PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 18346
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION DE LA INFRAESTRUCTURA, OPERACIÓN, MANTENIMIENTO y DESARROLLO DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE LA A.N.P.
ÍNDICE
SECCIÓN X. XXXXX GENERAL 4
Artículo 1º Objeto 4
Artículo 2º Marco jurídico de referencia. Jurisdicción. 4
Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente 4
Artículo 4º Recaudos y Normas de seguridad 4
Artículo 5º Información complementaria 4
SECCIÓN II. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO 6
Artículo 6º Objeto detallado del servicio 6
Artículo 7º Alcance de los servicios respecto a Infraestructura 6
Artículo 8º Alcance de los servicios respecto a los sistemas informáticos 9
Artículo 9º Alcance de los servicios respecto a requerimientos generales 10
Artículo 10º Fases del servicio requerido 11
Artículo 11º Equipo de Trabajo 12
Artículo 12º Condiciones del servicio 17
Artículo 13º Recursos extraordinarios 20
Artículo 14º Supervisión de los trabajos 20
Artículo 15º Antecedentes, referencias e idoneidad técnica 21
Artículo 16º Sustitución de personal 21
Artículo 17º Acceso a las dependencias de la A.N.P. y examen del sitio 22
Artículo 18º Pago del servicio 22
Artículo 19º Período de transición 23
Artículo 20º Plazo del Contrato 24
Artículo 21º Confidencialidad 24
Artículo 22º Propiedad intelectual y derechos de autor 24
Artículo 23º Indicadores y Niveles de servicio 25
SECCIÓN III. PROCESO LICITATORIO 27
Artículo 24º Adquisición, valor xxx xxxxxx y domicilio 27
Artículo 25º Aclaraciones a los documentos de la licitación 27
Artículo 26º Modificación de los documentos de la licitación 27
Artículo 27º Presentación de la oferta 27
Artículo 28º Condiciones generales de la oferta 28
Artículo 29º Contenido de la oferta 29
Artículo 30º Precio 29
Artículo 31º Ajuste de precio 30
Artículo 32º De la apertura 30
Artículo 33º Plazo de mantenimiento de oferta 31
Artículo 34º Garantía de mantenimiento de la oferta 31
Artículo 35º Garantía por pedido de prórroga 33
Artículo 36º Evaluación de la solvencia económica 33
Artículo 37º Evaluación de las ofertas y Criterio de adjudicación 34
Artículo 38º Manifiesto 37
Artículo 39º Reserva y derecho 38
Artículo 40º Notificación 38
SECCIÓN IV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 39
Artículo 41º Garantía de contrato y obligaciones laborales. 39
Artículo 42º Contrato 39
Artículo 43º Documentos contractuales 40
Artículo 44º Cesión del contrato 40
Artículo 45º Responsabilidad del adjudicatario. 40
SECCIÓN V. FINAL DE LA CONTRATACIÓN 42
Artículo 46º Régimen sancionatorio y multas 42
Artículo 47º Extinción de la contratación 42
Artículo 48º Rescisión por incumplimiento 42
Artículo 49º Liquidación del contrato por rescisión 43
Artículo 50º Xxxx 43
ANEXO I COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD 44
ANEXO II CUADRO DE ANTECEDENTES 47
ANEXO III CUADRO DE CALIFICACIÓN TÉCNICA 48
ANEXO IV MODELO DE AVAL 51
SECCIÓN X. XXXXX GENERAL
Artículo 1º Objeto
La Administración Nacional de Puertos llama a licitación pública para la contratación de un proveedor que suministre servicios informáticos que permitan dar continuidad a los ya existentes, asumiendo el oferente la responsabilidad por el mantenimiento del nivel de servicio solicitado.
Estos servicios comprenderán la administración de la infraestructura y comunicaciones, operación y mantenimiento de los Sistemas Informáticos de la Administración Nacional de Puertos (en adelante denominada A.N.P.), así como el desarrollo de nuevas aplicaciones o mejoramiento de las existentes mediante la provisión de recursos humanos calificados para la prestación de ese servicio.
Artículo 2º Marco jurídico de referencia. Jurisdicción.
Este llamado estará regido por las Leyes y Normas vigentes, en particular por la ley 17.957, ley 18.083 y sus decretos reglamentarios, las leyes N° 18.099 y 18.251, Ley
18.381 y Decreto Reglamentario 232/2010, el Decreto Nº 150/012 - TOCAF 2012, Decreto Nº 500/991 de fecha 1/12/991, el "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales" (Parte III), el "Pliego de Bases y Condiciones Particulares para Contratación de Suministros y Servicios no Personales de la Administración Nacional de Puertos" (Parte II) y el presente Pliego de Condiciones Particulares.
Para todas las cuestiones relativas al cumplimiento o interpretación del contrato será aplicable la legislación y jurisdicción de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente
El contratista deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias dictadas o a dictarse en materia portuaria, laboral, fiscal, aduanera, de seguridad en el trabajo, de preservación del medio ambiente, de seguridad social y de policía.
Artículo 4º Recaudos y Normas de seguridad
El servicio objeto de esta licitación se prestará de acuerdo a lo previsto en la Sección II del presente Xxxxxx y a las condiciones de los Pliegos ya citados en todo lo que fuere aplicable, así como las instrucciones del encargado que la A.N.P. designe para el control del contrato.
Se exigirá el estricto cumplimiento de todas las normas de seguridad vigentes, establecidas por la Ley y por las reglamentaciones del Banco de Seguros del Estado y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 5º Información complementaria
Se entregará a los representantes acreditados de las empresas que hayan adquirido el pliego documentación complementaria a lo especificado en la SECCION II Especificaciones Técnicas del Servicio la cual tiene carácter de reservado y confidencial.
Para retirar la mencionada documentación el representante de la empresa deberá presentarse en la Unidad Licitaciones, 3er piso del Edificio Sede de ANP, Oficina
305 en el horario de 9 a 16 hs con el documento firmado que se adjunta en el ANEXO I COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD el cual tiene el fin de asegurar la reserva y confidencialidad de la información que será entregada.
SECCIÓN II. ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO
Artículo 6º Objeto detallado del servicio
El servicio a contratar consiste en: por una parte la administración, operación y mantenimiento de todo el hardware, de los sistemas de red, de comunicaciones y seguridad existentes y futuros que permitan mantener en continua operación la infraestructura sobre la que se ejecutan los diferentes sistemas informáticos de la A.N.P.. Por otra parte, la operación y mantenimiento correctivo y evolutivo de los actuales Sistemas Informáticos de la Administración Nacional de Puertos y la operación y mantenimiento de desarrollos futuros realizados por el oferente o por la incorporación de aplicaciones desarrolladas por terceros.
Artículo 7º Alcance de los servicios respecto a Infraestructura
El oferente será plenamente responsable de la configuración, administración, operación y mantenimiento del hardware, de los sistemas de red y de comunicaciones existentes y futuros.
El oferente deberá brindar soporte y/o solución a todos los requerimientos/incidentes que se reciban respecto a toda la infraestructura informática de la A.N.P. para garantizar el correcto funcionamiento de la misma.
Se deberá considerar que:
- Toda la infraestructura será provista por la A.N.P., en caso de requerir nuevo equipamiento éste será adquirido por la A.N.P.
- Los servicios solicitados aplican tanto a la infraestructura y sistemas existentes actualmente en la A.N.P. como a los que sean adquiridos o sustituidos dada la natural evolución de la informática en los años en que dure el contrato.
- El soporte del hardware es responsabilidad de la ANP pero será responsabilidad del adjudicatario dar aviso, en caso de ser necesario, de un requerimiento de servicio a efectos de generar el reclamo correspondiente para solucionar el incidente o problema detectado.
- El oferente deberá relacionarse con los diferentes proveedores de la A.N.P. (a modo de ejemplo: hardware, comunicaciones, balanzas, molinetes, etc.) para reportar incidentes, reclamos por equipamiento en garantía, resolver problemas y para coordinar instalaciones, mantenimientos, configuraciones, etc. a efectos de asegurar el nivel esperado de los servicios contratados.
- El oferente deberá mantener actualizada las licencias/versiones de los sistemas operativos, routers, sistemas de base, etc. y que las mismas serán adquiridas por la A.N.P.
- El oferente deberá presentar, en la duración del contrato, recomendaciones de mejora en la arquitectura de infraestructura proponiendo en forma periódica los cambios que considera se deberían realizar, para un correcto funcionamiento de la infraestructura acorde a los avances tecnológicos, los nuevos equipos que se instalen en el futuro y las nuevas necesidades que requiera la A.N.P..
- El oferente deberá realizar el mantenimiento preventivo y correctivo en los diferentes equipos, enlaces, redes, etc.
- El oferente deberá realizar la gestión de inventario a modo de identificar la infraestructura y su ubicación, exceptuando los Puestos de Trabajo.
- El oferente deberá llevar registro y realizar la gestión de garantías de la infraestructura informática de la A.N.P., exceptuando los Puestos de Trabajo.
- El oferente será responsable a modo de ejemplo pero no exclusivo de la operación, monitoreo y gestión de fallos, instalación y configuración de dispositivos, análisis y mejoras respecto a la performance del equipamiento de la A.N.P.
- El oferente deberá poder instalar equipamiento requerido por la A.N.P.
- El oferente deberá llevar registro de los incidentes/requerimientos solicitados a modo de poder realizar el seguimiento del estado de los mismos hasta su resolución/cierre y a modo de presentar estadísticas y mejoras que permitan disminuir los mismos.
Los servicios solicitados para los diferentes componentes de la infraestructura de la
A.N.P. son a modo de descripción general y no excluyente:
Servidores
El servicio deberá cubrir la instalación, configuración, operación, administración, mantenimiento y monitoreo de servidores.
El servicio deberá incluir la instalación, configuración y administración del software base y de virtualización de servidores.
El oferente deberá realizar la instalación de parches, nuevas versiones, etc.
Se deberán administrar los diferentes ambientes con los que operan los usuarios en la A.N.P.: producción, desarrollo, pruebas, etc.
Se deberá realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los diferentes servidores así como todo lo que se requiera para el correcto funcionamiento de los mismos.
Se deberá realizar el análisis de funcionamiento y de performance a efectos de asegurar el correcto funcionamiento de los mismos.
Sistemas de comunicaciones y redes
El servicio deberá cubrir la administración, mantenimiento, monitoreo y plan de mejora a futuro de todos los enlaces de comunicaciones y redes existentes y futuros tanto para el puerto de Montevideo así como en todas las locaciones o puertos del país administrados por la A.N.P.. Tomar en cuenta que la A.N.P. puede tener que hacerse cargo de nuevos puertos/locaciones en el futuro.
El oferente será responsable del correcto funcionamiento de la red así como de todos los enlaces de comunicaciones de la A.N.P.
El oferente deberá:
• Realizar la gestión de reclamos por enlaces caídos.
• Instalar, configurar y administrar la topología lógica de red (direccionamiento ip, ruteo, etc.)
• Realizar la instalación de parches, nuevas versiones, etc. de los componentes físicos/lógicos de los enlaces de comunicaciones y redes
• Instalar, configurar, y poner en producción todo equipamiento necesario para el correcto funcionamiento de los enlaces de la A.N.P.
• Realizar el monitoreo y análisis de funcionamiento y de performance de los diferentes sistemas de comunicaciones y de redes.
• Asesorar permanentemente y presentar planes en cuanto a la mejora de la arquitectura de redes y enlaces existentes durante la duración del contrato
• Realizar mantenimiento correctivo y preventivo para el correcto y esperado nivel de servicio.
Puestos de trabajo
La A.N.P. cuenta con recursos propios para atender los requerimientos que se reciban para brindar servicio al siguiente equipamiento:
- Computadoras personales
- Impresoras simples y multifunción
- Notebooks
- Escáneres
- Relojes
- etc.
La A.N.P. también cuenta con recursos propios para la configuración e instalación de software base (sistema operativo, antivirus, sistemas de oficina, drivers, etc.) en los puestos de trabajo.
No obstante lo mencionado anteriormente se requiere del oferente el soporte, en caso de ser necesario, para la resolución de problemas o para la instalación/configuración de aplicaciones en los puestos de trabajo.
Otro Hardware
Respecto a hardware tipo: antenas, switches, routers, robot de cintas, sistemas de almacenamiento (storage), modems, equipamiento inalámbrico, etc. el oferente deberá ser capaz de instalar, configurar, operar, administrar y monitorear dicho equipamiento para que la A.N.P. pueda contar con el correcto funcionamiento del mismo.
Así mismo deberá realizar la instalación de parches, nuevas versiones, etc. del mencionado hardware.
Respecto a otro tipo de hardware a modo de ejemplo: balanzas, molinetes, etc. el oferente deberá interactuar con los proveedores a efectos de mantener en correcto funcionamiento las aplicaciones que los utilizan dado la interacción que tienen con sistemas de la A.N.P..
Sitio de Contingencia
El sitio de Contingencia está ya previsto y el oferente será responsable del correcto funcionamiento, mantenimiento, etc. del hardware y software propiedad de la A.N.P. o adjudicado a la A.N.P. al igual que si el mismo estuviera en la A.N.P..
Así mismo deberá sugerir y asesorar en las mejoras que entienda sea de conveniencia para la A.N.P. considerando las mejores prácticas para la administración de dicho sitio.
El oferente deberá documentar el plan de contingencia y mantenerlo actualizado.
El sitio deberá ser probado periódicamente para lo cual deberá presentarse un plan de pruebas el cual será aprobado por el Departamento de TI. Todas las pruebas a realizar se coordinarán con el Departamento de TI.
Seguridad
El oferente deberá actualizar, implementar, administrar y realizar el seguimiento y monitoreo de las Políticas de Seguridad para las diferentes plataformas utilizadas por A.N.P.. Para este servicio se deberá presentar un Plan de mejora a los 4 meses de iniciado el contrato el cual será posteriormente aprobado y desarrollado en forma coordinada con el Departamento de TI.
Las políticas de Seguridad deben abarcar como mínimo:
- Control de acceso físico a la sala de servidores y a las instalaciones en las cuales se realizará el servicio.
- Control y Administración de la seguridad de usuarios, sistemas operativos, bases de datos, routers, firewalls, etc.
- Seguridad para los puestos de trabajo.
- Recomendaciones para la seguridad física de la infraestructura de la
A.N.P. fuera de la sala de servidores.
- Planes de mejora continua basados en standards.
- Creación y mantenimiento de la documentación de dichas políticas de seguridad.
- etc.
El oferente deberá además instalar, configurar y administrar, a modo de ejemplo,: Antivirus, Proxy, firewall, VPN, etc.
Respaldos
El oferente deberá:
Gestionar los respaldos para garantizar la total recuperación de los servicios de Informática en caso de ser necesario.
Documentar del plan de respaldos y realizar el mantenimiento del mismo.
Realizar pruebas de recuperación de los respaldos que garanticen un correcto funcionamiento de los mismos, el cual será coordinado con el Departamento de T.I.
Artículo 8º Alcance de los servicios respecto a los sistemas informáticos
El oferente deberá proveer los servicios de desarrollo, mantenimiento evolutivo y correctivo, operación y soporte para los sistemas informáticos de la A.N.P. para garantizar el correcto funcionamiento de los mismos y en las condiciones establecidas en el presente pliego.
Así mismo el oferente deberá tener la capacidad de desarrollar o recibir nuevas aplicaciones durante el lapso que dure el contrato.
El oferente deberá considerar que:
- Las aplicaciones existentes al momento de confeccionar este pliego están mayoritariamente desarrolladas en GENEXUS y en menor medida RPG y lenguajes y utilitarios propios de computadores personales como ACCESS, CLIPPER, VISUALBASIC, etc.
- En el plazo en que dure el contrato se podrán eliminar sistemas.
- Debido a la natural evolución de la informática y a la duración que tendrá el contrato el oferente deberá tener la capacidad de adecuar su personal a nuevas tecnologías, metodologías, etc.
- Se deberán actualizar de versión las aplicaciones desarrolladas en Genexus previo acuerdo con el Departamento de TI.
- Se deberá realizar una actualización tecnológica de los sistemas que estén en lenguaje RPG nativo (excluyendo aquellos que sean un paquete) y de las aplicaciones que estén en Access, Clipper o Visual Basic previo acuerdo con el Departamento de TI.
- Será responsable de la actualización de la documentación existente y de la confección de nueva documentación para las aplicaciones que se desarrollen/reciban en el marco de esta contratación, bajo técnicas estándar acordadas con el Departamento de TI.
- El oferente deberá llevar registro de los requerimientos solicitados a modo de poder realizar el seguimiento del estado de los mismos hasta su resolución/cierre y a modo de presentar mejoras que permitan disminuir los mismos.
- Deberá seguir los estándares de desarrollo vigentes de la A.N.P. y en caso de no existir algún estándar deberá crearlo e implementarlo luego de ser aprobado por el Departamento de TI.
Artículo 9º Alcance de los servicios respecto a requerimientos generales
Los servicios solicitados aplican tanto a la infraestructura y sistemas existentes actualmente en la A.N.P. como a los que se adquirirán dado la natural evolución de la informática en los años en que dure el contrato.
El oferente deberá:
- Gestionar el mantenimiento de Inventarios de Infraestructura y de sistemas informáticos de la A.N.P..
- Gerenciar los recursos humanos propios aplicados a la actividad objeto de este pliego.
- Brindar asesoramiento en políticas y planificación de T.I. a mediano y largo plazo con adecuación a la estrategia general de la A.N.P..
- Mantener la documentación existente actualizada y elaborar la documentación nueva que el oferente o la A.N.P. consideren necesaria. Se
deberá mantener una lista de los documentos existentes a lo largo de todo el contrato.
- Instalar nuevas aplicaciones y nuevos servicios a requerimiento de la A.N.P..
- Cumplir con los niveles de servicio según lo previsto en el Artículo 23º.
- Explicitar claramente el control de calidad que se aplicará tanto en los servicios de infraestructura como en mantenimiento/desarrollo de software y las certificaciones con que cuente la firma, debidamente documentadas, relacionadas a este aspecto y que la misma se comprometa a respetar y aplicar en el marco de esta contratación, las que de lo contrario no se tendrán en cuenta.
- Tener la capacidad de realizar el traspaso de la información a terceras partes cuando finalice el contrato de modo tal que el nuevo proveedor pueda proveer el servicio informático requerido por la A.N.P..
Artículo 10º Fases del servicio requerido
Se considerarán 3 fases durante el contrato:
Fase 1 - Recepción del servicio
En esta fase el adjudicatario recibirá todos los servicios de infraestructura y aplicativos a efectos de adquirir los conocimientos necesarios para poder brindar los servicios solicitados objeto de este pliego.
El adjudicatario tendrá acceso a toda la documentación existente referida a los servicios solicitados en este pliego y contará con la transferencia de conocimiento del actual proveedor de los servicios.
El adjudicatario deberá en esta fase adquirir también el conocimiento de las tareas ocasionales, diarias, semanales, mensuales, anuales, etc.
El adjudicatario deberá desde esta fase y durante todo el contrato actualizar la documentación existente o crearla en caso de que no existiera.
El oferente deberá presentar en su oferta para esta fase:
- Descripción de la metodología a utilizar indicando criterios de finalización de cada hito
- Plan detallado para esta fase indicando sus tareas y duración
- Equipo que estará involucrado indicando roles y responsabilidades de acuerdo al plan presentado
- Riesgos de esta fase y su mitigación
La omisión de esta información será causal de descalificación de la oferta. Esta fase tendrá una duración máxima de 1 mes.
Fase 2 - Ejecución del servicio
En esta fase se considera que el adjudicatario tiene la capacidad y debe brindar el servicio solicitado con todas las condiciones requeridas en este pliego.
Es por ello que a partir de esta fase se deberán medir los niveles de servicio acordados y se podrán aplicar las penalizaciones que correspondan en el caso de no cumplimento de los mismos.
El oferente deberá presentar en su oferta para esta fase:
- Descripción de la metodología a utilizar indicando además planes se seguimiento y tareas a realizar.
- Equipo que estará involucrado indicando roles y responsabilidades
- Riesgos de esta fase, su mitigación y procedimiento para el seguimiento de los mismos
La omisión de esta información será causal de descalificación de la oferta. Fase 3 – Transferencia del servicio
Durante esta fase el adjudicatario será responsable del servicio y deberá realizar la transferencia total de conocimientos, documentación, procedimientos, etc. de las aplicaciones y de la infraestructura a la A.N.P. o a terceras partes.
El oferente deberá presentar en su oferta para esta fase:
- Descripción de la metodología a utilizar indicando criterios de finalización de cada hito
- Plan detallado para esta fase indicando sus tareas y duración
- Equipo que estará involucrado indicando roles y responsabilidades de acuerdo al plan presentado
- Riesgos de esta fase y su mitigación
La omisión de esta información será causal de descalificación de la oferta. Esta fase tendrá una duración máxima de 1 mes.
Artículo 11º Equipo de Trabajo
El oferente deberá presentar la estructura organizativa, los roles y responsabilidades con la cual prestará y cumplirá con los servicios objeto de este llamado.
Se deberá detallar la integración y dedicación del grupo de trabajo ofertado. En particular, las ofertas deberán contener un detalle de la integración de los recursos humanos que destinarán a este servicio, estableciéndose las áreas a los que los mismos estarán dedicados, debiendo contener: el nombre y currículum profesional firmado por cada integrante (haciéndose responsable de la información suministrada); detallándose en particular: formación, experiencia laboral, área de especialización, conocimientos de lenguajes de programación, herramientas, sistemas, experiencia en plataformas similares a la de A.N.P. y dedicación y horario comprometidos.
Referente a la experiencia laboral correspondiente a los últimos 10 años, en el currículum profesional, se deberán incluir los cargos desempeñados en la actividad privada y pública. Se deberá detallar, entre otros elementos, el rol desempeñado, el período de ejercicio de los mismos y una breve descripción de las tareas
desempeñadas, herramientas utilizadas, etc.. Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
Estos datos son imprescindibles, por lo que para los integrantes a los que se omita alguna de las informaciones requeridas serán valorados con cero ( 0 ) en este ítem.
Para los integrantes del equipo de Desarrollo, a excepción de los programadores junior y testers, se exige y en consecuencia, deberá acreditarse, al menos bachillerato completo y un título en el área informática de una carrera de nivel terciario o universitario (Analista, Licenciado o Ingeniero), de duración mínima de 2 (dos) años. Los títulos presentados deberán ser expedidos por UDELAR o instituciones reconocidos por el Ministerio de Educación y Cultura. En caso de no poseer alguno de los títulos anteriormente solicitados, para el 20% de los Analistas Programadores senior, deberán justificar una experiencia laboral en tareas de desarrollo no menor a 8 (ocho) años en las herramientas que cuenta la A.N.P
Además para al menos el 60% del grupo propuesto como Analistas Programadores y Arquitecto de aplicaciones, deberá aportarse de forma complementaria los certificados que acrediten haber realizado y aprobado los cursos de formación en el uso de la herramienta Genexus.
Para el caso de los Programadores Junior deberá acreditarse, al menos bachillerato completo y ser estudiante avanzado o haber finalizado la carrera informática o una carrera técnica informática en UDELAR o en instituciones reconocidos por el Ministerio de Educación y Cultura.
Para el caso de los Testers deberá acreditarse, al menos bachillerato completo.
Todos los integrantes, de este grupo, deberán acreditar formación y experiencia relacionadas con análisis, programación y/o testeo de sistemas informáticos.
En todos los casos y especialmente en el caso de Operadores y Responsable de la infraestructura, red y telecomunicaciones, se valorará la formación debidamente documentada relacionada con la plataforma y software de base utilizado por A.N.P.
A modo de ejemplo: Sistema Operativo de servidores iOS 7.1 (correspondiente a los sistemas Power 8), MS Windows Server 2003/2012, Linux, VMware, GXServer y diferentes versiones de Genexus, MS Exchange, Domino, configuración de switches, etc. así como en herramientas de oficina tales como MS Office, MS Project, MS Xxxxx, etc.
Ante cualquier cambio tecnológico que ocurra, la empresa adjudicataria será responsable de la capacitación o cambio de sus técnicos para la correcta prestación del servicio siempre teniendo en cuenta que el servicio no se vea afectado.
No menos del 60% (sesenta por ciento) del personal ofrecido para actuar directamente en A.N.P., excluidos los operadores, deberá acreditar su vinculación contractual cualquiera sea esta con la firma oferente durante los últimos 10 (diez) meses, anteriores a la fecha de apertura. Este requisito será excluyente, siendo causal de rechazo de la oferta.
El oferente no podrá incluir en su nómina, personal que pertenezca directa o indirectamente a organismos o empresas estatales o privadas relacionadas con el quehacer portuario nacional. Los funcionarios o los colaboradores de la A.N.P. por vía de contratos de arrendamiento de servicios u obra, no podrán integrar la nómina
del personal propuesta por el oferente, ni contratar con la A.N.P. de acuerdo a lo previsto por el Artículo 72 del TOCAF/12.
Se valorará el soporte que pueda brindar el adjudicatario en cuanto a perfiles pertenecientes a su organización, que no formando parte del equipo adjudicado directamente a la A.N.P., puedan brindar apoyo en caso de ser necesario por ejemplo en herramientas, metodologías, resolución de problemas puntuales, asesoramiento técnico, nuevas tecnologías, etc..
Roles mínimos a considerar dentro del equipo de trabajo:
Responsable del Servicio
Tendrá como cometidos la gestión y administración de los recursos humanos y materiales para el cumplimiento del servicio solicitado en este pliego, así como la toma de decisiones en acuerdo con el Departamento de T.I. de A.N.P., constituyéndose en el nexo de ambas partes contratantes. El oferente deberá proponer como Responsable del Servicio a un profesional con título universitario de Ingeniero de Sistemas o Ingeniero en Computación expedido por UDELAR o instituciones terciaras reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura.
Deberá presentar experiencia en gerencia de proyectos informáticos y liderazgo de equipos de un mínimo de 5(cinco) años.
Deberá contar con una experiencia laboral mínima documentada de 5 (cinco) años en proyectos de similar porte y características al solicitado por la A.N.P. en este pliego.
Se valorarán postgrados y certificaciones.
El responsable del servicio deberá contar con una dedicación de tiempo completo, debiendo cumplir 8 horas laborables diarias dentro del horario comprendido de Lunes a Viernes entre las 9:00 y las 19:00, ON SITE en la A.N.P..
Responsable de la infraestructura, red y telecomunicaciones
Quien desempeñe este cargo tendrá como función la responsabilidad del correcto funcionamiento de la infraestructura, que asegure la disponibilidad de la misma, deberá además proponer mejoras en la topología de las diferentes redes que debe administrar en la ANP no solo en Montevideo sino en los puertos del interior y participar en el desarrollo e implementación de nuevas alternativas para poder cubrir casos de contingencia. Junto con el Departamento de TI deberá establecer procesos de mejoras, planificar tareas y recursos para poder cumplir con los objetivos y los constantes cambios a los que se ve impuesto la ANP.
Deberá poseer un título en el área informática de una carrera de nivel terciario o universitario (Analista, Licenciado o Ingeniero), de duración mínima de 3 años. Los títulos presentados deberán ser expedidos por UDELAR o instituciones terciarias reconocidos por el Ministerio de Educación y Cultura. Deberá así mismo acreditar experiencia laboral mínima documentada de 4 (cuatro) años en proyectos de similares características, capacitaciones y/o certificaciones para la ejecución del rol a desempeñar.
El responsable del servicio deberá contar con una dedicación de tiempo completo, debiendo cumplir 8 horas laborables diarias dentro del horario comprendido de Lunes a Viernes entre las 9:00 y las 19:00, ON SITE en la A.N.P..
Responsable de seguridad de la Información
Quien desempeñe este cargo dependerá de forma directa del Departamento de T.I. y su función será la de asesorar a la misma y a través de ella a la A.N.P., en materia de administración de los recursos informáticos y especialmente en la fijación e implementación de los mecanismos necesarios en materia de seguridad, que aseguren la disponibilidad y confidencialidad de la información contenida en los diferentes sistemas y bases de datos de la A.N.P..
Será responsable por la definición de políticas y cumplimientos de estándares, que permitan la implementación de la seguridad en Proyectos de Tecnología y en los diferentes Sistemas, deberá optimizar los procesos actuales y proponer mejoras.
Como requisito para realizar esta tarea, deberá poseer un título en el área informática de una carrera de nivel terciario o universitario (Analista, Licenciado o Ingeniero), de duración mínima de 3 años, expedido por la UDELAR o instituciones terciarias reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura. Deberá así mismo acreditar experiencia laboral mínima documentada de 3 (tres) años en proyectos de similares características, capacitaciones y/o certificaciones para la ejecución del rol a desempeñar.
El responsable del servicio deberá contar con una dedicación de tiempo completo, debiendo cumplir 8 horas laborables diarias dentro del horario comprendido de Lunes a Viernes entre las 9:00 y las 19:00, ON SITE en la A.N.P..
Operadores
Las personas que estén afectadas a este rol, deberán poseer experiencia comprobada en la operación, mantenimiento, configuración, monitoreo, etc. de servicios de infraestructura de TI.
A modo de ejemplo se detallan las tareas que actualmente realizan en la A.N.P.
- Creación de usuarios y asignación de permisos, para las diferentes plataformas.
- Atención a usuarios finales.
- Monitoreo de los procesos batch e interactivos que deben ejecutarse en cualquiera de las plataformas existentes
- Monitoreo de la capacidad de procesamiento y de almacenamiento con los que cuenta la A.N.P.
- Mantenimiento en la configuración de menú inicial de usuarios.
- Gestión y administración del software de replicación de datos.
- Puestas en producción de las aplicaciones.
- Instalación de sistemas propios y de terceros.
- Monitoreo de disponibilidad de los diferentes servidores y de la red.
- Gestión de reclamos a proveedores de la ANP.
- Reportes para las diferentes auditorias.
- Respaldos y restauraciones de los diferentes sistemas y datos.
- Encendido y apagado de los diferentes equipos que cuenta la ANP
Se deberá así mismo acreditar experiencia laboral mínima documentada de 1 (un) años en tareas de similares características, capacitaciones y/o certificaciones para la ejecución del rol a desempeñar.
Arquitecto de aplicaciones
La persona asignada a esta tarea, será responsable de diseñar y mantener la arquitectura de las aplicaciones y de la arquitectura funcional, contribuyendo al mantenimiento de la consistencia entre las diferentes arquitecturas existentes en las arquitecturas de la ANP.
Analizar, diseñar y mantener los estándares y metodologías relacionados. Recomendar y colaborar en la toma de decisiones acerca de aspectos de reutilización y desarrollo de los diferentes componentes. Participar en la definición y análisis de soluciones técnicas que se planteen en la administración. Analizar y proponer mecanismos de integración y comunicación entre aplicaciones.
Deberá poseer un título en el área informática de una carrera de nivel terciario o universitario (Analista, Licenciado o Ingeniero), de duración mínima de 3 años. Los títulos presentados deberán ser expedidos por UDELAR o instituciones terciarias reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura.
Deberá así mismo acreditar experiencia laboral mínima documentada de 5 (años) años en proyectos de similares características, capacitaciones y/o certificaciones para la ejecución del rol a desempeñar.
Analista Programador
Serán responsables por el mantenimiento y desarrollo de las aplicaciones existentes y de nuevas aplicaciones que surjan como necesidad en el transcurso del contrato. Deberán tener conocimiento de las tecnologías utilizadas en la A.N.P.
a) Analista Programador senior
La dotación de técnicos en esta categoría deberá ser de al menos el 70% del total de los analistas programadores que integrarán el equipo.
Serán responsables por el mantenimiento, análisis y desarrollo de las aplicaciones existentes y de nuevas aplicaciones que surjan como necesidad en el transcurso del contrato.
Deberán acreditar el desempeño de funciones de analista de requerimientos y analista programador, habiendo integrado equipos de similar porte y tecnologías con las que cuenta la A.N.P. y contar con una experiencia laborar mínima documentada de 5 (cinco) años al momento de la presentación de la oferta.
b) Programador Junior
El resto de la dotación de técnicos podrá ser completada con técnicos de esta categoría.
Serán responsables por el mantenimiento y desarrollo de las aplicaciones existentes y de nuevas aplicaciones que surjan como necesidad en el transcurso del contrato.
Deberán acreditar el desempeño satisfactorio de funciones de programador, habiendo integrado equipos de similar porte y tecnologías con las que cuenta la
A.N.P. y contar con una experiencia laborar mínima documentada de 2 (dos) años al momento de la presentación de la oferta.
Tester
Será responsable de planificar y diseñar los planes de testing, así como la elaboración, gestión y ejecución de casos de prueba, generar juegos de datos de prueba, realizar seguimiento de errores encontrados, proponer algún software de automatización de pruebas.
Se deberá así mismo acreditar experiencia laboral mínima documentada de 2 (dos) años en tareas de similares características, capacitaciones y/o certificaciones para la ejecución del rol a desempeñar.
Artículo 12º Condiciones del servicio
Las condiciones del servicio se regirán por los siguientes conceptos:
1) Recursos Humanos
El oferente deberá comprometerse a proveer los recursos humanos desde la firma del contrato, en un todo de acuerdo a lo propuesto en la oferta.
En caso de haberse producido diferencias, las mismas deberán ser aprobadas por la A.N.P.
2) Local y servicios
La Administración Nacional de Puertos brindará sin cargo para el adjudicatario el local así como los muebles y útiles necesarios para el funcionamiento del Centro de Procesamiento de Datos, confeccionándose a tales efectos un inventario general al momento de la entrega de los mismos; incluyéndose también en este inventario el equipamiento informático existente, tanto sea propiedad de A.N.P. como arrendado. La totalidad del equipamiento será responsabilidad de la empresa adjudicataria, la que se comprometerá a devolver el mismo en correcto estado a la finalización del contrato.
La Administración Nacional de Puertos brindará también sin cargo para el adjudicatario el suministro de agua potable y energía eléctrica, así como los servicios de limpieza y vigilancia del local, en las instalaciones propiedad de la A.N.P..
Los costos por servicios telefónicos a equipos móviles o de larga distancia serán de cargo del adjudicatario, abonados por A.N.P. y descontados de la facturación correspondiente, excepto cuando se originen en necesidades del servicio a juicio del Departamento de Tecnología de la Información.
No estarán incluidos los servicios de estacionamiento de vehículos en las áreas destinadas a los funcionarios de ANP.
3) Relacionamiento A.N.P. - Empresa contratista
La Administración Nacional de Puertos establecerá un único medio de relacionamiento con la empresa adjudicataria del servicio, el que se materializará en el Departamento de Tecnología de la Información a través de la cual, las distintas unidades del Instituto se comunicarán con la Empresa Contratista y viceversa, siendo este Departamento el encargado del contralor del servicio prestado, así como de establecer las tareas no rutinarias a realizar con su correspondiente orden de prioridad.
4) Control
El contratista se comprometerá a facilitar al Departamento de Tecnología de la Información de A.N.P. toda la información y acceso que resulte menester para el cumplimiento de sus tareas de control.
Por acceso se entiende tanto al local como a la documentación y el del punto de vista estrictamente informático para la realización de los controles, o para la evaluación de parámetros referidos por ejemplo: a performance o nivel de utilización de los equipos o periféricos tanto en locaciones administradas por la A.N.P. como en el sitio de contingencia.
Asimismo, la A.N.P. podrá realizar las auditorías que considere oportuno sobre el trabajo realizado por el adjudicatario.
Se acordarán durante el primer mes de contrato las diferentes reuniones periódicas a mantener y el material a presentar por parte del adjudicatario para el correcto seguimiento de los servicios solicitados.
Para el contralor de asistencia se utilizarán los dispositivos de registro y control de acceso que la A.N.P. determine el adjudicatario, excluyéndose para esto los relojes biométricos propiedad de ANP. La información deberá estar disponible a efectos de los controles que se estimen pertinentes.
La empresa contratista presentará ante el Departamento encargado del control los siguientes informes:
a) MENSUALES:
Sin perjuicio de que se acuerde entre las partes la forma o el formato de presentación o los ítems constitutivos de los mismos, los informes contendrán como mínimo, detalle de:
• nuevas aplicaciones, conteniendo el estado de avance de las mismas;
• cantidad de servicios solicitados y modificaciones o nuevos programas realizados dentro del período;
• solicitudes de servicios de usuarios no cumplidas, causas, soluciones alternativas planteadas, problemas detectados en las respectivas ejecuciones y toda otra información que se estime conveniente;
• trabajos realizados en el período, organizado por aplicación y resumido en gráfico de participación por aplicaciones en el total de horas aplicadas;
• tareas encomendadas para cada integrante del grupo de tareas;
• Indicadores de calidad y niveles de servicio alcanzados en el período. Esta información deberá ser presentada también con la periodicidad indicada según la frecuencia de los mismos;
• Riesgos y el plan de mitigación de los mismos.
Estos informes tendrán la información respecto al servicio prestado el mes anterior y serán entregados hasta el día 10 inclusive de cada mes. Los mismos serán recepcionados, analizados y evaluados por el Departamento de Tecnología de la Información, pudiendo solicitar las aclaraciones que fueran del caso.
b) ANUALES:
Contendrán información relativa a la marcha del servicio y detallarán los logros obtenidos, metas no cumplidas, causas e inconvenientes suscitados en la ejecución de los mismos.
A su vez, contendrá la planificación de tareas y actividades del siguiente período anual y planificación T.I. a largo plazo con adecuación a la estrategia general de la Administración, en este informe se deberán proponer mejoras que se entiendan pertinentes e innovaciones que acompañen la evolución de la tecnología.
En caso de realizarse auditorías anuales sobre el área de T.I, estos informes serán posteriores a las mismas y deben referirse a las conclusiones y recomendaciones emanadas de las mismas.
El Departamento de Tecnología de la Información evaluará estos informes, en forma similar a los mensuales.
5) Disponibilidad del servicio
Los oferentes deberán garantizar la operación ON SITE de todos los equipos y los sistemas informáticos de la A.N.P. las 24 horas del día los 365 días del año.
Para los 5 (cinco) feriados anuales no laborables se establecerá una guardia telefónica que deberá garantizar el servicio.
El servicio xx xxxxxxx mencionado deberá resolver remotamente u ON SITE cualquier problema que se presente en el ambiente de producción.
Exceptuando el personal asignado a la operación, según mencionado anteriormente, el equipo asignado al servicio deberá contar con una dedicación de tiempo completo, debiendo cumplir 8 horas laborables diarias dentro del horario comprendido de Lunes a Viernes entre las 9:00 y las 19:00, ON SITE en la A.N.P., excepto por necesidades propias del servicio.
Se considerarán como feriados los 5 (cinco) feriados anuales no laborables.
6) Insumos.
Los insumos necesarios para el desarrollo de las tareas solicitadas serán aprobados y provistos por A.N.P. y la empresa deberá solicitarlos a través del Departamento de Tecnología de la Información con la debida antelación.
7) Atención en locaciones y puertos del interior administrados por la A.N.P.:
Deberá proveerse cobertura a eventuales desplazamientos de personal integrante del grupo de tareas al interior, específicamente a los puertos/locaciones administrados por A.N.P., debiendo especificarse el costo diario adicional por este concepto por persona, que incluirá los costos resultantes de la adquisición de pasajes y eventuales gastos de alojamiento, alimentación, etc. Estos desplazamientos serán planificados por el Departamento de TI cuando el mismo lo entienda necesario.
Se prevé la realización de 15 visitas anuales para la totalidad de estos puertos/locaciones, con una dotación de una persona, las que se facturarán debidamente discriminadas, a mes vencido, conjuntamente con el precio mensual del servicio correspondiente al mes en el que se efectuaron.
Artículo 13º Recursos extraordinarios
Se preverá según sea necesario contar con una mayor dotación de recursos en el marco de la presente contratación, en forma temporal, previo acuerdo entre la firma contratante y el Departamento de TI, debidamente avalado por la Gerencia General. Este acuerdo incluirá el plazo de incorporación de los recursos adicionales, que no podrá ser superior a 30 días de formalizado el mismo mediante Acta.
A tales efectos los oferentes deberán presentar por separado y en moneda nacional, los precios para eventual contratación de los perfiles incluidos en el grupo de Desarrollo y de Operaciones, en particular se exige el detalle para los cargos que se indica a continuación, para los cuales se estima anualmente los eventuales requerimientos máximos y siguientes, a los efectos de su presentación y la correspondiente comparación de ofertas:
• Operador 1000 horas
• Analista Programador (senior) 6000 horas
• Programador junior 2500 horas
• Tester 2000 horas
La omisión de estos datos será causal de descalificación de la oferta.
Estos recursos extraordinarios se facturarán debidamente discriminados, a mes vencido, conjuntamente con el precio mensual del servicio correspondiente al mes en el que se efectuaron.
Artículo 14º Supervisión de los trabajos
El contratista estará obligado a seguir las indicaciones que el Departamento de Tecnología de la Información efectúe referente a la priorización y calidad de los
trabajos, la que resolverá la conveniencia de suspenderlos si se comprobara la realización defectuosa de los mismos o en el caso que la A.N.P. resultase perjudicada por su cumplimiento; o que no fueran aplicadas las medidas de seguridad necesarias.
Igualmente podrá solicitar el retiro del personal del contratista en caso de constatarse problemas disciplinarios o en el caso de no conformidad con el trabajo realizado.
Artículo 15º Antecedentes, referencias e idoneidad técnica
La empresa oferente deberá acreditar:
Los antecedentes generales de la empresa y su estructura técnica, así como su estructura empresarial (filiales, N° de empleados, departamentos de investigación, etc.).
La empresa deberá acreditar al menos 5 años de constituida en plaza.
El oferente deberá presentar antecedentes de haber brindado los mismos servicios y en ambientes similares a los requeridos en este pliego y en la información complementaria según se menciona en la Sección II en los últimos 5 (cinco) años en plaza.
Dichos antecedentes deberán ser presentados detallando el servicio realizado y la empresa a la cual se le ha brindado o se le brinda dicho servicio e indicando la razón social, persona de contacto, teléfono, y período durante el cual se prestó/presta el servicio.
La falta de presentación de la información solicitada será motivo de rechazo de la oferta a solo juicio de la A.N.P.. Las ofertas que a juicio de la A.N.P. no demuestren, mediante los antecedentes presentados, poseer la capacidad técnica requerida para brindar los servicios solicitados en este pliego serán rechazadas sin lugar a reclamación.
La A.N.P. se reserva el derecho de confirmar los antecedentes presentados y/o solicitar la ampliación de los mismos.
Se considerarán las certificaciones obtenidas y acreditadas por la firma en relación a su organización y controles de calidad.
El oferente deberá completar el cuadro de antecedentes según formato previsto en el ANEXO II CUADRO DE ANTECEDENTES.
Artículo 16º Sustitución de personal
De resultar necesario, en el transcurso del plazo del contrato, la realización de cambios en la plantilla de personal original, por parte de la empresa, previo a la sustitución se deberá brindar por escrito a la A.N.P. y con una antelación de 30 días las razones que motivan dicho cambio. El adjudicatario deberá presentar un nuevo integrante con igual o superior perfil a la persona que se sustituirá quedando supeditada su efectiva incorporación a la autorización de la Administración. El adjudicatario deberá a su vez presentar respecto al nuevo integrante idéntica información a la solicitada en este pliego a los integrantes del equipo de trabajo.
El incumplimiento de estos requisitos por parte de la contratista, darán lugar a la aplicación de las multas que prevé el Artículo 46º literales b) al e), dependiendo del nivel y jerarquía del funcionario sustituido, aplicándose la sanción más alta cuanto mayor sea el nivel del funcionario sustituido.
En el caso en que el adjudicatario solicite un cambio en la plantilla de personal el actual integrante del equipo y el que lo sustituirá deberán coincidir (para el traspaso de conocimientos y adecuación del nuevo integrante), durante un período mínimo de 2 semanas sin costo adicional para la A.N.P..
El adjudicatario a su vez deberá crear y mantener actualizado un manual de inducción a la A.N.P., que facilite la incorporación a los nuevos integrantes.
La Administración podrá solicitar a la empresa, el cambio de uno o más funcionarios, cuando existan razones fundadas para ello, lo que requerirá la iniciativa de un jerarca con al menos nivel de Jefe de Departamento, avalada por el Departamento de T.I. y el visto bueno de la Gerencia General. En este caso el contratista deberá proceder a su sustitución dentro de los 30 días siguientes a la notificación.
Si se produjese un lapso de faltante de un integrante por estas circunstancias, el adjudicatario deberá reflejar la misma en la facturación del mes correspondiente.
Artículo 17º Acceso a las dependencias de la A.N.P. y examen del sitio
Los técnicos y personas debidamente autorizadas por los representantes de las empresas interesadas, deberán gestionar las autorizaciones pertinentes ante el Departamento de Tecnología de la Información (6° piso Oficina 608) de la A.N.P., a efectos de tener acceso al lugar del cumplimiento del servicio que se contrata y a las informaciones que correspondan a los fines de la propuesta.
El oferente se obliga a examinar el equipamiento, el lugar de los trabajos y a considerar todas las dificultades inherentes a su implantación y realización antes de formular su oferta.
El desconocimiento del estado del equipamiento no será justificativo válido para ninguna reclamación posterior a la presentación de la oferta y durante la realización de los trabajos.
Artículo 18º Pago del servicio
Las facturas correspondientes al servicio mensual brindado serán presentadas por el contratista ante el encargado del contrato (Departamento de T.I.), quien contará con 10 días hábiles para conformarla o en su defecto, devolverla en caso de existir alguna diferencia o disconformidad, lo que se hará constar expresamente. Dichas facturas deberán emitirse a mes vencido de prestado el servicio.
Las discrepancias serán resueltas por la Gerencia General de A.N.P..
El pago se realizará en moneda nacional por cada mes de servicio cumplido, dentro de los treinta (30) días calendario siguiente contados a partir de la fecha de conformación de la factura.
El pago estará supeditado a la presentación junto a cada solicitud de pago, ante el Sector Control de Obligaciones Laborales la siguiente documentación del adjudicatario, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 18.251:
a) Planilla de contralor de trabajo autorizada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con inclusión de la nómina de los trabajadores afectados a la tarea contratada, la que deberá mantenerse actualizada.
b) Nómina de los trabajadores asignados al contrato, con indicación de los siguientes datos:
• Nombre completo.
• Número de cédula de identidad.
• Domicilio.
• Cargo que va a desempeñar y monto por hora a cobrar.
• Planilla de horas de trabajo de cada empleado.
c) Declaración nominada mensual de la Historia Laboral (artículo 87 de la ley N° 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago de cotizaciones al organismo previsional.
d) Certificado que acredite situación regular de pagos de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (artículo 663 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990).
e) Recibos de sueldos del personal, firmados, correspondientes al mes inmediato anterior al que se factura.
f) Constancia del Banco de Seguros del Estado de Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y del correspondiente recibo de pago..
g) Laudos y Convenios Colectivos aplicables.
Artículo 19º Período de transición
De ser necesario cubrir el traspaso de conocimientos entre la empresa saliente y entrante, habida cuenta de que es un período de transición y la responsabilidad del servicio recae en la empresa saliente, el costo del servicio durante ese período será de un monto equivalente al 50% del precio mensual cotizado..
Previo al inicio de estas actividades se realizará un respaldo completo con presencia de las firmas entrante, saliente y A.N.P. o quien ésta designe, de toda la instalación, que quedará bajo custodia de A.N.P. y que constituye el estado de la misma en esa instancia.
En el transcurso de este período se realizará el traspaso de control y responsabilidad de cada una de las aplicaciones, labrándose un acta por cada una de ellas en la cual constará el estado de la entrega/recepción de la misma, detallándose particularmente el estado de la documentación correspondiente y constando además la entrega de los programas fuente correspondientes que previamente se procederá a recompilar en forma conjunta.
Se realizará asimismo, el traspaso de todos los componentes de la infraestructura, labrándose un acta por cada uno de ellos en la cual constará el estado de la
entrega/recepción del mismo, detallándose particularmente el estado de la documentación correspondiente
Esta acta será firmada conjuntamente por un representante de cada una de las empresas y un representante de A.N.P. y ella fijará formalmente el momento preciso de traspaso de responsabilidades para esa aplicación en particular.
Artículo 20º Plazo del Contrato
El plazo del contrato será de 3 (tres) años.
Artículo 21º Confidencialidad
Toda la información no pública, escrita o informática obtenida de una de las partes respecto de la otra, sin importar la forma en que se obtuvo, que surja de la actividad objeto de este contrato, se considerará confidencial.
Los oferentes deberán garantizar el secreto de esta información y su no utilización en beneficio propio o de terceros así como su no publicación ni difusión por cualquier medio, salvo que sea específicamente autorizado por el Directorio de A.N.P..
En consecuencia, los oferentes aceptan, por la sola presentación a este procedimiento de contratación, la responsabilidad en que pudieren incurrir por este punto, por sí o por sus dependientes, hasta 3 (tres) años luego de extinguida la contratación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá analizarse oportunamente la asociación de la
A.N.P. con el contratista, a efectos de desarrollar, implantar y comercializar productos informáticos de gestión portuaria en el extranjero.
Artículo 22º Propiedad intelectual y derechos de autor
El producto final resultante de los servicios contratados (informes, recomendaciones, conclusiones relacionadas, programas fuente, programas objeto, bases de conocimiento y toda documentación de diseño, análisis y programación, etc.), será propiedad exclusiva de A.N.P., pudiendo disponer libremente su uso, sin que ello pudiera dar lugar a reclamación alguna por parte de la empresa contratada.
Cualquier producto de software considerado como estándar y comercializado como tal por la contratista que se instale en A.N.P., deberá contar con los derechos de uso o licenciamiento correspondientes a favor de esta ultima, los cuales serán adquiridos, de considerarse conveniente, mediante los procedimientos habituales establecidos en el TOCAF.
Queda prohibido al contratista y a su personal, cualquiera sea su relación contractual que lo vincule, que se encuentre abocado al objeto de esta contratación: ofrecer, comercializar o instalar, aun en forma gratuita a otro cliente, cualquier producto desarrollado especialmente para A.N.P., sin perjuicio de los daños y perjuicios que puedan irrogarse.
Artículo 23º Indicadores y Niveles de servicio
A efectos de evaluar la calidad del servicio prestado se considerarán los siguientes indicadores y niveles de servicio que deberán ser cumplidos por el adjudicatario.
Los mismos comenzarán a aplicarse a partir de la Fase 2, según lo establecido en el Artículo 10°, y serán tomados como la primera versión para luego actualizarlos durante el transcurso del contrato.
Debido a la evolución de la infraestructura y de los sistemas informáticos las modificaciones o agregados que sean necesarios realizar a los indicadores y niveles de servicio, durante la prestación de los servicios solicitados, serán acordados con el adjudicatario.
Indicadores y niveles de servicio | |||
Indicador | Criticidad | Valor | Frecuencia |
Infraestructura | |||
Disponibilidad de Servidores | >99% | mensual | |
Disponibilidad de red | >98% | mensual | |
Disponibilidad ambiente de Producción | >99% | mensual | |
Disponibilidad de storage | >99% | mensual | |
Tiempo de resolución de solicitudes | Alta | <2 hs | mensual |
Media | <8 hs | ||
Baja | <24 hs | ||
Sistemas informáticos | |||
Disponibilidad de aplicaciones sin interrupciones | Crítica | >2 hs | mensual |
Importante | >4 hs | ||
Normal | >6 hs | ||
Baja | >8 hs | ||
Tiempo estimado vs real en resolución de solicitudes | <5% | mensual | |
Retrabajo por resolución incorrecta de solicitudes | <2% | mensual | |
Antigüedad de solicitudes | <5% | semestral | |
Generales | |||
Satisfacción del usuario | >85% | anual | |
Reportes mensuales (hasta día 10 de cada mes) | 100% | mensual | |
Informes de seguimiento | >99% | según periodicidad acordada | |
Informe y presentación anual | 100% | anual | |
Rotación de personal | <10% | anual | |
Documentación faltante, incompleta o no actualizada | <5% | semestral |
La disponibilidad de las aplicaciones refiere no solo a su posibilidad de acceso sino además al funcionamiento correcto de las funcionalidades previstas para la misma.
Para el caso de paquetes de software, catalogados como tales en la información a ser entregada según se informa en el Articulo 5° Información complementaria, no se considerarán los indicadores que correspondan atender a terceras partes siendo responsabilidad de la firma proveedora de este servicio la operación, respaldo y demás actividades relacionadas con la correcta
administración y configuración del producto, debiendo sí dar aviso al Departamento de Tecnología de la Información de anomalías que se detecten para que la misma tome las medidas oportunas, requiriendo de resultar menester el servicio al proveedor o responsable del software en cuestión.
En todos los casos se exceptúa las operaciones previamente planificadas con tiempo estimado de interrupción previamente aprobado por la Administración.
Sin perjuicio de lo expuesto, se podrán establecer niveles de servicio particularizados mediante acuerdo entre la Administración (representada por el Departamento de Tecnología de la Información) y la firma proveedora de este servicio.
Será de aplicación en este artículo lo establecido en el Artículo 46º para lo cual se acumulará un 5% por incumplimiento de indicador con un tope de hasta un 20 % del monto mensual fijo del contrato.
El reiterado incumplimiento de los niveles de servicio por parte del adjudicatario dará lugar a la aplicación por parte de la A.N.P. de sanciones mayores según lo establecido en el Artículo 46º.
Los incumplimientos debidamente justificados y por escrito, luego de ser revisados y aprobados por la A.N.P., podrán no ser considerados como incumplimientos.
SECCIÓN III. PROCESO LICITATORIO
Artículo 24º Adquisición, valor xxx xxxxxx y domicilio
Las firmas interesadas podrán adquirir un juego completo xxx xxxxxx de la presente licitación pagando la suma de U$S 3.000 (Dólares estadounidenses tres mil) en la Unidad Tesorería y exhibiendo dicho recibo las retiraran de la Unidad Licitaciones, fax (0000) 000.0000 o 0000 000.
Cada oferente constituirá domicilio en la ciudad de Montevideo a los efectos de la licitación y actos posteriores de la misma, debiendo comunicarlo formalmente a la
A.N.P. en el momento de retirar este pliego.
Artículo 25º Aclaraciones a los documentos de la licitación
Cualquier posible licitante que haya adquirido el pliego puede solicitar aclaraciones sobre los documentos de la licitación, mediante comunicación por carta a la A.N.P. o fax dirigido a la Unidad Licitaciones -fax 0000 0000 ó 1901 841- a más tardar 15 (quince) días hábiles antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.
La A.N.P. dará respuesta por escrito a las solicitudes que reciba hasta 10 (diez) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura.
Se enviará copia escrita de las respuestas por carta o fax (incluida una explicación de la consulta pero sin identificar su origen) a todos quienes hayan adquirido los documentos de la licitación.
Artículo 26º Modificación de los documentos de la licitación
La Administración podrá 5 (cinco) días hábiles antes de que venza el plazo de presentación de ofertas, modificar los documentos de la licitación mediante enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los eventuales oferentes.
Todos los que adquieran pliegos serán notificados por nota o fax, de las enmiendas que refieran a la modificación de los documentos de la licitación, las que tendrán el mismo valor que los términos de esta licitación y serán obligatorias para todos los oferentes.
Estas comunicaciones serán canalizadas únicamente a través de la Unidad Licitaciones de la A.N.P..
La simple constancia de recepción o envío de las notas emitidas por fax, constituirá plena prueba de la notificación.
Artículo 27º Presentación de la oferta
Las ofertas serán recibidas por A.N.P. en el lugar, día y hora establecidos en la carátula de este Pliego.
La A.N.P. podrá prorrogarla, en cuyo caso comunicará la nueva fecha y hora utilizando los mismos mecanismos detallados en el artículo anterior a todos los adquirentes xxx xxxxxx.
Artículo 28º Condiciones generales de la oferta
28º.1 Idioma
La oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella que se incluirán en un solo sobre, deberán redactarse en idioma español.
Cualquier material preimpreso que proporcione el oferente en otro idioma deberá ir acompañado de una traducción al español firmada por el oferente, la cual prevalecerá a los efectos de la interpretación de la oferta.
Tal exigencia podrá obviarse si el material preimpreso, está en idioma inglés, y portugués, siempre que no contenga información que sea necesaria para la evaluación de las ofertas.
28º.2 Formato y firma de la oferta
El oferente presentará CUATRO (4) ejemplares de la oferta, identificando claramente, el "original” y las "copias" del documento, escrito en formato A4, así como también en soporte magnético (CD, DVD, o pendrive). El material preimpreso podrá presentarse en su formato original. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
El original y todas las copias de la oferta serán escritos en tinta indeleble y firmados por el oferente o su representante. Todas las páginas de la oferta, excepto las que contengan material preimpreso no modificado, llevarán las iniciales de la persona o personas que firmen la oferta. Sus hojas deberán estar numeradas correlativamente.
La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del oferente, en cuyo caso las correcciones deberán salvarse con la firma del oferente o su representante.
El oferente presentará una oferta única para cada uno de los ítems que desee cotizar, sin variantes o alternativas.
28º.3 Costo de la oferta
El oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta y la A.N.P. no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la licitación.
28º.4 Aceptación de las condiciones de estas Bases
La mera presentación de la oferta significará la aceptación por parte del oferente de la totalidad de los términos, cautelas, plazos y condiciones de la licitación.
Artículo 29º Contenido de la oferta
La oferta deberá contener los siguientes elementos: 29º.1 Comprobantes
Los comprobantes originales que se enumera a continuación, deben presentarse
fuera del sobre de la oferta respectiva y dentro del mismo se agregarán una copia por cada ejemplar de la oferta:
1. Recibo expedido por la Unidad Tesorería de la A.N.P. que acredite la compra de las Bases de la licitación. Este recibo deberá contener el nombre del oferente o de alguno de sus integrantes en caso de que el mismo esté integrado por varias personas físicas o jurídicas, número y objeto de esta licitación.
2. Constancia expedida por el Banco de Seguros del Estado respecto al Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (Artículo 61°, Ley 16.074) extendido a nombre del oferente, o de cada empresa integrante del oferente. No será requerido este documento para las personas físicas ni para las empresas extranjeras que no se encuentren actualmente desarrollando actividades en el país y así lo declaren expresamente. Si el oferente está integrado por varias personas físicas y/o jurídicas, el documento se presentará por cada una de ellas
3. Recibo expedido por la Unidad Tesorería de haber depositado la garantía de mantenimiento de oferta, el que deberá contener el nombre del oferente o de TODOS sus integrantes en caso de que el mismo esté integrado por varias personas físicas o jurídicas y el número y objeto de esta licitación.
29º.2 Del oferente
1. Carta de presentación de la oferta con nombre, domicilio, fax y teléfono del oferente en la ciudad de Montevideo, a los efectos de la licitación y actos posteriores a la misma.
2. Referencias, antecedentes e información financiera del oferente de acuerdo con lo previsto por el Artículo 15º y Artículo 36º.
3. Propuesta técnica de acuerdo a lo previsto en la SECCIÓN II del presente pliego.
4. Propuesta económica de acuerdo a lo previsto en el Artículo 30º.
Artículo 30º Precio
Se cotizará un precio básico único y mensual por el servicio objeto de este pliego con el alcance establecido en la SECCIÓN II que será expresado en moneda nacional. Además deberá indicar en su oferta el costo diario adicional para la atención de los puertos/locaciones del interior- Artículo 12.7 y los precios para
eventual contratación de los perfiles incluidos en el Grupo de desarrollo y Operaciones de acuerdo al Artículo 13º
Artículo 31º Ajuste de precio
A partir de la firma del contrato, el precio se ajustará semestralmente, de acuerdo a la variación del IPC, tomando como base el valor de dicho índice para el mes anterior a de la fecha de apertura de propuestas, y el del mes anterior a la fecha de la actualización.
A la firma del contrato se actualizará el precio ofertado por IPC, tomando como base el valor de dicho índice para el mes anterior a de la fecha de apertura de propuestas, y el del mes anterior a la fecha de la firma del contrato.
Artículo 32º De la apertura
En el lugar, día y hora fijados, con los funcionarios actuantes que la A.N.P. designe, se procederá a la apertura de los sobres cerrados que contengan las ofertas, en presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir.
Previamente a la apertura se verificará la correcta presentación de los comprobantes exigidos en el numeral 1 del Artículo 29º.
El Escribano enunciará los nombres de los oferentes, así como de los demás datos que estime convenientes.
De todo lo actuado se labrará acta circunstanciada incluyendo en la misma el estado de cada oferente en el XXXX, el acta será firmada por los funcionarios que haya designado ANP y por los representantes de los oferentes que lo deseen.
Abierto el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las ofertas, pudiendo los representantes de los oferentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen, previa presentación al funcionario actuante, de carta poder con firma certificada notarialmente o primera copia de escritura de mandato, en ambos casos con facultades suficientes. Estos documentos pueden presentarse en testimonio por exhibición.
En dicho acto se controlará si las ofertas contienen defectos o carencias formales, si han adjuntado la documentación exigida en el presente pliego, así como la constitución de la garantía de mantenimiento de oferta.
Si algún representante ha formulado observaciones deberá firmar el acta obligatoriamente.
En el caso de haberse observado defectos formales en la presentación de la documentación requerida por el Pliego, los oferentes tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para subsanarlos.
Los demás oferentes podrán comprobar que estos defectos han sido subsanados.
Artículo 33º Plazo de mantenimiento de oferta
Los oferentes establecerán un plazo de mantenimiento de la oferta en todos sus términos, que no podrá ser inferior a 180 (ciento ochenta) días calendario contados a partir del inmediato siguiente al de la apertura de las ofertas.
De no establecerse expresamente, se entenderá que el oferente se compromete a mantener su oferta durante el plazo mínimo exigido.
Dicho plazo se considerará tácitamente prorrogado mientras el oferente no solicite por escrito el retiro de la oferta y la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta.
Artículo 34º Garantía de mantenimiento de la oferta
Los oferentes deberán garantizar el mantenimiento de su oferta mediante depósito en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario o póliza de seguro de fianza por un monto de U$S 50.000 (Dólares estadounidenses cincuenta mil).
Se aceptará la garantía exclusivamente en dólares estadounidenses. El procedimiento de constitución de garantía será el siguiente:
34º.1 Garantía en efectivo
La garantía en efectivo se depositará en la Unidad Tesorería de ANP.
El recibo que expida la Unidad Tesorería antes de la hora de apertura de las ofertas, deberá contener el nombre del/los oferente/s y el número y objeto de la licitación.
34º.2 Garantía en valores públicos
La garantía en valores públicos se depositará en la Sección Custodia de Valores del Banco de la República Oriental del Uruguay, a nombre del oferente y a la orden de la ANP.
El recibo en el que constará el nombre del/los oferente/s así como el número de la licitación deberá ser depositado en la Unidad Tesorería de la ANP, que extenderá la respectiva constancia antes de la hora de apertura de las ofertas.
34º.3 Garantía mediante póliza de seguro de fianza
• El documento en el caso ser expedido por el Banco de Seguros del Estado será entregado directamente sin certificación notarial de firmas, en la Unidad Tesorería de ANP, que extenderá la respectiva constancia, antes de la hora de apertura de las ofertas.
• Si se expidiera por Instituciones Aseguradoras privadas, el documento deberá presentarse con certificación notarial de firmas con por lo menos
(2) dos días hábiles de antelación a la apertura de la licitación ante la División Notarial de ANP, la que dispondrá de un (1) día hábil para su aprobación o rechazo.
Una vez aprobado el documento por División Notarial, el oferente lo entregará en la Unidad Tesorería de la ANP, la que le expedirá recibo antes de la hora de apertura de las ofertas.
34º.4 Constitución de fianza o aval bancario
Si los oferentes optaran por esta modalidad, la garantía deberá establecer que el avalista renuncia al beneficio de excusión.
❖ Si fuera expedida por instituciones bancarias estatales, se entregará el documento directamente sin certificación notarial de firmas, en la Unidad Tesorería de la ANP, antes de la hora de apertura de las ofertas.
❖ Si se tratara de documentos expedidos por instituciones bancarias privadas, se presentarán con certificación notarial de firmas, con por lo menos dos (2) días hábiles de antelación a la apertura de la licitación ante la División Notarial de ANP, la que dispondrá de un
(1) día hábil para su aprobación o rechazo.
Una vez aprobado el documento por División Notarial, el oferente lo depositará en la Unidad Tesorería de la ANP, la que le expedirá recibo antes de la hora de apertura de las ofertas.
Las fianzas o avales bancarios expedidos tanto por Instituciones Bancarias Estatales como Privadas, deberán ajustarse al modelo del ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia..
La garantía de mantenimiento de la oferta, será cancelada una vez que el adjudicatario haya firmado el contrato y suministrado la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Las garantías de mantenimiento de oferta para las ofertas no adjudicadas serán devueltas, en todos los casos a solicitud del oferente, transcurrido el plazo de mantenimiento, o la adjudicación a otro oferente.
La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada cuando:
1. El oferente retire o desista de su oferta durante el plazo de mantenimiento.
2. En caso de que la oferta sea aceptada, si el adjudicatario no entrega el suministro de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases.
3. Cuando el adjudicatario se niegue o no concurra a firmar el contrato, en un plazo de 10 días corridos contados desde el siguiente al de la notificación, habiendo sido notificado para ello.
La garantía de mantenimiento de oferta correspondiente a la oferta que resulte aceptada será cancelada una vez que el adjudicatario haya depositado la garantía de cumplimiento de contrato y firmado el mismo.
Si se hubiera vencido el plazo de mantenimiento de oferta y la ANP no hubiera adoptado aún resolución respecto de la aceptación o rechazo de las ofertas, igualmente se devolverá la correspondiente garantía a aquellos oferentes que lo soliciten.
Artículo 35º Garantía por pedido de prórroga
El /los interesados que hubiera/n adquirido el pliego podrá/n solicitar la prórroga de la fecha de apertura, por escrito dirigido a la ANP el que será presentado por lo menos cinco días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura, indicando los fundamentos que motiva la referida petición.
Dicha nota deberá estar acompañada de la copia del recibo de compra xxx xxxxxx más el recibo expedido por la Unidad Tesorería que acredite haber efectuado un depósito de garantía por la suma de U$S 30.000 (treinta mil dólares estadounidenses), en cualquiera de las modalidades establecidas en el Artículo siguiente que garantice la presentación de la oferta.
La constitución de esta garantía será incrementada en igual monto original por cada prórroga solicitada, siendo discrecional de la ANP acceder a dicho petitorio.
Dicha garantía será ejecutada por ANP si el peticionante no formula oferta de acuerdo a lo requisitos establecidos en el Artículo 34º presente pliego. La garantía será devuelta una vez que Unidad Licitaciones compruebe el cumplimiento de los requisitos exigidos, en el Artículo 29º de acuerdo al acta de apertura y al levantamiento de las observaciones si las hubiera.
Artículo 36º Evaluación de la solvencia económica
La evaluación de la solvencia económica y la capacidad financiera del oferente se efectuará en base al análisis de los indicadores financieros usualmente utilizados, tomados de los últimos 2 (dos) balances generales, notas a los estados contables y Anexos de la empresa o las empresas asociadas o consorciadas, acompañados de Dictamen de Auditoría o Revisión Limitada.
Eventualmente la ANP podrá requerir información adicional sobre el ejercicio en curso, como también solicitar los servicios de una empresa calificadora de riesgo.
La documentación detallada precedentemente formará parte de la oferta y la no presentación de ésta será causal de descalificación de la misma.
Solo serán consideradas las ofertas cuya capacidad financiera cumpla con lo establecido precedentemente.
Artículo 37º Evaluación de las ofertas y Criterio de adjudicación
La Comisión Asesora de Adjudicaciones determinará el puntaje de calificación final (CF) de cada oferente, ponderando la calificación técnica y la calificación económica de acuerdo al siguiente procedimiento:
37º.1 Evaluación y Calificación Técnica (CT).
En el ANEXO III CUADRO DE CALIFICACIÓN TÉCNICA se resume el
procedimiento de evaluación y calificación técnica, el que deberá ser completado y fundamentado por el oferente. En función del análisis de los antecedentes y propuestas presentadas, la Comisión preparará un orden de prelación de las ofertas, calificando a cada una de ellas, conforme se expresa en los literales siguientes:
a) Antecedentes generales, referencias e idoneidad técnica de la empresa Artículo 15º . Se asignará un puntaje máximo de 240 puntos que se integrará con los siguientes conceptos:
• Presencia en el mercado local. Puntaje máximo 35 puntos.
• Presencia en el mercado internacional. Puntaje máximo 20 puntos.
• Laboratorios o departamentos propios relevantes dedicados a diferentes temas de TI a las cuales se pueda recurrir (sin costo), por ejemplo, para una presentación del tema o por ayuda técnica en caso de que el personal asignado al servicio no cuente con esos conocimientos. Será considerado siempre que la propuesta indique que se podrá disponer de esta capacidad del oferente. Puntaje máximo 15 puntos.
• Experiencia en “outsourcing” de Infraestructura de similares características a las solicitadas en el presente pliego. Puntaje máximo 30 puntos.
• Experiencia en “outsourcing” de Mantenimiento y Desarrollo de similares características a las solicitadas en el presente pliego. Puntaje máximo 30 puntos.
• Experiencia en “outsourcing” de los 2 mencionados anteriormente a la vez en el mismo cliente de similares características a las solicitadas en el presente pliego. Puntaje máximo 30 puntos.
• Desarrollo de aplicaciones. Puntaje máximo 30 puntos.
• Planeamiento estratégico de TI. Puntaje máximo 10 puntos.
• Reingeniería de procesos. Puntaje máximo 10 puntos.
• Certificaciones de calidad. Puntaje máximo 30 puntos.
b) Metodología de trabajo a aplicar y de seguimiento del mismo Artículo 10º. Se asignará un puntaje máximo de 110 puntos, que se integrará con los siguientes conceptos:
• Metodología propuesta para las diferentes fases del proyecto. Puntaje máximo 66 puntos.
Se valorarán las diferentes metodologías propuestas para desarrollar las actividades que implican los servicios requeridos.
Se valorarán los procesos y buenas prácticas propuestas para las diferentes tareas a realizar.
• Planes de proyecto a implementar durante la ejecución del servicio en cada fase. Puntaje máximo 14 puntos.
Se valorará la calidad de los planes de trabajo propuestos para dar un adecuado curso al desempeño de las actividades necesarias para gestionar el servicio.
• Procedimientos de Gestión propuestos. Puntaje máximo 10 puntos.
• Técnicas de documentación. Puntaje máximo 5 puntos.
• Certificaciones directamente relacionadas con el objeto de esta contratación. Puntaje máximo 15 puntos.
Las certificaciones deberán estar debidamente documentadas en la oferta y ser específicamente relacionadas a las actividades de Ingeniería de software y normas de documentación o de seguridad como es el caso particular de la Norma UNIT-ISO/IEC 9001, 27001 o las normas CMM-CMMI. Además sólo serán tenidas en cuenta, en la medida que la firma oferente expresamente haga constar en su oferta que los trabajos a desarrollar en el ámbito de la presente contratación se realizarán ajustándose a las mismas. Las certificaciones de calidad del literal b) también deberán estar debidamente documentadas para ser tenidas en cuenta pudiendo en ese contexto estar relacionadas a otros aspectos técnicos u organizativos de la firma oferente. En todos los casos se deberá indicar si la certificación fue o no obtenida por la filial local.
c) Recursos humanos del grupo de tareas ofertado Artículo 11º. Se asignará un puntaje máximo de 350 puntos, que se integrará con los siguientes conceptos:
• Organización del equipo con sus roles y responsabilidades. Puntaje máximo 50 puntos.
Se valorará la comprensión general de los requerimientos planteados en el pliego desde el aspecto del servicio a brindar, a través de la organización, los roles y los perfiles de los recursos humanos asignados al proyecto.
• Evaluación del personal propuesto. Puntaje máximo 300 puntos.
Para las evaluaciones correspondientes a la información presentada del personal propuesto se considerará el promedio ponderado de acuerdo al siguiente criterio:
Equipo de Trabajo | % |
Responsable del Servicio | 15 |
Administrador de la infraestructura, red y telecomunicaciones | 10 |
Administrador de Seguridad de la Información | 10 |
Operadores | 20 |
Grupo de Desarrollo | 40 |
Arquitecto de aplicaciones | 5 |
Se considerarán los siguientes puntajes para cada integrante del equipo presentado:
Concepto | Puntaje | Criterios |
Formación en Informática | 50 | |
Ingeniero | 50 | |
Licenciado | 40 | |
Analista | 30 | |
Otro en Informática | 20 | |
Postgrados TI, certificaciones y cursos específico al rol (*) | 45 | |
Postgrados - Master | 10 | |
Postgrados - PHD | 20 | |
Certificaciones internacionales | 10 | 2 puntos por certificación |
Cursos afines | 5 | 1 punto por curso |
Experiencia laboral | 145 | |
Experiencia general en informática | 45 | 3 puntos por año de experiencia |
Experiencia específica al rol | 100 | 10 puntos por año de experiencia |
Ajuste al rol solicitado | 60 |
(*) Será considerado para la evaluación lo presentado solo si es específico al rol que la persona desempeñará.
Se consideran 60 puntos de Xxxxxx para evaluar si la persona se ajusta al rol solicitado por la A.N.P., en caso de no ajustarse se penalizará disminuyendo el puntaje en esta cantidad de puntos.
• Para los grupos de Operadores y de Desarrollo, el total del puntaje obtenido para cada integrante, se multiplicará por su dedicación horaria diaria, calculándose luego la sumatoria del puntaje del grupo. Para cada grupo, el oferente que obtenga el valor de la sumatoria mayor obtendrá la mayor calificación para ese grupo. Los grupos propuestos por los restantes oferentes tendrán un puntaje proporcionado en función de su sumatoria particular. Se penalizará con un 20% (veinte por ciento) la calificación individual de los integrantes que no tengan una dedicación mínima de 8 horas diarias de labor.
La asignación de puntajes, se hará en base a criterios relativos, a cada ítem, de forma que no necesariamente la máxima puntuación del oferente en un ítem, tenga que ser igual al máximo fijado por él.
Las ofertas que para alguno de los tres literales precedentes no alcancen el 50% (cincuenta por ciento) del puntaje máximo correspondiente, así como, aquellas ofertas que no alcancen en su calificación técnica total un porcentaje mínimo de 70% (setenta por ciento), serán descartadas.
37º.2 Evaluación y Calificación Económica (CE).
Definida la calificación técnica, la Comisión procederá a evaluar la calificación económica para cada una de las firmas que hayan alcanzado esa instancia, se obtendrá conforme a la relación:
CE = Menor precio (1) ofertado X 100 Precio (1) de la oferta evaluada
(1) A estos efectos se considerarán los precios: básico único anual, precio por desplazamiento (Artículo. 12.7) anual en los puertos/locaciones del interior y los correspondientes a recursos adicionales anuales ofertados (Artículo 13º).
37º.3 Calificación Final (CF).
La calificación final de cada oferente se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
CF = 0,70 X CT X 100 + 0,30 X CE
CTM
Donde:
CT = Calificación Técnica del oferente evaluado. CTM = Mayor Calificación Técnica.
CE = Calificación Económica del oferente evaluado.
Los trabajos licitados se adjudicarán a una sola empresa.
La selección de la oferta recaerá sobre la más conveniente para la A.N.P..
Artículo 38º Manifiesto.
Una vez obtenido el pronunciamiento de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, en la etapa correspondiente al estudio de las ofertas y antes de la adjudicación o rechazo de las ofertas por apartamiento de las normas o condiciones preestablecidas, se dará vista del expediente, por Resolución de Directorio de la A.N.P..
A tales efectos, se pondrá el expediente de manifiesto por el término de cinco (5) días , notificándose a los interesados en forma personal, por telegrama colacionado, fax, correo electrónico u otro medio hábil de comunicación dentro de las veinticuatro (24) horas de decretado el trámite aludido.
Los oferentes podrán formular por escrito, dentro del plazo establecido precedentemente, las consideraciones que les merezca el proceso cumplido hasta el momento y el dictamen o informe de la Comisión Asesora. No será necesario esperar el transcurso de este último plazo si todos los interesados manifestaren no tener consideraciones que formular.
Los escritos o impugnaciones que se formulen en esta etapa por los interesados serán considerados por la Administración como una petición, en función de lo dispuesto en los Artículos 30º y 318° de la Constitución de la República, a tener en cuenta al momento de dictar la resolución de adjudicación, respecto de la que debe existir informe fundado (Artículo 67º TOCAF)
Una vez resueltas las observaciones por la Comisión Asesora de Adjudicaciones, se dictará resolución.
Artículo 39º Reserva y derecho
La A.N.P. se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, si entiende que los precios ofertados son claramente inconvenientes para la Administración o por cualquier otra causa al amparo de resolución fundada que así lo establezca.
Artículo 40º Notificación
El acto administrativo que disponga la adjudicación o el rechazo de las ofertas, será notificado personalmente a los oferentes.
SECCIÓN IV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 41º Garantía de contrato y obligaciones laborales.
41.1 Garantía por Ley de Tercerizaciones.
La vigencia de la garantía depositada deberá ser por el período de la contratación.
Esta garantía se constituirá una vez que Unidad Licitaciones comunique dicho monto mediante nota enviada por fax o correo electrónico en un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la comunicación. El depósito se efectuará en cualquiera de las modalidades y siguiendo los procedimientos indicados para la garantía de mantenimiento de oferta, en el Artículo 34º.
El adjudicatario deberá garantizar las obligaciones emergentes de reclamos laborales, mediante la constitución de una garantía por el monto equivalente al 30% del precio mensual del servicio en dólares estadounidenses.
41.2 Garantía de cumplimiento de contrato.
El adjudicatario deberá garantizar el cumplimiento del contrato que se celebre mediante la constitución de una garantía en dinero en efectivo, valores públicos, fianza o aval bancario o póliza de seguro de fianza por la suma equivalente al 5% del valor total de la oferta., en dólares estadounidenses
Esta garantía se constituirá dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir de la notificación de la resolución de adjudicación de esta licitación y siempre en forma previa a la firma del contrato.
El depósito se efectuará en cualquiera de las modalidades y siguiendo los procedimientos indicados para la garantía de mantenimiento de oferta Artículo 34º.
Si el oferente que resulte adjudicatario, no depositara la garantía de cumplimiento de contrato dentro del término establecido, perderá la garantía de mantenimiento de oferta, quedando la A.N.P. en libertad de aceptar otra propuesta o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.
Si la garantía se emitiera con fecha determinada de vencimiento previa a la finalización de las obligaciones contractuales, el contratista deberá proceder a su renovación o sustitución con una antelación mínima de treinta días previos a su vencimiento. El incumplimiento de la precitada obligación dará lugar a la ejecución de la garantía vigente.
La garantía de cumplimiento del contrato será devuelta al adjudicatario una vez finalizado el mismo.
Artículo 42º Contrato
Una vez depositadas las garantías del Artículo 24º, el Departamento Jurídico Notarial procederá a requerir al adjudicatario la documentación necesaria que permita acreditar que el mismo se encuentra en condiciones de contratar con la ANP, cumplido, se notificará el día y hora para suscribir el contrato respectivo.
La no concurrencia del mismo será motivo suficiente para que se le considere incurso en xxxx y pierda la garantía depositada, caducando todos sus derechos.
En caso de no suscribir el contrato o no mantener su oferta, la A.N.P. podrá proponer la adjudicación en favor del oferente que siguiera en el orden correlativo que haya resultado del estudio previo, o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.
Si éste no mantuviera su oferta, seguirá el mismo procedimiento con los restantes oferentes o declarará frustrada la licitación.
La A.N.P. podrá declarar frustrada la licitación en todo caso, sin expresión de causa y sin responsabilidad alguna por tal determinación.
Artículo 43º Documentos contractuales
Serán documentos contractuales y normativos, todos los documentos de esta licitación contenidos en el expediente administrativo licitatorio, entre los que se destacan:
a) El Pliego de Condiciones con las aclaraciones y respuestas a las consultas, si las hubiere.
b) La oferta y propuesta aceptada.
c) La resolución de la A.N.P., disponiendo la adjudicación y el contrato.
d) Las comunicaciones escritas de la A.N.P..
Artículo 44º Cesión del contrato
El adjudicatario o contratista no podrá ceder los derechos emergentes de la adjudicación o del contrato, total o parcialmente salvo que solicite y sea aceptado previamente por escrito, por parte del Directorio de la A.N.P..
El cesionario deberá reunir las mismas condiciones que el cedente.
Artículo 45º Responsabilidad del adjudicatario
El adjudicatario, deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar accidentes que puedan afectar a bienes, o personal del Estado o de terceros, siendo de su exclusivo riesgo y responsabilidad, lo que pueda suceder en omisión de estas medidas.
El adjudicatario y su personal deberán cumplir estrictamente las disposiciones, ordenanzas y reglamentos en el ámbito nacional y municipal. Será por su cuenta exclusiva el pago de multas y el resarcimiento de los perjuicios a bienes o intereses de terceros, si cometiera cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas o reglamentos.
Será además, de total responsabilidad de la empresa y de exclusivo cargo de ésta, mantener asegurado en el Banco de Seguros del Estado al personal contra los riesgos cubiertos por la póliza de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y de tomar a su cargo el pago de los premios resultantes. Por lo tanto, aceptará la responsabilidad total y exclusiva de todas las consecuencias inherentes al servicio, que sufra el citado personal por su causa y de todas las responsabilidades y ulterioridades que emerjan de la omisión de cualquiera de las obligaciones establecidas en el apartado anterior.
No obstante, aceptará y reconocerá el derecho que se reserva la A.N.P., de suspender en cualquier momento (y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor de la empresa que representa), los trabajos y tareas, de comprobarse, por parte de ésta, del Banco de Seguros del Estado, o de cualquier autoridad pública, el incumplimiento de cualesquiera de las normas de seguridad a que se refiere el apartado anterior y que puede llegar a originar riesgo para el personal que emplea la empresa, como el propio de la A.N.P..
SECCIÓN V. FINAL DE LA CONTRATACIÓN
Artículo 46º Régimen sancionatorio y multas
El incumplimiento de alguna de las condiciones establecidas en estas bases o derivadas de la ejecución del contrato respectivo, podrá dar lugar a la aplicación por parte de A.N.P. de las siguientes sanciones, fundadas a iniciativa del Departamento de T.I., con la aprobación de la Gerencia General:
a) Apercibimiento.
b) Multa del 5% del monto mensual fijo del contrato.
c) Multa del 20% calculado sobre igual base que el caso anterior.
d) Multa del 50% calculado sobre igual base que el caso anterior.
e) Multa del 100% calculado sobre igual base que el caso anterior.
Todo ello sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 47º y Artículo 48º en cuanto correspondiere.
Artículo 47º Extinción de la contratación
La contratación se extinguirá por alguna de las causas siguientes:
a) El cumplimiento del plazo señalado y de cualquiera de sus prórrogas si éstas fueran conferidas por A.N.P..
b) La rescisión por incumplimiento del contratista.
c) Liquidación judicial o disolución de la persona jurídica adjudicataria.
d) Mutuo acuerdo entre la A.N.P. y el contratista.
Artículo 48º Rescisión por incumplimiento
El contrato podrá ser rescindido por incumplimiento del adjudicatario en los siguientes supuestos:
a) Si el contratista incurre en actitudes negligentes, con la consecuente reducción de la calidad de los trabajos ejecutados, en tanto no se correspondan con lo estipulado contractualmente de acuerdo con la oferta presentada y los niveles de servicio estipulados.
b) Si el contratista incumple alguna de las cláusulas contractuales.
c) Si se hubiera aplicado una multa de 100% o la acumulación de tres multas de 50% en el período de 12 meses.
d) La aplicación de dos multas de 100% o la acumulación de cuatro multas de 50% en el período de 12 meses determinará la rescisión del contrato en forma obligatoria, sin perjuicio de las medidas que determine A.N.P. para garantizar la continuidad del servicio
Producida la rescisión, la A.N.P. se reserva el derecho de disponer la ejecución de los servicios por parte de un tercero a cargo de la parte incumplidora, si correspondiere, sin perjuicio de la acción por daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Artículo 49º Liquidación del contrato por rescisión
La rescisión del contrato, derivada del incumplimiento del contratista comporta en calidad de multa la ejecución inmediata, a favor de la A.N.P. del 100% (cien por ciento) de la garantía de cumplimiento del contrato. Sin embargo, la ejecución de esta garantía no impedirá que la A.N.P. recupere el valor total de los daños y perjuicios que hubiese sufrido como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista.
Seguidamente se liquidarán todas las obligaciones pendientes del contratista, derivadas del contrato.
En la liquidación se incluirán, entre otros, los siguientes conceptos:
(a) El valor de los desperfectos y deterioros que le sean imputables, por el mal uso o cuidado negligente de los equipos a su cargo, según tasación xx Xxxxxx Xxxxxx.
(b) El importe de todos los créditos que tuviese la A.N.P. contra el contratista, relacionados con el objeto de la licitación.
Practicada la liquidación y una vez notificado el contratista del monto de la misma, deberá satisfacer su importe en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación.
Transcurrido dicho plazo la A.N.P. podrá hacer efectivo su crédito por la vía judicial.
Artículo 50º Xxxx
La xxxx se operará de pleno derecho para el contratista por no cumplir con las obligaciones a su cargo o por hacer algo contrario a lo estipulado o por no hacer algo a lo que se esté obligado, luego que haya sido intimado por telegrama colacionado, con plazo de tres (3) días.
ANEXO I COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD
En Montevideo, el día …… de ……………..……de ,
el Sr./Sra. ………………………………….., titular de la cédula de identidad No.
………..…………………………., en representación de la empresa
………………………………... R.U.T. Nº .……………………. (según certificado notarial que se adjunta), declara que asume el presente Compromiso de Confidencialidad, que se regirá, en general por la normativa vigente y en particular por las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERO: ALCANCE DEL COMPROMISO.
1.-Se considera confidencial a los efectos del presente Compromiso, toda aquella información, dato, conocimiento o documentación a la que la empresa firmante tuviera acceso o se le proporcione con motivo o en ocasión de su vinculación con
A.N.P. en el marco de la Licitación Pública No. ……. para la contratación de un servicio de administración de la infraestructura, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas informáticos.
2.-Este compromiso comprende a los representantes, directores, accionistas, empleados y asesores (incluidos todos estos a titulo meramente enunciativo pero no limitativo) de la empresa, que accedan a dicha información confidencial como consecuencia de la citada Licitación.
3.- No se considera información confidencial, a los efectos de este compromiso:
a) la información que fuera de dominio público o entrara al dominio público por motivos ajenos a la empresa firmante;
b) la que fuera suministrada por A.N.P. a la empresa firmante expresamente identificada como no confidencial;
c) aquella que deba ser revelada por imperio de la ley o por mandato judicial, en cuyo caso la empresa firmante deberá comunicar esta situación a la A.N.P. con la suficiente antelación a los efectos de que ésta pueda tomar todas las medidas pertinentes para
que el uso de la información revelada se limite estrictamente para el propósito que la ley o la orden judicial requieran.
SEGUNDO: OBLIGACIONES PRINCIPALES.-
A los efectos meramente enunciativos, la empresa firmante queda obligada a:
a) mantener estricta y absoluta confidencialidad y reserva respecto de toda la información o conocimiento comprendida en la cláusula anterior;
b) aplicar las correspondientes medidas de seguridad que sean razonables y prudentes para proteger la información referida y, en particular, aquella que se califique como reservada o confidencial, atendiendo, sin limitarse a ello, a las disposiciones de seguridad de la A.N.P. que se le instruyan a la empresa firmante;
c) utilizar la información confidencial solamente para el fin establecido, quedando prohibido a la empresa firmante todo uso o reproducción para su beneficio propio o de terceros, así como todo retiro de la misma de los locales de ANP ya sea en soporte papel, electrónico, vía fax o e-mail, o por cualquier otro medio;
d) advertir a su personal -ya sea dependiente o contratado- y a toda persona a la que se revele información confidencial, con la debida autorización, de su naturaleza confidencial y de los términos del presente Compromiso
e) reportar a la ANP toda divulgación de información confidencial no autorizada de la que tuviera conocimiento en virtud de su vínculo con la misma.
TERCERO: VIGENCIA.-
Las obligaciones de confidencialidad asumidas en el presente Compromiso se mantendrán durante todo el procedimiento licitatorio y persistirán aún después de terminado el mismo.
CUARTO: RESPONSABILIDAD.-
La empresa firmante será responsable de toda violación del presente Compromiso de Confidencialidad, sea que tal violación ocurra como resultado de una acción u omisión, tanto propia como de cualquier persona que hubiera adquirido información confidencial por o a través de la empresa firmante sin el previo consentimiento expreso y por escrito de ANP.
QUINTO: SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO.-
En caso de incumplimiento del presente compromiso, la ANP queda plenamente facultada para disponer las medidas legales y reglamentarias que por derecho correspondan.
SEXTO: PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.-
La empresa firmante declara, reconoce y acepta que la información confidencial a la que tenga acceso en virtud de su vinculación con ANP no es de su propiedad, quedándole vedada toda forma de divulgación ajena a la finalidad para la cual la misma fue obtenida.
En señal de conformidad, se suscriben dos ejemplares del mismo tenor, en lugar y fecha arriba indicados.
Razón Social----------------------------------------------
RUT
Firma…………………………………………………………………………..
Aclaración………………………………................................
C.I. Nº……………...………………………………………………………..
Calidad del Representante -----------------------------
47
XXXXX XX CUADRO DE ANTECEDENTES
CUADRO DE ANTECEDENTES DEL OFERENTE | nombre de la empresa oferente | |||||||
# | Empresa | Fecha comienzo / Fecha Fin | Cantidad de años del servicio | Cantidad de personas de la empresa a los que se le brinda el servicio | Tipo de Servicio (*) | Cantidad de personas del oferente afectadas al servicio | página de la propuesta donde figura el detalle del antecedente | País desde donde se brinda el servicio |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
. | ||||||||
. | ||||||||
. | ||||||||
… |
(*) Tipo de servicio debe especificar: Infraestructura, Mantenimiento y Desarrollo de aplicaciones o ambos
47
48
ANEXO III CUADRO DE CALIFICACIÓN TÉCNICA
48
Artículo
15
10
11
Artículo 35°1 Evaluación y Calificación Técnica
Xxxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx (*) | Mínimo | Criterios |
Antecedentes, referencias e idoneidad técnica | 240 | 120 | ||
Presencia en el Mercado local | 35 | 17,5 | 3,5 punto por cada año en el mercado | |
Presencia en el Mercado internacional | 20 | 0 | 2 puntos por cada año en el mercado | |
Laboratorios o departamentos de investigación propios | 15 | 0 | 3 puntos por n° de integrantes por cada laboratorio o departamento | |
Experiencia en Outsourcing Infraestructura (**) | 30 | 15 | n° de empleados del cliente x duración en años x funcionarios afectados al servicio dividido 10000 para cada antecedente, con un tope de 6 puntos para antecedentes menores o iguales a 5 años y un tope de 3 puntos para antecedentes mayores a 5 años | |
Experiencia en Outsourcing Mantenimiento y Desarrollo (**) | 30 | 15 | ||
Experiencia en Outsourcing en ambos a la vez (**) | 30 | 10 | ||
Desarrollo de aplicaciones (**) | 30 | 15 | 3 puntos x sistemas corporativos multiusuario GX, .NET/JAVA, CLIENT SERVER; 1 por OTROS multiusuario | |
Planeamiento estratégico de T.I. (**) | 10 | 0 | n° de empleados del cliente x duración en años x funcionarios afectados al servicio dividido 20000 para cada antecedente, con un tope de 3 puntos para antecedentes menores o iguales a 5 años y un tope de 1,5 puntos para antecedentes mayores a 5 años | |
Reingeniería de procesos (**) | 10 | 0 | ||
Certificaciones de calidad generales | 30 | 6 | ||
Metodología y seguimiento | 110 | 55 | ||
Metodología para las diferentes fases del proyecto | 66 | 33 | ||
Planes de proyecto | 14 | 7 | ||
Procedimientos de Gestión propuestos | 10 | 6 | ||
Técnicas de documentación | 5 | 3 | ||
Certificaciones específicas vinculadas | 15 | 0 | ||
Equipo de Trabajo | 350 | 175 | ||
Organización propuesta | 50 | 25 | ||
Evaluación del personal propuesto | 300 | 150 | ||
TOTAL | 700 | 490 |
(*) El Oferente deberá completar las casillas no sombreadas de esta columna aplicando los criterios de la presente tabla. La Oferta deberá incluir toda la documentación probatoria, adjuntando el cálculo individualizado de cada casilla
La A.N.P. se reserva el derecho de modificar dichos valores en el caso de detectar una incorrecta aplicación de los criterios
(**) Solo se considerarán antecedentes de los últimos diez (10) años, se considerarán solo los casos en que se hayan ejecutado o se ejecuten en Uruguay
ANEXO IV MODELO DE AVAL
Montevideo, de de 2015
Señores
Administración Nacional de Puertos De nuestra mayor consideración:
Por el presente documento (1)…………………………….., se constituye en fiador solidario por la suma de U$S, ............(...............…………dólares estadounidenses),
amparando las obligaciones de (2)….......................................por concepto de
(3)……………………………en la Licitación (4) ,para (5) ,renunciando al beneficio de excusión.
La presente garantía tendrá vigencia hasta el día……………………. El fiador se compromete a entregar a la Administración Nacional de Puertos el importe garantizado sin necesidad de ningún trámite judicial, siendo suficiente la intimación de entrega.
Dicho pago se efectuará en Rambla 25 xx Xxxxxx de 1825 número 160 de esta ciudad.
El fiador constituye domicilio especial a todos los efectos que de lugar este documento en la calle…………………. Nro… de esta ciudad.
Se solicita al Escribano. que certifique las firmas de este documento.
Saluda a ustedes atentamente.-
(1) Razón social del fiador
(2) Nombre (persona física) o Razón Social (persona jurídica) del oferente.
(3) Opciones: a) mantenimiento de oferta; b) cumplimiento de contrato; c) orden de compra
(4) Opciones: a) Licitación Abreviada Nro……; b) Licitación Pública Nro. c)
Licitación Pública Inter. Nro. d) Llamado Nro......
(5) Objeto de la licitación
La certificación notarial deberá ser hecha en papel notarial con sello, signo y firma xxx Xxxxxxxxx interviniente y con los timbres correspondientes según el Arancel Notarial y estar ligada al documento de fianza. En caso de tratarse de personas jurídica, el Escribano actuante deberá efectuar un control completo de la misma, (lugar y fecha de constitución, objeto, plazo, representación de los firmantes, vigencia en los cargos, aprobación de los Estatutos, inscripción en el Registro de Comercio, publicaciones). Si los firmantes actúan en calidad de apoderados el Escribano deberá certificar que el poder está vigente y que los firmantes tienen facultades bastantes para el acto realizado.
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