CÓDIGO DE EXPEDIENTE A2019/003930 CONTRATO SUMINISTRO
CÓDIGO DE EXPEDIENTE A2019/003930 CONTRATO SUMINISTRO
PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CUADRO DE CARACTERÍSTICAS
1. DATOS ORGÁNICOS |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx NIF DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: ESQ9750009D CENTRO DIRECTIVO: Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx UNIDAD PROMOTORA: Sección de Administración Económica PROVINCIA: Valladolid |
2. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO | |||
Objeto del contrato: Suministro y distribución de fruta fresca para un periodo de 12 meses con destino a centros dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx, desde el 1 xx xxxxx de 2019 o desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato. Clase de suministro: Entrega sucesiva y por precio unitario ¿Es un contrato complementario?: No Lotes: Sí | |||
Lote | Denominación | Códigos CPV | Código CPA |
1 | FRUTA FRESCA CENTROS VALLADOLID-TORDESIL | 03222000-3 | 01.24.29 |
2 | FRUTA FRESCA CENTROS MOJADOS-XXXXXX | 03222000-3 | 01.24.29 |
Deben presentar ofertas para: Uno o varios lotes Número máximo de lotes a los que se puede presentar ofertas: 2 Número máximo de lotes que pueden adjudicarse a un único licitador: 2 Posibilidad de oferta integradora: No Cada lote constituirá un contrato: Sí Necesidades administrativas a satisfacer: Se trata de un contrato necesario para el cumplimiento de los fines institucionales de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx, ya que a través de la convocatoria de este procedimiento, se pretende dotar a los centros de esta Gerencia Territorial a los que |
va dirigido, del suministro de fruta fresca para cumplir sus fines y actividad, debiendo acudir a la contratación externa por carecer este organismo de los medios necesarios para llevarlo a cabo. |
3. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN | ||||
Presupuesto sin IVA: 110.174,80 € Tipo IVA aplicable: Varios IVA: 4.437,74 € Presupuesto total: 114.612,54 € En letra presupuesto total: Ciento catorce mil seiscientos doce euros con cincuenta y cuatro céntimos | ||||
Lote | Denominación | Presupuesto sin IVA | IVA | Presupuesto total |
1 | FRUTA FRESCA CENTROS VALLADOLID-TORDESIL | 101.379,30 € | 4.085,92 € | 105.465,22 € |
2 | FRUTA FRESCA CENTROS MOJADOS-XXXXXX | 8.795,50 € | 351,82 € | 9.147,32 € |
Desglose de costes directos, indirectos y otros eventuales gastos: El presupuesto se ha determinado con referencia a precios unitarios máximos de cada una de las unidades objeto de licitación. La determinación del presupuesto se ha calculado conforme a lo establecido en la clausula 6 del PCAP. Se ha tomado como base para el cálculo del valor estimado del contrato, una media del valor real total de los contratos sucesivos similares adjudicados durante el ejercicio precedente según el artículo 101.10 de la LCSP. Valor estimado: 110.174,80 € ( Ciento diez mil ciento setenta y cuatro euros con ochenta céntimos ) Método del cálculo del valor estimado: El presupuesto se ha determinado con referencia a precios unitarios máximos de cada una de las unidades objeto de licitación. La determinación del presupuesto se ha calculado conforme a lo establecido en la clausula 6 del PCAP. Se ha tomado como base para el cálculo del valor estimado del contrato, una media del valor real total de los contratos sucesivos similares adjudicados durante el ejercicio precedente según el artículo 101.10 de la LCSP. |
4. ANUALIDADES | |||
Anualidad | Aplicación presupuestaria | Centro gestor | Importe |
2019 | G/231B03/22105/8 | 09218000 | 8.390,58 € |
2019 | G/231B04/22105/8 | 09218000 | 34.795,35 € |
2019 | G/231B05/22105/8 | 09218000 | 9.088,15 € |
2019 | G/231B06/22105/8 | 09218000 | 5.032,20 € |
2020 | G/231B03/22105/8 | 09218000 | 8.390,58 € |
2020 | G/231B04/22105/8 | 09218000 | 34.795,35 € |
2020 | G/231B05/22105/8 | 09218000 | 9.088,14 € |
2020 | G/231B06/22105/8 | 09218000 | 5.032,19 € |
Total 114.612,54 € |
5. PLAZO DE EJECUCIÓN |
Plazo de ejecución total: Desde el 1 xx xxxxx de 2019 o desde el dia siguiente a la formalización del contrato Plazos parciales: No Prórrogas convencionales previstas: No Plazo de garantía: 1 mes |
6. ADMISIÓN DE VARIANTES: No |
7. ASPECTOS LABORALES |
CLÁUSULAS LABORALES |
En condiciones especiales de ejecución |
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN |
Finalidades perseguidas: - Otras. |
Descripción de las otras finalidades: En caso de resultar adjudicataria, la empresa, deberá tener en la plantilla que ejecute el contrato al menos un 30% de trabajadores que gocen de estabilidad laboral. Penalidades por incumplimiento: Sí Descripción de las penalidades por incumplimiento: El incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en este pliego, dará lugar a la imposición de una penalidad del 1% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. |
8. CRITERIOS DE SOLVENCIA Y CLASIFICACIÓN |
LOTE 1: FRUTA FRESCA CENTROS VALLADOLID-TORDESIL |
Solvencia económica y financiera: Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser igual o superior al presupuesto base de licitación del lote o lotes a los que licite. Solvencia técnica: Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato en el curso de los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. |
El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (3 últimos años) será de un importe igual o superior al presupuesto base de licitación de cada uno de los lotes a los que se licite, en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los suministros ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto de este contrato la igualdad entre los dos primeros dígitos del código CPV que se indica en la cláusula 3 de este pliego. |
ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES EN EJECUCIÓN CONTRACTUAL |
Compromiso de adscripción: No |
MEDIOS DE PRUEBA ADICIONALES DISTINTOS A LOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 87 A 91: |
Admisión de medios de prueba adicionales: No |
LOTE 2: FRUTA FRESCA CENTROS MOJADOS-XXXXXX |
Solvencia económica y financiera: Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser igual o superior al presupuesto base de licitación del lote o lotes a los que licite Solvencia técnica: Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato en el curso de los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (3 últimos años) será de un importe igual o superior al presupuesto base de licitación de cada uno de los lotes a los que se licite, en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los suministros ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto de este contrato la igualdad entre los dos primeros dígitos del código CPV que se indica en la cláusula 3 de este pliego. |
ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES EN EJECUCIÓN CONTRACTUAL |
Compromiso de adscripción: No |
MEDIOS DE PRUEBA ADICIONALES DISTINTOS A LOS PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 87 A 91: |
Admisión de medios de prueba adicionales: No |
9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN |
LOTE 1: FRUTA FRESCA CENTROS VALLADOLID-TORDESIL |
Único criterio evaluación del coste: No |
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS | ||
Criterios de adjudicación | Tipo criterio | Puntuación máxima |
Criterio: Oferta economica Valoración: Se otorgará la máxima puntuación, 70 puntos, a la oferta económica que ofrezca mayor bajada de precio respecto al presupuesto de licitación sin IVA, valorándose el resto de ofertas proporcionalmente. Consideración de ofertas desproporcionadas: art. 85 Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre | Precio | 70.00 |
Criterio: Condiciones de entrega de los productos Valoración: La empresa se compromete a repartir 5 días por semana: 30 puntos, 4 dias 20 puntos, 3 dias 10 puntos | Calidad | 30.00 |
Total | 100.00 | |
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ESPECÍFICOS PARA EL DESEMPATE | ||
1 .- Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa | ||
LOTE 2: FRUTA FRESCA CENTROS MOJADOS-XXXXXX | ||
Único criterio evaluación del coste: No | ||
CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS | ||
Criterios de adjudicación | Tipo criterio | Puntuación máxima |
Criterio: Oferta economica Valoración: Se otorgará la máxima puntuación, 70 puntos, a la oferta económica que ofrezca mayor bajada de precio respecto al presupuesto de licitación sin IVA, valorándose el resto de ofertas proporcionalmente. Consideración de ofertas desproporcionadas: art. 85 Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre | Precio | 70.00 |
Criterio: Condiciones de entrega de los productos Valoración: La empresa se compromete a repartir 5 días por semana: 30 puntos, 4 dias 20 puntos, 3 dias 10 puntos | Calidad | 30.00 |
Total | 100.00 | |
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ESPECÍFICOS PARA EL DESEMPATE | ||
1 .- Proposiciones presentadas por aquellas empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa |
10. RÉGIMEN DE PAGO |
Pago del precio: Pagos parciales Frecuencia y condiciones de los pagos: El abono del precio del contrato se realizará mensualmente por suministro realizado Abonos a cuenta por operaciones preparatorias/valoraciones parciales: No Pago mediante entrega de bienes: No Sistema de determinación del precio: Precio unitario Posibilidad de incrementar el número de unidades: No |
11. REVISIÓN DE PRECIOS |
Revisión de precios en contrato principal: No |
12. GARANTÍAS |
GARANTÍA PROVISIONAL: No |
GARANTÍA DEFINITIVA: Sí |
Constitución mediante retención de precio: No Devolución parcial de la garantia definitiva: No |
GARANTÍA COMPLEMENTARIA: No |
13. RECEPCIÓN |
Recepciones parciales: Sí Descripción recepciones parciales: Los suministros se entregaran en los almacenes de cada centro, previa petición efectuada por estos según sus necesidades. |
14. MODIFICACIÓN PREVISTA EN PLIEGOS: No |
15. OPCIÓN INEQUÍVOCA DE CESIÓN DEL CONTRATO: Sí |
16. SUBCONTRATACIÓN |
Prohibición de subcontratar: Sí |
17. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. |
18. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN |
En caso de resultar adjudicataria, la empresa, deberá tener en la plantilla que ejecute el contrato al menos un 30% de trabajadores que gocen de estabilidad laboral. |
19. INFORMACIÓN (para realizar cualquier aclaración sobre el expediente de contratación) |
PLIEGO DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES: |
Persona de contacto: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx: 983306888 |
Persona de contacto: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx: 983306888 |
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXXXXXXX QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE SUMINISTRO A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Expediente nº: A2019/003930
TÍTULO DEL CONTRATO: SUMINISTRO DE FRUTA FRESCA PARA UN PERIODO DE 12 MESES CON DESTINO A CENTROS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXXXXXXX
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 1
GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXXXXXXX
CONTRATO DE SUMINISTRO PROCEDIMIENTO ABIERTO
OFERTA: VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
INDICE DEL CLAUSULADO: CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES. I.- DISPOSICIONES GENERALES
1. Objeto del contrato.
2. Régimen jurídico.
3. Codificación del objeto del contrato y necesidades administrativas a satisfacer.
3. Régimen jurídico.
4. Órgano de contratación.
5. Perfil de contratante e información a los licitadores.
6. Presupuesto base de licitación y su distribución en anualidades. Valor estimado del contrato.
7. Existencia de crédito.
8. Precio del contrato. Revisión de precios aplicable. 8.1.- Precio del contrato.
8.2.- Revisión de precios.
9. Plazo de ejecución del contrato. Prórrogas.
10. Capacidad para contratar y solvencia del empresario.
II.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
11. Tramitación del expediente y procedimiento de adjudicación.
12. Criterios de adjudicación del contrato y ponderación
13. Presentación de las proposiciones.
13.1. Presentación de ofertas por medios electrónicos.
13.2. Forma y contenido de las proposiciones.
13.2.a) Contenido del sobre número 1: Documentación administrativa.
13.2.b) Contenido del sobre número 2: Proposición económica y documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación valorables mediante fórmulas matemáticas.
13.3. Examen de las ofertas.
14. Constitución de la Mesa de Contratación y apertura de la documentación administrativa: sobre número 1.
15. Apertura de la documentación relativa a los criterios de adjudicación valorables mediante fórmulas matemáticas: Sobre número 2.
16. Ofertas con valores anormales o desproporcionados.
17. Clasificación de las ofertas y documentación exigible al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación.
1) Los documentos que acrediten la personalidad jurídica y capacidad del empresario.
a) Personas jurídicas.
b) Empresarios individuales.
c) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
d) Los demás empresarios extranjeros.
e) Uniones Temporales de Empresarios.
2) Los documentos que acrediten, en su caso la representación del empresario.
3) Los documentos que acrediten la solvencia económica, y financiera y técnica o profesional.
- Certificación del Registro Oficial de Licitadores.
4) Documentación acreditativa de la obligación de contar con un 2% de trabajadores con discapacidad o de la adopción de medidas alternativas.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 2
5) Obligaciones tributarias.
6) Obligaciones con la Seguridad Social.
7) Impuesto sobre Actividades Económicas.
8) Garantía definitiva
9) Acreditación de tener en la plantilla que ejecute el contrato al menos un 30% de trabajadores que gocen de estabilidad laboral.
18. Adjudicación del contrato y notificación.
19. Decisión de no adjudicar el contrato y desistimiento.
20. Formalización del contrato.
21. Comunicaciones electrónicas.
III.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
22. Pago del precio del contrato.
23. Obligaciones contractuales esenciales.
24. Condiciones especiales de ejecución.
25. Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección del medio ambiente.
26. Otras obligaciones en relación con la ejecución del contrato.
26.1. Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación.
26.2. Seguros.
26.3. Deber de sigilo.
26.4 Gastos e impuestos exigibles al contratista.
IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
27. Principio de riesgo y xxxxxxx. 28 Lugar de entrega.
29. Dirección y supervisión del suministro.
30. Responsabilidad por los suministros.
31. Penalidades.
32. Modificación del contrato.
33. Suspensión.
34. Cesión del contrato.
35. Resolución del contrato.
EXTINCIÓN DEL CONTRATO
36. Cumplimiento del contrato y recepción de los bienes.
37. Plazo de garantía. Vicios o defectos durante el plazo de garantía.
38. Liquidación del contrato.
39. Prerrogativas de la Administración, Recursos y Jurisdicción.
39.1. Prerrogativas de la Administración.
39.2. Recursos.
39.2 a). Recurso especial en materia de contratación.
39.2 b). Otros Recursos. 39.3.- Jurisdicción competente.
40. Protección de datos personales.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 3
INDICE DE ANEXOS:
ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN.
ANEXO II. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (Registro Oficial de Licitadores).
ANEXO III.MODELO DE OFERTA ECONÓMICA.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 4
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXXXXXXX QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL SUMINISTRO DE FRUTA FRESCA PARA UN PERIODO DE 12 MESES CON DESTINO A CENTROS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXXXXXXX.
Expediente nº: A2019/003930
TRAMITACIÓN ORDINARIA
CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA:
SI NO
I.- DISPOSICIONES GENERALES
CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato al que este pliego se refiere tiene por objeto el suministro y distribución de fruta fresca para un periodo de 12 meses con destino a centros dependientes de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx, desde el 1 xx xxxxx de 2019 o desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato.
La descripción y características de los bienes así como la forma de llevar a cabo la prestación por el adjudicatario serán las estipuladas en el pliego de prescripciones técnicas particulares (en adelante, PPT).
El objeto de este contrato se divide en los siguientes lotes:
LOTE I: FRUTA FRESCA CENTROS VALLADOLID CAPITAL Y TORDESILLAS
LOTE II: FRUTA FRESCA CENTROS MOJADOS Y XXXXXX
Los licitadores podrán optar a uno a varios o a todos los lotes indicados, si bien la oferta deberá comprender todos y cada uno de los productos que forman parte de cada lote.
CLÁUSULA 2- RÉGIMEN JURÍDICO.
Este contrato tiene carácter administrativo de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público (en adelante LCSP) y la naturaleza propia de los contratos de suministros, definidos en el artículo 16 de esta norma. Atendiendo a su valor estimado, este contrato no está sometido a regulación armonizada.
El contrato se rige por el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante PCAP), por el PPT, por la LCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 8 xx xxxx, de Contratos del Sector Público, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), estos dos últimos en cuanto no se encuentren derogados por la LCSP.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo, y en su caso, las de derecho privado.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 5
Tanto el PCAP como el PPT revisten carácter contractual, por lo que las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en ellos, y deberán ser firmados, en prueba de conformidad, por el adjudicatario en el acto de formalización del contrato. También revestirá carácter contractual la oferta presentada por el adjudicatario y el documento de formalización del contrato.
El contrato se ajustará al contenido de los anteriores documentos, los cuales se consideran parte integrante de su clausulado. En caso de existir discordancia entre el presente pliego y los demás documentos contractuales, prevalecerá el primero respecto de los restantes.
CLÁUSULA 3.- CODIFICACIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER.
Código clasificación estadística CPA-2008: 01.24.29 Otras frutas con hueso y pepitas Reglamento (CE) nº 451/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxxx de 2008
Código nomenclatura CPV (2008): 03222000-3 Frutas y frutos de cascara
Reglamento (CE) Nº 213/2008, de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el Reglamento (CE) 2195/2002 del Parlamento y del Consejo.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 28 de la LCSP, con la ejecución del presente contrato se pretende dotar a los centros a los que va dirigido del suministro de fruta fresca para un periodo de 12 meses, necesarios para el correcto funcionamiento de los mismos.
Se trata de un contrato necesario para el cumplimiento de los fines institucionales de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx, ya que a través de la convocatoria de este procedimiento, se pretende dotar a los centros de esta Gerencia Territorial a los que va dirigido, del suministro de fruta fresca para cumplir sus fines y actividad, debiendo acudir a la contratación externa por carecer este organismo de los medios necesarios para llevarlo a cabo.
CLÁUSULA 4.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
Ostenta la condición de órgano de contratación en el presente contrato la Gerente Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx, de acuerdo con las competencias que le han sido delegadas mediante Resolución de 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxx de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias del Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León en diversos órganos y unidades administrativas dependientes de este Organismo Autónomo.
CLÁUSULA 5.- PERFIL DE CONTRATANTE E INFORMACIÓN A LOS LICITADORES.
El anuncio de licitación de este contrato, junto con el PCAP y el PPT, así como el resto de documentación del procedimiento de contratación a la que se refiere el artículo 63 de la LCSP se publicará en el perfil de contratante de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx
Cuando las empresas licitadoras soliciten información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria a la que se refiere el artículo 138 de la LCSP, el órgano de contratación la proporcionará, a más tardar seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha información se haya solicitado al menos 12 días antes del transcurso del plazo de presentación de proposiciones.
En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto de documentación, las respuestas tendrán carácter vinculante y se publicarán en el perfil de contratante en términos que garanticen la igualdad y concurrencia en el procedimiento de licitación.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 6
La dirección del órgano de contratación se encuentra en la Xxxxx Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx.
CLÁUSULA 6.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y SU DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
El presupuesto base de licitación del contrato asciende a 114.612,54 € (base imponible 110.174,80 €, más 4.437,74 € de IVA al 4% (fruta fresca excepto uva lata) y 10% (uva lata pelada s/s)), que se financiará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, y de acuerdo con la siguiente distribución de anualidades:
ANUALIDAD | APLICACIÓN PRESUPUESTARIA | PRESUPUESTO LICITACIÓN (IVA excluido) | IVA: 4%-10% | TOTAL (€) |
2019 | 09.21.231B03.22105.8 | 8.063,90 | 326,68 | 8.390,58 |
2019 | 09.21.231B04.22105.8 | 33.446,25 | 1.349,10 | 34.795,35 |
2019 | 09.21.231B05.22105.8 | 8.738,60 | 349,55 | 9.088,15 |
2019 | 09.21.231B06.22105.8 | 4.838,65 | 193,55 | 5.032,20 |
2020 | 09.21.231B03.22105.8 | 8.063,90 | 326,68 | 8.390,58 |
2020 | 09.21.231B04.22105.8 | 33.446,25 | 1.349,10 | 34.795,35 |
2020 | 09.21.231B05.22105.8 | 8.738,60 | 349,54 | 9.088,14 |
2020 | 09.21.231B06.22105.8 | 4.838,65 | 193,54 | 5.032,19 |
TOTAL | 110.174,80 | 4.437,74 | 114.612,54 |
Determinación del presupuesto:
- Precios unitarios.
El presupuesto se ha determinado con referencia a cantidades máximas y precios unitarios máximos de cada una de las unidades objeto de licitación.
Los precios máximos de licitación de los bienes a suministrar, XXX excluido, se establecen en los apartados siguientes de esta Clausula.
Se ha tomado como base para el cálculo del valor estimado del contrato, una media del valor real total de los contratos sucesivos similares adjudicados durante el ejercicio precedente según el artículo 101.10 de la LCSP.
El valor estimado del contrato determinado de acuerdo con las normas que establece el artículo 101 de la LCSP asciende a la cantidad de 110.174,80 €, teniendo en cuenta que el número total de unidades a adquirir no está definido con exactitud por estar subordinadas las entregas sucesivas a las necesidades del adquirente durante el plazo de ejecución del contrato.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 7
LOTE I: FRUTA FRESCA CENTROS VALLADOLID Y TORDESILLAS
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 400 | 1,90 | 760,00 | 30,40 | 790,40 |
CAQUI | KG | 100 | 1,7 | 170,00 | 6,80 | 176,80 |
CASTAÑAS | KG | 10 | 3,90 | 39,00 | 1,56 | 40,56 |
CEREZAS | KG | 150 | 2,9 | 435,00 | 17,40 | 452,40 |
CIRUELAS | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 100 | 2,50 | 250,00 | 10,00 | 260,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 100 | 1,80 | 180,00 | 7,20 | 187,20 |
FRESA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESÓN | KG | 200 | 2,50 | 500,00 | 20,00 | 520,00 |
GRANADA | KG | 5 | 1,50 | 7,50 | 0,30 | 7,80 |
KIWIS | KG | 1280 | 1,70 | 2.176,00 | 87,04 | 2.263,04 |
LIMONES | KG | 375 | 1,40 | 525,00 | 21,00 | 546,00 |
MANDARINAS | KG | 1350 | 1,40 | 1.890,00 | 75,60 | 1.965,60 |
MANGO | KG | 0 | 3,40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MANZANA GOLDEN | KG | 13800 | 1,20 | 16.560,00 | 662,40 | 17.222,40 |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MELOCOTÓN | KG | 1300 | 1,70 | 2.210,00 | 88,40 | 2.298,40 |
MELÓN | KG | 800 | 1,30 | 1.040,00 | 41,60 | 1.081,60 |
NARANJAS MESA | KG | 5350 | 1,20 | 6.420,00 | 256,80 | 6.676,80 |
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 500 | 1,70 | 850,00 | 34,00 | 884,00 |
PARAGUAYOS | KG | 250 | 1,70 | 425,00 | 17,00 | 442,00 |
PAVIA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 4750 | 1,50 | 7.125,00 | 285,00 | 7.410,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 1660 | 1,30 | 2.158,00 | 86,32 | 2.244,32 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 200 | 1,00 | 200,00 | 8,00 | 208,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 1100 | 1,20 | 1.320,00 | 52,80 | 1.372,80 |
UVAS BLANCAS | KG | 100 | 1,50 | 150,00 | 6,00 | 156,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 300 | 1,25 | 375,00 | 37,50 | 412,50 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 90 | 1,00 | 90,00 | 3,60 | 93,60 |
TOTAL | 45.855,50 | 1.856,72 | 47.712,22 |
CENTRO DE DESTINO: RESIDENCIA ASISTIDA 3ª EDAD XX XXXXXXXXXX DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: Xxxx. Xxxxx, 00 – 00000 XXXXXXXXXX
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 8
CENTRO DE DESTINO: RESIDENCIA MIXTA 3ª EDAD PARQUESOL DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxxx Xxxxx, 0 – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 200 | 1,90 | 380,00 | 15,20 | 395,20 |
CAQUI | KG | 20 | 1,7 | 34,00 | 1,36 | 35,36 |
CASTAÑAS | KG | 0 | 3,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CEREZAS | KG | 80 | 2,9 | 232,00 | 9,28 | 241,28 |
CIRUELAS | KG | 400 | 1,90 | 760,00 | 30,40 | 790,40 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 1,80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESA | KG | 120 | 1,70 | 204,00 | 8,16 | 212,16 |
FRESÓN | KG | 120 | 2,50 | 300,00 | 12,00 | 312,00 |
GRANADA | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
KIWIS | KG | 500 | 1,70 | 850,00 | 34,00 | 884,00 |
LIMONES | KG | 150 | 1,40 | 210,00 | 8,40 | 218,40 |
MANDARINAS | KG | 1600 | 1,40 | 2.240,00 | 89,60 | 2.329,60 |
MANGO | KG | 20 | 3,40 | 68,00 | 2,72 | 70,72 |
MANZANA GOLDEN | KG | 3500 | 1,20 | 4.200,00 | 168,00 | 4.368,00 |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MELOCOTÓN | KG | 600 | 1,70 | 1.020,00 | 40,80 | 1.060,80 |
MELÓN | KG | 900 | 1,30 | 1.170,00 | 46,80 | 1.216,80 |
NARANJAS MESA | KG | 1300 | 1,20 | 1.560,00 | 62,40 | 1.622,40 |
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 600 | 1,70 | 1.020,00 | 40,80 | 1.060,80 |
PARAGUAYOS | KG | 400 | 1,70 | 680,00 | 27,20 | 707,20 |
PAVIA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 100 | 1,70 | 170,00 | 6,80 | 176,80 |
PERA CONFERENCIA | KG | 1200 | 1,50 | 1.800,00 | 72,00 | 1.872,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 100 | 1,70 | 170,00 | 6,80 | 176,80 |
PIÑA NATURAL | KG | 700 | 1,70 | 1.190,00 | 47,60 | 1.237,60 |
PLÁTANO | KG | 1200 | 1,30 | 1.560,00 | 62,40 | 1.622,40 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 500 | 1,20 | 600,00 | 24,00 | 624,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 200 | 1,50 | 300,00 | 12,00 | 312,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 70 | 1,70 | 119,00 | 4,76 | 123,76 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 1,25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 200 | 1,00 | 200,00 | 8,00 | 208,00 |
TOTAL | 21.037,00 | 841,48 | 21.878,48 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 9
CENTRO DE DESTINO: C.A.M.P. Y C.O.
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxxxxxxx, 0 – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 197 | 1,90 | 374,30 | 14,97 | 389,27 |
CAQUI | KG | 494 | 1,7 | 839,80 | 33,59 | 873,39 |
CASTAÑAS | KG | 0 | 3,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CEREZAS | KG | 0 | 2,9 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELAS | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 1,80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESÓN | KG | 50 | 2,50 | 125,00 | 5,00 | 130,00 |
GRANADA | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
KIWIS | KG | 555 | 1,70 | 943,50 | 37,74 | 981,24 |
LIMONES | KG | 88 | 1,40 | 123,20 | 4,93 | 128,13 |
MANDARINAS | KG | 606 | 1,40 | 848,40 | 33,94 | 882,34 |
MANGO | KG | 0 | 3,40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MANZANA GOLDEN | KG | 360 | 1,20 | 432,00 | 17,28 | 449,28 |
MANZANA REINETA | KG | 212 | 1,90 | 402,80 | 16,11 | 418,91 |
MELOCOTÓN | KG | 360 | 1,70 | 612,00 | 24,48 | 636,48 |
MELÓN | KG | 317 | 1,30 | 412,10 | 16,48 | 428,58 |
NARANJAS MESA | KG | 1264 | 1,20 | 1.516,80 | 60,67 | 1.577,47 |
NARANJAS ZUMO | KG | 3051 | 1,00 | 3.051,00 | 122,04 | 3.173,04 |
NECTARINA | KG | 434 | 1,70 | 737,80 | 29,51 | 767,31 |
PARAGUAYOS | KG | 307 | 1,70 | 521,90 | 20,88 | 542,78 |
PAVIA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 1000 | 1,50 | 1.500,00 | 60,00 | 1.560,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 300 | 1,70 | 510,00 | 20,40 | 530,40 |
PIÑA NATURAL | KG | 650 | 1,70 | 1.105,00 | 44,20 | 1.149,20 |
PLÁTANO | KG | 1115 | 1,30 | 1.449,50 | 57,98 | 1.507,48 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 396 | 1,20 | 475,20 | 19,01 | 494,21 |
UVAS BLANCAS | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 110 | 1,25 | 137,50 | 13,75 | 151,25 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 10 | 1,00 | 10,00 | 0,40 | 10,40 |
TOTAL | 16.127,80 | 653,36 | 16.781,16 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 00
XXXXXX XX XXXXXXX: X.X. XXXX XXXXXXX
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxxxx, 0 – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 160 | 1,90 | 304,00 | 12,16 | 316,16 |
CAQUI | KG | 150 | 1,7 | 255,00 | 10,20 | 265,20 |
CASTAÑAS | KG | 10 | 3,90 | 39,00 | 1,56 | 40,56 |
CEREZAS | KG | 160 | 2,9 | 464,00 | 18,56 | 482,56 |
CIRUELAS | KG | 180 | 1,90 | 342,00 | 13,68 | 355,68 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 50 | 2,50 | 125,00 | 5,00 | 130,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 1,80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESA | KG | 120 | 1,70 | 204,00 | 8,16 | 212,16 |
FRESÓN | KG | 60 | 2,50 | 150,00 | 6,00 | 156,00 |
GRANADA | KG | 10 | 1,50 | 15,00 | 0,60 | 15,60 |
KIWIS | KG | 320 | 1,70 | 544,00 | 21,76 | 565,76 |
LIMONES | KG | 60 | 1,40 | 84,00 | 3,36 | 87,36 |
MANDARINAS | KG | 250 | 1,40 | 350,00 | 14,00 | 364,00 |
MANGO | KG | 0 | 3,40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MANZANA GOLDEN | KG | 700 | 1,20 | 840,00 | 33,60 | 873,60 |
MANZANA REINETA | KG | 50 | 1,90 | 95,00 | 3,80 | 98,80 |
MELOCOTÓN | KG | 180 | 1,70 | 306,00 | 12,24 | 318,24 |
MELÓN | KG | 600 | 1,30 | 780,00 | 31,20 | 811,20 |
NARANJAS MESA | KG | 1300 | 1,20 | 1.560,00 | 62,40 | 1.622,40 |
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 250 | 1,70 | 425,00 | 17,00 | 442,00 |
PARAGUAYOS | KG | 250 | 1,70 | 425,00 | 17,00 | 442,00 |
PAVIA | KG | 250 | 1,70 | 425,00 | 17,00 | 442,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 700 | 1,50 | 1.050,00 | 42,00 | 1.092,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 150 | 1,70 | 255,00 | 10,20 | 265,20 |
PIÑA NATURAL | KG | 200 | 1,70 | 340,00 | 13,60 | 353,60 |
PLÁTANO | KG | 700 | 1,30 | 910,00 | 36,40 | 946,40 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 600 | 1,00 | 600,00 | 24,00 | 624,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 120 | 1,20 | 144,00 | 5,76 | 149,76 |
UVAS BLANCAS | KG | 200 | 1,50 | 300,00 | 12,00 | 312,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 1,25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 60 | 1,00 | 60,00 | 2,40 | 62,40 |
TOTAL | 11.391,00 | 455,64 | 11.846,64 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 11
CENTRO DE DESTINO: EEI AMANECER
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxx xx Xxxxxxxx, x/x – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CAQUI | KG | 0 | 1,7 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CASTAÑAS | KG | 5 | 3,90 | 19,50 | 0,78 | 20,28 |
CEREZAS | KG | 0 | 2,9 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELAS | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 1,80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESA | KG | 25 | 1,70 | 42,50 | 1,70 | 44,20 |
FRESÓN | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
GRANADA | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
KIWIS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
LIMONES | KG | 15 | 1,40 | 21,00 | 0,84 | 21,84 |
MANDARINAS | KG | 0 | 1,40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MANGO | KG | 0 | 3,40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MANZANA GOLDEN | KG | 150 | 1,20 | 180,00 | 7,20 | 187,20 |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MELOCOTÓN | KG | 10 | 1,70 | 17,00 | 0,68 | 17,68 |
MELÓN | KG | 90 | 1,30 | 117,00 | 4,68 | 121,68 |
NARANJAS MESA | KG | 300 | 1,20 | 360,00 | 14,40 | 374,40 |
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 170 | 1,50 | 255,00 | 10,20 | 265,20 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 200 | 1,30 | 260,00 | 10,40 | 270,40 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 130 | 1,00 | 130,00 | 5,20 | 135,20 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 0 | 1,20 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 1,25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 1.402,00 | 56,08 | 1.458,08 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 12
CENTRO DE DESTINO: EEI CIGÜEÑA
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xx Xxxxxxx, x/x – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 16 | 1,90 | 30,40 | 1,22 | 31,62 |
CAQUI | KG | 0 | 1,7 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CASTAÑAS | KG | 6 | 3,90 | 23,40 | 0,94 | 24,34 |
CEREZAS | KG | 0 | 2,9 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELAS | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 1,80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESA | KG | 12 | 1,70 | 20,40 | 0,82 | 21,22 |
FRESÓN | KG | 28 | 2,50 | 70,00 | 2,80 | 72,80 |
GRANADA | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
KIWIS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
LIMONES | KG | 46 | 1,40 | 64,40 | 2,58 | 66,98 |
MANDARINAS | KG | 58 | 1,40 | 81,20 | 3,25 | 84,45 |
MANGO | KG | 0 | 3,40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MANZANA GOLDEN | KG | 252 | 1,20 | 302,40 | 12,10 | 314,50 |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MELOCOTÓN | KG | 12 | 1,70 | 20,40 | 0,82 | 21,22 |
MELÓN | KG | 99 | 1,30 | 128,70 | 5,15 | 133,85 |
NARANJAS MESA | KG | 91 | 1,20 | 109,20 | 4,37 | 113,57 |
NARANJAS ZUMO | KG | 200 | 1,00 | 200,00 | 8,00 | 208,00 |
NECTARINA | KG | 10 | 1,70 | 17,00 | 0,68 | 17,68 |
PARAGUAYOS | KG | 13 | 1,70 | 22,10 | 0,88 | 22,98 |
PAVIA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 235 | 1,50 | 352,50 | 14,10 | 366,60 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 6 | 1,70 | 10,20 | 0,41 | 10,61 |
PLÁTANO | KG | 230 | 1,30 | 299,00 | 11,96 | 310,96 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 33 | 1,00 | 33,00 | 1,32 | 34,32 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 41 | 1,20 | 49,20 | 1,97 | 51,17 |
UVAS BLANCAS | KG | 11 | 1,50 | 16,50 | 0,66 | 17,16 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 1,25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 1.850,00 | 74,00 | 1.924,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 13
CENTRO DE DESTINO: EEI PETER PAN
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxx Xxxxxx, x/x – 00000 TORDESILLAS
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CAQUI | KG | 0 | 1,7 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CASTAÑAS | KG | 6 | 3,90 | 23,40 | 0,94 | 24,34 |
CEREZAS | KG | 5 | 2,9 | 14,50 | 0,58 | 15,08 |
CIRUELAS | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 1,80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESA | KG | 75 | 1,70 | 127,50 | 5,10 | 132,60 |
FRESÓN | KG | 40 | 2,50 | 100,00 | 4,00 | 104,00 |
GRANADA | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
KIWIS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
LIMONES | KG | 24 | 1,40 | 33,60 | 1,34 | 34,94 |
MANDARINAS | KG | 264 | 1,40 | 369,60 | 14,78 | 384,38 |
MANGO | KG | 5 | 3,40 | 17,00 | 0,68 | 17,68 |
MANZANA GOLDEN | KG | 350 | 1,20 | 420,00 | 16,80 | 436,80 |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MELOCOTÓN | KG | 125 | 1,70 | 212,50 | 8,50 | 221,00 |
MELÓN | KG | 220 | 1,30 | 286,00 | 11,44 | 297,44 |
NARANJAS MESA | KG | 514 | 1,20 | 616,80 | 24,67 | 641,47 |
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 44 | 1,70 | 74,80 | 2,99 | 77,79 |
PARAGUAYOS | KG | 93 | 1,70 | 158,10 | 6,32 | 164,42 |
PAVIA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 233 | 1,50 | 349,50 | 13,98 | 363,48 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 413 | 1,30 | 536,90 | 21,48 | 558,38 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 185 | 1,00 | 185,00 | 7,40 | 192,40 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 159 | 1,20 | 190,80 | 7,63 | 198,43 |
UVAS BLANCAS | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 1,25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 3.716,00 | 148,64 | 3.864,64 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 14
PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN LOTE I SIN IVA: 101.379,30 €
PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN LOTE I CON IVA: 105.465,22 €
LOTE II: FRUTA FRESCA CENTROS MOJADOS Y XXXXXX CENTRO DE DESTINO: R.J. ALAMEDA
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: Xxxx. xx xxx Xxxxxx, 0 – 00000 XXXXXXX (XXXXXXXXXX)
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 68 | 1,90 | 129,20 | 5,17 | 134,37 |
CAQUI | KG | 15 | 1,7 | 25,50 | 1,02 | 26,52 |
CASTAÑAS | KG | 5 | 3,90 | 19,50 | 0,78 | 20,28 |
CEREZAS | KG | 25 | 2,9 | 72,50 | 2,90 | 75,40 |
CIRUELAS | KG | 40 | 1,90 | 76,00 | 3,04 | 79,04 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 1,80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESA | KG | 53 | 1,70 | 90,10 | 3,60 | 93,70 |
FRESÓN | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
GRANADA | KG | 6 | 1,50 | 9,00 | 0,36 | 9,36 |
KIWIS | KG | 324 | 1,70 | 550,80 | 22,03 | 572,83 |
LIMONES | KG | 25 | 1,40 | 35,00 | 1,40 | 36,40 |
MANDARINAS | KG | 400 | 1,40 | 560,00 | 22,40 | 582,40 |
MANGO | KG | 0 | 3,40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MANZANA GOLDEN | KG | 954 | 1,20 | 1.144,80 | 45,79 | 1.190,59 |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MELOCOTÓN | KG | 120 | 1,70 | 204,00 | 8,16 | 212,16 |
MELÓN | KG | 160 | 1,30 | 208,00 | 8,32 | 216,32 |
NARANJAS MESA | KG | 425 | 1,20 | 510,00 | 20,40 | 530,40 |
NARANJAS ZUMO | KG | 97 | 1,00 | 97,00 | 3,88 | 100,88 |
NECTARINA | KG | 99 | 1,70 | 168,30 | 6,73 | 175,03 |
PARAGUAYOS | KG | 34 | 1,70 | 57,80 | 2,31 | 60,11 |
PAVIA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 918 | 1,50 | 1.377,00 | 55,08 | 1.432,08 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 14 | 1,70 | 23,80 | 0,95 | 24,75 |
PLÁTANO | KG | 393 | 1,30 | 510,90 | 20,44 | 531,34 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 208 | 1,00 | 208,00 | 8,32 | 216,32 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 0 | 1,20 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 6 | 1,50 | 9,00 | 0,36 | 9,36 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 1,25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 6.086,20 | 243,45 | 6.329,65 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 15
CENTRO DE DESTINO: EEI ALBORADA
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxx xx Xxxx, x/x – 00000 XXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CAQUI | KG | 0 | 1,7 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CASTAÑAS | KG | 0 | 3,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CEREZAS | KG | 0 | 2,9 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELAS | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 1,80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
FRESA | KG | 75 | 1,70 | 127,50 | 5,10 | 132,60 |
FRESÓN | KG | 0 | 2,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
GRANADA | KG | 0 | 1,50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
KIWIS | KG | 5 | 1,70 | 8,50 | 0,34 | 8,84 |
LIMONES | KG | 12 | 1,40 | 16,80 | 0,67 | 17,47 |
MANDARINAS | KG | 120 | 1,40 | 168,00 | 6,72 | 174,72 |
MANGO | KG | 0 | 3,40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MANZANA GOLDEN | KG | 360 | 1,20 | 432,00 | 17,28 | 449,28 |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 1,90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
MELOCOTÓN | KG | 20 | 1,70 | 34,00 | 1,36 | 35,36 |
MELÓN | KG | 150 | 1,30 | 195,00 | 7,80 | 202,80 |
NARANJAS MESA | KG | 400 | 1,20 | 480,00 | 19,20 | 499,20 |
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 20 | 1,70 | 34,00 | 1,36 | 35,36 |
PARAGUAYOS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 360 | 1,50 | 540,00 | 21,60 | 561,60 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 5 | 1,70 | 8,50 | 0,34 | 8,84 |
PLÁTANO | KG | 400 | 1,30 | 520,00 | 20,80 | 540,80 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 130 | 1,00 | 130,00 | 5,20 | 135,20 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 0 | 1,20 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 10 | 1,50 | 15,00 | 0,60 | 15,60 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 1,70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 1,25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 1,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 2.709,30 | 108,37 | 2.817,67 |
PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN LOTE II SIN IVA: 8.795,50 €
PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN LOTE II CON IVA: 351,82 €
PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN TOTAL SIN IVA: 110.174,80 €
PRESUPUESTO BASE LICITACIÓN TOTAL CON IVA: 114.612,54 €
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 16
CLÁUSULA 7.- EXISTENCIA DE CRÉDITO.
Para atender las obligaciones económicas que de este contrato se deriven para la Administración, existe crédito y suficiente en las anualidades y aplicaciones presupuestarias indicadas en la cláusula anterior.
CLÁUSULA 8.- PRECIO DEL CONTRATO. REVISIÓN DE PRECIOS APLICABLE.
8.1.- Precio del contrato.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor añadido (IVA) que deba soportar la Administración.
En el precio del contrato se consideran incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos y factores de valoración y demás prestaciones que para la correcta y total ejecución de las obligaciones contempladas en los documentos contractuales y demás disposiciones aplicables se originen para el adjudicatario.
8.2.- Revisión de precios.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de la LCSP y en el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española, en este contrato no se revisarán los precios.
CLÁUSULA 9.- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. PRÓRROGAS.
La duración del contrato será de 12 meses a partir del 1 xx xxxxx de 2019, o desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato si esta fuera posterior.
Los suministros se entregarán en los almacenes de cada Centro, previa petición efectuada por estos según sus necesidades, sin sobrepasar su capacidad de almacenamiento para conseguir que todos los productos sean empleados dentro de su período normal de utilización. El plazo máximo de entrega de los suministros solicitados será de 24 horas a contar desde el momento de la petición.
Dadas las características del suministro no se admiten prórrogas.
CLÁUSULA 10.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO.
Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios (en adelante UTE), que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP y que acrediten estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica o profesional por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y en este pliego.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus propios estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Para las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y para las empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP, respectivamente.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 17
Para las UTES, se atenderá a lo dispuesto en el artículo 69 de la LCSP.
Si durante la tramitación de este procedimiento y antes de la formalización del contrato se produjese una operación de fusión, escisión, transmisión del patrimonio empresarial o de una rama de la actividad, le sucederá a la empresa licitadora en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio empresarial o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite su solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en este pliego para poder participar en el procedimiento de adjudicación, de conformidad con el artículo 144 de la LCSP.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 70 de la LCSP, el órgano de contratación tomará las medidas adecuadas para garantizar que la participación en la licitación de las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado al órgano de contratación durante la preparación del procedimiento de contratación, no falsee la competencia.
En caso de que el órgano de contratación optara por la exclusión de las citadas empresas, por entender que no hay otro modo de garantizar el cumplimiento del principio de la igualdad de trato, se les dará audiencia para que justifiquen que su participación en la fase preparatoria no puede tener efecto de falsear la competencia o de dispensarle un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
No podrán concurrir a esta licitación los empresarios que se hallen comprendidos en alguno de los supuestos de incompatibilidades regulados en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, así como en la Ley 3/2016, de 30 de noviembre, del Estatuto de los Altos Cargos de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
II.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 11.- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El expediente de contratación se tramitará de forma ordinaria. La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 131, 145, y 156 a 158 de la LCSP.
CLÁUSULA 12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y PONDERACIÓN
La evaluación de las ofertas se realizará conforme a los siguientes criterios de adjudicación:
Criterios de adjudicación valorados mediante la aplicación de fórmulas para cada lote:
1. Oferta económica
Se otorgará la máxima puntuación, 70 puntos, a la oferta económica que ofrezca mayor bajada de precio respecto al presupuesto de licitación sin IVA, valorándose el resto de ofertas proporcionalmente. Se otorgarán 0 puntos a la oferta económica que coincida con el presupuesto base de licitación.
Aplicando la siguiente formula:
X= (PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN SIN IVA-OFERTA ECONOMICA A VALORAR SIN IVA)*70 / (PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN SIN IVA-OFERTA ECONOMICA MAS BAJA SIN IVA)
Siendo X la puntuación otorgada a la oferta a valorar. 2.- Condiciones de entrega de los productos.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 18
Con este criterio se trata de mejorar las condiciones mínimas de entrega de los productos establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, lo que redundará en un mejor abastecimiento de los centros.
Incremento del número de días de reparto a la semana, respecto del mínimo de 2 días por semana. Se valorara con un máximo de 30 puntos:
La empresa se compromete a repartir 5 días por semana: 30 puntos
La empresa se compromete a repartir 4 días por semana: 20 puntos
La empresa se compromete a repartir 3 días por semana: 10 puntos
DESPROPORCIONALIDAD O ANORMALIDAD. El carácter desproporcionado o anormal de una oferta se apreciará de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
CLÁUSULA 13.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad alguna, así como la autorización a la Mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado Miembro de la Unión Europea.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisibilidad de todas las propuestas por él suscritas.
Este contrato no admite VARIANTES.
De acuerdo con lo dispuesto en el 133 de la LCSP, las empresas licitadoras en el momento de presentar su oferta podrán designar como confidencial la información que faciliten. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento aportado. El carácter confidencial afectará, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas y a cualesquiera otras informaciones cuyo contenido pueda ser utilizado para falsear la competencia, ya sea en este procedimiento de licitación o en otros posteriores.
Los licitadores no podrán retirar su proposición durante el plazo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. Dicho plazo quedará ampliado en quince días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 149.4 de la LCSP relativo a las ofertas con valores anormales o desproporcionados. La retirada indebida de una proposición será causa que impedirá al licitador contratar con las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.2.a) de la LCSP.
Las proposiciones de los interesados junto con la documentación correspondiente se presentarán en el plazo señalado en el anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en la forma que a continuación se señala:
13.1.- Presentación de ofertas por medios electrónicos.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 3º de la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP, las ofertas se presentarán utilizando medios electrónicos a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público ( xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), de acuerdo con lo previsto en la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas, que podrán encontrar en el siguiente enlace, https://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/wps/`portal/guiasAyuda.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 19
A estos efectos, es requisito inexcusable ser un usuario registrado y rellenar tanto los datos básicos como los datos adicionales ( ver Guía de Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público para Empresas, Guía del Operador Económico, disponible en el anterior enlace).
- Los licitadores, con carácter previo a su participación en cualquier procedimiento de licitación de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, deberán también darse de alta o actualizar sus datos en la Plataforma Duero de contratación electrónica, si no hubieran realizado esta actualización después del 19 xx xxxx de 2017, o habiéndola realizado, sus datos hubieran variado con posterioridad.
- El alta y la actualización en la Plataforma Duero se realizará accediendo al formulario que tiene a su disposición en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx “Solicitud de alta/ modificación de datos de empresa”.
- El servicio de atención al ciudadano 012 (983 327 850, desde fuera de Castilla y León) podrá asistir a los licitadores en el proceso de alta, quienes, en todo caso, pueden consultar los requisitos técnicos que debe disponer su equipo si acceden con el navegador a la dirección xxxx://xxx.xx.xxxx.xx/xxxxx0/
Las ofertas deberán enviarse a través de la “Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas”, por lo que no se admitirán aquellas ofertas que no sean presentadas a través de esta herramienta, o dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación.
13.2.- Forma y contenido de las proposiciones.
Las proposiciones de los licitadores se presentarán en dos sobres, designados respectivamente como:
- Sobre 1. Título: Documentación administrativa.
- Sobre 2. Título: Oferta económica.
Todos los sobres deberán ir firmados electrónicamente por el representante del licitador y, en el caso de concurrir en UTE, deberán ir firmados por todos los componentes de la misma, a través de “Herramienta de Preparación y Presentación de Ofertas”, para lo que nos remitimos a la Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas, que podrán encontrar en el siguiente enlace: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx.
Además, se deberá identificar en su exterior, en cada uno de ellos, los siguientes extremos:
• El nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora.
• El NIF o NIE, según se trate de una empresa de nacionalidad española o extranjera.
• Domicilio social, número de teléfono, correo electrónico y fax, a efectos de comunicaciones.
• La denominación completa del objeto del contrato al que licitan y número del expediente.
• En su caso, el lote o lotes a los que licita.
Dentro de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente.
13.2 a) Contenido del sobre número 1: Documentación administrativa.
En el sobre número 1 deberá incluirse la siguiente documentación:
1.-Declaración Responsable ajustada al formulario del documento europeo único de contratación (DEUC), establecido por el Reglamento (UE) nº 2016/7 en su Anexo II: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx.
xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx#.)
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 20
Con el fin de facilitar la cumplimentación por parte de las empresas del modelo de formulario normalizado del DEUC que establece el anexo II del citado Reglamento, en la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la Directiva de contratación pública (BOE Nº 85, de 8 xx xxxxx de 2016), se establecen un conjunto de orientaciones que están disponibles en la siguiente dirección xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx.
- En caso de que el objeto de este contrato está fraccionado en lotes, se deberá aportar una declaración responsable indicando en el mismo los lotes a los que licita.
- Cuando el empresario recurra a la solvencia y medios de otras empresas, cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable, igualmente ajustada al formulario del DEUC, en la que figure la información pertinente.
- En el caso de que varios empresarios concurran agrupados en una unión temporal, se aportará una declaración responsable, también ajustada al DEUC, por cada empresa participante, además del compromiso de constituir la unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma.
- Las empresas extranjeras, en el caso de que el contrato vaya a ejecutarse en España, además de la declaración responsable, deben aportar una declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir en el contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
2.- Declaración responsable, conforme al modelo que se acompaña como Anexo I a este pliego.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que hace referencia esta declaración responsable, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
No obstante, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 140.3 de la LCSP, el órgano o la mesa de contratación podrán pedir a los candidatos o licitadores que presenten la totalidad o un parte de los documentos justificativos, cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario para el buen desarrollo del procedimiento y, en todo caso, antes de adjudicar el contrato.
Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares, siendo únicamente necesaria la manifestación expresa del licitador de su inscripción en el mencionado Registro o base de datos correspondiente.
Si en el sobre número 1 figurase documentación correspondiente al sobre número 2, el licitador será excluido del procedimiento de adjudicación por vulnerar el carácter secreto que han de tener las proposiciones (artículo 139.2 de la LCSP).
13.2 b) Contenido del sobre número 2: Proposición económica y documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación valorables mediante fórmulas matemáticas.
En este sobre se incluirá la oferta económica y el resto de documentos necesarios para la valoración de los criterios de adjudicación mediante la aplicación de fórmulas matemáticas, debidamente sellada y firmada por quien tenga poder suficiente para ello, y ajustada al modelo que se adjunta a este pliego como Xxxxx XXX.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 21
En la oferta económica para cada uno de los lotes se detallarán en cuadros los productos y precios ofertados (con un máximo de dos decimales) para cada centro de destino, tal y como aparece reflejado en la cláusula 6 de este Pliego, indicando precio unitario de cada producto, el total de cada producto, y el total por centro de destino, así como como el total del lote. Todos estos precios se indicarán sin IVA y con IVA. Se deberá ofertar el mismo precio para el mismo producto para todos los centros incluidos dentro del mismo lote, siendo desestimada la oferta que presente distintos precios para un mismo producto dentro del mismo lote.
En la oferta económica deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
En caso de discrepancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá la consignada en letra.
La valoración de la oferta económica se hará tomando en consideración únicamente el importe de la base imponible consignada por el licitador en su oferta económica.
Serán desechadas por la mesa, en resolución motivada, aquellas proposiciones que no guarden concordancia con la documentación examinada y admitida, tengan omisiones, errores, tachaduras que impidan conocer claramente los términos en los que la oferta esté formulada, excedan del presupuesto base de licitación, variaran sustancialmente el modelo establecido, o comporten error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
13.3.- Examen de las ofertas.
La custodia electrónica de las ofertas, la apertura y la evaluación electrónica de la documentación, se realizará a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. Por ello, y de acuerdo con el artículo 157.4 de la LCSP, no se realizará acto público para la apertura de las ofertas económicas y criterios valorables mediante fórmulas matemáticas.
CLÁUSULA 14.-CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA: SOBRE Nº 1.
La composición de la Mesa de Contratación se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 79.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y 326 de la LCSP.
La Mesa de Contratación se constituirá electrónicamente por medio de la Plataforma de Contratación del Sector Público, para la apertura de los sobre nº1 y para calificar los documentos presentados en tiempo y forma.
Cuando la Mesa de Contratación, conforme a lo dispuesto en el artículo 141.2 de la LCSP aprecie defectos subsanables, lo notificará al empresario por los medios de comunicación electrónica de que dispone la Plataforma de Contratación del Sector Público, y lo hará público el mismo día a través del perfil de contratante, concediéndole un plazo de tres días, desde el envío de la notificación para que los subsane ante la Mesa de Contratación, por los mismos medios. El licitador que no subsane los defectos u omisiones de la documentación presentada será excluido definitivamente del procedimiento de adjudicación.
La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación incluida en este sobre, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajusten a los criterios de selección de la presente contratación, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y las causas de este rechazo.
Del resultado de la calificación del sobre nº 1 se generará un informe como actuación automatizada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), firmado con sello electrónico, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.1.a) de esta
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 22
misma norma, que se publicará en el tablón del licitador a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público.
CLÁUSULA 15.- APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA O MEDIANTE FÓRMULAS: SOBRE Nº2.
En el día y hora señalados en el anuncio de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, se realizará la apertura del sobre nº2 de aquellos licitadores que continúen en el procedimiento de adjudicación.
Criterios de desempate.-En el caso de que tras la aplicación de los criterios de adjudicación se produzca un empate entre dos o más ofertas, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, de acuerdo con el artículo
147.1 de la LCSP:
- Empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de proposiciones, tengan en su plantilla un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al que les imponga la normativa.
En caso de que se encuentren igualadas, tendrán preferencia la empresa licitadora que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla
-Empresas que, al vencimiento del plazo de presentación de proposiciones, incluyan medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, como planes de igualdad, medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
A tales efectos, el órgano de contratación, antes de la adjudicación, requerirá a los licitadores empatados la documentación acreditativa de la concurrencia de los criterios de preferencia relacionados.
Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia conforme al párrafo anterior, se estará a lo dispuesto en el artículo 147.2 de la LCSP.
De todo lo actuado, conforme a los apartados anteriores, se dejará constancia en las actas correspondientes en las que se reflejará el resultado del procedimiento y sus incidencias.
CLÁUSULA 16.- OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
El carácter desproporcionado o anormal de una oferta se apreciará de acuerdo con los parámetros objetivos establecidos en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
Se considerarán desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 23
Cuando la Mesa de Contratación hubiere identificado una o varias ofertas incursas en presunción de anormalidad, requerirá al licitador o licitadores que las hubieren presentado para que, en un plazo de 5 días hábiles, a contar desde la recepción del requerimiento, justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de la información y documentos que resulten pertinentes a estos efectos.
El órgano de contratación rechazará las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
En todo caso se entenderá que la justificación no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador, cuando esta sea incompleta o se fundamente en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico.
La Mesa de Contratación, previo asesoramiento técnico del servicio correspondiente, evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo, y elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación.
En ningún caso se acordará la aceptación de una oferta sin que la propuesta de la Mesa de Contratación en este sentido esté debidamente motivada.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado cuarto del artículo 149 de la LCSP, estimase que la información recabada no explica satisfactoriamente el bajo nivel de los precios o costes propuestos por el licitador y que, por lo tanto, la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la mejor oferta, de acuerdo con el orden en que xxxxx quedado clasificadas.
Cuando una empresa que hubiese estado incursa en presunción de anormalidad hubiera resultado adjudicataria del contrato, el órgano de contratación establecerá mecanismos adecuados para realizar un seguimiento pormenorizado de la ejecución del mismo con el objetivo de garantizar la correcta ejecución del contrato sin que se produzca una merma en la calidad de los servicios contratados.
CLÁUSULA 17.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE AL LICITADOR A CUYO FAVOR RECAIGA LA PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
La Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en este pliego y elevará la correspondiente propuesta al órgano de contratación.
La propuesta de adjudicación no creará derecho alguno a favor del empresario propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión
Aceptada la propuesta de la Mesa por el órgano de contratación, el servicio encargado de la tramitación del procedimiento de contratación requerirá al licitador mejor clasificado para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa de las circunstancias referidas en la declaración responsable a la que se refiere el artículo 140.1 de la LCSP y que a continuación se relacionan:
1) Los documentos que acrediten la personalidad jurídica y capacidad de obrar del empresario.
a) Personas jurídicas:
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 24
La acreditación de su personalidad jurídica y capacidad de obrar se realizará mediante escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b) Empresarios individuales:
La acreditación de su personalidad y capacidad de obrar se realizará mediante la presentación de una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente.
c) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo:
Se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o las certificaciones que se indican en el Anexo I.3 del RGLCAP.
d) Los demás empresarios extranjeros:
Se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúen habitualmente en el tráfico local en el ámbito de las actividades al que extiende el objeto del contrato.
Deberá acompañarse además, un informe de la Misión Diplomática Permanente o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización mundial de Comercio.
e) Uniones Temporales de Empresarios.
Cada uno de los miembros de la unión de empresarios acreditará su personalidad y capacidad de obrar con arreglo a lo dispuesto en los apartados precedentes, debiendo hacerse constar en documento privado los siguientes extremos:
-Los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben.
-La participación de cada uno de ellos.
-El compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios del contrato.
-El nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
Cuando dos o más empresas acudan a una licitación constituyendo una unión temporal de empresarios la oferta deberá estar firmada por todos y cada uno de los miembros que la componen.
2) Los documentos que acrediten, en su caso, la representación del empresario.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, o actúen como su mandatario, deberán presentar poder bastante al efecto, acompañado de copia auténtica del D.N.I. o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
Si el licitador fuese persona jurídica, el poder bastante deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesaria la inscripción previa en el citado Registro.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 25
3) Los documentos que acrediten la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
La solvencia económica y financiera y técnica o profesional se acreditará mediante la aportación de los documentos que a continuación se indican:
- Solvencia económica y financiera (art.87 de la LCSP). Se acreditará del modo siguiente:
-Declaración del empresario indicando el volumen anual de negocios, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, deberá ser igual o superior al presupuesto base de licitación del lote o lotes a los que licite.
Este criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes.
- Solvencia técnica o profesional. (art.89 de la LCSP). Deberá acreditarse a través del siguiente medio:
- Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato en el curso de los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado (3 últimos años) será de un importe igual o superior al presupuesto base de licitación de cada uno de los lotes a los que se licite, en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto de este contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los suministros ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto de este contrato la igualdad entre los dos primeros dígitos del código CPV que se indica en la cláusula 3 de este pliego.
Para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurre no está incursa en una prohibición de contratar.
Si el licitador ha recurrido a las capacidades de otras empresas, deberá también aportar la documentación de estas empresas referida en los apartados anteriores, así como el compromiso por escrito de las mismas que demuestre que efectivamente disponen de la solvencia y medios declarados para la ejecución del contrato. (Artículo75 LCSP).
En las UTE, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma (artículo 24.1 del RGLCAP)
Certificación del Registro Oficial de Licitadores.
- Cuando la acreditación de la personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de la prohibiciones de contratar se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas prevista en el artículo 96 de la LCSP o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme al artículo 97 de la LCSP, se acompañará a la misma declaración responsable del licitador relativa a que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación (Anexo II). En caso de variación se declarará y aportará acreditación de la misma.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 26
- De acuerdo con la Orden HAC/1102/2007, de 31 xx xxxx, por la que se regula el Registro de Licitadores de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León (BOCYL nº 121 de 22 xx xxxxx de 2007), los licitadores podrán solicitar al Secretario de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Castilla y León, la certificación correspondiente al estado de los datos y documentos del licitador inscrito en el Registro.
- De conformidad con el artículo 8 de la citada Orden, los licitadores quedarán dispensados de presentar en el procedimiento de licitación del contrato la documentación que haya sido inscrita y depositada en el Registro, siempre que no se hayan producido modificaciones o alteraciones que afecten a los datos inscritos y aporten, en sustitución de dicha documentación, la correspondiente certificación expedida por el Registro. No obstante, si el certificado incluyera datos cuya vigencia haya caducado, el licitador podrá presentar el certificado junto con los documentos que actualicen dicha información. En todo caso, la Mesa de Contratación se reserva la facultad de recabar la documentación que considere oportuna.
4) Documentación acreditativa de la obligación de contar con un 2% de trabajadores con discapacidad o de la adopción de medidas alternativas.
En los supuestos en los que sea obligatorio contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad, o adoptar las medidas alternativas correspondientes, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE de 3 de diciembre), los licitadores aportarán un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma, o en el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas.
5) Obligaciones Tributarias.
Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
6) Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Las circunstancias establecidas en los números 5 y 6 anteriores podrán también acreditarse mediante la aportación del certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que acredite los anteriores extremos.
El adjudicatario no estará obligado a aportar las certificaciones positivas indicadas anteriormente en el caso de que hubiera autorizado la cesión de dicha información, según se señala en el modelo de declaración responsable que figura en el Anexo I de este pliego.
7) Impuesto sobre Actividades Económicas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del RGLCAP, en relación con este impuesto deberá presentarse la siguiente documentación:
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentará declaración responsable indicando el motivo de la exención y, en su caso, resolución de concesión de exención y alta en dicho impuesto.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 27
En todo caso, las personas físicas no tendrán que aportar los documentos siguientes: Recibo acreditativo de haber abonado el citado impuesto y declaración responsable de exención.
8) Garantía definitiva.
Documento acreditativo de haber constituido una garantía del 5 por ciento del presupuesto base de licitación del lote o lotes correspondientes, IVA excluido, al tratarse de un contrato cuyo precio se formula en función de precios unitarios. Para la constitución de la garantía se estará a lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la LCSP y 61 del RGLCAP y en el Decreto 7/2003, de 16 de enero, por el que se regula la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
La garantía podrá prestarse por alguna de las formas siguientes:
a) En efectivo o en valores, que en todo caso serán de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en el artículo 55 del RGLCAP. El efectivo y los certificados de inmovilización de valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos dependiente de la Tesorería General de la Junta xx Xxxxxxxx y León o en cualquiera de las Secciones de Tesorería de los Servicios Territoriales de Hacienda de las Delegaciones Territoriales de la Junta xx Xxxxxxxx y León.
b) Mediante aval prestado, en la forma y en las condiciones establecidas en el artículo 56 del RGLCAP, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. El aval será depositado en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Por contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones establecidas en el artículo 57 del RGLCAP, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro será entregado en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
En caso de que la oferta más ventajosa sea realizada por una unión temporal de empresas, la garantía podrá ser constituida por uno o varios de sus miembros, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida en el pliego, y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará, una vez producido el vencimiento del plazo de garantía señalado y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste sin culpa del contratista.
9) Acreditación de tener en la plantilla que ejecute el contrato al menos un 30% de trabajadores que gocen de estabilidad laboral. (Tal y como se establece en la cláusula 24 de este pliego).
Contestación al requerimiento.
La contestación al requerimiento de documentación al licitador propuesto como adjudicatario se realizará a través del Registro Electrónico.
La presentación al Registro electrónico se realizará a través del formulario “Solicitud de trámites del procedimiento de contratación administrativa” que tiene a su disposición en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx”.
Cuando el empresario tenga que aportar documentos públicos notariales o registrales presentará directamente las copias auténticas de estos documentos públicos ante los servicios dependientes del órgano de contratación.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 28
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2.a) de la LCSP respecto a las prohibiciones de contratar, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA 18.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN.
Recibida, en tiempo y forma, la documentación requerida al licitador mejor clasificado, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de dicha documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en este pliego.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de dos meses a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones (artículo 158.2 de la LCSP). Este plazo se ampliará en 15 días hábiles cuando sea necesario seguir los trámites a que se refiere el artículo 149.4 de la LCSP, por haber ofertas incursas en presunción de anormalidad.
La resolución de adjudicación deberá ser motivada, se notificará al adjudicatario y a los restantes licitadores y se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación en el plazo de 15 días. En dicha notificación se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
La notificación y la publicidad en el perfil de contratante deberá contener la información necesaria que permita a los interesados en el procedimiento de adjudicación interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
La notificación se realizará por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP.
CLÁUSULA 19.- DECISIÓN DE NO ADJUDICAR EL CONTRATO Y DESISTIMIENTO.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 de la LCSP, la decisión de no adjudicar o celebrar el contrato o el desistimiento del procedimiento de adjudicación podrán acordarse por el órgano de contratación antes de la formalización del contrato.
La decisión de no adjudicar o celebrar el contrato solo podrá adoptarse por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la decisión.
El desistimiento del procedimiento deberá estar fundado en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo justificarse en el expediente la concurrencia de la causa. El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un procedimiento de licitación.
En ambos casos se compensará a los candidatos aptos para participar en la licitación o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido hasta el límite del tres por mil del presupuesto del contrato
CLÁUSULA 20.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfecciona con su formalización y se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación.
Con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá aportar la siguiente documentación:
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 29
-En el caso de que el adjudicatario sea una U.T.E., la escritura pública de formalización de la misma, cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
-Declaración responsable de no estar incursa la empresa y, en su caso, sus administradores y representantes, en ninguna de las prohibiciones de contratar del artículo 71 de la LCSP.
-Cualquier otra documentación complementaria que fuera exigida por el órgano de contratación.
Dado que se trata de un contrato de suministro cuyo valor estimado es superior a cien mil euros, es susceptible de recurso especial en materia de contratación, por tanto, la formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
Una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato, el servicio encargado de la tramitación del expediente de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
Una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato, el servicio encargado de la tramitación del expediente de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato, cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, se le exigirá el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, sin perjuicio de lo establecido respecto a las prohibiciones de contratar en la letra b) del apartado 2 del artículo 71.
En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en el artículo 150.2 de la LCSP, resultando de aplicación los plazos establecidos en el artículo 153.4 de la LCSP.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Anuncio de formalización
El anuncio de formalización deberá publicarse, junto con el contrato, en el perfil de contratante del órgano de contratación en un plazo no superior a 15 días tras la formalización.
CLÁUSULA 21.- COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS.
Conforme al apartado 1 f) de la Disposición adicional decimosexta, el nivel de seguridad exigido para los medios de comunicación electrónicos utilizados en las diferentes fases de este procedimiento será proporcional a los riesgos asociados a los intercambios de información a realizar, por lo que en las comunicaciones electrónicas debe distinguirse:
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 30
a) Comunicaciones a través de Plataforma de Contratación del Sector Público relacionadas con la licitación y para la adjudicación de los contratos el nivel de seguridad será conforme al siguiente detalle:
- Los licitadores se identificarán, mediante sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación», conforme al artículo 9.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ( en adelante LPAC), para el acceso a las comunicaciones electrónicas que dirija la Mesa o en su defecto el órgano de contratación, al licitador a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público, relacionadas con:
1.- La subsanación a que se refiere el artículo 141. 2 in fine de la LCSP.
2.- El requerimiento al licitador que haya presentado la mejor oferta conforme a lo dispuesto en el artículo
150.2 de la LCSP.
3.- La adjudicación del contrato, cuando se realice a través de PLACSP
- La contestación al requerimiento a través de la Plataforma de Contratación del Sector Publico exigirá, conforme al artículo 10.2 a) de la LPAC sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación»
b) En las comunicaciones a través de la Plataforma Duero de Contratación Electrónica el nivel de seguridad será conforme al siguiente detalle.
- Las notificaciones por medios electrónicos al contratista se practicarán, de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP en combinación con el artículo 28.2.a) del Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, a través xxx Xxxxx electrónico del ciudadano, como sistema de dirección electrónica, habilitado en la sede en la forma regulada en el artículo 29 del citado Decreto.
- Las notificaciones electrónicas que se practicarán a través de la Plataforma Duero de Contratación electrónica serán:
1.- El requerimiento de documentación a los licitadores o candidatos a que se refiere el artículo 140.3 LCSP
2.- El requerimiento a licitador o licitadores cuyas ofertas estuvieran incursas en presunción de anormalidad conforme al artículo 149.4 de la LCSP.
3.- Las notificaciones correspondientes a la formalización y a la fase de ejecución contractual.
- Para la práctica de notificaciones a través xxx Xxxxx electrónico del ciudadano, deberá identificarse, en la documentación administrativa que acompañe a la oferta el licitador conforme al artículo 140.1.a) 4º) de la LCSP al menos una persona física de contacto que represente a la empresa (no se requiere que tenga la condición de apoderado), que haya creado su buzón electrónico del ciudadano en la dirección electrónica xxxxx://xxx0.xx.xxxx.xx/xxxx/ y esté suscrito en este buzón a los procedimientos de contratación administrativa.
- Las notificaciones electrónicas, se dirigirán a la persona de contacto que se haya identificado. En el caso de que el licitador o contratista quiera designar otra persona de contacto deberá ponerlo en conocimiento del órgano de contratación, entendiéndose hasta que se produzca la puesta en conocimiento de la nueva persona de contacto, válidamente realizadas las notificaciones cursadas a quien el licitador o contratista hubiere designado y los plazos se computarán desde la fecha de su envío siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el perfil de contratante conforme al apartado primero de la Disposición adicional decimoquinta arriba mencionada.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 31
- Para el acceso a las notificaciones cursadas al buzón electrónico del ciudadano se requerirá, conforme al artículo 10.2 a) de la LPAC sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación.”
En fase de ejecución contractual, las solicitudes, escritos y comunicaciones que el contratista dirija al órgano de contratación, se presentarán en formato electrónico en el Registro electrónico de la Administración de Castilla y León, cuyo funcionamiento se regula en el capítulo V del Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. No obstante, las copias auténticas de la escritura púbica de constitución de la UTE a que se refiere el artículo 69.1 de la LCSP y la de cesión de contrato a que se refiere el artículo 214.2 d) de la LCSP se presentarán directamente ante lo servicios dependientes del órgano de contratación.
La presentación al Registro electrónico se realizará a través del formulario “Solicitud de trámites del procedimiento de contratación administrativa” que tiene a su disposición en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx”.
Con carácter previo al registro electrónico de la solicitud, escrito o comunicación y en su caso a los anexos, los documentos deberán ser autenticados mediante una firma electrónica avanzada reconocida, de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica
En el registro electrónico los documentos Anexos deberán ir en formato PDF y cumplir el estándar de firma XML AdvancedElectronicSignatures (XAdES).
Si la presentación por Registro electrónico de las solicitudes, escritos y comunicaciones que el contratista dirija al órgano de contratación, se realizara por persona física que carece de facultades para representar a la empresa contratista, deberá obtenerse, antes de su presentación por Registro, de la persona física con facultades de representación, la firma electrónica de la documentación acreditativa del trámite correspondiente.
Para que la firma electrónica de la persona física con poderes que se recaba, pueda reconocerla el Registro electrónico de la Administración de Castilla y León, deberá acceder a esta dirección electrónica xxxxx://xxx.xx.xxxx.xx/xxxx/ (disponen de un enlace directo en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxx.xx/) y firmar la documentación.
Firmada la documentación se generará un fichero en formato pdf.xml por cada documento firmado, que deberá adjuntarse posteriormente como Anexo en el Registro electrónico por la persona física que vaya a realizar el Registro
Formatos de los documentos electrónicos:
Los documentos que se presenten por los licitadores y contratistas deberán ir en formato PDF y cumplir el estándar de firma XML AdvancedElectronicSignatures (XAdES). El tamaño por documento no excederá de 8 MB.
III.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. CLÁUSULA 22.- PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO.
El contratista tendrá derecho al abono del precio de los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 32
El abono del precio del contrato se realizará mensualmente por suministro realizado, y se tramitará por el servicio gestor del contrato, una vez recibidos de conformidad por los directores de cada centro y comprobada la calidad de los bienes objeto del suministro.
En todo caso, el mes de diciembre, se pagará en el siguiente ejercicio presupuestario.
El adjudicatario está obligado a facturar electrónicamente, debiendo consignar en la factura que emita el código del contrato del que dicha factura deriva, en cualquiera de estas dos etiquetas: 3.1.6.1.5 Receiver Contract Reference/ 3.1.6.1.7 Receiver Transaction Reference.
Las facturas deberán cumplir todos los requisitos que reglamentariamente estén establecidos para las mismas, conforme con lo establecido en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, con las menciones indicadas en la Disposición adicional trigésima segunda de la LCSP. A estos efectos, el órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, el órgano gestor, y la unidad tramitadora del contrato son los siguientes:
CODIGO OFICINA CONTABL E (OC) | NOMBRE OC | CODIGO ORGANO GESTOR (OG) | NOMBRE OG | CODIGO UNIDAD TRAMITAD ORA (UT) | NOMBRE UT |
A07009158 | Intervención Territorial Valladolid | A07009156 | Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx | A07009156 | Sección de Administración Económica |
CLÁUSULA 23.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Tienen la consideración de obligaciones contractuales esenciales de este contrato, las siguientes:
El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.
CLÁUSULA 24.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la LCSP se establece como condición especial de ejecución de este contrato la siguiente:
En caso de resultar adjudicataria, la empresa, deberá tener en la plantilla que ejecute el contrato al menos un 30% de trabajadores que gocen de estabilidad laboral.
Para el cómputo del número de trabajadores con contrato indefinido, se tendrá en cuenta exclusivamente las jornadas laborales completas, de manera que si son contratados trabajadores a jornada parcial, se sumarán las horas de estos para calcular el número de trabajadores equivalentes a jornada completa.
Esta circunstancia se deberá acreditar por la empresa adjudicataria, tanto antes del inicio de la ejecución del contrato, como durante la ejecución del mismo, según se indica a continuación:
Antes del inicio de la ejecución se adjuntará los documentos TC2, los contratos u otro documento que acredite la contratación indefinida (según lo dispuesto en la Cláusula 17.9 de este pliego). Cuando fuera preciso se aportarán otros documentos (DNI, etc.) que identifiquen a las personas contratadas indefinidamente.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 33
Durante la ejecución del contrato, el órgano de contratación podrá requerir en cualquier momento la presentación de la documentación justificativa establecida en el apartado anterior.
Al presentar la anterior documentación por primera vez, y siempre que haya modificaciones en los trabajadores afectados, se aportará documentación acreditativa de la contratación indefinida.
El cumplimiento de esta obligación se considera condición especial de ejecución, por lo que su incumplimiento dará lugar a las penalidades previstas en este pliego.
CLÁUSULA 25.- OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES, FISCALES Y DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia fiscal, en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de igualdad de género, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente, así como de aquella que se promulgue durante la ejecución del contrato.
Igualmente deberá cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las condiciones salariales de los trabajadores establecidas en los convenios colectivos sectoriales que les sean de aplicación.
En general, el contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas pudieran imponerle los Organismos competentes.
En cualquier caso, el contratista, indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
CLÁUSULA 26.- OTRAS OBLIGACIONES EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
26.1.- Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación.
Se establece la prohibición de subcontratar.
26.2.- Seguros.
El contratista, con carácter previo a la formalización del mismo y durante la vigencia del contrato, hasta la finalización del plazo de garantía, deberá tener suscritos los seguros obligatorios para las operaciones que requiera la ejecución del contrato y acreditar su existencia si así fuera requerido por la Administración
26.3.- Deber de sigilo.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo. Esta obligación de sigilo subsistirá tras la finalización del contrato.
26.4.- Xxxxxx e impuestos exigibles al contratista.
Corresponderá y será a cargo del contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para el inicio y la realización del suministro.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 34
b) La indemnización de los daños y perjuicios que se causen tanto a la Administración como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración, con los límites señalados en las Leyes.
c) Los gastos de la entrega y el transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido.
IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
CLÁUSULA 27.- PRINCIPIO DE RIESGO Y XXXXXXX.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con estricta sujeción a las cláusulas del mismo, a las estipulaciones del presente pliego de cláusulas administrativas particulares y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
CLÁUSULA 28.- LUGAR DE ENTREGA.
El lugar de entrega de los bienes objeto del suministro y los términos establecidos para la misma son los señalados en el PPT.
CLÁUSULA 29.- DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SUMINISTRO.
La Administración contratante tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración de los bienes objeto del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales o bienes que se vayan a emplear, así como establecer sistemas de control de calidad, cuyos gastos corresponderán y serán de cuenta del contratista. Igualmente podrá dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento del contrato.
La dirección y supervisión del suministro será ejercida por el responsable de este contrato designado por la Administración, en este caso el Jefe de Área de Administración de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales xx Xxxxxxxxxx. A tal fin, el contratista facilitará la visita y examen de cualquier proceso o fase de los trabajos propios de la fabricación o elaboración de los productos a suministrar, así como los medios necesarios para que puedan desempeñar las citadas funciones en las oficinas de aquél.
CLÁUSULA 30.- RESPONSABILIDAD POR LOS SUMINISTROS.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los bienes objeto del suministro, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 31.- PENALIDADES.
a.- Por demora.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro plazo total fijado para la ejecución del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
Cuando el adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada
1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 35
La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación.
b.-Por incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en la cláusula 24 de este pliego.
El incumplimiento de la condición especial de ejecución establecida en la cláusula 24 de este pliego, dará lugar a la imposición de una penalidad del 1% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido.
c.- Por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso.
El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato dará lugar a la imposición de una penalidad del 1% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido.
El incumplimiento parcial de las prestaciones definidas en el contrato, dará lugar a la imposición de las penalidades establecidas para el cumplimiento defectuoso.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 192.2 de la LCSP, cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por su resolución o por la imposición de las penalidades anteriormente señaladas.
Las penalidades que, en su caso, se impongan al contratista serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10% del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato.
En los supuestos de incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso o de demora en la ejecución, cuando las penalidades impuestas no cubrieran los daños causados a la Administración, esta exigirá al contratista la indemnización por daños y perjuicios.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago, total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos.
En el procedimiento que se sustancie para la imposición de estas penalidades, necesariamente se dará trámite de audiencia al contratista.
CLÁUSULA 32- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
No están previstas modificaciones del contrato.
CLÁUSULA 33.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
La Administración podrá acordar, por razones de interés público, la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista en caso de demora en el pago del precio del contrato superior a cuatro meses, en las condiciones previstas en el artículo 198.5 de la LCSP. Los efectos de la suspensión del contrato se regirán por lo dispuesto en el artículo 208 de la LCSP, así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.
Si el suministro objeto del contrato no pudiese ser realizado en el lugar de entrega por causas imputables al órgano de contratación, se suspenderá el plazo de ejecución. Éste se reanudará cuando desaparezca el motivo que haya imposibilitado la realización de la prestación. Tanto la suspensión como el plazo de reanudación serán notificados al contratista.
CLÁUSULA 34.- CESIÓN DEL CONTRATO.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 36
Los derechos y obligaciones dimanantes de este contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero en los términos y condiciones establecidos en el artículo 214 de la LCSP.
Para que el contratista pueda ceder sus derechos y obligaciones a terceros se han de cumplir los siguientes requisitos:
a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Esta autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes. El plazo para la notificación de la resolución sobre la solicitud de autorización será de dos meses, transcurrido el cual deberá entenderse otorgada por silencio administrativo.
b) Que el cedente tenga ejecutado, al menos, un 20% del importe del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso aunque se haya abierto la fase de liquidación, o ha puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
c).Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d).Que la cesión se formalice, entre el adjudicatario y el cesionario, en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
CLÁUSULA 35.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Son causas de resolución del contrato, las previstas en los artículos 211 y 306 de la LCSP, con los derechos que se establecen en los mismos.
Será asimismo causa de resolución del contrato el incumplimiento de la obligación contractual calificada como esencial en la cláusula 23 de este pliego.
Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzca incumplimiento del plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades señaladas en el artículo 193 de la LCSP.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen el múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido los plazos parciales establecidos en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por la imposición de las penalidades previstas para el caso de incumplimiento del plazo total.
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable de contratista, le será incautada la garantía definitiva y deberá, además, indemnizar a la Administración por los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP y para sus efectos a lo establecido en los artículos 213 y 307 de la LCSP.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 37
V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
CLÁUSULA 36.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto.
La Administración, al tiempo de la recepción, revisará la calidad de los bienes objeto del suministro, conforme a las condiciones establecidas en el PPT, cuya constatación se acreditará mediante un acto formal de recepción de conformidad, cuando proceda, dentro del mes siguiente a la última entrega.
Si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta de recepción o certificado de conformidad y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a realizar una nueva entrega de conformidad con lo pactado. La reposición de los artículos devueltos será suministrada de inmediato (antes de 72 horas).
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que esta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando la recepción de los bienes, realizada en la forma legalmente establecida, sea posterior a la entrega a la Administración, ésta será responsable de su custodia durante el tiempo que medie entre uno y otro acto.
Una vez recibido el suministro de conformidad por la Administración será ésta la responsable de su gestión o uso, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos.
CLÁUSULA 37.- PLAZO DE GARANTÍA. VICIOS O DEFECTOS DURANTE EL PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía de este contrato será de 1 mes o, en su caso, el ofertado por el adjudicatario, y empezará a contar desde la fecha del acta de recepción de conformidad de cada entrega de los bienes objeto del contrato.
Durante este plazo, la garantía definitiva responderá de la inexistencia de vicios o defectos de los bienes suministrados.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tendrá derecho a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
En el supuesto de que el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes entregados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, siempre que estos vicios o defectos fuesen imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, podrá, antes de finalizar el plazo de garantía, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando la Administración exenta de la obligación del pago, o si hubiese efectuado éste la Administración tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho.
En todo caso, durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del suministro.
CLÁUSULA 38.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
La liquidación del contrato se efectuará de acuerdo con lo previsto en los artículos 210.4 de la LCSP.
Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el periodo de garantía sin que el órgano de contratación haya formulado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados 1 y 3 del artículo 305 de
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 38
la LCSP, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes entregados y se procederá a la devolución de la garantía prestada, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 de la LCSP.
CLÁUSULA 39- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, RECURSOS Y JURISDICCIÓN.
39.1.- Prerrogativas de la Administración.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
39.2.- Recursos
39.2 a).- Recurso especial en materia de contratación.
Dado que se trata de un contrato de suministro cuyo valor estimado es superior a cien mil euros, es susceptible de recurso especial en materia de contratación.
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación:
-Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
- Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerará que concurren las circunstancias anteriores en los actos de la mesa o del órgano de contratación por los que se acuerde la admisión o inadmisión de candidatos o licitadores, o la admisión o exclusión de ofertas incluidas las ofertas que sean excluidas por resultar anormalmente bajas como consecuencia de la aplicación del artículo 149 de la LCSP.
- Los acuerdos de adjudicación.
- Las modificaciones basadas en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la LCSP, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación.
La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 50 y siguientes de la LCSP.
El órgano competente para la resolución del recurso será el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales xx Xxxxxxxx y León.
Contra la resolución del recurso sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k) y l) del apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
39.2 b).- Otros recursos.
Los actos que se dicten en este procedimiento de adjudicación que no reúnan los requisitos del artículo 44.1 de la LCSP, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en el Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, así como en la ley 29/1998, de 13 de julio. Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 39
39.3.- Jurisdicción competente.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato. También conocerá de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por el órgano de resolución del recurso previsto en el artículo 46 de la LCSP, en el presente contrato, por el Tribunal Especial de Recursos Contractuales de Castilla y León.
CLÁUSULA 40- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
De acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional vigésima quinta de la LCSP, el contrato a que se refiere este Pliego implica el tratamiento de datos de carácter personal por lo que deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, así como lo establecido en el Reglamento General de Protección de datos de la UE (Reglamento UE 2016/679, de 27 xx xxxxx) relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 40
ANEXO I
Expediente nº: A2019/003930
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
D/Xx………………………………………………………………………………………con D.N.I. nº…………………………………………………………
En nombre y representación de la empresa……………, con NIF/NIE. En calidad de
………………………………………………………………………………………………………………………………
……………………….
Al objeto de participar en la licitación del Contrato denominado convocado
por………………………………………………………………………………………………..., de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, declara bajo su responsabilidad:
1º No estar incursa en las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 71 de la LCSP, se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y que, de acuerdo con el Decreto 132/1996, de 16 xx xxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, no tiene deuda tributaria alguna con la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx y León.
2º No estar incurso la persona física ni los administradores de la persona jurídica en ninguno de los supuestos establecidos en la Ley 3/2016, de 00 xx xxxxxxxxx, xxx Xxxxxxxx xx xxx xxxxx cargos de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León.
3º (escoger la opción A o B):
A) Que la empresa a la que represento no pertenece a un grupo de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, a efectos de lo previsto en el artículo 86 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
B) Que la empresa a la que represento pertenece al grupo empresarial que se indica a continuación y que está integrado por las siguientes empresas:………………………………………………………………………………………………………
4º.- Que, a efectos de lo dispuesto en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, (señalar lo que proceda):
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 41
La empresa a la que represento tiene menos de 50 trabajadores.
La empresa a la que represento tiene un número de 50 o más trabajadores, siendo el número de trabajadores con discapacidad en la empresa de…, lo que supone un…% trabajadores pertenecientes a este colectivo, (o) significando que se ha suplido la exigencia legal de disponer en la plantilla con un 2% de trabajadores con discapacidad por las medidas alternativas legalmente establecidas.
5º.- Que la oferta que presento garantiza, respecto de los trabajadores y procesos productivos empleados en la elaboración de los productos y/o servicios, así como en la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales derivadas de los convenios colectivos aplicables, el Derecho español y de la UE, así como de las disposiciones de derecho internacional sobre estas materias suscritas por la Unión Europea.
Al objeto de comprobar que el licitador se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la Gerencia de Servicios Sociales utilizará la información que le sea cedida al efecto por la Administración Pública competente, previo consentimiento del interesado, el cual se entenderá expresamente manifestado mediante declaración responsable al efecto cumplimentada: - (Escoger la opción correspondiente):
Autorizo expresamente a la Administración pública contratante a utilizar la información que le sea cedida por la Administración pública competente con el exclusivo fin de comprobar que la persona a la que represento se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado anteriormente y en aplicación de lo dispuesto en la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio; en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en los artículos 95.1.k) y 95.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de medidas de reforma para el impulso de la productividad, por la que se regula la cesión de información de carácter tributario por medios informáticos o telemáticos y demás normativa reglamentaria que es de aplicación.
No Autorizo la cesión de la información indicada.
(Cuando el licitador no otorgue su consentimiento expreso para realizar las consultas oportunas, estará obligado a aportar la documentación que contenga estos datos)
En a de de 20 (SELLO EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
FIRMADO
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 42
Expediente nº: X0000/000000
XXXXX XX
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES)
D/Xx………………………………., con D.N.I… ,
En nombre y representación de la empresa………………………………., con CIF/NIF…………………………………….En calidad de
……………………………………………………………………………………………………
Al objeto de participar en la licitación del Contrato
denominado… ,convocado por…………………………………………………………………………………………, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, declara bajo su responsabilidad:
Que las circunstancias reflejadas en el Certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas o en la base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea aportado en el presente procedimiento de adjudicación del contrato respecto a los dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, no han experimentado variación.
(Redacción alternativa) Los datos que constan en el certificado del registro oficial de licitadores y empresas clasificadas o en el certificado comunitario de clasificación aportado respecto a lo dispuesto en el artículo140.3 de la LCSP, han sufrido variación los que a continuación se indican y según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del certificado
Datos que han sufrido variación:
1.
2.
3.
Documentación justificativa que se adjunta:
En a de de (SELLO EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
FIRMADO
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 43
Expediente nº: A2019/003930
ANEXO III
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS.
D/Xx con NIF nº
con domicilio en en nombre de
y con domicilio en
EXPONGO:
Primero.- Enterado del anuncio publicado el día y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de SUMINISTRO DE FRUTA FRESCA CON DESTINO A LOS CENTROS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXXXXXXX, se
compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el importe que se expresa en la siguiente OFERTA ECONÓMICA:
LOTE I: FRUTA FRESCA CENTROS VALLADOLID Y TORDESILLAS
CENTRO DE DESTINO: RESIDENCIA ASISTIDA 3ª EDAD XX XXXXXXXXXX DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: Xxxx. Xxxxx, 00 – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 400 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 100 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 150 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 100 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 100 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 5 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 1280 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 375 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 1350 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 13800 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 1300 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 800 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 5350 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 44
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 500 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 250 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 4750 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 1660 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 1100 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 100 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 300 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CENTRO DE DESTINO: RESIDENCIA MIXTA 3ª EDAD PARQUESOL DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxxx Xxxxx, 0 – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 20 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 80 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 400 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 120 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 120 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 500 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 150 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 1600 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 20 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 3500 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 600 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 900 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 1300 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 45
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 600 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 400 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 100 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 1200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 100 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 700 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 1200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 500 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 70 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CENTRO DE DESTINO: C.A.M.P. Y C.O.
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxxxxxxx, 0 – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 197 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 494 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 555 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 88 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 606 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 360 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 212 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 360 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 317 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 1264 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 46
NARANJAS ZUMO | KG | 3051 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 434 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 307 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 1000 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 300 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 650 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 1115 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 396 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 110 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CENTRO DE DESTINO: R.J. XXXX XXXXXXX
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxxxx, 0 – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 160 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 150 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 160 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 180 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 120 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 60 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 320 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 60 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 250 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 700 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 50 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 180 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 600 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 1300 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 47
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 250 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 250 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 250 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 700 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 150 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 700 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 600 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 120 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 60 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CENTRO DE DESTINO: EEI AMANECER
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxx xx Xxxxxxxx, x/x – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 5 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 15 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 150 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 90 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 300 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 48
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 170 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 130 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CENTRO DE DESTINO: EEI CIGÜEÑA
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xx Xxxxxxx, x/x – 00000 XXXXXXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 16 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 6 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 12 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 28 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 46 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 58 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 252 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 12 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 99 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 91 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 49
NARANJAS ZUMO | KG | 200 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 13 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 235 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 6 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 230 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 33 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 41 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 11 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CENTRO DE DESTINO: EEI PETER PAN
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxx Xxxxxx, x/x – 00000 TORDESILLAS
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 6 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 5 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 75 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 24 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 264 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 5 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 350 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 125 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 220 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 514 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 50
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
NECTARINA | KG | 44 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 93 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 233 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 413 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 185 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 159 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
BASE IMPONIBLE (IVA excluido):
I.V.A. REPERCUTIDO (4% (fruta fresca excepto uva lata) y 10% (uva lata pelada ss)): TOTAL: (CIFRA Y LETRA).
Segundo.- Que, a todos los efectos, debe entenderse que dentro de la presente oferta está comprendido no sólo el precio de la contrata, sino también todos los tributos que graven los diferentes conceptos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos y factores de valoración, y demás prestaciones, que para la correcta y total ejecución de las obligaciones contempladas en los documentos contractuales y demás disposiciones aplicables se originen para el adjudicatario.
Tercero.- Incremento del número de días de reparto a la semana, respecto del mínimo de 2 días por semana. Señalar lo que corresponda:
La empresa se compromete a repartir 5 días por semana: 30 puntos SI/NO La empresa se compromete a repartir 4 días por semana: 20 puntos SI/NO La empresa se compromete a repartir 3 días por semana: 10 puntos SI/NO
(Lugar, fecha, firma y sello)
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 51
Expediente nº: A2019/003930
ANEXO III
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN VALORADOS MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS.
D/Xx con NIF nº
con domicilio en en nombre de
y con domicilio en
EXPONGO:
Primero.- Enterado del anuncio publicado el día y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de SUMINISTRO FRUTA FRESCA CON DESTINO A LOS CENTROS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA TERRITORIAL DE SERVICIOS SOCIALES XX XXXXXXXXXX, se
compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el importe que se expresa en la siguiente OFERTA ECONÓMICA:
LOTE II: FRUTA FRESCA CENTROS MOJADOS Y XXXXXX CENTRO DE DESTINO: R.J. ALAMEDA
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: Xxxx. xx xxx Xxxxxx, 0 – 00000 XXXXXXX (XXXXXXXXXX)
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 68 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 15 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 5 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 40 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 53 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 6 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 324 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 25 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 400 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 954 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 120 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 160 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 425 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS ZUMO | KG | 97 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 52
NECTARINA | KG | 99 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 34 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 918 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 14 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 393 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 208 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 6 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
CENTRO DE DESTINO: EEI ALBORADA
DIRECCIÓN Y LOCALIDAD: X/ Xxxxx xx Xxxx, x/x – 00000 XXXXXX
PRODUCTO | FORMATO | CANTIDAD | PRECIO | TOTAL | IVA | TOTAL CON IVA |
ALBARICOQUE | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CAQUI | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CASTAÑAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CEREZAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA XXXXXXX | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
CIRUELA NEGRA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESA | KG | 75 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
FRESÓN | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
GRANADA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
KIWIS | KG | 5 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
LIMONES | KG | 12 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANDARINAS | KG | 120 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANGO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA GOLDEN | KG | 360 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MANZANA REINETA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELOCOTÓN | KG | 20 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
MELÓN | KG | 150 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS MESA | KG | 400 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | |
NARANJAS ZUMO | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 53
NECTARINA | KG | 20 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PARAGUAYOS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PAVIA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA BLANQUILLA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA CONFERENCIA | KG | 360 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PERA ERCOLINA | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PIÑA NATURAL | KG | 5 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
PLÁTANO | KG | 400 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA CON PEPITAS | KG | 130 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
SANDÍA SIN PEPITAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS BLANCAS | KG | 10 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVAS NEGRAS | KG | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA LATA PELADA S/S | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
UVA NOCHE VIEJA (CONO INDIVIDUAL) | UNIDAD | 0 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
TOTAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
BASE IMPONIBLE (IVA excluido):
I.V.A. REPERCUTIDO (4% (fruta fresca excepto uva lata) y 10% (uva lata pelada ss)): TOTAL: (CIFRA Y LETRA).
Segundo.- Que, a todos los efectos, debe entenderse que dentro de la presente oferta está comprendido no sólo el precio de la contrata, sino también todos los tributos que graven los diferentes conceptos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos y factores de valoración, y demás prestaciones, que para la correcta y total ejecución de las obligaciones contempladas en los documentos contractuales y demás disposiciones aplicables se originen para el adjudicatario.
Tercero.- Incremento del número de días de reparto a la semana, respecto del mínimo de 2 días por semana. Señalar lo que corresponda:
La empresa se compromete a repartir 5 días por semana: 30 puntos SI/NO La empresa se compromete a repartir 4 días por semana: 20 puntos SI/NO La empresa se compromete a repartir 3 días por semana: 10 puntos SI/NO
(Lugar, fecha, firma y sello)
X/ Xxx xx Xxxx, 00-00 00000 Xxxxxxxxxx – Teléfono: 000000000 – Fax: 983301596 54