ACUERDO COMERCIAL ENTRE CODE 100 S.A. Y EL INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN TRIBUTARIA, COMERCIAL Y ADMINISTRATIVA (FOTRIEM)
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXX 000 S.A. Y EL INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN TRIBUTARIA, COMERCIAL Y ADMINISTRATIVA (FOTRIEM)
En la ciudad xx Xxxxxxxx, capital de la República del Paraguay a los dos días del mes de setiembre del año dos mil veinte, por una parte la CODE 100 S.A. con RUC N° 80080610-7 domicilio social en la México 821 x/ Xxxxxxxxx X. Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Granada, con C.I. 2.129.646 en su carácter de Presidente, en adelante: “CODE 100” y por la otra; el INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACION TRIBUTARIA, COMERCIAL Y
ADMINISTRATIVA en adelante
“FOTRIEM” representada por su Directora General, la Dra. Xxxx Xxxxx Xxxxx Xxxx, mayor de edad, abogada, con domicilio en la casa de la calle teniente Xxxxxx Xxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx- Xxxxxxxx. En adelante, en conjunto: “Partes” e individualmente: “Parte”. Suscriben el presente Convenio de Cooperación, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
MANIFESTACIONES
Que, el Comercio Electrónico es una poderosa herramienta de desarrollo de las empresas e individuos, razón más que justificada para aunar esfuerzos en su promoción y difusión.
Que, parte fundamental para el desarrollo del Comercio Electrónico se basa en la seguridad que genera la Firma Digital a los actos jurídicos.
Que, la firma digital se encuentra regulada en nuestro país por la Ley Nro. 4017/2010 “De validez jurídica de la firma electrónica, la firma digital, los mensajes de datos y el expediente electrónico” y su modificatoria la Ley Nro. 4610/2012, siendo autoridad de aplicación de la misma, el Ministerio de Industria y Comercio, a través de la Dirección General de Firma Digital y Comercio Electrónico; que en tal carácter el MIC, debe habilitar a los prestadores de servicios de certificación.
Que, por Resolución del MIC N° 187/2015 del 02 xx xxxxx de 2015 se habilita a la empresa CODE 100 S.A. como Prestador de Servicios de Certificación.
Que, en ese contexto, las partes consideran que será de gran ayuda para la consolidación de los negocios a través del comercio electrónico para los socios de FOTRIEM por lo que las partes reconocen que resulta favorable la firma del presente convenio y que, para lograr los objetivos propuestos, será necesario el trabajo conjunto y las relaciones de recíproca colaboración.
Conforme a las manifestaciones antes dichas, las partes acuerdan que el presente Convenio de Cooperación, se regirá por las siguientes cláusulas:
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA: El presente convenio tiene por objeto establecer una relación interinstitucional entre CODE 100 y FOTRIEM para una cooperación mutua en el ámbito de competencia de ambas instituciones, a través de la coordinación y ejecución de planes y actividades orientados al acceso y uso de la Firma Digital, así como la difusión del Comercio Electrónico por medio de esta, intercambio de experiencias e información, asesoramiento técnico y legal, entre otros.
CLÁUSULA SEGUNDA: A los fines del presente convenio las partes asumen los siguientes compromisos:
CODE 100 se compromete a:
- Facilitar la información técnica y legal sobre la validez, el uso y las virtudes de la firma digital, así como su aplicación cotidiana, ya sea a través de charlas, seminarios, documentos, etc.
- Ofrecer a los socios de FOTRIEM precio preferencial sobre los productos y servicios ofrecidos por CODE 100.
- Brindar el apoyo institucional necesario para el cumplimiento del objetivo del presente convenio.
- Brindar acceso a contenidos digitales.
- Brindar Seminarios Web con exponentes destacados en temas relacionados a: Firma Digital, Facturación Electrónica, Documentos Electrónicos Laborales, Digitalización de Procesos y Servicios de Confianza.
- Brindar línea directa con soporte técnico exclusivo en horario comercial de Lun a Vie de 08:00 h a 17:30
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX GRANADA
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXX XXXXXXX GRANADA Fecha: 2021.09.15
13:47:28 -04'00'
XXXXXXX XXXXX XXXX
Firmado digitalmente por XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX
XXXX XXXXX
Fecha: 2021.09.02
14:46:27 -04'00'
Por su parte la FOTRIEM asume los siguientes compromisos:
- Realizar actividades de capacitación y sensibilización en los temas relacionados a Firma Digital y Comercio Electrónico.
- Facilitar que CODE 100 brinde a los socios del FOTRIEM asesoramiento técnico y legal en los temas relacionados a Firma Digital y Comercio Electrónico.
- Difundir las actividades realizadas en el marco del presente convenio, a través de su página web, y en otros medios que tenga a su alcance.
- Proveer la información que CODE 100 requiera para lograr el mayor alcance posible en el marco del presente convenio.
- Brindar todo apoyo institucional necesario para el cumplimiento del objetivo del presente convenio.
CLÁUSULA TERCERA: Las partes manifiestan el compromiso de colaboración para la ejecución y concreción del presente Convenio a través de las dependencias a su cargo. Para el efecto, las partes indicaran los enlaces oficiales y coordinadores para el desarrollo de las actividades, responsables de diseñar y organizar las diversas actividades objeto del presente Convenio.
CLÁUSULA CUARTA: Los representantes designados por cada parte utilizarán como medio de comunicación preferentemente el correo electrónico institucional, para lo cual se intercambiarán sus respectivas direcciones electrónicas oficiales, donde será comunicada válidamente cualquier situación o actividad relacionada a los fines del presente convenio.
CLÁUSULA QUINTA: El intercambio de datos, informaciones y experiencias será un compromiso permanente entre las partes. Las informaciones proveídas serán manejadas con absoluta reserva y confidencialidad y serán utilizadas solo para los fines establecidos.
CLÁUSULA SEXTA: Cualquier aspecto referente a las funciones, obligaciones y/o responsabilidades entre las partes, que no estén contemplados en este Convenio, así como dudas de cualquier tipo o diferencias, serán definidas a través de acuerdos complementarios.
CLÁUSULA SÉPTIMA: Este Convenio no excluye la firma de acuerdos y convenios bilaterales y/o multilaterales entre las instituciones que forman parte del mismo y otros organismos públicos, privados, nacionales o internacionales, para la realización de actividades similares y/o complementarias.
CLÁUSULA OCTAVA: En los casos necesarios la ejecución de las acciones se hará a través de acuerdos específicos o anexos suscritos y aprobados por escrito por los titulares o representantes de las partes. Así mismo, el presente convenio podrá ser ampliado o modificado posteriormente mediante anexos o adendas que serán acordados por escrito entre las partes.
CLÁUSULA NOVENA: El presente Convenio entra en vigencia desde la fecha de su suscripción, y tendrá una vigencia de dos años, prorrogables de común acuerdo entre las partes y a ser efectuado por escrito. Igualmente podrá ser rescindido por mutuo acuerdo o por cualquiera de las partes, sin expresión de causa, con un aviso previo de por lo menos 30 días. La rescisión del presente Xxxxxxxx, por cualquier causa que fuera, no afectará a las acciones o programas que estuvieran en curso.
En prueba de conformidad y aceptación del presente Convenio, firman las partes en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la fecha y lugar indicados al inicio.
XXXXX XXXXXXX
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXX
XXXX XXXXX Firmado digitalmente
XXXXXXX
XXXXXXX GRANADA
Fecha: 2021.09.15
XXXXXXX
por XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX
GRANADA 13:45:30 -04'00' XXXXX COSP Fecha: 2021.09.02
LIC. XXXXX XXXXXXX DRA. XXXX LUCÍ1A4:4R6:4U7 -O04'T00'X XXXX
Presidente CODE 100 S.A. Directora Xxxxxxx
Xxxxx X
Xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx a los x días del mes de xx del año dos mil veinte, por una parte la CODE 100 S.A. con RUC N° 80080610-7 domicilio social en la México 821 x/ Xxxxxxxxx X. Xxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx, representada en este acto por el Lic. Xxxxx Xxxxxxx Granada, con C.I. 2.129.646 en su carácter de Presidente, en adelante: “CODE 100” y por la otra; INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN TRIBUTARIA, COMERCIAL Y ADMINISTRATIVA, en adelante
“FOTRIEM”, representada por su Directora General, Dra. XXXX XXXXX XXXXX XXXX, mayor de edad, abogada, con domicilio en la casa de la calle teniente Xxxxxx Xxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx- Xxxxxxxx, en adelante: “FOTRIEM”. En adelante, en conjunto: “Partes” e individualmente: “Parte”. Suscriben el presente Anexo I al Acuerdo Comercial firmado en fecha xxxxx, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:
CLÁUSULA PRIMERA: En virtud al acuerdo comercial supracitado, que en su cláusula, CODE 100 se compromete a ofrecer un precio diferenciado a los socios de FOTRIEM, dicha oferta se regirá por lo siguiente:
1.1. CODE 100 acuerda otorgar un precio preferencia unitario a los Estudiantes, Docentes y Egresados de FOTRIEM de GS. 280.000 para activación de Firma Digital para persona física en su Módulo Software y Gs. 350.000 para activación de Firma Digital para persona Física en su Xxxxxx Xxxxx, siempre y cuando el interesado presente los documentos necesarios para el tipo de firma y se pueda identificar personalmente al solicitante.
1.2. Los precios incluyen lo siguiente:
• El dispositivo criptográfico homologado (Token).
• El certificado digital con usos de firma extendidos válido por 12 meses (Software) y 24 meses (Token)
• Los aplicativos y la capacitación por el uso.
• Manuales para el usuario.
• Configuración de los equipos.
• Soporte técnico en línea durante la vigencia del certificado.
1.3 El costo de los certificados de Firma Digital para Persona Física a los Asociados de FOTRIEM, será por el tiempo de duración del presente acuerdo.
1.4 CODE 100 cuenta con el Servicio de Autoridad de Registro Móvil, modalidad habilitada por el Ministerio de Industria y Comercio para facilitar los procesos de emisión de certificados fuera de las Autoridades de Registro habilitadas. El servicio incluye las siguientes condiciones comerciales:
• El servicio de emisión de los certificados se hará en las instalaciones del FOTRIEM con dirección, xxxxx xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxx- Xxxxxxxx, previo calendario programado con CODE100 cuando la cantidad mínima de solicitantes sea de 8 (Ocho).
• Si la cantidad de solicitantes es menor, las emisiones se realizarán en las oficinas de CODE100.
• En caso de que los solicitantes requieran el servicio de emisión en su domicilio particular o en otro lugar distinto a lo programado para las emisiones, el mismo tendrá un valor adicional de 130.000 Gs. (IVA incluido) dentro xx Xxxxxxxx y Ciudad del Este. En caso de que las emisiones se den en una
XXXXX XXXXXXX
XXXX XXXXX
Firmado digitalmente por
XXXXXXX
Firmado digitalmente por XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX
XXXXXXX GRANADA
XXXXX XXXXXXX
XXXXXXX GRANADA Fecha: 2021.09.15
13:46:49 -04'00'
XXXXX COSP Fecha: 2021.09.02
14:47:02 -04'00'
ciudad distinta a las mencionadas, este servicio se cotizará caso por caso de acuerdo a la distancia. Estos costos serán asumidos plenamente por el solicitante al momento de efectuar el servicio.
1.3. Como Plan de Pagos, CODE 100 acuerda que FOTRIEM podrá realizar los pagos hasta dentro de los 60 días luego de la emisión de la factura crédito.
CLAUSULA SEGUNDA: Las demás condiciones del acuerdo original que no hayan sido modificadas por el presente Anexo, permanecerán inalterables.
En prueba de conformidad y aceptación del presente Convenio, firman las partes en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la fecha y lugar indicados al inicio.
XXXXX XXXXXXX
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXX
XXXXXXX GRANADA
XXXX XXXXX Firmado digitalmente
XXXXXXX GRANADA
Fecha: 2021.09.15
13:46:13 -04'00'
XXXXXXX XXXXX XXXX
por XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXX Fecha: 2021.09.02
14:47:13 -04'00'