ESPECTÁCULOS TAURINOS A CELEBRAR EN MORALEJA DURANTE LAS FIESTAS DE SAN BUENAVENTURA 2017 POR PROCEDIMIENTO ABIERTO OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO CONSISTENTE EN LA ORGANIZACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS
ESPECTÁCULOS TAURINOS A CELEBRAR EN MORALEJA DURANTE LAS FIESTAS DE SAN BUENAVENTURA 2017 POR PROCEDIMIENTO ABIERTO OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la realización del servicio de organización y explotación de los espectáculos taurinos y de otro tipo a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, según el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, cuya codificación es CPV 92000000-1
Para la celebración de los espectáculos el adjudicatario deberá cumplir como mínimo con lo establecido en el Decreto 187/2010, de 24 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Populares, Real Decreto 145/1996 de 2 de febrero con las modificaciones introducidas por el Decreto 35/2017 de 28 xx xxxxx, normativa relativa a los “Festejos Taurinos Populares Tradicionales de San Buenaventura” y demás normativa aplicable al tipo de espectáculos taurinos a realizar.
Tipo de espectáculos a organizar y gestionar:
Fiestas de Xxx Xxxxxxxxxxxx 0000:
a) 1 corrida de rejones con la participación de 2 rejoneadores que deberán figurar entre los que se relacionan en el Anexo I, que lidiaran 4 toros de la ganadería Monteviejo de Xxxxxxxxx Xxxxxx.
b) 1 novillada con picadores con la participación de 3 novilleros de los relacionados en el Anexo II, de los cuales 2 obligatoriamente serán extremeños, que lidiaran 6 novillos de reconocidas ganaderías extremeñas.
c) 1 novillada con picadores goyesca con las vestimentas tradicionales de este tipo de festejos así como la decoración de la plaza, con con la
participación de 3 novilleros de los relacionados en el Anexo II, de los cuales 2 obligatoriamente serán extremeños, que lidiaran 6 novillos de reconocidas ganaderías extremeñas.
d) 1 festejo de recortes con la participación de 10 recortadores de reconocido prestigio de los cuales el 50% como mínimo deben ser extremeños. Se lidiaran 5 novillos y el adjudicatario deberá aportar 1 toro más que se lidiará posteriormente en festejo taurino tradicional. Las 6 reses pertenecerán a la misma ganadería.
e) Espectáculo Gran Prix y Tentadero de una Escuela Tauromaquia Oficial de prestigio, este tentadero será gratuito, según se establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
f) Las ganaderías de las novilladas con picadores deberán ser extremeñas y haber lidiado en los 2 últimos años (2015-2016) novilladas picadas o corridas de toros.
En la celebración de los Festejos Mayores y el Festejo de Recorte el adjudicatario deberá disponer de dos sobreros dispuestos para su xxxxx en caso de que alguno de los toros inicialmente previstos no pueda lidiarse o sufra algún problema durante su xxxxx.
Una vez adjudicado el contrato, la Junta de Gobierno Local elegirá el ganado entre el ofertado por el adjudicatario.
En caso de que no resulte elegida ninguna de las reses ofertadas, el adjudicatario estará obligado a ofrecer otras reses de las ganaderías ofertadas hasta la plena satisfacción del Ayuntamiento.
g) Festejos populares establecidos en el Pliego de Cláusulas de Prescripciones Técnicas, en los que se lidiarán reses de reconocidas ganaderías.
h) Organizar y gestionar el resto de festejos o espectáculos no taurinos
incluidos establecidos en el Pliego de Cláusulas de Prescripciones Técnicas.
Según se determina en dicho Pliego el Ayuntamiento junto con el colectivo de autónomos, peñas y la Comisión Popular de Festejos aportarán 7 toros y 2 vacas (las del día 12 de julio) para varios festejos populares establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, el resto de las reses a lidiar según el Pliego de Prescripciones Técnicas serán a cargo del adjudicatario que tendrá reservado un
xxxx sobrero en caso de que algún toro tuviera un percance antes de su xxxxx. Respecto a la xxxxx de los toros donados serán a cargo del adjudicatario todos los trámites necesarios para la celebración de dichos festejos como si fueran aportados por este. Por ello los donantes de las reses no tendrán ningún tipo de responsabilidad por dichos festejos, que es asumida por el adjudicatario.
Respecto a la carne de las reses, las canales de los festejos mayores, recortes y vacas (excepto las 2 vacas del día 12 de julio) serán para el adjudicatario que deberá realizar a su cargo todos los trámites necesarios. Por lo que se refiere a los toros de los festejos populares (excepto festejo de recortes) y las 2 vacas del día 12 de julio la carne será para el Ayuntamiento aunque el adjudicatario deberá realizar y sufragar todos los trámites.
La actuación de los rejoneadores y novilleros propuestos deberá ir avalada de una carta de compromiso de actuación en el festejo, suscrita por el rejoneador, novillero o su apoderado. El compromiso llevará la firma y DNI del firmante. Las propuestas que no se acompañen de los correspondientes compromisos no obtendrán puntos en este apartado.
La propuesta de las ganaderías de las novilladas picadas así como la xxxxx de la ganadería de Monteviejo en los rejones deberá ir avalada de una carta de compromiso xx xxxxx en el festejo, suscrita por el ganadero. El compromiso llevará la firma y DNI del firmante.
El adjudicatario deberá organizar y realizar a su xxxxx un acto de presentación de los carteles taurinos de las Fiestas de Xxx Xxxxxxxxxxxx 0000 el día que establezca el Ayuntamiento, con la presencia de algunos los profesionales que actuarán en los festejos y de los ganaderos. Así mismo una vez concluidas las Fiestas organizará a su xxxxx un acto en el que se entregará un trofeo al triunfador del ciclo de novilladas.
Xxxxx xx Xxxxx x Xxxxxxxxxxxxx xx xxx Xxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxxxxx :
Plaza de Toros:
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx pondrá a disposición del adjudicatario la Plaza de Toros de propiedad municipal que ha sido instalada en los últimos años en la Plaza de los Xxxxx xx Xxxxxxxx para la celebración de estos espectáculos, así como los toriles y resto de instalaciones que deben ubicarse en la Casa Toril. El transporte desde su ubicación actual hasta el lugar de celebración de los espectáculos (Plaza de Toros, toriles y demás instalaciones para los festejos mayores), así como el montaje, legalización, permisos y/o autorizaciones, informes, anclaje, desmontaje, acondicionamiento para los festejos, mantenimiento durante el periodo de contratación, seguridad, el transporte hasta su ubicación inicial así como los demás gastos de esta naturaleza correrán a cargo del adjudicatario. Esta instalación deberá ser entregada en las mismas condiciones en que es puesta a disposición del contratista, de cuyo incumplimiento se responderá a través de seguro de responsabilidad civil sin franquicia que debe suscribir el adjudicatario en que se incluya esta circunstancia y/o del último pago a realizar.
El Ayuntamiento pondrá a disposición del adjudicatario la arena de la Plaza de Toros en las instalaciones municipales que deberá ser transportada y cribada por el adjudicatario antes de su colocación en la plaza y una vez concluido los festejos, también será a cargo del adjudicatario todos los gastos de transporte desde las instalaciones municipales, acondicionamiento, mantenimiento y retirada de la Plaza y transporte hasta su ubicación inicial.
Instalaciones:
El Ayuntamiento se encargará de los trabajos consistentes en el transporte, montaje, desmontaje y aseguramiento de las vallas e instalaciones correspondientes a los festejos populares a desarrollar en las vías públicas.
La Plaza de Toros deberá estar instalada antes del día 10 de julio de 2017 sin que los trabajos comiencen antes del día 3 de julio, y deberán haber concluido los trabajos de desmontaje y transporte antes del día 21 de julio de 2017, fecha en que todas estas instalaciones deberán estar depositadas en los almacenes municipales.
El seguro que obligatoriamente deberá suscribir el contratista para la celebración de los festejos responderá expresamente (sin franquicia) de los daños
que pudiesen ocasionarse a terceros durante los trabajos de montaje y desmontaje de la Plaza de Toros, vallas e instalaciones de las vías públicas, así como de los daños que pudiesen producirse durante el periodo en que estuviesen instaladas.
Seguros:
El adjudicatario deberá suscribir un contrato de seguro colectivo de accidentes que cubra a los participantes, colaboradores y demás intervinientes no profesionales, y un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a los espectadores, terceras personas y a los bienes, que puedan derivarse de la celebración de los festejos, ambos seguros sin franquicia. Estos seguros deberán hacer mención expresa a que cubre los daños a espectadores, terceras personas y bienes que pudieran derivarse del desplome o derrumbe total o parcial de las estructuras portátiles de los festejos.
Estos seguros deberán tener las cuantías mínimas siguientes en cuanto al capital asegurado:
a) 150.000 euros para el seguro de responsabilidad civil por daños.
b) 120.000 euros por muerte, 150.000 euros por invalidez absoluta permanente y 7.000 euros para gastos de estancia hospitalaria y curación para el seguro de accidentes.
Las citadas pólizas deberán tener una vigencia desde el día del comienzo del montaje de las infraestructuras necesarias, hasta un año posterior a su desmontaje.
Equipos médicos: Estos servicios, recogidos en el Decreto 187/2010, de
24 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Populares con las modificaciones introducidas por el Decreto 35/2017 de 28 xx xxxxx y demás normativa aplicable al tipo de espectáculos taurinos a realizar y normativa aplicable a los festejos mayores, serán contratados directamente por el Ayuntamiento.
El concesionario estará obligado como mínimo a la contratación de ambulancias necesarias según el Decreto 187/2010, de 24 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Populares con las modificaciones introducidas por el Decreto 35/2017 de 28 xx xxxxx y demás normativa aplicable al tipo de espectáculos taurinos a realizar y normativa aplicable a los festejos mayores y populares. No obstante el adjudicatario deberá realizar las gestiones oportunas a su cargo a fin de que ninguno de los festejos contemplados en el Pliego de Prescripciones Técnicas pueda paralizarse por la falta de alguna ambulancia ante cualquier incidente de la xxxxx.
El adjudicatario permitirá la entrada a los festejos mayores y festejos populares a cualquier medio de televisión, radio o prensa autorizados por el ayuntamiento para la toma de imágenes y la difusión de las mismas, sin que pueda por ello reclamar beneficio o coste alguno al ayuntamiento.
Serán a cargo del adjudicatario todos los gastos y trámites correspondientes a permisos gubernativos, ganado, novilleros, toreros, rejoneadores, subalternos, personal de plaza, director xx xxxxx, pastores, cuadra de caballos, portes, seguridad social de los actuantes, seguro de Responsabilidad Civil y de accidentes, seguros, personal a sus órdenes, veterinarios, ambulancias, publicidad, cartelería y su distribución, así como toda clase de gastos originados y necesarios para el objeto de contrato de acuerdo con el vigente Reglamento de Festejos Taurinos, además de los impuestos que puedan derivarse de las celebración de los festejos; por todo lo anteriormente expuestos este Ayuntamiento no tendrá responsabilidad de ningún tipo.
El adjudicatario aportará al Ayuntamiento copia de toda la documentación que presente ante la Secretaría General de Política Territorial y Administración Local de la Junta de Extremadura para autorizar los festejos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas a fin de su fiscalización por parte del Ayuntamiento.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de servicios de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego.
A la vista del importe del contrato que asciende a 80.000,00€ euros y 16.800,00 euros de IVA, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde, puesto que su importe no supera el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto y en virtud de la Delegación efectuada por Resolución de Alcaldía de fecha 17 xx xxxxx de 2015 la Junta de Gobierno Local.
CLÁUSULA TERCERA. Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxxxxxx.xx.
CLÁUSULA CUARTA. Importe del Contrato y pago del precio
El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 80.000,00 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido (21%) por valor de 16.800,00 euros, lo que supone un total de 96.800,00 euros.
En caso de que el tipo del impuesto sobre el valor añadido sufriese modificaciones se aplicará dicha modificación.
El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 80.000,00 euros (IVA excluido).
El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 338-226/99 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.
El Ayuntamiento abonará al adjudicatario el precio de adjudicación del contrato en los siguientes plazos:
El 35% del precio de adjudicación el día de la firma del contrato.
El 25 % del precio de adjudicación en el día 10 de julio de 2017.
El 40 % restante del precio de adjudicación a los 30 días después del último pago.
CLÁUSULA QUINTA. Plazo de ejecución del Contrato
El plazo de ejecución del contrato de servicios será desde el día 3 de julio de 2017 al 00 xx xxxxx xx 0000, xxx xxxxxxxxxxx xx xxxxxxxx.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b). De los empresarios que fueren persona físicas mediante fotocopia del Documento Nacional de Identidad y acreditación de estar dado de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente.
c) De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
d) De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario:
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
3.2. En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario
sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
CLÁUSULA
SÉPTIMA.
Presentación
de
Proposiciones
y
Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento con domicilio en Xxxxx xx Xxxxxx xx 0 xx Xxxxxxxx (Xxxxxxx) C.P.: 10840, en horario de atención al público, dentro del plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxx y en el Perfil de contratante.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Xxxxxxx y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por la Secretaria municipal.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx y del de Prescripciones Técnicas.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda
«Proposición para licitar a la contratación del servicio de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares ». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en
, , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación del servicio de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del servicio de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato de servicios consistente en organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en concreto:
— Que posee capacidad de obrar y, en su caso, representación.
— Que, en su caso, está debidamente clasificada la empresa o que cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante,
Fdo.: »
b) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de 2.400,00 euros.
SOBRE «B»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA.
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en , , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º
, de fecha y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe
de
euros más
euros correspondientes al Impuesto
sobre el Valor Añadido.
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: .».
b) Documentos relativos a los criterios de valoración, distintos del precio, que se deban cuantificar de forma automática.
1.- Documentación acreditativa en la que conste que el licitador ha organizado y explotado festejos taurinos de idéntica tipología al licitado indicando expresamente: organización de festejos mayores junto con populares entre los que se incluyan encierros de toros por las calles, en el mismo contrato en localidades con población superior a 6.000 habitantes.
Se acreditará exclusivamente mediante certificado de buena ejecución en el Modelo que figura como ANEXO V expedido por la empresa o administración contratante en la que se indiquen todos los aspectos antes indicados.
2.- Propuesta de los profesionales taurinos que actuarán en la corrida de rejones y en las novilladas picadas recogidos en los Anexos I y II, presentado en el Modelo que se acompaña como Anexo III.
La actuación de los rejoneadores y novilleros propuestos deberá ir avalada de una carta de compromiso de actuación en el festejo, suscrita por el rejoneador, novillero o su apoderado que el licitador debe aportar junto con el Anexo III. El compromiso llevará la firma y DNI del firmante. Las propuestas que no se acompañen de los correspondientes compromisos no obtendrán puntos en este apartado.
3.- Precio de las entradas de los festejos mayores según Anexo IV: Los licitadores sobre el precio de las entradas que se adjunta realizarán su oferta a la baja, debiendo figurar en euros sin decimales. (No se valorará este apartado en aquellos licitadores que modifiquen al alza cualquier importe).
Entradas (IVA INCLUIDO)
Localización | Rejones | Novillada 1 | Novillada 2 | Abono 3 festejos |
Asiento | 18,00 Euros | 18,00 Euros | 18,00 Euros | 50,00 Euros |
Jaula | 12,00 Euros | 12,00 Euros | 12,00 Euros | 31,00 Euros |
Sobre los precios de adjudicación de los festejos mayores se realizará una
rebaja de 2,00 euros a las peñas que adquieran un mínimo de 10 entradas.
El adjudicatario deberá controlar que la zona de jaula no sea ocupada por menores de 16 años que no vayan acompañados de un adulto, debiendo hacer esta advertencia en el momento de la venta de entradas y con anuncios en la Plaza.
Festejo de Recortes entrada única para toda la plaza (Asiento y jaula): 10 euros (IVA INCLUIDO).
Gran Prix entrada única para toda la plaza (Asiento y jaula): 7 euros (IVA INCLUIDO).
[Nota: El festejo de recortes y el Gran Prix no están incluido en el Abono y su precio no es modificable]
Los niños menores de 12 años gratis en todos los festejos.
Los precios de las entradas para jubilados y jóvenes con carné joven serán obligatoriamente los establecidos en la cláusula vigesimosegunda y no son modificables.
Para cada festejo no gratuito, el adjudicatario pondrá a disposición del Ayuntamiento 40 entradas sin coste alguno en la ubicación que indique el Ayuntamiento. Además la zona de la Presidencia del Festejo será de utilización exclusiva del Ayuntamiento.
Festejos Populares, tales como Toro Aguardiente, encierros, vaquillas, tentaderos, etc., (excepto Festejos Mayores: Novilladas y Rejones y Festejo de Recortes y Gran Prix): gratis.
4.- La propuesta de las ganaderías de las novilladas picadas así como la xxxxx de la ganadería de Monteviejo en los rejones deberá ir avalada de una carta de compromiso xx xxxxx en el festejo, suscrita por el ganadero. El compromiso llevará la firma y DNI del firmante.
CLÁUSULA OCTAVA. Garantía Provisional
Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por importe de 2.400,00 euros, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato.
La garantía provisional se depositará:
— En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efecto cuando se trate de garantías en efectivo.
— Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva.
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
A. Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
1.- Por cada 500,00 € de rebaja en el precio de 80.000,00€ a abonar al adjudicatario: 1,00 punto. Hasta un máximo de 20 puntos en este apartado.
2.- Valoración de los profesionales:
Rejoneadores propuestos:
Si figura dentro del Grupo I del Anexo I: 2 puntos por cada uno.
Si figura dentro del Grupo II del Anexo I: 1 puntos por cada uno.
Novilleros propuestos:
Si es novillero extremeño del Grupo I del Anexo II: 2 puntos por cada uno.
Si es novillero extremeño del Grupo II del Anexo II: 1 punto por cada uno.
Si es novillero no extremeño del Grupo I del anexo II: 2 puntos por cada uno.
Si es novillero no extremeño del Grupo II del Anexo II: 1 punto por cada uno.
No se puntuará aquellos profesionales que no figuren en los respectivos anexos. Puntuación máxima en este apartado: 16 puntos.
3.- Precio de las entradas y abonos de los festejos mayores:
Por cada euro que se rebaje en el precio de cada tipo de entrada: 0,5 punto.
Por cada euro que se rebaje en el precio de cada tipo de abonos: 1 punto.
Puntuación máxima en el apartado precio de entradas: 10 puntos.
Los precios de las entradas para jubilados y jóvenes con carné joven serán los establecidos en la cláusula vigesimosegunda y no son modificables, debiendo ser publicitados de forma adecuada por el adjudicatario en toda la publicidad de los precios de los festejos.
Festejo de Recortes entrada única para toda la plaza (Asiento y jaula): 10 euros (IVA INCLUIDO).
Gran Prix entrada única para toda la plaza (Asiento y jaula): 7 euros (IVA INCLUIDO).
[Nota: El festejo de recortes y el Gran Prix no están incluido en el Abono y su precio no es modificable]
Para cada festejo no gratuito, el adjudicatario pondrá a disposición del Ayuntamiento 40 entradas sin coste alguno en la ubicación que indique el Ayuntamiento. Además la zona de la Presidencia del Festejo será de utilización exclusiva del Ayuntamiento.
Festejos Populares, tales como Toro Aguardiente, encierros, vaquillas, tentaderos, etc., (excepto Festejos Mayores: Novilladas y Rejones y Festejo de Recortes y Gran Prix): gratis.
4.- Experiencia en la organización y explotación: Por haber organizado y explotado festejos taurinos de idéntica tipología al licitado (organización de festejos mayores junto con populares entre los que se incluyan encierros de toros por las calles, en el mismo contrato) en localidades con población superior a 6.000 habitantes: 2 puntos por contrato. Hasta un máximo de 4 puntos en este apartado.
La experiencia se acreditará exclusivamente mediante certificado de buena ejecución en el Modelo que figura como XXXXX X, expedido por la empresa o administración contratante en la que se indiquen todos los aspectos antes indicados.
En caso de que el licitador no presentase compromiso xx xxxxx de las ganaderías de los festejos mayores o que las ganaderías ofertadas para las novilladas no cumpliesen el requisito establecido en la cláusula primera, apartado f), restará 0,25 puntos por cada compromiso no presentado o ganadería propuesta que no cumpla. (Deben presentarse 3 compromisos: 2 de las ganaderías de novilladas y la ganadería de rejones que es obligatoriamente ganadería Monteviejo de Xxxxxxxxx Xxxxxx).
En caso de empate entre los licitadores, este se resolverá por sorteo.
El ayuntamiento se reserva el derecho de declarar desierta la licitación si las ofertas presentadas no alcanzaran un mínimo 23 puntos o no presentasen 6 ó más del conjunto de los compromisos de actuación de rejoneadores, novilleros y ganaderías o no ofertasen rejoneadores, novilleros o ganaderías requeridas en el Pliego.
Se adjunta como Anexo VI un ejemplo de los puntos obtenidos por un licitador según su oferta presentada.
CLÁUSULA DÉCIMA. Reglas Especiales Respecto del Personal Laboral de la Empresa Contratista
1. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en estos
pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la entidad contratante del cumplimento de aquellos requisitos.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo durante el desarrollo de las Fiestas, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante.
2. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
3. La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en estos pliegos como objeto del contrato.
4. La empresa contratista deberá designar al menos a un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
a). Recibir y Transmitir cualquier comunicación que el personal de la empresa contratista deba realizar a la Administración en relación con la ejecución del contrato.
b). Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
c). Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo sobre todo en aquellos puestos que afecten a la seguridad.
d). Informar a la entidad contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
- D. Xxxxx Xxxxx XXXXXXX XXXXX, que actuará como Presidente de la Mesa.
- Xx. Xxxxx XXXXX XXXXXXX, Vocal (Secretaria de la Corporación).
- X. Xxxxxxx XXXXXXX XXXXX, Vocal (Interventor de la Corporación).
- X. Xxxxxxx XXXXX XXXXXXXXX, Vocal.
- X. Xxxxx XXXXXXX XXXXXXX, Vocal.
- 1 vocal: Designado por el Grupo Municipal Popular
- Secretario/a de la Mesa: Pendiente de designar.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Apertura de Proposiciones
La Mesa de Contratación se constituirá el primer día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12:00 horas, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen los criterios cuantificables de forma automática, tras lo cual la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Requerimiento de Documentación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de el cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el citado artículo 100.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA
Adjudicatario
DECIMOCTAVA.
Derechos y Obligaciones del
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Además de las obligaciones generales derivados del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
Serán a cargo del adjudicatario todos los gastos y trámites correspondientes a permisos gubernativos, ganado, novilleros, toreros, rejoneadores, subalternos, personal de plaza, pastores, cuadra de caballos, portes, seguridad social de los actuantes, seguro de Responsabilidad Civil y de accidentes, seguros, personal a sus órdenes, veterinarios, ambulancias, cartelería y su distribución, así como toda clase de gastos originados y necesarios para el objeto de contrato de acuerdo con el vigente Reglamento de Festejos Taurinos, además de los impuestos que puedan derivarse de las celebración de los festejos; por todo lo anteriormente expuestos este Ayuntamiento no tendrá responsabilidad de ningún tipo.
— Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 500,00 euros de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Plazo de Garantía
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de un año, a contar desde la fecha de conformidad del trabajo, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento y a lo estipulado en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Si durante el plazo de garantía se acreditase a la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos o su compensación.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Ejecución del Contrato
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA. Modificación del Contrato
Dadas las peculiaridades de la prestación del servicio, este podrá modificarse a fin de adaptarlo a las necesidades de las Fiestas de San Buenaventura y ante circunstancias imprevistas que puedan surgir. Estas modificaciones pueden producirse tanto en los espectáculos a realizar, en los horarios, en los participantes, así como en los medios a emplear siempre
guardando el objeto del contrato que es la realización del servicio de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017. Estas modificaciones en su caso serán adoptadas mediante Resolución de Alcaldía y notificadas al adjudicatario.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. Tarifas precios de entradas y abonos
El precio de las entradas y de los abonos para los espectáculos taurinos (IVA incluido) será el terminado en la oferta del adjudicatario.
No obstante para jubilados y jóvenes con carné joven los precios obligatoriamente serán los siguientes:
Entradas para jubilados y jóvenes con carné joven (IVA INCLUIDO)
Localización | Rejones | Novilladas 1 | Novilladas Goyesca | Abono 3 festejos |
Asiento | 16,00 Euros | 13,00 Euros | 13,00 Euros | 36,00 Euros |
Jaula | 6,00 Euros | 4,00 Euros | 4,00 Euros | 13,00 Euros |
Festejo de Recortes (IVA INCLUIDO):
[Nota: Este festejo no está incluido en el Abono]
Entrada única para todo el recinto para jubilados y jóvenes con carne joven (Asiento y jaula): 8,00 Euros.
Los niños menores de 12 años gratis en todos los festejos.
El adjudicatario se compromete a organizar la venta de abonos y localidades de la forma más cómoda posible para el usuario, debiendo, en todo caso, estar abiertos los puntos de venta como mínimo 3 horas antes de la celebración de cada espectáculo.
Para cada festejo no gratuito, el adjudicatario pondrá a disposición del Ayuntamiento 40 entradas sin coste alguno en la ubicación que indique el Ayuntamiento. Además la zona de la Presidencia del Festejo será de utilización exclusiva del Ayuntamiento.
Festejos Populares, tales como Toro Aguardiente, encierros, vaquillas, tentaderos, etc., (excepto Festejos Mayores: Novilladas y Rejones y Festejo de Recortes y Gran Prix): gratis
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. Facturas
Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista tendrá obligación de presentar la factura que haya expedido por los servicios prestados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.
En la factura se incluirán, además de los datos y requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, los siguientes extremos previstos en el apartado segundo de la citada Disposición Adicional Trigésimo Tercera, así como en la normativa sobre facturación electrónica:
a) Que el órgano de contratación es la Junta de Gobierno Local.
b) Que el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública es la Intervención Municipal.
d) Que el código DIR3 es L01101284.
e) Que la oficina contable es L01101284 Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
f) Que el órgano gestor es L01101284 Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.
g) Que la unidad tramitadora es L01101284 Intervención.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. Penalidades por Incumplimiento
Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades del 1 al 10 por ciento del presupuesto del contrato proporcionales a la gravedad del incumplimiento.
Si el incumplimiento es considerado como muy grave y atendiendo a su condición de deber esencial tal y como se establece en la cláusula relativa a las obligaciones y derechos, podrá dar lugar a la resolución del contrato.
No obstante de lo anterior, el Concejal Delegado de Protección Civil, contratará con cargo al concesionario las dotaciones necesarias de personal, ambulancias, etc, si se incumplieran en número o calidad las dotaciones estipuladas en este pliego según la legislación aplicable, hasta el número mínimo requerido. El pago lo realizará el órgano contratante y posteriormente será detraído de la cantidad abonable al adjudicatario.
Por otra parte y adicionalmente se impondrán las siguientes sanciones:
Por no contar con el personal establecido en el pliego de prescripciones técnicas y legislación aplicable:
Por cada persona ausente relacionada con la seguridad: 300,00 € por festejo.
Por cada persona ausente no relacionada con la seguridad: 200,00 € por festejo.
Por no contar con las ambulancias necesarias con base a lo determinado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:
- Por cada ambulancia ausente en el puesto establecido: 600,00 € por festejo.
Así mismo por cada día de demora en el desmontaje de la plaza de toros o instalaciones a la que alude la cláusula primera de este pliego: 500,00 €
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, , que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Xxxxxxxx, 00 xx xxxxx xx 0000 XX XXXXXXX,
Xxx.: Xxxxx Xxxxx XXXXXXX XXXXX
ANEXO I REJONEADORES/AS
Grupo 1
Xxxx Xxxxx
Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Grupo 2
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Pencho Xxxxxx
Xxx Xxxx Xxxx Quinta Xxxxx Xxxx Xxxx Xxxxxx
ANEXO II NOVILLEROS
NOVILLEROS EXTREMEÑOS
Grupo 1 | Grupo 2 |
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxx Xxxx |
Xxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxx Xxxxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxx |
Xxxxxxx Xxxxxx | Xxxx Xxxxxx Xxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxx | Xxxx Xxxx |
NOVILLEROS NO EXTREMEÑOS
Grupo 1 | Grupo 2 |
Xxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxx |
Xxxx Xxxxxx | Xxxxxx Xxxxxx |
El Gallo | Xxxxxxx Xxxxxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxx Xxxxxx |
Xxxxx Xxxxx | Xxxxxx Xxxxxx |
Xxxxx Xxxxxxx | Xxxx Xxxxxx |
Xxxxxxxxx Xxxxxx |
ANEXO III
« , con domicilio a efectos de notificaciones en , , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º
, de fecha y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato con los siguientes profesionales taurinos:
Corrida de rejones con la actuación de:
-
-
Que lidiarán 4 toros de la ganadería de Monteviejo de Xxxxxxxxx Xxxxxx.
Novillada con picadores con la actuación de:
- (novillero extremeño)
- (Novillero extremeño)
-
Que lidiarán 6 novillos de la ganadería de que en el 2015/2016 lidió corrida y/o novillada picada en la Plaza de Toros de
.
Novillada con picadores goyesca con la actuación de:
- (novillero extremeño)
- (novillero extremeño)
-
Que lidiarán 6 novillos de la ganadería de que en el 2015/2016 lidió corrida y/o novillada picada en la Plaza de Toros de
.
Adjunto compromisos de actuación de dichos profesionales. En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: .».
ANEXO IV
« , con domicilio a efectos de notificaciones en , , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio de organización y explotación de los espectáculos taurinos a celebrar en Moraleja durante las Fiestas de San Buenaventura de 2017, con base al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares por procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º
, de fecha y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato con los siguientes precios de las entradas de festejos mayores:
Entradas festejos mayores (IVA INCLUIDO)
Localización | Rejones | Novillada 1 | Novillada 2 | Abono 3 festejos |
Asiento | ,00 Euros | ,00 Euros | ,00 Euros | ,00 Euros |
Jaula | ,00 Euros | ,00 Euros | ,00 Euros | ,00 Euros |
Sobre los precios de los festejos mayores se realizará una rebaja de 2,00 euros a las peñas que adquieran un mínimo de 10 entradas.
Festejo de Recortes entrada única para toda la plaza (Asiento y jaula): 10 euros (IVA INCLUIDO).
Gran Prix entrada única para toda la plaza (Asiento y jaula): 7 euros (IVA INCLUIDO).
[Nota: El festejo de recortes y el Gran Prix no están incluido en el Abono y su precio no es modificable]
Los niños menores de 12 años gratis en todos los festejos.
Los precios de las entradas para jubilados y jóvenes con carné joven serán los establecidos en la cláusula vigesimotercera y no son modificables.
Para cada festejo no gratuito, pondré a disposición del Ayuntamiento 40 entradas sin coste alguno en la ubicación que indique el Ayuntamiento. Así mismo la zona de la Presidencia del Festejo será de utilización exclusiva del Ayuntamiento.
Festejos Populares, tales como Toro Aguardiente, encierros, vaquillas, tentaderos, etc., (excepto Festejos Mayores: Novilladas y Rejones y Festejo de Recortes y Gran Prix): gratis.
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
ANEXO V
D.
con D.N.I.
en calidad de
CERTIFICO:
Que , ha organizado y explotado festejos
taurinos en la fecha en la localidad de
consistentes en festejos mayores junto con populares entre los que se incluían encierros de toros por las calles, todo ello con una buena ejecución.
Y para que conste y surta los efectos oportunos expido el presente certificado en a de de 2017.
FIRMA
ANEXO VI EJEMPLO DE LICITACIÓN
Licitador que realiza la siguiente propuesta: 1.- Precio del contrato: 75.000,00 euros más iva. 2.-Propuestas de profesionales y ganaderías:
2.1.- Rejones con la actuación de:
Xxxx Xxxxx (Presenta carta de compromiso de actuación) Xxxxx Xxxx (Presenta carta de compromiso de actuación)
Que lidiarán 4 toros de la ganadería Monteviejo de Xxxxxxxxx Xxxxxx. (Presenta carta de compromiso xx xxxxx)
2.2- Novillada picada con la actuación de:
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx (Presenta carta de compromiso de actuación) Xxxxxxxx Xxxxxx (Presenta carta de compromiso de actuación) Xx Xxxxx (Presenta carta de compromiso de actuación)
Que lidiarán 6 novillos de la ganadería Xxxxxxx Xxxxx. (Pero no presenta carta de compromiso xx xxxxx)
2.3.-Novillada picada goyesca con la actuación de:
Xxxxxxx Xxxxxxx (Presenta carta de compromiso de actuación) Xxxxx Xxxx (No presenta carta de compromiso de actuación) Xxxxx Xxxxxxxx (Presenta carta de compromiso de actuación)
Que lidiarán 6 novillos de la ganadería Xxxxxxxxx Xxxxxx. (Presenta carta de compromiso xx xxxxx)
3.- Así mismo presenta 1 certificado del Secretario de un Ayuntamiento con población superior a 6.000 habitantes según Anexo V que acredita que el licitador ha organizado y explotado festejos taurinos consistentes en festejos mayores junto con populares entre los que se incluían encierros de toros por las calles, todo ello con una buena ejecución.
4.- El licitador ofrece los siguientes precios de entradas para los festejos mayores:
Entradas (IVA INCLUIDO)
Localización | Rejones | Novillada 1 | Novillada 2 | Abono 3 festejos |
Asiento | 18,00 Euros | 16,00 Euros | 16,00 Euros | 49,00 Euros |
Jaula | 12,00 Euros | 10,00 Euros | 10,00 Euros | 28,00 Euros |
7 puntos.
Sobre estos datos y en base a los criterios de adjudicación este licitador tendría los siguientes puntos:
Respecto al precio del contrato sobre los 80.000,00 euros ofrece 75.000,00 euros por lo tanto supondría una rebaja de 5.000,00 euros con lo que conseguiría 10 puntos ya que por cada 500,00 euros de rebaja es 1 punto.
Respecto a las entradas las rebajas que realiza suponen 7 puntos. Respecto al festejo de rejones:
Xxxx Xxxxx están dentro del Grupo 1 del anexo I: 2 puntos Xxxxx Xxxx está dentro del Grupo 2 del Anexo I: 1 punto.
Se asigna puntuación porque presenta carta de compromiso de actuación de ambos
rejoneadores. Novillada picada:
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx es novillero extremeño Grupo 1 Anexo II: 2 puntos Xxxxxxxx Xxxxxx es novillero extremeño Grupo 1 Anexo II: 2 puntos El Gallo es novillero no extremeño Grupo 1 Anexo II: 2 puntos
Se asigna puntuación porque presenta carta de compromiso de actuación de todos los novilleros.
Sobre este festejo se restan 0,25 puntos al no presentar compromiso xx xxxxx de la ganadería.
Novillada picada goyesca con la actuación de:
Xxxxxxx Xxxxxxx es novillero no extremeño Grupo 1 Anexo II: 2 puntos Xxxxx Xxxx: 0 puntos porque no presenta carta de compromiso de actuación Xxxxx Xxxxxxxx es novillero extremeño Grupo 2 Anexo II: 1 puntos
Al presentar 1 certificado del Secretario de un Ayuntamiento con población superior a 6.000 habitantes según Anexo V que acredita que el licitador ha organizado y explotado festejos taurinos consistentes en festejos mayores junto con populares entre los que se incluían encierros de toros por las calles, todo ello con una buena ejecución: 2 puntos.
Puntos obtenidos:
Precio contrato: 10 puntos Precio entradas: 7 puntos Rejoneadores: 3 puntos.
Novillada picadores: 6
Ganadería novillada picadores: -0,25 puntos Novillada picadores goyesca: 3 puntos.
Experiencia mismos festejos: 2 puntos TOTAL: 30,75 PUNTOS.