PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SALVAMENTO, VIGILANCIA, ASISTENCIA, BALIZAMIENTO, SERVICIO DE ACCESO AL MAR Y SERVICIO DE ASISTENCIA Y DISFRUTE DEL MAR A PERSONAS CON DISCAPACIDAD O MOVILIDAD REDUCIDA...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SALVAMENTO, VIGILANCIA, ASISTENCIA, BALIZAMIENTO, SERVICIO DE ACCESO AL MAR Y SERVICIO DE ASISTENCIA Y DISFRUTE DEL MAR A PERSONAS CON DISCAPACIDAD O MOVILIDAD REDUCIDA EN LAS PLAYAS DEL MUNICIPIO DE SANTA XXXX DE TENERIFE.
ÍNDICE
CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO 2
Cláusula 1.2.- Ámbito territorial de los Servicios. 2
CLÁUSULA 2.- ALCANCE DE LA PRESTACION DEL SERVICIO
3
Cláusula 2.1.- En cuanto al Salvamento y Vigilancia. 3
Cláusula 2.2.- En cuanto a la Asistencia Sanitaria. 3
Cláusula 2.3.- En cuanto al Desarrollo de Programas y Campañas. 4
Cláusula 2.4.- En cuanto al Balizamiento. 4
Cláusula 2.5.- En cuanto al Servicio de “Servicio de acceso al mar y Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa” 4
CLÁUSULA 3.- CONTENIDO DE LA PRESTACION DEL SERVICIO 5
Cláusula 3.1.- En cuanto al Salvamento, Vigilancia y Asistencia Sanitaria 5
Cláusula 3.2.- En cuanto a la promoción de la salud higiene, calidad de vida y seguridad 7
Cláusula 3.3.- En cuanto al balizamiento 7
Cláusula 3.4.- En cuanto al Servicio de “Servicio de acceso al mar y Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa” 8
CLÁUSULA 4.- PLANIFICACION DEL SERVICIO
9
CLÁUSULA 5.- SEGUIMIENTO, CONTROL Y GESTIÓN DE LOS SERVICIOS
10
Cláusula 5.1.- Comunicaciones entre Adjudicatario y Ayuntamiento 10
Cláusula 5.2.- Seguimiento de los trabajos 10
Cláusula 5.3.- Control de los Servicios 11
Cláusula 5.4.- Informática y comunicaciones 11
5.4.1 Sistema de comunicaciones. 11
5.4.2 Plan de emergencia en Playas 12
5.4.3 Conexión de datos con las dependencias municipales 12
5.4.4 Comunicación directa entre el Personal y con el Servicio 13
Cláusula 5.5.- Información del servicio 13
Cláusula 5.6.- Prevención de riesgos y seguridad laboral 13
CLÁUSULA 6.- MEDIOS PERSONALES ADSCRITOS AL CONTRATO 14
Cláusula 6.1.- Descripción de los Medios Personales 14
Cláusula 6.2.- Personal mínimo adscrito al Servicio. 15
Cláusula 6.3.- Vacaciones y cambios en el personal 18
Cláusula 6.4.- Uniformidad e identificación 19
CLÁUSULA 7.- MEDIOS MATERIALES ADSCRITOS AL CONTRATO
19
Cláusula 7.1.- Medios que aporta el adjudicatario 20
Cláusula 7.2.- Medios que aporta el Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife 25
CLÁUSULA 8.- SUPERVISION MUNICIPAL DE LOS SERVICIOS. 26
Cláusula 8.1.- Información. 26
Cláusula 8.2.- Indemnizaciones 26
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SALVAMENTO, VIGILANCIA, ASISTENCIA, BALIZAMIENTO, SERVICIO DE ACCESO AL MAR Y SERVICIO DE ASISTENCIA Y DISFRUTE DEL MAR A PERSONAS CON DISCAPACIDAD O MOVILIDAD REDUCIDA EN LAS PLAYAS DEL MUNICIPIO DE SANTA XXXX DE TENERIFE.
Cláusula 1.1.- Objeto
El objeto del presente Contrato es:
a) El Salvamento y Vigilancia,
b) Asistencia Sanitaria inicial en las playas ,
c) El Servicio de Acceso al Mar para personas con discapacidad o movilidad reducida,
d) El Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida,
e) El balizamiento,
todo ello de acuerdo con el Art. 25 de la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de régimen Local, modificado por la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, así como la Ley 2/2013, de 29 xx xxxx, de protección y uso sostenible de litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, xx Xxxxxx, R.D. 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General xx Xxxxxx; la Orden de Presidencia de 00 xx xxxxx xx0000 por la que se dictan normas e instrucciones para la seguridad humana en los lugares de baño; R.D.1835/1983, de 25 xx xxxx, por el que se adopta para las costas españolas el Sistema de Balizamiento Marítimo de la AISM; Resolución de 2 de septiembre de 1991 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, sobre balizamiento de playas, lagos y superficies de aguas interiores, señales de temporal y tráfico portuario; Reglamento de Puertos del Estado de 22 xx xxxxx de 1998 que modifica el punto 1 de la Resolución ministerial anterior; Instrucción de Servicio n. 5/97, de 23 xx xxxx, de la Dirección General de la Xxxxxx Xxxxxxxx, sobre balizamiento de playas; NTOIAN Normas Técnicas sobre obras e instalaciones de Ayuda a la Navegación. M.O.P.T. (1986); IALA/AISM Recomendaciones de la Asociación Internacional de Señalización Marítima.
Todos los Servicios descritos se desarrollaran en la Playas del municipio.
Cláusula 1.2.- Ámbito territorial de los Servicios.
El ámbito en el que se han de prestar los servicios incluidos en el presente contrato comprende:
a) Playa de las Teresitas (Zona de Bocana Norte-Paseo de la Teresitas hasta Bocana Sur- Muelle de la Cofradía de Pescadores), en la que se prestarán los servicios de:
1. Salvamento y socorrismo.
2. Asistencia Sanitaria.
3. Balizamiento.
4. Servicio de acceso al mar a personas con discapacidad o movilidad reducida
5. Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida.
6. Desarrollo de los programas y campañas.
b) Frente de San Xxxxxx y Playa de las Gaviotas, y en las playas de El Xxxxx de las Bodegas, Almáciga y Benijo, en el municipio de Santa Xxxx de Tenerife, en las que se prestarán los servicios de:
1. Salvamento y socorrismo.
2. Asistencia Sanitaria.
3. Balizamiento, si es necesario, para entrada y salida de vehículos a motor y establecimientos de zonas en la playa (Surfistas y otros deportes en el mar).
ALCANCE DE LA PRESTACION DEL SERVICIO.
El servicio a realizar por la empresa adjudicataria comprenderá las siguientes prestaciones:
Cláusula 2.1.- En cuanto al Salvamento y Vigilancia.
Garantizar la Vigilancia y Protección de la xxxxx del término municipal de Santa Xxxx de Tenerife correspondiente a las playas, mediante la prestación de:
a) Servicio de vigilancia y protección
b) Servicio de Socorrismo
c) Protección del entorno y medio ambiente, mediante actuaciones de vigilancia, información y controles de aves y fauna marina heridos o muertos en las playas, así como la inspección de las playas tras fuertes temporales o incidencias medioambientales de magnitud.
d) Realizar acciones de coordinación en la recepción de la solicitud de ayuda y comunicación de los recursos enviados para resolver incidencias, urgencias y emergencias de índole no sanitaria.
e) Comunicación a los distintos medios que lo soliciten, del estado de la mar.
f) Realización de partes diarios de incidentes y servicios prestados en cada zona.
g) Disposición absoluta de medios en caso de emergencia.
h) Redacción del Plan de emergencia en Playas.
Cláusula 2.2.- En cuanto a la Asistencia Sanitaria.
Garantizar la Asistencia Sanitaria de la xxxxx del término municipal de Santa Xxxx de Tenerife correspondiente a las playas, mediante:
a) Prestación del servicio de Asistencia Médico-Sanitaria en las playas.
b) Servicio de Transporte/traslado Sanitario de urgencia o emergencias
c) Realizar acciones de prevención en materia sanitaria y promocionar la salud, la higiene, calidad de vida y la seguridad.
d) Realización de partes diarios de incidentes y servicios prestados
Cláusula 2.3.- En cuanto al Desarrollo de Programas y Campañas.
a) Participar en la eliminación xx xxxxxxxx arquitectónicas en la playa, mediante la prestación del servicio de “Servicio de acceso al mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa” en los puntos accesibles instalados al efecto.
b) Realización de partes diarios de incidentes y servicios prestados en el del servicio de “Servicio de acceso al mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa” y el Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con limitaciones, movilidad o comunicación
c) Realización de dos talleres, dos campañas al año y un simulacro.
Cláusula 2.4.- En cuanto al Balizamiento.
a) Proyecto, instalación y mantenimiento del balizamiento de los canales náuticos, en los que se incluirán los canales de embarcaciones y artefactos a motor y canales de embarcaciones y artefactos sin motor,
b) Instalación de líneas de vida para usuarios en las zonas habilitadas para personas con discapacidad.
Cláusula 2.5.- En cuanto al Servicio de “Servicio de acceso al mar y Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa”.
a) El Servicio de acceso al mar, que complementa los servicios de ASISTENCIA sanitaria, salvamento y socorrismo, consiste en asistir a los usuarios de la Playa de las Teresitas que tengan reducida su movilidad y quieren disfrutar de los beneficios que les proporciona un baño en el mar.
La empresa adjudicataria se compromete a mantener durante todo el año un servicio de xxxxxxxx xx xxxx sillas acuáticas (una por cada acceso al mar) para el baño de personas con movilidad reducida en la playa de las Teresitas.
El Servicio de acceso al mar se prestará de lunes x xxxxxxx durante todo el año, en cada uno de los diez accesos al mar.
Para el correcto funcionamiento del servicio se establecen los requisitos mínimos:
1. Las personas con discapacidad o movilidad reducida, que deseen disfrutar del Servicio de acceso al mar podrán acudir, si necesitan de ella, acompañados por una persona sin discapacidad o movilidad reducida. Así mismo, podrán hacer uso del servicio sin
acompañante, siempre y cuando, las personas con discapacidad o movilidad reducida sean totalmente autónomas dentro del agua.
2. Siempre que se utilice silla o muletas anfibias, los socorristas acuáticos los acompañarán hasta el agua, para lo cual deberán ser avisados y acudirán, salvo que exista labores urgentes propias del salvamento y socorrismo que deban desarrollar.
3. Los servicios adaptados son para uso exclusivo de las personas con discapacidad o movilidad reducida y personas mayores.
b) El Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa, que complementa los servicios de asistencia sanitaria, salvamento y socorrismo, consiste en un Servicio de acompañamiento personalizado e individualizado durante todo el tiempo de duración del baño adaptado. Está dirigido a residentes en el municipio de Santa Xxxx de Tenerife.
Se trata de la puesta en marcha de diferentes actividades de ocio y tiempo libre, con fines de estimulación física y cognitiva que deberán ser propuestos en la oferta y aprobados por el/los técnico/s municipal/es designados por la Jefatura del Servicio de Gestión y Control Medioambiental y del Territorio, una vez iniciado el contrato.
El Servico se debe prestar:
- Ofreciendo acompañamiento y apoyo durante el baño adaptado a las personas con discapacidad física o movilidad reducida para que puedan ejercitar su derecho a un ocio individual y compartido en igualdad de condiciones que el resto de la comunidad.
a)
- Desarrollando actividades de ocio y tiempo libre para personas con capacidades diferentes, promoviendo la mejora de su calidad de vida y la de su entorno.
El Servicio de Control y Gestión Medioambiental, podrá requerir al Adjudcatario del Servicio, a través del Coordinador del Servicio, con una antelación mínima de 24 horas con indicación expresa del plazo, para que se ponga a disposición del Instituto Municipal de Atención Social (IMAS), los medios materiales y personales adscritos al servicio objeto del presente contrato. Para ello se desiganrá a una persona responsable del IMAS a los efectos del control del Servicio, durante el plazo estipulado en la solicitud.
b)
CONTENIDO DE LA PRESTACION DEL SERVICIO.
Cláusula 3.1.- En cuanto al Salvamento, Vigilancia y Asistencia Sanitaria.
a) Realizar el servicio de Prevención, Vigilancia, Socorrismo y primeros auxilios de los usuarios en las playas del municipio de Santa Xxxx de Tenerife, durante la temporada de baño en los términos previstos en el presente pliego.
b) Prevención, mediante vigilancia continuada del comportamiento de los bañistas y posibles elementos flotantes.
c) Realizar acciones y tomar medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad de los bañistas y la prevención de accidentes e incidentes en las playas
d) Gestionar las dotaciones en equipamientos, elementos y medidas de seguridad de la playa.
e) Velar por la conservación de las señales y del material destinado a la prevención de accidentes, seguridad, vigilancia, socorro y transporte de accidentados.
f) Informar a los usuarios sobre los aspectos relacionados con la playa que soliciten, así como de los comportamientos respetuosos con el medio ambiente, recordando si es preciso la prohibición de tenencia de animales en las playas y haciendo respetar los distintos usos de la playa dando prioridad a las actividades propias de baño.
g) Despejar de objetos los accesos a las playas que puedan entorpecer a los usuarios.
h) Colaborar con el Excmo. Ayuntamiento de S/C de Tenerife (Servicio de Control y Gestión Medioambiental, Protección Civil y Policía Local, principalmente) en todas las circunstancias que fueran requeridos.
i) Implantar un Plan de Emergencias de Playas.
j) Colaborar en todos los aspectos de índole social que sucedan en la playa como puede ser la localización de personas perdidas, ayuda puntual en la entrada y salida de la playa a personas con movilidad reducida, etc.
k) Asistencia Sanitaria que puede ser desempeñada en el Puesto xx Xxxxxxx, en la playa o desde la embarcación, y si fuera necesario se procederá a la evacuación del accidentado.
l) Realizar acciones asistenciales médico-sanitarias en situaciones tanto de urgencias como emergencias in-situ y/o puestos xx xxxxxxx destinados a este fin estabilizar y trasladar a centros sanitarios con unidades/ambulancias, de soporte vital básico y soporte vital avanzado a las personas cuya patología así lo exija.
m) La Asistencia Sanitaria se complementará dotando al servicio de dos ambulancias situadas en las siguientes ubicaciones: una en la Playa de las Teresitas y otra en la Playa de Almáciga. Las ambulancias incluirán como mínimo un Socorrista-Conductor y un Socorrista-Auxiliar Técnico Sanitario. El servicio estará operativo durante el horario del servicio de ASISTENCIA sanitaria, vigilancia, salvamento y socorrismo.
n) Hacer respetar el balizamiento de la playa, alertando de la prohibición de circulación ilegal de embarcaciones a motor y practicantes de windsurf, esquí-acuático y otras actividades similares que pongan en peligro a los usuarios que se encuentren en las zonas de baño, así como la prescripción de que realicen sus entradas y salidas por zonas acotadas a tal efecto.
o) Mantener la zona de baño y la playa despejada de animales y objetos que puedan presentar peligro para los bañistas y/o señalizar y controlar en caso de objetos aparecidos que no se puedan retirar rápidamente
p) Evitar toda clase de actividades que resulten peligrosas para los bañistas e informar de su presencia de manera inmediata a la Policía Local.
q) Aportar el dispositivo exclusivo y necesario para trasladar las embarcaciones desde su local previsto por el Ayuntamiento en la playa, hasta la orilla de la misma a través de la arena.
r) Mantener en buenas condiciones tanto el material mobiliario como los locales utilizados y sus instalaciones, para la prestación del servicio, cumpliendo las normas, según el diseño de cada posta y de cada instalación, y mantener tanto las postas fijas y móviles de temporada en las mejores condiciones de funcionamiento.
s) Comunicar al Servicio de Control y Gestión Medioambiental y del Territorio, a la mayor brevedad posible, cualquier alteración que se produzca en la dotación de las playas (deterioro de señalización, balizamiento…) o circunstancia de riesgo que aparezca en las zonas vigiladas.
t) Colaborar en el cumplimiento de protocolos establecidos por el citado Servicio municipal en las acciones que les correspondan.
Cláusula 3.2.- En cuanto a la promoción de la salud higiene, calidad de vida y seguridad
Promocionar la salud, higiene, calidad de vida y la seguridad, que se desarrollara en las siguientes actividades:
1. Talleres de Primeros Auxilios en base a los siguientes criterios:
Objetivos: Capacitar al asistente del taller en el dominio práctico de las técnicas y habilidades más comunes en Primeros Auxilios.
Conocer los contenidos teóricos que justifican el empleo de dichas técnicas. Aumentar las competencias y auto confianza del público asistente para actuar ante una víctima de un accidente como primer interviniente.
Metodología: Los Talleres combinan la teórica y la práctica y estarán apoyados en el material formativo y los medios audiovisuales y materiales necesarios como soporte y apoyo al asistente en su proceso de aprendizaje.
2. Talleres prácticos para identificar y resolver situaciones de urgencia vital que demuestren estar capacitados para prevenir accidentes aplicando recursos de autoprotección, seguridad y soporte vital.
3. Campaña de promoción de la salud en alimentación, hábitos saludables y patologías estivales a nivel de usuarios de playas.
4. Campaña socio sanitarias de prevención del Melanoma y otras enfermedades relacionadas con el sol
5. Desarrollo de actuaciones encaminadas a prever situaciones de emergencias reales (simulacros).
Cláusula 3.3.- En cuanto al balizamiento
a) Redacción del documento necesario para su aprobación, previa conformidad del Técnico municipal responsable del contrato, por la Capitanía Marítima de Tenerife, órgano periférico de la Dirección General de la Xxxxxx Xxxxxxxx (Real Decreto 638/2007, de 18 xx xxxx),
b) Instalación del balizamiento descrito en el documento, una vez aprobado.
c) Mantenimiento del balizamiento, de la siguiente manera:
1) MANTENIMIENTO PREVENTIVO que consistirá en un reconocimiento periódico de las instalaciones y sus elementos, comprobándose el estado general del balizamiento, número y estado de las boyas, su alineación, pérdidas, cadenas, grilletes, anclajes, fondeos y limpieza de incrustaciones. Se realizarán, al menos, las siguientes actuaciones:
a) Sustitución de todos los cabos que componen el balizamiento, desde las filieres hasta los tensores de las boyas delimitadoras. Ya que se encuentran completamente colonizados de algas y moluscos que debilitan y ocultan posibles deterioros en el cabo.
b) Retirada y reinstalación de todas las boyas rotas o deterioradas por los efectos de las mareas, temporales, la exposición constante al sol y por las acciones de las personas sobre las mismas.
c) Sustitución de elementos de conexión como grilletes, guardacabos, cadenas que se encuentren desgastados por la acción del mar sobre ellos.
d) Limpieza de los elementos que se encuentren en condiciones de volver a ser instalados, siempre y cuando garanticen la seguridad y su funcionalidad en la instalación.
2) MANTENIMIENTO CORRECTIVO URGENTE de las instalaciones que englobará todas aquellas actuaciones motivadas por avisos, por pérdidas de elementos, roturas, revisiones tras temporales y, en general, cualquier actuación necesaria para la reposición o sustitución de los elementos dañados o desgastados, de forma que el balizamiento permanezca en perfecto estado, durante cada temporada estival. Correrá a cargo del contratista la reposición del material que se considere deteriorado o que se haya perdido, realizándose la reposición del mismo en plazo máximo de 24 horas.
Cláusula 3.4.- En cuanto al Servicio de “Servicio de acceso al mar y Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad
reducida en la Playa”.
I. Respecto al Servicio de acceso al mar a personas con discapacidad o movilidad reducida:
a) Realizar el servicio de Servicio de acceso al mar a personas con discapacidad o movilidad reducida, desarrollando el Programa Municipal de “Servicio de acceso al mar de personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa” en los puntos accesibles existentes y abiertos anualmente mediante la aportación de personal formado para prestar dicho servicio.
b) Prestar ayuda para que las personas con discapacidad o movilidad reducida para introducirse en el mar, usando las sillas anfibias.
c) Xxxxxx a las personas discapacitadas que deseen, y sus condiciones se lo permitan, para nadar libremente en el agua mediante los elementos de flotación. Una vez introducidos con la silla anfibia en el mar, con el elemento de flotación adecuado a su discapacidad o movilidad reducida, colaborar en bajarlos de la silla anfibia, para que puedan nadar libremente, pero siempre bajo la atenta y cercana vigilancia del personal adscrito que procederán a xxxxxxxxx una vez finalizado el baño en el mar.
d) Funciones de distribución de las sillas al comienzo de la jornada en cada uno de los 10 puntos asignados
e) Funciones de recogida de las sillas y almacenamiento al final de la jornada
f) Funciones de coordinación del Servicio de acceso al mar de personas con discapacidad o movilidad reducida (reducción de tiempos de espera, encuestas, seguimiento, propuestas de mejoras para valoración del servicio)
g) Personal de los puntos accesibles: Para la prestación del servicio de “Servicio de acceso al mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa” el contratista se compromete a: Aportar los recursos humanos suficientes con formación en ayuda a personas con discapacidad o movilidad reducida para dar cobertura asistencial, teniendo en cuenta que la cantidad de usuarios cada temporada, en el lugar, fechas y horarios, que se distribuirán en los puntos accesibles.
II. Respecto al Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa:
a) Propiciar un espacio adecuado para la puesta en marcha de actividades y acciones lúdicas en la playa de Las Teresitas.
b) Estimular y favorecer la participación individual y/o colectiva de personas con discapacidad en actividades de ocio y tiempo libre.
c) Implementar un sistema de coordinación entre la empresa adjudicataria y el IMAS, que permita establecer un protocolo de detección y derivación por parte de la entidad hacia el Programa de Discapacidad para la intervención en las problemáticas sociales detectadas y/o manifestadas por las personas usuarias del Servicio.
d) Xxxxxxxx el respiro familiar, ofreciendo a las familias que tienen a su cargo a personas con discapacidad un merecido tiempo de descanso, mejorando así el bienestar emocional de las personas cuidadoras.
El servicio objeto del contrato se ha de prestar en las siguientes playas, en las fechas y horarios que se especifican a continuación:
LOTE 1 PLAYA DE LAS TERESITAS, PLAYA DE LAS GAVIOTAS Y FRENTE DE SAN XXXXXX:
En TEMPORADA BAJA:
Desde el día 1 de octubre hasta el 31 xx xxxx, desde las 10:00 hasta las 17:00 horas.
En TEMPORADA ALTA:
Los meses xx xxxxx y septiembre, desde las 9:00 hasta las 19:00 horas.
Los meses de julio y agosto, desde las 9:00 hasta las 20:00 horas.
XXXX 0 XXXXX XX XXXXXXXX X XXXXX XXX XXXXX XX XXX XXXXXXX: En TEMPORADA BAJA:
En estas playas la ASISTENCIA será durante el jueves, viernes, sábado y domingo de
Semana Santa en horario de 10:00 a 17:00 horas.
En TEMPORADA ALTA:
El mes xx xxxxxx, todos los días de la semana, en horario de 10:00 a 18:00 horas
Los meses de julio y septiembre, será los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, en horario de 10:00 a 18:00 horas
PLAYA DE BENIJO:
Los recursos existentes en las playas de Almáciga y Xxxxx de Las Bodegas atenderán emergencias que pudieran surgir en la playa de Benijo que fuesen comunicadas a tal efecto de solicitud de intervención.
En las distintas playas, tanto la fecha como el horario señalado se podrán modificar por acuerdo mutuo entre las partes, con dos semanas de antelación, a consideración de la
empresa adjudicataria o a petición del Ayuntamiento, según las necesidades del Servicio, sin coste adicional en la prestación del servicio.
Respecto al Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa, El servicio objeto del contrato se ha de prestar en las siguientes playas, en las fechas y horarios que se especifican a continuación:
XXXX 0 XXXXX XX XXX XXXXXXXXX
El servicio se desarrollará conforme al siguiente programa:
En TEMPORADA BAJA:
Desde el día 1 de octubre hasta el 31 xx xxxx, los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, en horario comprendido entre las 10:00 hasta las 17:00 horas. Solo se realizará en el acceso n° 1
En TEMPORADA ALTA:
Los meses xx xxxxx, xxxxx, agosto, septiembre de 2015, todos los días de la semana, en horario comprendido entre las 10:00 hasta las 19:00 horas. Se realizará en el acceso n° 1 y frente al puesto de vigilancia y socorrismo.
SEGUIMIENTO, CONTROL Y GESTIÓN DE LOS SERVICIOS
Cláusula 5.1.- Comunicaciones entre Adjudicatario y Ayuntamiento
Con el fin de que el Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife disponga de información diaria de las playas que se contemplan en este contrato durante los días de prestación del servicio, la empresa adjudicataria se compromete a informar diariamente al Servicio de Control y Gestión Medioambiental mediante correo electrónico y servicio de mensajería instantánea, sobre el color de las banderas, presencia de medusas, personal y medios dispuestos en la playas, cualquier tipo de incidencia digna de mención que hubiera tenido lugar en dichas playas
El Adjudicatario deberá facilitar, además de un número de fax y correo electrónico, un número de teléfono movil que permita contactar, en caso de necesidad, con el Coordinador del Servicio, o en su ausencia con un técnico equivalente con capacidad de decisión, durante las veinticuatro
(24) horas del día, todos los días del año.
El Coordinador del Servicio deberá presentarse siempre que le sea requerido, en las horas y dependencias municipales indicadas, para recibir las instrucciones pertinentes o las observaciones necesarias para la mejor prestación del servicio.
Cláusula 5.2.- Seguimiento de los trabajos
La empresa adjudicataria deberá elaborar diariamente, mediante un sistema de gestión informático, un parte diario, organizado por playas, que cubrirá un periodo de veinticuatro horas, conforme a la planificación vigente, de todo el personal, vehículos y medios mecánicos
que están trabajando, con determinación de su situación y cometidos concretos, con el fin de facilitar la realización de las comprobaciones oportunas
Todo el personal contemplado en los planes y partes de trabajo que no se presente y no sea sustituido, será deducido por el Adjudicatario de la relación valorada de los servicios prestados durante el mes en curso a los precios vigentes, resultantes de aplicar a los ofertados las revisiones de precios aprobadas.
Cláusula 5.3.- Control de los Servicios
Los Responsables Municipales designados inspeccionarán la ejecución de los distintos servicios adjudicados en relación con las especificaciones del presente Pliego.
Los Responsables Municipales designados que vayan a desempeñar las actuaciones de inspección tendrán acceso a los locales y dependencias del Adjudicatario para este Servicio, y le serán facilitados cuantos datos se precisen con respecto a su funcionamiento.
Sus funciones serán las siguientes:
Comprobar que las labores se efectúen oportunamente, en la forma correcta y con la seguridad adecuada.
Comprobar si se cumple tanto lo estipulado en el Pliego, como en los posibles compromisos posteriores del adjudicatario (oferta, contrato, etc), en cuanto al número y cualificación del personal.
Verificar la correcta ejecución de los servicios.
Determinar si los equipos, medios materiales y utensilios de que dispongan para la realización de las labores, satisfacen las condiciones exigidas en el Pliego y son conforme a la oferta.
Vigilar que el aseo, vestuario y competencia del personal afecto a la plantilla del adjudicatario, reúne las condiciones exigidas a su rango, lugar de actuación e importancia de la misión que tenga encomendada.
A la vista del resultado de estas inspecciones, se determinarán las correcciones ó modificaciones que se estimen oportunas en la organización de los trabajos. Las decisiones se comunicarán directamente mediante el procedimiento informático que se establezca y serán cumplidas de forma inmediata o, en su caso, en el plazo que oportunamente se fije.
Cláusula 5.4.- Informática y comunicaciones
La empresa adjudicataria establecerá los procedimientos adecuados y se dotará de los medios necesarios (hardware y software) para cumplir con las condiciones recogidas en el presente Pliego respecto a las comunicaciones y la informatización de la gestión del servicio. En particular, deberá contar, entre otros, con los sistemas detallados en los apartados siguientes:
5.4.1 Sistema de comunicaciones.
A través de correo electrónico y mensajería instantánea se comunicaran todos los trabajos contemplados en el presente contrato. Entre otras funciones deberá permitir:
Llevar el control de las operaciones realizadas
Realizar consultas e informes
Obtener información de los recursos empleados
5.4.2 Plan de emergencia en Playas
El adjudicatario deberá presentar y mantener actualizado el Plan de Emergencia de Playa que se le hayan adjudicado en los seis meses posteriores al comienzo del contrato, estableciendo la organización, el equipo humano, medios para la prevención y respuesta a emergencias. Este Plan deberá especificar como mínimo el siguiente contenido:
Identificación de la playa.
Información relativa a la playa: nombre, longitud y anchura media expresada en metros, ubicación física, vías de acceso, accesos peatonales o cualquier otra información que pudiera ser útil en caso de actuación.
Análisis de riesgos.
Descripción de los principales elementos de riesgo tanto de la playa como de su entorno, considerando principalmente la configuración de la playa, variaciones de profundidad, mareas, corrientes, olas, vientos, afluencia, actividades de riesgo, comportamientos y grupos de población más vulnerables.
Elementos vulnerables.
Descripción de los elementos más vulnerables, indicando expresamente la zona de baño adaptado.
Organización de la respuesta.
Se indicarán las personas, turnos, su función y ubicación, que intervienen en la respuesta a la emergencia, así como los recursos móviles y fijos que deberán ser tenidos en cuenta en la prevención y en la respuesta ante una emergencia. Se deberé expresar detalladamente las instalaciones fijas, balizamiento, ubicación de carteles informativos, distribución por sectores, puestos y equipamiento de salvamento.
Se describirá un sistema de alerta con el procedimiento operativo y los mecanismos de coordinación, con indicación expresa de la existencia de un centro de mando.
Implantación.
Se especificará el tipo de entrenamiento o la formación del personal de salvamento, así como la difusión, evaluación y revisiones del plan que se vayan a efectuar.
Anexos.
Se aportará toda la documentación necesaria para complementar el Plan, tales como planos, fotografías, etc.
5.4.3 Conexión de datos con las dependencias municipales
El Adjudicatario dispondrá de ordenador, con MODEM o router y línea telefónica o de comunicaciones, configurado para ser capaz de conectar con las dependencias municipales y recibir las notificaciones de incidencias mediante correo electrónico. Los costes de configuración de los equipos correrán a cargo del Adjudicatario.
Asimismo, el Adjudicatario deberá aportar los medios necesarios para facilitar que la información recogida por dicho sistema esté disponible sin demoras para su consulta y análisis por parte de los Responsables Municipales.
5.4.4 Comunicación directa entre el Personal y con el Servicio
El Adjudicatario deberá contar con en sus instalaciones:
Línea de correo electrónico y un ordenador de última generación para la comunicación en tiempo real de los registros establecidos por el Sistema de Calidad.
Teléfono de recepción de llamadas con contestador automático en sus oficinas, o bien, garantizar atención permanente en el móvil.
El Adjudicatario deberá aportar a su personal:
Teléfono móvil para el Coordinador del Servicio
Emisora portátil para el Coordinador del Servicio.
Teléfono móvil o emisora, según proceda, para cada uno de los recursos personales.
Cláusula 5.5.- Información del servicio
Toda la información facilitada al Adjudicatario, relativa a los servicios contratados, así como la obtenida por él mismo en el desarrollo del Contrato, sólo podrá ser utilizada en el ámbito de los servicios prestados, no pudiendo ser utilizada para otros fines o facilitada a terceros sin la autorización expresa del Ayuntamiento.
Asimismo, toda la documentación relativa al servicio, que genere o archive el Adjudicatario, será propiedad del Ayuntamiento, por lo que deberá entregarse debidamente ordenada y clasificada anualmente y a la finalización del contrato.
d)
Cláusula 5.6.- Prevención de riesgos y seguridad laboral
El Adjudicatario será responsable, durante toda la vigencia del contrato, de cumplir con la normativa existente en cada momento en materia de prevención de riesgos laborales. El Responsable de Prevención de Riesgos Laborales designado por la empresa velará por mantener al día el estudio sobre riesgos potenciales, las medidas de prevención ha implantar y los equipos de seguridad con los que se dotará a los trabajadores para cada una de las labores. Asimismo planificará y realizará el seguimiento de las acciones formativas necesarias, propiciando el conocimiento y la aplicación de las medidas de prevención a través de la cadena de mando.
El Responsable de Prevención de Riesgos Laborales se reunirá y cumplirá con todo lo que establezca el departamento municipal de Prevención, debiendo atender las citaciones de dicho departamento dentro de un plazo de 24 horas desde el aviso.
Las medidas formativas adoptadas por el Adjudicatario deberán ser acreditadas documentalmente ante el Ayuntamiento.
MEDIOS PERSONALES ADSCRITOS AL CONTRATO
Cláusula 6.1.- Descripción de los Medios Personales
El Adjudicatario dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año para la buena ejecución de los Servicios incluidos en el contrato. No obstante, vendrá obligado a mantener un personal mínimo que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en la oferta, y que contemplará la plantilla equivalente y la estimación de personal de sustitución necesario, de modo que siempre queden cubiertos todos los puestos ofertados cubriendo bajas, vacaciones, permisos, horas sindicales, etc. El adjudicatario preverá personal correturnos para suplir ausencias, cualesquiera que sea su causa.
El personal deberá estar disponible durante el horario a cumplir por el Adjudicatario, quedando taxativamente prohibida su utilización durante dicho horario para cualquier trabajo ajeno a la misma.
La Empresa adjudicataria cumplirá lo siguiente respecto al personal mínimo:
Coordinador del Servicio:
Tendrá dedicación exclusiva al servicio, estando al frente de la plantilla con plena capacidad de decisión y poder de representación de la empresa en lo que al contrato se refiere. Asumirá la dirección y organización de los trabajos, debiendo disponer de titulación, experiencia y formación en la materia del servicio contratado.
Las vacaciones o días de permiso del coordinador deberán comunicarse con antelación al Ayuntamiento y siempre lo sustituirá otra persona con igual capacidad de decisión.
En el caso de sustitución del coordinador, la empresa adjudicataria mantendrá al coordinador entrante junto con el coordinador saliente durante un período mínimo de un mes.
Deberán igualmente acreditar un conocimiento medio xx xxxxxx hablado por cualquier título oficial suficiente a juicio de la Administración.
Socorrista Acuático:
Realizará las funciones de vigilancia, salvamento y socorrismo, así como otras de carácter general (limpieza de las instalaciones, etc.) asignada en este pliego.
Los socorristas deberán acreditar la realización del curso oficial de primeros auxilios y salvamento y socorrismo de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias. Quedarán eximidos de la acreditación de estos cursos las personas que dispongan de titulación de formación profesional de grado medio de socorrismo acuático, así como las que acrediten otra formación en salvamento y socorrismo acuático.
Además, los socorristas deberán acreditar la capacidad de utilización de desfibriladores semiautomáticos externos mediante la realización del curso de formación inicial y continuada en reanimación cardiopulmonar básica y desfibrilación semiautomática.
Deberán igualmente acreditar un conocimiento medio xx xxxxxx hablado por cualquier título oficial suficiente a juicio de la Administración.
Conductores:
Socorristas con carnet de conducir necesario para cubrir los servicios de la ambulancia destinada al mismo.
Patrón de embarcaciones:
Socorristas con título para el manejo de embarcaciones (Patrón de embarcaciones de recreo (PER), Patrón de Navegación Básica o Licencia de Navegación) (Básico de Embarcaciones), y responsables de la embarcación o moto de agua de rescate asignada para el servicio.
Auxiliar de transporte sanitario:
Socorrista con formación en asistencia sanitaria de los pacientes en la ambulancia.
Médico y Diplomados Universitarios en Enfermería (DUE):
Responsables de las atenciones primarias sanitarias y emergencias que se presentan durante su servicio.
Cláusula 6.2.- Personal mínimo adscrito al Servicio.
La estructura mínima del equipo humano del servicio deberá tener un Coordinador del servicio y un número de socorristas acorde con el servicio que han de prestar, según se establece en la siguiente tabla:
LOTE 1: | Nº DE RECURSOS |
XXXXX XX XXX XXXXXXXXX X XXXXXX XX XXX XXXXXX | |
XXXXXXXXX XXXX (Xxx 0 de octubre al 31 xx xxxx) | |
Socorristas acuáticos(uno en el puesto xx xxxxxxx y dos en playa) | 3 |
Socorrista-patrón de embarcación (actividad en el mar y/o salidas de embarcación) | 1 |
Socorrista-conductor (actividad en playa) | 1 |
Coordinador del servicio | 1 |
TEMPORADA ALTA (del 1 xx xxxxx al 30 de septiembre) | |
Socorristas acuáticos (dos en el puesto xx xxxxxxx y tres en playa) | 5 |
Socorrista-patrón de embarcación (actividad en el mar y/o salidas de embarcación) | 1 |
Socorrista-conductor (actividad en playa) | 1 |
Coordinador del servicio | 1 |
Este servicio se incrementará con un DUE que deberá trabajar diariamente del 1 xx xxxxx al 30 de septiembre, la Semana Santa completa y todos los días festivos y fines de semana del resto del año. |
XXXXX XX XXX XXXXXXXX | |
XXXXXXXXX XXXX (Xxx 0 de octubre al 31 xx xxxx) | |
Socorristas acuáticos. | 1 |
TEMPORADA ALTA (del 1 xx xxxxx al 30 de septiembre) | |
Socorristas acuáticos. | 1 |
Socorrista-conductor de moto de agua (1 en la playa de El Xxxxx de las Bodegas y 1 en Almáciga). | 1 |
LOTE 2: | Nº DE RECURSOS |
ALMÁCIGA, XXXXX DE LAS BODEGAS Y BENIJO | |
TEMPORADA ALTA Y BAJA | |
Socorristas acuáticos (1 en la playa de El Xxxxx de las Bodegas y 1 en Almáciga). | 2 |
Socorrista-conductor de moto de agua (1 en la playa de El Xxxxx de las Bodegas y 1 en Almáciga). | 2 |
Socorrista-conductor (puesto-base en Almáciga). | 1 |
Socorrista itinerante en las tres playas. | 1 |
Coordinador del servicio. | 1 |
Médico con puesto en la playa de El Xxxxx de las Bodegas. | 1 |
DUE con puesto en la playa de Almáciga. | 1 |
Respecto al Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa, cumplirá lo siguiente respecto al personal mínimo:
Trabajador/a social:
Que realizará las funciones de coordinación y organización de las acciones a desarrollar. También realizará funciones de monitor o animador. Su jornada diaria no podrá ser inferior a 6 horas.
Monitores/as o animadores/as socioculturales, titulado en Salvamento y socorrismo: Se ocuparán del acompañamiento al baño, así como de la puesta en marcha de los diferentes talleres y actividades planificadas.
LOTE 1: | Nº DE RECURSOS |
XXXXX XX XXX XXXXXXXXX X XXXXXX XX XXX XXXXXX | |
XXXXXXXXX XXXX (Xxx 0 de octubre al 31 xx xxxx) | |
Trabajador Social | 1 |
Monitores | 1 |
TEMPORADA ALTA (del 1 xx xxxxx al 30 de septiembre) | |
Trabajador Social | 1 |
Monitores | 5 |
La empresa deberá distribuir el tiempo de trabajo del personal señalado con anterioridad, de manera que el servicio sea prestado adecuadamente y los usuarios atendidos de forma satisfactoria.
La empresa adjudicataria dispondrá del personal necesario para cubrir la prestación objeto del contrato administrativo, y deberá acreditar la formación y experiencia necesaria para realizar adecuadamente, tanto el acompañamiento durante el baño, como las actividades de ocio y tiempo libre con las personas con discapacidad y/o movilidad reducida, facilitándoles, en todo momento, el acceso y desarrollo de las actividades y acciones programadas, tanto en el medio acuático como en el terrestre, durante el periodo de ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria acreditará que todo el personal asignado a las actividades que contempla el presente contrato ha realizado los correspondientes cursos de formación, debiendo estar en posesión de la titulación mínima exigida para desempeñar las tareas correspondientes a su puesto de trabajo (Primeros Auxilios, Socorrismo Acuático y Auxiliar de Transporte Sanitario), así como aquellas otras titulaciones específicas que exija el desempeño de las tareas que le fueran encomendadas.
Este personal deberá estar debidamente equipado y uniformado de forma fácilmente visible y reconocible para los usuarios de las playas. En la parte delantera deberá aparecer a un lado el escudo del Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife y en la parte posterior la inscripción “SALVAMENTO DE PLAYAS”, que deberá ser aprobado por la corporación municipal previamente al inicio del servicio.
Dentro del primer mes del Contrato y cada vez que sea requerido por los Técnicos municipales, será entregada al Ayuntamiento una relación de los trabajadores que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a que se refiere el presente Xxxxxx, indicando los nombres, categorías y demás circunstancias personales, así como las variaciones que se produzcan en la misma.
La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones sociales ante el Servicio Municipal correspondiente, siendo causa de resolución del contrato estar al descubierto en las cuotas de la Seguridad Social.
El Adjudicatario deberá aportar al inicio de la prestación del servicio y trimestralmente, junto a las certificaciones de los meses de enero, xxxxx, xxxxx y octubre, una declaración jurada en la que se informe que todos los trabajadores adscritos al contrato suscrito con el Ayuntamiento están dados de alta en la Seguridad Social, así como que todos ellos cuentan con los medios y formación precisos en materia de Seguridad y Salud.
El personal de la Empresa adjudicataria, ya sea de plantilla fija o cualquier otro que pudiera contratar con carácter transitorio, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual ó de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento, debiendo dicha empresa tener informado a su personal de dicho extremo. Igualmente quedará eximido de intervenir en las relaciones económicas y laborales entre el Adjudicatario y aquellas empresas que pudieran establecer subcontratas con aquel. El personal que emplee la Adjudicataria con los Servicios objeto de este Pliego percibirá los salarios fijados en la vigente Reglamentación laboral como mínimo y tendrá cubiertos los derechos que le otorga la Seguridad Social, a que deberán encontrarse acogidos.
Si durante la vigencia del contrato se acordase entre el Adjudicatario y sus trabajadores la modificación de sus condiciones económicas o sociales, ello no repercutirá en el aspecto económico, ni en la calidad ni cantidad de los servicios contratados por el Ayuntamiento.
En el caso de que se produzca un conflicto laboral entre la empresa adjudicataria y sus trabajadores qué origine la interrupción del servicio, el Ayuntamiento podrá detraer, el importe de los trabajos no realizados, calculado por aplicación al precio fijo mensual del porcentaje correspondiente a los días de interrupción del servicio.
Una vez terminado el Contrato, quedarán extinguidos cuantos derechos nazcan del mismo para el Contratista de tal manera que este no tendrá ningún derecho a que se le adquiera el material o equipo que utilice en la prestación del Servicio o se le facilite empleo a su personal, pues en ningún caso se estima que existe traspaso o el hecho de asumir el Ayuntamiento la prestación directa del Servicio o adjudicar éste a otra empresa.
El Adjudicatario deberá disponer en un plazo no superior a quince días contados a partir del siguiente a la comunicación de la adjudicación del Contrato de todo el personal ofertado para la ejecución del mismo.
En el caso de que se prevea la intervención de personal extranjero, se presentará la documentación acreditada de la autorización para trabajar en España, con arreglo a las disposiciones vigentes.
Cláusula 6.3.- Vacaciones y cambios en el personal
Dentro del primer mes del Contrato y cada vez que sea requerido por los Técnicos municipales se notificará al Ayuntamiento los nombres y categorías, compatibles con la ley orgánica de protección de datos, de los trabajadores que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a que se refiere el presente pliego, así como las variaciones que se produzcan en el mismo, incluidas las suplencias por vacaciones, bajas, horas sindicales, etc.
El Ayuntamiento será informado de las nuevas contrataciones de personal que vayan a adscribirse al contrato. El Adjudicatario efectuará un proceso de selección en el que quedará garantizada la publicidad de dicho proceso, la igualdad de acceso de hombres y mujeres, y el mérito de cada una de las personas que se adscriban al servicio para la realización de los trabajos objeto del contrato. Cada licitador propondrá en su oferta el modelo de proceso de selección de personal que vaya a seguir cuando sea necesario.
El Ayuntamiento, a través del Servicio municipal correspondiente deberá ser consultado en la renovación del personal, pudiendo, además, proponer el cambio de aquellos trabajadores que sean considerados como no idóneos para el trabajo objeto del presente Contrato, o que se imponga la sanción oportuna cuando diesen motivo para ello, siempre que no exista contravención con la legislación laboral vigente.
En caso de sustitución del Coordinador del Servicio, para garantizar la correcta prestación del mismo, la empresa adjudicataria deberá mantener simultáneamente al nuevo Responsable y al Coordinador del Servicio cesante durante un periodo de transición, que no podrá ser inferior a 30 días. Por cada día en el que se incumpla o reduzca dicho periodo de transición, se dejará de
abonar, en la certificación del mes en curso, el importe correspondiente al coste del Coordinador del Servicio, que el Adjudicatario deberá especificar claramente en su oferta.
Tanto las vacaciones como los días de permiso del Coordinador del Servicio, deberán establecerse en coordinación con el Servicio Municipal correspondiente. Dispondrá de teléfono móvil y tendrá que estar localizable las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año, o en su defecto, un sustituto con la misma cualificación y capacidad de decisión.
Cláusula 6.4.- Uniformidad e identificación.
Todo el personal irá provisto de uniformes, debiendo quedar definido claramente en la oferta el equipo personal y uniforme con que propone dotar a todos ellos en cada uno de sus cometidos, así como la forma, calidad y color de los tejidos, la periodicidad y fecha de entrega. El modelo de uniforme, escudos y títulos deberán ser aprobados por el Ayuntamiento, pudiendo establecer las modificaciones que estime convenientes.
El personal deberá mantener los uniformes en buen estado, siendo responsable el contratista de la falta de aseo o de decoro en el vestir o, de carecer de uniforme, así como de las faltas por trato desconsiderado hacia la ciudadanía.
Bajo ningún concepto estará permitido el uso de los uniformes como soporte publicitario.
El Logo de la empresa adjudicataria solo podrá aparecer en vestuario, vehículos y resto de medios materiales previa autorización expresa del Ayuntamiento y siempre que se cumpla que su dimensión sea la cuarta parte del Logo municipal.
Cláusula 6.5.- Formación.
El adjudicatario deberá preparar e impartir un plan anual de formación para todos los trabajadores adscritos al contrato, en materias relacionadas con el presente contrato, como pueden ser nuevos métodos de trabajo, perfeccionamiento de los existentes y adiestramiento del personal de nuevo ingreso. Dicho plan de formación deberá ser remitido al Servicio Municipal en el plazo máximo de tres (3) meses a partir de la firma del Contrato, a efectos de su conocimiento. En los siguientes años el plan será presentado en las mismas fechas que se presente el inicial.
Asimismo, el adjudicatario comunicará de la existencia de cursos, ferias y congresos relacionados con el objeto del contrato a los técnicos del Servicio, así como, comunicar la existencia de cualquier documento oficial o normativa relacionado con el objeto del contrato.
MEDIOS MATERIALES ADSCRITOS AL CONTRATO
Los medios materiales deberán estar disponibles durante el horario a cumplir por la Adjudicataria, quedando taxativamente prohibida su utilización durante dicho horario para cualquier trabajo ajeno a la misma.
Cláusula 7.1.- Medios que aporta el adjudicatario
Además de lo establecido en la cláusula “Obligaciones del contratista” xxx Xxxxxx de Condiciones Económico-administrativo, los concursantes en sus Ofertas deberán comprometerse a disponer de;
Los socorristas y el personal médico-sanitario , debe de contar con un equipamiento apropiado, que debe de incluir en general y en función de las características de las playas y la afluencia de usuarios, los siguientes elementos de material para vigilancia, socorro, primeros auxilios, rescate de bañistas en el agua y sobre flotantes, salvamento, comunicaciones y especialmente recursos para la asistencia de usuarios con patologías o lesiones desarrolladas tanto de origen terrestre como acuático que se encuentren en situación de urgencia o emergencia, así como el traslado a centros hospitalarios y otro material en general para dar cobertura al contenido de este contrato.
LOTE 1: EN LA PLAYA DE LAS TERESITAS, PLAYA DE LAS GAVIOTAS Y FRENTE DE SAN XXXXXX
1 embarcación de nivel C.
1 moto acuática con xxxxxxx de rescate.
1 motor de embarcación de potencia mínima de 25 cv.
1 motor de embarcación de sustitución en caso de avería, de potencia mínima 25 cv.
Ambulancia Soporte Vital Básico completamente equipada con el material médico sanitario correspondiente a las funciones atribuidas a la misma.
1 quad para recorrer las distintas zonas de la playa.
El Puesto xx Xxxxxxx estará equipado con el siguiente material auxiliar de salvamento:
5 Prismáticos.
2 emisoras portátiles: un de ellas deberá cederse a la Policía Local mientras se encuentre operativo el dispositivo de la temporada estival de la Policía Local, a los efectos de establecer una frecuencia de comunicación directa con el referido dispositivo.
Emisora.
Walkie Talkie.
Lata de rescate.
Tubo flexible de rescate.
Bocina acústica de gas.
Bolsa transporte de material.
Chalecos salvavidas.
Gafas submarinas, tubo de respiración y aletas para rescate.
y con el siguiente material sanitario:
Botiquín básico
Maletín o material de emergencias para Soporte Vital Avanzado
Maletín o material para Soporte Vital Básico
Material de primeros auxilios
Material de urgencias
Sistemas de inmovilización: tableros espinales cortos y largos, xxxxxxx xxxxxxx, corsé de inmovilización, collarines de inmovilización.
Material de soporte vital avanzado para uso profesional médico en emergencias que soporten la asistencia a una P.C.R. y emergencias graves.
Oxígeno, caudalímetros y sus sistemas
Desfibriladores externos ( DEA y DESA)
Mascarillas laríngeas de intubación
Pulsióxietros
Ventiladores automáticos
Ventiladores asistidos con resucitación manual y mascarilla
Mascarillas faciales
Cánulas orofaringeas
Material de intubación.
Aspirador de secreciones eléctrico y elementos complementarios
Otro tipo de material para otras incidencias de playas (medusas, peces, etc).
Material imprescindible para ejecutar con eficacia, eficiencia y efectividad cualquier situación médico-sanitaria tanto de urgencias como de emergencias, que se contemple en este contrato.
Siempre en todo caso se deberá disponer del material que exigen las Normas Q de calidad, UNE, ISO, y otras en las que estén certificadas las playas.
Socorristas:
Botiquín de primeros auxilios (botiquín portátil).
Mascarillas RCP.
Prismáticos.
Walkie Talkie
Lata de rescate.
Chalecos salvavidas.
Silbato.
Bolsa de transporte de material.
2 sillas acuáticas.
3 juegos de muletas acuáticas para discapacitados (1grande, 1 mediana y 1 pequeña).
Una caseta como puesto de Primeros Auxilios, en cada playa, con baño químico incluido, o ubicada en la Playa de Las Gaviotas, con el siguiente material auxiliar de salvamento:
Botiquín básico
Maletín o material para Soporte Vital Básico
Material de primeros auxilios
Material de urgencias
Sistemas de inmovilización: tableros espinales cortos y largos, xxxxxxx xxxxxxx, corsé de inmovilización, collarines de inmovilización.
Material de soporte vital avanzado para uso profesional médico en emergencias que soporten la asistencia a una P.C.R. y emergencias graves.
Oxigeno, caudalimetros y sus sistemas
Desfibrilador externo (DEA y DESA)
Mascarillas laríngeas de intubación
Pulsióxietros
Ventiladores asistidos con resucitación manual y mascarilla
Mascarillas faciales
Cánulas orofaringeas
Material de intubación.
Aspirador de secreciones eléctrico y elementos complementarios
Otro tipo de material para otras incidencias de playas (medusas, peces, etc).
Material imprescindible para ejecutar con eficacia, eficiencia y efectividad cualquier situación médico-sanitaria tanto de urgencias como de emergencias, que se contemple en este contrato.
Siempre en todo caso se deberá disponer del material que exigen las Normas Q de calidad, UNE, ISO, y otras en las que estén certificadas las playas.
1 juego xx xxxxxxxx (roja, amarilla, verde y medusas).
Gafas y aletas de buceo.
Chalecos salvavidas.
1 botiquín de oxígeno portátil.
La caseta como puesto de Primeros Auxilios podrá ser sustituida por una ambulancia de Soporte Vital Básico en la Temporada Baja.
LOTE 2: EN LAS PLAYAS DE ALMÁCIGA Y XXXXX DE LAS BODEGAS.
En cada una de las playas se habilitará una línea telefónica (telefonía fija o móvil) para garantizar las comunicaciones y estacionamiento reservado para la ambulancia.
Se dispondrá de un almacén con las dimensiones necesarias, de manera que permita guardar los materiales una vez finalizado el servicio y evitar así su transporte.
1 ambulancia.
2 motos acuáticas con xxxxxxx de rescate.
Una caseta como puesto de Primeros Auxilios, en cada playa, con baño químico incluido, o ubicada en las Playas de Almáciga y Xxxxx de las Bodegas, con el siguiente material auxiliar de salvamento:
Botiquín básico
Maletín o material para Soporte Vital Básico
Material de primeros auxilios
Material de urgencias
Sistemas de inmovilización: tableros espinales cortos y largos, xxxxxxx xxxxxxx, corsé de inmovilización, collarines de inmovilización.
Material de soporte vital avanzado para uso profesional médico en emergencias que soporten la asistencia a una P.C.R. y emergencias graves.
Oxígeno, caudalimetros y sus sistemas
Desfibrilador externo (DEA y DESA)
Mascarillas laríngeas de intubación
Pulsióximetros
Ventiladores asistidos con resucitación manual y mascarilla
Mascarillas faciales
Cánulas orofaringeas.
Material de intubación.
Aspirador de secreciones eléctrico y elementos complementarios
Otro tipo de material para otras incidencias de playas (medusas, peces, etc).
Material imprescindible para ejecutar con eficacia, eficiencia y efectividad cualquier situación médico-sanitaria tanto de urgencias como de emergencias, que se contemple en este contrato.
Siempre en todo caso se deberá disponer del material que exigen las Normas Q de calidad, UNE, ISO, y otras en las que estén certificadas las playas.
1 juego xx xxxxxxxx (roja, amarilla, verde y medusas).
Gafas y aletas de buceo.
Chalecos salvavidas.
1 botiquín de oxígeno portátil.
Las casetas como puesto de Primeros Auxilios podrán ser sustituidas por una ambulancia de Soporte Vital Básico en la Temporada Baja.
Socorristas:
Botiquín de primeros auxilios (botiquín portátil).
Mascarillas RCP.
Prismáticos.
Walkie Talkie
Lata de rescate.
Chalecos salvavidas.
Silbato.
Bolsa de transporte de material.
Respecto al Servicio de acceso al mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa, la empresa adjudicataria desarrollará su actividad en los diez accesos al mar en la Playa de Las Teresitas, aportando los materiales necesarios que permitan llevar acabo las labores de acompañamiento y apoyo al baño, a las personas destinatarias del servicio. A dichos efectos, entre los recursos materiales que ha de adscribir la empresa adjudicataria para la ejecución del servicio, deberá figurar, como mínimo, el siguiente:
Respecto al Servicio de Asistencia y Disfrute del mar a personas con discapacidad o movilidad reducida en la Playa, la empresa adjudicataria desarrollará su actividad principalmente en el acceso nº1 y en el acceso por el puesto de salvamento y socorrismo, en las caspas que se habilitarán para ello en la Playa de Las Teresitas y espacios anexos, aportando los materiales necesarios que permitan llevar acabo las actividades lúdicas y de acompañamiento y apoyo al baño, a las personas destinatarias del servicio. A dichos efectos, entre los recursos materiales que ha de adscribir la empresa adjudicataria para la ejecución del servicio, deberá figurar, como mínimo, el siguiente:
a) 2 Carpas rígidas con un tamaño mínimo de 5 metros x 5 metros. La empresa adjudicataria deberá facilitar a los usuarios del servicio un espacio privado a modo de vestuario.
b) Útiles de apoyo al baño:
Grúa de transferencia de personas con movilidad reducida
4 Pares de muletas anfibias.
6 Sillas anfibias.
15 Flotadores.
15 Churros.
10 Manguitos.
2 Xxxxxx xx xxxxxx.
6 Chalecos salvavidas.
10 Dispositivos acústicos (silbatos).
2 Líneas de vida, una en el acceso nº 1 y otra en el acceso frente al edificio de Salvamento y socorrismo.
c) Un dispensador de agua fresca, o en su defecto, neveras con botellas.
d) Material de animación, según las actividades propuestas en la oferta.
e) Mobiliario:
1 Xxxxxxx portátil.
6 Hamacas.
10 Sillas.
3 Mesas.
3 Neveras.
6 Parasoles.
f) Identificación de los puntos mediante el empleo de los logos de la empresa adjudicataria y del Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife.
Como norma general para todos los servicios desarrollados, se plantea lo siguiente:
Todos los medios que se ofrecen serán de uso exclusivo para este contrato. Si algún bien o equipo tuviera carácter de alquiler o se utilizara a tiempo parcial, deberá constar claramente en la oferta.
El material deberá ser homologado y la calidad del mismo deberá acreditarse en las ofertas que se presenten.
Los licitadores deberán hacer constar expresa y detalladamente las características de las ambulancias que se adscriban al objeto del contrato debiendo prever su sustitución para que en ningún caso se paralice el servicio.
Todos los vehículos que aporte la empresa adjudicataria para el desarrollo de los servicios objeto del contrato, cumplirán la normativa en cuanto a matriculación, seguros, ITV, etc., y demás disposiciones vigentes en la materia. Además, estarán en todo momento en perfectas
condiciones de mantenimiento en cuanto a limpieza, pintura, señalización (escudo del Ayuntamiento), sistemas de seguridad, etc.
Los vehículos deberán estar siempre en situación de disponibilidad para su utilización, en el horario de prestación del servicio, por lo que el adjudicatario estará obligado a su sustitución en caso de averías, revisiones, mantenimiento, etc.
Los mástiles de todas las playas serán proporcionados e instalados por el Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife. La instalación y mantenimiento de las cuerdas y las banderas corre a cargo del adjudicatario del Servicio
En cuanto a las líneas telefónicas serán instaladas por el adjudicatario del Servicio, pudiendo ser tanto fijas como móviles, siempre y cuando se garantice la continuidad de la señal.
Cláusula 7.2.- Medios que aporta el Excmo. Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxxx
XXXX 0:
1. PLAYA DE LAS TERESITAS:
El Excmo. Ayuntamiento de S/C de Tenerife pondrá a disposición de la empresa adjudicataria el puesto de primeros auxilios ubicado al final de la playa:
Una torre de vigilancia
3 mástiles instalados que servirán para indicar con banderas de señalización el estado diario de las playa; éstos irán instalados al inicio, en el centro y al final de la playa con una altura suficiente para ser divisados desde cualquier punto de la misma, y serán utilizados exclusivamente durante la vigencia del presente contrato.
2. PLAYA DE LAS GAVIOTAS:
Un mástil en la playa para la colocación xx xxxxxxxx de señalización del estado de la playa durante los períodos de prestación del servicio y para su exclusiva utilización durante la vigencia del presente contrato.
LOTE 2 :
1. PLAYA DE ALMÁCIGA Y XXXXX DE LAS BODEGAS:
Un mástil en cada una de las playas para la colocación de las banderas de señalización del estado de las playas durante los períodos de prestación del servicio para su exclusiva utilización durante la vigencia del presente contrato.
2. PLAYA DE BENIJO:
Un mástil en la playa para la colocación xx xxxxxxxx de señalización durante los períodos de prestación del servicio y para su exclusiva utilización durante la vigencia del presente Contrato.
El Ayuntamiento señalizará adecuadamente los accesos de todas la playas, e indicará en cada uno de ellos, mediante carteles, el significado de las diferentes banderas, las recomendaciones básicas para el baño, el horario de ASISTENCIA sanitaria, salvamento y socorrismo en cada una, así como las recomendaciones de uso y disfrute de la playa, todo ello, en diferentes idiomas.
Los desperfectos ocasionados por causas ajenas al servicio serán subsanados por el Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife, quién igualmente se compromete al mantenimiento de estas instalaciones.
Los mástiles de todas las playas serán proporcionados e instalados por el Excmo. Ayuntamiento de Santa Xxxx de Tenerife. La instalación y mantenimiento de las cuerdas y las banderas corre a cargo del adjudicatario del Servicio
SUPERVISION MUNICIPAL DE LOS SERVICIOS.
La supervisón municipal de los Servicios descritos corresponderá a el/los técnico/s municipal/es designados por la Jefatura del Servicio de Gestión y Control Medioambiental y del Territorio.
Las dudas sobre las determinaciones de este Pliego (interpretación, modificación y resolución) serán resueltas por el Órgano de Contratación.
Cláusula 8.1.- Información.-
La información al usuario se trasmitirá a través de carteles indicadores normalizados según modelo aprobado por el Ayuntamiento, o/y anuncios en los medios de comunicación, que correrán a cargo del Adjudicatario.
Cláusula 8.2.- Indemnizaciones.-
Todos los daños que se ocasionen al patrimonio municipal, elementos urbanos, al patrimonio vegetal o a terceros, como consecuencia de la no ejecución o mala ejecución de los Servicios objeto del presente Contrato, deberán ser indemnizados por el Adjudicatario, sin perjuicio de las sanciones que procedan. El Adjudicatario deberá tener concertado el Seguro de Responsabilidad Civil por daños a personas y a cosas, establecido en el Pliego de Condiciones Económico-administrativas, que cubra dichos riesgos.
El Jefe del Negociado de Protección de Espacios Naturales y del Litoral
Xxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx