CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 011
CLASE: FECHA:
CONTRATANTE: CONTRATISTA: VALOR:
PLAZO:
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No 011
9 xx xxxxxx de 2022
INSTITUCIÓN EDUCATIVA RAÍCES DEL FUTURO XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
$3.900.000
Quince (15) días hábiles
Entre los suscritos a saber XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, identificado con la cédula de
ciudadanía número 14.239.927 expedida en Ibagué- Tolima, Rector de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RAÍCES DEL FUTURO, según resolución municipal No 1053 01943 xx xxxxx 19 de 2019, quien para los efectos del presente contrato se denominara, el Contratante y por la otra el señor XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, identificado con Cédula de ciudadanía No 00000000, propietaria del establecimiento de comercio ERRADICAR, con NIT No 65779249-7, quien para los efectos se denominará el Contratista, hemos convenido celebrar el presente contrato, bajo los siguientes considerandos: I. Que la misión de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA es la prestación del servicio educativo en condiciones dignas y de calidad, administrando el fondo de servicios educativos, de conformidad con la ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios, II. La institución educativa debe procurar el adecuado funcionamiento de sus instalaciones y ofrecer los servicios dotacionales de manera continua y segura a sus funcionarios y comunidad educativa en general, por lo tanto, se requiere la adquisición de los servicios de recarga de extintores, fumigación, lavado de tanques, poda de zonas verdes, igualmente en aras de cumplir con el protocolo de bioseguridad reglamentado en la resolución 777 de 2021. III. Que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA desarrolló los respectivos estudios y documentos previos, IV. Que la modalidad de selección de contratación es por régimen especial- manual de contratación. V. Que el Proceso de Contratación se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones, Por lo anterior, las partes celebran el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas. PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: “SERVICIO DE FUMIGACIÓN PARA EL CONTROL INTEGRAL PREVENTIVO DE PLAGAS VOLADORAS Y RASTRERAS, MANTENIMIENTO DE ZONAS VERDES, RECARGA DE EXTINTORES Y LAVADO DE TANQUES PARA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA RAÍCES DEL FUTURO”.
De acuerdo a la siguiente descripción:
ITEM | ELEMENTOS DE BIOSEGURIDAD | MEDIDA | CANT | VALOR MAS IVA | |
VR UNT | TOTAL | ||||
1 | MANEJO INTEGRAL DE PLAGAS: FUMIGACIÓN PARA MANEJO DE INSECTOS VOLADORES Y RASTREROS, Y ROEDORES EN SEDES PRINCIPAL RAICES DEL FUTURO USO DE PRODUCTOS QUIMICOS Y ECOLOGICOS DE ACUERDO A LAS ÁREAS. | unidad | 1 | $868.700 | $868.700 |
2 | LAVADO Y DESINFECIÓN DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE 3 TANQUES PLASTICOS DE 2.000 LT DE CAPACIDAD 1 TANQUE SUBTERRANEO DE 5.000 LT DE CAPACIDAD | unidad | 1 | $499.800 | $499.800 |
ITEM | ELEMENTOS DE BIOSEGURIDAD | MEDIDA | CANT | VALOR MAS IVA | |
VR UNT | TOTAL | ||||
3 | MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES: ABC 10 LIBRAS | unidad | 12 | $22.610 | $271.320 |
4 | MANTENIMIENTO Y RECARGA DE EXTINTORES: ABC 20 LIBRAS | unidad | 2 | $26.180 | $52.360 |
5 | SOLKAFLAM DE 3.700 GR | unidad | 3 | $42.840 | $128.520 |
6 | SOLKAFLAM DE 2.500 GR | unidad | 1 | $39.270 | $39.270 |
7 | PODA DE ZONA VERDE: 10 ARBOLES, 19 PALMAS, MATERAS 431 MTS2 DE PODA DE MALEZA Y APLICACION XX XXXX MALEZA. | unidad | 1 | $1.647.330 | $1.647.330 |
8 | RECOLECCIÓN DE BASURA Y RESIDUOS EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA | unidad | 1 | $392.700 | $392.700 |
SEGUNDA. DURACIÓN. El plazo para la ejecución del contrato será de QUINCE (15) días hábiles, contados a partir de la firma del acta de inicio. TERCERA – VALOR. El valor del presente contrato es por la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS ($3.900.000) MCTE CUARTA – FORMA DE PAGO. La Institución cancelará al Contratista el valor del presente Contrato, mediante un pago total o parcial, previa aprobación y recibo a satisfacción por parte del Supervisor y acreditación del cumplimiento del pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral. PARÁGRAFO. SUPERVISIÓN. La supervisión del cumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA será ejercida por la señora Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx, Auxiliar Administrativa de la Institución Educativa, quién tendrá entre otras funciones las siguientes: 1) La vigilancia y control de la ejecución del Contrato. 2) Hacer recomendaciones y sugerencias al CONTRATISTA con respecto a la ejecución del contrato. 3) Expedir certificación de cumplimiento a satisfacción de los bienes y/o servicios recibidos, si fuere el caso.4) Corroborar que el contratista este al día con los aportes a la seguridad social. 5) Allegar a la carpeta de pagaduría toda la documentación original que se genere en relación con el contrato. 6) Velar por su Liquidación dentro del término legal. QUINTA - GARANTÍA. De acuerdo al análisis de riesgos a cubrir por parte del contratista y lo establecido en el artículo 41 del manual de contratación, para el presente proceso se incluirán los siguientes amparos: El contratista debe presentar una garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, a favor de la Entidad Contratante. Suficiencia y vigencia de los amparos de la garantía de cumplimiento
Amparo | Suficiencia | Vigencia |
Cumplimiento del Contrato | 20% del valor del contrato | Por el término del contrato y seis meses más |
Pago de salarios prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales | 20% del valor del contrato | Por el término del contrato y tres años más |
Responsabilidad civil extracontractual | 200 SMMLV | Por el periodo de ejecución del contrato |
SEXTA-OBLIGACIONES A) OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: El contratista se obliga para con la Institución a: 1. Cumplir con el objeto del contrato, de acuerdo a los protocolos. Elementos de protección mínimos y especificaciones técnicas requeridas para la prestación del servicio, establecidas en los documentos del proceso y oferta del contratista.
2. Atender las observaciones o requerimientos que le formule LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, por conducto del supervisor del contrato y corregir las fallas dentro del plazo razonable que se le señale para el efecto. 3. Garantizar el cumplimiento del contrato, dentro del plazo pactado. 4. Cumplir con el objeto del contrato con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación ni vínculo laboral alguno del contratista con LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
5. Dar trámite oportuno a los asuntos que le sean asignados en desarrollo de las obligaciones contractuales. 6. Suscribir oportunamente el Acta de Inicio del contrato conjuntamente con el supervisor del mismo. 7.Cumplir con el objeto y las obligaciones contractuales conservando un comportamiento de cordialidad y buen trato con las autoridades y entidades sujeto de atención de la I.E. así como con los funcionarios y contratistas de la entidad, tanto en las instalaciones de la misma como donde quiera que se desarrollen las actividades derivadas del contrato. 8. Para el pago de los servicios, el contratista deberá presentar informe de actividades, registro fotográfico y allegar la factura de venta electrónica si está obligado de acuerdo a lo dispuesto por la DIAN. 9.Informar sobre los actos o conductas irregulares o ilícitas de los cuales tenga conocimiento, que sean realizados por cualquier persona relacionada con los proyectos y las actividades a cargo de la entidad. 10. Informar a la Entidad contratante cualquier cambio en su condición como Proveedor, bien sea cambios de nombre, ser parte de fusiones o adquisiciones o reorganizaciones empresariales. 11. El CONTRATISTA se compromete a dar cumplimiento de sus obligaciones con los Sistemas de Salud, Pensión Y Riesgos Profesionales, aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, en concordancia con el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002. 12. Cumplir con lo ordenado en la resolución No. 1000-0026 del 10 de enero de 2018, por medio del cual se estableció el código de integridad y buen gobierno de la Alcaldía Municipal de Ibagué, el cual tiene como objetivo lograr una gestión integral, eficiente y transparente, cumpliendo con cada uno de los valores establecidos, respetando las normas que rigen a los servidores públicos en función de la garantía de los derechos de
los ciudadanos. 13. El Proponente se obliga al cumplimiento de los requisitos y obligaciones en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente definidos en la Resolución 0312 del año 2019, Guía de compras públicas sostenibles con el ambiente de Colombia compra eficiente y resolución 777 de 2021 relacionada con las medidas de bioseguridad y protección contra la pandemia del covid-19. B) OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a: 1- Ejercer el respectivo control en el cumplimiento del objeto del contrato y expedir el recibo de cumplimiento a satisfacción. 2- Pagar el valor del contrato de acuerdo con los términos establecidos. 3- Prestar su colaboración para el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. 4. Solicitar por escrito al Contratista el reemplazo de los bienes o servicios objeto del contrato, cuando estos no cumplan con las especificaciones y/o condiciones técnicas exigidas en los Documentos del Proceso. 5. Permitir la visita del Contratista a sus instalaciones cuando el objeto del contrato así lo requiera. SÉPTIMA - CESIÓN DE LA CONTRATO. El Contratista solo podrá ceder el presente contrato con la autorización previa y expresa del Contratante. OCTAVA - CADUCIDAD. La INSTITUCIÓN EDUCATIVA RAÍCES DEL FUTURO
podrá declarar la caducidad Administrativa del contrato, mediante resolución motivada por el incumplimiento de las obligaciones por parte del contratista, tal como lo establece el artículo 18 de la ley 80 de 1.993. NOVENA- DECLARACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento que: -Xxxxxx y acepta los Documentos del Proceso. -Tuvo la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los Documentos del Proceso y recibió de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA respuesta oportuna a cada una de las solicitudes. -Se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente contrato. -El Contratista autoriza a la institución para la consulta en los términos establecidos en la ley 1918 de 2018 y sus decretos reglamentarios y se compromete a dar cumplimiento a la ley en mención, sobre el personal vinculado a la empresa que representa y que deba ingresar al plantel educativo para el cumplimiento y desarrollo del objeto contractual. -Está x xxx y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral. -El valor del contrato incluye todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones relacionados con el cumplimiento del objeto del presente contrato. -El Contratista manifiesta que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. -El Contratista se compromete a no contratar menores de edad para el ejercicio del objeto contractual, así como a no permitir que se subcontrate a menores de edad para tales efectos, dando aplicación a la Resolución 1677 de 2008 del Ministerio de la Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños.- En caso de que exista información sujeta a reserva legal, las partes deben mantener la confidencialidad de esta información. Para ello, la parte interesada debe comunicar a la otra parte- El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades, constitucionales o legales y en caso de que le sobrevenga alguna, informará inmediatamente de ellas de conformidad con él artículo 6
de la ley 190 de 1995.-–El contratista declara no encontrarse en el registro único de infractores ambiental (RUIA). DÉCIMA- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. Los Pagos que la INSTITUCIÓN EDUCATIVA RAÍCES DEL FUTURO, se obliga a efectuar en virtud del presente Contrato quedan sujetas a las apropiaciones que para tal fin se establezcan en el presupuesto de gastos de la Institución, mediante certificado de disponibilidad presupuestal No.024 de fecha 5 xx xxxxxx de 2022, afectando el rubro de gastos 21202020080502- Servicio de Limpieza poda y fumigación CONPES. DÉCIMA PRIMERA-TERMINACIÓN POR MUTUO ACUERDO. Las partes acuerdan que cuando se presenten circunstancias que afecten tanto al contratista como al contratante, se podrá dar por terminado el presente contrato por mutuo acuerdo sin que implique sanción para ninguna de las partes. DÉCIMA SEGUNDA- INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL. Para todos los efectos legales de este contrato se deja expresa constancia de que no existe vínculo laboral alguno entre el contratista y el contratante como tampoco con el personal que llegare a necesitar el Contratista para el desarrollo del objeto contractual, quienes a su vez deben estar afiliados a un Sistema de Seguridad Social . DÉCIMA TERCERA-INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA. El Contratista es una entidad independiente de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, y en consecuencia, el Contratista no es su representante, agente o mandatario. El contratista ni tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo. DÉCIMA CUARTA- CLÁUSULA PENAL En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones del presente Contrato, el CONTRATISTA debe pagar a LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA a título de indemnización, una suma equivalente al 10% del valor del contrato. El valor pactado de la presente cláusula penal es el de la estimación anticipada de perjuicios, no obstante, la presente cláusula no impide el cobro de todos los perjuicios adicionales que se causen sobre el citado valor. Este valor puede ser compensado con los montos que LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA adeude al Contratista con ocasión de la ejecución del presente Contrato, de conformidad con las reglas del Código Civil. DÉCIMA QUINTA- MULTAS En caso de incumplimiento a las obligaciones del Contratista derivadas del presente Contrato, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA puede adelantar el procedimiento establecido en la ley e imponer las siguientes multas: 10% del valor del contrato. DÉCIMA SEXTA-INDEMNIDAD. El Contratista se obliga a indemnizar a LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA con ocasión de la violación o el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente Contrato. El Contratista se obliga a mantener indemne a la Entidad Estatal contratante de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado. El Contratista mantendrá indemne a la Entidad Estatal contratante por cualquier obligación de carácter laboral o relacionado que se originen en el incumplimiento de las obligaciones laborales que el Contratista asume frente al personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del presente Contrato. DÉCIMA SÉPTIMA -TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN
UNILATERAL DEL CONTRATO. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA puede terminar, modificar y/o interpretar unilateralmente el Contrato, de acuerdo con los artículos 15 a 17 de la Ley 80 de
1993, cuando lo considere necesario para que el Contratista cumpla con el objeto del presente Contrato. DÉCIMA OCTAVA- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Y SOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS. Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, cuando el incumplimiento sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor y caso fortuito debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana, así mismo las controversias o diferencias que surjan entre el Contratista y la Entidad Estatal contratante con ocasión de la firma, ejecución, interpretación, prórroga o terminación del Contrato, así como de cualquier otro asunto relacionado con el presente Contrato, serán sometidas a la revisión de las partes para buscar un arreglo directo, en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las partes comunique por escrito a la otra la existencia de una diferencia. DÉCIMA NOVENA- DOMICILIO. Las partes acuerdan como domicilio para todos los efectos legales a que hubiere lugar el Municipio de Ibagué. VIGÉSIMA – PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO. El contratista solo podrá iniciar el siguiente contrato, cuando se hayan cumplido los siguientes requisitos: a) Certificado de Disponibilidad y Registro Presupuestal, expedidos por la Entidad, b) Verificación de documentos de capacidad jurídica y técnica solicitados en los documentos del proceso c) 2% de Estampillas Pro ancianos, 1.5
% de estampillas Procultura, sobre el valor total del Contrato, excluido IVA. PARÁGRAFO: El presente contrato quedan incorporadas todas las disposiciones contempladas en el Reglamento de Contratación aprobado por el Consejo Directivo de la Institución Educativa. Para constancia se firma a 9 días del mes xx xxxxxx de 2022
CONTRATANTE CONTRATISTA
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXX Xx Xx 00000000
XX 00 XX 0 XX 0 XXX XXXXXXXXX
Teléfono: 0 0 0 0 0 0 0
Proyecto minuta: Xxxx X contratista externa.