CONTRATO DE CATERING
CONTRATO DE CATERING
Conste por el presente documento el CONTRATO DE CATERING, que celebran de una parte AAA, identificada con R.U.C. N° ,
inscrita en la partida electrónica N° del Registro de Personas Jurídicas de
........, con domicilio en ................................................, debidamente
representada por su gerente general xxx ,
identificado con D.N.I. N° ..........................., con poderes inscritos en el asiento ....... de la referida partida electrónica, a quien en lo sucesivo se denominará SOCIEDAD DE CATERING; y, de otra parte, BBB, identificado con D.N.I. N° ............, casado con doña ..................., con domicilio
..................., a quien en lo sucesivo se denominará EL CLIENTE; en los términos y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES
PRIMERA.- LA SOCIEDAD DE CATERING es una persona jurídica legalmente constituida bajo el régimen de la sociedad anónima, cuyo objeto social es la prestación de servicios de elaboración de comidas, banquetes, aniversario de empresas y fiestas infantiles, así como otros eventos sociales.
SEGUNDA.- EL CLIENTE es una persona natural, interesada en contratar los servicios de la sociedad de catering a fin de que se encargue de la organización del matrimonio civil y religioso, de EL CLIENTE.
OBJETO DEL CONTRATO
TERCERA.- En virtud del presente contrato, LA SOCIEDAD DE CATERING se obliga a organizar una recepción por matrimonio civil y religioso, encargándose por tanto del servicio de comida, así como de la atención a los invitados, decoración, animación con cuatro horas de orquesta y toda actividad previa a la ceremonia, durante la misma y después .
Queda entendido que la organización del evento comprende lo siguiente: 1.- Confección de 350 partes matrimoniales, tipo E2006A1.
2.- Xxxxxxx y reparto de los partes, según relación que proporcionará EL CLIENTE.
3.- Contratación anticipada de la Iglesia de Yanahuara, para la ceremonia civil y religiosa, a realizarse el día sábado 28 de octubre del presente año.
4.- Contratación del local para el agasajo para 300 personas, que comprende: a.- Mesas para 8 personas, con mantelería especial y juegos de vasos y cubiertos. Arreglos florales en cada mesa.
b.- Champagne marca Tacama, semi seco, para una rueda de 300 copas.
c.- Una botella de vino blanco y tinto, así como una botella de Whisky etiqueta negra, por mesa.
d.- Boufette para 300 personas, con 18 clases de comidas y postres, según pro forma.
e.- Agua, hielo y gaseosos a discreción. f.- 30 Mozos para atención .
g.- 4 horas de orquesta Pachanga, entre las 10 pm a 2 am. Y equipo de música por 6 horas.
RETRIBUCION
CUARTA.- EL CLIENTE se obliga a pagarle a LA SOCIEDAD DE CATERING por todo el servicio contratado, lo siguiente:
1.- La suma de US$ 20 000,00 (Veinte mil 00/100 dólares americanos), por todo concepto.
2.- El 20 % se pagará a la firma del presente contrato, 30% 48 horas antes de la ceremonia y el saldo 24 horas después de la ceremonia.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
QUINTA.- LA SOCIEDAD DE CATERING asumirá en forma gratuita los gastos de xxxx xx xxxx de los novios a la ciudad de Buenos Aires. Incluirá pasajes aéreos, tres días de hotel y alimentación, así como una visita guiada a la ciudad.
SEXTA.- LA SOCIEDAD DE CATERING se hace responsable directa por los defectos en los productos alimenticios suministrados por sus proveedores, obligándose frente a EL CLIENTE a efectuar el cambio respectivo. Asimismo, responde por el deterioro de los productos alimenticios.
SÉTIMA.- El servicio a ser prestado por LA SOCIEDAD DE CATERING incluye la distribución o atención a los invitados de EL CLIENTE a través de personal especializado en esas labores, así como la utilización del menaje de propiedad de LA SOCIEDAD DE CATERING, es decir, vajilla, cubiertos, vasos, y otros accesorios.
OCTAVA.- La prestación dejará de ejecutarse si EL CLIENTE no cumple con efectuar el pago detallado en la cláusula tercera.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LA SOCIEDAD DE CATERING
NOVENA.- LA SOCIEDAD DE CATERING se obliga a a prestar los servicios contratados con toda seriedad y responsabilidad, dentro de los plazos establecidos de mutuo acuerdo en el Anexo A, que forma parte del presente contrato.
DÉCIMA.- LA SOCIEDAD DE CATERING se obliga a utilizar en la preparación de los alimentos, en la contratación de personal, orquesta, licores, todo de primera calidad y en excelente estado de conservación.
DÉCIMO PRIMERA.- LA SOCIEDAD DE CATERING se obliga a
organizar la recepción en sus instalaciones, lo que implica que EL CLIENTE pueda utilizar el espacio ambientado y decorado con flores especiales así como la utilización de una playa de estacionamiento para los invitados.
DÉCIMO SEGUNDA.- LA SOCIEDAD DE CATERING se obliga a
mantener en condiciones higiénicas aceptables tanto los locales, como los objetos de cocina incluida los utensilios propios del menaje.
DÉCIMO TERCERA.- LA SOCIEDAD DE CATERING deja establecido que en sus instalaciones sólo podrá albergar a un número limitado de invitados, los cuales no podrán exceder de 300 personas.
OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL CLIENTE
DÉCIMO CUARTA.- EL CLIENTE tiene derecho a recibir en el local de LA SOCIEDAD DE CATERING hasta 300 personas. Asimismo, se obliga a preservar la integridad del establecimiento así como del menaje que se utilizará en el agasajo.
DÉCIMO QUINTA- EL CLIENTE y sus invitados podrán utilizar tanto el ambiente principal, donde están ubicadas las mesas, y los juegos para niños instalados en la parte trasera del establecimiento de LA SOCIEDAD DE CATERING.
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
DÉCIMO SEXTA.- El incumplimiento de la obligación asumida por EL CLIENTE en la cláusula tercera, constituirá causal de resolución del presente contrato, al amparo del artículo 1430° del Código Civil. En consecuencia, la resolución se producirá de pleno derecho cuando LA SOCIEDAD DE CATERING comunique, por carta notarial, a EL CLIENTE que quiere valerse de esta cláusula.
COMPETENCIA ARBITRAL
DÉCIMO SETIMA.- Las controversias que pudieran suscitarse en torno al presente contrato, serán sometidas a arbitraje, mediante un Tribunal Arbitral integrado por tres expertos en la materia, uno de ellos designado por cada una de las partes, y entre los dos árbitros nombrarán al tercero quien lo presidirá.
El laudo del Tribunal Arbitral será definitivo e inapelable, así como de obligatorio cumplimiento y ejecución para las partes y, en su caso, para la sociedad.
DOMICILIO
DECIMO ACTAVA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. El cambio de cualquiera de las partes surtirá efectos desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por vía notarial.
APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY
DECIMO NOVENA.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.
En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Arequipa, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil seis.
DECLARACIÓN JURADA DE RECEPCIÓN DE BIENES
POR LA PRESENTE YO, XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, PERUANO, IDENTIFICADO CON DNI Nº 00000000, DE ESTADO CIVIL CASADO, CON DIRECCIÓN DOMICILIARIA EN XXXXXX XXXXXXX 000-X, XXXXXXXX XX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA “BUILD AND BUSINESS XXXXXXX SOCIEDAD ANONIMA CERRADA” DECLARO QUE HE RECEPCIONADO LOS BIENES APORTADOS POR LA ACCIONISTA XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, BIENES DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE:
DESCRIPCION DEL BIEN CANTIDAD
CAMIONETA PICKUP TOYOTA, MODELO HI LUX 4X4 C/D GL, PETROLERA,
CABINA DOBLE, PLACA PGY-493, COLOR BLANCO, MOTOR Nº 0X0000000, 01
SERIE Nº LN1660015384, AÑO 1998
AREQUIPA, 2,006 AGOSTO 29.
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
DNI Nº 00000000
RELACION DEL APORTE DE NUEVO CAPITAL DEL SEÑOR XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX A LA EMPRESA “BUILD AND BUSINESS XXXXXXX SOCIEDAD ANONIMA CERRADA”
POR LA PRESENTE YO, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, DE NACIONALIDAD PERUANA IDENTIFICADO CON D.N.I. Nº 29550674, DE ESTADO CIVIL SOLTERO, CON DIRECCIÓN DOMICILIARIA EN URB. BANCO DE LA NACIÓN E-12, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, EN CALIDAD DE ACCIONISTA, DECLARO QUE APORTO PARA LA EMPRESA “BUILD AND BUSINESS XXXXXXX SOCIEDAD ANONIMA CERRADA” EN CALIDAD DE BIENES PARA LA SOCIEDAD, LO SIGUIENTE:
DESCRIPCIÓN DEL BIEN | VALORIZACION |
RETROEXCAVADORA JCB MODELO 1550-B, CABINA CERRADA, COLOR | |
GUINDA CON BEIGE, SERIE 0000X0000, AÑO 1990 | 11,000.00 |
COMPRESORA DE AIRE MARCA ATLAS COPCO, 84 HP 250 PCM, COLOR | |
GUINDA CON BEIGE, MODELO XA120PD, SERIE PAU770040, AÑO 1988 | 8,000.00 |
ESPARCIDORA DE AGREGADOS FABRICACION ARTESANAL S/MARCA. | 2,000.00 |
WINCHE ELECTRICO DYNAMIC 5HP, MONOF. 350 KG , MODELO | |
WE5.014AK, SERIE WE-402 | 1,000.00 |
ELECTROBOMBA SUMERGIBLE 1.5HP, 2”, MONOF. ESPA, MODELO DRAINEX 150
MEZCLADORA DE CONCRETO, MARCA DYNAMIC DE 9 P3, MOTOR KHOLER DE 8HP, MODELO MDC9P8KOH, SERIE MAQ M9-080, SERIE MOTOR 2721700929
KIT MUEBLES XX XXXXXX DE OFICINA MODELO EURO (ESCRIT, MESA
1,300.00
700.00
AUXIL Y CREDENZA) 1,500.00
FOTOCOPIADORA E IMPRESORA MARCA MINOLTA, MODELO Di151, SERIE 21003323
COMPUTADORA PIV PROCESADOR INTEL CELERON 1.7 GHZ, D. DURO 40GB; TECLADO BTC MODELO 9000A, SERIE E5XK9000ATH0610; MONITOR LG MODELO 553V, SERIE 104MX66435.
COMPUTADORA PIII PROCESADOR COMPATIBLE; TECLADO BTC, MODELO 5199, SERIE E5XKB5199; MONITOR VIEWSONIC E40, MODELO VCDTS21384-1M, SERIE 3882ª166.
COMPUTADORA PII PROCESADOR COMPATIBLE; TECLADO BTC, MODELO 5106, SERIE E5XKB5301; MONITOR SAMSUNG, MODELO CQA4147, SERIE H8WG501131
1,600.00
1,100.00
800.00
500.00
TOTAL APORTE S/. 29,500.00
TOTAL DE BIENES APORTADOS S/. 29,500.00; EL CRITERIO DE VALORIZACIÓN DE LOS BIENES ES DE COMPARACIÓN CON EL VALOR XX XXXXXXX ACTUAL.
AREQUIPA, 2,006 AGOSTO 29.
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX
D.N.I. Nº 29550674,
DECLARACIÓN JURADA DE RECEPCIÓN DE BIENES
POR LA PRESENTE YO, XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, PERUANO, IDENTIFICADO CON DNI Nº 00000000, DE ESTADO CIVIL CASADO, CON DIRECCIÓN DOMICILIARIA EN XXXXXX XXXXXXX 000-X, XXXXXXXX XX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX X XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX, EN CALIDAD DE GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA “BUILD AND BUSINESS XXXXXXX SOCIEDAD ANONIMA CERRADA” DECLARO QUE HE RECEPCIONADO LOS BIENES APORTADOS POR EL ACCIONISTA MARCO XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, BIENES DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE:
DESCRIPCION DEL BIEN CANTIDAD
01
RETROEXCAVADORA JCB MODELO 1550-B, CABINA CERRADA, COLOR GUINDA CON BEIGE, SERIE 0000X0000, AÑO 1990
01
COMPRESORA DE AIRE MARCA ATLAS COPCO, 84 HP 250 PCM, COLOR GUINDA CON BEIGE, MODELO XA120PD, SERIE PAU770040, AÑO 1988
ESPARCIDORA DE AGREGADOS FABRICACION ARTESANAL S/MARCA. 01
01
WINCHE ELECTRICO DYNAMIC 5HP, MONOF. 350 KG , MODELO WE5.014AK, SERIE WE-402
01
ELECTROBOMBA SUMERGIBLE 1.5HP, 2”, MONOF. ESPA, MODELO DRAINEX 150
01
MEZCLADORA DE CONCRETO, MARCA DYNAMIC DE 9 P3, MOTOR KHOLER DE 8HP, MODELO MDC9P8KOH, SERIE MAQ M9-080, SERIE MOTOR 2721700929
01
KIT MUEBLES XX XXXXXX DE OFICINA MODELO EURO (ESCRIT, MESA AUXIL Y CREDENZA)
01
FOTOCOPIADORA E IMPRESORA MARCA MINOLTA, MODELO Di151, SERIE 21003323
COMPUTADORA PIV PROCESADOR INTEL CELERON 1.7 GHZ, D. DURO 40GB;
TECLADO BTC MODELO 9000A, SERIE E5XK9000ATH0610; MONITOR LG 01
MODELO 553V, SERIE 104MX66435.
COMPUTADORA PIII PROCESADOR COMPATIBLE; TECLADO BTC, MODELO
5199, SERIE E5XKB5199; MONITOR VIEWSONIC E40, MODELO VCDTS21384-1M, 01
SERIE 3882A166.
COMPUTADORA PII PROCESADOR COMPATIBLE; TECLADO BTC, MODELO
5106, SERIE E5XKB5301; MONITOR SAMSUNG, MODELO CQA4147, SERIE 01
H8WG501131
AREQUIPA, 2006 AGOSTO 29.