CUADRO DE CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO
TÍTULO:
CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE ACOMODACIÓN, VISITAS GUIADAS, ASISTENCIA AL PÚBLICO Y A LOS ORGANIZADORES, ARTISTAS, COMPAÑÍAS Y PRODUCTORAS PARA LOS EVENTOS, EXPOSICIONES Y ACTIVIDADES EN CUYA ORGANIZACION INTERVIENE LA SOCIEDAD REGIONAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, S.L.
1.- Definición del objeto del contrato.
El presente contrato tiene por objeto prestación de servicios de acomodación, visitas guiadas, asistencia al público, artistas, compañías y productoras, así como apoyo al montaje en eventos, exposiciones y actividades en cuya organización intervenga la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L.
Código/s CPV: 92000000-1 Servicios de esparcimiento, culturales y ocio 79952100 Servicios de organización de eventos culturales.
División en lotes: NO
Obligación de subrogación por norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general (artículo 130 LCSP): SI
Contrato reservado de conformidad con la D.A. 4ª LCSP: NO Contrato complementario de obras/suministro: NO
2.- Órganos de Contratación.
Consejero Delegado de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L.
3.- Valor Estimado.
Valor estimado: 697.600,00.- € / IVA excluido Método de cálculo aplicado para calcular el valor estimado:
El cálculo del valor estimado del contrato toma su base aplicando el precio/hora fijado como presupuesto base de licitación, sobre un total de 21.800 horas anuales previstas, tomando como referencia las contratadas por la Sociedad en el pasado año 2019, y considerando la duración inicial del contrato y su eventual prórroga.
Sujeto a regulación armonizada: NO
Servicios comprendidos en el Anexo IV por remisión del artº. 21.1.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
4.- Presupuesto base de licitación.
Presupuesto (IVA excluido): 16,00.- €.
IVA (21%): 3,36.- €
Presupuesto base de licitación: 19,36.- €, IVA incluido. El presupuesto base de licitación se desglosa en:
- Costes directos: Precio por hora de servicio prestada por el adjudicatario para la Sociedad.
Posibilidad de incrementar el número de unidades hasta el 10 % del precio del contrato: NO
La ejecución del contrato se realiza con cargo al presupuesto de la SRECD, para el ejercicio 2020 y sucesivos.
5.- Modificaciones previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Procede: SI
Procederá la modificación del contrato, e incremento de precio, siempre que se produzca un incremento de salarios derivados de la acción legislativa del Gobierno, que no pueda ser objeto de compensación y/o absorción por otros conceptos, y suponga un incremento de costes laborales, extremos que deberán ser acreditados por el contratista.
6.- Revisión de precios.
Procede: NO
7.- Régimen de pagos.
Al final de cada mes natural, de forma previa a la emisión de factura, el contratista realizará liquidación del importe devengado en ese periodo, tomando el número de horas de servicio prestadas para la Sociedad dentro del mismo, aplicando sobre ellas el precio final de adjudicación.
Esta liquidación deberá ser remitida al responsable del contrato para su revisión, quien podrá requerir la documentación o aclaraciones que considere oportunas en orden a su justificación.
El responsable del contrato podrá requerir las modificaciones que puedan resultar procedentes en la liquidación remitida.
Obtenida conformidad a la liquidación, el contratista deberá emitir la correspondiente factura, ajustada a la misma, que será abonada en el plazo de 30 días desde su recepción mediante transferencia a la cuenta bancaria de su titularidad.
8.- Plazo de ejecución y lugar de ejecución.
Plazo inicial: UN (1.-) año Prórroga: SÍ
Duración: UN (1.-) año Lugar de ejecución:
El adjudicatario quedará obligado a prestar los servicios contratados en cualquiera los centros gestionados por la Sociedad en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
De forma ilustrativa, a modo de referencia, se acompaña como anexo V una relación de centros actualmente gestionados por la Sociedad, la cual podrá ser ampliada en el futuro.
9.- Programa de trabajo.
Obligación de presentar un programa de trabajo: SÍ
Momento de presentación: El licitador dentro de los quince días naturales siguientes a la formalización del contrato. Si el último día fuera inhábil, el plazo finalizará el siguiente día hábil.
10.- Procedimiento y criterios de adjudicación.
Procedimiento: abierto
Criterios de adjudicación: Pluralidad de Criterios, mediante juicios de valor y bases objetivas.
11.- Solvencia económica, financiera y técnica.
Acreditación de la solvencia:
Procede: SÍ
Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante:
-Acreditación de la solvencia económica y financiera:
Volumen de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los últimos 3 ejercicios cerrados, previos a la fecha de licitación.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental:
Es requisito mínimo de solvencia que el importe anual de volumen de negocios sea superior a 1,5 veces el valor estimado del contrato. Este requisito ser acreditado mediante las cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil. En el supuesto de empresario persona física, podrá justificarse mediante la declaración por IVA correspondiente al periodo y declaración por Impuesto sobre renta de personas físicas. En el caso de licitadores extranjeros, deberán aportarse documentos equivalentes expedidos, en su caso, por la Autoridad Administrativa competente.
Caso de ser adjudicado el contrato, el licitador podrá ser requerido para aportar sus cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil, correspondientes a ese periodo.
-Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
En base a los siguientes criterios:
a) Relación de los principales servicios o trabajos, de igual naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de los últimos 3 años previos a la fecha de licitación, en los que se indique el importe, fecha y destinatario, público o privado, de los mismos.
b) Declaración de la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental:
1º.- En el supuesto previsto en el apartado a), es requisito mínimo un importe anual acumulada en cada uno de los ejercicios equivalente o superior al 70% del valor estimado del contrato.
Este requisito debe acreditarse mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario será un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
2º.- En el supuesto previsto en los apartados b), es requisito mínimo acreditar una plantilla media anual igual o superior a 30 personas.
Este requisito aportando los documentos de cotización a la Seguridad Social correspondientes al periodo tomado como referencia, así como cualquier otro que el licitador considere oportuno. En el caso de licitadores extranjeros, deberá aportarse documento equivalente que justifique la situación de alta y/o baja de trabajadores en el periodo de referencia, expedido por la Autoridad Administrativa competente.
En el supuesto de ser adjudicado el contrato, el licitador podrá ser requerido para aportar la documentación indicada.
- Clasificación
Todo licitador podrá acreditar su solvencia mediante certificado de Clasificación en los siguientes grupos:
▪ Grupo L, subgrupo 5, categoría 2
▪ Grupo L, subgrupo 6, categoría 2
▪ Grupo M, subgrupo 5, categoría 2
Todo documento que se presente deberá estar traducido al español, no admitiéndose como válidos los que figuren exclusivamente en lengua extranjera
12.- Concreción de las condiciones de solvencia.
a) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales: NO
b) Los licitadores deberán incluir los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato: NO
13.- Habilitación empresarial.
Procede: NO
14.- Garantía provisional.
Procede: NO
15.- Garantía definitiva.
Procede: SÍ
El contratista seleccionado deberá constituir garantía definitiva por importe de 15.000 euros.
16.- Garantía complementaria.
Procede: No.
17.- Pólizas de seguros.
Procede: SÍ
El licitador deberá contar y mantener vigente hasta la finalización del contrato, con una póliza de seguro de responsabilidad civil y accidentes, a fin de cubrir todos los daños y perjuicios que pudieran derivarse de la prestación del servicio, con independencia del origen del siniestro, por una cuantía mínima de 844.096,00 euros, es decir, el valor estimado del contrato.
Momento de entrega de las pólizas: dentro de los diez días naturales siguientes a notificársele la propuesta de adjudicación.
18.- Forma de las proposiciones:
Las proposiciones deberán presentarse en tres sobres: “A” correspondiente a “documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos”, “B” que incluirá la “documentación referente a criterios no valorables en cifras o porcentajes” y finalmente “C” que recogerá la “documentación relativa a los criterios valorables en cifras o porcentajes”.
19.- Criterios de adjudicación.
Criterios no valorables en cifras o porcentajes
Número | Descripción del criterio | Ponderación |
1º | Modelo de organización del servicio | 20,00.- Puntos |
2º | Plan de Formación del personal | 10,00.- Puntos |
3º | Equipo de trabajo | 15,00.- Puntos |
TOTAL 45,00.- Puntos
Ponderación:
Respecto del criterio nº. 1, se valorará hasta un máximo de 20,00.- Puntos, considerando los siguientes aspectos:
− Detalle descriptivo de la organización y prestación del servicio indicando sus diferentes fases y acciones, hasta un máximo de 5.- Puntos.
− Acomodación a las particularidades del servicio a prestar: atención a usuarios, interacción con otros servicios, personal de la Sociedad y terceros que puedan colaborar o participar en los eventos, hasta un máximo de 5.- Puntos.
− Medidas innovadoras o tecnológicas ligadas a la prestación del servicio, hasta un máximo de 5.- Puntos.
− Tiempo mínimo de respuesta y flexibilidad para atender las necesidades del servicio, hasta un máximo de 5.- Puntos.
Respecto del criterio nº 2, se valorará hasta un máximo de 10,00.- Puntos, el Plan de acciones formativas que garantice que los trabajadores/as puedan prestar el servicio ajustándose al pliego técnico, así como al grado de calidad requerido, teniendo en cuenta su continuidad en el curso del contrato, así como su vinculación con los servicios a prestar. Se valorarán las acciones formativas de primeros auxilios que deberán ser realizadas en el primer trimestre de ejecución del contrato.
Respecto del criterio nº 3, se valorará hasta un máximo de 15,00.- Puntos, considerando los siguientes aspectos:
- Equipo de personal disponible para la organización y prestación de los servicios que son objeto del contrato, con expresión de su categoría, formación y experiencia acreditable en tareas similares y nivel de dedicación, hasta un máximo de 5 Puntos.
- Conocimiento de idiomas, y conocimiento de materias específicas ligadas a la ejecución del servicio por encima de los requisitos mínimos exigibles, hasta un máximo de 5 puntos.
- Formación, experiencia y/o conocimientos previos acreditados del coordinador o responsable de servicios objeto del contrato, valorando de forma especial el conocimiento de idiomas, hasta un máximo de 5 Puntos.
Criterios valorables en cifras o porcentajes
Número | Descripción del criterio | Ponderación |
1º Ponderación: | Precio Ofertado | 55,00.- Puntos TOTAL 55,00.- Puntos |
Respecto del criterio nº. 1, la proposición que oferte el precio más bajo será calificada con la máxima puntuación prevista para valorar este criterio.
El resto de propuestas se valorarán empleando esta fórmula:
MP x 55 PV
PV – Propuesta a valorar MP – Mejor Propuesta
Mediante la aplicación de esta fórmula se produce una atribución proporcional de la puntuación establecida para valorar este criterio, tomándose como base la oferta económica más baja, a la que se atribuye el máximo de puntos, mientras que al resto de ofertas se les atribuye una puntuación en función de su mayor o menor proximidad a la primera.
20.- Ofertas anormalmente bajas.
Procede: SI
- Criterios adjudicación y designación de los parámetros objetivos que permiten identificar que una oferta se considera anormal:
Se considerará a la proposición anormalmente baja, si el precio ofertado resulta inferior a un 20% del precio de licitación establecido en el pliego, IVA excluido.
- Plazo para la justificación de la anormalidad de la oferta:
El licitador incurso en esta situación, dispondrá de un plazo de 3 días a contar desde su comunicación, para justificar la oferta económica realizada. En el caso de no presentar esta justificación dentro de plazo, será excluido de la licitación.
21.- Admisibilidad de variantes.
Procede: No
22.- Documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación.
El licitador deberá incluir en el sobre correspondiente a “documentación referente a criterios no valorables en cifras o porcentajes”, una Memoria en la que, de forma separada y diferenciada, deberá incluir una descripción y explicación de los criterios de adjudicación. Esta memoria deberá contar con un índice que detalle su contenido y estar debidamente foliada.
Acompañará como anexo diferenciado aquella documentación técnica que considere necesaria a fin de acreditar o aclarar las explicaciones o manifestaciones que recoja en la memoria.
Tanto esta memoria, como la documentación adjunta, se considerarán documentos contractuales de cara a una posible adjudicación del contrato.
23.- Comisión de Contratación.
El Órgano de Contratación estará asistido en este procedimiento de adjudicación, por una Comisión de Contratación, formada por tres miembros designados de entre el personal de la Sociedad, con implicación en la actividad que es objeto del contrato.
De esta Comisión también formará parte, con voz, pero sin voto, el Letrado asesor de la Sociedad.
La Comisión de Contratación adoptará las decisiones que sean necesarias y oportunas para el impulso del procedimiento de adjudicación, manteniendo y realizando las comunicaciones o solicitudes a los licitadores que pudieran ser oportunas o adecuadas.
Valoradas las ofertas, la Comisión de Contratación elevará propuesta razonada al Órgano de Contratación, determinando la oferta más ventajosa en base a la mejor relación calidad-precio.
24.- Condiciones especiales de ejecución.
- Condiciones especiales de ejecución: No
25.- Ejecución del contrato.
El licitador deberá ejecutar directamente la prestación, sin posibilidad de subcontratar.
26.- Subrogación de personal.
Conforme a lo previsto en la norma colectiva que se aplica al personal de la actual adjudicataria, existe subrogación que afecta a los trabajadores que se recogen en relación adjunta como Anexo IV.
27.- Subcontratación.
Subcontratación : No
28.- Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos por el contratista a un tercero.
29.- Suspensión.
No procede. 30.- Penalidades. a).- Por demora:
Si el contratista incurriera en demora en el inicio, respecto del marcado para el servicio, podrá ser objeto de penalizado por valor de un 5% del valor final de que pueda atribuirse a ese servicio, IVA excluido, siempre que es retraso no influya en el inicio de algún evento, o suponga un perjuicio para terceros. Esta cantidad deberá ser incluida en la factura correspondiente y deducida del importe de la misma.
Si el contratista incurriera en demora en el inicio, respecto del marcado para el servicio, y este hecho influya en el inicio de un evento, o cause perjuicios a terceros, podrá ser objeto de penalizado por valor de un 50% del valor final de que pueda atribuirse a ese servicio, IVA excluido. Esta cantidad deberá ser incluida en la factura correspondiente y deducida del importe de la misma.
Junto a estas penalidades, el contratista deberá asumir aquellos daños y perjuicios que pudieran derivar de esos hechos.
b).- Por incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso:
Si el contratista no acudiese a prestar un servicio, o dejase de atender el mismo, será penalizado con una cantidad equivalente a la valoración de ese servicio, que en su caso, podrá ser compensada por la Sociedad con las cantidades que este pudiera tener a su favor, sin perjuicio de reintegrar los posible gastos en que pudiera haber incurrido la sociedad para subsanar la situación, o daños y perjuicios sufridos por esa actuación.
Si el contratista no aportase el personal preciso o requerido para cada servicio, siempre que esa circunstancia no influya en el desarrollo del evento o cause perjuicios a terceros, podrá ser sancionado con una penalización equivalente al 1% del valor concreto del servicio, IVA excluido. Esta cantidad deberá ser incluida en la factura correspondiente y deducida del importe de la misma.
Si el personal aportado por el contratista no cumpliese con los requisitos de formación necesarios o adecuados al servicio a prestar, incluyendo prevención de riesgos laborales, autoprotección, etc.., sin perjuicio de su retirada inmediata del servicio, podrá ser sancionado con una penalización equivalente al 3% del precio concreto del servicio, IVA excluido, por cada una de las personas que se encuentren en esa situación. Esta cantidad deberá ser incluida en la factura correspondiente y deducida del importe de la misma.
Si el contratista no cumpliese con los requisitos de exigidos por normas laborales o de Seguridad Social respecto de sus empleados, o entidades gestoras, incluyendo en su caso, la subrogación en el personal de la previa adjudicataria, será requerido para que el plazo de 48 horas regularice la situación, debiendo justificarlo documentalmente a la Sociedad dentro del mismo. Si transcurrido ese plazo no hubiera cumplido dicho requerimiento, la Sociedad podrá actuar conforme a lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato.
Si el contratista incumpliera la obligación de mantenerse al corriente de pagos respecto de sus obligaciones Tributarias, Fiscales, o de Seguridad Social, así como en pagos a terceros o proveedores, será requerido para que el plazo de 48 horas regularice la situación, debiendo justificarlo documentalmente a la Sociedad dentro del mismo. Si transcurrido ese plazo no hubiera cumplido dicho requerimiento, la Sociedad podrá actuar conforme a lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del Contrato.
c).- Por subcontratación:
Si el contratista incumpliera la prohibición de no realizar subcontratos, será penalizado con un 2% del valor del subcontrato. Igualmente, en su caso, vendrá obligado a resolver y dejar sin efecto el subcontrato.
d).- Por incumplimiento de la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a terceros.
Por incumplimiento de la obligación de indemnizar a terceros, los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la incorrecta ejecución de las prestaciones objeto del contrato, hasta un 2% del valor del daño.
En el caso de que, al aplicar estas penalidades, no hubiese concreción de la cantidad sobre la que debe aplicarse el porcentaje previsto, se tomará como referencia el valor estimado del contrato definido en este Cuadro de Características Específicas.
31.- Causas de resolución del contrato.
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 98 LCSP relativo a la sucesión del contratista.
b) La declaración de concurso, o la declaración de insolvencia en cualquier otro tipo de procedimiento.
c) La demora o retraso injustificado del contratista respecto de los plazos establecidos en el Pliego.
d) El incumplimiento de la obligación principal, o de aquellas a las que se haya atribuido el carácter de esenciales en el contrato.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, siempre que no sea posible la modificación del contrato.
f) El incumplimiento de las obligaciones laborales, de Seguridad Social, o prevención de riesgos laborales respecto de sus trabajadores, incluyendo el impago, durante la ejecución del contrato, de los salarios, o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios Colectivos en vigor para estos trabajadores también durante la ejecución del contrato.
g) El impago, durante la ejecución del contrato, a proveedores que estuvieran participando en el mismo.
h) No mantener situación de corriente de pagos respecto de sus obligaciones tributarias y/o fiscales.
En los supuestos de incumplimiento culpable del contratista resultará de aplicación lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, cláusulas
32.- Plazo de garantía.
1 año
33.- Deber de confidencialidad.
Duración: 1 año.
34.- Lugar y plazo para presentaciones de proposiciones.
Las personas interesadas podrán presentar su oferta en las oficinas de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L., sitas en Santander, c/ Xxxxxx s/n (Xxxxxxx de Festivales de Cantabria), en horario de 9:00 a 13:00 horas.
Igualmente las ofertas podrán presentarse a través de correo certificado. En tal caso, el licitador habrá de dirigir dentro del plazo de presentación de las ofertas una comunicación a la dirección electrónica xxxxxxx.xxxxxx@xxxxx.xx, acompañando copia escaneada del justificante de envío. Dichas ofertas serán rechazadas si no llegase a la sede de la Sociedad, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la finalización del plazo o si hubieran sido remitidas fuera del plazo de presentación.
El plazo de presentación de ofertas será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación, finalizando a las 13:00 del día en que venza ese plazo. Si ese día no fuera hábil, el vencimiento se trasladaría a la misma hora del siguiente día hábil.
35.- Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos.
Los interesados en el procedimiento de licitación deberán solicitar información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria con una antelación de 6 días antes de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
36.- Perfil de contratante.
La dirección de acceso al perfil de contratante de la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L., es xxx.xxxxx.xx .
37.- Observaciones.
No procede
En Santander, a 19 de febrero de 2020