CONTRATO N° 16/2018
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PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
CONTRATO N° 16/2018
"SUMINI STRO DE UNIFORMES PARA PERSONAL DE LA PDDH"
----;=---------
NOSOTROS: Por una parte, XXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX, de cincuenta y cuatro años de edad, abogada y notaria, domicilio, con Documento Único de Identidad número y Número
de Identificación Tributaria
; actuando, en mi caJidad de Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, en nombre y representación legal de la PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS, institución de
derecho público a la que en este documento se denominará "la Procuraduría", con domicilio principal en la ciudad de San Xxxxxxxx y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce • cero sesenta mil trescientos noventa y dos - ciento dos - ocho; personería que es legítima en virtud de: a) Diario Oficial número doscientos treinta y cuatro, Tomo número doscientos ochenta y uno, de fecha dieciséis de
diciembre de mil novecientos ochenta y tres, en el que se publicó el Decreto número treinta y ocho, dado por la Asamblea Constituyente a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y tres, por medio del que se decretó, sancionó y proclamó la Constitución de la República, la cual dispone en sus artículos ciento noventa y uno, y ciento noventa y dos, que el Ministerio Público será ejercido, junto con
otros funcionarios, por el Procurador po.ra la Defenaa de los Oerechoa Humanos, quien
será elegido por la Asamblea Legislativa, y durará tres años en el ejercicio de su cargo; b)Diario Oficial número cuarenta y cinco, Tomo número trescientos catorce, del día seis xx xxxxx de mil novecientos noventa y dos, en el cuaJ se publicó el Decreto Legislativo número ciento ochenta y tres, de (echa veinte de febrero del mismo año; que contiene la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, la cuaJ tiene por objeto la creación, organización, atribuciones y funcionamiento de la Procuraduría, prescribiendo en los artículos dos, tres y veintiuno, que es una institución integrante del Ministerio Público, de carácter permanente e independiente, con personalidad jurídica propia y autonomía administrativa; que estará a cargo del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, quien ejercerá sus funciones en todo el territorio nacionaJ; que la Procuraduría tendrá su domicilio principal en la ciudad de San
Xxxxxxxx; y que en el ejercicio de sus actividades, podrá adquirir los bienes necesarios para el cumplimiento de sus fines y contratar los servicios que considere convenientes; y c) Diario Oficial número ciento setenta y cinco, Tomo número cuatrocientos doce, del día veintidós de septiembre de dos mil dieciséis, en el cual aparece publicado el Decreto Legislativo número cuatrocientos noventa y dos, dado a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis, por medio del que se me eligió como Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos para el periodo de tres años, que inicia a partir de esa misma fecha y concluye el veintiuno de septiembre de dos mil diecinueve; y en el que consta además que, previo a tomar posesión del cargo, rendí la correspondiente protesta constitucional; por lo que estoy enteramente facultada para otorgar actos y contratos como el presente; y por la otra parte, XXXXX XXXXXX XXXXXXX, de cincuenta y siete años de edad, empleada, de nacionalidad
domicilio, con Documento único de Identidad número
, y Número de Identificación
Tributaria
, que en adelante me denominaré "la contratista", titular de la empresa
industrial denominada CREACIONES TEXTILES, que se dedica a la fabricación de prendas de vestir, según constancia de renovación de la matricula de empresa respectiva correspondiente al año dos mi diecisiete, extendida por el Registro de Comercio el día once de septiembre de dos mil diecisiete. En la calidad expresada, de conformidad con los artículos treinta y nueve, cuarenta, y sesenta y ocho de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), y con base en el articulo dieciocho de la misma ley y en la Resolución de Adjudicación número 16/2018, proveida por la Procuraduría a las nueve horas del dia veintinueve xx xxxxx de dos mil dieciocho dentro del proceso de contratación Libre Gestión No. 61/2018 "Suministro
de uniformes para personal de la PDDH", en este acto y mediante este documento OTORGAMOS un contrato que denominamos •contrato Nº 16/2018 - Suministro de uniformes para personal de la PDDW, el cual se regirá por las cláusulas siguientes:
l. OBJETO DEL CONTRATO: La contratista suministrará a la Procuraduría uniformes para su personal, de acuerdo al detalle siguiente:
Renglón 1 - Uniformes para personal Auxiliar de Servicios Generales y Mantenimiento
Femenino | - | |||||
Descripción Faldas | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |||
e/u US $ | Total US$ | |||||
8 | e/u | 19.50 | 156.00 | |||
Pantalones | 24 | e/u | 20.99 | 503.76 | ||
Blusas | 32 | e/u | 12.99 | 415.68 | ||
SUB TOTAL | 1 075.44 |
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de
Servicios
Generales,
Auxiliares
de
para personal
Renglón 2 - Uniformes
corresoondenc1· a Mascurmo.
Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx
Auxiliar
Descripción Cantidad u/x
Xxxxxxx
Total
Pantalones
de Lon11 (tipo 12
Jeansl
e/u
e/u US $
20.00
USS
240.00
240.00
SUB TOTAL
. .
Descripción | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | ||
c/u US $ | Total US$ | ||||
Pantalones xx Xxxx (tipo Jeansl | 24 e/u | 20.00 | 480.00 | ||
SUB TOTAL | 480.00 |
Renglón 3 - Uniformes para personal Auxiliar de Mantenimiento, Colaborador de Manten1m1ento, v AUXIT1ar Admm1strat1vo II masculino.
Renglón 4 - Uniformes para personal Secretarias I y 11, Secretaria Ejecutiva I y 11, Telefonista, Colaborador de Comunicaciones, Colaborador UACI, Auxiliar Administrativo
1 y Teº cmco UF! Femenino.
Descripción
Cantidad
u/m
Oferta 3
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Pantalones
formales
Faldas formales Blusas formales Chaquetas Eiecutivas SUB TOTAL
49
208
208
e/u
159
c/u
22.00
14.99
e/u e/u
e/u US$
20.99
19.50
Total
US$
3,337.41
955.50
3.,-117.92
4,576.00
11 986.83
MaOfertá 3 rt¡x. Xxxxxx u/x Xxxxxxx e/u US$ Total US$ | ||
e/u | 20.00 | 2,600.00 |
c/u | 12.00 | 1,560.00 |
4 160.00 |
Rernz lón 5 . U mºformes oara oersonal Motoristas.
Descripción Cantidad
dPeanltoalnoane(tsipo 130
130
Xxxxxx Xxxxxxx tipo polo
SUB TOTAL •
Renglón 6 - Uniformes para personal Vigilantes.
Total US$
Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
u/m
Cantidad
Descnpc1ón
e/u US$
85
Pantalones
xx Xxxx (tipo ieans)
Pantalones de vestir
35
SUB TOTAL
20.00 1,700.00
e/u
e/u
23 00 805.00
2.505.00
Renglón 7 - Uniformes para personal Auxiliares Administrativos I y 11, Telefonista, Tramitador Financiero, Colaborador xx Xxxxxxx, Colaborador de Comunicaciones y Colaborador UACI.
Descripción | Cantidad | u/m | Ofcru. 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
e/u US$ | Total US$ | |||
Pantalones xx Xxxx (tipo Jcans) | 8 | e/u | 20.00 | 160.00 |
Cam,sas tipo Polo | 8 | e/u | 12.50 | 100.00 |
SUB TOTAL | 260.00 |
Ren2lón 8 - Uniformes oara oersonal de Tecnolo2i s de Información.
Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx
e/u US$
Descnpc,ón CantJdad u/m Oulllén
e/u
Pantalones de vestir
24
SUB TOTAL
Total US$
23.00
552.00
552.00
Ren2l6n 9 - Uniformes oara oersonal de enfermería femenino.
Dcscnpción | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx |
e/u US$ Total US$ | |||
Pantalones | 4 | e/u | 20.99 83.96 |
Blusas | 4 | e/u | 20.00 80.00 |
SUB TOTAL | 163.96 |
Ren2lón 10 - Descripción Pantalones de vesllr masculino | Uniformes Cantidad 16 | oara oc u/m e/u | rsonal Citador Noti Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
e/u US$ 23.00 | Total US$ 368.00 | |||
Camisas de vestir manga xxxxxx | 16 | e/u | 15.99 | 255.84 |
ficador Jurídico y Vigilante (femenino).
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Descripción
Oferta 3
Xxxxx Xxxxxx Canlidad u/m C1.1illtn
US$
e/u US S Total
Falda 1
Pantalón de
femenino Blusas Pantalón xx xxxx (tipo icansl | 5 3 | etu e/u | 14.99 20.00 | 74.95 |
60.00 | ||||
Camisas tipo Polo | 3 | e/u | 12.00 | 36.00 |
SUB TOTAL | 898.25 |
vestir 4
e/u
e/u
19.50 19.50
20.99 83.96
La contratista deberá summ1strar los uniformes según las especificaciones técnicas establecidas para el proceso de Libre Gestión N° 61/2018 y conforme a su correspondiente oferta, a más tardar cincuenta días calendario después del tallaje respectivo, el cual se realizará del veintisiete al treinta y uno xx xxxxxx del presente año.
11. PLAZO: El plazo del contrato es de CINCUENTA DIAS CALENDARIO, iniciando el día uno de septiembre de dos mil dieciocho, y terminando el veinte de octubre del mismo año.
III. PRECIO, FORMA DE PAGO Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO: El precio del contrato es de VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO 48/ 100 DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRJCA (US $ 22,321.48). con el impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios (IVA) incluido; que corresponde a la suma del valor de los uniformes relacionados, y será pagado en una sola cuota a más tardar sesenta días después que se haya entregado la factura con todos sus requisitos formales y se hayan realizado todos los trámites en la Unidad Financiera Institucional, por medio de la Tesorería de la Procuraduría, y me diante depó�ito en la cuenta corriente número CINCO CERO DOS - CERO CERO SEIS CINCO DOS UNO - CUATRO (502-
006521-4) a nombre de XXXXX XXXXXX XXXXXXX, del Banco Agrícola. El precio de la contratación será financiado con fondos GOES disponibles en el respectivo presupuesto vigente para el ejercicio fiscal del año dos mil dieciocho de la Procuraduría.
IV. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: La contratista se obliga especialmente a cumplir con todas las cargas contractuales, y queda sujeta al pago de los impuestos fijados con base a las leyes vigentes de la República de El Xxxxxxxx que fueren aplicables, debiendo estar solvente además de sus obligaciones fiscales, municipales, de seguridad social y previsionales.
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V. CLÁUSULA ESPECIAL PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Si durante la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte de la contratista a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el art. 160 de la LACAP para determinar el cometimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el art. 158 romano V literal b) de la LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de
la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de reinspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en este último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final.
VI. PLAZO DE RECLAMOS: La Procuraduría podrá efectuar cualquier reclamo respecto a los bienes y servicios que reciba en virtud del contrato, dentro de un periodo de UN AÑO contado a partir de la fecha de recepción formal de los mismos, sin perjuicio de ejercer también otras acciones legales que correspondan.
Vil. GARANTÍAS: Para asegurar el fiel cumplimiento de sus obligaciones contractuales, y el buen servicio, funcionamiento o calidad de los bienes suministrados, la contratista otorgará a favor y a entera satisfacción de la Procuraduría: a) UNA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS 15/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMl::RICA (US $2,232.15),
equivalente al DIEZ POR CIENTO del precio total del contrato, que deberá presentar a más tardar diez días hábiles después de recibir su copia certificada del contrato, y
tendrá una vigencia de NOVENTA DfAS, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato (artículo treinta y cinco de la LACAP). b) UNA GARANTIA DE BUEN SERVICIO, FUNCIONAMIENTO O CALIDAD DE BIENES por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS 15/ 100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US $2,232.15), equivalente al diez por ciento del precio del contrato, que deberá presentar a más tardar diez días hábiles después de que la Procuraduría reciba a satisfacción los uniformes, y tendrá una vigencia de UN AÑO, contado a partir de esa misma fecha (articulo treinta y siete - Bis de la LACAP). Dichas garantías deberán ser de la clase de instrumentos que garanticen el cumplimiento de las obligaciones establecidos en los artículos treinta y dos de la LACAP y treinta y cuatro del Reglamento de dicha Ley (RELACAP). El incumplimiento de ésta cláusula será causal de caducidad del contrato.
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VW. DOCUMENTOS CONTRACTUALES: F'xxxxx parte integral del contrato los documentos derivados del proceso de contratación denominado Libre Gestión No. 61/2018 "Suministro de uniformes para personal de la PDDH", que son principalmente: a) Solicitud de cotización, de fecha dos xx xxxx de dos mil dieciocho, suscrita por el Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI); b) La oferta de la contratista, y sus anexos; y e) Resolución de Adjudicación número 16/2018, proveida por la Procuraduría a las nueve horas del día veintinueve xx xxxxx de dos mil dieciocho. Además son documentos contractuales las garantías y otros que emanen del contrato. Todos los instrumentos son complementarios entre si y serán interpretados en forma conjunta.
IX. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La Procuraduría designará a un administrador del contrato, quién velará porque se ejecute conforme a las condiciones pactadas y tendrá además todas las obligaciones y responsabilidades dispuestas en el articulo ochenta y dos Bis de la LACAP.
X. DECLARACIONES DE LA CONTRATISTA: La contratista declara: a) Que se obliga a proveer el suministro en los términos requeridos, y a responder por la calidad del
mismo y por los daños y perjuicios que por inobservancia, negligencia u otro motivo, se causaren a la Procuraduría; b) Que se somete a las disposiciones legales aplicables a contratos de igual naturaleza, y renuncia a efectuar reclamaciones por vías que no sean establecidas en las leyes del país; e) Que cuenta con la capacidad y experiencia necesarias para proveer el suministro; d) Que no se encuentra dentro de las incapacidades e impedimentos que establecen los artículos veinticinco y veintiséis de la LACAP; y e) Que está solvente de sus obligaciones fiscales, municipales, de seguridad
social y previsionales que conforme a la Ley le corresponden.
XI. ACTAS DE RECEPCIÓN: Corresponderá al administrador del contrato elaborar y suscribir, conjuntamente con la contratista, las actas de recepción que fuesen necesarias, las cuales contendrán como mlnimo lo que establece el artículo setenta y siete del RELACAP.
XII. PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: De conformidad con lo dispuesto por los artículos ochenta y tres, y ochenta y tres- A de la LACAP, el contrato podrá prorrogarse y modificarse; a tal efecto la Procuraduría emitirá la resolución respectiva.
XIII. CESIÓN: Queda expresamente prohibido a la contratista traspasar, transferir o ceder a cualquier titulo, los derechos y obligaciones que emanan de este contrato. La transgresión de esta disposición dará lugar a la caducidad del contrato y a hacer
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efectiva la garantía de cumplimiento de contrato, sin excluir otras medidas o acciones que se consideren pertinentes.
XIV. EXTINCIÓN DEL CONTRATO: Son causales de extinción del contrato las establecidas en el artículo noventa y tres de la LACAP, las que se establecen en otras leyes vigentes de la República de El Xxxxxxxx que fueren aplicables, y las estipuladas en este contrato.
XV. SANCIONES: En caso de incumplimiento, xxxx u otra conducta tipificada legalmente, la contratista se hará acreedora de las sanciones dispuestas en la LACAP. En ese sentido, la contratista expresamente se somete a las sanciones legales que le sean impuestas por la Procuraduría, cuya competencia reconoce y acepta para tales efectos.
XVI. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: La resolución de las diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del contrato se sujetará a sede judicial; y para ello, ambas partes se someten voluntariamente a la competencia territorial de los tribunales del municipio de San Xxxxxxxx.
XVII. RELACIÓN CON TERCERAS PERSONAS: Las obligaciones laborales, civiles, mercantiles o de cualquier otra índole que puedan derivarse de las relaciones entre la contratista y el personal que requiera para el cumplimiento de sus cargas contractuales, son de su exclusiva responsabilidad.
XVIII. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: De conformidad con los artículos cinco y ochenta y cuatro de la LACAP, el contrato se ejecutará con sujeción a sus cláusulas, y la Procuraduría se reserva la facultad de interpretarlo conforme con la Constitución de la Republlca, la LACAP y demás legislacion aplicable, los Principios Generales del Derecho Administrativo, y de la forma que más convenga al interés público que se
pretende satisfacer de forma directa o indirecta con las obras, bienes o servicios que contrata, para lo cual girará por escrito las instrucciones que considere convenientes. La contratista expresamente acepta esta cláusula y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte la Procuraduria, las cuales serán comunicadas por medio del administrador del contrato.
XIX. LEGISLACIÓN APLICABLE: Para efectos contractuales, las partes se someten expresamente a la LACAP y al RELACAP, y en general, a la legislación vigente en la República de El Xxxxxxxx.
XX. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES: Las notificaciones o comunicaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de la fecha de su
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recepción en las direcciones que a continuación señalan: La Procuraduría, en quince calle poniente, local ocho, Edificio Centro Profesional, Centro de Gobierno, de esta ciudad; y la contratista, en treinta y cinco calle poniente, númel'O ciento siete, Colonia Xxxxx, de esta ciudad.
Así nos expresamos, y enterados y conscientes de los términos de este documento, ratificamos su contenido y Jo firmamos en la ciudad de San Xxxxxxxx, el día veintiuno xx xxxxxx de dos mil dieciocho.
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx CREACIONES TEXTILES
En la ciudad de San Xxxxxxxx, a las quince horas y quince minutos del dfa veintiuno xx xxxxxx de dos mil dieciocho. Ante mí, XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX, Xxxxxxx, de este domicilio, comparecen: Por una parte la licenciada XXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX, de cincuenta y cuatro años de edad, abogada y notaria,
domicilio, con Número de Identificación Tributaria
, a la que identifico
por medio de su Documento Único de Identidad número ,...___ �.J
_., que expirará el día diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho; y quien actúa, en su carácter de Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, en nombre y representación legal de la PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS, que en este documento se denominará simplemente "la Procuraduría", institución de derecho público, con domicilio principal en la ciudad de San Xxxxxxxx, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - cero sesenta mil trescientos noventa y dos - ciento dos - ocho; y por otra parte, la senara XXXXX XXXXXX XXXXXXX, de cincuenta y siete años de edad, empleada, de nacionalídad , de este domicilio, con Número de Identificación Tributari
, a quien identifico mediante su Documento único de Identidad número -
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que expirará el día veintiséis de julio de dos mil veintiséis; y a la que en lo sucesivo se denominará "la contratista"; Y ME DICEN: Que reconocen, como propias, las declaraciones contenidas en el instrumento que antecede, según el cual, las comparecientes celebran un contrato denominado "Contrato N° 16/2018 - Suministro de uniformes para personal de la PDDW, cuyas cláusulas literalmente son las siguientes: ////// "l. OBJETO DEL CONTRATO: La contratista suministrará a la Procuraduría uniformes para su personal, de acuerdo al detalle siguiente:
Renglón 1 - Uniformes para personal Auxiliar de Ser"icios Generales y Mantenimiento Femenino.
Descnpc1ón | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
c/u US$ | Total US$ | |||
Faldas | 8 | e/u | 19.50 | 156.00 |
Pantalones | 24 | e/u | 20.99 | 503.76 |
Blusas | 32 | e/u | 12.99 | 415.68 |
SUB TOTAL | 1 075.44 |
Renglón 2 - Uniformes para personal Auxiliar de Servicios Generales, Auxiliares de Correspond enc1.a Mascu J'mo.
Descripción Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
e/u USS | Total us $ | ||
Pantalones xx Xxxx (tipo 12 Jeansl | e/u | 20.00 | 240 00 |
SUB TOTAL | 240.00 |
Renglón 3 Uniformes para personal Auxiliar de Mantenimiento, Colaborador de
Mantcmrn1ento, y AUXIT1ar Adm1.m.strat1vo 11 masculino.
Descripción | Cantidad | u/m e/u | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
c/u US$ 20.00 | Total USS 480.00 | |||
Pantalones xx Xxxx (tipo 24 Jeansl | ||||
SUB TOTAL | 480.00 |
Renglón 4 • Uniformes para personal Secretarias I y 11, Secretaria Ejecutiva I y 11, Telefonista, Colaborador de Comunicaciones, Colaborador UACJ, Auxiliar Administrativo 1 y Técnico UFI Femenino.
Descnpción | Canddad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx |
c/u US$ Total uss | |||
Pantalones formales | 159 | e/u | 20.99 3,337.41 |
Faldas formales | e/u | 19.50 955.50 |
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Descripción
Bfohrmaaal.u Chaquetas Eiecutivas SUB TOTAL
Cruttidad
u/m
Oferta 3
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
c/u US $ | us $ | ||
208 | c/u | 14.99 | 3.117.92 |
208 | e/u | 22.00 | 4,576 00 |
11.986.83 |
Total
Xxxx:11o· n 5 . Um·�xxxxx :>ara personal Motoristas.
Descripción | Canudad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Gu1llén | ||
c/u US $ | Total us $ | ||||
Pantalones xx xxxx (tipo Jeansl | 130 | e/u | 20.00 | 2.600.00 | |
Camisas tipo nolo | 130 | e/u | 12.00 | 1,560.00 | |
SUB TOTAL | 4 | 160.00 |
ReneJón 6 · Uniformes oara personal Vieilantes.
Descripción | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Gu1llén | |
c/u US $ | Total us $ | |||
Pantalones xx Xxxx (Upo •eansl | e/u | 20.00 | 1,700.00 | |
Pantalones de vestir | 35 | c/u | 23.00 | 805.00 |
SUB TOTAL | 2,505.00 |
85
Renglón 7 - Uniformes para personal Auxiliares Administrativos I y II, Telefonista, Tramitador Financiero, Colaborador xx Xxxxxxx, Colaborador de Comunicaciones y Colaborador UACI
Descripción | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Can;nen Xxxxxxx | |
c/u US S | Total us $ | |||
Pantalones xx Xxxx (tipo Jeansl | 8 | c/u | 20.00 | 160.00 |
Camisas tipo | 8 | e/u | 12.50 | 100.00 |
Polo | ||||
SUB TOTAL | 260.00 |
Xxxx:lón 8 • Uniformes cara �rsonal de Tecnolo2ias de Información.
Descripción | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
c/u US $ | Total US$ | |||
Pantalones de vestir | 24 | e/u | 23.00 | 552.00 |
11
Descripción | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx |
e/u uss i Total US$ 1 | |||
SUB TOTAL 552.00 |
Renglón 9 um-�xxxxx para m-rsonal de enfermen·a femenino.
Guillen
Oferta 3 Cantidad u/m Xxxxx Xxxxxx
Descripción
US$
e/u US$ Total
Pantalones 4 e/u 20.99 83.96
Blusas 4 e/u 20.00 80.00
SUB TOTAL 163.96
Remt ón 10 - Uni xxxxx oara persona1 eitador Not1ºficador Jurídico y Vigilante (femenino).
Descripción | Cantidad | u/m | Oferta 3 Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
e/u US$ Tuostal $ | ||||
Pantalones de vestir masculino | 16 | e/u | 23 00 | 368.00 |
Camisas de vestir manga lana | 16 | e/u | 15.99 | 255.84 |
Falda | 1 | e/u | 19.50 | 19.50 |
Pantalón de vestir femenino | 4 | e/u | 20 99 | 83.96 |
Blusas | 5 | e/u | 14.99 | 74.95 |
Pantalón xx xxxx (tipo | 3 | e/u | 20.00 | 60.00 |
Camisas tipo Polo | 3 | e/u | 12.00 | 36.00 |
1eansl
�SUB TOTAL 898.25
La contratista deberá suministrar los unüormes según las especificaciones técnicas establecidas para el proceso de Libre Gestión Nº 61/2018 y conforme a su correspondiente oferta, a más tardar cincuenta días calendario después del tallaje
respectivo, el cual se realizará del veintisiete al treinta y uno xx xxxxxx del presente año. II. PLAZO: El plazo del contrato es de CINCUENTA DÍAS CALENDA⮘IO, iniciando el día uno de septiembre de dos mil dieciocho, y terminando el veinte de octubre del mismo año. III. PRECIO, FORMA DE PAGO Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO: El
precio del contrato es de VEINTIDÓS MIL T⮘ESCIENTOS VEINTIUNO 48/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $22,321.48), con el impuesto
a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios (!VA) incluido; que corresponde a ta suma del valor de los uniformes relacionados, y será pagado en una sola cuota a más tardar sesenta días después que se haya entregado la factura con todos sus requisitos formales y se hayan realizado todos los trámites en la Unidad
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Financiera Institucional, por medio de la Tesorería de la Procuraduría, y mediante depósito en la cuenta corriente número CINCO CERO DOS - CERO CERO SEIS CINCO DOS UNO - CUATRO (502-006521-4) a nombre de XXXXX XXXXXX XXXXXXX, del
Banco Agrícola. El precio de la conlralación será financiado con fondos GOES disponibles en el respectivo presupuesto vigente para el ejercicio fiscal del año dos mil dieciocho de la Procuraduría. IV. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: La contratista se obliga especialmente a cumplir con todas las cargas contractuales, y queda sujeta al pago de los impuestos lijados con base a las leyes vigentes de la República de El Xxxxxxxx que fueren aplicables, debiendo estar solvente además de sus obligaciones fiscales, municipales, de seguridad social y previsionales. V. CLÁUSULA ESPECIAL PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Si durante la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte de la contratista a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el art. 160 de la LACAP para determinar el cometimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el art. 158 romano V literal b) de la LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de reinspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en este último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final. VI. PLAZO DE RECLAMOS: La Procuraduría podrá efectuar cualquier reclamo respecto a los bienes y servicios que reciba en virtud del contrato, dentro de un periodo de UN AÑO contado a partir de la fecha de recepción formal de los mismos, sin perjuicio de ejercer también otras acciones legales que correspondan. VII, OARANTIAS: Para asegurar el fiel
cumplimiento de sus obligaciones contractuales, y el buen servicio, funcionamiento o
calidad de los bienes suministrados, la contratista otorgará a favor y a entera satisfacción de la Procuraduría: a) UNA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS 15/ 100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $ 2,232.15), equivalente al DIEZ POR CIENTO
del precio total del contrato, que deberá presentar a más tardar diez días hábiles después de recibir su copia certificada del contrato, y tendrá una vigencia de NOVENTA DIAS, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato (articulo treinta y cinco de la LACAP). b) UNA GARANTÍA DE BUEN SERVICIO, FUNCIONAMIENTO O CALIDAD DE BIENES por la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS 15/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $ 2,232.15), equivalente al
diez por ciento del precio del contrato, que deberá presentar a más tardar diez días hábiles después de que la Procuraduría reciba a satisfacción los uniformes, y tendrá
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una vigencia de UN AÑO, contado a partir de esa misma fecha (artículo treinta y siete
- Bis de la LACAP). Dichas garantías deberán ser de la clase de instrumentos que garanticen el cumplimiento de las obligaciones establecidos en los artículos treinta y dos de la LACAP y treinta y cuatro del Reglamento de dicha Ley (RELACAP). El incumplimiento de ésta cláusula será causal de caducidad del contrato. VIII. DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del contrato los documentos derivados del proceso de contratación denominado Libre Gestión No. 61/2018 "Suministro de uniformes para personal de la PDDH", que son principalmente: a) Solicitud de cotización, de fecha dos xx xxxx de dos mil dieciocho, suscrita por el Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI); b) La oferta de la contratista, y sus anexos; y e) Resolución de Adjudicación número 16/2018, proveída por la Procuraduría a las nueve horas del día veintinueve xx xxxxx de dos mil dieciocho. Además son documentos contractuales las garantías y otros que emanen del contrato. Todos los instrumentos son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta. IX. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La Procuraduría designará a un administrador del contrato, quién velará porque se ejecute conforme a las condiciones pactadas y tendrá además todas las obligaciones y responsabilidades dispuestas en el artículo ochenta y dos Bis de la LACAP. X. DECLARACIONES DE LA CONTRATISTA: La contratista declara: a) Que se obliga a proveer el suministro en los términos requeridos, y a responder por la calidad del mismo y por los daños y perjuicios que por inobservancia, negligencia u otro motivo, se causaren a la Procuraduría; b) Que se somete a las disposiciones legales aplicables a contratos de igual naturaleza, y renuncia a efectuar reclamaciones por vías que no sean establecidas en las leyes del país; e) Que cuenta con la capacidad y experiencia necesarias para proveer el suministro; d) Que no
se encuentra dentro de las incapacidades e impedimentos que establecen los artículos veinticinco y veintiséis de la LACAP; y e) Que está solvente de sus obligaciones fiscales, municipales, de seguridad social y previsionales que conforme a la Ley le corresponden.
XI. ACTAS DE RECEPCIÓN: Corresponderá al administrador del contrato elaborar y suscribir, conjuntamente con la contratista, las actas de recepción que fuesen necesarias, las cuales contendrán como núnimo lo que establece el artículo setenta y siete del RELACAP. XII. PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO: De conformidad con lo dispuesto por los artículos ochenta y tres, y ochenta y tres- A de la LACAP, el contrato podrá prorrogarse y modificarse; a tal efecto la Procuraduría emitirá la resolución respectiva. XID. CESIÓN: Queda expresamente prohibido a la contratista traspasar, transferir o ceder a cualquier título, los derechos y obligaciones que emanan de este contrato. La transgresión de esta disposición dará lugar a la caducidad del contrato y a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato, sin excluir otras medidas o acciones que se consideren pertinentes. XIV. EXTINCIÓN DEL CONTRATO: Son causales de extinción del contrato las establecidas en el artículo noventa y tres de la LACAP, las que se establecen en otras leyes vigentes de la República de El Xxxxxxxx
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que fueren aplicables, y las estipuladas en este contrato. XV. SANCIONES: En caso de incumplimiento, xxxx u otra conducta tipificada legalmente, la contratista se haré. acreedora de las sanciones dispuestas en la LACAP. En ese sentido, la contratista expresamente se somete a las sanciones legales que le sean impuestas por la Procuraduría, cuya competencia reconoce y acepta para tales efectos. XVI. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: La resolución de las diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del contrato se sujetara a sede judicial; y para ello, ambas partes se someten voluntariamente a la competencia territorial de los tribunales del municipio de San Xxxxxxxx. XVII. RELACIÓN CON TERCERAS PERSONAS: Las obligaciones laborales, civiles, mercantiles o de cualquier otra índole que puedan derivarse de las relaciones entre la contratista y el personal que requiera para el cumplimiento de sus cargas contractuales, son de su exclusiva responsabilidad.)CVIII. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: De conformidad con los artículos cinco y ochenta y cuatro de la LACAP, el contrato se ejecutara con sujeción a sus clausulas, y la Procuraduría se reserva la facultad de interpretarlo conforme con la Constitución de la República, la LACAP y demás legislación aplicable, los Principios Generales del Derecho Administrativo, y de la forma que más convenga al interés público que se pretende satisfacer de forma directa o indirecta con las obras, bienes o servicios que contrata, para lo cual girará por escrito las instrucciones que considere convenientes. La contratista expresamente acepta esta cláusula y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte la Procuraduría, las cuales serán comunicadas por medio del administrador del contrato. XIX. LEGISLACIÓN APLICABLE: Para efectos contractuales, las partes se someten expresamente a la LACAP y al RELACAP, y en general, a la legislación vigente en la República de El Xxxxxxxx. XX. NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES: Las notificaciones o comunicaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de la fecha de su recepción en las direcciones que a continuación señalan: La Procuraduría, en quince calle poniente, local ocho, Edificio Centro Profesional, Centro
de Gobierno, de esta ciudad; y la contratista, en treinta y cinco xxxxx xxxxxxxx, xxxxxx
ciento siete, Colonia Xxxxx, de esta ciudad"//////. Yo, el suscrito Notario DOY FE: l) Que las firmas que calzan el documento cuyo contenido reconocen las comparecientes, y el cual precede a esta acta notarial, son auténticas, por haber sido igualmente reconocidas por estas mismas en mi presencia. 2) Que es legitima la personería con que actúa la licenciada XXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX por haber tenido a la vista los documentos siguientes: a) Diario Oficial número doscientos treinta y cuatro, Tomo número doscientos ochenta y uno, de fecha dieciséis de diciembre de mil novecientos ochenta y tres, en el que se publicó el Decreto número treinta y ocho, dado por la Asamblea Constituyente a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y tres, por medio del que se decretó, sancionó y proclamó la Constitución de la República, la cual dispone en sus artículos ciento noventa y uno, y ciento noventa y
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dos, que el Ministerio Público será ejercido, junto con otros funcionarios, por el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, quien será elegido por la Asamblea Legislativa, y durará tres años en el ejercicio de su cargo; b) Diario Oficial número cuarenta y cinco, Tomo número trescientos catorce, del día seis xx xxxxx de mil novecientos noventa y dos, en el cual se publicó el Decreto Legislativo número ciento ochenta y tres, de fecha veinte de febrero del mismo año; que contiene la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, la cual tiene por objeto la creación, organización, atribuciones y funcionamiento de la Procuraduría, prescribiendo en los artículos dos, tres y veintiuno, que es una institución integrante del Ministerio Público, de carácter permanente e independiente, con personalidad jurídica propia y autonomía administrativa; que estará a cargo del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, quien ejercerá sus funciones en todo el territorio nacional; que la Procuraduría tendrá su domicilio principal en la ciudad de San Xxxxxxxx; y que en el ejercicio de sus actividades, podrá adquirir los bienes necesarios para el cumplimiento de sus fines y contratar los servicios que considere convenientes; y, c) Diario Oficial número ciento setenta y cinco, Tomo número cuatrocientos doce, del día veintidós de septiembre de dos mil dieciséis, en el cual aparece publicado el Decreto Legislativo número cuatrocientos noventa y dos, dado a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis, por medio del que se declaró electa Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos a la licenciada Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, para el período de tres años, que inicia a partir de esa misma fecha y concluye el veintiuno de septiembre de dos mil diecinueve; y en el que consta además que la Procuradora electa, previo a tomar posesión del cargo, rindió la correspondiente protesta constitucional. Así se expresaron las otorgantes, a quienes expliqué los efectos legales de este instrumento público que consta de cuatro folios útiles; y leido que se los hube íntegramente y en un solo acto ininterrumpido, manifiestan estar redactado conforme a su voluntad y dicho, por lo que ratifican su contenido y para constancia firmamos. DOY FE.
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