CONTRATO GENERAL DE FONDOS
CONTRATO GENERAL DE FONDOS
ECUS ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A.
En Santiago, a [●] de [●] del año [●], en cumplimiento de lo dispuesto en la letra A de la Sección I.2 de la Norma de Carácter General N°365 de la Superintendencia de Valores y Seguros de fecha 7 xx xxxx de 2014 y sus modificaciones posteriores, y con el objeto de establecer las condiciones que regirán la relación de los partícipes (individualmente denominados para efectos de este contrato como el “Partícipe”) con Ecus Administradora General de Fondos S.A. (la “Administradora”), en todo lo que dice relación con los aportes y rescates de cuotas, y pago de las disminuciones de capital, según corresponda, en los fondos de inversión que actualmente administra o pueda administrar en el futuro la Administradora (los “Fondos”), las partes que se identifican en la letra A siguiente, vienen de común acuerdo en suscribir el siguiente Contrato General de Fondos en los términos y condiciones que se señalan a continuación:
A) Identificación de las Partes
1. Antecedentes de la Administradora:
Razón Social | : | Ecus Administradora General de Fondos S.A. |
RUT | : | 00.000.000-0 |
Domicilio | : | Xxxxxxxxx 000, xxxxxxx 000, xxxxxx xx Xxx Xxxxxx, Xxxxxxxx. |
Teléfono | : | 0 00000000 |
Página Web | : |
2. Antecedentes Agente1 de la Administradora:
Razón Social/Nombre | : |
RUT | : |
Domicilio | : |
Teléfono | : |
Correo electrónico | : |
3. Antecedentes del Partícipe:
Razón Social/Nombre | : |
RUT | : |
Domicilio | : |
Teléfono de Contacto | : |
Correo Electrónico | : |
Representante Legal | : |
R.U.T Representante Legal | : |
1 Se deberá incluir en caso que el contrato sea suscrito por medio de un agente debidamente mandatado por la Administradora.
4. Fecha: [●] de [●] del año [●].
B) Aportes y Rescates
El Partícipe podrá realizar los aportes y solicitar los rescates en los Fondos a través de los siguientes mecanismos, siempre que ellos estén contemplados en el reglamento interno del Fondo correspondiente:
1. De manera presencial en el domicilio de la Administradora indicado en letra A precedente, pudiendo solicitarse personalmente por el Partícipe o por intermedio de uno o más representantes legalmente facultados por éste, los que deben haber sido informados a la Administradora con anterioridad al ingreso de la respectiva solicitud.
La referida solicitud deberá realizarse por escrito, debidamente firmada por el Partícipe o por uno o más representantes debidamente facultados de éste, la que deberá ser efectuada cualquier día hábil, entre las 9:00 y las 18:00 hrs., entendiéndose realizada en la misma fecha y hora en que la Administradora realice la recepción conforme de la respectiva solicitud.
Será responsabilidad del Partícipe actualizar o revocar oportunamente la designación de sus representantes informados a la Administradora, no cabiendo responsabilidad alguna respecto a ello para la Administradora en caso de que los referidos poderes no estuvieren actualizados por omisión del Partícipe.
2. A través del envío de un correo electrónico dirigido a la Administradora a la dirección xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx, en caso de efectuar una solicitud de aporte, y a la dirección xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx en el caso de efectuar una solicitud de rescate.
El referido correo electrónico deberá provenir de la dirección de correo electrónico que previamente tenga registrada el Partícipe en los registros de la Administradora, de acuerdo a aquélla que se ha indicado en la letra A precedente.
En ambos casos, la solicitud de aporte o de rescate según corresponda, deberá realizarse completando el respectivo formulario de solicitud de aporte o rescate, el que se encuentra a disposición de los Partícipes en las oficinas de la Administradora y publicado en la página web de la misma xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.
La referida solicitud vía correo electrónico deberá ser efectuada solicitando confirmación de su recepción por parte de la Administradora. Ésta se entenderá realizada una vez que la Administradora envíe un correo electrónico al Partícipe confirmando la recepción de su solicitud.
Toda orden enviada por el Partícipe o por sus representantes legales en representación de éste, deberá al menos detallar el Fondo, la serie (en caso de que el Fondo tenga más de una serie), y el monto a aportar o el número de cuotas a rescatar, según corresponda.
En los casos indicados en los números 1 y 2 precedentes, la Administradora tendrá un plazo de 2 días hábiles para verificar la validez del aporte o rescate solicitado, esto es, (a) la identidad del Partícipe que realiza el aporte o rescate y de sus representantes legales, (b) el traspaso efectivo de fondos, (c) haber completado correctamente el formulario de aporte o rescate, entre otros.
La Administradora podrá objetar la referida solicitud mediante el envío de un correo electrónico dirigido a la dirección de correo electrónico registrada por el Partícipe en la Administradora, dirección que se encuentra indicada en la letra A anterior, envío que deberá ser efectuado solicitando confirmación de su recepción por parte del Partícipe.
El aporte o rescate, según corresponda, no se entenderá realizado hasta la fecha y hora en que el Partícipe haya subsanado las observaciones realizadas por la Administradora, para lo cual tendrá un plazo de 2 días hábiles a contar de la recepción de dicha observación. Se entenderá que las observaciones han sido recibidas por el Partícipe una vez que: (a) el Partícipe envíe un correo electrónico a la Administradora confirmando la recepción de las observaciones; o (b) a las 9:00 hrs. del día hábil siguiente a aquél en que se han enviado las observaciones, cualquiera de estas opciones ocurra primero.
En caso que el Partícipe no se pronunciare o no subsanare en forma suficiente las observaciones realizadas, a exclusiva determinación de la Administradora, el aporte o rescate, según corresponda, éste se tendrá por no presentado y la Administradora procederá a restituir los fondos transferidos, en caso de que ello corresponda.
Con respecto a los aportes, éstos deberán ser hechos en dinero efectivo, en vale vista bancario o cheque, y en la moneda indicada en el reglamento interno del Fondo respectivo.
En caso de los rescates de cuotas, dependiendo de la naturaleza del Fondo, podrán realizarse, por el total o una parte de sus cuotas del Fondo, en los plazos y en la moneda indicada en los respectivos reglamentos internos. Dichos rescates se pagarán en la oportunidad prevista en los reglamentos internos de los Fondos, sujetos a las restricciones que pudieran específica y determinadamente señalarse en los mismos.
En el caso de los Fondos no rescatables que contemplen contratos de promesa de suscripción de cuotas, se estará a lo dispuesto en el referido contrato con respecto a la suscripción de cuotas del Fondo respectivo.
C. Información al Partícipe
El Partícipe podrá obtener los reglamentos internos vigentes de cada Fondo administrado por la Administradora y los folletos informativos debidamente actualizados, de corresponder, a través de la página web de la Administradora (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx), o bien, en las oficinas de la Administradora.
Por cada aporte, rescate o disminución de capital que se efectúe respecto de alguno de los Fondos administrados por la Administradora, se emitirá un comprobante con el detalle de la operación respectiva el que se remitirá al Partícipe a la dirección de correo electrónico indicada en la letra A precedente. En caso que el Partícipe no tuviere una dirección de correo electrónico registrada en la Administradora, dicha información será enviada por correo simple, mediante carta dirigida al domicilio que el Partícipe hubiere informado, de acuerdo a lo indicado en letra A precedente.
La información relativa a los Fondos administrados por la Administradora que, por ley, normativa vigente y reglamentación interna de los mismos, deba ser remitida directamente a los Partícipes, se efectuará mediante el envío de correo electrónico a la dirección registrada en la Administradora, de acuerdo a lo indicado en la letra A precedente. En caso que el Partícipe no tuviere una dirección de
correo electrónico registrada en la Administradora, dicha información será enviada por correo simple, mediante carta dirigida al domicilio que el Partícipe hubiere informado, de acuerdo a lo indicado en la letra A precedente.
D. Planes de Aporte y Rescate de Cuotas Adscritos
La Administradora no contempla la oferta de planes de aporte y rescate de cuotas adscritos como modalidad de inversión.
E. Declaraciones
El Partícipe realiza las declaraciones que se señalan a continuación como Anexo al presente contrato, el que firmado por las partes se entiende formar parte integrante del mismo para todos los efectos legales.
F. Arbitraje
Cualquier duda, dificultad, discrepancia o controversia que se suscite entre las partes con motivo de la celebración de este contrato será resuelta en única y definitiva instancia por un árbitro mixto, en contra de cuyas resoluciones no procederá recurso alguno.
El árbitro deberá ser designado de común acuerdo por las partes y, a falta de acuerdo, o si el árbitro designado por las partes no pudiere o no aceptare desempeñar estas funciones, las partes confieren mandato especial e irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que ésta, a solicitud escrita de cualquiera de las partes, designe a un árbitro mixto de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes de dicha Cámara, quién resolverá conforme al reglamento de dicho Centro de Arbitraje. Será suficiente para acreditar la falta de acuerdo entre las partes, el sólo mérito de la solicitud de designación de árbitro que una cualesquiera de las partes presentare ante el Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago A.G.
El arbitraje se llevará a efecto en Santiago de Chile.
X. Xxxxxxxxx y ley aplicable
Para todos los efectos del presente contrato, las partes fijan como domicilio especial la comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana y se someten a la jurisdicción arbitral señalada precedentemente.
H. Ejemplares
El presente contrato se extiende y firma en 2 ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder de cada parte.
I. Personerías
La personería de don [•] y don [•] para representar a Ecus Administradora General de Fondos S.A. consta de escritura pública de fecha [•] otorgada en la Notaría de Santiago de don [•].
La personería de don [•] para representar a [•], consta de escritura pública de fecha [•], otorgada en la Notaría de [•] de don [•].
[Partícipe]
pp. Ecus Administradora General de Fondos S.A.
pp. [Agente]
ANEXO
Declaraciones
El Partícipe declara haber sido debidamente informado por la Administradora y estar en conocimiento de lo siguiente:
1. Que previo a cada inversión en cualquier Fondo, la Administradora debe proveerle un Folleto Informativo con elementos claves para el inversionista. Además, que la Administradora debe tener a disposición del Partícipe el reglamento interno del Fondo, junto a una copia de las últimas carteras de inversiones y de los últimos estados financieros remitidos a la Superintendencia de Valores y Seguros, con sus respectivas notas.
2. Que la rentabilidad de los Fondos es esencialmente variable e indeterminada, salvo en el caso de los Fondos garantizados por aquella parte que se encuentre garantizada y se mantenga en el Fondo hasta el término del periodo de inversión.
3. Que la posibilidad de rescatar o no su inversión y las condiciones y plazo del pago correspondiente, se regirán por las condiciones establecidas para ello en el reglamento interno del Fondo respectivo.
4. Que los reglamentos y el texto tipo de contratos pueden ser consultados en la página web de la Superintendencia de Valores y Seguros (xxx.xxx.xx) y de la Administradora (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx), así como en las oficinas de la Administradora, en caso de haberlos. Asimismo, si bien la Superintendencia de Valores y Seguros fiscaliza a la Administradora y a los Fondos administrados por ésta, aquella no se pronuncia sobre esos textos tipos, la calidad de las cuotas ofrecidas ni de las garantías constituidas.
5. Que la información del Fondo puede consultarse en la página web de la Superintendencia de Valores y Seguros (xxx.xxx.xx) y de la Administradora (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx).
[Partícipe]
Firman en señal de aceptación: