciones de Bienes y Servicios en Sesión Ordinaria; bajo el Acta 01/01/2010 de fecha 27 de Enero de 2010, aprobado por unanimidad de votos la presente prorroga, hechos vertidos en foja tres, penúltimo párrafo. Asimismo lo señalado en los siguientes documentos: en foja única con Orden de Compra No 3159, de fecha 07 de Julio de 2010; en foja única con Requisición No 2074, de fecha 01 de Julio de 2010 con fundamento en el Artículo 15 del Reglamento de Adquisiciones para el Municipio de Guadalajara vigente, en donde se autoriza la prestación de servicio que se describe en la cláusula tercera de este instrumento, por precio y por cumplir con las especificaciones requeridas, bajo la Partida Presupuestal No. 51-1-3506.
II.- Declara “EL PRESTADOR” que:
II.1.- Es una sociedad mercantil legalmente constituida, mediante escritura pública, 2,474 de fecha 00 xx Xxxxx xx 0000, xxxxxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Público Suplente asociado al Titular número 26 de Guadalajara, Jalisco, el Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx; la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Publico de la Propiedad y Comercio;
II.2.- Manifiesta contar con la capacidad necesaria para contraer derechos y obligaciones, así como que esta debidamente inscrito en el Padrón de Proveedores bajo el número 1080, además cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes No. HAS-850329-446.
II3.-Representada en este acto por el Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, quien comparece a la celebración del presente contrato con el carácter de Representante Legal para actos de administración de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, personería que acredita en estos momentos con la propia escritura publica, No. 36,663, de fecha 02 xx Xxxxx de 2006, ante el Lic. Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0 xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, manifestando bajo protesta decir verdad que a esta fecha no le han sido revocadas, modificadas ni limitadas de forma alguna las facultades de representación concedidas en dicho instrumento público.
II.4.- Que cuenta con la capacidad, medios propios y suficientes como son: experiencia profesional, organización adecuada, recursos materiales y técnicos así como la fuerza de trabajo que se requiere para ejecutar el objeto de este contrato.
II.5.- Que cuenta con la autorización de las autoridades competentes para la prestación de servicios de disposición final y transferencia de residuos sólidos no peligrosos, mismos que cumplen con todas las normas Ecológicas de calidad y seguridad establecidas en la legislación aplicable vigente, así como con las disposiciones oficiales de salud pública.
II.6.- Manifestando tener como domicilio la finca ubicada en la carretera a Colotlán o Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx 00.0, Xxxxxxx Xx Xxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxx,
C. P. 45200, E- MAIL xxxx.-@xxxxxxx.xxx teléfonos 3611-03-83,88 y 89, Fax mismos.
X X X X X X X X X:
PRIMERA.- DEL OBJETO DEL CONTRATO.
“EL MUNICIPIO” encomienda a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” para que este último, realice los servicios de recepción y destino final de desechos cárnicos no peligrosos generados en el Rastro Municipal.
SEGUNDA.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
De acuerdo al siguiente programa y horario.
• Aproximadamente de 9 a 15 toneladas diarias.
• Incluye el servicio de pesado del camión que ingrese al relleno sanitario y la emisión del comprobante correspondiente.
• La recepción será de lunes a sábado en los horarios establecidos por el Rastro Municipal.
• “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, deberá proporcionar personal de confianza para que en el momento del pesado del contenedor esté presente, debido a que éste llegará sellado y solo esta persona podrá romper dichos sellos y el relleno de los contenedores será pesado previamente y validado por personal del Rastro.
• Las cantidades de la báscula donde se pesarán al salir del Rastro y las de la báscula de la Empresa donde se depositarán los desechos deberán de coincidir.
TERCERA.- DEL IMPORTE DE LOS SERVICIOS.
El importe de los trabajos se integra de la siguiente forma: el costo del servicio, será de
$ 79,294.15 (SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS
15/100 M. N.), I. V. A. incluido, esta única cantidad constituye el costo absoluto del servicio contratado.
CUARTA.- DE LA FORMA DE PAGO.
La forma de pago será mensual a partir de la fecha en la que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” presente la factura respectiva a “EL MUNICIPIO” en la Tesorería Municipal, ubicada en la confluencia de las calles de Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000 x Xxxxx, quien se obliga a cubrir el importe que corresponda a dicho servicio.
QUINTA.- DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
La vigencia del contrato será por 01 mes comprendiendo el periodo del día 01 al 31 de Enero de 2010. Por lo que en dicho periodo “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” queda Obligado a proporcionar continua y periódicamente a “EL MUNICIPIO” los servicios de que se especifican en la cláusula primera y segunda del presente contrato.
SEXTA.- DE LA GARANTÍA.
“PRESTADOR DE SERVICIOS” (EL PRESTADOR DE SERVICIOS) acuerda con el
Ayuntamiento que conforme al articulo 58 primero y segundo párrafo del reglamento de Adquisiciones del Municipio de Guadalajara se exime de presentar la garantía por considerarse dentro de lo señalado en el articulo descrito con anterioridad
SEPTIMA.- DE LA NEGATIVA DE CESION
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no podrá ceder o comprometer sus derechos u obligaciones nacidas de este instrumento, en favor o perjuicio de terceros, sin previo consentimiento expreso y por escrito de “EL MUNICIPIO”.
OCTAVA.- DE LA RESCISIÓN
Son causas de rescisión del presente contrato imputables a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” las siguientes:
1.- Por incumplimiento total o parcial sin causa justificada por “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, de las obligaciones contraídas en el presente contrato o por contravención de las leyes que regulen la materia del mismo.
2.- En caso de negligencia o ineptitud por parte de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”
durante la vigencia del presente contrato.
3.- Tanto “EL MUNICIPIO”, como “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, podrán
rescindir el presente contrato, en caso de incumplimiento a cualquiera de las obligaciones convenidas en el mismo o por causas de fuerza mayor o caso fortuito.
NOVENA.- DE LA CANCELACIÓN
“EL MUNICIPIO”, podrá cancelar el servicio total o parcialmente en cualquier momento por causas justificadas o por razones de interés general sin incurrir en responsabilidad alguna, haciendo sabedor de dicha decisión al “PRESTADOR DE SERVICIOS” con 30 (treinta) días naturales de anticipación, sin necesidad de declaración judicial.
DECIMA.- DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS.
“EL MUNICIPIO” a través de los representantes que para tal efecto él designe, o por conducto de los titulares de la Dirección de Manejo de Residuos, tendrá la facultad de supervisar y vigilar en cualquier momento el servicio otorgado por “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, así como a exigir que estos se realicen a su entera satisfacción conforme lo acordado en este contrato.
DECIMA PRIMERA.- DEL LÍMITE DE RESPONSABILIDADES LABORALES.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” será el único responsable de las obligaciones derivadas de la relación existente entre él y su personal, empleados o terceros de quienes se auxilie o sirva para realizar el servicio encomendado, por lo tanto, bajo ninguna circunstancia y en ningún caso, se considera a “EL MUNICIPIO” patrón sustituto ni responsable solidario de dichas relaciones laborales, por ser ajeno a ese vínculo obrero patronal y no existir subordinación de su parte, quedando a salvo de cualquier reclamación que se origine entre “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y su personal, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” durante todo el tiempo que dure la vigencia del presente instrumento se obliga asumir la responsabilidad civil y/o penal que pudiese resultar con motivo de la ejecución u omisión de los servicios y obligaciones que adquiere por este contrato, así como responder de los actos u omisiones que sean imputables a el, sus representantes, trabajadores, factores o dependientes vinculados con la ejecución de los trabajos y actividades contratadas, liberando a “EL MUNICIPIO” y manteniéndolo a salvo de cualquier reclamación o responsabilidad.
DECIMA SEGUNDA.-DEL INCUMPLIMIENTO.
Cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor le fuera imposible a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” cumplir con el programa, solicitará oportunamente y por escrito la prorroga que considere necesaria expresando los motivos en que apoye su solicitud a “EL MUNICIPIO”, quien resolverá en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, sobre la procedencia o no para conceder la prórroga.
Si “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no hiciera lo señalado en el párrafo que antecede, “EL MUNICIPIO” procederá a solicitarle el informe respectivo, para que en el término de 5 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de notificación le haga saber los motivos del incumplimiento, los cuales serán valorados por "El MUNICIPIO" quien resolverá la procedencia o no de la justificación y si es conveniente la realización de las modificaciones correspondientes al servicio; o en su defecto si las partes lo acuerdan expresamente “EL MUNICIPIO” procederá a rescindir el presente contrato de
Pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial y sin que cause pena alguna de tipo económico o legal.
DECIMA TERCERA.- DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se responsabiliza de las posibles consecuencias civiles, penales o administrativas que se originen con motivo de las fallas o negligencia que sean imputables su personal de servicio que se consigna en este contrato, obligándose a resarcir el daño que por esos motivos le ocasione a “EL MUNICIPIO”.
DECIMA CUARTA.- DE LA COMPETENCIA JURISDICCIONAL
Para la interpretación y cumplimiento de este contrato las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de lo Administrativo del Primer Partido
Del Poder Judicial del Estado de Jalisco, con residencia en la Ciudad de Guadalajara, renunciando expresamente a cualquier otro fuero por razón del territorio, domicilio o nacionalidad, que tengan o pudieran tener en el futuro.
Leído lo anterior, y enteradas las partes de su contenido, alcance y consecuencia legales de las obligaciones y derechos pactados en el presente contrato, ciertos de que no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento, Las partes firman 4 (cuatro) tantos de 6 (seis) fojas cada uno en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.
“EL MUNICIPIO”
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
LIC. XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX.
EL SINDICO EL SECRETARIO GENERAL
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX LIC. XXXXXXX XXXXX XXXX
EL TESORERO
XX. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
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ADENDUM DE CONTRATO No. ADQ-053-2010
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL DE HASARS, S. A. DE C. V.
TESTIGOS
EL SECRETARIO DE ADMINISTRACION EL DIRECTOR DE ADQUISICIONES
XXXXXXXXX DE XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX BARBA
LA PRESENTE FOJA DE FIRMAS FORMA PARTE INTEGRAL DEL ADENDUM DE CONTRATO No. ADQ-053-2010 DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADO POR EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA Y EL LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL DE HASARS, S. A. DE X. X. XXXXXXX XX 0 XXXXXX XX 0 XXXXX XXXX XXX, XX XXXXXXXXXXX XXXXXXX.