Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS QUE REGIRAN LA ADQUISICIÓN DE TRES VEHÍCULOS PARA LOS SERVICIOS DE: LOTE Nº 1: XXXXXXX XXXXXXXXX (0), XXXX Xx 0: PRESIDENCIA (1), MEDIANTE LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD. 1. OBJETO DEL CONTRATO
El presente Pliego tiene por objeto regir la contratación del arrendamiento de TRES vehículos para los servicios de: LOTE Nº 1: POLICIA PORTUARIA (dos vehículos) y LOTE Nº 2: PRESIDENCIA (un vehículo), mediante el sistema de Renting, a 48 cuotas.
La adjudicación deberá verificarse con arreglo al precio máximo fijado, con los criterios de adjudicación que se exponen, y de acuerdo con las características que figuran en el Pliego de prescripciones técnicas que se acompañe.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
El presente Pliego de cláusulas administrativas, el de prescripciones técnicas y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el Pliego y cualquier otro documento contractual prevalecerá el Pliego de cláusulas administrativas. 3. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación se regirá por lo dispuesto en las Normas y Reglas Generales de los procedimientos de Contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, conforme a lo previsto en la Orden FOM/4003/2008, de 22 de Julio.
El procedimiento y forma de adjudicación se determinará en este pliego, con sujeción a la Regla 42 de las citadas Normas y Reglas Generales de los procedimientos de Contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias indicadas anteriormente.
4. SERVICIOS INCLUIDOS EN EL ARRENDAMIENTO. En la cuota de arrendamiento deberán estar incluidos los siguientes servicios: - Alquiler del vehículo. - Mantenimiento integral del vehículo en los concesionarios oficiales de la marca (REVISIONES OFICIALES PERIÓDICAS, incluidos los precios de aceite, filtros, limpia lunetas…). Lo único excluido serán los lavados y consumo de combustible para su funcionamiento. - Sustitución de piezas por desgaste o cualquier otro motivo que lo haga necesario (mano de obra e impuestos incluidos).
- Reparación de todo tipo de averías (incluido piezas, mano de obra e impuestos). Los tiempos estimados para dichas reparaciones estarán sujetos a los establecidos por los talleres de los respectivos concesionarios para las mismas. - Asistencia en carretera 24 horas “desde km 0” (incluido mano de obra y piezas de reparación en carretera). - Seguro todo riesgo sin franquicia (que incluya seguro obligatorio, responsabilidad civil ilimitada, rotura de lunas, daños de colisión, robo, defensa y reclamación de daños, cobertura total de daños sin franquicia tanto del vehículo como de sus accesorios, seguro de ocupantes e impuestos). - Impuesto de Tracción Mecánica. - Dado el destino de los bienes de este contrato, estos gozarán de las exenciones y bonificación fiscales que a tales efectos disponga la legislación vigente. - Sustitución de los neumáticos (según establezca la normativa de tráfico); y siempre y cuando resulte necesario, o en función de los kilómetros recorridos o en función de su estado por motivos de seguridad, a criterio de la Autoridad Portuaria de Motril. Dicha sustitución se realizará por otros neumáticos de igual marca que los instalados por el fabricante del vehículo o similar, en los concesionarios oficiales de la marca del vehículo o en los talleres que la Autoridad Portuaria designe, todo ello a elección de la Autoridad Portuaria. - En caso de reparaciones, mantenimiento o cualquier otra visita obligada al taller por un periodo superior a 48 horas (a contar desde la entrada a dicho taller), deberá ponerse en las instalaciones de la Autoridad Portuaria y a disposición de ésta un coche de sustitución de igual categoría y cilindrada (o superior). Caso contrario, la Autoridad Portuaria podrá utilizar los servicios de una empresa de alquiler de vehículos durante el plazo que dure la reparación y el adjudicatario no haya puesto a disposición de esta Autoridad un vehículo de sustitución. Los gastos que ocasione el alquiler de algún vehículo, de conformidad con lo indicado en el párrafo anterior, le serán reembolsados por el adjudicatario a la Autoridad Portuaria en el plazo xx xxxx días desde la presentación de la factura correspondiente. Caso contrario, la Autoridad Portuaria podrá deducirlo, a su libre elección, de las cuotas mensuales que tenga que satisfacer al adjudicatario por el servicio objeto de este pliego o deduciéndolo de la garantía definitiva que se preste. - La matriculación y los gastos que de ella deriven, serán a cuenta de la empresa adjudicataria. - Documentación original, incluida la tarjeta del vehículo, seguro y sus condiciones y justificantes de pago de los impuestos procedentes, así como el material del conductor. - Las sanciones que se pudieran derivar del estado del vehículo y de la documentación del mismo, serán por cuenta del adjudicatario. Las sanciones restantes, y las que se pudieran derivar de la conducción, serán por cuenta de la Autoridad Portuaria, o del conductor del vehículo, según los casos. Dichas sanciones, en su caso, deberán ser comunicadas por el adjudicatario a la Autoridad Portuaria en tiempo y forma para poder ser recurridas, si ha lugar.
- En caso de siniestro total se procederá a sustituir el vehículo por otro equivalente o superior al anterior, en el plazo máximo de dos meses (durante los dos meses marcados deberá ponerse a disposición de la Autoridad Portuaria un vehículo de sustitución en tanto en cuanto llegue el definitivo, pudiendo la Autoridad Portuaria utilizar los servicios de una empresa de alquiler de vehículos hasta que el adjudicatario no ponga a disposición de esta Autoridad un vehículo de sustitución. Los gastos que ocasione el alquiler de algún vehículo, de conformidad con lo indicado, le serán reembolsados por el adjudicatario a la Autoridad Portuaria en el plazo xx xxxx días desde la presentación de la factura correspondiente. Caso contrario, la Autoridad Portuaria podrá deducirlo, a su libre elección, de las cuotas mensuales que tenga que satisfacer al adjudicatario por el servicio objeto de este pliego o deduciéndolo de la garantía definitiva que se preste), considerando una inmovilización indefinida del vehículo accidentado: la indemnización por el mismo, más sus restos, pasarán al adjudicatario y el Servicio (POLICIA PORTUARIA o PRESIDENCIA) seguirá con el vehículo de sustitución. 5. COLABORACIÓN EN EL MANTENIMIENTO DE LOS VEHÍCULOS. Los responsables de los servicios de Policía Portuaria y Presidencia de la Autoridad Portuaria se comprometen en relación con el mantenimiento de los vehículos, a los siguientes aspectos: - Solicitar con la antelación suficiente las revisiones de mantenimiento prescritas por el fabricante del vehículo. - Comunicar cualquier avería incipiente, con independencia de que afecte a la seguridad del mismo. - En el caso de que la avería fuese del cuentakilómetros, se calculará el recorrido diario igual a la medida de los últimos treinta días. - Facilitar la vigilancia de las reparaciones por cuenta del adjudicatario, para los fines que se estime oportunos. Si en algún caso se observara negligencia se paralizará la reparación hasta que sea comprobada por los Servicios Técnicos de la Autoridad Portuaria. - En todos los casos referentes al mantenimiento o reparación de un vehículo, y cada vez que un vehículo se mande al taller, simultáneamente se avisará por fax o correo electrónico al adjudicatario, para su conocimiento y efectos oportunos. Para ello, se deberá facilitar por el adjudicatario un correo electrónico y un teléfono para tal fin. - En las Oficinas de la Autoridad Portuaria se cumplimentará y entregará por los responsables o conductores de los vehículos, los partes de avería en el modelo que se determine dentro de las 48 horas de haber ocurrido (72 horas si fuese en vísperas de fiestas). - Los responsables y/o sus conductores se presentarán si son requeridos en cualquier procedimiento, consecuencia de algún accidente, en el que estuvieran implicados en calidad de denunciante, demandante, denunciado o testigo, según proceda. 6. KILOMETRAJE.
El número de kilómetros para el periodo de contratación que se estima para cada uno de los vehículos de la Policía Portuaria es de 150.000 Km (en total 300.000 Km). El número de kilómetros para el periodo de contratación que se estima para el vehículo de Presidencia es de 100.000 Km en total. Las empresas licitantes deberán indicar en su oferta, además de la cuota mensual de arrendamiento, el suplemento o descuento que se aplicará en caso de que los kilómetros realmente realizados superen o no alcancen tal cifra, respectivamente. A la finalización del contrato se hará la regularización de kilómetros por cada vehículo que forme parte del mismo lote, para lo cual se examinarán los vehículos a devolver por representantes autorizados de ambas partes, pudiendo compensarse unos con otros de la misma marca y modelo sobre la base de los contratados, arrojando un importe a favor en una u otra parte. 7. CONDICIONES DE ENTREGA Los vehículos no se considerarán debidamente entregados si no van acompañados de las legalizaciones necesarias para la correcta circulación de los mismos, no debiendo presentar problemas para su paso por la ITV, la cual deberá actualizarse y sellarse en tiempo y forma por el adjudicatario. Se entenderá por legalizaciones la homologación de elementos descritos en el pliego de condiciones técnicas. Los vehículos serán entregados con toda la documentación relativa al vehículo, incluida el manual de operaciones de mantenimiento y certificado de garantía. Los vehículos serán entregados con el material mínimo de recambios y herramientas, tales como: - 1 gato hidráulico. - 1 llave xx xxxxxx. - 1 rueda de recambio. - 1 juego de alfombrillas de goma delanteras y traseras. - 1 juego de triángulos de señalización de peligro plegables, homologados. Se tendrán en cuenta las mejoras que aporten los distintos fabricantes o concesionarios, así como sus sugerencias especialmente cuando vayan dirigidas a corregir cualquier posible deficiencia, que por error, pudiera ser contemplada en el pliego, dando lugar a situaciones de difícil o imposible realización, o bien, sean contrarias a la legalidad vigente en esta materia. 8. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo o de las instrucciones, pliegos o normas de toda
índole promulgadas por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
El contratista en la utilización de materiales, suministros, procedimientos y equipos para la ejecución del objeto del contrato, deberá obtener las cesiones, autorizaciones y permisos necesarios de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos.
El contratista será responsable en la ejecución del contrato de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones. 9. LEGISLACIÓN LABORAL
En la ejecución del contrato, el contratista quedará obligado con respecto al personal que emplee en la realización del trabajo, al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de ordenación laboral y social, así como las que se puedan promulgar durante la ejecución del mismo.
El incumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales por parte de la empresa o la infracción de las disposiciones sobre prevención por parte del personal designado por ella, no implicará responsabilidad alguna para la Administración contratante. 10. FINANCIACIÓN DEL CONTRATO El suministro objeto del contrato se financiará con cargo a la partida presupuestaria de los ejercicios 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. 11. FORMA DE PAGO El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos en el contrato, de los vehículos suministrados puestos en destino y en condiciones de uso a satisfacción de la Administración, previa comprobación de cantidades y calidades mediante acto formal y positivo que se expresará por el técnico correspondiente. El pago se efectuará mediante la modalidad de arrendamiento (renting) en 48 mensualidades de cuotas constantes, más los gastos de formalización de la operación, previa presentación de la factura en la división económico-financiera de la Autoridad Portuaria de Motril, la cual irá acompañada del correspondiente albarán de entrega, el cual será firmado por el Técnico receptor del suministro.
En todo caso, la factura se ajustará a los requisitos establecidos por la Autoridad Portuaria en el procedimiento de adquisición de bienes y servicios. 12. DURACION DEL CONTRATO. El período de vigencia del presente contrato será de 48 meses, contado desde la fecha de entrega de los vehículos.
La Administración ejercerá la facultad de dictar las instrucciones oportunas para el adecuado cumplimiento de lo convenido, quedando constancia de las mismas de modo fehaciente. 13. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. La entrega del material objeto del suministro tendrá lugar de la siguiente manera: 1.- El lote nº 1, entre los días 10 al 15 (ambos inclusive) del mes xx Xxxxx de 2012. 2. El lote nº 2, entre los días 20 y 25 (ambos inclusive) del mes de Noviembre de 2011. Transcurrida la fecha prevista sin haberse realizado la entrega de los vehículos, la Autoridad Portuaria de Motril podrá optar por resolver el contrato, produciéndose la pérdida de la garantía prevista en la cláusula nº 18 o por aplicación de las penalidades previstas en el párrafo siguiente de esta cláusula. No quedará resuelto el citado contrato si el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista, y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada.
En todo caso, si supera el plazo de entrega señalado, se aplicarán y harán efectivas sobre el valor total a que ascienden los vehículos no suministrados por el adjudicatario, en caso de incumplimiento, las siguientes penalizaciones:
- 1ª semana después: 1% - 2ª semana después: 3% - 3ª semana después: 6% - 4ª semana después: 10% - Una vez terminada la cuarta semana, se aplicará la penalidad económica que
se indica en la cláusula 33 de este pliego.
La Administración ejercerá la facultad de dictar las instrucciones oportunas para el adecuado cumplimiento de lo convenido, quedando constancia de las mismas de modo fehaciente. 14. DIRECTOR TÉCNICO La Administración podrá nombrar un técnico encargado de la comprobación e inspección de las obligaciones del contratista, si por las características del objeto del contrato lo estimara necesario o conveniente. 15. EJECUCION DEL SUMINISTRO.
La entrega se efectuará en el lugar que la Autoridad Portuaria Motril designe, siendo por cuenta del adjudicatario los gastos originados por el transporte de bienes y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega hasta el lugar y destino convenido.
Los vehículos se entregarán en perfectas condiciones de uso, matriculados, y de acuerdo a las especificaciones descritas en el correspondiente Pliego de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.
La anterior circunstancia será comprobada por el Técnico, firmando éste el correspondiente recibí, sin que ello implique conformidad alguna, tan sólo la constatación del hecho material de la recepción del bien.
Será responsabilidad del suministrador las consecuencias derivadas de su incumplimiento; si los bienes no se encuentran en estado de ser recibidos se hará constar en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo que se haya pactado.
El contratista responderá de la calidad del bien suministrado y de las faltas que puedan producirse. Sólo estará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen sean consecuencia directa de una orden de la Autoridad Portuaria o de las condiciones impuestas por ella.
Si se observasen defectos en los bienes librados por el contratista o se tuviesen fundadas razones para creer que puedan existir vicios ocultos en los bienes, el órgano de contratación ordenará que se corrijan los vicios observados o se ejecuten las acciones necesarias para la comprobación de estos vicios ocultos.
Los gastos de esta comprobación corresponderán al adjudicatario si se confirmase la existencia de los vicios sospechados y, en caso contrario, serán por cuenta de la Autoridad Portuaria.
16. GARANTÍA DEL SUMINISTRO Las condiciones de la garantía será la fijada por el adjudicatario en su oferta, debiendo ser la misma, como mínimo, de dos años.
Si durante la garantía se acreditara la existencia de vicios o defectos en el suministro, tendrá derecho la Administración a reclamar al adjudicatario la reposición de los bienes inadecuados, o la reparación de los mismos si fuera suficiente a juicio de la Administración, procediendo a la resolución del contrato en caso contrario. Si la Autoridad Portuaria estimase durante la garantía que los bienes no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de vicios o defectos observados en ellos e imputables al adjudicatario, y existiese fundamento para estimar que la reposición o reparación de los mismos no será bastante para lograr aquél fin, podrá rechazarlos dejándolos de cuenta del adjudicatario y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Durante la garantía, el contratista tiene derecho a conocer y ser oído sobre la utilización de los bienes suministrados. Los gastos producidos por estas circunstancias corresponderán al adjudicatario, si se confirma que se han producido por causas imputables a él, en caso contrario serán cuenta de la Administración.
17. BASE O TIPO DE LICITACIÓN
El precio total de la operación asciende a: .- Lote nº 1: 72.884 € (setenta y dos mil ochocientos ochenta y cuatro euros), IVA
no incluido. .- Lote nº 2: 50.230 € (cincuenta mil doscientos treinta), IVA no incluido. En el precio total se incluirá: - Importe de la cuota mensual para todo el contrato (incluyendo los gastos de la
operación: renting, mantenimientos y reparaciones, seguros, asistencia, responsabilidades, etc), que será fija durante el período de vigencia del contrato.
- Importe del valor residual en una sola cuota. - Importe de los gastos de la operación del renting. - Los impuestos o tasas que, en su caso, graven la puesta en circulación de este
suministro. - Cualquier otro gasto o impuesto que legalmente proceda.
A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden no sólo el precio del suministro, sino también el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos que sean de aplicación.
18. GARANTÍA DEFINITIVA El adjudicatario del contrato, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, estará obligado a constituir una garantía definitiva del 5 % del importe de adjudicación.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato. La garantía será depositada en la Caja de la Autoridad Portuaria de Motril y podrá constituirse en metálico, mediante aval o contrato de seguro de caución.
El aval o seguro de caución deberá presentarse en documento bastanteado por los servicios jurídicos del Estado o intervenido por fedatario público y ajustarse al modelo que figura como anexo 3 del presente pliego.
El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato.
Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del presente contrato, si no resultaren responsabilidades que hubieren de ejercitarse sobre la garantía definitiva y transcurrido el periodo de garantía ofertado, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquella.
Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal hubiere tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías.
La devolución de la garantía se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la regla 14 de las Normas de Contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (Orden Fom/4003/2008, de 22 de Julio).
19. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso por orden decreciente de importancia serán los siguientes:
A) Importe de la cuota mensual ...................6 puntos.
En este apartado se tendrá en cuenta el siguiente baremo:
A.1.- La oferta más baja obtendrá ..............6 puntos. A.2.- La segunda oferta más baja obtendrá ……....4 puntos.
A.3.- La tercera oferta más baja obtendrá...……..2 puntos. A.4.- La cuarta oferta y siguientes obtendrá...……..0 puntos.
B) Mejoras al pliego de condiciones..................3 puntos, como máximo.
C) Asistencia post-venta.............................3 puntos, como máximo. Dichas circunstancias deberán reflejarse expresamente en las ofertas presentadas por los distintos licitadores. 20. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello, mediante documentos originales o copia autentificadas. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las prohibiciones e incompatibilidades para contratar del artículo antes citado.
Además las empresas licitadoras para ser adjudicatarios han de contar con la necesaria capacidad de obrar, predeterminada por su objeto social, lo que supone, que cumplan los requisitos y superen los límites establecidos por las disposiciones vigentes.
Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad, originales o copias autentificadas, se acompañaran a la proposición bastanteados por el Secretario de la Autoridad Portuaria.
La Autoridad Portuaria podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor.
Dichos empresarios deberán obligarse solidariamente respecto de la Autoridad portuaria y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. La Autoridad Portuaria se reserva la facultad de realizar adjudicaciones parciales a uno o varios licitadores, si lo cree más conveniente y la naturaleza del contrato lo permite, en cuyo caso la contratación requerirá la conformidad de los adjudicatarios. Asimismo, la ley exige, para estos contratos, que las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente, y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Para acreditar que tienen plena capacidad de obrar, se presentará la documentación que acredite que poseen la referida plena capacidad de obrar de conformidad con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley de Contratos del Sector Público. Los que firmen o presenten proposiciones en lugar de otro, presentarán poder bastante al efecto y fotocopia legitimada de su DNI o del que, en su caso, le sustituya legalmente.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, salvo que se trate de un poder para un acto concreto. 21. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Los interesados podrán presentar sus proposiciones (conforme al modelo contenido en el ANEXO Nº 1) en el Registro de la Autoridad Portuario, en horario de 9´00 a 14’00 horas, de Lunes a Viernes, durante el plazo de 15 días naturales, a contar a partir del siguiente a la notificación de la invitación para tomar parte en el procedimiento negociado. Si el último día de presentación fuese sábado se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o TELEGRAMA, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos 5 días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. 22. PROPOSICIONES y DOCUMENTOS. En todo caso, el expediente de este procedimiento de contratación, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en la División de la Asesoría Jurídica de esta Autoridad Portuaria, de 9’30 a 14 horas, excepto sábados y festivos.
Los licitadores presentarán sus proposiciones en tres sobres cerrados y señalados con las letras A, B y C, claramente visibles, con la documentación que se especifica a continuación, indicando en cada uno de ellos “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”, “DOCUMENTACION TÉCNICA” y “PROPOSICION ECONÓMICA”, respectivamente, en los cuales se incluirán los documentos exigidos, que deberán ser originales o fotocopias compulsadas
Sobre A: expresará la inscripción: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE DOS VEHÍCULOS PARA LOS SERVICIOS DE: LOTE Nº 1: XXXXXXX XXXXXXXXX (0), XXXX Xx 0: PRESIDENCIA (1), MEDIANTE LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD”.
En este sobre se integrarán los siguientes documentos:
22.1 El documento o documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación, las cuales se acreditarán de la siguiente forma:
a) Los empresarios persona físicas, mediante el Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
b) Los empresarios personas jurídicas mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c) Los representantes legales de las empresas, con el Documento Nacional de Identidad y el poder notarial que los acredita, debidamente inscrito en el Registro Mercantil. En este supuesto el poder será bastanteado por la Secretaría de la Autoridad Portuaria.
- Certificado expedido por la Administración Tributaria de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.
- Certificado de estar al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social.
.- Igualmente se deberá presentar una declaración en la que se haga constar que el licitador no pertenece a ningún grupo de empresas, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del art. 42.1 del Código de Comercio, o en su caso, relación de empresas que integran el grupo de empresas del que forme parte el licitador.
.- Compromiso de Constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso.
Cuando dos, o más empresas acudan a la licitación, constituyendo una unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, en documento privado, los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión.
.- Respecto de las empresas extranjeras, éstas deberán someterse a la jurisdicción española para todos los litigios que pudieran derivarse del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
22.2. Los documentos que justifiquen los requisitos de solvencia económica y financiera, que se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
a) Informe de instituciones financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) En el caso de personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria.
c) Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los trabajos realizados por la empresa en el curso de los últimos tres ejercicios.
22.3. Los documentos que justifiquen su solvencia técnica o profesional para la realización del presente contrato, que se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
En los contratos de suministro la solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:
a) Por relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos.
b) Muestras, descripciones y fotografía de los productos a suministrar.
c) Certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de artículos bien identificados con referencia a ciertas especificaciones o normas
22.4. Una declaración responsable, en la que el licitador manifieste no estar él ni la entidad al a que representa incursa en las causas de prohibición para contratar con la Administración señaladas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de contratación del sector público y de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, no debiendo este documento tener una antigüedad superior a seis meses con respecto a la fecha de apertura de las ofertas o en su caso, declaración expresa conforme al modelo contenido en el anexo 2.
Sobre B: expresará la siguiente inscripción: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE DOS VEHÍCULOS PARA LOS SERVICIOS DE: LOTE Nº 1: XXXXXXX XXXXXXXXX (0), XXXX Xx 0: PRESIDENCIA (1), MEDIANTE LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD”
En este sobre se incluirá la propuesta técnica, en la que se incluirá toda la documentación que sirva de base a la aplicación de los criterios de adjudicación, de conformidad con lo establecido en la cláusula 19 del presente pliego, y a los requisitos exigidos en el pliego de prescripciones técnicas.
Sobre C: expresará la siguiente inscripción: “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA ADQUISICIÓN DE DOS VEHÍCULOS PARA LOS SERVICIOS DE: LOTE Nº 1: XXXXXXX XXXXXXXXX (0), XXXX Xx 0: PRESIDENCIA (1), MEDIANTE LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD”
Incluirá una única proposición económica, de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo 1 de este Pliego de Condiciones, y sin que supere los tipos de licitación establecido en la cláusula 17.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal La presentación de proposiciones presume, por parte del licitador la aceptación incondicionada de este Pliego, y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
23. MESA DE CONTRATACION La Mesa de contratación estará integrada por los siguientes miembros: PRESIDENTE: D. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxxx Xxxxxxx. SECRETARIO: D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx. VOCALES: D. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, D. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (el cual actuará como Asesor jurídico de la entidad) y Xx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx. Igualmente podrá asistir a las reuniones de la Mesa de contratación, en calidad de asesor, con voz y sin voto, el personal técnico del Servicio relacionado con el suministro a adjudicar, o cualquier técnico del que se precise asesoramiento, cuando fuese requerida su asistencia. 24. APERTURA Y CALIFICACION DE DOCUMENTOS, Y PROPOSICIONES ADMINISTRATIVA. Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación, se constituirá en la Autoridad Portuaria en sesión no pública, para la apertura y calificación de los documentos contenidos en el sobre A. De dicho acto se extenderá la correspondiente acta en la que se dará cuenta del resultado de la calificación, indicando los licitadores excluidos y las causas.
Si se observan defectos formales en la documentación presentada, se podrá conceder un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación de los defectos materiales que se observen.
25. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ECONOMICAS Y TECNICAS
Finalizado el plazo de subsanación, la Mesa se constituirá, en día hábil, excepto sábado, para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de los
licitadores, y con anterioridad a efectuar la apertura de las proposiciones técnicas y económicas de estos. Se podrán desechar las que no adjunten toda la documentación exigida en este Pliego y las no ajustadas al modelo que puedan producir duda racional sobre la persona del licitador, precio ofrecido o compromiso que contrajera
A continuación, en acto público, el cual será se anunciará previamente en el Tablón de Anuncios de esta Autoridad Portuaria, el Secretario de la Mesa de Contratación comunicará la resolución sobre la admisión de los licitadores, y posteriormente procederá a la apertura del sobre B, dando lectura de las proposiciones técnicas formuladas. Una vez concluido el acto, la Mesa de Contratación solicitará informe técnico a fin de que se analicen las diferentes ofertas presentadas y valore técnicamente las mismas. Emitido el informe técnico y en poder de la Mesa de Contratación, la misma procederá a la apertura de las proposiciones económicas en acto público, dando lectura de las mismas. Finalmente, previo examen del informe técnico y proposiciones económicas de cada oferta, la Mesa de Contratación redactará la propuesta y la elevará, junto con las proposiciones y el acta al órgano de contratación.
26. ADJUDICACIÓN. EFECTOS. A la vista del informe citado, el Presidente de la Autoridad Portuaria, efectuará la adjudicación a la proposición más ventajosa que se determine, mediante la aplicación de los criterios de la cláusula 19 del presente pliego. El licitador presentará oferta por todos los vehículos (de todos los lotes) que constan en el pliego de condiciones técnicas.
La adjudicación será única por la totalidad de los vehículos.
Igualmente, esta Autoridad Portuaria se reserva el derecho a dejar desierto la adjudicación de todos los vehículos o de algún lote si en su apreciación justificada estimara que ninguna de las proposiciones presentadas resulta conveniente para el interés público. El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el órgano de contratación. La adjudicación será notificada a los participantes en la licitación, dándosele publicidad a la misma. Los licitadores no adjudicatarios podrán retirar sus proposiciones (sobres nº 1) en el Registro de la Autoridad Portuaria de Motril en el plazo de 3 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación. 27. ACTUACIONES DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario deberá presentar en el plazo máximo de 15 días a contar desde que le sea notificada la adjudicación, la siguiente documentación original: a) Constituir la garantía definitiva que, conforme a lo dispuesto en este Pliego, le es exigida. b) Documentación original acreditativa de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de seguridad social, si no se hubiera aportado con el sobre nº 1. c) Aportar la garantía de los vehículos suministrados, en el supuesto de no haberse incluido en el sobre B “Proposición técnica”. d) Cualquier otro documento previsto en los pliegos de licitación y/o a que se refiera la carta de adjudicación. e) En el caso de empresarios que hayan acudido conjuntamente a la licitación como Unión de Empresarios, deberán constituirse en Unión Temporal de Empresas o en cualesquiera otra entidad que el derecho público establece, con sujeción a lo establecido en la normativa de aplicación, y acreditarlo ante la Autoridad Portuaria de Motril mediante la aportación de la pertinente escritura de constitución y su inscripción, en su caso, en los correspondientes Registros Oficiales. La persona o entidad que se designe como representante de la UTE deberá tener poderes bastantes para el cumplimiento del contrato y ostentará durante la vigencia del mismo la representación. La duración de la unión temporal deberá coincidir con la del contrato.
En general, la obligación de pago de gastos, por parte del adjudicatario, comprende todos los que se ocasionen con motivo de los trámites de iniciación, preparación y formalización del contrato y expediente administrativo. 28. FORMALIZACION DEL CONTRATO. Dentro del plazo de treinta días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, el contratista deberá personarse en la División de Infraestructuras, a fin de formalizar el oportuno contrato administrativo. No obstante lo anterior, dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su xxxxx. 29. REVISIÓN DE PRECIOS Dada la duración y características del contrato no es aplicable al mismo la revisión de precios. 30. INDEMNIZACIÓN AL CONTRATISTA POR FUERZA MAYOR Los contratistas no tendrán derecho a que se les indemnicen los daños que se les hubieran producido por pérdidas, averías o perjuicios en los materiales antes de su entrega, salvo que la Administración hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. 31. CAUSAS DE EXTINCION Y/O RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se extingue por su cumplimiento o por resolución. El contrato se entenderá extinguido cuando el Contratista haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Autoridad Portuaria de Motril, la totalidad de su objeto. Son causas de resolución del contrato: a) La muerte o incapacidad sobrevenida del Contratista individual o la extinción de la
personalidad jurídica de la sociedad Contratista. b) La declaración de quiebra, de suspensión de pagos, de concurso de acreedores o
de insolvente fallido en cualquier procedimiento, o el acuerdo de quita y espera. c) El mutuo acuerdo entre la Autoridad Portuaria de Motril y el Contratista. d) El incumplimiento por parte del Contratista de cualquiera de sus obligaciones
esenciales y en todo caso: • El incumplimiento de sus obligaciones respecto de la fianza. • El incumplimiento tanto del plazo como de cualquiera de los plazos
parciales que se establezcan en el programa de trabajo. e) La falta de pago injustificado por parte de la Autoridad Portuaria de Motril. f) El abandono por parte del Contratista de la prestación objeto del Contrato,
entendiéndose producido tal, cuando los servicios, trabajos o prestaciones no se desarrollen con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en plazo.
g) La no subsanación de los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios, que le sean imputables al Contratista.
h) El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, especialmente si afecta a la seguridad.
i) El retraso en mas de un mes en el inicio de la prestación del servicio. j) Cualquier otra establecida como causa de resolución en el presente Pliego de
Condiciones. Cuando, previa audiencia del contratista, el órgano de contratación dicte acuerdo motivado de resolución del contrato por la concurrencia de alguna causa de resolución por incumplimiento imputable al contratista, ordenará la incautación de la garantía definitiva constituida por el mismo, en su caso de la adicional, sin perjuicio del derecho a reclamar del referido contratista el importe de los perjuicios que dichas garantías no alcanzaran a cubrir y con reserva del derecho del contratista a entablar las demandas que procedan contra el acuerdo de resolución sobre la concurrencia de la causa de resolución y sus efectos. Para todo lo no previsto en este apartado, se aplicará el contenido de los Art. 206, 208, en relación con los Art. 275 y 276, todos ellos de la Ley 30/2007. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, en el supuesto de que la extinción del contrato produjera un grave trastorno al servicio del Puerto, la Autoridad Portuaria podrá disponer la continuación de sus efectos y bajo sus mismas Cláusulas hasta que se adopten medidas urgentes para evitar el perjuicio. Será causa de caducidad de la prestación del servicio, sin pérdida de la fianza constituida, la ruina de las instalaciones o la destrucción de las mismas por incendio, guerra, sedición, explosión o terremoto, u otra fuerza mayor, en términos de hacerse
imposible la continuación de la prestación del servicio debidamente justificada a juicio de la Autoridad Portuaria. 32. OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. Si el adjudicatario no atendiera los requerimientos de constitución de garantía, no cumpliere los requisitos para la celebración del contrato o impidiese que se formalice en el término señalado, se podrá acordar la resolución del contrato, según dispone el artículo 206 de la Ley de Contratos del Sector Público. También pueden ser causa de resolución las previstas en el art. 206 de la Ley de Contratos del Sector Público y las que contiene la Regla 24 de la Normas de Contratación de la Autoridades Portuarias (Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio). Además de las causas consignadas serán causas de resolución del contrato: a) El abandono, demora, falta o retraso reiterado en la prestación del servicio y de los plazos previstos en este pliego. Con independencia de la facultad resolutoria, en este supuesto con pérdida de la fianza constituida, la Administración podrá optar por la imposición de las penalidades previstas en este pliego. En todo caso, la fianza responderá de su efectividad. El pago de las penalidades no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que la Administración pudiera tener derecho. b) Incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato o del presente pliego de condiciones. c) Manifiesta incapacidad o negligencia en la prestación del servicio. d) El mutuo acuerdo con el contratista previa justificación en el expediente de las razones de interés público que hacen innecesaria o inconveniente la continuidad del contrato. 33. PENALIDADES A IMPONER AL CONTRATISTA PARA LOS CASOS DE DEMORA O INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Como condición general, cuando el órgano de contratación estime que el retraso en el plazo de ejecución del contrato sea imputable al contratista, podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por conceder la ampliación del plazo contractual, imponiendo en este caso al contratista las penalidades diarias de 150 Euros por cada día natural de demora. Las penalidades se harán efectivas mediante su deducción de los pagos que proceda realizar al contratista y, no siendo esto posible, con cargo a la garantía definitiva que se hubiera constituido. 34. FORMA DE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y, EN SU CASO, PLAZO DE GARANTÍA.
1. Corresponde al órgano de contratación verificar que la prestación realizada por el contratista se ajusta a lo pactado, de lo que se dejará constancia en la forma establecida en el pliego.
2. A falta de indicación en el pliego, el cumplimiento del contrato se acreditará mediante acta suscrita por el contratista y el órgano de contratación previo informe del director del contrato o del director facultativo. El órgano de contratación podrá hacerse representar para dicho acto, de lo que deberá quedar constancia en el propio documento.
3. Al Acta se acompañará, en su caso, la ficha de incorporación definitiva al inmovilizado, en la que conste la identificabilidad, desglose de elementos, período de amortización y, si ello fuere posible, servicio al que se adscriben.
4. El plazo de garantía será el señalado en la cláusula 16 de este pliego, salvo cuando el pliego establezca uno distinto. Durante ese plazo, el contratista estará obligado a efectuar los trabajos de mantenimiento o conservación y a responder de los daños o deterioros imputables al mismo que se pongan de manifiesto con el uso normal del objeto del contrato.
5. Podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes del contrato susceptibles de ser ejecutadas y/o que puedan ser entregadas a la entidad contratante por unidades, según lo pactado en el contrato.
35. CESIÓN O SUBCONTRATACIÓN.
No se permitirá al adjudicatario la cesión o subcontratación de la adjudicación que nos ocupa.
36. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN. Corresponden al órgano de contratación las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley 30/2007. Los acuerdos adoptados al respecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
En el correspondiente expediente se dará audiencia al contratista. 37. CONFIDENCIALIDAD 1.El Contratista reconoce que podrá tener acceso a Información Confidencial de la otra parte, entendiéndose por información confidencial toda la documentación e información que le sea facilitada por la APM para la prestación del suministro que nos ocupa.
2.El Contratista deberá, tanto durante la ejecución del referido suministro como con posterioridad, mantener confidencial dicha Información. En cumplimiento de esta obligación el Contratista no podrá proporcionar, en ningún momento y bajo ningún concepto, Información Confidencial de la APM, en cualquier formato, a un tercero (diferentes de sus empleados y agentes que estén bajo obligaciones de confidencialidad) o darle a la Información Confidencial de la APM cualquier otro uso diferente al que es objeto de la contratación. El Contratista se compromete a tomar medidas razonables, que sean al menos tan exigentes como las que adopta con su propia Información Confidencial, para garantizar que la Información Confidencial no es revelada o distribuida por sus empleados o agentes con incumplimiento de estas previsiones. 0.Xx tendrá la consideración de información confidencial la siguiente: - La información que en el momento de la entrega a la otra parte sea de carácter público. - La información que, después de su entrega se convierta en información de carácter público, salvo por ruptura de la presente obligación. - Información que la parte receptora pueda demostrar que es el resultado de su propia investigación y desarrollo, independientemente de la distribución realizada por la parte suministradora. - Información que la parte receptora recibe de terceras parte, siempre y cuando dicha información no haya sido obtenida por las terceras partes de la parte suministradora con carácter confidencial. - Información que la parte receptora recibe cumpliendo con las leyes vigentes o por una orden judicial, siempre que la otra parte (parte suministradora) se le dé un preaviso razonable de dicha ley u orden, y una oportunidad para intentar impedir o limitar dicha producción. 0.Xx vulneración de esta cláusula implicará un incumplimiento del contrato, debiendo el Contratista compensar a la APM por cualquier daño ya sea directo, indirecto, especial, incidental, punitivo o consecuente, resultado de tal vulneración. 5.El Contratista deberá de obtener la aprobación de la Autoridad Portuaria, a través de la Dirección del Contrato, antes de dar publicidad, sin carácter delimitativo, a comunicaciones, anuncios y fotografías de cualquier clase en relación con la prestación. 6.El Contratista exigirá el cumplimiento de los requisitos a sus subcontratistas y proveedores. 38.- GARANTÍA DE DERECHOS: El Contratista responderá ante la Autoridad Portuaria de Motril del ejercicio pacífico de los derechos titularidad de la Autoridad Portuaria de Motril y/o de aquellos que hayan sido cedidos mediante el presente contrato, comprometiéndose a no contraer sobre tales derechos compromisos o gravámenes de ninguna especie que atenten contra los derechos que a la Autoridad Portuaria de Motril o a terceros les correspondan, de acuerdo con lo estipulado en este contrato. Al respecto, el Contratista se hace responsable frente a la Autoridad Portuaria de Motril de todas las cargas pecuniarias que pudieran derivarse para la Autoridad Portuaria de Motril a favor de terceros con motivo de acciones, reclamaciones o conflictos derivados del incumplimiento de lo señalado en esta cláusula por parte del Contratista.
Asimismo, el Contratista declara tener las autorizaciones que en su caso correspondan al objeto de no incurrir en vulneración alguna al derecho de autor y permitir el goce de los derechos patrimoniales a la Autoridad Portuaria de Motril en los términos reseñados en esta cláusula así como a cualesquiera otros derechos reconocidos por la Ley, exonerando, por lo tanto, a la autoridad Portuaria de Motril de cualquier responsabilidad que pudiera exigirle un tercero por la utilización y explotación de las obras. A tal efecto, el Contratista deberá presentar a la Autoridad Portuaria de Motril cuanta documentación le sea requerida por ésta a fin de probar la existencia de las autorizaciones que en cada caso resulten pertinentes. 39. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), la Autoridad Portuaria de Motril (en adelante, APM), informa al interesado de que dicha entidad es responsable de los tratamientos en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para participar en la licitación para la contratación de las prestaciones objeto del presente Pliego con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, elaboración del acta de apertura de ofertas, valoración , en su caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos en el Pliego que nos ocupa, solicitar cuanta documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de información, comunicarle el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, proceder en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación administrativa aportada y de la garantía provisional depositada (si la hubiera), remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así como cualquier otro trámite previsto conforme a la normativa de aplicación y el mantenimiento de históricos. Asimismo, se informa que de conformidad con la legislación vigente, la APM deberá comunicar la información y datos obrantes en el expediente de contratación a los siguientes Organismos y terceros: Jueces y Tribunales, en su caso, cuando fuera requerido legalmente para ello, Organismo Público Puertos del Estado (OPPE) y Cuerpo de Inspección del Ministerio de Fomento, Junta Consultiva de Contratación del Ministerio de Economía y Hacienda, Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para realización de las auditorias de cuentas correspondientes y en general, el Tribunal de Cuentas, auditores y a cualesquiera otros terceros a quienes, en virtud de la normativa vigente la APM tuviere la obligación de comunicar los datos. Igualmente, le informamos que en virtud del principio de publicidad los datos relativos a la identidad del licitador e importe de la proposición económica podrá ser cedidos a cualquier tercero que lo solicite, así como que en función del procedimiento de aplicación la APM deberá proceder a la publicación de información relativa a la adjudicación de la contratación en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. 40. JURISDICCION COMPETENTE Las cuestiones litigiosas que deriven del procedimiento de preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos, serán resueltas por la Jurisdicción Civil. La reclamación en vía administrativa ante el órgano de contratación será requisito previo al ejercicio de la acción civil, todo ello de conformidad con lo indicado
en la Regla 45 de las Normas de Contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.
Motril a 9 xx Xxxxx de 2011.
El Director
Fdo. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxxx Xxxxxxx.
ANEXO Nº 1
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONOMICA Dº.__________________________________________________________con domicilio en ________________________________________, Municipio ____________________, CP._________, y DNI nº_______________, expedido en _____________, con fecha _________, en nombre propio (o en representación de ____________________________________como acredito por___________________________), teléfono_____________ expone que: 1. Que estando interesado en participar en el expediente de contratación PARA LA ADQUISICIÓN DE TRES VEHÍCULOS PARA LOS SERVICIOS DE: LOTE Nº 1: XXXXXXX XXXXXXXXX (0), XXXX Xx 0: PRESIDENCIA (1), MEDIANTE LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, tomo parte en la misma comprometiéndome a realizar el suministro de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas que acepto íntegra e incondicionalmente, haciendo constar igualmente que no he presentado más de una proposición a la misma licitación, ya sea individualmente, ya en unión temporal con otro empresario. 2. Que no estoy en ninguna de las circunstancias establecidas en el art.49 de la Ley de Contratos del Sector Público. 3. Que la actividad de la empresa que represento tiene relación directa con el objeto del contrato, y dispone de medios materiales y personales suficientes para la debida ejecución de este. 4.Que me comprometo a prestar el servicio con sujeción a los requisitos y condiciones xxx Xxxxxx, con el desglose siguiente: LOTE Nº 1: - Cuota mensual por vehículo, que será fija durante el período de vigencia del
contrato______________€/incluido IVA.
- Valor residual______________€/incluido IVA. - Importe de los gastos de la operación ______________€/incluido IVA.
- Suplemento o descuento que se aplicará en caso de que los kilómetros efectivamente realizados por el vehículo supere o no alcance la cifra de 150.000 Km:…………………….. LOTE Nº 2:
- Cuota mensual, que será fija durante el período de vigencia del
contrato______________€/incluido IVA.
- Valor residual______________€/incluido IVA. - Importe de los gastos de la operación ______________€/incluido IVA.
- Suplemento o descuento que se aplicará en caso de que los kilómetros efectivamente realizados por el vehículo supere o no alcance la cifra de 100.000 Km:………………….
En Motril, a ---------- de ------------------- de 2011. (firma del licitador)
ANEXO Nº2
DECLARACION RESPONSABLE
Dº._________________________________________________, vecino de_______________, y con DNI.___________________ en nombre propio o en representación de___________________________, con domicilio en__________________________________________, teléfono__________________: Al objeto de participar en el concurso convocado por la Autoridad Portuaria de Motril PARA LA ADQUISICIÓN DE TRES VEHÍCULOS PARA LOS SERVICIOS DE: LOTE Nº 1: XXXXXXX XXXXXXXXX (0), XXXX Xx 0: PRESIDENCIA (1), MEDIANTE LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, declara bajo su personal responsabilidad: 1. Que se somete voluntariamente y acepta íntegramente las condiciones del contrato, así como cuantas obligaciones se deriven como licitador y adjudicatario si lo fuere. 2. Que reúne los requisitos y condiciones xxx Xxxxxx de condiciones económico administrativas y el de Prescripciones técnicas, posee plena capacidad de obrar, solvencia económica, financiera y técnica, está al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. Y para que así conste y a los efectos oportunos, expide la presente declaración en Motril, a ______ de __________de 2011.
Firma del xxxxxxxxx
XXXXX 0
a.- Modelo de Aval.
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF, en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), ante (órgano administrativo, organismo autónomo o ente público), por importe de: (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes Administraciones Públicas, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha) (razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o código
b.- Modelo de certificado de seguro de caución.
Certificado número (1) (en adelante, asegurador), con domicilio en, calle, y NIF, debidamente representado por don (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A (3), NIF, en concepto de tomador del seguro, ante (4), en adelante asegurado, hasta el importe de (en letras y en cifras) (5), en los términos y condiciones establecidos en de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el
contrato (6), en concepto de garantía (7), para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja General de Depósitos u órgano equivalente de las restantes
Administraciones Públicas, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo. El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (4), o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo
con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
Lugar y fecha. Firma: Asegurador
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO
Provincia Fecha Número o código
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora. (2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados. (3) Nombre de la persona asegurada. (4) Órgano de contratación. (5) Importe, en letra, por el que se constituye el seguro. (6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución. (7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.
NOTA.-EL PRESENTE AVAL o SEGURO DE CAUCIÓN DEBERÁ ESTAR LEGITIMADO POR FEDATARIO PUBLICO.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRAN LA ADQUISICIÓN DE DOS VEHÍCULOS, PARA EL SERVICIO DE POLICIA PORTUARIA Y OTRO VEHICULO PARA PRESIDENCIA, MEDIANTE LA MODALIDAD DE ARRENDAMIENTO, POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD.
El material suministrado deberá cumplir los requisitos exigidos por la CEE para
su correcto uso y funcionamiento. Las características técnicas que a continuación se
detallan tendrán al carácter de mínimas, a menos que se especifique otra cosa.
Los vehículos base sobre los que se realizará la transformación y equipamiento
objeto de este Pliego de Prescripciones Técnicas, serán turismos de serie
comercializados al público.
LOTE Nº UNO Servicio de Policía Portuaria (2 Vehículos)
1. Motor: - Cilindrada: 1461cc. - Número de Cilindros: 4 - Tipo de Inyección: Inyección directa Common Rail + turbocompresor - Carburante: Diesel - Potencia Máxima KW CEE (c.v.): 66 (85) - Número Total de Válvulas: 8 - Norma de polución: EURO 5 - Filtro antipartículas: FAP
2. Capacidad de Depósito de combustible: 50 litros 3. Dirección: Diámetro de Giro entre bordillos: Menos de 11 m. 4. Tipo de Transmisión: Tracción delantera (4 x 2) 5. Caja de Cambios: 5 velocidades, manual tipo BVM 6. Tipo de carrocería:
- SUV (todocamino) 7. Número de Puertas: 5
8. Dimensiones:
- Longitud/Anchura/Altura (máxima): 4315/1822/1630 mm - Batalla: 2673 mm - Altura total con barras: 1695 mm - Anchura incluida espejos 2000 mm - Umbral de carga en vacio: 778 mm
9. Pesos:
- Carga útil máxima: 442 Kg - MMA: 1740 Kg - En orden de marcha máximo: 2940 Kg
10. Color:
- Blanco Glaciar 11. Climatización:
- Calefacción y ventilación 4 velocidades y reciclaje de aire acondicionado 12. Seguridad y confort:
- Suspensión reforzada. - ABS - 4 airbags: 2 frontales, 2 laterales de tórax. - Antiniebla delanteros. - Cierre centralizado con mando a distancia. - Radio CD con mandos en volante 4x15 W. - Banqueta abatible por partes 1/3, 2/3 - Asiento conductor y volante regulables en altura.
13. Dotación extra como vehículo Policial:
13.1. Dispositivos de señalización prioritaria óptico-acústicas:
- Xxxxxx xx xxxxx prioritarias LED serie ARJENT Sputnik, de diseño aerodinámico y bajo perfil, de gran luminosidad y bajo consumo;
homologado según norma R-65 y según Directiva Europea de
Compatibilidad electromagnética 95/54/CE, el cual conste de: sistema
óptico de 360º, Luces de crucero en los extremos laterales combinadas
con las prioritarias, focos halógenos frontales, foco alógeno en ambos
extremos, dos LEDs rojos delanteros de señalización xx xxxxxx y
módulos posteriores LEDs ámbar indicadores de dirección.
- Dos focos ovalados de señalización prioritaria empotrables en aletas laterales, para refuerzo de seguridad en cruces, con lámpara
estroboscópica y luz de crucero color azul.
- Fuente de alimentación estroboscópica estanca, adaptada a la potencia de salida de iluminación.
- Sistema de control integrado, con amplificador de sirena de 100 W con tres tipos de sonido, megafonía exterior y gestionador de funcionamiento
del xxxxxx xx xxxxx mediante botonera de control remoto adaptada al
modelo y sistema del xxxxxx xx xxxxx.
- Altavoz-sirena de 100 W aprox. Situado en el alojamiento del motor del vehículo, anclado de manera que propague de la mejor manera el sonido
de la sirena y la megafonía.
.
13.2. Equipamiento y accesorios varios:
- Laminado negro xx xxxxxxxxx laterales traseros y luneta posterior homologados, que impidan la visión desde el exterior del vehículo.
- Extintor de polvo seco tipo ABC de 6 Kg. Homologado, con soporte anclaje de seguridad anti-choque en xxxxx xx xxxxx y sujeción mediante
gomas, fijado al piso del maletero del vehículo.
- Dos linternas profesionales serie L500, con lámparas halógenas de 5 V 12 W, con una corona de LEDs de color ámbar y rojo. Cargador de 12 V
en maletero, el cual debe estar sincronizado con el contacto del vehículo;
dos conos difusores de luz translúcidos.
- Pinza sujeción de documentos. Colocación en parte derecha del salpicadero de elemento de sujeción para la fijación de documentos.
- Rollo cinta señalización-acotación con portarrollos integrado. - Manta Plegable: MI-20 Manta ignífuga de fibra xx xxxxxx M-TERM termoaislante plata/oro.
- Botiquín de primeros auxilios con sistema de anclaje y extracción rápida al maletero.
- 2 chalecos reflectantes homologados con cierre de cremallera. 13.3. Equipamiento extra:
- Preinstalación (cableado) de emisora onda media-pesquera en salpicadero
- Antena de emisora de comunicaciones en techo.
13.4. Rotulación del vehículo:
.- Blanco acrílico.
.- Bandas dameros reflectantes a los dos lados del vehículo.
.- Rotulado y características de los materiales:
Adhesivos reflectantes.
Con carácter general los adhesivos reflectantes deberán cumplir los siguientes
requisitos:
Estarán formados por una lámina con un adhesivo sensible a la presión que
permita su deslizamiento sobre una superficie xx xxxxx a 22º C sin que produzca la
adhesión definitiva hasta que no se efectúe una firme presión sobre la misma.
Exposición exterior:
El material adhesivo, correctamente aplicado, en exposición exterior vertical
permanecerá en buen estado, sin deterioros apreciables tales como agrietamiento,
formación de escamas, variación sustancial de color, deslaminación o pérdida de
adherencia durante 4 años.
Además de las especificaciones anteriores, los adhesivos reflectantes deberán
cumplir las siguientes:
- El material corresponderá a un grado de reflectancia de NIVEL I, a base de
“microesferas” xx xxxxxx embebidas en resinas.
Elongación y resistencia a agentes químicos.
- Este material podrá elongarse hasta un 175% a 23ºC.
- Será resistente a los agentes químicos a 24ºC ± 3ºC de acuerdo con las pruebas y
agentes especificados a continuación, tras las
Adhesivos pigmentados.
Con carácter general los adhesivos pigmentados deberán cumplir los siguientes
requisitos:
Estarán formados por una lámina de vinilo pigmentada, con un espesor incluido el
adhesivo, entre 0,07 y 0,1 mm. Esta lámina, estará revestida con un adhesivo sensible a
la presión, que permita su aplicación a 4ºC de temperatura, sobre superficies planas o
corrugadas y superficies curvas. El adhesivo irá protegido con un papel soporte,
fácilmente eliminable.
Adhesión.
Deberán permanecer adheridos con seguridad aunque se sometan a
temperaturas extremas de –40º C y 95º C, y no se romperán, saltarán o pelarán por sí
mismos.
Los valores mínimos de adhesión, medidos según método de prueba FTM 1, serán de
25N., cuando se mide sobre sustrato de aluminio decapado o anodizado, previamente
tratado según queda especificado en la normativa, con unas tiras de material de 25 mm.
de ancho.
Elongación y resistencia a agentes químicos.
Este material tendrá una elongación mínima del 50% según la Norma ISO 1184-1983,
que le permitirá adaptarse a superficies irregulares.
Las láminas no encogerán de 0,4 mm. cuando se sometan a ciclos de temperatura
variable, según se especifica en la prueba de estabilidad dimensional FTM 14.
Será resistente a los agentes químicos a 24ºC ± 3ºC.
Las láminas permanecerán en buen estado, sin deterioros apreciables tales como
agrietamiento, formación de escamas, decoloración excesiva deslaminación o pérdida
de adherencia durante 5 años.
LOTE Nº DOS
PRESIDENCIA. (Un vehículo)
Equipamientos Alarma y Supercierre Color Negro Metalizado Tapicería Cuero, color oscuro Retrovisores exteriores. electrocromos abatibles eléctricamente. Faros Bi-Xenon Alerta cambio involuntario xx xxxxxx Retrovisores exteriores abatibles eléctricamente Asientos conductor y pasajero calefactados Lavafaros Elevalunas eléctrico Antinieblas delanteros Radio teléfono Climatizador automático cuatro zonas Control caudal aire plazas traseras Climatización difusión suave Regulador con limitador voluntario de velocidad Llantas de aluminio 18" Rueda repuesto chapa(neumático standad) Suspensión Activa de flex y amort pil fun Sport Ayuda al estacionamiento delantero y trasero Navegador Color con CD cartográfico Retrovisor interior electrocromo Encendido automático alumbrado xx xxxxx Capot activo (protección peatones) Cristales Laminados insonorizantes y tintados Dirección asistida continuamente variable con la velocidad
Sistema de frenos ABS y ayuda a la frenada de urgencia Freno de estacionamiento eléctrico ESP (Control dinámico de estabilidad) + ASR(Antipatinaje) Filtro antipolen Supercierre Ordenador de a bordo 9 Airbags Limpia parabrisas delantero automático con captor lluvia Luneta trasera térmica temporizada Elevalunas del /tra eléctricos antipinzamiento Pret pirotéc y lim esfuerzo asientos del y lat tra Volante en cuero Portaobjetos refrigerado en consola central Decoración en aluminio 10 Altavoces Pantalla virtual en parabrisas Asientos delanteros eléc. con 5 reglajes conductor y pasajero Asientos traseros eléctricos y calefactados Características técnicas.
Motor Cilindrada (cm3) 2967 Numero de cilindros 6 Potencia máxima en kW CEE / cv DIN / a rpm/min 204/3750
Par motor en Nm CEE / mkg DIN / a rpm 400 Nw/m Caja de velocidades Automática Secuencial Número de velocidades 8 Cotas (en mm) Longitud total 4915 Anchura total 1874 Altura total 1455 Distancia entre ejes 2912 Volúmenes Volumen de maletero (litros) 530 Número de plazas 5 Pesos Peso en vacío (CEE) - total en carga (Kg) 1645 -2225 Prestaciones Velocidad máxima (en km/h) 240
0 a 100 Km/h (conductor sólo en segundos) 7,2 Consumo Consumo urbano 6 Consumo extra-urbano 4,7 Consumo mixto 5,2 Emisiones de CO2 - gr / km 133 COLOR: Negro. Neumáticos
Neumáticos 24 5/45 R18
Combustible Gasóleo Sí Capacidad del depósito (litros) 75
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR DE TODOS LOS VEHÍCULOS
- Gastos de matriculación, I.V.A. y transporte hasta el recinto del Puerto de Motril,
incluidos.
- Tarjeta de Características Técnicas sellada por la I.T.V. en plaza autorizando la
instalación de los sistemas ópticos y acústicos de emergencia así como todas las
reformas realizadas en los mismos las cuales sean necesaria de la correspondiente
homologación o autorización de la autoridad competente.
Motril, a 9 xx Xxxxx de 2011
El Director
Fdo. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx-Xxxxxx Xxxxxxx