Contract
No. DE CONTRATO: OBRA: | MCF-DS/FFM-2021/ADQ-IR-09 SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL, ADQUISICIÓN DE PATRULLA |
MONTO: | $850,000.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N) |
NOMBRE DEL PROVEEDOR: | 399 PROJECT DEVELOPMENT S.A DE C.V. |
FECHA DE INICIO: | 30 DE DICIEMBRE DE 2021 |
FECHA DE TERMINACIÓN: | 31 DE DICIEMBRE DE 2021 |
FECHA DE CONTRATO: | 30 DE DICIEMBRE DE 2021 |
CONTRATO DE ADQUISICION No. MCF-DS/FFM-2021/ADQ-IR-09
CONTRATO DE ADQUISICIÓN, SUJETO A LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI, A LA QUE EN EL CUERPO DE ESTE DOCUMENTO SE MENCIONARÁ COMO “LA LEY”, Y EL QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO CONTRATANTE DE CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P., INTEGRADO POR: XX. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, XX. XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX, LIC. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, PROF. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX Y LA DRA. XXXXXX XXXX XXXXXX POR SU ORDEN: PRESIDENTE MUNICIPAL, SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, XXXXXXX XXXXXxXXX, OFICIAL MAYOR Y DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y COMPRAS; A QUIENES EN EL PRESENTE DOCUMENTO SE LES DENOMINARÁ COMO “LA CONTRATANTE” Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA 399 PROJECT DEVELOPMENT S.A DE C.V. CON REPRESENTANTE LEGAL EL C. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XX XXXXX Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE MENCIONARÁ COMO “EL PROVEEDOR” Y QUIENES FORMULAN LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
PRIMERA.- “EL MUNICIPIO CONTRATANTE” DECLARA:
QUE EL MONTO QUE AMPARA ESTE CONTRATO SE CUBRIRÁ CON RECURSOS DEL FONDO DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL XXX XXXX 33 EJERCICIO 2021 DEL RUBRO DE SEGURIDAD PUBLICA, PARA LA ACCION DENOMINADA SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL, ADQUISICIÓN DE PATRULLA, SUMINISTRADO EN LAS INSTALACIONES XXX XXXXXXX MUNICIPAL DE CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P.
a) QUE SU NOMBRE ES: MUNICIPIO DE CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P., CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES MCF-850101-DC9 Y TIENE SU DOMICILIO FISCAL EN PLAZA PRINCIPAL LADO PONIENTE S/N, ZONA CENTRO, CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P. C.P. 79650, TELÉFONO 00 (000) 000 00 00, MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ÉSTE CONTRATO. CONTINÚA MANIFESTANDO QUE SU
PERSONALIDAD Y LEGAL INTERVENCIÓN EN LA FIRMA DE ESTE CONTRATO, ESTÁ CONTENIDA EN LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPIO LIBRE APLICABLE EN EL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
b) EL PRESENTE CONTRATO SE ADJUDICA MEDIANTE LA MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN DIRECTA DE ADQUISICIÓN No. MCF-DS/FFM-2021/ADQ-IR-09, INSTAURADA POR “EL MUNICIPIO CONTRATANTE”, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 25, DE “LA LEY”, EN ATENCIÓN A QUE “EL PROVEEDOR” PRESENTÓ UNA PROPUESTA SOLVENTE, CONSIDERANDO QUE ADEMÁS REÚNE SATISFACTORIAMENTE LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
I LAS CONDICIONES LEGALES, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS SUFICIENTES. II GARANTIZA SATISFACTORIAMENTE EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
c) CUENTA CON LA EXPERIENCIA REQUERIDA EN EL MANEJO DE LA ADQUISICIÓN SOLICITADA.
SEGUNDA.- DECLARA “EL PROVEEDOR”:
II. “EL PROVEEDOR” DECLARA QUE:
A).- SER UNA PERSONA MORAL DENOMINADA 399 PROJECT DEVELOPMENT S.A DE C.V. CON REPRESENTANTE LEGAL EL C. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XX XXXXX Y TIENE CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y DISPONE DE LOS CONOCIMIENTOS Y RECURSOS NECESARIOS, PARA EL SUMINISTRO DEL BIEN, OBJETO DE ESTE CONTRATO.
B)- SE ENCUENTRA REGISTRADO EN LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO TNN091003PU7, LO QUE ACREDITA CON LA CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL.
C).- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTA NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 53 DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
D).- SE ENCUENTRA AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
E).- CONOCER LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, COMPROMETIÉNDOSE A SU ESTRICTO CUMPLIMIENTO.
F).- TIENE ESTABLECIDO SU DOMICILIO EN XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX Xx. 0000, XXXXX 0X XXXXXXX, XXX XXXX XXXXXX, S.L.P. C.P. 78216, MANIFESTANDO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE ES EL DOMICILIO ACTUAL DE SU REPRESENTADA, MISMO QUE SEÑALA PARA QUE SE LE PRACTIQUEN LAS NOTIFICACIONES, AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, LAS QUE SURTIRÁN SUS EFECTOS LEGALES MIENTRAS NO SEÑALE POR ESCRITO OTRO DISTINTO, PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS DE ESTE CONTRATO.
HECHAS LAS DECLARACIONES ANTERIORES, Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 1, 3, 25, 26, 40, 43, 44, 45, 46, 47, 48 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY DE ADQUISICIONES
DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, LAS PARTES CONVIENEN EN OTORGAR EL PRESENTE CONTRATO, CONFORME A LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S:
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO:
“EL MUNICIPIO CONTRATANTE” ENCOMIENDA A “EL PROVEEDOR” EL SUMINISTRO Y ENTREGA DE LA ADQUISICIÓN DENOMINADA SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL, ADQUISICIÓN DE PATRULLA, EN EL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P., QUE SE SUMINISTRARA EN LOS TÉRMINOS REQUERIDOS POR “LA CONTRATANTE”, ASÍ COMO EN LO SEÑALADO EN LA PROPUESTA PRESENTADA POR “EL PROVEEDOR”, MISMA QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO:
“LA CONTRATANTE” PAGARÁ A “EL PROVEEDOR” POR EL SUMINISTRO OBJETO DE ESTE CONTRATO, LA CANTIDAD DE $850,000.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N). DICHO PRECIO INCLUYE EL SUMINISTRO, FLETE, VIATICOS Y MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA Y TODO LO NECESARIO OBJETO DE LA ADQUISICION.
EL PRECIO ANTES SEÑALADO SE MANTENDRÁ FIJO E INVARIABLE, HASTA QUE “LA CONTRATANTE” RECIBA A ENTERA SATISFACCIÓN TODA LA ADQUISICIÓN SOLICITADA.
TERCERA.- VIGENCIA:
“EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A REALIZAR EL SUMINISTRO DE LA ADQUISICIÓN DENOMINADA SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL, ADQUISICIÓN DE PATRULLA, EN LAS INSTALACIONES DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P., OBJETO DE ESTE CONTRATO CONFORME AL PRESUPUESTO PACTADO EL CUAL SE ANEXA Y FORMA PARTE INTEGRAL DE ESTE DOCUMENTO, EN UN PLAZO QUE COMPRENDE DEL DIA 30 DE DICIEMBRE AL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, COMPRENDIDOS EN 2 (DOS) DÍAS NATURALES.
CUARTA.- ANTICIPOS.
PARA LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, “LA CONTRATANTE” NO OTORGARÁ UN ANTICIPO ALGUNO.
QUINTA: FORMA DE PAGO.
EL PAGO SERA CON MONEDA DE CURSO LEGAL EN LA REPUBLICA MEXICANA. LAS PARTES CONVIENEN QUE SE REALICEN PAGOS CONTRA ENTREGA Y/O SUMINISTRO DE LA ADQUISICIÓN SOLICITADA CORRESPONDIENTE A SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL, ADQUISICIÓN DE PATRULLA, EL CUAL SERÁN ENTREGADAS EN LAS INSTALACIONES XXX XXXXXXX MUNICIPAL DE CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P., MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LA FACTURA RESPECTIVA, DEBIDAMENTE REQUISITADA, ASÍ COMO LAS GARANTIAS CORRESPONDIENTES DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y EL ANTICIPO OTORGADO (ESTE ULTIMO NO APLICA).
EL SERVICIO DEBERÁ FACTURARSE SIN ABREVIATURAS, A FAVOR DE MUNICIPIO DE CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P., CON DOMICILIO EN PLAZA PRINCIPAL LADO PONIENTE S/N, ZONA CENTRO,
CIUDAD XXXXXXXXX, X.X.X. X.X. 79650, CON R.F.C. MCF-850101-DC9, Y SE PAGARÁN UNA VEZ CONTADA CON LA ADQUISICIÓN Y CON PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCANTE.
SEXTA: GARANTÍAS.
A) GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. “EL PROVEEDOR” PRESENTARÁ UNA GARANTIA DEBIDAMENTE AUTORIZADA; MEDIANTE UN CHEQUE CERTIFICADO O UNA FIANZA DEBIDAMENTE AUTORIZADA OTORGADA POR LA INSTITUCIÓN MEXICANA, A FAVOR DEL MUNICIPIO DE CIUDAD XXXXXXXXX POR EL 30% (TREINTA POR CIENTO) DEL IMPORTE TOTAL CONTRATADO, INCLUYENDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE ACUERDO A LO ESTIPULADO A LOS ARTICULO 47 FRACC. III Y 49 DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSI.
B) GARANTIZAR EL ANTICIPO OTORGADO, “EL PROVEEDOR”. PRESENTARÁ UNA GARANTIÁ POR LA TOTALIDAD DEL ANTICIPO OTORGADO, PARA ESTE CASO NO APLICA.
C) GARANTIZAR CONTRA DEFECTO DE FABRICACIÓN. “EL PROVEEDOR” PRESENTARÁ UNA GARANTIA POR DEFECTO DE FABRICACIÓN, VICIOS OCULTOS Y/O INCONSISTENCIAS QUE PRESENTE LOS PRODUCTOS SOLICITADOS, POR UN PERIODO DE VEINTICUATRO MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA.
LAS FIANZAS QUE XXXX PRESENTADAS POR PARTE DE LOS PROVEEDORES, DEBERÁN ESTAR ACOMPAÑADAS POR EL COMPROBANTE DE PAGO DE LA RESPECTIVA FIANZA.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”:
POR VIRTUD DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO, “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA A:
a).- PRESTAR SUS SERVICIOS EN EL LUGAR QUE “LA CONTRATANTE” DESIGNE PARA TAL FIN.
b).- PROPORCIONAR EL SUMINISTRO E IMPLEMENTOS NECESARIOS, PARA CUMPLIR CON EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
c).- PROPORCIONAR SUS SERVICIOS DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES REQUERIDAS POR “LA CONTRATANTE” Y QUE SUSTENTA ESTE CONTRATO.
d).- NO CEDER, TRASPASAR O SUBCONTRATAR A FAVOR DE TERCEROS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE LE CONFIERE ESTE CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO.
e).- APLICAR SUS CONOCIMIENTOS Y A DEDICAR EL TIEMPO NECESARIO PARA ELLO HASTA CUMPLIR CON EL OBJETO DE ESTE CONTRATO, EN CASO CONTRARIO SERÁ RESPONSABLE EN LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS.
f).- RESPONDER POR SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO.
OCTAVA.- OBLIGACIONES DE “LA CONTRATANTE”:
POR VIRTUD DEL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO “LA CONTRATANTE” SE OBLIGA A:
a).- PAGAR A “EL PROVEEDOR” LA CANTIDAD CORRESPONDIENTE A LOS SERVICIOS PRESTADOS, DE ACUERDO CON EL IMPORTE ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA, EL CUAL DEBE CONSIGNARSE EN LA FACTURA RESPECTIVA, DENTRO DE LOS 6 DÍAS NATURALES, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 44 FRACCIÓN III, DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
b).- NOTIFICAR A “EL PROVEEDOR” CON 48 HORAS DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA PROGRAMADA DE INICIO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, CUALQUIER MODIFICACIÓN QUE, POR NECESIDADES ESPECIFICAS DE “EL MUNICIPIO CONTRATANTE” SEA NECESARIO REALIZAR.
c).- RECIBIR LOS SERVICIOS OBJETO DE ÉSTE CONTRATO, SIEMPRE Y CUANDO HUBIEREN SIDO REALIZADOS DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES CONVENIDAS Y DEMÁS ESTIPULACIONES DE ÉSTE CONTRATO, SIN PERJUICIO DE LAS DEDUCCIONES QUE DEBAN HACERSE POR CONCEPTO DE RETENCIONES O SANCIONES EN LOS TÉRMINOS DE ÉSTE CONTRATO.
NOVENA.- IMPUESTOS Y DERECHOS:
LOS IMPUESTOS Y DERECHOS QUE SE CAUSEN CON MOTIVO DE LA ADQUISICIÓN OBJETO DE ESTE CONTRATO, SERÁN PAGADOS POR “EL PROVEEDOR”.
DÉCIMA.- PATENTES Y/O MARCAS:
“EL PROVEEDOR” SERÁ RESPONSABLE EN CASO DE QUE, AL PRESTAR LOS SERVICIOS CONTRATADOS INFRINJA PATENTES Y/O MARCAS REGISTRADAS POR TERCEROS QUEDANDO OBLIGADO A LIBERAR DE TODA RESPONSABILIDAD DE CARÁCTER CIVIL, PENAL, MERCANTIL, FISCAL Y DE CUALQUIER ÍNDOLE A “LA CONTRATANTE”.
DÉCIMA PRIMERA.- PENA CONVENCIONAL:
EN CASO DE QUE “EL PROVEEDOR” INCURRA EN ATRASO EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS “LA CONTRATANTE” LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL DE 4/1000 CUATRO AL MILLAR POR CADA DIA DE ATRASO, EN FUNCIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS NO ENTREGADOS, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 44 FRACCIÓN VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ.
DÉCIMA SEGUNDA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA:
CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 58 DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, “LA CONTRATANTE” PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL PROVEEDOR” DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR VIRTUD DE LA CELEBRACIÓN DE LA ESTE CONTRATO, SIN NECESIDAD DE ACUDIR A LOS TRIBUNALES COMPETENTES, EN TANTO QUE SI ES “EL PROVEEDOR” QUIEN DECIDE RESCINDIRLO, SERÁ NECESARIO QUE ACUDA ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL Y OBTENGA LA DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE.
DÉCIMA TERCERA TERMINACIÓN ANTICIPADA:
“EL MUNICIPIO CONTRATANTE” PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO SIN RESPONSABILIDAD PARA ELLA Y SIN NECESIDAD DE QUE MEDIE RESOLUCIÓN JURÍDICA ALGUNA CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL.
DÉCIMA CUARTA.- RELACIONES LABORALES:
“EL PROVEEDOR”, COMO EMPRESARIO Y PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPE CON MOTIVO DE LOS SERVICIOS MATERIA DEL CONTRATO, SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMÁS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. “EL PROVEEDOR” SE OBLIGA POR LO MISMO, A RESPONDER DE TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTEN EN SU CONTRA O EN CONTRA DE “LA CONTRATANTE”, EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS DE ESTE CONTRATO.
DÉCIMA QUINTA.- NACIONALIDAD DE “EL PROVEEDOR”.
“EL PROVEEDOR” MANIFIESTA ESTAR CONSTITUIDO CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS Y CONVIENE QUE CUANDO LLEGASE A CAMBIAR SU NACIONALIDAD, EN SEGUIRSE CONSIDERANDO COMO UNA PERSONA FISICA MEXICANA POR CUANTO A TODO LO QUE A ESTE CONTRATO SE REFIERE, Y SE OBLIGA A NO INVOCAR LA PROTECCIÓN DE NINGÚN GOBIERNO EXTRANJERO, BAJO PENA DE PERDER EN BENEFICIO DE LA NACIÓN MEXICANA, LOS DERECHOS DERIVADOS DE ESTE CONTRATO.
DÉCIMA SEXTA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.
PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ, POR LO TANTO, “EL PROVEEDOR” RENUNCIA A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO.
LEÍDO QUE FUE POR LAS PARTES QUE EN EL INTERVIENEN Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, SE FIRMA POR DUPLICADO EL PRESENTE CONTRATO AL CALCE Y AL MARGEN DE TODAS SUS FOJAS ÚTILES, EN CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P. EL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
“POR EL PROVEEDOR”
C. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XX XXXXX
REPRESENTANTE LEGAL
399 PROJECT DEVELOPMENT S.A DE C.V.
“LA CONTRATANTE”
XX. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX
PRESIDENTE MUNICIPAL DE CIUDAD XXXXXXXXX, S.L.P
LIC. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX MUNICIPAL | XX. XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX SECRETARIO GENERAL |
TESTIGOS
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PROF. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXX
OFICIAL MAYOR MUNICIPAL
DRA. XXXXXX XXXX XXXXXX
DIRECTOR DE ADQUISICIONES Y COMPRAS