PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE AUXILIARES DE CABINA DE APARCAMIENTOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE AUXILIARES DE CABINA DE APARCAMIENTOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este contrato es la contratación de un servicio de auxiliares de cabina de los aparcamientos de la empresa ”Aparcamientos Municipales de Tarragona, S.A” (AMT), de acuerdo con aquello que prevé el Anexo 1: “Cuadro resumen de las características del contrato, con expresión de la codificación correspondiente a la clasificación CPV de la Comisión Europea, aprobado por Reglamento (CE) 2151/2003, y modificado por Reglamento de la Comisión 213/2008.
2.- TRAMITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO (SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA)
El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto regulado por el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), que es el que se realizará con carácter ordinario, especialmente cuando el valor estimado supere el importe de
60.000 €. Si el valor estimado supera el importe de 200.000 €, el contrato estará sujeto a regulación armonizada.
3.- NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO
Consta al Anexo 1 la información sobre la necesidad y la idoneidad del contrato, en cumplimiento de las exigencias de los artículos 22 y 109 del TRLCSP.
4.- RESPONSABLE DEL CONTRATO
Si se designa responsable del contrato (figura diferente del técnico supervisor), en cumplimiento de lo que prevé el artículo 52 del TRLCSP, se hará constar al Anexo 1 el nombre y datos de contacto de la persona física o jurídica que haya sido nombrada como tal.
5.-CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
Por la condición de poder adjudicador de AMT el contrato a que dé lugar la presente licitación tendrá naturaleza de contrato privado, de conformidad con el artículo 20 del TRLCSP y se regirá por lo establecido en el mismo y por las normas contenidas en el mencionado TRCLSP en cuanto a su preparación y adjudicación.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, si se tercia de derecho privado. En cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, el contrato se regirá por el derecho privado.
Los contratos se ajustarán al contenido de este pliego.
En caso de discordancia entre este pliego y cualquiera de los documentos contractuales restantes, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas particulares que contiene los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento de los términos del contrato, de los documentos anexos que forman parte de las instrucciones, pliegos o normas aprobadas por AMT, que puedan ser de
aplicación en la ejecución de aquello pactado, no eximirá el contratista de la obligación de su cumplimiento.
6.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y LOTES
El valor estimado del contrato, así como el presupuesto de licitación máximo de este se detallan en el Anexo 1. El valor estimado, a efectos de determinar el procedimiento de adjudicación y la publicidad, incluye el total de anualidades previstas y las posibles prórrogas, sin IVA.
En caso de que se haya previsto en el anexo xxx xxxxxx la posibilidad de llevar a cabo modificaciones del contrato, se tendrá en cuenta su importe a los efectos de determinar el valor estimado.
El Presupuesto de licitación incluye la duración prevista del contrato, sin prórrogas, y desglosando el importe correspondiente al presupuesto limpio y el importe de IVA. El presupuesto de licitación constituye la cifra máxima que podrán ofrecer los licitadores, por encima de la cual las ofertas quedarán desestimadas. El importe se detalla al Anexo 1.
Los licitadores de aplicación en la ejecución de aquello pactado, no eximirá el contratista de la obligación de su cumplimiento.
7.- EXISTENCIA DE CRÉDITO Y TRAMITACIÓN ANTICIPADA
La aplicación presupuestaria de las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento del contrato, así como la reserva de crédito figuran al Anexo 1.
La aprobación del gasto por AMT comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista tenga que realizar para la normal ejecución de los servicios contratados, así como todo tipo de impuestos.
El expediente de contratación se podrá tramitar anticipadamente, según establece el artículo 110.2 del TRLCSP. Si se da tal supuesto, se hará constar esta circunstancia de forma expresa al Anexo 1.
Cuando el contrato se formalice en ejercicio anterior al del inicio de la ejecución, la adjudicación quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito suficiente al presupuesto municipal del ejercicio siguiente.
En los contratos plurianuales, la aprobación del gasto se subordinará al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos; y en los arrendamientos con opción de compra, en el último ejercicio de vigencia del contrato habrá que consignar también el importe que corresponda al valor residual de adquisición, por si se ejerce la opción.
8.- REVISIÓN DE PRECIOS
La revisión de precios tendrá lugar, salvado previsión expresa, en el Anexo 1, en los términos establecidos en el artículos del 89 al 94 del TRLCSP. No habrá lugar a la revisión de precios en los contratos de arrendamiento financiero ni de arrendamiento con opción de compra (art. 89.2 TRLCSP)
Los sistemas o índice aplicables para la revisión serán los que se indiquen en el Anexo 1.
Cuando el índice de referencia sea el IPC, la revisión no podrá superar el 85% de variación experimentada. (art.90.3 TRLCSP).
Así mismo para resolver las cuestiones que se deriven de la revisión de precios serán aplicables los artículos 93 y 94 del TRLCSP.
9.- ADMISIÓN DE VARIANTES
La admisión o no de variantes se especificará al Anexo 1.
Cuando se haya previsto al Anexo 1, los licitadores podrán presentar el número de alternativas que se indiquen, siempre que contengan todos los requisitos pedidos en el Pliego. En este caso a la apartado «proposición económica», después de presentar esta haciendo constar
«Oferta Principal», se hará constar en hoja a parte: «Proposición Económica Alternativa A».
10.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación es el Consejo de Administración de AMT y que se fija en el
Anexo 1.
11.- PERFIL DE CONTRATANTE
En cumplimiento de lo que establece el artículo 53 del TRLCSP y con el fin de asegurar la transparencia, publicidad y concurrencia, AMT difundirá a través de Internet la información relativa a este contrato, a través de la web que figura en el Anexo 1.
De acuerdo con el artículo 141 del TRLCSP, cuando los contratos estén sujetos a regulación armonizada, la licitación se tiene que publicar, además, en el «Diario Oficial de la Unión Europea», sin que en este caso la publicidad efectuada en los diarios oficiales autonómicos o provinciales pueda sustituir la que se tiene que hacer en el «Boletín Oficial del Estado».
12.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA
Las empresas licitadoras tendrán que acreditar haber realizado como mínimo un servicio de limpieza con características similares, en los cinco últimos años.
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, en la forma prevista a los artículos 74, 75 y 78 y concordantes del TRLCSP. En especial la solvencia técnica o profesional en los contratos de servicios se acreditará de acuerdo con aquello que dispone el TRLCSP. Los requisitos concretos se establecen en el Anexo 1.
En cumplimiento del artículo 54.2 del TRLCSP los empresarios tendrán que contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para realizar la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
No podrán concurrir a la licitación empresas que hayan participado en la elaboración de las especificaciones técnicas y documentos preparatorios del contrato siempre que esta participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer trato
privilegiado respecto al resto de empresas licitadoras (arte. 56 TRLCSP).
En cumplimiento del artículo 57 del TRLCSP las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos que comporten prestaciones que les sean propias para estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad de sus estatutos o reglas fundacionales; y tienen que disponer de una organización con elementos suficientes para la debida ejecución de los contrato.
En cumplimiento del artículo 64.2 del TRLCSP, para acreditar la solvencia o, si procede, la clasificación se podrán exigirán otros requisitos, como puede ser el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato determinados medianos humanos y materiales. En estos casos, los requisitos exigidos se especificarán al Anexo 1.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades perteneciente al grupo, a efectos de la acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando acredite que tiene a disposición los medios de estas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
UNIONES DE EMPRESARIOS. Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, según prevé el arte. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que compongan la agrupación tendrá que acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, e indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la subscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato tiene que ostentar la plena representación de todos ellos enfrente la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de empresas (arte. 24 del RGLCAP). Este documento tendrá que estar firmado por los representantes de todas las emprendidas componentes de la Unión.
13.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni individualmente ni como miembro de más de una unión temporal. El incumplimiento de esta norma dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones presentadas. No obstante, cuando se haya previsto en el Anexo 1, los licitadores podrán presentar un máximo de 2 alternativas a la oferta principal, siempre que contengan todos los requisitos pedidos en el Pliego. En este caso, a la apartado proposición económica, después de presentar esta haciendo constar “Oferta principal” se hará constar en hoja a banda: “proposición económica alternativa A”
Las proposiciones, junto con la documentación, se presentarán en las dependencias de administración del emprendida Aparcamientos Municipales de Tarragona, SA en horario de atención al público de 9.00 a 15.00 horas, dentro del plazo que señale el anuncio de licitación que se publicará a los diarios oficiales y al perfil de contratante.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario tendrá que justificar la fecha de imposición de la remisión a las Oficinas de Correos, en el plazo establecido, y comunicar al órgano de contratación, en el mismo día, la fecha y hora en que ha presentado la oferta, mediante correo electrónico, telegrama o fax .Sin la concurrencia de estos dos requisitos no será admitida la proposición si se recibe con posterioridad a la finalización del plazo.
No obstante, transcurridos diez días naturales (cinco días en caso de tramitación urgente) siguientes a la fecha indicada sin que se haya recibido la proposición, esta no se admitirá en ningún caso.
Un golpe presentada la proposición no podrá ser retirada. La retirada injustificada de una proposición, dará lugar a la prohibición de contratar prevista al artículo 60.2 del TRLCSP.
La presentación de proposiciones presupone por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con AMT.
14.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES.
Cada licitador presentará el número de sobres que se indiquen en el Anexo 1, cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los que se tendrá que indicar: la razón social y denominación de la entidad licitadora, el domicilio fiscal, el teléfono, el fax y el correo electrónico, así como el título del procedimiento al que se presenta (indicando el número de lote, si es el caso ) y el número de expediente, y contendrán:
- El primero (sobre A): la documentación formal exigida para tomar parte en la licitación. Este sobre se presentará en cualquier caso.
- El segundo (sobre B): la documentación técnica sobres aspectos que no se pueden evaluar automáticamente de acuerdo con el anexo 2.1. Este sobre se presentará únicamente si en el anexo 1 pide la presentación de tres sobres. Es decir, será necesario siempre que hayan criterios de valoración no evaluables automáticamente.
- El tercero (sobre C): la proposición económica ajustada al modelo que se incluye en este Pliego, así como la información relativa a los criterios de valoración que se pueden valorar automáticamente, de acuerdo con el anexo 2.2.Este sobre se presentará en cualquier caso.
La presentación de la propuesta se tiene que hacer en soporte papel y digital (óptico, magnético o flash). En caso de conflicto entre la documentación, prevalecerá la que esté en soporte papel.
La inclusión de documentación en sobre erróneo, ya sea en papel o digital, será motivo de exclusión.
Contenido de cada sobre: además de la documentación que seguidamente se indica para cada uno, se incluirá necesariamente en cada sobre, una hoja que contenga relación ordenada numéricamente de todos los documentos que comprende.
SOBRE A. DOCUMENTACIÓN FORMAL
En este sobre se incluirán los siguientes documentos:
a) La capacidad de obrar de los empresarios que sean personas jurídicas, que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil aplicable. Si no lo es, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, donde consten las
normas reguladoras de su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Estos documentos serán originales o bien copia autenticada.
b) En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento legalizada, o fotocopia autenticada
c) La capacidad de obrar de las empresas no españolas de los Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se hará mediante la acreditación en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican al anexo Y del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
La capacidad de obrar de las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, se justificará siguiendo el tenor literal previsto al artículo 55 del TRLCSP.
d) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas al artículo 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 TRLCSP. No obstante, los licitadores, en caso de resultar la oferta más ventajosa, tendrán que aportar, en el plazo máximo de 10 días habiles desde la recepción del requerimiento, certificados expedidos por la Seguridad Social y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que lo acrediten, o autorización para que la Administración lo obtenga automáticamente.
e) Poder validado a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador es persona jurídica, este poder tendrá que figurar inscrito en el Registro mercantil. Si se trata de un poder por algún acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el arte. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. La validación de poderes se hará hasta tres días antes de aquel en que finalice el plazo para presentar las ofertas.
f) Acreditación de la solvencia, económica, financiera y técnica o profesional, de manera preferente, mediante los requisitos que se señalan en el Anexo 1. No obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquier de los medios establecidos a los artículos 75 y 77 del TRLCSP.
g) Justificante acreditativo de haber constituido una garantía provisional por importe del 3% del presupuesto tipo de licitación, señalado al Anexo 1, y en cualquier de las formas previstas al artículo 103 del TRLCSP y a los artículos 56, 57 y 58 del RGLCAP. Este requisito sólo será exigible en el casos en que así se establezca motivadamente en el Anexo 1.
En caso de uniones temporales de empresarios, la garantía podrá constituirse por una o diversas de las empresas participantes en la Unión, siempre que, en conjunto, se llegue a la cuantía requerida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal (arte. 61.1 del RGLCAP).
Para la constitución, ejecución y cancelación de la garantía provisional se estará al que prevén los artes. 61 al 65 del RGLCAP.
La constitución de la garantía global eximirá de la constitución de la garantía provisional.
h) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que, de manera directa o indirecta puedan surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
y) Declaración o declaraciones de alta del Impuesto sobre actividades económicas (IAE) en el supuesto en que la sociedad no esté exenta de tributar. Si la sociedad está incluida en la matrícula del tributo, el justificante de haber pagado el último de los ejercicios, del cual haya vencido el periodo de cobro en voluntaria. Así mismo, una declaración responsable de no haber presentado la baja del IAE.
j) Declaración responsable de no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Tarragona ni con el AMT.
k) Una relación numerada de todos los documentos incluidos en este sobre.
l) Todos los licitadores tendrán que señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando un número de teléfono y fax, así como una dirección de correo electrónico. En el supuesto de que sea posible realizar notificaciones telemáticas y el licitador dé su consentimiento a la utilización del dicho sistema en el procedimiento de adjudicación y ejecución del contrato, tendrá que rellenar los datos correspondientes previstos al Anexo 7, de acuerdo con la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Los datos previstos en el Anexo 7 que el licitador presente únicamente se emplearán en el trámite relacionado con la presente licitación. Un golpe finalizada la licitación se atenderá, en relación a la devolución o destrucción de los datos, al que figura en la cláusula 19.
Los documentos tendrán que ser originales o copias de estas que tengan carácter de auténticas, en conformidad con la legislación vigente.
Inscripción en el registros electrónicos de licitadores
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), o en el Registro Electrónico de empresas Licitadoras de la Generalitat, acreditará, excepto que se pruebe el contrario, las condiciones de aptitud del empresario en relación a su personalidad jurídica y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial y solvencia económica y financiera, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que consten.
SOBRE B. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A APORTAR POR LOS LICITADORES RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN NO EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE
Este sobre se presentará únicamente si en el Anexo 1 se pide la presentación de tres sobres.
Documentación Técnica:
Contendrá los documentos que se especifican al Anexo 1, acreditativos de las circunstancias a tener en cuenta en la valoración de las ofertas, de acuerdo con los criterios de adjudicación no evaluables automáticamente y se presentará perfectamente clasificada y siguiendo la misma estructura que se establece al Anexo 2.1, apartado
«Documentación técnica a aportar por los licitadores no evaluable automáticamente».
Confidencialidad
Así mismo y de acuerdo con el previsto al arte. 140 del TRLCSP, este sobre contendrá una declaración de las empresas licitadoras indicando, si es el caso, qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados, sueño, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia se tendrá que reflejar claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado. Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos de carácter personal.
SOBRE C. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA (CRITERIOS OBJECTIVOS): PROPOSICIÓN ECONÒMICA
En este sobre se incluirán obligatoriamente los documentos que a continuación se especifican, en hojas independientes, indicando claramente:
- Proposición Económica.
Se presentará en la forma especificada al Anexo 2.2
- Documentación técnica a aportar por los licitadores relativa a los criterios de adjudicación cuantificables de forma automática de los especificados al Pliego de prescripciones técnicas y al Anexo 2.2):
Contendrá la documentación técnica acreditativa de las circunstancias a tener en cuenta en la valoración de las ofertas, de acuerdo con los criterios objetivos de valoración y se presentará perfectamente clasificada y siguiendo la misma estructura que se establece al Anexo 2, apartado «Documentación técnica a aportar por los licitadores relativa a los criterios de adjudicación cuantificables de forma automática».
Cada licitador podrá presentar una única proposición. El licitador no podrá subscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras empresas, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de este principio supondrá la desestimación de todas las ofertas que un mismo haya presentado.
15.- EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES
Finalizado el plazo de presentación de plicas, la Mesa de contratación procederá a la apertura de los sobres que contienen la documentación formal (sobre A) y calificará los documentos presentados. Si se observaran defectos u omisiones enmendables en la
documentación, se comunicará por fax o correo electrónico a los interesados y se concederá plazo no superior a tres días para enmendarlas. Se levantará acta del resultado xx Xxxx.
A los efectos establecidos a los artes. 54 a 64y 82 del TRLCSP, el órgano y la mesa de contratación podrán pedir a las licitadoras aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirlos porque en el plazo máximo de cinco días aporten otros, complementarios. Estos documentos no se podrán presentar después de declaradas admitidas las ofertas, conforme dispone el arte. 83.6 del RGLCAP.
El acto de apertura de las proposiciones del sobre B (criterios no evaluables automáticamente) únicamente se realizará si se establece la presentación de este sobre. Será público, se hará a a el lugar donde se indique al perfil del contratante , ante la Mesa de contratación, y se pasará a informe de los servicios técnicos, para que evalúen su contenido.
El acto de apertura de las proposiciones del sobre C (la propuesta económica y los otros criterios evaluables automáticamente) se hará en último lugar. El acto será público, se celebrará a lugar donde se indique al perfil del contratante , ante la Mesa de contratación. Previamente habrán sido evaluados los criterios no automáticos en caso de haber. Xxxx procederá a la apertura del sobre C y, si se da el caso, procederá a la valoración total de las ofertas presentadas y elevará propuesta al órgano de contratación. La propuesta de adjudicación no crea ningún derecho en favor del empresario propuesto mientras no exista acuerdo o resolución del órgano de contratación.
Si concurren a la licitación proposiciones que contengan ofertas anormales o desproporcionadas, hasta el desarrollo reglamentario de la LCSP será de aplicación el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos, aprobado por RD1098/2001, si figura al Anexo 1.
Los datos de las Mesas públicas, y cualquier variación de las mismas, se publicará en el Perfil de Contratante de AMT.
La Composición de la Mesa de contratación se hará constar al Anexo 1.
La adjudicación se producirá en el plazo máximo de 15 días, contados desde el acto público de apertura de proposiciones económicas si el único criterio a considerar es el precio y en el de 2 meses si se han tenido en cuenta otros criterios. Estos plazos se ampliarán en 15 días habilidosos si concurren a la licitación ofrecidas desproporcionadas o anormalmente bajas.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas al expediente. Adjudicado el contrato y transcurrido el plazo para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si los licitadores no ejercen este derecho, Aparcamientos Municipales de Tarragona, S.A. quedará autorizado para proceder en la destrucción total de la documentación, transcurrido un año desde la adjudicación..
16.- GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador mejor clasificado tendrá que acreditar en el plazo señalado en el arte. 151.2 del TRLCSP (10 días habilidosos, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento), la constitución de una garantía correspondiente al 5% del importe de adjudicación, IVA excluido. De no dar cumplimiento a este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación el dispuesto al último párrafo del artículo 151.2.
La garantía podrá constituirse en cualquier de las formas establecidas al artículo 96 del TRLCSP, con los requisitos del arte. 55 y siguientes del RGLCAP o mediante garantía global con los requisitos del artículo 98 del TRLCSP. Si no se cumple este requisito por causas imputables al contratista, se declarará resuelto el contrato.
Para ingresar la garantía los licitadores se pueden poner en contacto con el Servicio de Administración de Aparcamientos Municipales de Tarragona.
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados al arte. 100 del TRLCSP.
La devolución y cancelación de garantías definitivas se efectuará de acuerdo con el que disponen los artículos 102 del TRLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP.
Si no es necesario establecer garantía definitiva, o la necesidad de depositar de complementarías, se establecerá expresamente en el Anexo 1.
La devolución y cancelación de garantías definitivas se efectuará de acuerdo con el que disponen los artículos 102 del TRLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP.
En supuestos especiales, el órgano de contratación podrá exigir, además de la garantía definitiva, una garantía complementaria de hasta el 5% del importe de adjudicación del contrato. En este supuesto la garantía total podrá llegar hasta el 10% del precio del contrato. Si se exige esta garantía, se hará constar motivadament al Anexo 1.
Excepción: atendiendo a las circunstancias concurrentes en el contrato, el órgano de contratación podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía si así se establece al anexo 1, justificándolo adecuadamente. Especialmente se podrá dar esta circunstancia en los bienes consumibles lo entrega y recepción de los cuales tenga que efectuarse antes del pago del precio
17.- CLASIFICACIÓN Y REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN
El órgano de contratación clasificará los candidatos admitidos en forma decreciente y requerirá a la empresa que haya sido clasificada en primer lugar para que en un plazo máximo de 10
días habilidosos desde la recepción de la notificación presente la siguiente documentación acreditativa:
• De estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social en la forma prevista a los artes. 13,14,15 y 16 del RGLCAP;
• De haber constituido la garantía definitiva
• De haber abonado el importe de los anuncios de licitación.
• De disponer efectivamente de los medios que se hubiera comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, en caso de que este requisito se hubiera exigido en el Anexo para acreditar la solvencia.
• De estar en posesión de la clasificación empresarial siguiente o superior: Grupo Subgrupo Categoría
L 06 C
Respecto de la situación de deudas con el Ayuntamiento y con AMT, será la propia AMT quién solicitará de oficio la información.
La acreditación de estar inscrito en un registro oficial de licitadores eximirá de la presentación de la documentación acreditativa de estar al cabo de la calle de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social y el del seguro de responsabilidad civil, en su caso.
Si en el plazo señalado no se recibe esta documentación o, no se acredita que el propuesto adjudicatario está al cabo de la calle de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con AMT y el Ayuntamiento de Tarragona, el órgano de contratación requerirá la misma documentación al licitador siguiente, por la orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
No se podrá declarar deserta una licitación si hay alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con se criterios que figuran en el Pliego.
18.- ADJUDICACIÓN
La adjudicación se efectuará dentro de los 5 días habiles siguientes a la recepción de la documentación prevista en la cláusula anterior.
El acuerdo de adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente se publicará al perfil de contratante y contendrá la información que se indica en el arte.
151.4 del TRLCSP.
En la notificación y en el perfil se indicará el plazo que tendrá que procederse a la formalización conforme al arte. 156.3 del TRLCSP.
La notificación se hará por cualquier de los medios que permitan dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por notificación electrónica a la dirección de correo que los licitadores o candidatos hubieran designado al presentar sus proposiciones, en el términos establecidos al arte. 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
19.- PERFECCIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá que formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo este documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. Si el contratista solicita que el contrato se eleve a escritura pública serán de cargo suyo los gastos correspondientes.
En los contratos que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación conforme el arte. 40.1 del TRLCSP, la formalización tendrá que efectuarse no más tarde de los 15 días habilidosos siguientes a contar desde que se reciba la notificación de la adjudicación.
En el supuesto de que el contrato sea susceptible de recurso especial en materia de contratación la formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días habilidosos desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
En el supuesto de que el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios tendrá que presentar ante el Órgano de contratación, con carácter previo a la firma del contrato, la escritura pública de formalización de la unión temporal.
En el supuesto de que no se pueda formalizar el contrato en el plazo señalado por causas imputables al contratista, este perderá la fianza y tendrá que indemnizar AMT por los daños y perjuicios ocasionados.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin la previa formalización.
20.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución se tendrá que hacer según el que establece el Pliego de cláusulas y las instrucciones que para su interpretación se den al contratista.
AMT se reserva el derecho a efectuar las comprobaciones que considere convenientes de la calidad de los servicios prestados así como la facultad de inspeccionar y de ser informado, cuando lo solicite, del proceso de prestación del servicio ofrecido por el empresario, y levantar si se tercia un acta de disconformidad que podrá dar lugar a la resolución del contrato.
Condiciones especiales de ejecución del contrato: para el caso que se establezcan se hará constar expresamente en el Anexo 1. El cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución, para el caso que se impongan, tendrán carácter de obligación contractual esencial.
Plazo de prestación
El plazo de prestación de los servicios y la especificación de las posibles prórrogas es fija en el Anexo 1. El plazo empezará a contar el día siguiente al de la firma del contrato, si en el acuerdo de adjudicación no se indica otra cosa.
Lugar de prestación.
El contratista está obligado a prestar el servicio en el tiempo y lugar fijados al Anexo 1 y conforme a las prescripciones técnicas y administrativas de este Pliego.
21. OBLIGACIONES LABORALES, SOCIALES Y ECONÓMICAS DEL CONTRATISTA
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente
contrato, el contratista quedará obligado al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
• Al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social, prevención de riesgos laborales y legislación medioambiental. El incumplimiento de estas no implicará ninguna responsabilidad para AMT.
• A pagar los gastos e impuestos derivados de los anuncios oficiales y, si procede, de la formalización del contrato, y las tasas por la prestación de los trabajos facultativos de cualquier índole que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes en la forma y la cuantía que estas señalen.
• En general, el contratista responderá de todas las obligaciones que le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de las normas que regulan y desarrollan la relación laboral o de cualquiera otro tipo, existente entre aquel, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno u otro, sin que pueda repercutir contra el Ayuntamiento ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad por incumplimiento de alguna de ellas, que pudieran imponerle los Organismos competentes.
• En cualquier caso, el contratista, indemnizará a AMT, por las cantidades que se viera obligado a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, aunque esto le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Corresponderán y serán a cargo del contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requiera para la realización del servicio.
b) Los gastos de comprobación de la calidad del servicio, su vigilancia y la formación del personal trabajador del ente adjudicatario así como cualquier otro gasto que se produzca como consecuencia de la realización del objeto del contrato, incluidas las fiscales y de formación.
c) Cualquier otro gasto que se produjera para la realización del objeto del contrato, incluidas las fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes.
d) Será por anticipado del contratista la indemnización de los daños que se ocasionen, tanto al AMT, como terceros, como consecuencia de las operaciones que requieran la ejecución del servicio, salvo que estos perjuicios sean consecuencia de una orden inmediata y directa del poder adjudicador.
No adscripción del personal de la empresa adjudicataria
No se producirá en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante, de acuerdo con aquello que prevé el arte. 301,4 del TRLCSP.
Seguros
El contratista tendrá que tener subscritas los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos que se indique en el Pliego de prescripciones técnicas, si procede.
Confidencialidad
El contratista tendrá que respetar la confidencialidad de la información de este tipo a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Este deber de se mantendrá durante cinco años, si no se establece nada diferente en los pliegues o en el contrato
22.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
Cesión
Los derechos y obligaciones que se deriven de este contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos al arte. 226 del TRLCSP.
Subcontratación
La contratación por parte del adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros, así como el pago a subcontratistas y suministradores estará sujete a los requisitos establecidos a los artículos 227 y 228 del TRLCSP. Si no se establece un porcentaje diferente en el Anexo 1, las prestaciones que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del porcentaje del 60% respecto al importe de adjudicación.
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá, por lo tanto, la total ejecución del contrate frente el AMT SANO. Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente AMT SANO por las obligaciones concretas entre ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos.
Si figura en el Anexo 1 se podrá imponer al contratista la subcontratación con terceros de determinadas partes de la prestación, siempre que no excedan en su conjunto el 50 por ciento del presupuesto del contrato, en los términos previstos en el artículo 227 del TRLCSP.
La empresa tiene la obligación de comunicar las subcontrataciones.
23.- MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Modificación del contrato
El poder adjudicador ostenta la prerrogativa de modificar, por razones de interés público el contrato, con sujeción a los artículos 219 y 296 del TRLCSP.
En caso de que se prevean modificaciones en el contrato, se hará constar en el Anexo 1.
Fuera de los casos que se hayan previsto al Pliego, no se autorizarán modificaciones a excepción que se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas al arte 107 del TRLCSP.
El contratista no podrá llevar a cabo modificaciones del contrato sin la autorización previa de AMT.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo, si hay, y al reajuste de la garantía depositada.
Suspensión de los trabajos
En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará al dispuesto a los artículos
220 del TRLCSP y 103 del RGLCAP. En los supuestos de suspensión temporal, parcial o total, o bien definitiva, se levantará acta de la suspensión.
Resolución
Serán causas de resolución las previstas al Pliego técnico y las señaladas a los artículos 223 y 299 del TRLCSP y, en su caso, al anexo 1 de este Pliego. En estos supuestos se actuará conforme a lo que prevén los artículos 224, 225 y 300 del mismo texto legal, así como los artículos 110 a 113 del RGLCAP, si son de aplicación.
Así mismo será causa de resolución del contrato, incurrir de forma sobrevenida, el adjudicatario del contrato en alguna de las prohibiciones para contratar contempladas al TRLCSP.
24.- PENALIDADES POR DEMORA
El contratista está obligado a cumplir el plazo final, y en su caso los parciales fijados por AMT. La ejecución del contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del contratista,
Cuando el adjudicatario demore, por causas a él imputables el plazo de ejecución establecido en este Pliego, AMT podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas que, en el supuesto de que no se fijen concretamente al Anexo 1, serán las previstas al artículo 212 del TRLCSP.
Si hay incumplimiento de la ejecución parcial, se aplicarán las penalidades previstas para el incumplimiento del plazo total.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que puede tener derecho AMT originados por la demora del contratista.
Si el atraso fuera producido por motivos no imputables al contratista se estará al dispuesto al artículo 213.2 del TRLCSP.
La constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de AMT.
El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas correspondientes y, en su caso, de la garantía.
25.- RECEPCIÓN
La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas a los artículos 222 y 292 del TRLCSP.
26.- PAGO DEL PRECIO
El adjudicatario tiene derecho al abono del precio convenido, de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato, correspondiendo a los servicios efectivamente realizados y formalmente recibidos por el AMT, en las condiciones y plazos previstos al artículo 216 del TRLCSP.
El adjudicatario presentará una factura mensualmente cada vez que se efectúe la prestación, total o parcial de los servicios de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx. Una vez tramitada y aprobada la factura se procederá al pago mediante transferencia bancaria
al núm. de cuenta y entidad bancaria que conste.
Si los trabajos efectuados no se adecúan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el AMT, podrá rehusarlos y quedará exento del pago del precio. También tendrá derecho a recuperar los importes que ya hubiera satisfecho (arte. 307 TRLCSP).
Determinación del plazo de pago de facturas o certificaciones: el día a quo que inicia el cómputo de los días de que dispone AMT para efectuar el pago de facturas será aquel en que tenga entrada la factura a los registros de AMT siempre que, efectivamente, se haya producido, en condiciones, la prestación del servicio.
Si en las facturas o certificaciones existieran errores o deficiencias, el plazo contará desde que se enmienden y AMT reciba la factura o certificación correcta.
En ningún caso no se pagará mediante domiciliación bancaria sino que, un golpe presentada y aprobada la factura se tramitará su aprobación.
27.- PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA
La fianza se devolverá al finalizar el contrato y sus prórrogas
28. CONFIDENCIALIDAD.
En cumplimiento del artículo 140 del TRLCSP, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los licitadores y designada por estos como confidencial. Este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos y comerciales o a los aspectos confidenciales de las ofertas.
El contratista tendrá que respetar la confidencialidad de la información de este tipo a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Este deber de se mantendrá durante cinco años, si no se establece nada diferente en los pliegos o en el contrato
29.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Los contratos que impliquen tratamiento de datos de carácter personal tendrán que respetar, en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.
Para su cumplimiento se estará al que prevé la Disposición Adicional 26 del TRLCSP. El adjudicatario se comprometerá a no divulgar esta información confidencial, así como a no publicarla por cualquiera otro medio, ya sea directamente o mediante terceros, y a no ponerla a disposición de otras personas sin el previo consentimiento por escrito AMT.
El adjudicatario del contrato se compromete, una vez extinguido el presente contrato, a no conservar ninguna copia de cualquier material, información o documentación de la información confidencial.
Así mismo, el adjudicatario informará a su personal, colaboradores y subcontratistas de las obligaciones establecidas en el presente contrato sobre la confidencialidad, así como de las obligaciones relativas al tratamiento automatizado de datos de carácter personal. Realizará las advertencias y subscribirá los documentos que sean necesarios con su
personal y colaboradores, con el fin de asegurar el cumplimiento de estas obligaciones.
La vigencia de las obligaciones de confidencialidad establecidas en el presente contrato será indefinida, y se mantendrán en vigor con posterioridad a la finalización, por cualquier causa, de la relación entre AMT y el adjudicatario.
30. PROPIEDAD INTELECTUAL
La propiedad intelectual de los materiales generados en el desarrollo del contrato será totalmente y exclusiva de AMT , incluida la documentación generada en cualquier apoyo y formato. Los productos y subproductos derivados no podrán ser utilizados sin permiso explícito. El adjudicatario podrá hacer uso de estos, ya sea como referencia o como base de futuros trabajos, siempre que cuente para lo cual con la autorización expresa, por escrito, de AMT.
La empresa adjudicataria acepta expresamente que los derechos de explotación de los materiales derivados de este pliegue corresponden únicamente y exclusiva a la AMT. Así pues, el contratista cede, con carácter de exclusividad, la totalidad de los derechos de explotación de los trabajos objeto de este pliegue, incluidos los derechos de comunicación pública, reproducción, transformación o modificación y cualquiera de otro derecho susceptible de cesión en exclusiva, de acuerdo con la legislación sobre derechos de propiedad intelectual.
31.- NO ADSCRIPCIÓN DEL PERSONAL DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
No se producirá en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante, de acuerdo con aquello que prevé el arte. 301,4 del TRLCSP.
32.- JURISDICCIÓN
La orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
La orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente para la resolución de las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación del contrato
Tarragona, a 17 de diciembre de 2013.
ANNEX 1 QUADRE RESUM DE LES CARACTERÍSTIQUES DEL CONTRACTE
Objeto del Contrato: Prestación de servicios de auxiliares de cabina en los aparcamientos gestionados per la empresa AMT, S.A.
Procedimiento de Contratación: Abierto sujeto a regulación armonizada.
Justificación de la necesidad e idoneidad del contrato:
Necesidad de control de los accesos, entradas y salidas a los aparcamientos.
Órgano de contratación: Consejo de Administración de AMT, S.A.
Responsable del contracte: Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx
Dirección del perfil del contratante: : xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxx-xxxxxx- contractant.html
Presupuesto: Máximo
Precio de licitación (todas las anualidades), sin IVA: 460.944 €
Fecha de inicio: 15 días des de la formalización del contrato
Contrato sujeto a regulación armonizada: SI
Duración del contrato: 2 años
Lugar de prestación del servicio: De acuerdo con el plano que es proporcionará en el momento de la formalización del contrato del contrate.
Aparcamiento President Xxxxx Xxxxxxxx, Aparcamiento Xxxx XXXXX
Aparcamiento Avinguda Catalunya
Turnos/horarios:
De lunes a viernes : De15:00 h a 23:00 h; i de 23:00 h a 7:00 h.
Fines de semana i festivos: De 7:00 h a 15:00 h, de 15:00 h a 23:00 h; i de 23:00 h a 7:00 h.
Detalle de consignación presupuestaria y numero de anualidades
Anualidad | Importe net | 21 % IVA | Importe Total |
2014 | 230.472 € | 48.399 € | 278.871 € |
2015 | 230.472 € | 48.399 € | 278.871 € |
TOTAL 460.944 € 96.798 € 557.742 €
Aplicación presupuestaria: Presupuesto corriente
Clasificación empresarial mínima requerida:
Grupo: L , Subgrupo: 06 , Categoría: C
Contracte subvencionado o para el que de ha solicitado subvención: NO
Existencia de Lotes: No
Tramitación del expediente: Ordinaria
Tramitación del gasto: Ordinaria
Garantía Provisional: No
Garantía definitiva: No
Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica/profesional:
a) Declaración responsable relativa a la cifra de negocios global en el curso de los últimos tres años.
b) Servicios prestados de cuantía similar efectuados en los últimos tres años, indicando el importe, fecha y destino (pública o privada).
c) La solvencia económica, financiera y técnica podrá acreditarse por cualquier de los otros medios que establecen los artículos 64 y 66 de la Ley de Contratos del Sector Público, a criterio del AMT SA
d) Compromiso de sustituir el personal auxiliar con abuelos previo en 2 horas de antelación.
e) Compromiso de sustitución del personal auxiliar sin aviso previo en el plazo de 4 horas.
Revisión de precio: NO
Sobres a aportar:
Sobre A: documentación formal.
Sobre B: documentación no evaluable automáticamente . Sobre C: documentación evaluable automáticamente.
Criterios de valoración: De aplicación no automática (sobre B):
• Mejoras en la prestación del servicio (30 puntos):
• Encargado de coordinación. (10 puntos)
• Emisión de informes (5 puntos)
• Integración de discapacitados (15 puntos)
Criterios de valoración: De aplicación automática (sobre C) Asignación de puntuación de acuerdo con la oferta económica (70 puntos) La oferta económica tendrá que especificar precio / hora / auxiliar
Esta puntuación se otorgará de acuerdo con los criterios de proporcionalidad, en función de la fórmula de ponderación siguiente : Pino = ( Pmax x M ) / Oi Pino= Puntuación obtenida por la oferta que se está valorando. Pmax = Puntuación máxima = 70 puntos Oi = Oferta económica que se está valorando. M= Oferta más económica de las admitidas.
Por la consideración de ofertas, en principio anormales o desproporcionadas se aplicará el que dispone el artículo 136 de la LCSP.
Criterios objetivos a valorar de índole social para los casos de empate. En el supuesto que dos o más proposiciones se igualen como más ventajosas según la ponderación establecida en los criterios de adjudicación de este pliegue, tendrá preferencia en la adjudicación aquella empresa que acredite un número de trabajadores discapacitados superior al 2%.
En el supuesto de que el empate fuera entre dos o más emprendidas que acreditaran esta condición, se decidirá la propuesta de adjudicación a favor del licitador que disponga de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacitado a la plantilla (DA 4 TRLCSP).
Admisión de variantes o alternativas: No
Penalidades por demora i otros les previstas por el TRLCSP
Forma de pago: Pagos parciales mensuales a los de 30 días desde la presentación de la factura previa comprobación de la correcta ejecución del suministro
Plazo de garantía: 2 años.
Modificaciones Previstas: Sí
Condiciones: En cas de ampliación del número de aparcamientos regulados de superficie
Procedimiento: negociado con el adjudicatario
Subcontratación: No
Importe máximo de los gastos de anuncios: 1.500 € a cargo del contratista.
Composición de la Mesa de contratación:
Presidente/-a: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
Vocal1: Xxxxxx Arts Xxxxxxx
Vocal 2: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Vocal 3: Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
Secretaria: Xxxxxx Xxxx Xxxxxx
Desistimiento: máximo de 150 € justificables.
Condiciones especiales de ejecución del contrato : no se establecen.
ANNEX 2.1 SOBRE B
MODEL DE PROPOSICIÓ CRITERIS NO AVALUABLES AUTOMÀTICAMENT
........................................................................... con DNI núm.
.............. .................expedido a..................con domicilio, a efectos
de notificación a............ .................................en la calle
....................... núm. ...........piso.... teléfono de
contacto............................ que actúo en nombre propio (o en
representación de) ..............................
EXPONGO:
Que estoy enterado de la licitación convocada por La AMT S.A., mediante procedimiento abierto armonizado, para el suministro de
......................................................... y de las cláusulas técnicas y
económicas – administrativas que regirán el contrato, y acepto íntegramente las mencionadas cláusulas.
Que, en relación con los criterios no evaluables automáticamente acompaño la siguiente documentación que incorporo en este sobre: Así mismo, en el sobre se acompaña [CD | DVD | memoria USB] que incluye copia digital de la documentación en papel. Afirmo, bajo mi responsabilidad, que la copia digital coincide con la documentación presentada en papel.
Tarragona, de de
(Sello) firma.......................................................
ANNEX 2.2 SOBRE C
MODELO DE PROPOSICIÓN SOBRE CRITERIOS AUTOMÁTICOS
................................................... con DNI núm.
................................ expedido ................ con domicilio, a efectos de
notificación a ...................................... en la calle .......................
núm. ...........piso........teléfono de contacto que
actúo en nombre propio (o en representación de) ..............................
EXPONGO:
1.- Que estoy enterado de la licitación convocada por La AMT S.A., mediante procedimiento abierto armonizado , para contratar el suministro ................, y de las cláusulas técnicas y económicas – administrativas que regirán el contrato, y acepto íntegramente las mencionadas cláusulas y ofrezco efectuarlo por el importe con el siguiente desglose:
Importe sin IVA euros
Importe IVA euros
Total euros
2.- Que el precio de esta oferta es de €,
sin IVA (en letras y números). El precio ofertado incluye la totalidad del objeto del contrato.
El precio incluye impuestos, instalación (si es el caso), y cualquiera otro gasto que se pueda producir, excepto el Impuesto sobre el Valor añadido.
3.- Que me comprometo a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes y acepto las penalidades previstas en el pliegue para caso de incumplimiento.
Tarragona, ___ de ____ de ____
(Sello) firma.......................................................
ANNEX 3
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA SOLVÉNCIA EMPRESARIAL
, con DNI núm. , en nombre propio, o como representante de la empresa , con domicilio a calle y código de Identificación Fiscal núm. .
Declaro que las cifras de negocios de la empresa en los últimos tres años, que se describen a continuación, son ciertas:
IMPORTE DE LA CIFRA GLOBAL DE NEGOCIOS DE LA EMPRESA
IMPORT ANUAL
RELACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES PRESTADOS CON EL MISMO O SIMILAR OBJETO DEL CONTRATO
AÑO EMPRESA DESCRIPCIÓN IMPORTE
_______ _______ _______ _______
Tarragona, (Sello) firma.......................................................
___ de ____ de ____
ANNEX 4
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE INCOMPATIBILIDADES Y CAPACIDAD PERA CONTRATAR Y DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTÁRIAS
................................................................................. ,con DNI núm , en
nombre propio, o como representante de la empresa , con
domicilio en ...................................... calle y código de
Identificación Fiscal núm. ....................................
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
1.- Que de los órganos de gobierno y administración de esta empresa, no forma parte cabeza de las personas a quienes se refiere la Ley 12/95 de 11 xx xxxx, sobre incompatibilidad de altos cargos.
2.- Que ni la empresa que represento, ni ninguno de los miembros de los órganos de gobierno y administración, están *incursos en cabeza de las prohibición de contratar reguladas a los artículos 60 y 61 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público.
3.- Que la empresa que represento está facultada para contratar con la AMT SANO, puesto que dispone de las condiciones de aptitud y capacidad para contratar con el Sector Público previstas a la Sección Primera del capítulo II, Título II del Libro Y del texto refundido de la Ley de contratos del sector público (artes. 54, 56, 57 y59).
4.- Que cumplo todos los requisitos y obligaciones que exige la normativa vigente por el que hace referencia a la apertura, instalación y funcionamiento legal de la empresa.
5.- Que la empresa que represento está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y sociales, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social.
Así mismo, respecto a la obtención directa, por parte de la AMT, S.A., de la información sobre el cumplimiento de las obligaciones de la empresa a la que represento con la Administración Tributaria y la Seguridad Social:
-o NO autorizo a la administración que obtenga directamente los datos de la Seguridad Social y de la Agencia Tributaria
-o SI autorizo a la administración que obtenga directamente los datos de la Seguridad Social y de la Agencia Tributaria
I para que surta los oportunos efectos en el expediente de Contratación de l’AMT,SA, firmo la presente declaración bajo mi responsabilidad con el sello de esta empresa.
Tarragona, ___ de ____ de ____
(Sello) firma.......................................................
ANNEX 5 MODELO
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL AYUNTAMIENTO DE TARRAGONA
................................................................................., con DNI núm.
......................................, en nombre propio, o como representante de la empresa
........................................, con domicilio en
............................................................................ i código de Identificación Fiscal núm.
....................................
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
Que la empresa que represento está al corriente del complimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Tarragona.
I para qué surta los oportunos efectos en el expediente de Contratación de l’AMT, S.A., firmo la presente Declaración bajo mi responsabilidad y con el sello de esta empresa a
Tarragona, ___ de ____ de ____
(Sello) firma.......................................................
ANNEX 6
SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Coordinación de las actividades empresariales, requisitos en cumplimiento del art. 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Real Decreto 171/2004, que lo desarrolla:
1. Datos de la empresa licitadora:
Nombre
• Dirección
• Teléfono
• NIF
• Responsable en materia de prevención de riesgos laborales
• Identidad del recurso preventivo, de acuerdo con el art. 32 bis xx Xxx 31/95.
• Objeto y duración del contrato.
• Lugar de ejecución del contrato
2. Modelo de organización preventiva
3. Listado de los trabajadores que realizaran los servicios, con el compromiso de comunicación en el supuesto de variación de los mismos.
4. Certificaciones:
4.1 Acreditativa de que el personal que realiza o realizará actividades en las instalaciones, la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales de acuerdo con su lugar de trabajo.
4.2 De aptitud de acuerdo con los específicos examenes de la vigilancia y de salud de los trabajadores de la lista anterior.
4. 3 De distribución de equipos de protección individual que, fuesen necesarios.
4.4 De idoneidad de los equipos de trabajo de la empresa contratista que se utilicen en el centro de trabajo.
4.5 De que los trabajos contratados se realizaran, si es necesario, cumpliendo lo que dispone el anexo IV d el Real Decreto 1627/97, que se tendrá en cuenta en la evaluación de riesgos.
5. Evaluación de riesgos de los trabajos que se han de realizar.
6. Información sobre riesgos que se deriven de las actividades realizadas por el contratista y que puedan afectar a la seguridad y a la salud de los trabajadores de AMT o de otros contratistas.
7. Información de las medidas que se han de adoptar ante posibles situaciones de emergencia derivadas de la actividad de la contrata.
Tarragona, ___ de ____ de ____
(Sello) firma.......................................................
ANNEX 7
NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS
El Sr./Sra , Con D.N.I. núm.
...................................... , en representación de la empresa , con
domicilio en la calle
....................................... ...................................., informado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de …………………
-o NO autorizo la utilización de medios electrónicos per parte de Administración para la realización de las notificaciones administrativas en este procedimiento de contratación.
-o SI autorizo la utilización de medios electrónicos per parte de Administración para la realización de las notificaciones administrativas en este procedimiento de contratación, de acuerdo con los siguientes datos:
Personas autorizadas a recibir las notificaciones (máximo de dos): Nombre y apellidos D.N.I. Correo electrónico
…………………………….…………………………..
Tarragona, ___ de ____ de ____
(Sello) firma.......................................................