PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PLANIFICADO Y AUXILIO PARA DOS (2) ASCENSORES Y DOS (2) ESCALERAS MECÁNICAS DE LA TERMINAL DE PASAJEROS DEL PUERTO DE COLONIA, Y UN
.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PLANIFICADO Y AUXILIO PARA DOS (2) ASCENSORES Y DOS (2) ESCALERAS MECÁNICAS DE LA TERMINAL DE PASAJEROS DEL PUERTO DE COLONIA, Y UN
(1) ASCENSOR Y UNA (1) ESCALERA MECÁNICA, UBICADOS EN EL EDIFICIO
CONECTOR DE LAS PASARELAS DEL PUERTO DE COLONIA
ÍNDICE
SECCIÓN X. XXXXX GENERAL 4
Artículo 1º Objeto 4
Artículo 2º Xxxxx Xxxxxxxx de referencia. Jurisdicción 4
Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente 4
Artículo 4º Recaudos y normas Técnicas 4
Artículo 5º Normas de seguridad 4
SECCIÓN II. CONDICIONES DEL SUMINISTRO 5
Artículo 6º Visita a las instalaciones portuarias 5
Artículo 7º Responsabilidad del contratista 5
Artículo 8º Características técnicas del servicio 7
Artículo 9º Servicio de Auxilio. Tiempo de respuesta 13
Artículo 10º Trabajos extraordinarios 13
Artículo 11º Contralor del servicio 14
Artículo 12º Pago del servicio 14
Artículo 13º Pago de los trabajos extraordinarios 15
Artículo 14º Plazo del contrato 15
SECCIÓN III. PROCESO LICITATORIO 16
Artículo 15º Adquisición de las Bases Técnicas y Administrativas 16
Artículo 16º Aclaración de los documentos de licitación 16
Artículo 17º Modificación de los documentos de licitación 16
Artículo 18º Plazo de mantenimiento de oferta 16
Artículo 19º Garantía por pedido de prórroga 17
Artículo 20º Garantía de mantenimiento de oferta 17
Artículo 21º Presentación de la oferta 18
Artículo 22º Condiciones generales de la oferta 18
Artículo 23º Contenido de la oferta 19
Artículo 24º Antecedentes del oferente 20
Artículo 25º Representante técnico 20
Artículo 26º Precio 20
Artículo 27º Ajuste de Precio 21
Artículo 28º Recepción y Apertura 21
Artículo 29º Análisis de las ofertas 23
Artículo 30º Reserva de derecho y criterio de adjudicación 23
Artículo 31º Notificación 23
SECCIÓN IV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 24
Artículo 32º Garantía de cumplimiento de contrato 24
Artículo 33º Contrato 24
Artículo 34º Documentos contractuales 24
Artículo 35º Cesión del contrato 25
SECCIÓN V. FINAL DE LA CONTRATACIÓN. SANCIONES 26
Artículo 36º Extinción de la contratación 26
Artículo 37º Rescisión por incumplimiento del contrato 26
Artículo 38º Liquidación del contrato por rescisión 26
Artículo 39º Xxxx 27
Artículo 40º Régimen sancionatorio y multas 27
ANEXO I MODELO DE AVAL 28
XXXXX XX – MODELO DE HOJA DE REVISIÓN PARA EL MANTENIMIENTO PLANIFICADO 29
SECCIÓN X. XXXXX GENERAL
Artículo 1º Objeto
La Administración Nacional de Puertos (ANP) convoca a interesados/as a participar de la Licitación Abreviada para el “Servicio de mantenimiento planificado y auxilio para, dos (2) ascensores, y 2 (dos) escaleras mecánicas, xxxxx Xxxx, ubicados dentro del edifico central de la Terminal de Pasajeros del Puerto Colonia y un ascensor xxxxx Xxxxxx y una escalera mecánica xxxxx Xxxxxxxxx”, ubicados en el edificio conector de las pasarelas.
Artículo 2º Xxxxx Xxxxxxxx de referencia. Jurisdicción.
Este llamado está regido por las Leyes y Normas vigentes, en particular por la Ley N°
18.083 de fecha 27/12/2006 y sus Decretos Reglamentarios, la Ley Nº 17.957 de fecha 4/04/2006, Artículo 61º de la Ley Nº 16.074 de fecha 10/10/1989, el Decreto Nº 150/012 – TOCAF/012 , Adaptación Decreto Nº 500/991 de fecha 1/12/991, aprobado por Resolución de Directorio Nº 589/3.478 del 26/11/08, "Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales" (Parte III), "Pliego de Bases y Condiciones Particulares para Contratación de Suministros y Servicios no Personales de la Administración Nacional de Puertos" (Parte II), y el presente Pliego de Condiciones Particulares (Parte I).
Para todas las cuestiones relativas al cumplimiento o interpretación del contrato será aplicable la legislación y jurisdicción de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3º Cumplimiento de la normativa vigente
El contratista deberá cumplir con todas las normas legales y reglamentarias dictadas o a dictarse en materia portuaria, laboral, fiscal, aduanera, de seguridad en el trabajo, preservación del medio ambiente, y de seguridad social.
Artículo 4º Recaudos y normas Técnicas
El servicio objeto de la presente licitación se hará de acuerdo a lo previsto en el Artículo 8º y a las condiciones de los pliegos ya citados en todo lo que fuere aplicable.
Regirán además las normas UNIT en lo que pueda corresponder.
Artículo 5º Normas de seguridad.
Se exigirá el respeto escrupuloso de todas las normas de seguridad vigentes, establecidas por la Ley y por las reglamentaciones de Banco de Seguros del Estado y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
SECCIÓN II. CONDICIONES DEL SUMINISTRO
Artículo 6º Visita a las instalaciones portuarias
Los técnicos y personas autorizadas debidamente por los representantes de las empresas interesadas, que hayan adquirido pliego, con por lo menos quince (15) días hábiles de anticipación al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, deberán gestionar ante la Unidad Licitaciones de la Administración Nacional de Puertos (ANP), tercer piso, Oficina 305 (Tel. 1901 23 29- Fax (5982) 0000 0000), las autorizaciones pertinentes a efectos de tener acceso al lugar de cumplimiento del servicio que se contrata y a las informaciones que correspondan a los fines de la propuesta. La Unidad Licitaciones elevará la solicitud al Departamento Colonia, a los efectos de coordinar la misma.
Recibida la solicitud de visita o en caso de que la ANP lo considere conveniente, se fijará la fecha de su realización, que será comunicada a todos los compradores xx xxxxxx.
En ocasión de efectuarse la visita, el funcionario de ANP asignado a la misma no estará autorizado para evacuar consultas de cualquier naturaleza que puedan plantear los oferentes. La evacuación de las mismas deberá cumplir lo establecido en el Artículo 16º.
El proponente se obliga a examinar el lugar de los trabajos y a considerar todas las dificultades técnicas inherentes a su realización, en forma previa a la presentación de la oferta.
Artículo 7º Responsabilidad del contratista
1. Gestionar y obtener de la Administración Nacional de Puertos (ANP), los permisos que correspondan y que le permitan el cumplimiento ininterrumpido de los servicios por los que se le contrata.
2. Adoptar todas las medidas necesarias para evitar accidentes que puedan afectar a bienes o personal del Estado o terceros, siendo de su exclusivo riesgo y responsabilidad lo que pueda suceder en omisión de estas medidas.
3. Cumplir estrictamente con las disposiciones, ordenanzas y reglamentos en el ámbito nacional y municipal. Será por cuenta exclusiva el pago de multas y el resarcimiento de los perjuicios a bienes o intereses de terceros, si cometiera cualquier infracción a dichas disposiciones, ordenanzas y reglamentos.
4. Asumir su responsabilidad total y exclusiva de todas las consecuencias inherentes al servicio o que involucre al personal por su causa y de todas las responsabilidades y ulterioridades que emerjan de la ejecución de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato ya sea sobre personas o bienes propios o de terceros.
5. Cumplir con todas las normas de seguridad sobre toda actividad que pudiese llegar a originar riesgo para el personal de la empresa, de la ANP u otros. En caso de incumplimiento la ANP se reserva el derecho de suspender en cualquier momento (y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor de la empresa) los trabajos y tareas del contratista.
6. Proporcionar la lista de personal que emplea para el cumplimiento de los servicios que se contratan, lo que será controlado por la División Mantenimiento de ANP en coordinación con el Departamento Colonia.
7. Procurar la mayor estabilidad del personal asignado debiendo comunicar por escrito y justificar debidamente las rotaciones del mismo ante la ANP, bajo apercibimiento de las multas previstas en el Artículo 40º.
8. Prestar los servicios contratados en forma directa, no pudiendo subcontratar los mismos.
9. No podrá subcontratar personal ni tercerizar la contratación del personal.
10. Contratar y pagar durante todo el plazo de la contratación el seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales a que hace referencia el Artículo 61º de la Ley Nº 16.074 de todo el personal afectado a los trabajos objeto del presente pliego. Por lo tanto, aceptará la responsabilidad total y exclusiva de todas las consecuencias inherentes al servicio que sufra el citado personal por su causa y de todas las responsabilidades y ulterioridades que emerjan de la omisión de cualquiera de las obligaciones establecidas en el apartado anterior.
11. La ANP se reserva el derecho de suspender en cualquier momento (y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a favor del contratista), los trabajos y tareas, de comprobarse, por parte de esta, del Banco de Seguros del Estado o de cualquier autoridad pública, el incumplimiento de cualquiera de las normas de seguridad a que se refiere el apartado anterior y que puede llegar a originar riesgo para el personal que emplea la empresa como el propio de la ANP.
12. La falta de cualquier objeto, o la rotura, daños, desperfectos o deterioros que se produzcan, serán por cuenta del contratista, cuando se constatare la responsabilidad de sus operarios, ya sea por negligencia, trato inadecuado de los implementos y otros motivos imputables a aquellos.
13. Asumir todo riesgo o responsabilidad derivada del cumplimiento del contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la ANP, a sus funcionarios/as, o a los bienes o efectos de uno y otros, en todos los casos en que se sufriere o causare el daño durante la realización de los trabajos contratados o a consecuencia de la ejecución inadecuada o deficiente de los mismos.
Artículo 8º Características técnicas del servicio
En el Departamento Colonia se cuenta con toda la información técnica de los equipos e instalaciones objeto de este llamado, la cual podrá ser consultada, toda vez que lo entienda necesario, quien resulte ser el contratista.
Los repuestos y/o materiales a suministrar por el contratista, deberán ser de la misma marca del equipo, o un similar de buena calidad reconocida, la que deberá llenar los requisitos que determine la División Mantenimiento de ANP, debiendo ser autorizados con antelación a su instalación, por escrito por ésta.
La ANP podrá solicitar todas las pruebas que estime pertinentes a efectos de verificar el buen funcionamiento de las unidades, antes de validar los trabajos efectuados por la empresa, debiendo ésta efectuar las reparaciones que surjan de las mismas sin costo adicional para la ANP.
El personal técnico del contratista deberá SIEMPRE usar indumentaria que identifique claramente el nombre y logo del contratista, así como el suyo propio.
8º.1 Mantenimiento Planificado.
El servicio incluirá como mínimo las tareas identificadas seguidamente, debiendo el contratista emitir semestralmente un resumen escrito donde evaluará el comportamiento de los equipos, pudiendo además proponer mejoras.
Para cada uno de los equipos objeto de este llamado deberá entregar el contratista un informe con los resultados de la visita, incluyendo el llenado de las HOJAS DE REVISIÓN cuyo modelo se adjunta en el ANEXO II – MODELO DE HOJA DE REVISIÓN PARA EL MANTENIMIENTO PLANIFICADO debiéndose entregar copia fiel, a la División Mantenimiento de ANP, toda vez que se intervenga, tanto para el mantenimiento programado como correctivo o auxilio.
En ese reporte se deberá indicar en letra clara, el motivo xx xxxxx, repuesto utilizado y nombre del técnico interviniente. El no cumplimiento de la presente norma, aplicara lo establecido en el Artículo 11º numeral 1, en el Artículo 37º y el Artículo 40º.
El oferente indicará los trabajos que propone, así como las frecuencias, las que como mínimo serán las que se detallan a continuación:
8°.1.1 Mensuales:
1. Ascensores:
2. Sala de Máquinas:
- Verificar acceso despejado.
- Verificar funcionamiento de puerta y cerradura.
- Verificar funcionamiento de iluminación eléctrica.
- Verificar la no existencia de elementos ajenos.
- Verificar funcionamiento de ventilación.
- Verificar desgaste y estado de polea tractora.
- Verificar desgaste y estado de desvío.
- Verificar lubricación de polea tractora.
- Verificar diámetro de cable de suspensión.
- Verificar anclajes de cables.
- Verificar el nivel de aceite del motor, máquina y fugas.
- Verificar calentamiento del motor.
- Verificar la existencia de vibraciones.
- Verificar funcionamiento general.
- Verificar actuación de controles.
- Verificación eléctrica de tablero y actuación de las protecciones.
o Cabina:
- Verificar aspecto general.
- Verificar iluminación interior.
- Verificar ajuste de puertas.
- Verificar umbrales de puertas.
- Verificar funcionamiento de puertas.
- Verificar funcionamiento de señales de puertas abiertas.
- Verificar estado de botoneras.
- Verificar funcionamiento de botoneras.
- Verificar funcionamiento de alarmas.
- Verificación de indicadores de posición de cabinas.
- Verificar conservación de guiadores.
- Verificar holguras de guiadores.
o Pisos:
- Verificar ajustes de puertas de piso.
- Verificar funcionamiento de pulsadores de pisos.
- Verificar mirillas de pisos.
- Verificar umbrales de pisos.
- Verificar funcionamiento de puertas de pisos.
- Verificación de indicadores de posición de pisos.
o Pasadizo:
- Verificar estado general de pasadizo.
- Verificar la no existencia de elementos ajenos en pasadizo.
- Verificar guías de cabina.
- Verificar guías de contrapeso.
- Verificar holguras de guías.
x Xxxx:
- Verificar acceso x xxxx.
- Verificar limpieza xx xxxx.
- Verificar humedades en pozo.
- Verificar la existencia de elementos ajenos en pozo.
- Verificar iluminación interior xx xxxx.
- Verificar estado de defensas.
o General:
- Verificación de funcionamiento de interruptores límites.
- Verificar estado del regulador de velocidad.
- Verificar funcionamiento del regulador de velocidad.
- Verificación de trabas electromecánicas de puertas pisos.
- Verificación trabas electromecánicas de puertas cabinas.
- Verificación de paragolpes de cabinas.
- Verificación de paragolpes de contrapeso.
- Verificación de estado del paracaídas.
- Verificación de funcionamiento del paracaídas.
3. Escaleras Mecánicas:
o Máquina:
- Verificar el nivel de aceite del motor, máquina y fugas.
- Verificar calentamiento del motor.
- Verificar acoplamiento motor – reductor.
- Verificar la existencia de vibraciones.
- Verificar funcionamiento general.
- Verificar funcionamiento del freno.
- Comprobar distancia xx xxxxxx.
- Comprobar desbloqueo manual.
o Cadena principal o de peldaños:
- Verificar estado y limpieza.
- Verificar lubricación.
o Cadena de transmisión:
- Comprobar tensión y estado de la cadena.
o Peldaños:
- Observar huella y contrahuella.
- Comprobar holguras de huella y contrahuella.
- Observar holguras de zócalos y peldaños.
o Peines:
- Observar estado de los peines.
- Comprobar centrado de placa de peines.
- Comprobar holgura de peldaño y peines.
o Pasamanos:
- Comprobar estado general.
o Guías de arrastre:
- Verificar estado general.
o Guías de peldaños:
- Comprobar el desgaste.
- Comprobar alineación lateral.
o Transmisiones:
- Comprobar funcionamiento de transmisiones.
o Barandas:
- Verificar estado general y alineación entre zócalos consecutivos.
Estado de las bandas de goma detallando su desgaste.
o Pictogramas:
- Verificar existencia en lugar visible. En caso de falta se obliga su reposición.
- Comprobar el estado de la señalización.
o Dispositivos de seguridad:
- Verificar funcionamiento de todos los dispositivos y detectores.
o Tablero eléctrico:
- Verificación eléctrica de tablero y actuación de las protecciones.
- Revisar aprete de los bornes conectores.
Se deberá entregar informe mensual
8°.1.2. Trimestrales:
1. Ascensores:
x Xxxx de Máquinas:
- Limpieza general de la Sala de Máquinas.
- Verificar estado de revoques.
- Verificar la existencia de humedades.
- Verificar lubricación de desvío.
- Verificar desgaste de cables de suspensión.
- Verificar desgaste y ajuste de frenos.
- Chequeo de graseras.
- Ajuste, limpieza y/o cambio de contactos.
- Ajuste y/o cambio de carbones.
o Cabina:
- Limpieza del techo.
x Xxxx:
- Limpieza parte inferior de la cabina.
2. Escaleras Mecánicas:
o General:
- Verificar desgaste y ajuste de frenos.
- Comprobar el estado de los rodillos de los peldaños.
- Comprobar cadena de transmisión de los pasamanos.
- Verificar limpieza de las guías de los pasamanos.
- Comprobar el sistema de accionamiento de los pasamanos.
- Verificar las pistas de deslizamiento de las transmisiones.
- Comprobar el estado de los ejes de los peldaños.
Se deberá entregar informe trimestral
8°.1.3. Anuales:
1. Ascensores:
o Cables de suspensión:
- Verificar equilibrio de tensiones.
- Verificar cantidad de cables de suspensión.
o Motor:
- Limpieza general del motor.
- Medir aislación entre fase y tierra c/meghometro (> 1 MΩ).
o Pasadizo:
- Limpieza de pasadizo.
x Xxxx:
- Verificar solidez de defensas.
2. Escaleras Mecánicas:
o Motor:
- Limpieza general del motor.
- Medir aislación entre fase y tierra c/meghometro (> 1 MΩ).
Además, como parte del mantenimiento programado anual el contratista deberá presentar ante las Autoridades Competentes en materia de Regulación para este tipo de equipamiento todos los informes que la misma pudiera requerir para la habilitación de los ascensores y escaleras mecánicas. Además del informe anual.
El precio de la mano de obra así como todo material consumible utilizado para estos trabajos, deberá estar incluido en el precio mensual del servicio a contratar.
8º.2 Mantenimiento Correctivo
Ante algún desperfecto o falla de los equipos, el servicio de mantenimiento correctivo deberá cumplir con el siguiente procedimiento:
a) Si se diagnostica que la falla, es de reparación inmediata, el contratista asumirá el costo de los repuestos, en caso de ser necesarios, debiendo dejar en funcionamiento el equipo y efectuando las tareas necesarias para ello. El precio de estas intervenciones estará a cargo del contratista.
b) Si se diagnostica que la falla, por su envergadura NO es de reparación inmediata, el contratista deberá presupuestar la misma pudiendo encarar los trabajos una vez aprobado por la División Mantenimiento de ANP o quien ésta indique, el presupuesto correspondiente.
c) El contratista debe tomar las precauciones del caso, en contar con todos los insumos para este servicio, no admitiéndose el no brindar este servicio por falta de suministro de un tercero, lo cual será considerado como incumplimiento del contrato.
d) Cuando el contratista entienda que existen motivos de fuerza mayor que impiden el cumplimiento de los plazos establecidos tanto para la respuesta como para la entrega documentada por escrito de reportes como los presupuestos, deberá presentar la justificación de los mismos por escrito y éstos ser aprobados por la División Mantenimiento de ANP o quien ésta indique, a los efectos de no incurrir en incumplimientos pasibles de la aplicación de multas.
e) El contratista deberá proporcionar al suscribir el contrato, a la División Mantenimiento de la ANP una lista actualizada del personal técnico autorizado a realizar el mantenimiento correctivo y auxilio, así como cualquier modificación, en el momento en que la misma se produzca.
Artículo 9º Servicio de Auxilio. Tiempo de respuesta.
El contratista deberá contar con un servicio que permita la atención del servicio de auxilio los 365 días del año durante las 24 horas.
Para ello se indicarán en la oferta todos los teléfonos de contacto (fijo y celular) y la nómina de personas responsables, que garanticen una rápida comunicación ante eventuales requerimientos de servicio.
El personal técnico autorizado deberá acudir al lugar en menos de 60 minutos de emitido el llamado, realizar el diagnóstico y dejar el equipamiento operativo, si es posible, en menos de 2 horas de emitido el llamado. Ante una urgencia en el cual quedaren usuarios encerrados en un ascensor, tendrán una respuesta máxima de 20 minutos.
El contratista deberá contar con un mínimo de dos (2) técnicos y un (1) vehículo con habilitación vigente para el acceso al Recinto Portuario de Colonia toda vez que sea necesario.
Artículo 10º Trabajos extraordinarios
El contratista está obligado a realizar a su cargo, todos los trabajos necesarios, que aunque no figuren explícitamente en este pliego, ni le sean solicitados por la División Mantenimiento de ANP, sean indispensables para la correcta ejecución de los trabajos que se contratan.
Todo trabajo que no esté comprendido en el literal anterior, ni se encuentre especificado en el detalle del Artículo 8º, podrá ser realizado por el contratista previa aceptación escrita
del presupuesto correspondiente, por parte de la División Mantenimiento de ANP.
El plazo de ejecución para estos trabajos será acordado por escrito, entre el contratista y la División Mantenimiento de ANP.
Artículo 11º Contralor del servicio
El contralor estará a cargo de la División Mantenimiento de ANP en coordinación con el Departamento Colonia.
11º.1 Del servicio.
La ANP resolverá la conveniencia de suspender trabajos durante su ejecución, al comprobar ésta, a su solo criterio, que los mismos se están realizando en forma defectuosa o que no fueran aplicadas las medidas de seguridad necesarias.
La ANP igualmente podrá disponer el retiro del personal del contratista en caso de constatar problemas disciplinarios.
Si las observaciones que efectúe la ANP son de tal entidad que puedan afectar la seguridad y operatividad del equipo en el que se está realizando el trabajo, o de terceros, se le dará al contratista un plazo no mayor a 24 horas para que las resuelva y cumplido el mismo, de no haber sido solucionadas será pasible de la aplicación de multas y sanciones previstas en este pliego.
Para el caso de observaciones de mayor entidad, no se le recibirán las facturas correspondientes al servicio de mantenimiento correspondiente a ese mes hasta tanto no las hayan resuelto.
11º.2 Del cumplimiento de las obligaciones
Especialmente de lo establecido en el Decreto N° 475/005 y será la División Mantenimiento de ANP la encargada de dar cuenta a la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social cuando considere que el contratista ha incurrido en infracción a las normas, laudos o convenios colectivos vigentes, a efectos de que realice las inspecciones correspondientes y en caso de constatarse dichos extremos el infractor sea sancionado, sin perjuicio de las sanciones por incumplimiento contractual establecidas en el presente pliego.
La vigencia durante todo el plazo del contrato de la garantía a que se refiere el Artículo 32º.
Artículo 12º Pago del servicio
Los pagos se harán en moneda nacional previa verificación de lo establecido en el artículo anterior.
Las solicitudes de pago por los servicios de mantenimiento y auxilio serán presentadas por el contratista, por cada mes de servicio cumplido, ante la División Mantenimiento de ANP, quien a partir de la presentación de la solicitud dispondrá de 10 (diez) días calendario para la conformación de la factura correspondiente.
El pago se realizará dentro de los 15 (quince) días hábiles siguiente a la fecha de conformación.
Las facturas correspondientes al servicio prestado deberán adjuntar los remitos de visita efectuadas durante el mes facturado, incluyendo las hojas de revisión correspondientes, así como también los de toda otra visita que haya sido necesaria hacer en el mes correspondiente a la facturación ante la ocurrencia xx xxxxx en alguno de los equipos objeto de este llamado, todo lo cual deberá estar refrendado por el Jefe o Encargado de la Terminal de Pasajeros del Puerto de Colonia.
Artículo 13º Pago de los trabajos extraordinarios
Las solicitudes de pagos de trabajos extraordinarios deberán ser presentadas por separado de las solicitudes de pago de servicios, acorde con los presupuestos oportunamente aprobados por la División Mantenimiento de ANP.
Los pagos se harán en moneda nacional con el mismo procedimiento previsto en el artículo anterior.
Artículo 14º Plazo del contrato.
El plazo del contrato será de dos (2) años contados a partir de la fecha de la firma del mismo, el que se renovará automáticamente por igual período, salvo que cualquiera de las partes manifieste a la otra su voluntad de no continuar la relación contractual con una antelación mínima de noventa (90) días al vencimiento del plazo inicial.
SECCIÓN III. PROCESO LICITATORIO
Artículo 15º Adquisición de las Bases Técnicas y Administrativas
Las firmas interesadas podrán adquirir un juego completo xxx xxxxxx de la presente licitación en la Unidad Licitaciones de la ANP, tercer piso, oficina 305 del Edificio Sede de la ANP en el horario comprendido entre las 09:00 a 17 horas., Fax (5982) 0000 0000, previo pago en la Unidad Tesorería de la suma de pesos uruguayos dos mil ($ 2.000) más IVA.
Cada oferente deberá constituir un domicilio en la ciudad de Montevideo, a los efectos de la licitación y actos posteriores de la misma, debiendo comunicarlo formalmente a la ANP en el momento de retirar este pliego.
Artículo 16º Aclaración de los documentos de licitación
Cualquier posible licitante que haya adquirido el pliego puede solicitar aclaraciones sobre los documentos de la licitación, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.2 Parte II, a más tardar 10 (diez) días hábiles antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, dentro del horario comprendido de 9 a 17 horas.
Se enviará copia escrita de las respuestas por carta o fax (incluida una explicación de la consulta pero sin identificar su origen) a todos aquellos que hayan adquirido el presente pliego, las que también estarán disponibles en nuestra página Web xxxx://xxx.xxx.xxx.xx.
Artículo 17º Modificación de los documentos de licitación
La Administración podrá hasta 5 (cinco) días hábiles antes de que venza el plazo de presentación de ofertas, modificar los documentos de la licitación mediante enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los eventuales oferentes en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3 Parte II.
Estas comunicaciones serán canalizadas únicamente a través de la Unidad Licitaciones de la ANP.
La simple constancia de recepción o envío de las notas emitidas por fax, constituirá plena prueba de la notificación.
Artículo 18º Plazo de mantenimiento de oferta
Los oferentes establecerán un plazo de mantenimiento de la oferta en todos sus términos, que no podrá ser inferior a ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del inmediato siguiente al de la apertura de las ofertas.
De no establecerse expresamente, se entenderá que el oferente se compromete a mantener
su oferta durante el plazo mínimo exigido.
Dicho plazo se considerará tácitamente prorrogado mientras el oferente no solicite por escrito el retiro de la oferta y la devolución de la garantía de mantenimiento.
Artículo 19º Garantía por pedido de prórroga.
El /los interesados que hubiera/n adquirido el pliego podrá/n solicitar la prórroga de la fecha de apertura, por escrito dirigido a la ANP el que será presentado por lo menos diez días (10) hábiles antes de la fecha fijada para la apertura, indicando los fundamentos que motiva la referida petición.
Dicha nota deberá estar acompañada de la copia del recibo de compra xxx xxxxxx más el recibo expedido por la Unidad Tesorería que acredite haber efectuado un depósito de garantía por la suma de quinientos dólares estadounidenses (U$S 500), en efectivo o valores públicos que garantice la presentación de la oferta.
La constitución de esta garantía será incrementada en igual monto original por cada prórroga solicitada, siendo discrecional de la ANP acceder a dicho petitorio.
Dicha garantía será ejecutada por ANP si el peticionante luego de concedida la prórroga no formula oferta de acuerdo a los requisitos establecidos en el presente pliego.
La garantía será devuelta una vez que Unidad Licitaciones compruebe la presentación de los requisitos exigidos en el Artículo 23º.1 de acuerdo al acta de apertura y al levantamiento de las observaciones si las hubiere.
Artículo 20º Garantía de mantenimiento de oferta
No se exigirá la presentación de garantía de mantenimiento de oferta.
El incumplimiento del mantenimiento de oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta (Artículo 64º del TOCAF).
El acto administrativo o la resolución que imponga la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado.
Artículo 21º Presentación de la oferta
Las ofertas serán recibidas por ANP en el lugar, día y hora establecidos en la carátula de este pliego.
La ANP podrá prorrogarla, en cuyo caso comunicará la nueva fecha y hora utilizando los mecanismos detallados en el Artículo 17º a todos los adquirentes xxx xxxxxx.
Ningún oferente podrá participar directa o indirectamente en la oferta de otro. De comprobarse estos hechos las ofertas involucradas serán rechazadas
Artículo 22º Condiciones generales de la oferta
22º.1 Idioma.
La oferta y toda la correspondencia y documentos relativos a ella que se incluirán en un solo sobre, deberán redactarse en idioma español.
Cualquier material impreso que refiera a información específica de la oferta podrá estar en otro idioma a condición de que vaya acompañado de una traducción al español firmada por el oferente, la cual prevalecerá a los efectos de la interpretación de la oferta. Los folletos y otro material impreso de información general de la empresa podrán presentarse en idioma inglés.
22º.2 Formato y firma de la oferta.
El oferente presentará cinco (5) ejemplares de la oferta, identificando claramente, un (1) "original” y cuatro (4) "copias" del documento, escrito en formato A4. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias.
El original y todas las copias de la oferta estarán escritos en tinta indeleble y sus hojas estarán numeradas correlativamente.
La oferta no deberá contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del oferente, en cuyo caso, las correcciones deberán salvarse con la firma del oferente o una o más personas debidamente autorizadas para obligarlas.
Todas las páginas de la oferta, excepto las que contengan material impreso no modificado, estarán firmadas por el oferente o una o más personas debidamente autorizadas para obligarlas.
Todas las copias llevarán las iniciales del oferente o de una o más personas debidamente autorizadas para obligarlas.
22º.3 Costo de la oferta.
El oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta y la ANP no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la licitación.
22º.4 Aceptación de las condiciones de estas Bases.
La mera presentación de la oferta significará la aceptación por parte del oferente de la totalidad de los términos, cautelas, plazos y condiciones de la licitación.
Artículo 23º Contenido de la oferta
La oferta se integra con los siguientes elementos:
23º.1 Comprobantes.
Los comprobantes originales o en testimonio notarial por exhibición que se enumera a continuación, deben presentarse fuera del sobre de la oferta respectiva que integran y dentro del mismo se agregará una fotocopia por cada ejemplar de la oferta:
Recibo expedido por la Unidad Tesorería de ANP que acredite haber depositado la garantía de mantenimiento de oferta, el que deberá contener el nombre del oferente o de TODOS sus integrantes en el caso de que el mismo esté integrado por varias personas físicas o jurídicas y el número y objeto de esta licitación.
23º.2 Del oferente.
1. Carta de presentación de la oferta con los nombres, domicilio, fax y teléfono del oferente en la ciudad de Montevideo, a los efectos de la licitación y actos posteriores a la misma, de acuerdo al modelo previsto en el numeral 20 de la Parte II.
2. Antecedentes del oferente, de acuerdo a lo establecido el Artículo 24º.
3. Detalle de la capacitación específica recibida por el personal técnico que asignará, señalando entre otros datos, el plazo de duración de la misma y en qué fecha fue realizada.
4. Precio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 26°.
5. Declaración jurada concerniente a concordatos y/o litigios en curso, en los cuales el oferente o alguno de sus integrantes esté implicado y que puedan afectar la capacidad financiera y consecuentemente la prestación de la actividad prevista en la contratación.
Artículo 24º Antecedentes del oferente
El oferente deberá presentar un listado en el cual acredite experiencia en servicios de similar naturaleza al licitado realizados en los últimos 5 (cinco) años con preferencia de aquellos contratados con el Estado, especificando en cada uno de ellos el nombre y demás datos del técnico que actuó en representación de la entidad comitente, acompañada de la debida constancia de los responsables de los servicios, con indicación expresa de que el mismo fue prestado en forma satisfactoria.
No serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que no presenten este listado.
Artículo 25º Representante técnico.
El oferente deberá designar en su oferta un representante técnico Ingeniero Industrial, electricista, mecánico o equivalente con título expedido o revalidado por las Autoridades Competentes al que en caso de resultar adjudicatario le otorgará poder especial, con facultades para actuar, obligar y asumir responsabilidades, durante todo el procedimiento de contratación hasta que terminen todas las obligaciones contractuales derivadas de las presentes bases, autorizándolo para tratar con el encargado de la contratación los pro- blemas que puedan suscitarse hasta la finalización de la misma.
Los funcionarios o los colaboradores de la ANP por vía de contratos de arrendamiento de servicios u obra, no podrán ser el representante técnico del oferente, ni contratar con la ANP de acuerdo a lo previsto por el Artículo 46 del TOCAF/012.
Artículo 26º Precio.
Se cotizará el precio mensual en moneda nacional para el servicio de mantenimiento y auxilio objeto de la presente licitación de acuerdo al siguiente detalle:
Dos (2) Ascensores xxxxx Xxxx Un (1) ascensor xxxxx Xxxxxx
Dos (2) Escaleras Mecánicas, xxxxx Xxxx. Una (1) escalera mecánica, xxxxx Xxxxxxxxx
La ANP reservará un monto adicional equivalente al 20% del mismo, destinado al pago de los trabajos extraordinarios, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 10º.
Por tratarse de un servicio que se prestará necesaria y exclusivamente dentro xxx Xxxxxxx Portuario, se encuentra amparado en lo dispuesto por el Artículo 16º de la Ley Nº 18.083 y el Artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 207/07, por lo que no deberá ofertarse ni facturarse el monto correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Artículo 27º Ajuste de Precio
El precio ofertado se ajustará al inicio del contrato operando luego en forma semestral de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística, tomando como base de cálculo el índice del mes anterior a la fecha de apertura y el del mes anterior a la actualización.
Artículo 28º Recepción y Apertura
28º.1 Apertura.
En el lugar, día y hora fijados, los funcionarios que ANP designe al efecto procederán a la apertura de los sobres cerrados que contengan las ofertas, en presencia de los oferentes o sus representantes que deseen asistir.
Previamente a la apertura se verificará la correcta presentación de los comprobantes exigidos en el Artículo 23º numeral 1.
Abierto el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las ofertas, pudiendo los representantes de los oferentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen, previa presentación al funcionario actuante, de la acreditación correspondiente a dicha representación con facultades suficientes, ya sea en documentos originales como en testimonio notarial por exhibición.
En dicho acto se controlará si las ofertas contienen defectos o carencias formales, si han adjuntado la documentación exigida en el presente o en la legislación vigente, así como la constitución o no de garantía de mantenimiento de oferta.
En el caso de haberse observado defectos formales en la presentación de la documentación requerida por el pliego o la legislación vigente, los oferentes tendrán un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del siguiente al de la apertura para subsanarlos y su aceptación o rechazo estará EXCLUSIVAMENTE a cargo de la Administración.
Los demás oferentes podrán comprobar que estos defectos han sido subsanados.
Finalizado el acto se labrará acta con las observaciones que formulen los oferentes, si las hubiera. Se dejará constancia del estado de inscripción en el XXXX de cada oferente. El acta será firmada por los funcionarios actuantes y por los representantes de los oferentes que deseen hacerlo y por aquellos que hubieren formulado observaciones.
28º.2 Estudio de las ofertas.
Luego del acto de apertura de ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones, analizará en primer lugar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos formales exigidos en el pliego.
Si se observaren defectos formales en la documentación presentada, cuyo análisis no correspondía ser efectuado en el acto de apertura, o que fue controlado en dicha instancia pero el defecto no fue advertido, se notificará a los oferentes de los mismos y podrán subsanarlos dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al acto de notificación efectuada en forma fehaciente.
Los demás oferentes podrán comprobar que esos defectos han sido subsanados.
Luego de esta instancia no se brindará a los oferentes ni a persona alguna que no esté vinculada con el proceso de estudio y evaluación, ninguna información concerniente a dicho proceso.
Se considerará que una oferta se ajusta esencialmente a los documentos de la licitación cuando concuerde con las estipulaciones y condiciones de las presentes bases. Si la ANP determina que la oferta no se ajusta en lo esencial a los documentos de la licitación, la rechazará y el defecto no podrá ser subsanado con posterioridad por el oferente.
28º.3 Solicitud de aclaraciones
Durante el proceso de análisis de las ofertas, la Comisión Asesora de Adjudicaciones podrá solicitar a los oferentes aclaraciones e información adicional a la presentada en la oferta, a los efectos de la evaluación de las mismas. Tales aclaraciones pasarán a formar parte de las ofertas y en ningún caso se admitirá que aquellas modifiquen la oferta original en sus elementos sustanciales, básicamente los precios ofertados.
La Administración podrá aceptar nueva información aportada por los oferentes en respuesta a su solicitud, en la medida que se trate de información o documentación preexistente a la fecha de apertura de ofertas yo la misma no modifique los términos de las respectivas propuestas.
En todo caso prevalecerá la interpretación de este pliego por parte de la ANP sobre la que puedan hacer los oferentes durante el proceso, incluyendo el aporte de información adicional a la presentada en la propuesta.
28º.4 Discrepancias.
Cuando exista discrepancia entre la cantidad escrita en números y en letras, valdrá la escrita en letras. Toda cláusula imprecisa, ambigua y contradictoria, se interpretará en el sentido más favorable para la ANP.
Artículo 29º Análisis de las ofertas.
A los efectos de la adjudicación, la Comisión Asesora de Adjudicaciones evaluará las ofertas presentadas en función de los siguientes criterios de clasificación y evaluación:
A - Contenido de la Oferta (Artículo 23º). SI/NO
B - Antecedentes del oferente (Artículo 24º) SI/NO
C - Precio ( Artículo 26º) SI/NO
Solamente las ofertas que hayan sido calificadas ("SI") en todos los conceptos evaluados y que estaban inscriptas en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX) a la fecha de apertura de las ofertas, se considerarán para su adjudicación.
Artículo 30º Reserva de derecho y criterio de adjudicación
La ANP se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, si entiende que los precios ofertados son claramente inconvenientes para la Administración o por cualquier otra causa al amparo de resolución fundada que así lo establezca.
Ningún oferente podrá participar directa ni indirectamente en la oferta de otro. De comprobarse estos hechos las ofertas involucradas serán rechazadas.
El hecho de figurar suspendido en el Registro de Proveedores de ANP, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada por la incumplidora.
La licitación será adjudicada a la empresa cuya oferta sea la de menor precio medido en pesos uruguayos.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor que resulte adjudicatario no hubiese adquirido el estado “ACTIVO” en XXXX, una vez dictado el acto, la Administración otorgará un plazo de 10 (diez) días calendario a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Artículo 31º Notificación
El acto administrativo que disponga la adjudicación o el rechazo de las ofertas, será notificado personalmente a los oferentes.
SECCIÓN IV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 32º Garantía de cumplimiento de contrato
El adjudicatario deberá garantizar el fiel cumplimiento del contrato que se celebre mediante la constitución de una garantía por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor de su oferta en dólares estadounidenses no aceptándose en una moneda diferente a la establecida precedentemente.
Esta garantía se constituirá una vez que la Unidad Licitaciones comunique dicho monto mediante nota enviada por fax o correo electrónico dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la comunicación. El depósito se efectuará siguiendo los procedimientos establecidos en el numeral 3 de la Parte II.
Si la garantía se emitiera con fecha determinada de vencimiento previa a la finalización de las obligaciones contractuales, el contratista deberá proceder a su renovación o sustitución con una antelación mínima de treinta (30) días previos a su vencimiento. El incumplimiento de la precitada obligación dará lugar a la ejecución de la garantía vigente.
La garantía de cumplimiento del contrato, será devuelta al adjudicatario una vez finalizado el mismo.
Artículo 33º Contrato
La ANP notificará al adjudicatario, el día y hora para suscribir el contrato respectivo luego de constituida la garantía del Artículo 32º.
La no concurrencia, será motivo suficiente para que se le considere incurso en xxxx – previa intimación mediante telegrama colacionado con un plazo de 3 (tres) días - y pierda la garantía depositada, caducando todos sus derechos.
En dicho caso, la ANP podrá proponer la adjudicación a favor del oferente que siguiera en el orden correlativo que haya resultado del estudio previo de las ofertas presentadas o disponer la realización de un nuevo llamado a licitación.
Si éste no mantuviera su oferta, seguirá el mismo procedimiento con los restantes oferentes o declarará frustrada la licitación.
Artículo 34º Documentos contractuales
Serán documentos contractuales y normativos, todos los documentos de esta licitación contenidos en el expediente administrativo licitatorio, entre los que se destacan:
a) El Pliego de Condiciones con las aclaraciones y respuestas a las consultas, si las hubiere.
b) La oferta y propuesta aceptada.
c) La resolución de la ANP disponiendo la adjudicación y el contrato.
d) Las comunicaciones escritas de la ANP.
Artículo 35º Cesión del contrato
El adjudicatario no podrá ceder el contrato, salvo a solicitud fundada y escrita, y siempre que el órgano contratante lo consienta expresamente. El cesionario deberá reunir las mismas condiciones que el cedente. En todo de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 75º del TOCAF.
En caso de ser considerada la misma y otorgado el documento de cesión, el cesionario deberá depositar las garantías de cumplimiento de contrato, como requisito previo e indispensable para solicitar la aprobación por ANP del referido acuerdo de voluntades. Las citadas garantías sustituirán las que tuviese depositadas el cedente, que se devolverán según se indica en el párrafo siguiente.
Otorgado el documento de cesión del contrato y aprobado el mismo por la ANP, cedente y cesionario quedarán obligados en forma solidaria frente a la ANP por las obligaciones y responsabilidades surgidas por hechos anteriores a la cesión. A tales efectos, la ANP mantendrá en su poder las garantías del anterior contratista (cedente) por un período de 2 (dos) meses, contados a partir del acto administrativo de ANP que apruebe la cesión del contrato, vencido el cual se devolverán.
SECCIÓN V. FINAL DE LA CONTRATACIÓN. SANCIONES
Artículo 36º Extinción de la contratación
La contratación se extinguirá por alguna de las causas siguientes:
(a) El cumplimiento del plazo señalado y de su prorroga si esta fuera conferida por ANP.
(b) La rescisión por incumplimiento de alguna de sus obligaciones.
(c) Liquidación judicial o disolución de la persona jurídica adjudicataria.
(d) Mutuo acuerdo entre la ANP y el contratista.
Artículo 37º Rescisión por incumplimiento del contrato
El contrato podrá ser rescindido por incumplimiento del adjudicatario en los siguientes supuestos:
1. Si el contratista incurre en actitudes negligentes, con la consecuente reducción de la calidad de los trabajos ejecutados, en tanto no se correspondan con lo estipulado contractualmente de acuerdo con la oferta presentada y los niveles de servicio estipulados.
2. Si se producen reiterados atrasos (entendiendo por tal, más de uno de un mes de servicio) debidamente constatados tanto en el tiempo de respuesta del servicio como en el cumplimiento de los plazos acordados para los trabajos extraordinarios.
3. Si el contratista incumple alguna de las cláusulas contractuales.
El incumplimiento de las obligaciones impuestas en la contratación, determinará la rescisión de la misma. Esta podrá ser adoptada unilateralmente por la ANP, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
Producida la rescisión, la ANP se reserva el derecho de disponer la ejecución de los servicios por parte de un tercero a cargo de la parte incumplidora, si correspondiere, sin perjuicio de la acción por daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Artículo 38º Liquidación del contrato por rescisión.
La rescisión del contrato, derivada del incumplimiento del contratista comporta en calidad de multa la ejecución inmediata, a favor de la ANP del 100% (cien por ciento) de la garantía de cumplimiento del contrato.
Sin embargo, la ejecución de esta garantía no impedirá que la ANP recupere el valor total
de los daños y perjuicios que hubiese sufrido como consecuencia del incumplimiento por parte del contratista.
Seguidamente se liquidarán todas las obligaciones pendientes del contratista, derivadas del contrato.
En la liquidación se incluirán, entre otros, los importes de todos los créditos que tuviese la ANP contra el contratista relacionado directa e indirectamente con el objeto de la licitación.
Practicada la liquidación y una vez notificado el contratista del monto de la misma, deberá satisfacer su importe en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación.
Transcurrido dicho plazo la ANP podrá hacer efectivo su crédito por la vía judicial.
Artículo 39º Xxxx
La xxxx se operará de pleno derecho para el contratista por no cumplir con las obligaciones a su cargo o por hacer algo contrario a lo estipulado o por no hacer algo a lo que se esté obligado, luego que haya sido intimado por telegrama colacionado, con plazo de tres (3) días.
Artículo 40º Régimen sancionatorio y multas
La comprobación de omisiones en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por el adjudicatario, habilitará la aplicación de sanciones que irán desde la amonestación escrita hasta la imposición de una multa diaria de 5 UR mientras dure el incumplimiento.
ANEXO I MODELO DE AVAL
Montevideo, de de 2....
Señores
Administración Nacional de Puertos De nuestra mayor consideración:
Por el presente documento (1)…………………………….., se constituye en fiador solidario por la suma de U$S, ............(...............…………dólares estadounidenses),
amparando las obligaciones de (2)….......................................por concepto de
(3)……………………………en la Licitación (4) ,para (5) ,renunciando al beneficio de excusión.
La presente garantía tendrá vigencia hasta el día……………………. El fiador se compromete a entregar a la Administración Nacional de Puertos el importe garantizado sin necesidad de ningún trámite judicial, siendo suficiente la intimación de entrega.
Dicho pago se efectuará en Rambla 25 xx Xxxxxx de 1825 número 160 de esta ciudad.
El fiador constituye domicilio especial a todos los efectos que de lugar este documento en la calle…………………. Nro de esta ciudad.
Se solicita al Escribano que certifique las firmas de este documento.
Saluda a ustedes atentamente.-
(1) Razón social del fiador
(2) Nombre (persona física) o Razón Social (persona jurídica) del oferente
(3) Opciones: a) mantenimiento de oferta; b) cumplimiento de contrato; c) orden de compra
(4) Licitación Abreviada Nro……;.
(5) Objeto de la licitación VER CARÁTULA XXX XXXXXX
--------------------------------------------------------------------------------------------------------
La certificación notarial deberá ser hecha en papel notarial con sello, signo y firma xxx Xxxxxxxxx interviniente y con los timbres correspondientes según el Arancel Notarial y estar ligada al documento de fianza. En caso de tratarse de personas jurídica, el Escribano actuante deberá efectuar un control completo de la misma, (lugar y fecha de constitución, objeto, plazo, representación de los firmantes, vigencia en los cargos, aprobación de los Estatutos, inscripción en el Registro de Comercio, publicaciones). Si los firmantes actúan en calidad de apoderados el Escribano deberá certificar que el poder está vigente y que los firmantes tienen facultades.
XXXXX XX – MODELO DE HOJA DE REVISIÓN PARA EL MANTENIMIENTO PLANIFICADO
REGISTRO DE TAREAS PROGRAMADAS
mensual trimestral anual
DIVISIÓN MANTENIMIEN
EQUIPO: DEPENDENCIA:
1 – RUTINA
Fecha emitida : Emisor:
Plazo:
Fecha recibida: Receptor:
MARCA:
MODELO: U.A:
N° UBICACIÓN: CODIGO DE BIEN:
Hoja 1 de 1
/ /
Realizada por: ......................................................
/ /
Comienza: Finaliza:
/
/
/
/
Hs.
Hs.
REALIZADO
DESCRIPCIÓN DE LA TAREA A DESARROLLAR
ESTADO ACCIÓN
1 2 3 4 5 6 7 8
MEDICIONES
INFORME DE DETENCION (Solo para REPARACIÓN URGENTE)
Parada Fecha
OBSERVACIONES
/ /
Hora:
Entrega Fecha:
/ /
Hora:
APROBACION SUPERVISION ANP
RECIBIDO MANTENIMIENTO
Fecha : / / Fecha: / /
Firma
Firma
1- SI
6- SUSTITUIR
2- NO
3- BIEN
7 - REPONER
4- REGULAR
8 - REPARAR
5 - MAL
9 - REPARAR URGENTE
COMENTARIOS: UTILIZAR EL DORSO DE LA HOJA DE INSPECCIÓN