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CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL "SERVICIO DE DISEÑO CREATIVO Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, GRÁFICA Y RADIOFÓNICA PARA LA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN SOCIAL 2018 DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA (CENACE)", EN ADELANTE "EL SERVICIO" QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL CENACE", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR XXXXXX XXXXXX XXXXXX, SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN, TITULAR DEL ÁREA CONTRATANTE; COMO TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE LA LIC. XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, JEFA DE UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, ASÍ COMO LA LIC. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, SUPERVISORA ADSCRITA A LA JEFATURA DE UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMO ÁREA TÉCNICA; Y POR LA OTRA, EN LO PERSONAL Y POR SU PROPIO DERECHO LA
C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR", Y A QUIENES CONJUNTAMENTE Y EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", MISMAS QUE MANIFIESTAN FORMALIZAR EL PRESENTE CONTRATO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
l. "EL CENACE" declara, que:
1.1. De conformidad con los artículos 1°, párrafo tercero; 3°, fracción I; y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2° y 12 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3° del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y Apartado A, Fracción I numeral 18 de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial
de la Federación (D.O.F.) el día 15 xx xxxxxx de 2017, es un Organismo Público Descentralizado creado por Decreto del Ejecutivo Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios.--------------------------------
1.2. De conformidad con el artículo 1º del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía, publicado en el D.O.F. el día 20 xx xxxxx de 2018, tiene por objeto ejercer el Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional; la operación xxx Xxxxxxx Eléctrico Mayorista y garantizar el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución, y proponer la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y los elementos de las Redes
Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista.--------------------------------------
Ejercerá sus funciones bajo los principios de transparencia y objetividad, así como en condiciones de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad en cuanto a la operación del
Sistema Eléctrico Nacional.------------------------------------------------------------------------------------------------- ----
o/
1. 3. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Subdirector de Administración, cuenta con poderes amplios y suficientes para suscribir el presente Contrato, lo cual acredita con el testimonio de la Escritura Pública número 127,163 de fecha 12 de diciembre de 2017, otorgada ante la fe del Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Notario Público número 211 de la Ciudad de México, mismos que no han sido revocados ni modificados en forma alguna a la fecha de firma de este instrumento legal. Así mismo, en términos de lo dispuesto en el artículo
14 Fracciones VI y XXII del citado Estatuto Orgánico; tiene la atribución para suscribir documentos reIativos al ejercicio de sus facultades.-----------------------------------------------------------------------------------------
1.4. Para cubrir las necesidades y dar cumplimiento a las facultades establecidas en los artículos 1O fracción VI, y 16 fracciones V y XVI del Estatuto Orgánico de "EL CENACE", la Jefatura de Unidad de Comunicación Social, en apego a lo dispuesto en el "Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos y las acciones de disciplina presupuestaria en el
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ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal", publicado en el D.O.F. el 10 de diciembre de 2012, modificado mediante Decreto publicado en el D.O.F. el 30 de diciembre de 2013; en los "Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como la modernización de la Administración Pública Federal", publicados en el D.O.F. el 30 de enero de 2013, y en las "Disposiciones de austeridad, ajuste del gasto corriente, mejora y modernización de la gestión pública", previstas en el "Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018", publicado en el D.O.F. de fecha 29 de noviembre de 2017, solicitó contratar mediante oficio número CENACEIDG-JUCS/117/2018, de fecha 28 xx xxxx de 2018 la prestación de "EL SERVICIO", con las características, especificaciones y términos establecidos en este Contrato y su "ANEXO TÉCNICO", proporcionando los documentos que soportan la contratación, que de manera enunciativa más no limitativa son: La disponibilidad específica de recursos financieros, la autorización de la erogación de los recursos presupuestales por tratarse de servicios de la partida presupuesta! 36101
"Difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales", la Requisición de los mismos en el formato FO-CON-03, el resumen de la investigación xx xxxxxxx en el formato FO-CON-05; el nombre del servidor público responsable de administrar y verificar el cumplimiento del Contrato, y los términos en que se realizará dicha administración y verificación; además, proporcionó el "ANEXO
TÉCNICO" con los requerimientos técnicos en donde se describen las características, especificaciones, lugar, plazo y forma de prestación de "EL SERVICIO", entregables y plazo de entrega de los mismos; así como la forma de realizar los trámites y condiciones de pago y la aplicación de penalizaciones por atraso en el inicio o incumplimiento o prestación deficiente de "EL SERVICIO".--------------------------------------------
1.5. El presente Contrato se adjudicó de conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 25, 26, fracción 1, 26, Bis, fracción 11, 27 y 28, fracción 1, 29, 36 y 36 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en adelante "LA LEY" y 39 de su Reglamento, se realizó la convocatoria a la Licitación Pública Nacional Electrónica de Servicios No. LA-018TOM999-E46-2018 para la prestación del "Servicio de Diseño Creativo y Producción Audiovisual, Gráfica y Radiofónica para la Campaña de Comunicación Social 2018 del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE)", de la cual resultó adjudicada la C. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx., según consta en el Acta de Fallo de fecha 9 de julio de 2018. Por lo anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 45 de "LA LEY" y 81 de su Reglamento, la convocatoria, la junta de aclaraciones, las propuestas técnica y económica presentadas por "EL PROVEEDOR", este Contrato y su "ANEXO
TÉCNICO", son los instrumentos que vinculan y determinan los derechos y obligaciones en la presente contratación. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
1. 6. El dictamen de la evaluación de la propuesta técnica y de la opinión de la propuesta económica, fue elaborado con fecha 2 de julio de 2018, por la Lic. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Jefa de Unidad de Comunicación Social y la Lic. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Supervisora adscrita a la Unidad de Comunicación Social, el cual contiene el análisis y evaluación de las propuestas técnica y económica y su opinión sobre esta última considerando el presupuesto asignado.-----------------------------------------------------
1.7. De conformidad con el articulo 36 Bis, de "LA LEY" y en virtud de que "EL PROVEEDOR" garantizó las mejores condiciones legales, técnicas y económicas para la prestación de "EL SERVICIO", "EL
,· �.- 7<;ENACE" determinó adjudicarle el Contrato respectivo.-----------------------------------------------------------------
La Dirección de Administración y Finanzas a través de la Subdirección de Administración, bajo su responsabilidad llevó a cabo el procedimiento de contratación de "EL SERVICIO", realizó la evaluación legal y administrativa de las proposiciones, así como la elaboración y formalización de este Contrato.-----
1.9. La Jefatura de Unidad de Comunicación Social, cuenta con la disponibilidad de recursos presupuestales para cubrir las obligaciones derivadas del este Contrato, para el ejercicio fiscal 2018, que se refiere a la partida presupuesta! 36101 denominada "Difusión de Mensajes sobre Programas y
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Actividades Gubernamentales" del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, como consta en el documento denominado Solicitud de Pedido "SOLPED" número 600032618, de fecha 1O xx xxxx de 2018. Lo anterior, de conformidad a lo establecido en el artículo 25 de "LA LEY".-
1.1O. Formaliza este Contrato con la certeza de que "EL PROVEEDOR" manifestó bajo protesta de decir verdad que no desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés,
lo anterior de conformidad con lo establecido en la fracción IX del artículo 49, de la Ley General de ResponsabiIidades Administrativas.--------------------------------------------------------------------------------------------
1.11. El Registro Federal de Contribuyentes de "EL CENACE" es: CNC140828PQ4 y su domicilio fiscal y legal es el ubicado en Xxxxx Xxx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.------------------------------------------------------------------------
11. "EL PROVEEDOR" declara:-------------------------------------------------------------------------------------------------------
11.1. Es ciudadana mexicana por nacimiento, como lo acredita con el acta de nacimiento de fecha 5 xx xxxxx de 1975, expedida en el Registro Civil del Municipio Cuernavaca, en el Estado xx Xxxxxxx, en la oficialía 2 del Registro Civil con Residencia en Cuernavaca, Estado xx Xxxxxxx, bajo el número de acta 2022
asentada en el libro No. 3 foja No.329, el día 06 xx xxxx de 1975, en pleno ejercicio de sus derechos.---
11.2. La C. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, se identifica con credencial para votar con clave de elector
xpedida en su favor por la entonces Instituto Federal Electoral..-------------------
11.3. Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra ubicado en alguno de los supuestos que establecen los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de "LA LEY", y que no desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés, lo anterior de conformidad con lo
establecido en el artículo 49, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.-------------------------
I1.4. Que cuenta con capacidad de respuesta inmediata, recursos técnicos, financieros, organización administrativa, personal calificado, equipo e instalaciones adecuadas, así como capacidad jurídica para contratar, que no existe impedimento legal alguno para obligarse en los términos de este Contrato y que reúne las condiciones técnicas, jurídicas, económicas y demás necesarias que requiere "EL CENACE"
para la presente contratación.----------------------------------------------------------------------------------------------------
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11.5. Manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra ubicado en alguno de los supuestos que establecen los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de "LA LEY", y que ninguno de sus socios y accionistas que ejercen control sobre la sociedad desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés, lo anterior de conformidad con lo establecido en la fracción IX del artículo 49, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Acreditando que se encuentra al corriente en sus obligaciones fiscales en los términos de lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, como consta en la "Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales", en sentido positivo, de fecha 1O de julio de 2018 y número de folio 18NB1957547. Asimismo acredita que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social, en términos de lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y en lo establecido mediante el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/.P.DIR y en su Anexo Xxxxx, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social, publicado en el D.O.F., como consta en la "Opinión del cumplimiento de obligaciones en
materia de Seguridad Social", en sentido positivo de fecha 10 de julio de 2018 y número de folio
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1531268241668199537245. De igual manera acredita no tener créditos fiscales en términos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación de acuerdo a lo señalado en la Resolución RCA-5789-01/17 tomada en su Sesión Ordinaria número 790, del 25 de enero de 2017 del H.
Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), relativo a las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado en el O.O.F., mediante constancia vigente de situación fiscal en materia de aportaciones y amortizaciones patronales frente al INFONAVIT, al segundo bimestre de 2018, contenida en oficio número CGRF/GSFyCF/GCPCyG/0000257780/2018 de fecha 10
de julio de 2018, todas las cuales obran en el expediente de este Contrato----------------------------------------
11.6. Que conoce el contenido y los requisitos que establecen "LA LEY", su Reglamento y demás disposiciones aplicables, así como el contenido del "ANEXO TÉCNICO" que forma parte integrante de este Contrato.--
11. 7. Que cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número HECR750305TXO
ll.8. Para efectos le ales del presente Contrato, señala como su domicilio legal el ubicado e
correo electrónico es: xxxxxxx@xx0.xxx.xx; así mismo, acepta expresamente ser notificado mediante servicio
de mensajería o correo certificado con acuse de recibo, así como por medios de comunicación electrónica y cualquier otro medio.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" declaran:
CLÁUSULAS
PRIMERA:••·································································································································
OBJETO DEL CONTRATO.- El objeto del presente Contrato es la prestación del "Servicio de Diseño Creativo y Producción Audiovisual, Gráfica y Radiofónica para la campaña de Comunicación Social 2018 del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE)", señalado en este instrumento como "EL SERVICIO", en los términos y condiciones que se describen en el mismo, en su "ANEXO TÉCNICO" y demás documentos referidos en la Declaración 1.5, que son parte integrante del mismo para los efectos legales y administrativos a
que haya lugar, de acuerdo con los alcances, periodicidad, descripción, unidad de medida y cantidad, descritos en los mismos.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA:••································································································································
MONTO.· "EL CENACE", a través de la Subdirección de Finanzas pagará a "EL PROVEEDOR" como contraprestación por concepto de la prestación de "EL SERVICIO" objeto del presente contrato la cantidad
$240,000.00 (Dos Cientos Cuarenta Mil Pesos 00/100 M.N.). Lo anterior de conformidad a la siguiente tabla:
-----..--------:- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
- DesgIose de Prec,os un,tartos:-------- - ---- ------------------------- ------------------------- ---------------------
Partida Descripción Técnica | Unidad de Medida | Cantidad | Precio unitario | Costo total |
FASE 1. Diseño de "LA CAMPAÑA" Única FASE 2. Producción de "LA CAMPAÑA" | Servicio Servicio | 1 1 | $60,000.00 $180,000.00 | $60,000.00 $180,000.00 |
Subtotal | $240,000.00 |
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Los precios que se indican en el cuadro que antecede se pagarán más el 16% (DIECISÉIS POR CIENTO) por concepto del Impuesto al Valor Agregado. Los demás impuestos y/o derechos federales y locales que en su
caso se generen, serán pagados y/o retenidos de conformidad con lo que señalen las disposiciones fiscales aplicables.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------·----
EI precio del costo unitario de "EL SERVICIO" será fijo e inalterable durante su plazo de ejecución y hasta el total cumplimiento de "EL SERVICIO", mismo que incluye los materiales, sueldos, honorarios, organización, dirección técnica propia, administración y todos los demás gastos que se originen como consecuencia de este Contrato, así como su utilidad, por lo que "EL PROVEEDOR" no podrá exigir mayor retribución por ningún otro
concepto durante la vigencia del Contrato que nos ocupa.----------------------------------------------------------------------
TERCERA:•-·································································································································
FORMA Y LUGAR DE PAGO.· El pago por la prestación de "EL SERVICIO" objeto del presente Contrato se
realizará en una sola exhibición a la entrega y validación de las versiones finales de los entregables, en moneda nacional, mediante transferencia de fondos, dentro de los 20 (VEINTE) días naturales contados a partir de la entrega de la factura correspondiente y el documento que acredite la entera satisfacción de la prestación de "EL SERVICIO" por parte de la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El pago
quedará condicionado, a los descuentos que en su caso "EL CENACE" deba efectuar a "EL PROVEEDOR" por concepto xx xxxxx convencionales y/o deducciones.------------------------------------------------------------------------
La recepción, revisión y aceptación de la factura y documentación para trámite de pago que requiera la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, se realizará en días hábiles, los lunes y martes en un horario de 09:00 a 14:00 horas; quien la hará llegar a la Subdirección de Finanzas, sita en xxxxx Xxx Xxxxxxxxx xxxxxx 00,
Colonia Olivar de los Padres, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 01780, Ciudad de México.--------------
La factura deberá contener los siguientes datos fiscales: Centro Nacional de Control de Energía, Registro Federal de Contribuyentes CNC140828PQ4, domicilio en Xxxxx Xxx Xxxxxxxxx xxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx xx xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.-------------------------------------------
En caso de que la factura entregada por "EL PROVEEDOR" para su pago, presente errores y/o deficiencias, la Subdirección de Finanzas, dentro de los 3 (TRES) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito o correo electrónico a "EL PROVEEDOR" los errores y/o deficiencias que se deberán corregir. El período que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que "EL PROVEEDOR" presente las
correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido para el pago. Lo anterior de conformidad con el artículo 90 del Reglamento de "LA LEY".-----------------------------------------------------------------------------------------
"EL CENACE" no otorgará anticipos para la prestación de "EL SERVICIO"; por tal motivo "EL PROVEEDOR" deberá facturar de acuerdo a "EL SERVICIO" efectivamente prestado.----------------------------------------------------
CUARTA:----------·--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VIGENCIA.- "LAS PARTES" acuerdan que la vigencia del Contrato será a partir del 1O de julio de 2018 hasta
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el día 15 de noviembre de 2018, dicha vigencia deberá de concluirse el día señalado, sin necesidad de comunicado alguno o resolución en tal sentido.------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA:--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
OTROS GASTOS Y EROGACIONES POR PARTE DE "EL PROVEEDOR". - En caso de que "EL
PROVEEDOR" para la prestación de "EL SERVICIO", requiera la realización de otras actividades no previstas en el presente Contrato y su "ANEXO TÉCNICO", asume toda la responsabilidad por las erogaciones y gastos directos e indirectos realizados, pago a su personal, adquisición de equipo y utensilios de trabajo, amortizaciones, mantenimientos, viáticos, uniformes de trabajo de su personal, transportación, primas y
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seguros, impuestos y cualquier otro concepto que se generen con motivo del cumplimiento del objeto del presente Contrato, mismos que serán exclusivamente a cargo de "EL PROVEEDOR" y no podrán ser repercutidos a "EL CENACE". ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTA: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DAÑOS Y PERJUICIOS. - "EL PROVEEDOR" se obliga a responder ante "EL CENACE" por los daños y perjuicios derivados de la indebida ejecución de "EL SERVICIO" pactados en el presente Contrato y por el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el mismo. ------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONFIDENCIALIDAD.-"EL PROVEEDOR" se obliga a mantener estricta confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso y/o el personal que tenga a su cargo durante y con motivo de la prestación de "EL SERVICIO", misma que no podrá ser divulgada por un periodo de 5 años, a través de ningún medio de comunicación, ya sea impreso, electrónico, radio, televisión, magnéticos, conferencias con fines políticos, sociales, económicos, comerciales, culturales, académicos, y los que resulten aun cuando se haya prestado "EL SERVICIO" y terminado su vigencia, pues es propiedad federal y se constituye a favor de "EL CENACE".-
Si "EL PROVEEDOR" o en su caso, el personal a su cargo incumpliere lo preceptuado anteriormente, será sancionado de conformidad con la normatividad vigente en la materia, independientemente de las
responsabilidades de orden penal y civil o de cualquier otra índole en que pueda incurrir por la comisión de los mismos hechos. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
OCTAVA: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. - Las obligaciones que se deriven del presente Contrato no podrán ser transferidas en forma parcial ni total por "EL PROVEEDOR" en favor de cualquier otra persona; con respecto a los derechos, solo podrán cederse los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento previo y por escrito de la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO
Para efectos de lo anterior, "EL PROVEEDOR" entregará a la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, escrito de transferencia de derechos de cobro en favor de la persona física o moral a quien le ceda dichos derechos, así como la información y/o documentación que para tal efecto requiera la Subdirección de Finanzas. Lo
anterior, no requerirá del Convenio Modificatorio que señala la Cláusula referente a las "Modificaciones al Contrato" contenida en el presente instrumento legal-----------------------------------------------------------------------------
NOVENA: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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CADENAS PRODUCTIVAS. - Para el caso del Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, "EL CENACE" manifiesta su consentimiento a "EL PROVEEDOR", para que ceda sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas, en términos del numeral 1 O de las Disposiciones Generales a
-las, que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera S.N.C., Institución de Banca de
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PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR.• "EL PROVEEDOR" para el cumplimiento del objeto de este Contrato, será responsable por el uso de los derechos derivados de la existencia de patentes, licencias, u otros que pudieran corresponder a terceros sobre los sistemas técnicos, procedimientos, dispositivos, software, hardware, partes, equipos, refacciones, accesorios y herramientas que utilice y/o proporcione para cumplir con la prestación de "EL SERVICIO" objeto de este Contrato y de presentarse alguna violación a los mismos, "EL PROVEEDOR" asume toda la responsabilidad por dichas violaciones que se causen en la materia, respondiendo ante las reclamaciones que pudiera tener o que le hicieran a "EL CENACE" por tales violaciones, relevándolo de cualquier responsabilidad, quedando obligado a resarcirlo de cualquier gasto o costo
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comprobable que erogue por dicha situación
En el caso de encontrarse en litigio como consecuencia de l o anterior, "EL PROVEEDOR", no podrá continuar prestando EL SERVICIO, por lo que "EL CENACE", podrá dar por rescindido este Contrato en términos de lo
establecido en l as Cláusulas relativas a l a "Rescisión Administrativa" y su "Proc edimiento", contenidas en este Contrato. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
0ÉCIMA PRIMERA: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
PROPIEDAD INTELECTUAL. - Derivado del acceso a la información que tenga "EL PROVEEDOR" y en su caso, el personal a su cargo durante y con motivo de la prestación de "EL SERVICIO", sobre l os derechos de propiedad industrial e intel ectual de "EL CENACE", que de forma enunciativa más no limitativa se refiera a patentes, marcas, nombres o avisos comercial es, derechos de autor, licencias, permisos, autorizaciones de uso
de propiedad industrial e intelectual, ni éste, ni en su caso, el personal a su cargo adquiere derecho alguno sobre la referida propiedad intelectual e industrial. --------------------------------------------------------------------------------
De igual forma, "EL PROVEEDOR" y en su caso, personal a su cargo no podrá hacer uso de cual quier tipo de publicidad, incluyendo el nombre de "EL CENACE", sus marcas, diseños, o cual quier material de propiedad industrial o intelectual de "EL CENACE".--------------------------------------------------------------------------------------------
Todos los reportes, informes, resultados o productos que se deriven de la prestación de "EL SERVICIO", quedarán en beneficio de "EL CENACE", ya sea en propiedad o bajo la titularidad de los derechos que se
deriven de estos, por lo que "EL PROVEEDOR" en ningún momento podrá hacer uso de los mismos, ni proporcionarl os y/o comercializarlos a favor de terceros.------------------------------------------------------------------------
0ÉCIMA SEG XXXX: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
MODIFICACI0NES AL CONTRATO. - Las modificaciones que lleguen a hacerse al Contrato y/o a su "ANEXO TÉCNICO" deberán ser de común acuerdo y formal izadas por escrito por quienes intervinieron en su
suscripción o, en su caso, por quienes los sustituyan legalmente, de conformidad con el artículo 52 de "LA LEY", 91 y en su caso, 92 de su Reglamento.--------------------------------------------------------------------------------------
"EL CENACE" podrá acordar el incremento de hasta el 20% (veinte por ciento) del monto, conceptos, volúmenes, o cantidad de "EL SERVICIO" establ ecidos originalmente, siempre que el precio de "EL SERVICIO" sea igual al pactado inicialmente, modificación que podrá hacerse en cualquier tiempo, durante la vigeneia deI Contrato.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Previo al vencimiento de l as fechas de cumplimiento estipuladas originalmente, a solicitud expresa y por escrito de "EL PROVEEDOR", y por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a "EL CENACE", se procederá a modificar el presente Contrato a efecto de diferir tal es fechas para la prestación de "EL SERVICIO";
en ese supuesto, se procederá a la formalización del Convenio Modificatorio respectivo, no procediendo la
aplicación de la pena convenc ional por atraso; en caso de que el atraso en la prestación de "EL SERVICIO", /
xxxx por causas imputabl es a "EL PROVEEDOR", se hará acreedor a la aplicación de las penas
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"EL CENACE" se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a "EL PROVEEDOR" comparadas con las establecidas original mente, o a contrario sensu, lo dejare en estado de indefensión
Cualquier modificación al Contrato, deberá formalizarse por escrito mediante convenio modificatorio.-------------
DÉCIMA TERCERA: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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RECURSOS HUMANOS. - "EL PROVEEDOR" reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere la legislación laboral y queda expresamente estipulado que el presente Contrato, se suscribe atendiendo a que "EL PROVEEDOR" cuenta con el personal necesario, capacitado y experimentado, a quien proporcionará por su cuenta materiales, equipo e instrumentos de trabajo propios para la ejecución de "EL
SERVICIO", y será responsable de su personal, garantizando en forma adecuada el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato.-----------------------------------------------------------------------
Queda acordado entre "LAS PARTES" que el personal contratado para la realización de "EL SERVICIO" materia del presente Contrato estará bajo la responsabilidad directa de "EL PROVEEDOR"; por lo tanto, en ningún momento se considerará a "EL CENACE" como patrón solidario ni sustituto, ni tampoco a "EL
PROVEEDOR" como intermediario, por lo que "EL CENACE" no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho persona1.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
"EL PROVEEDOR" conviene y se obliga, si es el caso, a responder por todas las reclamaciones que sus trabajadores y terceros presenten en su contra, y en caso de que se involucre a "EL CENACE", estará obligado a sacarlo en paz y a salvo de cualquier juicio de responsabilidad derivada de la ejecución de "EL SERVICIO" relacionados con el presente Contrato, liberándolo de cualquier responsabilidad de pago de carácter laboral,
de seguridad social o de cualquier otra naturaleza que resulte de reclamaciones efectuadas directamente por el personal o trabajadores bajo su mando y subordinación.---------------------------------------------------------------------
OÉCIMA CUARTA:-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RECLAMAC 10NES. - Cada una de las partes será responsable de las reclamaciones que le resulten imputables, con motivo del cumplimiento del presente contrato, por lo que se obligan a dejarse en paz y a salvo una a la otra por reclamaciones que le resulten imputables a la otra, incluyendo multas, juicios, y reclamos. ----
DÉCIMA QUINTA: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. - De conformidad con lo establecido en los artículos 48 fracción 11, 49 de "LA LEY" y 103 de su Reglamento, "EL PROVEEDOR" se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente Contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada, a
favor de "EL CENACE", por un importe equivalente al 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del Contrato establecido en la Cláusula referente al Monto de este instrumento legal, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. La garantía de cumplimiento a que hace referencia la presente Cláusula será presentada por "EL
PROVEEDOR" a "EL CENACE" en un plazo máximo de 10 (DIEZ) días naturales posteriores a la fecha de firma deI Contrato. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Cuando "EL CENACE" requiera incrementar la cantidad o concepto de "EL SERVICIO" y "EL PROVEEDOR" lo acepte por escrito o "EL CENACE" otorgue prórroga, "EL PROVEEDOR" quedará obligado con "EL CENACE" a entregar la modificación de la garantía de cumplimiento del Contrato por dicho incremento o
prórroga, la cual quedará establecida en el Convenio Modificatorio que derive de las modificaciones pactadas.-
e-conformidad con el artículo 81, fracción VIII, del Reglamento de "LA LEY", una vez cumplidas las bligaciones de "EL PROVEEDOR" a satisfacción de "EL CENACE", la ADMINISTRADORA DEL ONTRATO, procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que
e dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente Contrato. -------------
(/
Para los efectos de este Contrato las obligaciones contractuales son INDIVISIBLES. ----------------------------------
DÉCIMA SEXTA: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
GARANTÍA DEL SERVICIO. - De conformidad con los artículos 53, párrafo segundo, de "LA LEY", y 96, segundo párrafo, de su Reglamento, "EL PROVEEDOR" se obliga ante "EL CENACE" a responder por la calidad de "EL SERVICIO" en los términos señalados en este Contrato, el Código Civil Federal, y demás
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legislación aplicable como lo es la Ley Federal de Protección al Consumidor, obligación que podrá ser exigible durante la vigencia de "EL CONTRATO" y hasta un año posterior al acta final de entrega-recepción del servicio. En caso de incumplimiento de este Contrato, por prestación deficiente de "EL SERVICIO", o bien porque la calidad del mismo no sea el pactado, "EL CENACE" podrá actuar conforme a lo establecido en el artículo 54
de "LA LEY" y dar aviso a la Secretaría de la Función Pública a través del Órgano Interno de Control, para que, de ser aplicable, procedan conforme a los artículos 59 y 60 de "LA LEY". -----------------------------------------
Asimismo, "EL PROVEEDOR" queda obligado ante "EL CENACE" a responder en caso de negligencia, mala fe, impericia y dolo, de la respuesta inmediata en la prestación de "EL SERVICIO", así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el Contrato y su "ANEXO TÉCNICO" y demás documentos referidos en la Declaración 1.5. -----------------------------------------------------------------------------
0ÉCIMA SÉ PTIMA: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
0BLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR.- De manera enunciativa, más no limitativa, "EL PROVEEDOR" se obliga a cumplir con lo siguiente:-----------------------------·-------------------------------------------------------------------------
1. Cumplir con todas y cada una de las características y especificaciones técnicas, así como con los horarios y plazos de prestación de "EL SERVICIO", pactados entre "LAS PARTES" en el presente instrumento legal, en su "ANEXO TÉCNICO" y demás documentos referidos en la Declaración 1.5, incluyendo en su caso las normas
oficiales mexicanas, las normas mexicanas, y a falta de éstas, con las internacionales señaladas en el "ANEXO TÉcNIco".---------------------------------------------------------·------------------------------------------------------------------------
2. Prestar "EL SERVICIO" debiendo intervenir únicamente personal autorizado y capacitado por parte de "EL PROVEEDOR". -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
3. Cumplir con las disposiciones reglamentarias, administrativas y en general con todas las que le sean aplicables; asimismo, responder ante "EL CENACE" por cualquier daño o pe�uicio que resultare por el incumplimiento de las mismas, en los términos de lo establecido en este Contrato, su "ANEXO TÉCNICO" y demás documentos referidos en la Declaración 1.5.------------------------------------------------------------------------------
4. Responder ante "EL CENACE" por cualquier reclamación en su contra en materia laboral que en su caso pudiera surgir.-·------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
5. Notificar a "EL CENACE" por escrito, cualquier cambio en su domicilio, número telefónico, y/o correo electrónico dentro de los 15 días (quince días naturales) a que se realice el cambio. -----------------------------------
6.· De conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Reglamento de "LA LEY", se obliga a proporcionar la información y/o documentación relacionada con el presente instrumento legal, que en su momento se le
requiera con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practique la Secretaría de la Función Pública y/o el Órgano Interno de Control en "EL CENACE", o incluso la Auditoría Superior de la Federación. ------------
7. En caso de que "EL PROVEEDOR" no atienda las condiciones establecidas por "EL CENACE" para la prestación de "EL SERVICIO", éste podrá iniciar el procedimiento de rescisión, conforme se estipula en las Cláusula relativas a la "Rescisión Administrativa" y su "Procedimiento", contenidas en este Contrato.------------
8.- No generar cargos adicionales a "EL CENACE" por concepto de viáticos, traslado, o gastos similares de su
personal a las instalaciones de "EL CENACE". /
o/
9.-Presentar las opiniones positivas de cumplimiento de obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (en adelante el "SAT") y ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (en adelante el "IMSS"), y la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (en adelante el "INFONAVIT")
que indique no tener adeudos vigentes, todas antes de la fecha de firma del presente contrato.--------------------
DÉCIMA OCTAVA: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ADMINISTRADORA DEL CONTRATO.-En términos de lo dispuesto en el artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento de "LA LEY", la Lic. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Jefa de Unidad de Comunicación Social
o quien ocupe dicho cargo, será la servidora pública a responsable de administrar y verificar el cumplimiento de este Contrato y su "ANEXO TÉCNICO", en calidad de ADMINISTRADORA DEL CONTRATO.----------------
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La ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, deberá recibir todos los reportes, informes, resultados o productos, que deriven de la prestación de "EL SERVICIO", a fin de verificar que cumplan los términos y condiciones
establecidas en el presente Contrato, "ANEXO TÉCNICO" y demás documentos referidos en la Declaración l.5. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
La ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, emitirá por escrito, si así resulta procedente, su conformidad expresa con la prestación de "EL SERVICIO". En dicho escrito se indicará con toda claridad que "EL SERVICIO", se prestó en los términos convenidos y que procede el pago correspondiente
La ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, una vez cumplidas las obligaciones a cargo de "EL PROVEEDOR" procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales.-------------------------------
DÉCIMA NOVENA:••············································································································
PENAS CONVENCIONALES Y/O DEDUCCIONES A CARGO DE "EL PROVEEDOR. -Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 45, fracción XIX, y 53, 53 Bis de "LA LEY", 95, 96 y 97 de su Reglamento, las penas convencionales y/o deducciones se aplicarán conforme a lo siguiente
En caso de que "EL PROVEEDOR" se atrase en el cumplimiento de las fechas pactadas para la prestación de "EL SERVICIO", se hará acreedor a una pena convencional equivalente al 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) por cada día natural de atraso sobre el importe de "EL SERVICIO", no prestado oportunamente; en caso de incumplimientos parciales de las obligaciones o prestación deficiente de EL SERVICIO por causas
imputables a "EL PROVEEDOR", "EL CENACE", aplicará deducciones al pago de EL SERVICIO de acuerdo con lo siguiente :-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Aplica SI NO
X
/
J
Porcentaje (¾)sobre el monto del concepto que aplique
2%
1%
1%
0.5%
Forma
Por cada día de atraso para llevar a cabo la reunión de trabajo, determinado sobre el monto total de "EL SERVICIO".
Por cada día de atraso en la entrega parcial o total determinado sobre el monto total de "EL
SERVICIO".
Por cada día de atraso para llevar a cabo las reuniones, determinado sobre el monto total de "EL SERVICIO".
Por cada hora de atraso para llevar a cabo las reuniones, determinado sobre el monto total de "EL SERVICIO".
Concepto
"EL PROVEEDOR" deberá reunirse con la "ADMINISTRADORA DEL
CONTRATO" y la servidora pública encargada del "ÁREA TÉCNICA" al inicio de la fase 1, para recibir el brief de los entregables de "EL SERVICIO".
"EL PROVEEDOR" deberá entregar a la
"ADMINISTRADORA DEL
CONTRATO" una versión para su revisión de los entregables de la fase 1 y/o 2.
"EL PROVEEDOR" deberá llevar a cabo las reuniones de revisión con la "ADMINISTRADORA DEL
CONTRATO" y la servidora pública encargada del "ÁREA TÉCNICA" para visto bueno o ajustes de los entregables de la fase 1 y/o 2.
La "ADMINISTRADORA DEL
CONTRATO" y/o la servidora pública encargada del "ÁREA TÉCNICA" deberá agendar vía correo electrónico a "EL PROVEEDOR" con al menos 2 (dos) horas de anticipación para las reuniones de revisión de los entregables de la fase 1 y/o 2.
Responsable de aplicar las deducciones
Subdirección de Finanzas
µ
1
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APiica SI NO
Porcentaje (¾)sobre el monto del concepto que
Forma
aplique
2%
1%
Por cada día de atraso en la entrega parcial o total, determinado sobre el monto total de "EL
Por cada día de atraso para llevar a cabo la reunión, determinado sobre el monto total de "EL SERVICIO".
SERVICIO".
Concepto
"EL PROVEEDOR" deberá proporcionar a la "ADMINISTRADORA DEL
CONTRATO" los entregables finales de la fase 1 y/o 2 conforme a las especificaciones del "ANEXO TÉCNICO" conforme a los cambios y revisiones acordadas. "EL PROVEEDOR" deberá llevar a cabo una reunión para realizar los ajustes necesarios de acuerdo con los resultados del pre-test para iniciar la producción de los entregables de la fase
2.
Responsable de aplicar las deducciones
Lo anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis de "LA LEY"; 95, 96 y 97 de su RegIamento.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
"EL PROVEEDOR" acepta en forma expresa, que "EL CENACE" descuente el importe de las penas convencionales y/o deducciones que en su caso se haya hecho acreedor de las facturas que presente para
cobro, inmediatamente después de que la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, tenga cuantificadas las mismas.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En el supuesto de que sea rescindido el Contrato, no procederá el cobro de dichas penas y/o deducciones, ni la contabilización de las mismas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 95 y 97 del Reglamento de "LA LEY".------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales a cargo de "EL CENACE", de conformidad con lo señalado en el último párrafo del artículo 96 del Reglamento de "LA LEY"
Es responsabilidad de la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, determinar y calcular las penas convencionales y/o deducciones que se susciten derivadas de la prestación de "EL SERVICIO", con la finalidad de hacer efectivas las mismas en la factura de que se trate
La suma de las penas convencionales y/o deducciones, en cualquier periodo, no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del Contrato; en caso de que la suma de las penas convencionales y/o deducciones rebase este monto, la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO podrá optar entre exigir el cumplimiento del
Contrato o rescindirlo en los términos establecidos en las Cláusulas referentes a la "Rescisión Administrativa" y al "Procedimiento de Rescisión" del presente instrumento legal.------------------------------------------------------------
VIGÉSIMA: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESCISIÓN ADMINISTRATIVA. - "EL CENACE" podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente Contrato cuando "EL PROVEEDOR" incurra en incumplimiento de sus obligaciones estipuladas en el mismo. Dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello que "EL CENACE" comunique a "EL PROVEEDOR" por escrito y en forma fehaciente tal determinación
En forma enunciativa más no limitativa, será causa para dar inicio al procedimiento de rescisión administrativa cuando:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
/ l. Se incumplan las obligaciones pactadas en este Contrato, "ANEXO TÉCNICO", y demás documentos referidos en la Declaración 1.5,
11.
111.
La autoridad competente declare el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente, que afecte el patrimonio de "EL PROVEEDOR";
"EL PROVEEDOR" no proporcione a "EL CENACE" o a las dependencias que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, verificación y supervisión de "EL SERVICIO", en términos del "ANEXO TÉCNICO"'·----------------------------------------------------------------------------------------------------------
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IV. Si se comprueba la falsedad de alguna maonife--s--ta--c--ió--n---c-o--n--te--n-i-d--a--e--n--l-o--s--a-p--a--r-ta--d--o--s--d-e---s-u--s--d--e-c--la--r-a--c-i-o--n-e--s-;
Por
V.
VI.
o la presentación de documentos apócrif s,
contravención de las disposiciones de la normatividad aplicable al caso; y
-------------------------------
cedimiento de rescisión se ajust
Cuando la suma d. e---l-a-s--p--e--n--a-s---c-o--n-v--e-n--c--io--n--a-l-e--s--y--d--e--d-u--c--c-i-o-n--e--s--e--n--s--u--c-o--n--j-u-n--t-o--e--x-c--e--d-a---e-l--1-0--%----d-e--l-m---o--n-t-o-
El pro
total del Contrato
ará a lo previs o por el artí ulo 54 de "LA LEY"
autoridad judicial federal y obtenga la declaración correspondiente
t
c
Cuando sea "EL PROVEEDOR" quien decida rescindir el presente. C--o--n--t-r-a-t-o--,--s-e--r-á--n--e--c-e--s-a--r-i-o--q--u--e--a--c-u--d--a--a--n-t-e---la- VIGÉSIMA PRIMERA: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. - "EL PROVEEDOR" acepta en forma expresa que cuando incurra en incumplimiento de sus obligaciones, "EL CENACE" a través de la Subdirección de Administración, a petición de la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, quien aportará los elementos necesarios para canalizar el
procedimiento, po5d4rá iniciar la reYsc: is--i-ó-n---a-d--m---in--i-s-t-r-a--ti-v--a--d--e-l--p--r-e-s--e-n--t-e--C--o--n--t-r-a-t-o--,-c--o--n-f-o--r-m--e---p-r-o--c--e-d--i-m--i-e-n--t-o--a---q-u--e s-e-
refiere el artículo de "LA LE "
1. Se iniciará a partir de que a "EL PROVEEDOR" le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que
y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes
haya incurrido, para que en un término de 5 (CINCO) día; s---h-á--b-i-l-e--s--e--x-p--o--n-g--a---lo---q-u--e---a--s--u--d--e--r-e--c-h--o- -c--o-n--v-e--n--g-a-
c c ------------------------------- ---------------
11. Transcurrido el término a que se refiere el inciso anterior, "EL CENACE" contará con un plazo de 15 (QUINCE) días para resolver, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer "EL PROVEEDOR". La determina ión de dar o no por res indido el Contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a "EL PROVEEDOR" dentro de dicho plazo, y
rescisión
11I. Cuando se rescinda el Contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos qu.e---d-e--b--a--e--f-e--c-t-u--a-r--"--E--L--C--E--N---A--C--E--"--p--o-r--c--o-n--c--e-p--t-o--d--e--"--E--L---S--E--R--V--I-C--I-O--"--p--r-e--s-t-a--d-o--s---h-a--s-t-a---e-l--m--o--m---e-n--t-o--d--e
En caso de que se inicie un procedimiento de con-c--i-li-a--c-i-ó-n---"--E--L---C--E--N--A--C--E---"-,--b--a-j-o---s--u--r-e--s--p-o--n--s-a--b--il-i-d-a--d--, --p-o--d--rá
suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el presente Contrato, "EL PROVEEDOR" prestara "EL SERVICIO", el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la
ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, de que continúa vigent-e---la---n-e--c-e--s--id--a--d--d--e-l--m--i-s-m---o--, -a--p-l-i-c-a--n-d--o--,-e--n--s--u--c--a-s-o,
las penas convencionales y/o deducciones correspondientes.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el presente Contrato, "EL PROVEEDOR" prestara "EL SERVICIO", el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la
ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, de que continúa vigente la necesi.d--a-d---d--e--l-o-s---m--i-s-m---o--s-,--a-p--l-i-c-a--n-d--o--,-e--n--s--u
caso, las penas convencionales y/o deducciones correspondientes
c ---------------c----------------c--------
Concluido el procedimiento de rescisión del Contrato se formulará y notificará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 (VEINTE) días naturales siguientes a la fe ha en que se notifique la res isión, a efe to de hacer constar los pagos que deban efectuarse y demás circunstancias del caso.
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VIGÉSIMA SEGUNDA: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
PA OS EN EXCESO. - Tratándose de pagos en exceso que haya recibido "EL PROVEEDOR", éste deberá reintegrar a "EL CENACE" las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme a-1-a tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal respectivo,
como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso y se computarán por días naturales, contados a partir de la fecha del pago
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TERMINACION ANTICIPADA.• "EL CENACE" podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato
cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad
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CENACE" reembolsará a "EL PROVEEDOR" los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre qu
de rleaqsuoebrilrig"aEcLioSneEsRVpIaCcItOad"aso,rigseinaolcmaesniotenacroíantraaltgaúdnosd,ayñsoeodepmerjuueisctiroe aqu"xXxXx CcoEnNtiAnCuaEr"co aell Ecustmapdloim, ioenstoe idnectoenrmfoirnmeidlad nouilnidteardvedneciólonsdeacotfoicsioqeumeitiddiaerpoonr loariSgecreatal rCíaodnetralatoF, ucnocniónmPoútibvloicad.eEnlaesrteossolsuucpióunestdoes "uEnLa
éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente
Contrato. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
dictamen que elaborará la ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, a través del cual "EL CENACE" comunicará
La terminación anticipad del Contrato a que se hace referencia en el párrafo anterior se sustentará ed ante
aLo"sEgLasPtRoOs nVoEEreDcOupRe"ralabslersapzor esl souplausecsatousaaqsujeu seifirceafidearse qeusetadCelnáuosriugleansaerláanmpiasmgaad.o-s---d-e--n--t-r-o--d--e--u--n--t-é--r-m--i-n-o qduoecunmoenptoadaádeex"cEedLePr RdOeV4E5ED(COURA"R.-E--N--T--A----Y---C--I-N--C--O---)--d--í-a-s---n--a--t-u-r-a--l-e-s---p--o--s-t-e--r-io--r-e-s----a---la---s--o--li-c--it-u--d---f-u-n--d--a-d--a y-
SVUIGSÉPSEIMNSAIÓCNU.A-RCTuAa:n-d--o--e--n--l-a---p-r-e--s-t-a--c-i-ó--n--d--e---"-E--L---S--E--R--V--I-C--I-O--"--s--e--p--r-e--s-e--n--t-e--c--a-s--o--f-o--r-t-u-i-t-o--o---d-e---f-u--e-r-z--a--m---a-y--o--r-,-d--e-
Los gastos no recuperables por el supuesto a que se refiere esta Cláusula serán pagados dentro de un término
pcorenvfoiarmsiodlaicditcuodndlae ClaláuAsDuMlaINreISlaTtRivAa DaO"CRaAsoDfoErLtuiCtoOoNdTeRfAueTrOza, mbaajoyosr"uderel sppreosnesnatbeiliCdoandtrpaotod,rá"EsLuCspEeNnAdCerEl"a, prestadcioó.n---d--e---"--E--L---S--E--R--V--I-C--I-O--"--,--e--n---c-u--y--o---c-a--s-o---ú--n--ic--a-m---e--n-t-e---s--e---p--a-g--a--r-á-n---e--l--q--u--e---h-u--b--ie--s--e---s-i-d--o---e-f-e--c-t-i-v-a--m--e--n--t-e CLaOsNuTsRpeAnTsOió,nedneel lpqreuseesnetepCreocnistreantolassersauzsotneenstaorálamsecdaiaunsates djuicsttaifmiceandaesmqituideodpaonr olarigAeDnMaINlaISmTiRsmAaD.O--R--A---D--E--L tLéarmAinDoM, IeNlISpTreRsAeDntOeRCAonDtrEaLto CpOodNrTáRcAoTnOtinuya"r EpLroPduRcOieVnEdEoDtOodRo"s psaucstaerfáencteols plleagzaoledse, usnuaspveenzsióqnu,e ahacyuayno dmeismapoa. r-e--c-i-d-o---l-a-s---c-a--u--s-a--s--q--u-e---m---o-t-i-v-a--r-o--n--d--ic--h--a--s--u-s--p-e--n--s-i-ó--n--o---e-n---s-u---c--a-s--o-,--i-n-i-c--ia--r-s--e--l-a--t-e--r-m--i-n--a-c--ió--n---a-n--t-i-c-i-p-a--d--a--d--e-l CPRuaOnVdEoElaDOsuRs"p,eénsstieónreoebmebdoelzsacaráaac"aEuLsaPsRiOmVpEutEaDblOesR"a l"oEsLgaCsEtoNsAnCoEr"ecpurpeevriabplesticqióune syejuosrtiigfiicnaecniódnurdaent"eEeLl trieelmacpionqeuneedxucrlueseivsatamseunstepecnosniólon,psaicetmadporeeqnueel pérsetossensteeaCnornatzroantoa.b-l-e--s-,--e--s-t-é--n--d--e--b-i-d--a-m---e-n--t-e--c--o--m--p--x-x-x--a--d--o-s---y--s-e
que no podrá exceder de 45 (CUARENTA Y CINCO) días naturales posteriores a la solicitud fundada y
documentada de "EL PROVEEDOR".------------------------------------------------------------------------------------------------
CVIAGSÉOSIFMOARQTUITNOTAO: -D--E---F--U--E--R--Z--A---M---A--Y--O--R---.-•---D--e--c--o-n--f-o-r-m---i-d-a--d---c-o--n--l-o---d-i-s--p-u--e--s-t-o---e-n---e--l--a--r-t-í-c-u--l-o--5--5---B--i-s--d--e--"--L--A-
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"SERVICIO DE DISEÑO CREATIVO Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, GRÁFICA Y RADIOFÓNICA PARA LA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN / SOCIAL 2018 DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA (CENACE)"
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CENACE
CiHTRO HAClotlAL OE CONTROL OS EHEROIA
CENACE-025-LP-S-022-2018
l. Lo notifique por escrito a la otra al día hábil siguiente de ocurrido el evento de caso fortuito o fuerza mayor invocada, inclusive cuando la existencia del acontecimiento sea del dominio público, mencionando el tiempo estimado que durará dicho evento, y--------------------------------------------------------
1I. Pruebe dentro de los 1O (DIEZ) días hábiles siguientes a la notificación correspondiente de la existencia
de caso fortuito o fuerza mayor, la imposibilidad del cumplimiento de sus obligaciones, salvo que la existencia de estas circunstancias sea del dominio público. ----------------------------------------------------------
VIGÉSIMA SEXTA: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
1NTERVENCIÓN. • La Secretaría de la Función Pública, el Órgano Interno de Control en "EL CENACE", y en su caso la Auditoría Superior de la Federación, en el ejercicio de sus respectivas facultades, con motivo de las
auditorías, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar a "EL PROVEEDOR" información y/o documentación relacionada en el presente Contrato y su "ANEXO TÉCNICO". Lo anterior de conformidad con los artículos 57 de "LA LEY" y 107 de su Reglamento. ________________:________________________________________________________
VIGÉSIMA SÉPTIMA: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.-"LAS PARTES" se obligan a cumplir estrictamente todas y cada una de las Declaraciones y Cláusulas que lo integran, así como su "ANEXO TÉCNICO" y demás documentos
referidos en la Declaración 1.5, en caso de desavenencia derivadas de este Contrato, podrán recurrir al procedimiento de conciliación previsto en el artículo 77 de "LA LEY" y los correlativos de su Reglamento, para solventarlas.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VIGÉSIMA OCTAVA: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
LEGISLACIÓN.- Para el cumplimiento de este Contrato, "LAS PARTES" se obligan a ajustarse estrictamente a todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como a los términos, lineamientos y procedimientos que
establece "LA LEY", su Reglamento y en su caso, supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles; la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2018. Las estipulaciones establecidas en este Contrato no modifican las condiciones
previstas en la Licitación y sus aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas. ------
Por lo anterior y en términos de lo dispuesto por el artículo 1839 del Código Civil Federal, las cláusulas que se refieran a requisitos esenciales del Contrato, o sean consecuencia de su naturaleza ordinaria, se tendrán por puestas, aunque no se expresen, a no ser que las segundas sean renunciadas en los casos y términos
permitidos por la Ley. De igual manera se aplicará de ser procedente, la Ley General de Responsabilidades Administrativas. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
VIGÉSIMA NOVENA: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
JURISDICCIÓN. • Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, "LAS PARTES" se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, por lo tanto, renuncian al fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiera corresponderles, o por cualquier otra causa. --------------------------
,;�eído por "LAS PARTES" y enteradas de su contenido y alcance )egal, y sin que medie error, dolo, lesión,
violencia o mala fe, se firma el presente Contrato y su "ANEXO TECNICO", por cuadruplicado al calce y al
margen en todas sus fojas útiles, por los que en él intervinieron como constancia de su aceptación, en la Ciudad de México, el 20 (VEINTE) de julio de 2018.---------------------------------------------------------------------------------------
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CENACE
CEHTRO tlACIONAL DE CONTROL DE SIi EROÍA
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POR "EL CENACE"
CENACE-025-LP-S-022-2018
POR "EL PROVEEDOR"
SUBDIRECTOR DE ...u,.., ..,v, TITULAR DEL Á A C/
LIC. XXXXX XXXXX�ZÁLEZ XXXXXXX, SUPERVISORA ADSCRITA A LA JEFATURA DE UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL,
COMO ÁREA TÉCNICA
ELABORÓ
C. XXXX XXXXXXX XXXXX XXXX JEFE DE DEPARTAMENTO
Las firmas que anteceden forman parte del Contrato número CENACE-025-LP-S-022-2018 para el "SERVICIO DE DISEÑO CREATIVO Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, GRÁFICA Y RADIOFÓNICA PARA LA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN SOCIAL 2018 DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA (CENACE)",
que celebran "EL CENACE" y por su propio derecho C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, con fecha 20 (VEINTE) de julio de 2018.
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CENACE
CENTRO HACIOHAL DE COHTROL DE ENEROÍA
CENACE-025-LP-S-022-2018
"Servicio de diseño creativo y producción audiovisual, gráfica y radiofónica para la Campaña de Comunicación Social 2018 del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE)
Descripción técnica del objeto
"EL PROVEEDOR" deberá proporcionar 1 (un) video de animación gráfica 20 en movimiento, 1 (una) infografía digital, 1 (un) gráfico para revista impresa y 1 (un) spot radiofónico para la Campaña de Comunicación Social 2018 del CENACE, conforme a la autorización de la Dirección General de Normatividad de Comunicación, de la Secretaría de Gobernación, lo que en lo sucesivo se denominará "LA CAMPAÑA", conforme a los requisitos establecidos en el presente "ANEXO TÉCNICO".
Plazo, Lugar y Condiciones de Entrega
"EL PROVEEDOR" se obliga a llevar a cabo "EL SERVICIO" a partir del día 10 de julio de 2018 y hasta el 15 de noviembre de 2018.
Los entregables de "EL SERVICIO" se recibirán en la oficina de la Jefatura de Unidad de Comunicación Social del CENACE ubicada en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx. 0000, Xxxx 0X, Xxx. Los Alpes, Del. Xxxxxx Xxxxxxx, C. P. 01010, Ciudad de México.
Condiciones
ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO o GLOSARIO
• Brief. Información específica escrita que "EL CENACE" envía a la agencia de investigación o publicidad
para que "EL PROVEEDOR" pueda partir de una base para su propuesta de trabajo. El brief incluye el objetivo de "LA CAMPAÑA", las metas, el público objetivo a quien se dirige y la necesidad central o relevante del CENACE.
• Guion técnico. Documento que describe los elementos audiovisuales o radiofónicos con los contenidos y elementos necesarios (sonido, voz, plano, encuadre) para la producción de una obra videográfica o radiofónica.
• lnfografía. Representación visual que explica un proceso de manera esquemática a través de elementos gráficos.
• Storyboard o guion gráfico. Conjunto de ilustraciones mostradas en secuencia con el objetivo de servir de guía para entender una historia, previsualizar una animación o seguir la estructura de una producción
audiovisual.
• Viñeta. Recuadro que contiene una de las ilustraciones de una serie.
o FASE 1. Diseño creativo de "LA CAMPAÑA"
E ....,l día 1O de julio de 2018, "EL PROVEEDOR" deberá reunirse con la "ADMINISTRADORA DEL CONTRATO"
. � la servidora pública encargada del "ÁREA TÉCNICA" quienes le entregarán el brief de los entregables de
"EL SERVICIO".
La "ADMINISTRADORA DEL CONTRATO" con apoyo de la servidora pública encargada del "ÁREA TÉCNICA" deberá agenciar vía correo electrónico con "EL PROVEEDOR" la hora de la reunión de trabajo, El día 10 de julio de 2018.
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CENACE
CEUTRO tfAClOHAL DE
COHTROL DE EHEROiA
CENACE-025-LP-S-022-2018
Fase I Diseño de la campaña
Condiciones del proceso Video de Animación gráfica 2D en movimiento.
"EL PROVEEDOR" entregara lo siguiente:
1. Revisión de brief para la obtención de mensajes clave para realizar propuesta creativa y elaborar un calendario de procesos optimalizado recursos para cumplir con las fechas de entrega.
Responsable: Productor, creativo, diseñador, animador y director. Tiempo promedio estimado 4 horas.
2. Realización de 2 versiones de propuesta creativa (una a elegir) para armar una historia. Esto con la intención de contar con opciones. Una vez aprobada la propuesta pasamos al siguiente punto. Responsable: Productor, creativo, diseñador, animador y director.
Tiempo promedio estimado 12 horas.
3. Realización xx xxxxx técnico. Se divide la historia en escenas y secuencias. Se hacen acotaciones descriptivas de la acción y movimientos de los personajes y elementos gráficos. También se hace una descripción de los elementos sonoros como voces, música y efectos. Así como del momento donde intervienen.
Responsable. Director y dibujante Tiempo promedio estimado 40 horas.
4. Storyboard o guion gráfico. Conjunto de ilustraciones mostradas en secuencia que fungen como guía para entender la secuencia de la historia, previsualizar la animación o seguir la estructura de la producción audiovisual.
Las ilustraciones serán profesionales, a mano (no digitales) y a color por secuencia de video; cada ilustración irá acompañada de una breve descripción de la escena (acción, dialogo, música y efecto de sonido).
Responsable. Director y Dibujante. Guionista (revisión del contenido descriptivo y de dialogo con respecto a la elaboración xxx xxxxx técnico aprobado por las partes interesadas).
Tiempo promedio estimado 20 horas.
5. Realización de animatic. Es una visualización del storyboard en movimiento. No es la animación final, pero es el paso previo. Aquí es donde hacemos ajustes de contenido, acción y ritmo. Le montamos la música y las voces para darnos una idea más certera de cómo va a quedar. Para que el producto final sea claro, conciso, tenga ritmo y cumpla con los objetivos requeridos.
Responsable: director, animador, editor y diseñador de audio. Tiempo promedio estimado 8 horas.
Condiciones del proceso infografía digital para web
1. Revisión de brief para la obtención de mensajes clave para realizar propuesta creativa y elaborar una maqueta de los elementos gráficos, composición y distribución narrativa para la infografía. Responsable: Productor, creativo, diseñador, guionista y director.
Tiempo estimado promedio 8 horas.
2. lnfografía digital para web de 700 x 700 pixeles. Representación visual que explica el proceso de la
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Campaña de manera esquemática a través de elementos gráficos en formato .jpg
Responsable: Director, diseñador gráfico (realización de imágenes para la esquematización de la información). Editorial, (revisión de contenido con respecto a la propuesta creativa derivada del Brief de la Campaña, aprobado por las partes interesadas).
Tiempo estimado 20 horas.
Condiciones del proceso Gráfico para revista impreso
1 Revisión de brief para la obtención de mensajes clave para realizar propuesta creativa y elaborar maquetas de los elementos gráficos, composición y distribución narrativa.
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CENACE
CENTRO HACIOHAl. DE COUTROL DE EHEROÍA
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Responsable: productor, creativo, diseñador, guionista y director. Tiempo promedio estimado 6 horas.
2 Grafico para revista impresa, boceto profesional a mano y a color de 21.4 de ancho x 28 cm de largo (tamaño carta) en formato .jpg para entrega final.
Director, productor, diseñador gráfico (realización de imagen a mano y en color y digitalización final.) Editorial (revisión del contenido con respecto a la propuesta creativa derivada del Brief de la campaña, aprobado por las partes interesadas).
Tiempo estimado 20 horas.
Condiciones del proceso Spot radiofónico
1.- Revisión de brief para la obtención de mensajes clave para realizar propuesta creativa y elaborar guion.
Responsable: Productor, creativo, guionista y director.
2.- Realización xx xxxxx según propuesta creativa Responsable: Xxxxxxxxx y director
3.- Realización de casting de locutores y búsqueda de música y efectos. Responsable: Productor, diseñador de audio y director
4.- Elaboración de maquetas donde todos los elementos sonoros: voces, música y efectos formen parte del mensaje.
Responsable: Productor, creativo, guionista, director, diseñador de audio, locutores. Tiempo promedio estimado 8 horas.
5.- Spot radiofónico para la campaña, realización xx xxxxx literario y técnico para radio con duración de 30 segundos, presentando diálogos, voces, efectos, mensajes, etc. Entregable en .mp3.
Director, productor, editorial, guionista (realización del spot radiofónico, contenido con respecto a la propuesta creativa derivada del Brief de la campaña, aprobado por las partes interesadas).
Tiempo promedio estimado 30 horas.
Se asistirá a cada junta solicitada por el área convocante y se elaborará de cada una de ella una minuta para recordar los términos convenidos, esa minuta se entregará también al área convocante.
Un día hábil después de la aprobación final se proporcionará los entregables mediante oficio, es decir a más tardar el 27 de julio de 2018
Story board:
• 3 tantos impresos a color y engargolados y 3 tantos en CD, DVD o similar del archivo en PDF
Guion técnico de la video animación:
• 3 tantos impresos a color y engargolados y 3 tantos en CD, DVD o similar del archivo WORD.
lnfografía digital:
3 tantos impresos a color y engargolados y 3 tantos en CD, DVD o similar del archivo WORD.
Grafico para revista:
• 3 tantos impresos a color y engargolados y 3 tantos en CD, DVD o similar del archivo WORD.
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CEUTRONACIOtfAL OE COHTROL DE EUEROIA
Guion técnico y literario del spót radiofónico:
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• 3 tantos impresos a color y engargolados y 3 tantos en CD, DVD o similar del archivo WORD.
Fase 2 Diseño de la campaña
Al día hábil siguiente a la entrega del pre-test (realizado por el área convocante) de la "LA CAMPAÑA", que medirá la efectividad del mensaje, se acudirá a la reunión para realizar los ajustes necesarios e iniciar la producción de los entregables de esta fase.
A más tardar 1 O día hábiles después de dicha reunión, se presentará 1 versión para su revisión o modificación de Video Animación, lnfografía Digital, Grafico para Revista y Spot de Radio.
Una vez aprobadas esta versión se entregará cada producto de la siguiente manera:
Video animación final 2D
• Duración 45 a uno y medio minutos
• Musicalizado
• Voz en off
• Con cortinillas
• Con Subtítulos
• Full HD 30 fps, a 1920x1080
• ACC estéreo, superior a 128 kbps
• Formatos.mov y .mp4
• .jpg para cada cuadro de secuencia
• 7 copias en CD, DVD o similar
lnfografía final para Web
• 700 x 700 pixeles
• En formatos jpg, psd y/o ai
• Textos en curvas y fuentes, imágenes anexadas en el empaquetado del archivo madre
• 3 tantos impresos a color
• 3 tantos electrónicos en CD, DVD o similar
Gráfico para Revista Final
• A color
• De 21.4 a 28 cm de alto
• Impreso
• Y en formatos jpg, .psd y/o ai
• Textos en curvas y fuentes, imágenes anexadas en el empaquetado del archivo madre.
• 3 tantos impresos a color e 21.4 cm de ancho por 28 cm de largo
7 • 3 tantos en CD, DVD o similar
,::::
Spot Radiofónico Final
• 30 segundos
• Muestreo de 44100 hz
• 16 bits de resolución
• -3 db en nivel de volumen
• Formatos wav y mp3
• 5 copias por separado en CD, DVD o similar
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XXXXXX XXXXXXXX DE
COtlTROL DE EHEROiA
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Cada uno de los entregables se entregará con su archivo madre (editables originales) junto con los archivos fuente (imágenes incrustadas o ligadas, vectores, fuentes tipográficas, clips de video, sonido y musicalización).
p POR "EL PROVEEDOR"
LIC. XXXXX XXXXXXXXX GO XXXX XXXXXXX, SUPERVISORA ADSCRITA A LA JEFATURA DE UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL,
COMO ÁREA TÉCNICA
Las firmas que anteceden forman parte del anexo técnico del Contrato número CENACE-025-LP-S-022-2018 para el "SERVICIO DE DISEÑO CREATIVO Y PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, GRÁFICA Y RADIOFÓNICA PARA LA CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN SOCIAL 2018 DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE
ENERGÍA (CENACE)", que celebran "EL CENACE" y por su propio derecho C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, con fecha 20 (VEINTE) de julio de 2018.
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