ESTUDIO PREVIO PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD EN LA CONTRATACIÓN
ESTUDIO PREVIO PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD EN LA CONTRATACIÓN
De conformidad a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, ley 1474 de 2011 y el artículo 2.1.1 del decreto 734 de 2012, El Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx xxx XXXX Regional Nariño procede a efectuar los estudios previos en los cuales se analiza la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación que adelante se escribirá:
1. DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN:
Que El Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx xxx XXXX Regional Nariño, dentro de las actividades complementarias a su misión de brindar formación profesional integral para la incorporación de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país, requiere adquirir Elementos devolutivos con las especificaciones técnicas y cantidades que se describen en la fichas técnica o cuadros de solicitud de elementos.
En el almacén del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx no existen los bienes con las características técnicas que se pretenden adquirir.
El objeto contractual deberá desarrollarse a través de la celebración de un contrato de suministros de bienes con un tercero, proveedor de estos bienes, con experiencia en el ramo y que cumpla con las condiciones jurídico-legales, técnicas, económicas y de calidad exigidas por el SENA.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR:
a. Objeto:
Suministro de equipos para implementación del laboratorio de Ciencias en el área de análisis de suelos del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx – SENA Regional Nariño.
b. Especificaciones esenciales de acuerdo a lo dispuesto en el articulo
3.2.1.1 del decreto 734 de 2012
Los materiales a contratar con sus especificaciones esenciales se encuentran detallados en los documentos anexos al expediente. Solicitudes de elementos presentado por el Señor Xxxxx Xxxxxxxxx Instructor del Sector Agroindustrial del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx - SENA Regional Nariño, las cuales hacen parte del Plan de Compras de 2.012 y que se referencian en el siguiente cuadro, y de los cuales al final de este documento, reposan las fichas técnicas.
SOLICITUD DE ELEMENTOS
GRUPO No 1 EQUIPO PARA ANALISIS DE SUELOS
ITEM | CODIGO SENA | DESCRIPCION | CANT. SOLICITADA | UNIDAD DE MEDIDA |
1 | 245969 | ESPECTROFOTOMETRO DE ABSORCION ATOMICA MODELO:ICE 3500 SISTEMA: DUAL RANGO: 000 – 000 xx Automuestreador Para Llama, Lámparas Para Determinacion De Calcio,Cobre,Hierro,Magnesio,Potasio, Sodio,Zinc, Compresor De Aceite, Sistema De Extracción De Gases, Computador, Software, Impresora, Instalado Y Puesto En MarchaSistema de absorción atómica automático, con capacidad para análisis multi elemento, para operación a través de una estación de datos corriendo bajo software Windows (Software SOLAAR) incluido con el equipo. Sistema para análisis por llama (absorción y emisión), extensible a horno de grafito, generación de hidruros ó vapor frío, usando el accesorio adecuado. Especificaciones Técnicas básicas: Óptica: Xx xxxxx haz (Tipo Xxxxxxxxx). Monocromador tipo Echelle (auto- calibrable) y post-monocromador con prisma, proporcionan ubicación automática en la longitud de onda de máxima absorción y elección de la óptima rendija.Rango de lectura: 180 – 900 nm Detector: Tipo fotomultiplicador (PMT)Quemador: Único quemador universal de de titanio (50 mm), optimización de la altura del | UNIDAD |
quemador automática y cámara de atomización completamente inerte. Quemador de 100mm opcional. Nuevo diseño para manejo de sólidos y excelente resistencia a la corrosión. Rango de Absorbancia: -0,150A a 3,000A,Corrección de fondo (Background): Fuente continua de Deuterio (Quadline) Fuente de luz: Lámpara de cátodo hueco (HCL), para un elemento ómultielemento, codificada ó sin codificar. Seis (6) fuentes de potencia, cada una proporcionando de 0-20mA.,Torreta para lámparas: Automática de seis (6) posiciones con alineación automática. Caja de gases: Control del flujo de combustible automático, a través de caja de gases de control binario. El flujo es controlado completamente por el software. Sistemas de seguridad: Múltiples sistemas permiten una operación segura en los espectrofotómetros de la serie ICE ignición automática de la llama, cambio automático del oxidante controlado desde el software, control automático del flujo del combustible, apagado automático de la llama, arrestor de contra presión en línea para acetileno, regulador en línea para el acetileno, sensor de presión para el combustible y oxidante, sensor de llama presente, sensor del tipo de quemador, sensor de quemador instalado, protección contra falla de corriente, protección sobre drenaje vacío, protección de sobre presión en la cámara de nebulización y otros. SOFTWARE SOLAAR: Incluye un nuevo Wizard (ayudante) que facilita el ingreso a las operaciones del instrumento y mucho más interactivo. Información adicional de las condiciones operacionales para cualquier elemento esta disponible en la ayuda y en el CookBook. También se incluye notas de aplicación para preparación, modificadores de matriz y otros detalles importantes. Permite el control total del espectrofotómetro. A través de un |
ayudante en línea, permite al operador generar sus propios métodos, editar los métodos, correr los análisis, almacenar los resultados en la base de datos (BD), imprimir los resultados y metodologías, etc. Permite correr hasta 16 métodos para elementos de manera automática. Software de control de calidad (QC) está integrado al SOLAAR, proporcionando protocolos de control de calidad , blancos QC, duplicados QC, espías QC, chequeos QC, están todos incluidos y, cada uno puede ser definido por el usuario de acuerdo a sus necesidades. Hasta diez (10) estándares de calibración y un (1) blanco pueden ser usados y, algoritmos de fijación de la curva de calibración (curva segmentada, lineal, lineal por cero, cuadrática, cuadrática por cero y otras) pueden ser empleados. Métodos de calibración por curva estándar, adición estándar y normal, con soporte de impresión y observación en pantalla de la curva seleccionada. Soporta las lámparas tanto Codificadas, como No Codificadas. Para las codificadas permite realizar un seguimiento al uso de la misma (contador de horas de la lámpara). Las condiciones de voltaje, longitud de onda principal, corriente de lámpara, slip, son colocados automáticamente al instalar y encender la xxxxxxx.Xxxxxxxx SOLAAR está disponible en ESPAÑOL,Inglés, Inglés USA, Francés, Alemán, Ruso, Japonés, Chino y lenguas Polacas. Operación: 120V, 60Hz. Para manejo del software requiere computador.AUTOMUESTREADOR PARA LLAMAMODELO ASX- 520,Controlado desde el software SOLAAR. Con capacidad para suministrar desde 84 hasta 360 muestras dependiendo de la configuración de la bandeja. Se entrega con una bandeja para estándares de 10 posiciones y 4 |
bandejas para muestras de 60 posiciones (en total 240 muestras). Incluye una bomba para el lavado del sistema, una punta PTFE y un adaptador RS232C. Incluye el software de comunicación con el Espectrofotómetro de Absorción Atómica. Operación 120V 60Hz. Cantidad: 1,Debe incluir lámparas de cátodohueco para los siguientes elementos: Magnesio, calcio, Manganeso, hierro, Cobre, Potasio, sodio ,Zinc, mercurio, plomo, COMPRESOR DE AIRE LIBRE DE ACEITE,Sistema especialmente diseñado para trabajar con Espectrofotómetros de Absorción Atómica. - Sistema de bajo ruido. - Proporciona una presión hasta de 80 psi - Incluye filtro de aire y trampa para humedad. - Incluye medidor de presión de salida. - Operación: 120V, 60 Hz. Cantidad: 1,SISTEMA DE EXTRACCION DE VAPORES PARA ABSORCION ATOMICA Incluye: - Motor extractor con capacidad de remoción de 2.800 litros/minuto. - Campana en acero inoxidable,Ducto metálico de 6 metros de longitud,Operación del motor extractor: 120V, 60Hz., SISTEMA DE MANEJO DE DATOS. ·CPU 2GHz · 2GB RAM · 60GB free disk space · Windows XP Professional SP3 or Windows 7, 32 or 64 bit Professional or Ultimate ·MONITOR PANTALLA PLANA DE 18” 1024x768 resolution 32 bit colour · 1 USB port for licensing device, plus any required for instrument connections · IMPRESORA -Operación: 110V, 60 Hz. |
Cantidad: 1 MANOMETROS, TUBERIA PARA ACETILENO Y OXIDO NITROSO UNIDADES DE REGULACION PARA UN (1) CILINDRO(UR1C).,UNIDADES DE REGULACION DE PUESTO DE TRABAJO ( URPT, Llama El arrestador de para el Acetileno ACETILENO GRADO ABSORCIO ATOMICA Contenido: 6,5 KG CILINDRO PROPIEDAD XX XXXXX. OXIDO NITROSO ABSORCION ATOMICA CILINDRO PROPIEDAD XX XXXXX. ESTANDARES para absorción atómica de 13 elementos concentración 1000 ppm, trazables a NIST. |
PRESUPUESTOESTIMADO GRUPO 1 EQUIPOS PARA ANALISIS DE SUELOS POR VALOR DE $ 100.323.525 pesos mcte.
GRUPO No 2 EQUIPOS PARA LABORATORIO DE SUELOS
ITEM | CODIGO SENA | DESCRIPCION | CANT. SOLICITADA | UNIDAD DE MEDIDA |
1 | 245963 | AGITADOR MAGNETICO ANALOGO CON PLANCHA DE CALENTAMIENTO DE 1 PUESTO EN ALUMINIO 135 mm DIAMETRO. 1600 r.p.m. 425°C. CAPACIDAD DE AGITACION DE 12 LtsRango de velocidad: 5-250 RPM Temporizador:1 y 999 minutos Movimiento linear: 10mm Carga máxima: 10kg Pantalla: LED Temperatura de funcionamiento: 4 a 40 ° C Humedad máxima: 80% Dimensiones: 1360 x 420 x 270mm Dimensiones plataforma: 335 x 335mm Peso: 11kg Suministro eléctrico: 120V, 60Hz, | 1 | UNIDAD |
2 | 245964 | Termoreactor : Round metal block in epoxy covered housing, 24 holes 16 mm Ø Front keypad: Robust membrane keypad with 4 keys Temperature settings: 70 / 100 / 120 / 150 °C158 / 212 / 248 / 302°F± 0.3 °C | 2 | UNIDAD |
Timer: 30, 60, and 120 minuteswith continuous operation, automatic turn-off with alarm Heating: 400 Watts, electronically controlled,with overheating protection Prep. time : approx. 10 minutes Power supply : 230 V/115 V/50-60 Hz Weight: 7.9 pounds Dimensions: (L x W x H) : 10.83 x 6.10 x 3.74 inches Range: 0.01 – 1100 NTU (Auto range) Approval: CE, UL, TUV ACCESORIOS: SC450 SC450 COD Set Includes SC450Colorimeter for CODAnalysis, SC450-01S >> TR125 Reactor, Tube Test Rack, and 25 count packages of Low and Mid Range COD Reagents. Test Tube Rack (24) Test Tube Rack, 24 tube capacity, 16 mm ø L418952 | ||||
3 | 245973 | MUFLA DIGITAL CAPACIDAD 12 LITROS CONTROL POR MICROPROCESADOR STEP PROGRAM Temperatura hasta 1200 oC Max temperatura de trabajo: 1100 oC proporciona una precisión y fiabilidad, doble pantalla de temperatura Moldeado de fibra de cerámica y construcción en acero inoxidable xx xxxxx casco condición compacta y perfecto estado de funcionamiento Elementos calefactores reemplazables Ideal para la incineración de muestras orgánicas e inorgánicas, metales de tratamiento térmico, prueba de encendido, análisis gravimétrico y la determinación de compuestos volátiles y sólidos en suspensión. • Diseño de programa, 16 Segmentos • 3 Programa de Diseño • Tiempo de encendido y apagado automático Marco función Dimensiones int: (WXDXH mm): 200x300x100 Dimensiones ext.: (WXDXH mm): 480x550x680 Requerimiento eléctrico: 220V 50/60Hz | 1 | UNIDAD |
4 | 240196 | Balanza analítica Características: Simple y fácil de operar • Sistema de puertas de fácil acceso • Incluye software GLP/GMP/ISO (buenas prácticas de Laboratorio) conectando la balanza a una impresora. • Sistema de calibración interna Se calibra con solo presionar una tecla. | 2 | UNIDAD |
• Función de memoria de datos almacena hasta 200 datos de peso. • Gancho para pesar por debajo de la balanza, ideal para determinación de densidades, pesaje de productos magnéticos o muy voluminosos. • Tarjeta de referencia rápida una guía rápida y práctica en la misma balanza. • interface serie RS-232 incluida Masa Interna de Calibración Varias unidades de medida: Gramos, Miligramos , Onza Avordupois (av) , Carat , Pennyweight , Onza Xxxx , Grains , Xxxx , Tael , y Xxxxx • Autocalibración se calibra automáticamente cuando detecta cambios en la temperatura | ||||
5 | 241601 | AGITADOR RECIPROCO Rango de velocidad: 5-250 RPM Temporizador:1 y 999 minutos Movimiento linear: 10mm Carga máxima: 10kg Pantalla: LED Temperatura de funcionamiento: 4 a 40 ° C Humedad máxima: 80% Dimensiones: 1360 x 420 x 270mm Dimensiones plataforma: 335 x 335mm Peso: 11kg Suministro eléctrico: 120V, 60Hz, | 1 | UNIDAD |
6 | 245972 | MOLINO DE SUELOS Molino de suelos No. 4. Molino de suelos, compuerta frontal para fácil manejo y limpieza, porta muestra con collarín y bandeja receptora con malla de 2 mm, 1750 rpm, ½ hp, 110 v / 60 hz. | 1 | UNIDAD |
PRESUPUESTO ESTIMADO GRUPO 2 EQUIPOS PARA LABORATORIO DE SUELOS POR VALOR DE $ 37.233.600 pesos
mcte.
LA OFERTA PRESENTADA POR EL PROPONENTE DEBE DETERMINAR LA CALIDAD DE LOS BIENES COTIZADOS, OFERTANDO LAS MARCAS QUE DISPONGA EN EL MOMENTO.
LOS ELEMENTOS DEBEN SER DE MARCAS RECONOCIDAS EN equipos
para implementación del laboratorio de Ciencias en el área de análisis de suelos COLOMBIA
3. LUGAR DE EJECUCIÓN:
El proveedor deberá hacer entrega de los bienes o productos requeridos en el almacén del Centro Internacional de Producción Limpia XXXX xxx XXXX Regional Nariño, Ubicado en la Calle 22 No. 11E – 05 Xxx Xxxxxxx xx xx xxxxxx
xx Xxx Xxxx xx Xxxxx Xxxxxx, en horario de lunes a viernes de 08:00 – 12:00 y de 14:00 – 18:00.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO:
La duración del contrato será de dos (2) meses calendario, contados a partir de la fecha de aprobación de la garantía única y suscripción del acta de inicio y/o de acuerdo a las solicitudes parciales realizadas por el supervisor del contrato.
5. VALOR ESTIMADO:
Para la vigencia fiscal de 2012 el presupuesto disponible es de VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($22.500.000) M/CTE
Para la vigencia fiscal de 2013 el presupuesto disponible es de CIENTO QUINCE MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS ($115.057.125) M/CTE.
Por un valor total de CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS MDA CTE.
($137.557.125.oo) incluyendo IVA,
Se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 36612 del 26 de Septiembre de 2012 que para tal efecto expidió el área de Presupuesto con imputación COMPRA DE EQUIPOS (968) C-410-704-4. CENTRO INTERNACIONAL DE PRODUCCION LIMPIA XXXX - SENA REGIONAL NARIÑO
De acuerdo a la aprobación de vigencias futuras 2013 y 2014 Ref: 1-2012- 071724 establecidas en el decreto 111 de 1996, ley 819 de 2003, decreto 4730 de 2005 y la Resolución No 11 de 1997 del Consejo Superior de Política Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
6. FORMA DE PAGO:
De acuerdo a las entregas parciales suministradas asi: en Grupo No 1 se cancelara el 100% al recibo a satisfacción por parte del supervisor en el año 2013 y el Grupo No 2 se cancelara $ 22.500.000 pesos mcte en la primera entrega de los elementos del presente año y el restante en el año 2013 teniendo en cuenta la presentación de la factura por parte del contratista (cuando esta se deba expedir), previa recepción de los elementos a satisfacción por parte de la SUPERVISIÓN, lo cual deberá quedar soportado en la respectiva acta de Supervisión o Interventoría.
El SENA efectuará al CONTRATISTA las retenciones que, en materia tributaria tenga establecida la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. En los demás casos, el contratista deberá cumplir con el pago de los impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la presente contratación.
7. OBLIGACIONES GENERALES:
El contratista se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
a. Desarrollar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA
b. Entregar al SENA los productos dentro del término previsto dentro del contrato
c. Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancia que pueda incidir en la no oportuna o
bebida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos xxx XXXX
d. Ejecutar el objeto del presente contrato bajo las condiciones económicas técnicas y financieras, de acuerdo con lo pactado en el contrato, la propuesta, y los pliegos de condiciones, los cuales hacen parte vinculante del contrato
e. Proveer productos y/o bienes de optima calidad
f. Reemplazar los productos y/o bienes que resulte defectuosos o de mala calidad, igualmente deberá restituir a su xxxxx, sin que implique modificación al plazo de entrega, los productos y/o bienes defectuosos o de especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos. Si el proveedor no restituye los productos y/o bienes defectuosos dentro del término señalado por el SENA esta podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento y/o solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato
g. Avisar al SENA dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente
h. El CONTRATISTA es el único responsables por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos, por lo anterior deberá asumir respecto de sus subcontratistas (personal dirigido a la ejecución del contrato) los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliaciones al sistema de seguridad social según lo ordenado por la Ley 100/94 y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate
i. Permanecer x xxx y salvo en el pago e aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato y acreditar el paz y salvo cada vez que se lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo en lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007
j. El trasporte, cargue, descargue, y entrega de los productos y/o bienes requeridos por el SENA , serán asumidos por el PROVEEDOR
k. El riesgo y propiedad de los productos y/o bienes serán asumidos por parte del PROVEEDOR hasta que se realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado
l. Las omisiones o ambigüedades que se puedan presentar en las especificaciones xxx XXXX no exoneran al contratista de la responsabilidad de efectuar la entrega de productos o bienes de primera calidad, si el contratista encuentra inexactitudes o incorrecciones en las especificaciones, deberá hacer corregir o aclarar xxx XXXX estas discrepancias antes de iniciar la ejecución del contrato
m. Todos los Productos y/o bienes que entregara el contratista deberán estar vigentes y ser de primera calidad, libres de defectos, vencimientos e imperfecciones y cumplir con las especificaciones técnicas, de salubridad e higiene, de acuerdo con las normas de calidad del producto
n. Deberá entregar los manuales de operación y mantenimiento de los bienes, productos o elementos que lo requieran, sin que esto genere costos adicionales para la entidad contratante
o. Las de mas contempladas en el articulo 5 de la Ley 80 de 1993
8. Cantidad de bienes o productos solicitados:
El SENA se reserva el derecho de ampliar o disminuir de acuerdo a sus necesidades de formación profesional las cantidades de bienes o productos solicitados, siempre y cuando no sobrepase el presupuesto oficial estimado para la contratación, estos cambios serán comunicados o acordados con el contratista
previamente, de acuerdo al trámite legal que corresponda, y estará sujeto a la disponibilidad del contratista
9. FUNDAMENTO JURÍDICO QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN:
El objeto que se requiere contratar corresponde a un Suministro, que de conformidad con el Articulo 2 Numeral 2 Literal a de la Ley 1150 de 2007, capitulo II, sección II articulo 3.2.1.1 siguientes y concordantes y articulo
3.2.1.1.1 siguientes y concordantes Selección Abreviada para la adquisición de bienes de características técnicas uniformes y de común utilización mediante subasta inversa presencial.
10. ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO:
El análisis xx Xxxxxxx se realizó a través de precotizaciones escritas solicitadas en forma verbal o escrita, a proveedores, estableciendo expresamente que ni la formulación de la solicitud ni la presentación de la cotización generan compromiso u obligación por parte xxx XXXX, pues no corresponden a un procedimiento de selección, estudio xx xxxxxxx realizado durante tres días hábiles en la pagina web de esta entidad.
La información, que consta en medio documental, archivado en expediente del contrato, y que permite definir los precios o tarifas unitarias aproximadas.
Con la información recopilada, se elaboró el presupuesto xxx XXXX el cual deberá comprender todos los costos directos e indirectos e impuestos xx xxx. Este presupuesto se debe proyectar para la fecha de presentación de las propuestas.
a. Análisis xx Xxxxxxx y elaboración del presupuesto: El análisis xx Xxxxxxx se realizo a través de precotizaciones escritas solicitadas a proveedores especializados en los elementos a contratar, estableciendo expresamente que ni la formulación de la solicitud ni la presentación de la cotización genera compromiso u obligación por parte xxx XXXX, pues no corresponde a un proceso de selección.
Del análisis xx xxxxxxx se concluye que el valor estimado del contrato es la suma de:
CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS MDA CTE. ($137.557.125.oo) incluyendo IVA.
11. Estimación, Tipificación y Asignación de los Riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato
De conformidad con lo previsto en el articulo 4 de la Ley 1150 de 2007, El Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx xxx XXXX Regional Nariño, entiende como riesgo aquellos hechos o circunstancias que por la naturaleza del control se puedan presentar y afectar el normal desarrollo del objeto contractual y como consecuencia retrasar o suspender la ejecución del contrato, afectando así el equilibrio del contrato para uno o ambos extremos contractuales.
Para este tipo de contratación el Centro Internacional de producción Limpia Xxxx xxx XXXX Regional Nariño ha previsto los siguientes riesgos:
a. Riesgos de carácter económico:
El contratista al momento de presentar su propuesta debe contemplar en la misma la variación que se puede presentar en los precios de los materiales que se requiere, durante la ejecución del contrato, por lo tanto independientemente de las alzas o incrementos en los precios, se deberá mantener el precio contenido en la propuesta económica presentado por el contratista y no podrá hacer variaciones que impliquen desmejora de la calidad o características técnicas exigidas en las fichas técnicas. Así mismo el contratista debe contemplar todos los costos, incluidos los gastos de movilización de los bienes. Por lo tanto el contratista no podrá alegar desequilibrio contractual, porque se trata de un riesgo previsible que debe ser asumido exclusivamente por él.
La posibilidad de ocurrencia de este evento es media y el impacto en el equilibrio contractual es medio y el riesgo se asigna en su totalidad al contratista.
b. Riesgo de carácter Técnico:
El contratista deberá atender todas las especificaciones y requerimientos técnicos, así como los tiempos de entrega estipulados en la ficha técnica, en los pliegos de condiciones y en el contrato suscrito por las partes, por lo tanto si al momento de la entrega y recibo de los bienes se evidencia variaciones entre lo contratado y lo ejecutado el contratista deberá asumir todo riesgo y por ende responderá en su totalidad por los perjuicios ocasionados al extremo contractual. En este caso el riesgo se asigna en su totalidad al contratista.
c. Riesgo por modificación al régimen de impuestos:
Si durante la ejecución del contrato y con ocasión de modificaciones a la normatividad vigente en materia tributaria, se modificaran las tarifas de los impuestos o se crean otros, siempre que estos estén afectados el contrato en ejecución, el contrato podrá ser modificado, adicionando el valor faltante para que el equilibrio económico se mantenga, este riesgo será asumido por la entidad contratante, como ocurre con la contribución del 4 x 1000
Cuando se trate de impuestos que representen una carga exclusiva para el contratista estos deberán ser asumidos de manera inmediata por el y no habrá lugar a que el contrato sea modificado para adicionar el valor faltante.
La probabilidad de ocurrencia de este evento es baja y el impacto en el equilibrio contractual es bajo y se asigna en su totalidad al contratante en el primer caso y en el segundo totalmente al contratista
d. El PROPONENTE es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.
e. Con relación al IVA, el PROPONENTE deberá discriminar en la cotización este impuesto, si pertenece al régimen común. En caso de no indicarlo, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el PROPONENTE deberá asumir el costo del impuesto.
f. El contratista deberá avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos xxx XXXX. De hacer caso omiso a esta obligación deberá responder por los daños y perjuicios que se causen al SENA como consecuencia.
g. El contratista deberá reemplazar los bienes, productos o elementos que resulten defectuosos o de mala calidad. Igualmente deberá restituir a su xxxxx, sin que implique modificación al plazo de entrega, los bienes, productos o elementos defectuosos o de especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos. Si el PROVEEDOR no restituye los bienes, productos o elementos defectuosos dentro del término señalado por el
SENA, éste podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento y/o a solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato.
h. El contratista deberá asumir respecto de sus subcontratistas (personal dirigido a la ejecución del contrato) los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliación al Sistema de pensiones y Salud según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate. Igualmente deberá permanecer x xxx y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato y presentar la certificación señalada en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 cada vez que se lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos.
i. El transporte, cargue, descargue y entrega de los bienes, productos o elementos requeridos por el SENA, serán asumidos por el PROVEEDOR. El riesgo y propiedad de los mismos será asumido por parte del PROVEEDOR hasta que se realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado.
j. El SENA podrá cambiar, de acuerdo con sus necesidades la fecha, sitio y horario que haya establecido para la entrega y el proveedor se obliga de conformidad con dichos cambios. Previamente. y con mínimo dos (2) días de anticipación a la fecha prevista para la entrega, el SENA notificará por escrito o telefónicamente los cambios mencionados.
k. El riesgo y propiedad de los productos y/o bienes serán asumidos por parte del PROVEEDOR hasta que se realice la entrega total a satisfacción en el lugar indicado
11. Aspectos derivados del proceso que soporten los requerimientos de la invitación pública:
Los interesados deberán presentar con su propuesta como mínimo:
• Certificado de existencia y representación legal vigente
• Fotocopia del RUT
• Registro en el RUP
• Fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante legal
• Acreditación de encontrarse x xxx y salvo en el pago de aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar ICBF y servicio Nacional de Aprendizaje SENA, cuando a elle haya lugar, mediante certificación expedida por el representante legal o por el revisor fiscal, y los demás documentos que se soliciten en el pliego de condiciones.
• Certificado de Contraloría, Procuraduría y Contaduría General de la Nación
• Como para los procesos contractuales cuyo valor sea igual o supere el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad, de conformidad el literal
a) del numeral 1 del Artículo 24 de la Ley 80 de 1993, se exigirá el Certificado de Registro de los proveedores en el SICE en la presentación de la propuesta
• El proponente deberá aportar fotocopia del certificado judicial vigente del representante legal de la persona jurídica o de la persona natural o de cada uno de los consorcios o uniones temporalmente, según sea el caso.
* De conformidad con el Artículo 13, numeral C) del Decreto 3512 de 2003, el oferente deberá incluir en su propuesta el certificado de registro del bien o servicio ofrecido, generado por el Portal del SICE.
* En cuanto a limitación a Mypes y Mypimes este proceso no será susceptible de limitación en consideración a sus cuantia de acuerdo a lo
establecido en los artículos 4.1.2 y 4.1.3 del titulo IV Capitulo I del decreto 134 de 2012.
No pueden participar como oferentes las personas que estén incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar, declaración que se entenderá presentando bajo gravedad de juramento con la presentación de la cotización
12. Aspectos que se deben tener cuenta para la fijación de los precios de la propuesta:
• El PROPONENTE deberá presentar la propuesta totalizada por GRUPO DE ELEMENTOS Nro. 1, y Nro. 2, algunos de ellos o todos, atendiendo las especificaciones esenciales (Cuadro solicitud de elementos) con la totalidad de ítems por grupo y la unidad de medida requerida para cada uno de los elementos solicitados por la entidad.
a. El PROPONENTE deberá cotizar los ítems ofertados en la unidad de medida y cantidad requerida para cada uno de los productos y/o bienes, conforme al formato que se incluya en el pliego de condiciones
b. El PROPONENTE deberá presentar su oferta por el sistema de precio unitario, conforme al cual en dicho precio se encuentran comprendidos todos los costos directos e indirectos que se generen por la contratación
c. Bajo este sistema de precios el PROPONENTE es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual deberá realizar a su propio nombre y por su propia cuenta y riego sin que el SENA adquiera responsabilidad alguna por dichos actos
d. Al formular la propuesta el PROPONENTE deberá tener en cuenta que todos los impuestos y gastos que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, incluidas la constitución de la garantía única de cumplimiento, son de cargo exclusivo del Contratista, por lo tanto los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos
e. El SENA solo pagara los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a meno.
f. s que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una modificación del contrato efecto expida el Gobierno Nacional, y estén a las regulaciones que para tal efecto expida el Gobierno Nacional y estén legal y debidamente acreditados
g. El SENA efectuara al CONTRATISTA las retenciones que en materia de impuestos y contribuciones tenga establecida la Ley
h. Las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho al CONTRATISTA deberá ser tramitada por este ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte xxx XXXX o costo para ella
i. Con relación al IVA, el PROPONENTE deberá discriminar en la cotización este impuesto, en los ítems en los que se causa, en caso de no indicarlo, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el CONTRATITA deberá asumir el costo del impuesto
j. De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 19 del Decreto 2474 de 2008, en la subasta inversa para adquisición de bienes y servicios de características uniformes y de común utilización a que se refiere el inciso 2 del literal a) del numeral 2 de la Ley 1150 de 2007, se tendrá como único criterio de evaluación el precio, siempre que satisfaga las necesidades de la entidad
k. El valor global de la propuesta, teniendo en cuenta todos los costos de legalización y ejecución del contrato (incluido IVA ), no podrán superar el presupuesto oficial
13. Procedimiento para la evaluación:
La evaluación y escogencia se hará de manera por GRUPO DE ELEMENTOS Nro. 1 y Nro. 2, algunos de ellos o todos, algunos de ellos o todos, atendiendo las especificaciones esenciales (Cuadros de solicitud de elementos) con la totalidad de ítems por cada grupo, con el precio más bajo, siempre que se encuentre en condiciones xx xxxxxxx, satisfaga las necesidades de la entidad y aquella que no supere el presupuesto oficial, no tenga un precio artificialmente bajo, cumpla las especificaciones técnicas y de calidad requeridas, conforme a lo contenido en la invitación pública.
Para identificar la oferta mas favorables de acuerdo a lo dispuesto a los numerales 1 y 3 del Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, numeral 1 del Artículo 12,
Articulo 19, 21 al 25 del Decreto 2474 de 2008, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
• Requisitos Habilitantes: La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, capacidad financiera, de organización y garantía de seriedad de la propuesta de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para participar en el proceso de selección y no otorgaran puntaje, la existencia de tales condiciones será adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor. No obstante no estar señalado expresamente en la Ley, esta implícito en la sana lógica, los principios y las normas de contratación que se debe verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los bienes o productos ofertados de proceder con la subasta inversa
REQUISITOS HABILITANTES | |||
Nombre | Definición | Resultado | |
Para la verificación de la capacidad | |||
jurídica se tendrá en cuenta el | |||
cumplimiento de los requisitos legales | |||
mínimos establecidos en los pliegos de | |||
condiciones, y el cumplimiento en la | |||
presentación de los documentos y | |||
acreditaciones exigidas, igualmente, se | No tiene ponderación- subsanable | ||
Capacidad Jurídica | evaluara la información aportada con las propuestas en su coherencia legal y | de acuerdo al artículo 2.2.8 del decreto 734 de 2012 el resultado | |
reglamentaria, se verificara que las | es de habilitado o no hábil | ||
propuestas no estén incursas en las | |||
causales de rechazo contenidas en la | |||
invitación pública, tan solo seguirán | |||
siendo hábiles aquellas propuestas que | |||
cumplan con dichos requisitos, las | |||
demás serán eliminadas. | |||
El proponente deberá tener por lo menos | |||
un (1) año de experiencia debidamente | |||
acreditadas en la venta de bienes objeto | No tiene ponderación- subsanable | ||
Condiciones | de | del presente contrato, este requisito | de acuerdo a los Artículo 2.2.8 del |
Experiencia | deberá ser acreditado por el proponente | decreto 734 de 2012- el resultado | |
dentro de su oferta y evaluado por la | es de habilitado o no hábil | ||
entidad de conformidad a lo dispuesto en | |||
el pliego de condiciones. |
Capacidad Financiera | La capacidad financiera del proponente se determinara de acuerdo con el análisis que el SENA realice sobre los documentos exigidos en la invitación pública, apoyado en las técnicas evaluativas y principios de contabilidad generalmente aceptados, serán habilitadas las propuestas que superen los índices mínimos establecidos en la invitación pública. | No tiene ponderación- subsanable de acuerdo a los Artículo 2.2.8 del decreto 734 de 2012- el resultado es de habilitado o no hábil |
Capacidad de Organización | Se verificara que el proponente cuente con una estructura logística y administrativa básica que le permita el control y disponibilidad de los bienes para cumplir de manera eficiente y oportuna al objeto del contrato, se habilitaran aquellas propuestas que cumplan con los requisitos mínimos de organización exigidos en la invitación pública, | No tiene ponderación- subsanable de acuerdo a los Artículo 2.2.8 del decreto 734 de 2012- el resultado es de habilitado o no hábil |
Técnico | Se verificara que los bienes ofertados contengan y cumplan las especificaciones técnicas solicitadas por la entidad en cada uno de los ítems señalados en la ficha técnica señalada en la invitación pública, en las cantidades señaladas, y se ajuste a las necesidades de la entidad | No tiene ponderación- subsanable de acuerdo a los Artículo 2.2.8 del decreto 734 de 2012- el resultado es de habilitado o no hábil |
Garantía de seriedad de la propuesta | El proponente deberá constituir a su xxxxx y a favor xxx XXXX, una garantía de seriedad de la propuesta, constituida mediante Póliza expedida por una compañía de seguros o un establecimiento bancario facultado para esto, por la superintendecia financiera de Colombia por el 10% del valor total del presupuesto oficial. | No tiene ponderación- subsanable de acuerdo a los Artículo 2.2.8 del decreto 734 de 2012- el resultado es de habilitado o no hábil |
Las propuestas ADMITIDAS luego de la verificación de los requisitos habilitantes serán evaluadas en el aspecto económico
Procedimiento presentación de la oferta inicial de precio y verificación de requisitos habilitantes:
a. En el momento señalado en la invitación pública, los proponentes presentaran una propuesta completa, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización y una propuesta inicial de precio, la cual solo será abierta en el momento de inicio de la puja (En caso de que el proponente no hagan nuevas propuestas de precio durante el certamen, dicho precio inicial se considera su propuesta final)
b. De conformidad al artículo 3.2.1.1.5 subsección I, sección I, capitulo II del decreto 734 de 2012
Para que una subasta pueda llevarse a cabo en los términos de este decreto deberán resultar habilitados para presentar lances de precios por lo menos dos
(2) proponentes.
El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes se publicará de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5 del presente decreto. En dicho informe se señalarán los proponentes que no se consideran habilitados y a los cuales se les concederá un plazo para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas. Luego de verificados y subsanados los requisitos habilitantes, si a ello hubiere lugar, las entidades procederán a llevar a cabo la subasta dentro de los plazos fijados en los pliegos de condiciones.
Si sólo un oferente resultare habilitado para participar en la subasta, la entidad adjudicará el contrato al proponente habilitado, siempre que su oferta no exceda el presupuesto oficial indicado en el pliego de condiciones y ajuste su oferta a un descuento mínimo.
Si no se presentara ningún proponente para participar en la subasta, la entidad ampliará el plazo para la presentación de los documentos habilitantes y la oferta inicial de precio, por el término indicado en los pliegos de condiciones, el cual en ningún caso podrá ser mayor de la mitad del inicialmente previsto. Si en este evento no se presentara ningún proponente, la entidad declarará desierto el proceso de selección.
Parágrafo 1°. Según se disponga en los pliegos de condiciones y a efecto del ajuste de la oferta a que se refiere el presente artículo, la entidad invitará al proponente habilitado a una negociación en la que, en aplicación de los principios de economía y transparencia, obtenga un menor precio de la oferta inicialmente presentada por parte del único habilitado, cuyo rango de mejora no podrá ser inferior al descuento mínimo indicado en el pliego.
Si fracasara la negociación, la entidad declarará desierto el proceso contractual, caso en el cual podrá reiniciarlo nuevamente en los términos previstos para este proceso de selección en el presente decreto. En este caso, si se hubiere solicitado garantía de seriedad de los ofrecimientos, la misma no se hará efectiva por parte de la entidad estatal ni podrá ser utilizada en la negociación para obtener acuerdo alguno.
Parágrafo 2°. En caso de declararse desierto el proceso de selección abreviada de subasta inversa regulado en el presente artículo, la entidad podrá iniciarlo de nuevo, prescindiendo de la publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones. De ser necesario se modificarán los elementos de la futura contratación que hayan sido determinantes en la declaratoria de desierta, sin que en ningún caso se cambie el objeto de la contratación, sin perjuicio de ajustes en las cantidades y el presupuesto.
Criterio de evaluación:
De acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 Articulo 5 de la Ley 1150 de 2007 y en la subastas inversas para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización a que se refiere el inciso 2 del literal a) del numeral 2 del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, se tendrá como único criterio de evaluación el precio, siempre y cuando se satisfaga las necesidades de la Entidad.
El valor global de la propuesta, teniendo en cuenta todos los costos de legalización y ejecución del contrato incluido IVA y no podrán superar el presupuesto oficial de los grupos
CRITERIO DE EVALUACION | ||
Nombre | Definición | Resultado |
Económico- Precio | El valor de la propuesta-incluyendo costo directos-deberá ser igual o inferior al presupuesto oficial, la propuesta económica debe ser clara y verificable matemáticamente, en ella se debe discriminar el IVA, el precio mas económico se deberá de acuerdo a las reglas de la subasta inversa presencial | Adjudicación |
Resultado | La escogencia se hará de manera GRUPAL, ya sea el No.1 y No, 2, algunos de ellos o todos, atendiendo las especificaciones esenciales (Cuadros de solicitud de elementos) con la totalidad de ítems por grupo, con el precio más bajo, siempre que se encuentre en condiciones xx xxxxxxx, satisfaga las necesidades de la entidad y aquella que no supere el presupuesto oficial, no tenga un precio artificialmente bajo, cumpla las especificaciones técnicas y de calidad requeridas, conforme a lo contenido en la invitación pública. | ESPACIO EN BLANCO |
14. Procedimiento de la subasta inversa presencial (articulo 3.2.1.1.8 subsección I, sección I, Capitulo II decreto 734 de 2012).
Antes de iniciar la subasta, a los proponentes se les distribuirán sobres y formularios para la presentación de sus lances. En dichos formularios se deberá consignar únicamente el precio ofertado por el proponente o la expresión clara e inequívoca de que no se hará ningún lance de mejora de precios.
La subasta inversa presencial se desarrollará en audiencia pública bajo las siguientes reglas:
a) La entidad abrirá los sobres con las ofertas iniciales de precio y comunicará a los participantes en la audiencia, únicamente, cuál fue la menor de ellas;
b) La entidad otorgará a los proponentes un término común señalado en los pliegos de condiciones para hacer un lance que mejore la menor de las ofertas iniciales de precio a que se refiere el literal anterior;
c) Los proponentes harán sus lances utilizando los sobres y los formularios suministrados;
d) Un funcionario de la entidad recogerá los sobres cerrados de todos los participantes;
e) La entidad registrará los lances válidos y los ordenará descendentemente. Con base en este orden, dará a conocer únicamente el menor precio ofertado;
f) Los proponentes que presentaron un lance no válido no podrán en lo sucesivo seguir presentando lances, y se tomará como su oferta definitiva al último válido;
g) La entidad repetirá el procedimiento descrito en los anteriores literales, en tantas rondas como sea necesario, hasta que no se reciba ningún lance que mejore el menor precio ofertado en la ronda anterior;
h) Una vez adjudicado el contrato, la entidad hará público el resultado del certamen incluyendo la identidad de los proponentes.
Parágrafo. Cuando no haya más lances de mejora de precio y exista empate, se adjudicará el contrato al que presentó la menor propuesta inicial. De persistir el empate, se desempatará por medio de sorteo.
• MARGENES MINIMOS DE MEJORA DE OFERTA.
• Los PROPONENTES sólo podrán presentar una nueva propuesta si reducen su oferta vigente en mínimo el 0.25% del valor de la propuesta inicial o de la propuesta inmediatamente anterior.
15. Análisis que sustenta la exigencia de los mecanismos de cobertura que garantizan las obligaciones tanto del proceso de selección como del contrato:
Para el acto contractual a realizar, en cumplimiento de Lo dispuesto en el articulo del capitulo I titulo V, artículo 5.1.1 del decreto 734 de 2012, el CONTRATISTA debe constituir, una vez registrado presupuestalmente el acto contractual, por intermedio de una compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar o una entidad bancaria o cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo contemplados en, Garantía única de cumplimiento de las obligaciones surgidas del Contrato así:
• Cumplimiento del contrato: Por una suma equivalente al 10% del valor del contrato con una vigencia a la duración del contrato y cuatro (4) meses más.
• Calidad y correcto funcionamiento del bien suministrado: Por una suma equivalente al 50% del valor del contrato con una vigencia igual a la duración y dos (2) años mas
16. Supervisión:
La supervisión del contrato estará a cargo del funcionario delegado por el Subdirector del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx - SENA Regional Nariño
En consecuencia de lo anterior, El Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx - SENA Regional Nariño considera necesario, conveniente y viable adelantar el proceso de selección abreviada de acuerdo a las normas, procedimientos y legislación concordante con esta necesidad.
Pasto, 8 de noviembre del 2012
ORIGINAL FIRMADO XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX
SUBDIRECTOR CENTRO INTERNACIONAL DE PRODUCCION LIMPIA XXXX XXXX REGIONAL NARIÑO
Reviso: Xxxxxxx Xxxxxx X.
Proyecto: Xxxxxx X.
EL SUBDIRECTOR DEL CENTRO INTERNACIONAL DE PRODUCCION LIMPIA XXXX XXX XXXX REGIONAL NARIÑO
CERTIFICA:
Que para garantizar el normal funcionamiento del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx, en la prestación de servicios de la formación integral a los aprendices es necesario contratar la Suministros de equipos para Implementación del laboratorio de Ciencias en el área de análisis de suelos del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx – SENA Regional Nariño.
ITEM | OBJETO | CANT | V.UNIT | V. TOTAL |
1 | Suministro de equipos para Implementación del laboratorio de Ciencias en el área de análisis de suelos del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx – SENA Regional Nariño. | $137.557.125 | $137.557.125 | |
VALOR | $137.557.125 |
VALOR : CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS MDA CTE. ($137.557.125.oo)
incluyendo IVA.
Se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nos. 36612 del 26 de Septiembre de 2012 que para tal efecto expidió el área de Presupuesto con imputación COMPRA DE EQUIPOS (968) C-410-704-4. CENTRO INTERNACIONAL DE PRODUCCION LIMPIA LOPE - SENA
REGIONAL NARIÑO. De acuerdo a la aprobación de vigencias futuras 2013 y 2014 Ref: 0-0000-000000 establecidas en el decreto 111 de 1996, ley 819
de 2003, decreto 4730 de 2005 y la Resolución No 11 de 1997 del Consejo Superior de Política Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
ORIGINAL FIRMADO XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX
Subdirector Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx XXXX – REGIONAL NARIÑO
LA DIRECTORA XXX XXXX REGIONAL NARIÑO
AUTORIZA:
Con base en lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º del Decreto 2209 del 29 de octubre de 1998 y el Art 00 Xxxxxxx 000 xxx 0000, Xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxx Xxxxxx autoriza la contratación de Suministro de equipos para implementación del laboratorio de Ciencias en el área de análisis de suelos del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx – SENA Regional Nariño
No obstante, para suscribir la correspondiente contratación. El Subdirector del Centro Internacional de Producción Limpia Xxxx xxx XXXX Regional Nariño debe contar los estudios previos descritos en el 2.1.1. Del título II del Decreto 734/2012, y velar por el cabal cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 3.5.1 del CAPITULO V del decreto 734 de 2012 sobre la adquisición de bienes y servicios.
Autorización No. 294
ORIGINAL FIRMADO
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX DIRECTORA SENA REGIONAL NARIÑO