Fondo de Inversión Colectiva Skandia
Fondo de Inversión Colectiva Skandia
Efectivo
Ciudad: | Fecha: | Día | Mes | Año |
Nombre o Razón Social: | ||||
Número de Identificación: | Contrato No: | |||
Nombre Financial Planner: |
Información del Portafolio
Nombre del Fondo de Inversión Colectiva: Fondo de Inversión Colectiva Skandia Efectivo
Monto Mínimo de Ingreso al Fondo: COP $200.000.oo
Monto Mínimo para Redenciones Parciales del Fondo: No existe un monto mínimo para redenciones parciales.
Tipo de participación | Porcentaje fijo (e.a.) |
Tipo A Entidad o Producto vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia Entidad o Entidad vigilada por la Superintendencia de Economía Solidaria. | 0.8% |
Tipo B Negocios Fiduciarios sin cobro de comisión de inversión en el FIC | 0.00% |
Tipo C Negocios Fiduciarios con cobro de comisión de inversión en el FIC | 1.50% |
Tipo D Personas o empresas con activos bajo administración de menos de $5.000MM | 1.50% |
Tipo E Personas o empresas con activos bajo administración por más de $5.000MM | 0.8% |
Tipo F: Recursos recibidos a través de Cuentas Ómnibus. | 1.50% |
Tipo G: Personas con saldo en el FPV* o aportes voluntarios en el FPOB** por más de $2.500MM. Personas o empresas con una inversión por más de $2.500 millones de pesos en alguno de los productos de emisores extranjeros promocionados por Skandia Valores S.A. | 0.5% |
Tipo H: Dos o más personas jurídicas que hagan parte de un grupo empresarial o, se encuentren bajo situación de control entre ellas o en común frente a otra sociedad, con | 0.8% |
Límite a la Participación: 10% del valor del Fondo
1. Información General del Fondo de Inversión Colectiva
1.1. Fondo de inversión colectiva: Fondo de Inversión Colectiva Skandia Efectivo.
1.2. Sociedad administradora: Skandia Fiduciaria S.A.
1.3. Gestor externo y/o extranjero: No aplica.
1.4. Tipos de participación: El Fondo tendrá diferentes tipos de participaciones creadas de conformidad con los tipos de Inversionistas que se vinculen al Fondo. Sin perjuicio de la aplicación del principio de trato equitativo a los Inversionistas que se encuentren en las mismas condiciones objetivas, cada tipo de participación podrá otorgar derechos y obligaciones diferentes a los Inversionistas que las adquieran, en aspectos tales como el monto de las comisiones de administración. A su vez cada tipo de participación dará lugar a un valor de unidad independiente. Dado que este es un Fondo de naturaleza abierta sus participaciones no son negociables en el xxxxxxx xxxxxxx.
1.5. Nombre xxx xxxxxxxx: BNP Paribas Securities Services Sociedad Fiduciaria S.A.
1.6. Tipos de participación: Formas de pasar de un tipo de participación a otro y comisiones: La Sociedad Administradora percibirá como único beneficio, una comisión a cargo del Fondo equivalente a un porcentaje fijo efectivo anual descontada diariamente, calculada sobre el valor de cierre del Fondo del día anterior y de acuerdo con los diferentes Tipos de participación como se muestra a continuación:
(*) Fondo de Pensiones Voluntarias administrado por Skandia Pensiones y Cesantías S.A..
(**) Fondo de Pensiones Obligatorias administrado por Skandia Pensiones y Cesantías S.A,.
Para este fin, se aplicará la siguiente fórmula: Valor Comisión Diaria = Valor de cierre del día anterior * {[(1+ Porcentaje de Comisión E.A.) ^ (1/365)]– 1}.
El paso de un tipo de participación a otro sucede cuando el
Teléfono: (0) 0000000
una sumatoria de activos administrados por el Fondo de mínimo $5.000 millones de pesos. |
Fax: (0) 0000000
Horarios: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Jornada Continua.
Cartagena
Dirección: Xx. Xxx Xxxxxx Xxx 0 Xx. 00-00 Xxxxxxx 000 - Xxxxx Xxxxxxxxxxx Grupo Área
Teléfono: PBX: (0) 0000000
Barranquilla
Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00-000 Xxxxxxx 000 Xxxxxxxx Xxxxx Office
Teléfono: (0) 0000000
Fax: (0) 0000000
Inversionista deja de cumplir los requisitos de un tipo de participación y empieza a cumplir los requisitos de otro tipo de participación. . El traslado se realizará al momento de efectuar el cierre diario del fondo después de haber realizado la distribución de rendimientos. Todos los movimientos de traslado entre niveles dentro de un mismo tipo de participación, se verá evidenciado en el extracto mensual de cada inversionista.
Representación de los aportes: La naturaleza de los derechos de los Inversionistas en el Fondo será de participación. Los documentos que representen estos derechos no tendrán el carácter ni las prerrogativas propias de los títulos valores, ni serán negociables.
El documento representativo de la inversión contendrá la siguiente información, así como la requerida por la Superintendencia Financiera de Colombia o en cualquier otra disposición vigente a la fecha de la emisión del documento representativo de la participación: i) indicación de que se trata de un derecho de participación, ii) denominación de la Sociedad Administradora, iii) denominación del Fondo, iv) identificación del Inversionista, v) monto del aporte, vi) valor de la unidad vigente,
vii) número de unidades que representa la inversión, y viii) la siguiente advertencia: “El presente documento no constituye título valor, tampoco constituye un valor, ni será negociable; tan sólo establece el monto de las participaciones en el momento en que se realiza el aporte por parte del Inversionista. El valor de las participaciones depende de la valoración diaria del Fondo a precios xx xxxxxxx.” Parágrafo. Los derechos de participación del Inversionista de cualquier tipo serán cesibles, caso en el cual la Sociedad Administradora deberá consentir en la cesión propuesta.
1.7 Sede:
Oficina Principal de la Sociedad Administradora ubicada en la Xx. 00 Xx. 000X- 00 xx Xxxxxx X.X.
En virtud del contrato de uso de red con Skandia Pensiones y Cesantías S.A. se atenderá también en las siguientes Oficinas.
En virtud del contrato de uso de red con Skandia Pensiones y Cesantías S.A. se atenderá también en las siguientes Oficinas:
Bogotá D.C.
Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 000X-00 XXX: (0) 0000000
PBX Nacional: 01 8000 517 526
Horarios: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 7:00 p.m. Jornada Continua.
Medellín
Dirección: Xxxxxxx 00X Xx. 0-00 Xxxxx 0 Xxxxxxx 000 XX Xxx Xxxxxxxx Plaza
Horarios: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00
p.m. a 6:00 p.m.
Cali
Dirección: Xxxxxxx 0X Xxxxx Xx. 00X-00 XX Xxxxxxxxxx Oficinas 614 y 615
Teléfono: (0) 0000000
Fax: (0) 0000000
Horarios: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. Jornada Continua.
Bucaramanga
Dirección: Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 Xxxxxxx 000 Xxxxxxxx Xxxxx
Xxxxxx Xxxxxxxx: (0) 0000000
Fax: (0) 0000000
Horarios: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00
p.m. a 6:00 p.m.
1.8. Vigencia del fondo: Fondo de Inversión Colectiva Skandia Efectivo tendrá una vigencia igual a la de la Sociedad Administradora la cual vence el 8 de Noviembre de 2077.
1.9. Alcance de la Responsabilidad de la Sociedad Administradora: Las obligaciones de la Sociedad Administradora del Fondo relacionadas con la gestión del portafolio son de medio y no de resultado. Los dineros entregados por los Inversionistas al Fondo no son depósitos, ni generan para la Sociedad Administradora las obligaciones propias de una institución de depósito y no están amparados por el seguro de depósito del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras- FOGAFIN, ni por ninguno otro esquema de dicha naturaleza. La inversión en el Fondo está sujeta a los riesgos de inversión, derivados de la evolución de los precios de los activos que componen el portafolio del respectivo fondo de inversión colectiva.
2. Política de Inversión del Fondo de Inversión Colectiva.
2.1. Este Fondo está diseñado para Inversionistas que tienen como objetivo la administración de sus recursos líquidos, mediante la inversión en diferentes títulos y valores xx xxxxx fija de corto plazo y efectivo.
2.2. Plan de inversión: El Fondo de Inversión Colectiva podrá estar invertido en los siguientes activos:
2.2.1. Valores xx xxxxx fija inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores –RNVE
2.2.1.2 Valores derivados de procesos de titularización cuyos activos subyacentes xxxx xxxxxxx hipotecaria.
2.2.1.3 Valores derivados de procesos de titularización cuyos activos subyacentes sean distintos a cartera hipotecaria.
2.2.1.4 Valores xx xxxxx fija emitidos, avalados, aceptados o garantizados por instituciones vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
2.2.1.5 Valores xx xxxxx fija emitidos por entidades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
2.2.2 Valores emitidos por entidades bancarias del exterior, organismos multilaterales de crédito, gobiernos extranjeros y entidades públicas del exterior.
2.2.3 Valores emitidos por el Banco de la República.
2.2.4 Repos Activos, Simultáneas Activas y Transferencias Temporales de Valores: Hasta 30% del total de los activos del FIC.
2.3. Perfil General de Riesgo: Los Inversionistas del Fondo buscan mantener un perfil de riesgo crediticio, de liquidez y xx xxxxxxx conservador.
2.4 Riesgos del portafolio:
El Fondo está sujeto al riesgo de liquidez derivado de cualquier circunstancia, evento, situación jurídica o por la posible falta de negociabilidad que en un momento dado pueden presentar los valores en los que invierte el Portafolio.
Riesgos asociados a la volatilidad en los factores que afectan el precio de los activos del Fondo.
Las condiciones de los emisores y xx xxxxxxx pueden variar y en esa medida la calificación y calidad de los activos en los que invierte el Fondo , lo cual puede generar pérdidas para el inversionista.
2.5 Criterios de Selección de Activos: en línea con el perfil conservador del portafolio y los respectivos límites en la política de inversión, el gestor de portafolio buscará cumplir a cabalidad los límites establecidos en términos de tipo de activo, calificación, duración, plazo, entre otros. De acuerdo a la coyuntura y estrategia de inversión, el gestor tendrá margen de maniobra dentro de las políticas establecidas para cumplir el objetivo y perfil de inversión del FIC Skandia Efectivo.
3. Órganos de Administración y Control.
3.1. Gerente: Xxxx acreditar la experiencia específica en lo señalado en el Capítulo 2 Título 5 Libro 1 Parte 3 del Decreto 2555 de 2010 o cualquier norma que la modifique, complemente o derogue. Igualmente, debe contar con la inscripción vigente en el Registro Nacional de Profesionales xxx Xxxxxxx de Valores – RNPMV. La información sobre la persona que desempeña las funciones de gerente y un resumen de su hoja de vida se encontrarán en la ficha técnica publicada en el sitio web de la Sociedad Administradora.
El suplente del gerente del Fondo solo actuará en caso de ausencias absolutas o temporales del principal. El suplente del gerente entretanto no asuma las funciones propias del cargo de gerente del FIC, puede desarrollar diferentes funciones para la Sociedad Administradora, sin perjuicio de su obligación de disponibilidad permanente para el FIC en caso de la mencionada ausencia. En el evento de que el suplente del gerente ejerza en
algún momento la gerencia del FIC y luego deje de ejecutar el cargo, deberán transcurrir como mínimo cinco (5) días hábiles contados a partir del día en que deje de ejercer las actividades como gerente para que pueda operar posición propia de la Sociedad Administradora o posición de terceros.
Los datos del Gerente del Fondo de Inversión Colectiva Skandia Efectivo estarán disponibles para consulta en las Oficinas Skandia y en xxx.xxxxxxx.xxx.xx
3.2. Gestor externo y/o extranjero: No aplica.
3.3. Revisor Fiscal: La revisoría fiscal del Fondo será realizada por el revisor fiscal de la Sociedad Administradora y cumplirá con sus funciones de acuerdo al Artículo 3.1.5.4.1 del Decreto 2555 de 2010, o cualquier norma que la modifique, complemente o derogue.
Los informes del revisor fiscal serán independientes de los de la Sociedad Administradora.
Los datos del Revisor Fiscal del Fondo de Inversión Colectiva Skandia Efectivo estarán disponibles para consulta en xxx.xxxxxxx.xxx.xx.
3.4. Comité de inversiones: El comité de inversiones estará compuesto por los siguientes miembros de la Sociedad Administradora, lo que permite que cuente con personas que tengan experiencia en la gestión de los fondos de inversión colectiva, conozcan el mercado de valores en Colombia y en el exterior y tengan conocimientos en la gestión de riesgos, tanto financieros como operativos del Fondo:
• Analista de Estrategia de Portafolios
• Gerente Inversiones Fiduciaria
• Gerente Portafolio de Terceros
• Especialista de Portafolios de Terceros
• Gerente de Producto
El principal objetivo del comité es el de maximizar la relación riesgo retorno del Fondo. Igualmente, este comité dicta las directrices generales que debe seguir el Fondo en cuanto a exposición a moneda y tipo de activo, con el fin de alcanzar el máximo nivel de riesgo-retorno por perfil de riesgo. Las estrategias y políticas a seguir de acuerdo al perfil del Fondo, objetivo, situación de liquidez y condiciones xxx xxxxxxx; estarán enmarcadas de conformidad con la normatividad vigente y las políticas definidas por la Junta Directiva de la Sociedad Administradora.
3.5. Custodio de Valores: La Sociedad Administradora, para la custodia de los valores que integran el portafolio del Fondo, cuenta con un Custodio el cual de conformidad con el Artículo
2.37.1.1.1 del Decreto 2555 de 2010, o cualquier norma que lo modifique, complemente o derogue, tiene como objeto ejercer el cuidado y la vigilancia de los valores y recursos del Fondo para el cumplimiento de operaciones sobre dichos valores. En todo caso la Sociedad Administradora ejercerá las actividades
complementarias a la custodia de valores cuando estas no sean desarrolladas por el Custodio.
4. Gastos a cargo del Fondo de Inversión Colectiva.
1. El costo del contrato de depósito de los valores que componen el portafolio del Fondo.
2. El costo del contrato de custodia de los valores que hagan parte del portafolio del Fondo.
3. La remuneración de la Sociedad Administradora del Fondo y del gestor externo en caso de existir.
4. Los honorarios y gastos en que haya de incurrirse para la defensa de los intereses del Fondo, cuando las circunstancias así lo exijan.
5. El valor de los seguros y amparos de los activos del Fondo, distintos de la cobertura a que se refiere el Artículo 3.1.1.3.4 del Decreto 2555 de 2010, o cualquier norma que lo modifique, complemente o derogue.
6. Los gastos bancarios que se originen en el depósito y transferencia de los recursos del Fondo.
7. Los gastos en que se incurra para la citación y celebración de las Asambleas de Inversionistas.
8. Los tributos que gravan directamente los valores, los activos o los ingresos del Fondo.
9. El costo de la inscripción de los valores representativos de derechos de participación en el Registro Nacional de Valores y Emisores -RNVE, y en la bolsa de valores, si hay lugar a ello.
10. Los honorarios y gastos causados por la revisoría fiscal del Fondo.
11. Los correspondientes al pago de comisiones relacionados con la adquisición o enajenación de activos y la realización de operaciones, así como la participación en sistemas de negociación o de registro.
12. Los intereses y demás rendimientos financieros que deban cancelarse por razón de operaciones de reporto o repo pasivos, simultáneas pasivas y transferencias temporales de valores y para el cubrimiento de los costos de otras operaciones apalancadas que se encuentren autorizadas si a ellas hubiere lugar de acuerdo con el Reglamento.
13. Los derivados de la calificación del Fondo, si la Sociedad Administradora decide que debe ser calificado, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 3.1.1.3.6 del Decreto 2555 de 2010, o cualquier norma que lo modifique, complemente o derogue.
14. Los gastos en que se incurra por concepto de coberturas o derivados.
15. Los gastos derivados de la realización de operaciones a través de los sistemas de negociación.
16. El costo de elaboración y envío de los extractos.
17. El costo del servicio de información del proveedor de precios necesario para la valoración del Fondo.
18. El costo de la auditoría externa solicitada por la Asamblea de Inversionistas, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 7.3.3 (Funciones) del capítulo VII del Reglamento.
5. Información Operativa del Fondo de Inversión Colectiva.
5.1. Monto mínimo de ingreso y permanencia: El aporte mínimo para ingresar al Fondo sin importar el Tipo de Participación será la suma de DOSCIENTOS MIL PESOS (COP $200.000.oo). Una vez efectuado un retiro o redención parcial de las participaciones de un Inversionista sin importar el tipo de participación, el mismo deberá mantener en el Fondo una suma mayor a Cero Pesos (COP
$0) y el valor correspondiente al 2% del saldo del contrato el día de la solicitud de retiro.
5.2. Constitución y redención de participaciones: El Fondo cuya constitución y administración se regula por el Reglamento, es un fondo abierto, por lo que la redención de los aportes puede efectuarse en cualquier momento de acuerdo con lo establecido en el Reglamento.
El trámite para la redención podrá tomar como máximo dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la solicitud de retiro si la misma se efectúa antes de las 11 a.m. de cualquier día hábil por medio escrito o antes de las 12 m por medios electrónicos, de lo contrario el plazo se contará a partir del día hábil siguiente. Las unidades se liquidarán con el valor de la unidad vigente para el día en que se reciba la solicitud de retiro.
A más tardar al día hábil siguiente al pago, se le informará al Inversionista el número de unidades redimidas según el tipo de participación que aplique y el valor en pesos al cual fueron redimidas dichas unidades. La redención deberá efectuarse atendiendo el monto mínimo de permanencia (saldo mínimo), señalado en el Reglamento.
El valor de los derechos que se rediman será cancelado de acuerdo con las instrucciones señaladas por el Inversionista y de acuerdo con las políticas establecidas por la Sociedad Administradora.
La redención deberá efectuarse mediante la presentación de la correspondiente solicitud en el formato establecido por la Sociedad Administradora.
5.3 Dado que este Fondo es de naturaleza abierta no aplica la distribución del mayor valor de la unidad contenida en las normas vigentes.
5.4. Skandia Fiduciaria S.A. tiene vigente a la fecha un contrato de uso de red con Skandia Pensiones y Cesantías S.A.
6. Otra información adicional.
6.1. Obligaciones de los inversionistas:
1. Aceptar y cumplir el contenido del Reglamento.
2. Suministrar completa y oportunamente la información y documentos que le solicite la Sociedad Administradora, en especial la establecida por la ley y por la Superintendencia Financiera de Colombia para prevenir el riesgo xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo. Igualmente es obligación del Inversionista actualizar la información y documentación por lo menos una vez al año y cada vez que se presenten modificaciones a la misma.
3. Efectuar el pago de los aportes, de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento.
4. Informar a la Sociedad Administradora la cuenta bancaria que será utilizada para redimir los derechos, para consignar los recursos que sobrepasen los límites de concentración por Inversionista o para el desarrollo del proceso de liquidación, y cualquier otro procedimiento operativo que lo requiera.
5. Si lo requiere la Sociedad Administradora, presentar el documento representativo de la inversión para solicitar la redención parcial o total de los derechos de participación.
6. Las demás establecidas por las normas vigentes.
6.2. Medios de reportes de información a los inversionistas y público en general:
La Sociedad Administradora del Fondo pondrá a disposición de los Inversionistas toda la información necesaria para el adecuado entendimiento sobre la naturaleza de la Sociedad Administradora
y de la inversión en el Fondo. Así mismo, el Inversionista tendrá acceso a la información relacionada con los riesgos, gastos y comisiones del Fondo.
La Sociedad Administradora mantendrá de manera permanente y actualizada la siguiente información del Fondo, según corresponda en la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx, dentro del Portal de Clientes:
1. Nombre de los administradores del Fondo, miembros del Comité de Inversiones.
2. Datos de contacto del Revisor Fiscal de la Sociedad Administradora.
3. Aseguradora y póliza que cubre los riesgos mencionados en la Cláusula 1.8 del Capítulo I del Reglamento.
4. Rendición de cuentas.
Así mismo, la Sociedad Administradora mantendrá de manera permanente y actualizada la siguiente información para consulta del público en general en la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx:
1. Ficha técnica del Fondo.
2. Reglamento del Fondo.
3. Prospecto de inversión del Fondo.
4. Informe de calificación del Fondo, para los casos en que la Sociedad Administradora la hubiere contratado.
5. Estados Financieros del Fondo y sus notas.
6. Entidades y cuentas para el recaudo de los aportes.
7. Cualquier otra información relativa al Fondo que ilustre al Inversionista acerca de la naturaleza de la misma, los riesgos asociados a la inversión, etc.
6.3. Situaciones de conflicto de interés: Se considerarán como situaciones generadoras de conflictos de interés que deben ser administradas y reveladas por la Sociedad Administradora, las señaladas en el Artículo 3.1.1.10.2 en el Decreto 2555 de 2010, o cualquier norma que la modifique, complemente o derogue, así como cualquier otra situación en la que la Sociedad Administradora, el gerente o los miembros del comité de inversiones tengan intereses particulares diferentes a los intereses del Fondo, entre otras:
1. La celebración de operaciones donde concurran las órdenes de inversión de varios fondos de inversión colectiva, fideicomisos o portafolios administrados por una misma sociedad, o gestionados por un mismo gestor externo en caso de existir, sobre los mismos valores o derechos del contenido económico, caso en el cual se deberá realizar una distribución de la inversión sin favorecer ninguno de los fondos de inversión colectiva partícipes, en detrimento de los demás, según se establezca en el código de gobierno corporativo.
veces, la Sociedad Administradora podrá realizar inversión directa o indirecta en el Fondo, en las siguientes condiciones:
a) El porcentaje máximo de participación será el quince por ciento (15%) del valor del Fondo al momento de hacer la inversión. Para efectos de calcular este porcentaje máximo, se tendrá en cuenta la inversión de todos los Inversionistas a que se refiere esta cláusula.
b) la Sociedad Administradora conservara las participaciones que haya adquirido durante un plazo mínimo de un (1) año cuando el término de duración del Fondo sea superior a dicho plazo, o durante la mitad del término previsto para la duración del Fondo cuando éste sea inferior a un (1) año.
3. La inversión directa o indirecta de los recursos del Fondo en valores cuyo emisor, avalista, aceptante, garante u originador de una titularización sea la matriz, las subordinadas de ésta o las subordinadas de la Sociedad Administradora, o del gestor externo en caso de existir. Esta inversión sólo podrá efectuarse a través de sistemas de negociación de valores debidamente autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia. El monto de los recursos invertidos en los valores del presente numeral no podrá ser superior al diez por ciento (10%) de los activos del Fondo, o podrá ir hasta el treinta por ciento (30%) siempre y cuando así lo autorice la Asamblea de Inversionistas.
4. La realización de depósitos en cuentas corrientes o de ahorros en la matriz o las subordinadas de esta. En ningún caso el monto de estos depósitos podrá exceder xxx xxxx por ciento (10%) del valor de los activos del Fondo.
5. En el evento de que este Fondo en algún momento sea apalancado aplicará también como conflicto de interés el numeral 5 del Artículo 3.1.10.1.2 del Decreto 2555 de 2010, o cualquier norma que lo modifique, complemente o derogue.
Dentro de la Sociedad Administradora existe un Comité de Ética y conducta que vela por controlar y monitorear los posibles conflictos de interés que llegaran a existir, una de sus funciones es encargarse de determinar las sanciones por incumplimientos legales y disposiciones internas, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo de la compañía.
2. De acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo
3.1.11.1.2 del Decreto 2555 de 2010, o las normas que hagan sus
Observaciones
Voluntad de Vinculación
a) Declaro que acepto las condiciones del reglamento vigente de Skandia Fondo de Inversión Colectiva Efectivo y las políticas de vinculación a la misma contenida en dicho reglamento.
b) El INVERSIONISTA declara que conoce la naturaleza y los riesgos inherentes de este Fondo de Inversión Colectiva y que la Sociedad Administradora ha cumplido con los deberes de asesoría que le asisten estipulados en la normatividad vigente, indicándole su perfil de riesgo y si la inversión en este Fondo de Inversión Colectiva es consistente con dicho perfil.
c) El INVERSIONISTA declara que en cumplimiento del deber de asesoría, se ha tenido en cuenta su perfil como cliente y en caso que este producto no sea acorde a dicho perfil de riesgo, se le han explicado los riesgos asociados y aceptará a través de la firma de este documento su vinculación a este producto, como consta en el campo observaciones diligenciado en este documento por el asesor comercial certificado por al AMV.
Firma del Inversionistas o Representante Legal | |||
Identificación No: | Firma Autorizada Skandia | Grabado por | |
Huella Índice Derecho |