CONDICIONES DEL CONTRATO MENOR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE BARRA DE BAR EN PLAZA DE ESPAÑA DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES SAN MACARIO 2016
CONDICIONES DEL CONTRATO MENOR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN XX XXXXX DE BAR EN PLAZA DE ESPAÑA DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES SAN XXXXXXX 2016
CONDICIÓN PRIMERA. Objeto y calificación del Contrato
El objeto del contrato es la realización del servicio de gestión xx xxxxx de bar en Plaza de España en las Fiestas de San Xxxxxxx 2016, cuya codificación es CPV 92000000-1, así como la instalación de mesas y sillas para los usuarios y la limpieza de la plaza una vez finalizadas las actuaciones que habrá en dicha Plaza, los días 7, 9, 10 y 11 de septiembre de 2016.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
CONDICIÓN SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de servicios de gestión xx xxxxx de bar en Plaza de España durante las Fiestas de Xxx Xxxxxxx 0000 será mediante un contrato menor, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que de conformidad con el artículo 150 del TRLCSP deberá ser necesariamente el del precio más alto a ofertar.
CONDICIÓN TERCERA. Importe del Contrato
El importe mínimo del presente contrato asciende a la cuantía de 150 euros (Impuestos Incluidos) a abonar al Ayuntamiento de Andorra y que podrá ser mejorado al alza.
CONDICIÓN CUARTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de servicios será de los días 7, 9, 10 y 11 de septiembre de
2016.
CONDICIÓN QUINTA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, en horario de atención al público, antes de las 14,00 horas del día 30 xx xxxxx de 2016.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta [sin perjuicio de los establecido en
los artículos 147 y 148 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre]. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes por él suscritas.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Las proposiciones de los licitadores serán secretas hasta el momento de la apertura pública y se arbitrarán los medios que lo garanticen hasta ese momento.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del servicio de Gestión xx Xxxxx de Bar en Plaza de España Fiestas Xxx Xxxxxxx 0000». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Proposición Económica.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las
condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación , ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del servicio de “Gestión xx Xxxxx de Bar en Plaza de España Fiestas Xxx Xxxxxxx 0000”
XXXXXXX. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para ser adjudicatario del contrato de servicios consistente en “Gestión xx Xxxxx de Bar en Plaza de España Fiestas San Xxxxxxx 2016”, en concreto:
— Que posee personalidad jurídica y, en su caso, representación.
— Que, en su caso, cuenta con los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se halla al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras).
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante, Fdo.: »
SOBRE «B»
PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA.
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio de “Gestión xx Xxxxx de Bar en Plaza de España Fiestas Xxx Xxxxxxx 0000” hago constar que conozco las condiciones jurídicas, económicas y técnicas que sirven de base al contrato y las acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de
euros (impuestos incluidos) que abonaré al Ayuntamiento de Andorra.
En , a de de 20 .
Firma del licitador, Fdo.: ».
CONDICIÓN SEXTA. Apertura de Ofertas y contratación
Una vez finalizado el plazo de presentación de las ofertas, él órgano de contratación procederá a la apertura y calificación de la documentación administrativa contenida en los sobres «A».
Si fuera necesario, se concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
A continuación procederá a la apertura de los sobres «B».
Tras la lectura de los sobres «B», cuando se considere necesario proceder a la aclaración sobre una oferta o si hubiere que corregir manifiestos errores materiales en la redacción de la misma se pondrá en contracto con el licitador.
A la vista de la valoración del precio, se procederá a contratar mediante contrato menor de servicios con el empresario que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa notificando esta contratación al interesado y a los demás licitadores.
CONDICIÓN SÉPTIMA. Derechos y Obligaciones del Adjudicatario
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en las condiciones jurídicas, económicas y técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Además son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— El contratista está obligado a gestionar la barra, instalar mesas y sillas para los usuarios de la misma y llevar a cabo la limpieza de la plaza una vez finalizada la actuación musical.
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
— El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre para los supuestos de subcontratación.
CONDICIÓN OCTAVA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos de Sector Público xx Xxxxxx, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx
xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
En Andorra, a 00 xx xxxx xx 0000 Xx Xxxxxxxxx,
Xxx. : Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx