OBJETO:
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
OBJETO:
El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto trabajos de
“BACHEO EN PAVIMENTO RÍGIDO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS (ETAPA V)”
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 451/19 APERTURA: 13/08/2019 HORA: 10:00 HS.
INDICE:
1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 4
1.1. DESCRIPCIÓN 4
1.2. MEMORIA DESCRIPTIVA 4
1.3. DETALLE DE LOS TRABAJOS 4
1.4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES 5
1.5. DEMOLICIÓN DE CALZADAS DE HORMIGÓN 5
1.6. SUBRASANTE 5
1.7. SUB-BASE DE SUELO-CEMENTO 6
1.8. COLOCACIÓN DE CAÑERIA PVC 7
1.9. BASE DE HORMIGON H-8 7
1.10. CARPETA DE RODAMIENTO HORMIGON SIMPLE H-30 CON MICROFIBRAS SINTÉTICAS 7
1.11. SELLADO DE JUNTAS 11
1.12. VIGILANCIA, SEÑALAMIENTO Y PROTECCIÓN 12
1.13. LIMPIEZA PERIÓDICA Y FINAL DE SECTORES AFECTADOS 12
1.14. REPARACIÓN DE SECTORES Y/O ELEMENTOS AFECTADOS 13
2. CONDICIONES PARTICULARES 14
2.1. DISPOSICIONES GENERALES 14
2.2. PRESUPUESTO OFICIAL 14
2.3. LUGAR Y FECHA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 14
2.4. PLAZO DE OBRA 15
2.5. PLAZO DE GARANTIA 15
2.6. CAPACIDAD DE CONTRATACION 15
2.7. DOCUMENTOS PARA LA PRESENTACIÓN 15
2.8. RECOMENDACIONES 19
2.9. SISTEMA DE REALIZACIÓN DE ESTA OBRA 19
2.10. INSPECCIÓN IN SITU – CERTIFICADO DE VISITA 20
2.11. OFERTA 20
2.12. MANTENIMIENTO DE LA OFERTA 20
2.13. GARANTÍA DE LA OFERTA 20
2.14. VARIABLE DE ADJUDICACIÓN 20
2.15. EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS OFERTAS 21
2.16. ADJUDICACION Y CONTRATO 21
2.17. GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN 21
2.18. DOCUMENTOS DEL CONTRATO – ORDEN DE PRELACION 21
2.19. CONTRATACION DE SEGUROS 22
2.20. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 23
2.21. PLAZO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA 23
2.22. REPLANTEO DE LAS OBRA 23
2.23. INICIACION DE LOS TRABAJOS 23
2.24. VICIOS DE LA OBRA 23
2.25. DIVERGENCIAS DURANTE LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS 24
2.26. ANALISIS DETALLADO DE LOS PRECIOS UNITARIOS COTIZADOS POR LOS PROPONENTES 24
2.27. RECONOCIMIENTO DE GASTOS DIRECTOS IMPRODUCTIVOS 30
2.28. REGIMEN DE MULTAS 32
2.29. AMPLIACION DE PLAZO DE EJECCION POR CAUSAS DE LLUVIA 35
2.30. OBRAS OCULTAS 38
2.31. RECEPCION PROVISORIA 38
2.32. RECEPCION DEFINITIVA 38
2.33. PAGO: 38
2.34. ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN 40
2.35. FORMA DE MEDICIÓN 40
2.36. ENERGÍA ELÉCTRICA 41
2.37. HORARIOS DE TRABAJO 41
2.38. INSPECCIÓN DE OBRAS 41
2.39. REPRESENTANTE TÉCNICO 41
2.40. ORDENES DE SERVICIOS 41
2.41. MATERIALES, MANO DE OBRA Y HERRAMIENTAS 42
2.42. SEGURIDAD, HIGIENE Y ACCIDENTES DE TRABAJO 42
2.43. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS 42
2.44. INFORMACIONES SUPLEMENTARIAS 43
2.45. GESTIÓN DE LAS OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES 43
2.46. IMPUGNACIONES 43
2.47. TRIBUNALES COMPETENTES: 44
2.48. CONSULTAS 44
2.49. PROVISIÓN DE PLIEGOS 44
PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES 46
PLANIMETRÍAS ANEXAS 54
1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Estas Especificaciones Técnicas establecen las condiciones mínimas que deben satisfacer los trabajos de bacheo en pavimento rígido, sellado de juntas y obras complementarias en la Jurisdicción perteneciente al ENTE Interprovincial Túnel Subfluvial.
1.1. DESCRIPCIÓN
El trabajo consiste en la reparación de losas de H°A° en espesor total y sellado de juntas con asfalto modificado con polímeros y caucho en accesos al túnel y en los lugares que designe la Inspección de Obra. Conjuntamente y en un sector particular deberá incorporarse en capa inferior 3 caños de PVC según descripción del ítem correspondiente.
1.2. MEMORIA DESCRIPTIVA
La presente obra comprende la contratación de los trabajos, incluyendo materiales, mano de obra, señalización, equipos, impuestos y todo gasto necesario para la ejecución de los trabajos de bacheos en pavimento rígido en los accesos al Túnel Subfluvial aun cuando no se hallen específicamente detallados en la presente documentación técnica. Se deben contemplar las tareas complementarias que aseguren de que lo ejecutado quede en perfectas condiciones de seguridad, uso y funcionamiento en un todo de acuerdo al presente pliego y a las reglamentaciones vigentes dictadas por organismos oficiales.
Es de importancia destacar, que el ritmo de obra, intervenciones al tránsito (afectaciones en vías y sectores de cabinas de peajes), poseen una característica especial, cuya coordinación deberá ser acordada con inspección de obras y personal de ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇, no pudiendo iniciar trabajos sin antes contar con aprobación de la subdirección de tránsito en cuanto a plan de obras y desvíos.
Por lo antes dicho, en conjunto con aspectos particulares de obra explicitados en el presente pliego, se producen ritmos de obras con rendimientos inferiores a los acostumbrados para obras de bacheos en pavimento rígido convencionales.
1.3. DETALLE DE LOS TRABAJOS
⮚ Delimitación de losas a reparar.
⮚ Presentación de señalización vial.
⮚ Demolición ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de H°A° y retiro del material demolido.
⮚ Preparación de la subrasante.
⮚ Subbase de Suelo-Cemento en 0,15 m de espesor.
⮚ Colocación de 3 caños PVC diám. 100mm esp. 2,5mm (solamente en 2 losas)
⮚ Colocación de H° H-8 de base en 0,18 m de espesor.
⮚ Colocación de pasadores ▇▇ ▇▇▇▇▇ entre losas y membrana polietileno alta densidad.
⮚ Colocación de H° H-30 en 0,25 m de espesor.
⮚ Curado de losas.
⮚ Aserrado y sellado de juntas.
⮚ Limpieza de los sectores afectados. Reparación de sectores y/o elementos dañados.
1.4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS GENERALES
Para esta obra regirá el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Edición 1998, de la Dirección Nacional de Vialidad.
1.5. DEMOLICIÓN DE CALZADAS DE HORMIGÓN Descripción:
Este ítem comprende la demarcación, aserrado, remoción, carga, transporte y descarga de pavimento de hormigón demolido.
Se deberá considerar que el pavimento existente a demoler posee doble malla de armadura, con lo cual se brinda como dato que los rendimientos obtenidos en etapas anteriores se aproximan los 30 m2 por día.
Ejecución:
La Contratista conjuntamente con la Inspección de Obra efectuará un relevamiento previo de los lugares a bachear o reconstruir, no obstante, será la Inspección quien tenga la decisión final al respecto.
La Contratista deberá presentar un plan de tareas tendiente a producir los menores inconvenientes al tránsito y un plan de señalización vial transitoria que deberá aprobar la subdirección de ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇.
La totalidad de los trabajos deberán tener los recaudos meritorios para disminuir suciedades en calzada y los consecuentes riesgos de incidentes a vehículos.
Condiciones para la certificación y recepción:
Se considerará finalizado el ítem una vez que todos los escombros sean cargados y transportados por la Contratista a su cargo fuera del predio del Ente, dejando el sector intervenido en correcto estado de limpieza.
1.6. SUBRASANTE Descripción
La presente especificación técnica particular complementa y/o modifica lo establecido en la Especificación Técnica General B.VII ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Especificaciones Técnicas Generales de la Dirección Nacional de Vialidad, edición 1998. De esta manera, para todas aquellas cuestiones sobre las que no se hagan referencias en la presente, vale lo establecido en las Especificación Técnica General de referencia.
Ejecución
Todas las referencias que se realicen a los 30 cm superiores del terraplén en la Especificación Técnica General de referencia (B.VII), estarán conformados en todos los casos por Suelo Tratado con Cal. Las condiciones particulares que rigen a este material están establecidas en la Especificación Técnica Particular Subrasante Tratada con Cal.
Condiciones para recepción:
El tipo de suelo que deberá asumirse para determinar la densidad de control, será el resultante de aplicar la clasificación HRB sobre el suelo previamente tratado con cal y pasadas las 48 hs. de reposo.
El presente ítem no recibirá pago alguno, debiendo estar considerado en el ítem de sub-base suelo-cemento.
1.7. SUB-BASE DE SUELO-CEMENTO Descripción
La presente especificación técnica particular complementa y/o modifica lo establecido en las Especificaciones Técnicas Generales C.I y C.IV ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Especificaciones Técnicas Generales de la Dirección Nacional de Vialidad, edición 1998.
En la presente Especificación Particular se detallan exclusivamente aquellos aspectos que complementan y/o modifican las Especificaciones Generales mencionadas.
El espesor de la sub-base de suelo cemento debe ser como mínimo de 0,15 m.
Ejecución
El suelo deberá ser de LL menor de 35 % e IP menor de 10 %. De no conseguir este suelo a una distancia razonable se podrá utilizar un suelo de LL igual o menor de 40 % e IP menor o igual 15 %, pero deberá ser mejorado con un 2,5 % en peso de cal útil vial (CUV).
El contenido de cemento a incorporar al material inerte será en una cantidad tal que la mezcla de este con cemento alcance una Resistencia a la Compresión simple encofinada después de 7 días de curado, mayor o igual a 15 kg/cm2.
El contenido de cemento a incorporar en ningún caso podrá ser inferior al 3% en peso respecto al total de material inerte.
El Contratista podrá llevar a cabo la elaboración de la mezcla de suelo cemento in situ y mediante el equipamiento que considere más conveniente, siempre y cuando tenga la aprobación pertinente y expresa de la Supervisión de la obra.
La mezcla de Suelo Cemento deberá compactarse en obra a una densidad mayor o igual al 100% de la obtenida mediante el ensayo ▇▇▇▇▇▇▇ T-99.
En caso de utilizarse Emulsión asfáltica para el riego de curado, la misma deberá ser del tipo Catiónica de Imprimación (CI) debiendo satisfacer las exigencias establecidas en la Norma IRAM 6691.
Condiciones para la certificación y recepción:
Además del espesor, deberá presentar una resistencia a la compresión simple mayor o igual a 15 kg/cm2 después de 7 días de curado. Densidad mayor o igual al 100% de la obtenida mediante el ensayo ▇▇▇▇▇▇▇ T-99.
1.8. COLOCACIÓN DE CAÑERIA PVC
En el sector indicado por la inspección, se deberá proveer, presentar y colocar transversalmente al tránsito, un cruce bajo calzada de 3 caños de PVC diámetro 100mm espesor 2,5mm colocados de forma paralela. Los mismos servirán para futuro tendido eléctrico subterráneo de instalaciones y servicios propios del Ente. Se deberá considerar la colocación de un máximo de 50 metros ▇▇ ▇▇▇▇ PVC que en sus 6 extremos deberán colocarse una tapa ciega.
1.9. BASE DE HORMIGON H-8 Descripción
Para la ejecución de este trabajo regirá la Sección H.II “Hormigones de cemento portland para obras de arte” Edición 1998 Del PETG.-
El espesor de la subbase de hormigón H-8 debe ser como mínimo de 0,18 m.
Ejecución
La resistencia característica del hormigón y la resistencia media, así como la cantidad mínima de cemento por metro cúbico de hormigón responderán a las exigencias de la tabla incluida en el apartado H. II 4.3.2. de la Sección H del PETG, Edición 1998.
Para el hormigón de Subbase H-8 el agregado pétreo será proveniente de la trituración de rocas ígneas sanas, basálticas o graníticas.
La terminación superficial del hormigón H 8, deberá ser perfectamente alisada y curada con riego a presión en forma de fina llovizna.
El material de curado será de resinas diluidas en una dosificación de 200 a 300 gramos por metro cuadrado. Deberá ser aplicado a presión en forma de fina llovizna, formando una película continua en todas direcciones.
1.10. CARPETA DE RODAMIENTO HORMIGON SIMPLE H-30 CON MICROFIBRAS SINTÉTICAS
Descripción
La presente especificación técnica particular complementa y/o modifica lo establecido en la Especificación Técnica General A.I ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Especificaciones Técnicas Generales de la Dirección Nacional de Vialidad, edición 1998. De esta manera, para todas aquellas cuestiones sobre las que no se hagan referencias en la presente, vale lo establecido en las Especificación Técnica General de referencia.
El espesor de la capa de rodamiento (H-30) debe ser como mínimo de 0,25 m.
Fórmula de mezcla
Se deberá presentar la/s fórmula/s a la Inspección mediante nota de pedido, y con 3 días de anticipación al comienzo de hormigonado. En caso de contar con más de un proveedor, deberán presentarse las correspondientes fórmulas de mezclas con la debida anticipación.
El hormigón de cemento estará constituido por una mezcla homogénea de los siguientes materiales: agua, cemento, agregados, fibras sintéticas y aditivos si fuera necesario. Las proporciones de los componentes serán tales que los testigos extraídos cumplan con las resistencias exigidas. La mezcla será de calidad uniforme y su transporte, colocación, compactación y curado se realizarán de manera que el hormigón resulte compacto, de textura uniforme, resistente y durable. En consecuencia, el hormigón endurecido estará libre de huecos motivados por la segregación de los materiales, por falta de mortero de la mezcla o por mala colocación y compactación.
El hormigón deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Deberá ser denso y trabajable, de acuerdo con los equipos de colocación que se empleen en obra.
b) Cantidad mínima de cemento: 350 kg/m3.
b.1) Cantidad mínima de microfibras sintéticas: 1,2 kg/m3.
c) Tamaño máximo del agregado grueso: deberá cumplir con lo expresado en esta Especificación.
d) Resistencias potenciales según lo establecido en este item.
e) Granulometría: No se aceptarán mezclas de agregados con granulometría discontinua.
f) Asentamiento en el Tronco de cono (IRAM 1536): se exigirá que el asentamiento, evaluado a pie de obra, sea de 5 ± 1 cm.
g) En el caso de utilizarse aditivos, deberán presentarse certificados de calidad.
El Contratista realizará todos los controles que sean necesarios para que la mezcla colocada cumpla con todos los requisitos establecidos en las especificaciones.
La Inspección podrá realizar las observaciones que considere necesarias y solicitar muestras de los materiales a utilizar.
Deberá llevarse a cabo un control adicional del hormigón elaborado mediante el moldeo y rotura de probetas de hormigón. Este control deberá realizarse mediante moldeo en un mínimo de tres probetas cilíndricas por mixer, de las cuales se ensayarán una a los 14 días, una a los 28 días y la restante quedará de resguardo. La Inspección de la Obra podrá llevar a cabo, si así lo dispusiese, un control adicional de la Resistencia a la Compresión Simple del Hormigón elaborado.
En todos los casos, los ensayos se deberán realizarse en laboratorios acreditados.
Incorporación de microfibras sintéticas
Se deberá incorporar microfibras sintéticas para colaborar en el control de la fisuración plástica y su incorporación y mezclado se debe realizar de acuerdo a las recomendaciones del fabricante. El uso de microfibras no exime al contratista de la implementación de sistemas de protección y curado que prevengan el riesgo de
fisuración temprana. Asimismo, debe considerarse que la incorporación de microfibras incide en la demanda de agua de la mezcla y su trabajabilidad.
Membrana Polietileno Alta Densidad
Previa a la ejecución de la carpeta de rodamiento, se deberá colocar sobre la superficie nivelada y ▇▇▇▇ de base H8 una membrana de polietileno de alta densidad color blanco, la misma debe estar compuesta por una sola pieza y colocada de manera continua.
Agregado de aditivos
Además de los aditivos que el contratista desee incorporar, en los casos en que fuera necesaria una habilitación de la zona a intervenir por generar dificultades y/o molestias al tránsito, se requerirá agregado de aditivos a la mezcla a fin de conseguir una adecuada resistencia a temprana edad. En ningún caso el uso de estos aditivos por requerimiento de la inspección dará lugar al contratista a solicitud de pago adicional.
Ejecución
Las losas de hormigón tendrán una dimensión máxima de 3.80 m en cualquiera de los dos sentidos. La relación de lados de las losas deberá estar entornada entre 0,75 y 1,25.
El Contratista deberá presentar a la Inspección, para su aprobación, un esquema de distribución de juntas de todas las superficies a pavimentar con hormigón. Dicho esquema deberá respetar los requisitos establecidos en la presente especificación. La construcción de cualquier superficie a pavimentar con hormigón no podrá ser iniciada hasta tanto el Contratista no disponga de una aprobación fehaciente de la Inspección de la Obra respecto al esquema de distribución de juntas presentado.
La Ejecución del pavimento de hormigón deberá llevarse a cabo indefectiblemente mediante el uso de reglas vibradoras, las cuales deberán complementarse, para aquellos sectores que lo requieran, mediante vibradores de inmersión. El equipamiento a utilizar para la colocación y compactación del hormigón deberá ser debidamente aprobado por la Inspección de la obra.
Todas las Juntas a ejecutar deberán responder a lo establecido en el Plano Tipo J
– 7324 de la Dirección Nacional de Vialidad excepto en aquellos aspectos que sean modificados a través de la presente Especificación Técnica Particular, o por indicación de la Inspección de Obras.
Todos aquellos sectores perimetrales de la zona a pavimentar que no conformen un borde libre, es decir que limiten contra otros tipos de estructuras deberán resolverse mediante Junta de Dilatación Tipo 11 según Plano Tipo J – 7324 de la DNV.
El Contratista deberá prever la ejecución de Juntas de dilatación en aquellos sectores en los que se presenten asimetrías en cuanto a la distribución de juntas. Dichas Juntas deberán respetar lo estipulado a tal fin en el Plano Tipo J – 7324 de la DNV.
Todas las juntas transversales deberán construirse con pasadores, sean estas de contracción o bien de construcción, según lo establecido en el Plano Tipo J – 7324 (Tipos 4 o 5).
Las juntas de contracción tendrán transferencia de cargas mediante pasadores. Los mismos estarán conformados por acero liso tipo AL 220. Serán de 50 cm de longitud y estarán separados en una distancia de 30 cm entre ejes de los mismos. Se deberá asegurar la correcta posición horizontal de los pasadores, realizando caballetes para asegurar su alineación. Los pasadores ubicados en los extremos de la losa deberán distanciarse de los bordes 15 cm. En lo que refiere al diámetro de los pasadores, el mismo será de 25 mm, debiendo engrasarse o aceitarse en toda su longitud.
En los sectores donde se presenten fisuras en losas adyacentes, se colocarán mallas SIMA Q84 con el objetivo de prevenir una propagación de fisuración.
Previamente a la iniciación de la construcción de cada sector de pavimento de hormigón, y con la anticipación suficiente de 24 horas, el Contratista comunicará a la Inspección la fecha en que se dará comienzo a las operaciones de colocación del hormigón, así como el procedimiento constructivo que empleará. Recordar que los horarios para hormigonado son matutinos.
NOTA: De la ejecución de anteriores etapas de reparación de losas, y por la vibración producida por el tránsito en losas adyacentes, fueron necesarias técnicas de ejecución particulares. Consultar en visita a obra.
Aserrado:
El aserrado primario deberá realizarse en una profundidad igual a 1/3 del espesor de la losa. El ancho del aserrado primario será como máximo de 5 mm.
El aserrado secundario deberá generar un ancho de junta que deberá estar entornado entre 6,5 y 12,5 mm. Asimismo la profundidad del aserrado secundario se obtendrá de la siguiente tabla, o bien por interpolación:
Ancho de Junta (mm) | Profundidad del Aserrado Secundario (mm) |
6.5 | 22 |
9.5 | 25 |
12.5 | 28 |
En las Juntas de Construcción, se mantendrán las mismas características, dimensiones y separación de pasadores establecidas para las Juntas de Contracción, así como de aserrado secundario.
Protección y Curado del Hormigón:
Deberá realizarse exclusivamente mediante el uso de Película Impermeable aplicada a presión en forma de fina llovizna, formando una película continua en todas direcciones.
El producto a utilizar será un compuesto líquido en base a resina, que cumpla con la Norma IRAM 1675 (compuestos tipo B), el que será aplicado a razón de 200 a 300 g/m2.
Terminación Superficial:
Deberá realizarse la terminación superficial para asegurar la correcta fricción neumático-calzada. Esto mediante el uso de cepillos u otro elemento con previa autorización de la Inspección de Obras.
Condiciones para la certificación y recepción:
No se realizarán controles de rugosidad ni de fricción. No obstante, se controlarán:
1. Irregularidades superficiales de la calzada.
El Título A.I.9.3 “Irregularidades superficiales de la calzada”, queda anulado y reemplazado por lo siguiente:
Colocando una regla recta de 3 metros paralela o normal al eje del camino, que deberá ser provista por el contratista, no se aceptarán luces mayores de 4 milímetros entre el pavimento y el borde inferior de la regla. En las juntas, la diferencia entre las cotas de ambos bordes no será mayor de 2 milímetros. Los lugares donde no se cumplan estas exigencias deberán ser corregidos por cuenta del Contratista.
2. Espesor y Resistencia del hormigón de la calzada terminada
La inspección podrá requerir calado y ensayo testigos, en laboratorio certificado, a fin de verificar la Resistencia y Espesor de la calzada terminada.
Sobre cada zona analizada (se entenderá por zona a las superficies ejecutadas dentro de una jornada) deberá extraerse una cantidad mínima de 2 testigos. La ubicación de los puntos de extracción deberá ser tal que represente la totalidad de la zona y, bajo esta pauta, deberá realizarse al azar. Los costos de calados y ensayos estarán totalmente a cargo de la contratista.
Las verificaciones que se realicen para determinar el espesor y la resistencia del hormigón ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ servirán para adoptar uno de los tres temperamentos siguientes, que se aplicarán independientemente para los espesores y para las resistencias, en un todo de acuerdo al Pliego de Especificaciones Técnicas Generales de D.V.N Edición 1998:
• Aceptación de la calzada, sin penalidades.
• Aceptación de la calzada mediante un descuento en la superficie construida
• Rechazo de la calzada de características deficientes, su demolición y reconstrucción.
La inspección de obras, y de común acuerdo con la contratista, podrá autorizar la ejecución de unidades adicionales en compensación de multas.
1.11. SELLADO DE JUNTAS
Se realizarán con asfalto modificado con polímeros (pudiendo incorporar caucho), colocación en caliente.
Las juntas y/o grietas deberán estar perfectamente secas y libres de cualquier sustancia que impida la adherencia del material que se incorporará. Para la limpieza de las juntas y/o grietas se procederá a extraer la tierra, polvo o cualquier otro material que contenga la junta, aplicando aire comprimido para garantizar su limpieza final.
El procedimiento de secado se efectuará por medio de lanzallamas o quemadores.
Previo a la colocación del sellador deberá insertarse un cordón de respaldo cuyo diámetro deberá ser un 25% mayor al ancho de la junta (aserrado secundario). El
cordón de respaldo deberá insertarse con la correspondiente herramienta (rueda) para ello.
Por último, se deberán sellar las juntas y/o grietas con material asfáltico, colocado en caliente y en etapas cuando la profundidad sea elevada. Se evitará que la mezcla asfáltica manche la calzada. Se deberán repasar el llenado en aquellos casos que se observe que el material asfáltico ha descendido. Como operación final se deberá espolvorear cal para evitar la adhesión a los neumáticos.
1.12. VIGILANCIA, SEÑALAMIENTO Y PROTECCIÓN
El Contratista deberá proveer la señalización vial de seguridad necesaria para los trabajos, según las normas de señalización provisoria de la Dirección Nacional de Vialidad. Para esto deberá presentar previo a los inicios de los trabajos, un plan de señalización que deberá ser aprobado por el Ente y se operará bajo la supervisión del Inspector de ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇.
Los ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ deberán prever pasos alternativos y responderán a una programación que la Contratista elaborará y que deberá ser aprobada por la Inspección y subdirección de ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇ Túnel.
La señalización para los ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ será por exclusiva cuenta de la contratista, para este fin proveerá en la zona de trabajo carteles metálicos. Con las inscripciones que indique la Inspección.
La Contratista contará con la suficiente cantidad de carteles al inicio de la obra cuyos diseños serán aprobados previamente por la Inspección y su construcción será en ▇▇▇▇, con estructura reforzada a la que será convenientemente soldada la chapa.
Los carteles serán colocados en los lugares que indique la Inspección y su mantenimiento y traslado será por cuenta de la contratista, estos elementos de señalización deberán permanecer en el sector de trabajo permanentemente.
Toda la señalización utilizada deberá ser reacomodada en caso de que por condiciones climáticas estas se vieran desplazadas, tanto en horarios laborales como en lo que no lo sean.
En todos los casos se obrará con sumo cuidado y poniendo especial atención en no dañar áreas aledañas a los sectores a intervenir. Asimismo, será responsable de cualquier accidente que le ocurra a su personal, haciendo suya las obligaciones que de ellas se deriven, de acuerdo a lo que establece la legislación citada.
Se deberá considerar la ubicación ▇▇ ▇▇▇▇▇ químicos por cada frente de acción, los mismos deberán tener limpieza periódica y estar correctamente amarrados para que no sufran desplazamientos ante tormentas.
1.13. LIMPIEZA PERIÓDICA Y FINAL DE SECTORES AFECTADOS
El Contratista deberá realizar en forma periódica (conforme el avance de los trabajos e indicaciones de la Inspección) una limpieza general de las áreas afectadas por los trabajos.
La Inspección estará facultada para exigir, si lo creyera conveniente, la intensificación de limpiezas periódicas.
Los residuos producidos por la limpieza y/o trabajos, serán retirados de la obra, por cuenta y cargo exclusivo del Contratista.
Al finalizar los trabajos, el Contratista entregará la obra perfectamente limpia, sea ésta de carácter parcial y/o provisional y/o definitiva, incluyendo el repaso de todos los sectores afectados por los trabajos.
1.14. REPARACIÓN DE SECTORES Y/O ELEMENTOS AFECTADOS
El Contratista deberá realizar en forma periódica (conforme el avance de los trabajos e indicaciones de la Inspección) la reparación de sectores y/o elementos afectados durante el desarrollo de obra, esto es cordones, señalizaciones, parquizado, etc…
2. CONDICIONES PARTICULARES
2.1. DISPOSICIONES GENERALES
Reformulado el ARTÍCULO 2º ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ UNICO DE BASES Y CONDICIONES
(PUBC) del Ente donde dice “Subsidiariamente será de aplicación lo dispuesto por la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe y su Decreto Reglamentario” corresponde “Subsidiariamente será de aplicación lo dispuesto por Ley Nº 6351 de Obras Públicas de la Provincia de Entre ▇▇▇▇, su Decreto Reglamentario Nº 958/79, Pliego General de Condiciones (PGCER), para licitación pública según Decreto Nº 27/06 Gobierno de Entre ▇▇▇▇, Decreto Nº 3264/16 MPIyS (Ministerio de Planificación, Infraestructura y Servicios del Gobierno de Entre ▇▇▇▇) y el Decreto Nº 2715/2016 del MPIyS del Gobierno de Entre ▇▇▇▇ que refiere al Régimen Provincial de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública Leyes Nº 6351 y 7495, decreto reglamentario y normas anexas”.
Debe entenderse, cuando se menciona en los textos la palabra “la Administración”, se refiere al Ente Túnel Subfluvial “▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇”.
2.2. PRESUPUESTO OFICIAL
El Presupuesto Oficial de la Obra, objeto del presente llamado, asciende a la suma de Pesos cinco millones novecientos noventa y dos mil doscientos cuarenta y siete con setenta y ocho centavos ($ 5.992.247,78), con valores básicos al mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2019.
2.3. LUGAR Y FECHA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Se reformula el ARTÍCULO 4º quedando de la siguiente manera. Las ofertas deberán presentarse hasta el día 13 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2019 a la hora 10:00 ante la Comisión Administradora Interprovincial del Ente Túnel Subfluvial “▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – “▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ubicada en ▇▇▇▇▇▇ (▇▇) ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇. No serán tenidas en cuenta aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio con posterioridad al día y hora del acto de apertura, aun cuando justifique con el matasellos u otro elemento, haberse despachado a tiempo.
Además, se reformula el ARTÍCULO 4º ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ UNICO DE BASES Y CONDICIONES (PUBC) del Ente, en lo referente a: La presentación de las ofertas se efectuará de la siguiente forma: Sobre Nº 1, sin membrete, ni inscripción alguna que identifique al proponente, solo ostentará la individualización de la Licitación y fecha y hora de la Apertura. El Sobre Nº 1 contendrá en su interior los documentos detallados más adelante (Documentos para la presentación) y un Sobre Nº 2 (con la propuesta económica y CD con bases de datos para la Redeterminación) y si se autoriza su formulación un Sobre Variante.
2.4. PLAZO DE OBRA
Se indicará plazo de obra en días corridos. En caso de no indicarse, el mismo se fija en 120 (ciento veinte) días corridos a partir del momento de la notificación de la adjudicación.
Todos los plazos de obras, se fijan a partir de la fecha del Acta de Inicio de los trabajos o Acta de Replanteo.
2.5. PLAZO DE GARANTIA
Se ha fijado un plazo de garantía de Trescientos Sesenta y Cinco (365) días corridos a partir de la Recepción Provisoria de la Obra. Durante ese lapso la conservación será por exclusiva cuenta del Contratista.
2.6. CAPACIDAD DE CONTRATACION
La Capacidad de Contratación anual en obras de ingeniería o viales, otorgada por el Registro Provincial de Contratistas de Obras y Servicios Públicos de la provincia de Entre ▇▇▇▇ o de Santa Fe, necesaria para la presente obra no deberá ser inferior a la suma de Pesos dieciocho millones doscientos veintiséis mil cuatrocientos veinte con treinta y tres centavos ($ 18.226.420,33).-
2.7. DOCUMENTOS PARA LA PRESENTACIÓN
Se reformula lo exigido en los Artículos 6º y 7º ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ UNICO DE BASES Y CONDICIONES (PUBC) del Ente, quedando de la siguiente forma:
Los documentos que deben ser presentados en la oferta son:
CONTENIDO SOBRE Nº 1
1. Garantía de la Oferta, constituida por el 1 % del importe total del valor del Presupuesto Oficial. Pudiendo constituirse por Giro o remesa postal o bancaria o depósito bancario a la orden de la Comisión Administradora Interprovincial del Ente Túnel Subfluvial “▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇”. Mediante fianza a favor del Ente ó Póliza de ▇▇▇▇▇▇ que garantice el cumplimiento de las obligaciones tomadas por el proponente o adjudicatario.
2. Constancia de su Inscripción en el Registro de Licitaciones de la Comisión Administradora del Ente.
3. Certificado de Capacidad de Contratación anual de la empresa expedido por los Registros provinciales de Contratistas de Obras Públicas de la Provincias de Entre ▇▇▇▇ o Santa Fe.
4. Antecedentes de la empresa sobre obras del tipo a licitar, que haya realizado o tenga en ejecución, en los últimos 5 años.
5. Nómina y experiencia del personal perteneciente a la Empresa, propuesto para la ejecución del contrato en la sede y en la obra.
6. Declaración de que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la jurisdicción de la Justicia ordinaria de la Capital de la Provincia de Entre ▇▇▇▇ o Santa Fe.
7. Declaración jurada del proponente de que conoce el lugar y las condiciones en que se ejecutara la obra.
8. Designación, antecedentes y comprobante de matriculación en el Colegio de Profesionales respectivo de la provincia de Entre ▇▇▇▇ o Santa Fe del Representante Técnico.
9. Detalle del Equipo que el oferente dispone y que compromete para la ejecución de las obras.
10. Nota de Mantenimiento de Oferta
11. Líneas de crédito bancario si las tuviera.
12. Referencias bancarias del oferente.
13. Designación del responsable del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
14. Plan de Trabajo y Curva de Inversiones, sin consignar precio alguno, expresado en porcentaje de avance de obra.
15. Pliego de Condiciones y Planos firmados y sellados, en todas sus hojas por Representante Legal y Técnico de la empresa, en prueba de que es de pleno conocimiento y aceptación del Proponente.
16. Las firmas del Representante Legal y el Representante Técnico designado, deberán estar certificadas por Escribano Publico en un solo Acto y a continuación de la última hoja de la documentación.
17. Comprobante de Pago de la Ley 4035, para el oferente que haya trabajado en la Provincia de Entre ▇▇▇▇, en los dos últimos semestres deberá presentar junto con la propuesta fotocopias de los documentos que acredite el cumplimiento del pago de dicha Ley del último semestre anterior a la Licitación. En caso de no haber trabajado presentará una declaración jurada de no haberlo hecho.
18. Copia debidamente certificada del Contrato Social con todas sus modificaciones de la firma oferente y en el caso de Unión Transitoria de Empresas U.T.E. los de cada una de ella, así como de los documentos de su formación y la ineludible responsabilidad mancomunada y solidaria frente a la Administración (Ente). En caso de ser Empresa Unipersonal dejar debidamente aclarada la situación. Constancias de inscripción ante los Organismos Previsionales, la AFIP, Impuestos provinciales y municipales pertinentes. Números de inscripción del proponente en AFIP, CUIT, carácter de la inscripción en el impuesto al valor agregado, Dirección General ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Entre ▇▇▇▇ o Santa Fe, Impuesto a los Ingresos Brutos, ANSES, Certificado Fiscal para contratar con la Administración.
19. Estados Contables (básicos y complementarios), auditados por Contador Público independiente, debidamente certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo, correspondientes a los 3 (tres) últimos ejercicios vencidos. Deberán estar aprobados por el Órgano societario competente y poseer dictamen favorable del Auditor teniendo en cuenta las
Normas de Auditoria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y/o Consejos Profesionales de Ciencias Económicas e informe de Sindicatura o Comisión fiscalizadora si correspondiera.
En los casos en que el último ejercicio anual vencido, tenga una antigüedad mayor a tres meses, a la fecha de la presentación de la oferta, deberá presentarse adicionalmente Estados Contables, especialmente confeccionados con una antigüedad no superior a los tres meses, debidamente auditados, utilizando para ello Normas de Auditoria de Revisión Limitada aplicable para periodos intermedios.
En caso de personas físicas no obligadas a practicar balances, se acompañarán declaraciones patrimoniales de los últimos tres años calendarios, certificadas por un Contador Público cuya firma deberá estar certificada por el Consejo Profesional respectivo.
20. Los proponentes y / u oferentes de origen extranjero, además de presentar todo lo indicado precedentemente, deberán cumplimentar los requisitos exigidos en el CAPITULO X – PROPONENTES Y/U OFERENTES DE ORIGEN EXTRANJERO, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ General de Condiciones (Ministerio Planeamiento, Infraestructura y Servicios Entre ▇▇▇▇) Dcto 27/06 Gob – Dcto 3264/16.
21. En caso de Uniones Transitorias de Empresas – UTE, además de presentar todo lo indicado en forma individual, deberán presentar Contrato de Compromiso UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS de conformidad a lo dispuesto en la Ley N 19550 – Art 377 y siguientes, con certificación de firmas antes ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Publico.
Así también copias certificadas de las respectivas Actas de Directorio de cada una de las empresas asociadas, en las que deberán manifestar:
a) La autorización a la constitución del agrupamiento en Unión Transitoria de Empresas
b) El compromiso de perfeccionar la UTE, en caso de resultar adjudicatarios
c) El plazo de duración de dicha unión deberá comprender hasta 180 días corridos posteriores a la recepción definitiva de la obra.
d) La designación de un representante de la UTE
e) La previsión especifica de la solidaridad de las empresas por los actos y operaciones que deban desarrollar o ejecutar, y por las obligaciones frente a terceros.
22. Copia Certificada de inscripción en el Instituto de Estadísticas y Registro Nacional de la Industria de la Construcción.
23. Así también deberá presentar:
1) Sociedades Comerciales: todos expedidos por el Registro Público de Comercio o autoridad de contralor:
- Constancia de inscripción de como sociedades nacionales.
- Certificado de vigencia societaria.
- Informe de no estar incurso en pedido de Concurso Preventivo o Quiebra
2) Empresas unipersonales:
- Inscripción en el Registro Público de Comercio, conforme a las disposiciones del Código de Comercio.
- Informe de no estar incurso en pedido de Concurso Preventivo o Quiebra expedido por el Registro de Juicios Universales.
La omisión de los requisitos exigidos en el Sobre Nº 1 tales como los mencionados en 1. Garantía de oferta y el 3. Certificado de Capacidad de Contratación Anual (copia certificada), será causa de rechazo automático de la presentación e impedirá en su caso la apertura del Sobre Nº 2 con la propuesta económica, por la autoridad que presida el acto.
Esta documental se presentará con un Original y una Copia. Cuando se presenten documentales en fotocopias, todas deben estar debidamente certificadas por Juez de ▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Publico Nacional.
Si el oferente diera indicios de las cotizaciones presentadas, en la oferta económica o en sus variantes si existieran, en la documentación presentada en el Sobre Nº 1, será causal de rechazo de la propuesta presentada.
CONTENIDO SOBRE Nº 2
El Sobre Nº 2 – Propuesta económica debe contener el original y Dos (2) copias de la documentación que se detalla a continuación:
1. Formulario de cotización de la Obra. La planilla de la propuesta económica discriminada por ítem, debidamente sellada y firmada por el proponente y el Director Técnico de la empresa, con indicación de los precios unitarios en números y letras, correspondiente a la cotización. En caso de discrepancia entre el original y el duplicado, se tendrá por valido el original.
2. Los análisis de precios de cada uno de los ítems que integran la oferta, con excepción de aquellos cuyo monto no supere el dos por ciento (2%) del monto total de la misma y sin sobrepasar en conjunto el cinco por ciento (5%) de dicho total; los que también deberán estar firmados por el proponente y su Representante Técnico en todas sus fojas.
3. Curva de Inversiones expresada en pesos, elaborada como consecuencia de aplicarle al Plan de Trabajos presentado en el Sobre Nº 1, los valores unitarios y totales cotizados para cada ítem.
La falta de presentación de los elementos señalados precedentemente, implicará la descalificación inmediata de la oferta correspondiente.
Además, en el Sobre Nº 2 se deberá contener los siguientes documentos:
4. Cronograma de Pagos.
5. El Presupuesto desagregado por Item y los análisis de precios o estructura de costo de cada uno de los ítems en soporte digital.
6. Un soporte magnético (CD) con los precios de referencia (según software realizado por el Registro de Contratistas de Obras y Servicios Públicos de la provincia Entre ▇▇▇▇) asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios
o en la estructura de costos, de conformidad a lo establecido en Art 7 del Dcto 2715/16 MPI Y S (Entre ▇▇▇▇).
La omisión de los requisitos exigidos, que no son causales de rechazo automático, podrá ser suplida dentro del término de Cuarenta y Ocho horas (48) hábiles y hasta las dos (2) primeras horas del tercer día, contados a partir de la clausura del Acto Licitatorio haya o no habido impugnación del acto, si la observación hubiera sido deducida en dicho Acto, o en igual termino desde que se intimó al Proponente el cumplimiento de los requisitos faltantes y subsanables. Transcurrido el plazo sin que la omisión haya sido subsanada, será rechazada la Propuesta.
2.8. RECOMENDACIONES
1) Especialmente se solita a los señores proponentes respetar el ordenamiento detallado en el artículo correspondiente ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ General de Condiciones, respecto a la carpeta de documentación (Sobre 1) tanto en el original como en las copias.
2) El proponente que en el período de estudio de las ofertas no diera cumplimiento al suministro de los datos que le sean solicitados por la Administración dentro de los plazos que esta le fije, se considerará que retira su oferta, y de acuerdo con lo especificado en el Artículo 20º de la Ley de Obras Públicas Nº 6351, perderá el depósito de garantía en beneficio de aquella.
3) Los proponentes deberán extremar las medidas a fin de evitar errores numéricos en las operaciones o en su volcado en planilla, que, al ser detectados por la Comisión de Estudio de Propuestas, modifican el precio final de la oferta.
También debe tenerse en cuenta la calidad con la que se detallarán los análisis de precios tal cual lo indican los Pliegos de Condiciones.
Destacase también que la presentación que se realiza, está reflejando en cierto modo, la seriedad con que se ha estudiado la obra a cotizar y el grado de organización técnica -administrativa de la Empresa y por lo tanto pueden servir, estos elementos de juicio, para la selección del futuro adjudicatario.
4) Se sugiere efectuar la visita técnica a fin de observar y relevar información particular de la obra a licitar, cuyos aspectos influyen en ritmos de obra y rendimientos.
2.9. SISTEMA DE REALIZACIÓN DE ESTA OBRA
Se contratará por la modalidad de UNIDAD DE MEDIDA con la aplicación de Decreto Nº 2715 del MPIyS del Gobierno de Entre ▇▇▇▇ que refiere al Régimen Provincial de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública Leyes Nº 6351 y 7495, decreto reglamentario y normas anexas de la Provincia de Entre ▇▇▇▇.
A tal fin el oferente deberá presentar presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total; El análisis de precios o estructura de costo de cada uno de los ítems, desagregados en todos sus componentes, incluyendo cargas sociales y tributarias y los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios o en la estructura de costos de conformidad a lo informado por la Dirección General del
Registro Provincial de Contratistas de Obras y servicios Públicos y variaciones de costos del MPIyS de Entre ▇▇▇▇ y/u otros organismos oficiales aprobados por el Comitente.
2.10. INSPECCIÓN IN SITU – CERTIFICADO DE VISITA
Se sugiere que el representante técnico propuesto realice una inspección de los sitios donde se realizarán los trabajos solicitados de manera tal de interpretar situaciones o configuraciones de la realidad. En caso de existir diferencias, lo deberá contemplar en su propuesta, ya que no se pagarán adicionales.
En ese mismo acto de su visita deberá peticionar el Certificado de Visita de Obra, el que podrá acompañar en su oferta.
Todos los datos técnicos, deberán ser controlados y verificados con antelación en el lugar donde se realizarán los trabajos.
2.11. OFERTA
Se deberá cotizar en Pesos con IVA INCLUIDO y podrá solicitar al comitente un anticipo financiero de hasta 30 % (treinta por ciento). El anticipo se descontará en forma proporcional mes a mes en cada certificado de Obra.
Además, el monto cotizado comprenderá materiales, mano de obra y equipos y herramientas de acuerdo con las Especificaciones Técnicas y las ofrecidas por el Oferente, incluyendo todos los trabajos adicionales y eventuales, lo que significa que no se reconocerán mayores costos.
Se cotizará por ítem según la Planilla de Oferta y se adjudicará por el total de la Obra.
2.12. MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Según el artículo 5º ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Único de Bases y Condiciones del Ente el plazo de mantenimiento de oferta será de 30 (treinta) días corridos. –
2.13. GARANTÍA DE LA OFERTA
Reformulado el Art. 6º, inciso b) ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Único de Bases y Condiciones, la Garantía de adjudicación no se podrá constituir con pagaré a la vista. -
En caso de optar por presentar Póliza de Seguro, la misma deberá estar certificada por Escribano Público.
2.14. VARIABLE DE ADJUDICACIÓN
El Ente se reserva el derecho de aumentar la adjudicación hasta en un 30% del total adjudicado, a los precios cotizados en la Oferta.
2.15. EVALUACIÓN TÉCNICA DE LAS OFERTAS
La evaluación técnica se realizará en función de la documentación técnica incluida en la oferta.
La no presentación de la documentación requerida que no fueron presentadas en la oferta (excepto las de causal ▇▇ ▇▇▇▇▇ inmediato), transcurrido el plazo de Cuarenta y Ocho horas (48) hábiles y hasta las dos (2) primeras horas del tercer día, para su presentación será causal de rechazo de la misma, por parte de la Comisión Evaluadora
El Ente se reserva el derecho de solicitar aclaraciones y la consideración de éstas, únicamente cuando no contengan agregados que signifiquen modificación económica de la oferta.
2.16. ADJUDICACION Y CONTRATO
Ver Artículos Nº 12 y 13 ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Único de Bases y Condiciones del Ente.
Además, en caso de haber solicitado en su oferta anticipo financiero el adjudicatario deberá presentar una garantía por el mismo monto del anticipo, mediante póliza de seguro de caución por el monto señalado, emitida por una compañía de reconocida solvencia, firma certificada por Escribano Público.
2.17. GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN
Reformulado el Art. 6º, inciso b) ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Único de Bases y Condiciones, la Garantía de adjudicación no se podrá constituir con pagaré a la vista. -
En caso de optar por presentar Póliza de Seguro, la misma deberá estar certificada por Escribano Público.
2.18. DOCUMENTOS DEL CONTRATO – ORDEN DE PRELACION
Se Reformula el Art. 15º, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Único de Bases y Condiciones del Ente quedando de la siguiente manera:
Formando parte integrante de todo el contrato y en caso de aparecer discrepancias o contradicciones entre los diferentes documentos contractuales, prevalecerá el criterio fundado de la concreción de la obra tal como se infiere del análisis lógico de su descripción física, los objetivos de la misma y del tiempo normal de utilidad que deberá prestar. Al efecto se aplicará el siguiente criterio:
1. Si hay errores evidentes, estos serán corregidos donde se encuentren
2. Si este procedimiento no es aplicable, los documentos contractuales primaran según el orden asignado a continuación:
a) Contrato
b) Pliego de Condiciones Particulares ▇ ▇▇▇▇▇▇ Complementario de Condiciones del Ente
c) Pliego Único de Bases y Condiciones del Ente.
d) Pliego General de Condiciones y Anexo Decreto Nº 2715 del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios de ER
e) Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares
f) Planos
g) Cómputos
h) Presupuestos
i) Memoria descriptiva
2.19. CONTRATACION DE SEGUROS
1.- Las Empresas Contratistas deberán contratar Seguros en entidades altamente reconocidas de Entre ▇▇▇▇ o Santa Fe, los seguros de caución que constituyan por el cumplimiento de sus obligaciones, como, por ejemplo: Garantía de Oferta, Garantía de cumplimiento de Contrato, Anticipo Financiero, Sustitución de Fondo de Reparo.
2.- Las Empresas contratistas deberán contratar seguro de accidente de trabajo contempladas en la ley 24.557 sobre riesgos de trabajo, cuyo marco conceptual abarca las siguientes contingencias sociales: accidente de trabajo, enfermedad profesional, accidente “in itinere”, asistencia médica y farmacéutica, incapacidades, invalidez, muerte, desempleo- reinserción; seguro de responsabilidad civil como así también cualquier otro que fuera exigido expresamente por la Repartición.
3.- El incumplimiento de dicha obligación o la ▇▇▇▇ en el pago de prima que correspondiera a los seguros contratados, impedirá el perfeccionamiento de órdenes de pago por certificados de obras aprobadas.
Será condición ineludible para proceder al replanteo de la obra, la acreditación por parte del Contratista del cumplimiento de las obligaciones precedentes.
4.- El presente artículo tiene prevalencia y anular cualquier disposición en contrario contenida en este Pliego.
El contratista deberá presentar con 48 hs de anticipación al comienzo del replanteo ante la repartición lo siguiente:
Seguro por accidente de trabajo: contempladas en la Ley 24.557 sobre riesgos de trabajo, cuyo marco conceptual abarca las siguientes contingencias sociales: accidente de trabajo, enfermedad profesional accidente “in intinere”, asistencia médica y farmacéutica, incapacidades, invalidez, muerte, desempleo- reinserción de todo el personal empleador y obreros que se desempeñan en la obra, en forma nominal.
Además, deberá constituir un seguro de idénticas características para todo el personal designado por el Comité para la inspección.
5.- Seguro de responsabilidad civil: por un monto no inferior al veinte por ciento (20%) del valor del presupuesto oficial.
2.20. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El Contratista será responsable por la correcta ejecución de las instalaciones de acuerdo con el contrato y la documentación anexa al mismo. Asimismo, será responsable por cualquier daño que cause a cualquier trabajo ejecutado por otro gremio o a los materiales que le pudieran ser provistos por el Comitente, por defectos o vicios aparentes u ocultos de su instalación o por la actividad de sus obreros. El oferente deberá presentar el seguro de responsabilidad civil contra terceros. -
Los ensayos y pruebas que se realicen y las aprobaciones de buena fe que acuerde la Supervisión de Obra a los trabajos del Contratista, no eximirán a este de su responsabilidad. -
2.21. PLAZO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA
El contratista deberá realizar totalmente los trabajos contratados, dentro del plazo estipulado en su oferta o el estipulado en el Pliego de condiciones particulares o en las Especificaciones Técnicas. Todo plazo de ejecución se entiende contando a partir de la fecha de replanteo o del acta de iniciación de los trabajos, según sea pertinente. La Comisión podrá ampliar el plazo por los días que se justifiquen, que no se haya podido trabajar por lluvias, vientos y otras condiciones climáticas adversas o en aquellas que se haya suspendido el trabajo por causas no imputables al contratista. El contratista será responsable de toda demora en la ejecución de la obra salvo prueba en contrario a cargo del mismo. En caso de que se introdujeran modificaciones de la obra contratadas, que justifiquen una ampliación del plazo, se convendrá el aumento del mismo entre la Comisión y el Contratista.
2.22. REPLANTEO DE LAS OBRA
El replanteo total o parcial será efectuado dentro de los diez (10) días de firmado el contrato o entregada la Orden de Trabajo, debiendo el Contratista o su representante asistir al acto para formalizar las observaciones que sean necesarias, y en caso de que así no lo hiciere, se le dará por expresamente conforme sin lugar a reclamo posterior alguno. Al terminar las operaciones de replanteo, se labrará acta del mismo.
2.23. INICIACION DE LOS TRABAJOS
El contratista deberá iniciar los trabajos dentro de los cinco (5) días siguientes a la primera acta de replanteo. En caso de no ser necesario el replanteo, los trabajos deberán iniciarse dentro de los quince (15) días posteriores a la firma del contrato, o entrega de la orden de trabajo.
2.24. VICIOS DE LA OBRA
Cuando fueren sospechados de vicios no visibles los trabajos realizados, la Comisión podrá ordenar la demolición, desarme o desmontaje y las reconstrucciones
necesarias para cerciorarse dentro de los quince (15) días posteriores a la firma del contrato, o entrega de la orden de trabajo.
2.25. DIVERGENCIAS DURANTE LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS – PLAZO PARA LA PRESENTACION DE RECLAMACIONES O SOLICITUDES
En caso de divergencias entre la inspección y el contratista, éste podrá reclamar ante la Repartición. En ningún caso el Contratista podrá suspender los trabajos, ni aun parcialmente, fundado en divergencias con la inspección.
Las reclamaciones o pedidos del Contratista para cuyas presentaciones no se establezcan expresamente plazos en otras partes de este pliego o en la Ley de Obra Pública (ER) y su Reglamentación, deberán ser presentadas dentro de los cinco (5) días corridos de producido el hecho que las motiven, debiendo luego justificar el detalle y monto de aquellas, dentro del plazo de treinta (30) días corridos computados a partir del vencimiento del primer término. Vencidos dichos plazos o algunos de ellos, el Contratista perderá el derecho a formular el reclamo.
2.26. ANALISIS DETALLADO DE LOS PRECIOS UNITARIOS COTIZADOS POR LOS PROPONENTES
En el acto de la licitación, lo proponentes deberán acompañar sus propuestas con los análisis de precios de cada uno de los ítems que integrar la oferta, con excepción de aquellos cuyos montos no supere el dos por ciento (2%) del monto total de la misma, y sin sobre pasar el conjunto el cinco por ciento (5%) de dicho total; lo que incluirá en el Sobre Nº 2.
La eventual inadecuación de los datos contenidos en los análisis de precios, elaborados según lo que se establece a continuación con respecto a las cantidades o proporciones de mano de obra, equipos, etc., que demanda la ejecución de los trabajos conforme a las especificaciones del proyecto, no justificarán modificación alguna en los precios unitarios del contrato.
El incumplimiento de establecido en el presente artículo faculta al ENTE para disponer el rechazo de la propuesta.
Los análisis de precios deberán ser confeccionados respondiendo a las NORMAS MODELOS que se anexan en el presente legajo.
MODELO
I. Encabezamiento donde se detalle: Título y tipo de Obra, Jornales básicos, Mejoras Sociales, etc.
II. Análisis correspondiente a cada uno de los trabajadores y Materiales que componen la obra.
a) MATERIALES COMERCIALES
ITEM TIPO: Material
Costro sobre camión o vagón en: (Origen) = $/u Transporte con Ferrocarril: (Detallar)
= $/u
Transporte con camión:
km x $/km = $/u Incidencia por cruce en balsa, túnel, etc… = $/u Incidencia por manipuleo y acopio = $/u
Suma = $/u
Adoptado = $/u
Pérdidas % = $/u Total = $/u
b) ITEM TIPO HORMIGONES
ITEM TIPO: Hormigón
1) MATERIALES | ||||||
Cemento |
| t/m3 x |
| $/t | = | $/m3 |
Agregado Fino |
| m3/m3 x |
| $/m3 | = | $/m3 |
Agregado Grueso |
| m3/m3 x |
| $/m3 | = | $/m3 |
Agua |
| m3/m3 x |
| $/m3 | = | $/m3 |
Madera |
| m3/m3 x |
| $/m3 | = | $/m3 |
Clavos y Alambres |
| kg/m3 x |
| $/kg | = | $/m3 |
Otros |
| x |
| $ | = | $/m3 |
2) MANO DE OBRA
Elaboración, Hormigonado, etc
Suma Materiales = $/m3
Oficial
Ayudante
h/m3 x h/m3 x
$/h = $/m3
$/h = $/m3
Encofrado, Desencofrado, etc
Oficial
Ayudante
h/m3 x h/m3 x
$/h = $/m3
$/h = $/m3
Suma M.O. = $/m3
Vigilancia
% = $/m3
Incidencia por equipo, combustibles y herramientas menores
= $/m3
Suma anteriores = $/m3
Suma de 1) y 2) $/m3 +
G. Generales y otros. G Indirectos
$/m3 = $/m3
% $ S/X = $/m3 P = $/m3
Beneficios 10% S/P = $/m3
= $/m3
Adoptado
Q = $/m3 IVA % S/Q = $/m3 Costo del Item = $/m3
c) ITEM TIPO MOVIMIENTO DE SUELOS
ITEM TIPO: Movimiento de Suelo
Equipo
Z HP Y $
Rendimiento
R
m3/d
Amortización e intereses | = | $/d | |||
Reparación y Combustibles | |||||
Gasoil: l/HP h x | kg/m3 x |
| $/l | = | $/d |
Nafta: l/HP h x | kg/m3 x |
| $/l | = | $/d |
Lubricantes | |||||
2) MANO DE OBRA | |||||
Oficial | x |
| $/d | = | $/d |
Ayudante | x |
| $/d | = | $/d |
Suma M.O. | = | $/d | |||
Vigilancia
% = $/m3
Costo Diario = $/d
Costo por m3 = Costo díario / R = X $/m3
G. Generales y otros. G Indirectos
% $ S/X = $/m3 P = $/m3
Beneficios 10% S/P = $/m3
= $/m3
Adoptado
Q = $/m3 IVA % S/Q = $/m3 Costo del Item = $/m3
Los gastos generales se deberán discriminar según el siguiente detalle:
GASTOS GENERALES
Costo / Mes
1) DIRECTOS
1.1) QUE DEPENDEN DEL PLAZO DE OBRA
a) Dirección, Conducción y Administración de Obra
Jefe de Obra Capataces Etc
b) Servicios
Telefono
Energia Electrica
c) Gastos operativos
Medicamentos
Elementos de limpieza Etc
d) ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y estadia
Peaje Pasajes Etc
e) Costo de móviles asignado a las obras
Camioneta Automovil Etc
g) Alquiler mensual de equipos
h) Otros
Sub total | |
Numero de meses | |
TOTAL (1) y (2) |
P. Unitario | Cant. | % Amort. | Sub Total |
1.2) QUE NO DEPENDEN DEL PLAZO DE OBRA
a) Infraestructura
Letrero de obra Galpones
Casilla de oficina Etc
b) Equipos
Laboratorio Topografía Etc
c) Herramientas
Carretilla Palas
Etc
d) Otros
TOTAL (7)
GASTOS GENERALES (CONT.)
P. Unitario | Cant. | Sub Total |
2) NO AMORTIZABLES
a) Infraestructura no utilizables
Estanterias
Vajillas/mobiliarios de cocina Etc
b) Movilidad y Estadía
Limpieza de terreno y Prep. ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Desmonte ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇
Etc
c) Fletes
c) Fletes
Fletes equipo de montaje Fletes equipo pesado
Etc
Fletes equipo de montaje Fletes equipo pesado
Etc
d) Estudios y Ensayos
Topografía y Agrimensura Ensayo de suelo
Ensayo de hormigones Etc
e) Asesoramiento
Legal y Escribania Impositivo Económico Técnico
Seguridad Indistrial e Higiene Etc
f) Sellados, Seguros, Multas, Derechos y Garantías
Sellado contrato de obra Seguro accidentes de trabajo Derechos Municipales
Póliza caución para garantía de Ejecución Etc
d) Otros
TOTAL (11)
P. Unitario | Cant. | Sub Total |
3) PROVISIÓN A LA INSPECCIÓN/ADMINISTRACIÓN
a) Equipamiento de Oficina
Escritorio Computadora Etc
b) Movilidad
d) Otros
Camioneta Automovil Etc
TOTAL (15)
Gasto Total (%) = (3+7+11+15) / Costo Total de la obra (sin CR)
2.27. RECONOCIMIENTO DE GASTOS DIRECTOS IMPRODUCTIVOS
1º) Las erogaciones que resultan improductivas debida a paralizaciones totales o parciales o por la reducción del ritmo de ejecución de la Obra por hechos imputables a la Administración, contempladas por el Artículo 42º de la Ley de Obras Públicas Nº 6351 y Decreto Nº 958/59- S.O.y.S.P., se reconocerán de acuerdo al régimen que a continuación se establece.
En todos los casos las reglamentaciones deberán formularse por escrito dentro de un plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días hábiles administrativos de producido el hecho o evento perjudicial.
No se reconocerán aquellas erogaciones y/o perjuicios ocasionados por culpa del Contratista, falta de medios o errores en las operaciones que le sean imputables.
Los daños, perdidas y averías originados en casos fortuitos o de fuerza mayor, a que se refiere en el Artículo 32º y el segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Nº 6351 se indemnizaran como se especifica en el apartado 4º del presente Artículo.
2º) Cuando los daños, perdidas y ▇▇▇▇▇▇▇ reclamados consisten en las mayores erogaciones en que haya debido incurrir en contratista por paralizaciones o disminución del ritmo de las obras encuadradas en el Artículo 42º de la Ley Nº 6351, en el monto del resarcimiento será fijado de acuerdo a la siguiente formula:
𝐼 = 𝑘1 ∗ 𝑘2 ∗ 𝐺 ∗ (𝑀 − 𝑀1)
Donde:
I = indemnización básica
K1 = relación entre los valores del jornal obrero ayudante durante el período de perturbación y a la fecha de licitación.
K2 = Coeficiente de acuerdo a la duración del periodo de perturbación, conforme a las siguientes escalas.
Para obras que requieran equipos de poca importancia o no requieran (Obras de Arquitectura, Energía, Telecomunicaciones, Obras sanitarias, Obras de Arte, Alumbrado, etc.)
Hasta 1 mes | 0.50 |
Entre 1 mes y 3 meses | 1.00 |
Entre 3 y 6 meses | 0.87 |
Entre 6 y 9 meses | 0.74 |
Entre 9 y 12 meses | 0.68 |
Mayor de 12 meses | 0.50 |
Para obras que requieran equipos importantes (Pavimentos, bases, terraplenes, grandes puentes)
Hasta 1 mes | 0.81 |
Entre 1 mes y 3 meses | 1.00 |
Entre 3 y 6 meses | 0.90 |
Entre 6 y 9 meses | 0.87 |
Entre 9 y 12 meses | 0.85 |
Mayor de 12 meses | 0.83 |
G = Coeficiente de incidencia de los gastos indemnizables cuyo valor sigue a continuación
A los efectos de determinar el valor de G que corresponda aplicar, según el monto del contrato se dividirá el mismo por el importe del jornal básico ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – ayudante del gremio de la construcción vigente a la fecha de la licitación.
G %
Tipo de Obra | Monto del contrato de jornales | ||
Hasta 30.000 | Más de 30.000 Hasta 500.000 | Más de 500.000 | |
Que requiere equipo de escasa importancia o ninguna | 6.5 | 6 | 5 |
Bases para pavimentos y pavimentos | 9.0 | 8.5 | 7.5 |
M:
Caso a – Cuando exista plan de inversiones cubriendo el lapso de perturbación. Estará determinado por el importe previsto a ejecutar en el periodo de perturbación, Según plan de inversiones presentado por el oferente.
Caso b – si el periodo d perturbación sobrepasa el abarcado por el plan d inversiones O bien si este último no existe.
Estará determinado por el importe que resulte de la siguiente proporción lineal:
MP P
Siendo:
M: Monto del contrato
L: Periodo de perturbación (desde el comienzo hasta la terminación de la causa) P: Plazo original de la obra.
M1: Monto de obra que debe ejecutarse de acuerdo al plan de inversiones. Según la prorroga otorgada.
El reajuste se efectuará una vez terminada la causa de perturbación. En tal oportunidad se deberá proceder a actualizar el plan de inversiones, acorde con la prórroga concedida.
La indemnización básica constituirá el monto de reconocimiento por paralización o disminución del ritmo que no motiven ampliación de plazo mayor del 100% del original pactado. Pasado ese lapso se reconocerá solamente el 80 % de esos importes hasta prorrogas acumuladas que no superen dos veces el plazo original del contrato.
Para obras con plazo original de contratos menores de un año, se le considerara para tal fin como de un año.
Para el caso de las obras que no han tenido principios de ejecución las indemnizaciones se reducirán al 30% de lo que correspondería de acuerdo con lo arriba indicado.
Se entenderá por obra que no han tenido principio de ejecución aquellas que desde el replanteo hasta el comienzo del periodo de perturbación no se hubiese alcanzado a realizar trabajos por igual o mayor al 5% de la inversión contemplada por el plan de obra por el mismo lapso. No se tomarán en cuenta las sumas que representan el acopio d materiales.
Para las obras que requieran equipo de importancia significativa, en los casos que durante el periodo de perturbación no tuviese en obra la totalidad del equipo denunciado por el Contratista en su propuesta y aceptado por la repartición contratante o estándolo sea retirado total o parcialmente , el valor básico de G sufrirá una disminución dada por el producto de 0.07 por la relación del costo del equipo faltante en obra durante el periodo de perturbación y el del equipo denunciado, ambos calculados para la fecha en que se produzca la perturbación sobre la base de los precios de plaza para maquinas nuevas.
3º) Será aplicado al valor de G de la escala que corresponda al tipo de obra que predomina en el plan de obras aprobado, durante el periodo de perturbación.
4º) Cuando los daños y perjuicios reclamados consisten en la pérdida total o parcial de la obra realizada o de los materiales o elementos en ella utilizados el resarcimiento se practicará por valuación directa de los mismos, de acuerdo en lo posible a los precios agregados a la propuesta o consecuencia inmediata de la misma.
Recibida la reclamación del Contratista, la inspección tras constatar el hecho y labrar acta respecto de los perjuicios y daños observados, se fijará el término dentro del cual el reclamante debe detallar e inventariar los daños sufridos y estimar su monto. De no hacerlo así en el plazo fijado perderá el derecho a toda compensación.
5º) En ningún caso se indemnizará el lucro cesante, ni se pagarán beneficios sobre el importe de las inversiones o gastos hechos por el Contratista y que deban reintegrarse al mismo en virtud de los resarcimientos previstos en el presente régimen.
2.28. REGIMEN DE MULTAS
Se Reformula el Art. 27º, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Único de Bases y Condiciones del Ente quedando de la siguiente manera:
I.- ▇▇▇▇ en la ejecución de los trabajos:
a) Cuando la ▇▇▇▇ fuera sobre el plazo de terminación, el Contratista abonará en concepto de multa, los porcentajes que a continuación se detallan, tomados sobre el monto de obra no ejecutada, adicionándose los gastos de inspección.
La liquidación se hará en forma mensual y acumulativa, a saber:
Porcentaje de atraso respecto al plazo contratado (%) | % de multas |
0 a 5 | 1 |
6 a 10 | 3 |
11 a 15 | 6 |
16 a 20 | 8 |
21 a 25 | 10 |
Estas multas tendrán siempre carácter definitivo y darán motivo en caso de alcanzar al tope del, 10 % del monto contractual a la rescisión del contrato, conforme se prevé en el Articulo 31 y 73 inciso f) de la Ley de Obras Publicas Nº 6351.
b) Por otra parte, cuando el monto total de certificación no alcanza el ochenta y cinco por ciento (85%) de las previsiones del Plan de Trabajo e Inversiones aprobado, para la fecha de certificación, el Contratista abonara en concepto de multa a partir del primer certificado subsiguiente a aquel que causa de déficit de ejecución, los importes que se indican:
- Durante las dos (2) primeras semanas por cada semana el diez por mil (10 0/00) del monto contractual correspondiente al déficit que acuse la certificación en el que se aplique la multa, respecto al plan de trabajos aprobados.
- Durante las semanas subsiguientes se aplicará el veinte por mil (20 0/00) del mismo Valor.
Estas penalidades por incumplimiento del plan de Trabajos e Inversiones tendrán carácter provisorio.
Su monto total será reintegrado al Contratista con el primer certificado en el cual el monto acumulado de obra ejecutada iguale o supere las previstas por el Plan de Trabajo e Inversiones. En el caso en que las obras no se encuentren totalmente terminadas dentro del plazo aprobado para su ejecución total, las penalidades que a esa fecha se hubiera aplicado adquirirán carácter definitivo y se adicionaran a las que corresponda aplicar por vencimiento de plazos y gastos de inspección.
En caso que corresponda devolución de multas, dicha devolución no generará pago de intereses.
A efectos de la aplicación de a) y b) se define como “Monto o importe contractual” al que se resulte, según las dos posibilidades que se detallan a continuación:
- Esta en vigencia el contrato primitivo: en este caso, por el cual no hay modificaciones de obras aprobadas, será el importe total o parcial del Contrato (parcial si existe plazos diferentes según grupos de ítem).
- Hay modificaciones de obra aprobadas: Difiere del procedimiento indicado en a) solamente en lo siguiente: En lugar del importe contrato primitivo se
tomará el monto del rubro “Obras a ejecutar” de la última modificación de obra aprobada. De esta manera quedan contemplados, si existieran, ítem con distintos orígenes.
En ambos casos a) y b) no tendrá en cuenta los importes certificados en concepto de adelantos por acopios de materiales
c) Cuando el pliego de condiciones particulares establezca plazos parciales y expirasen estos sin quedar terminados los trabajos que correspondan, el Contratista será pasible de la aplicación de los siguientes porcentajes en concepto de multas, los que se calcularan sobre los importes contractuales de los trabajos correspondientes a cada uno de plazos vencidos:
- Durante las primeras cuatro (4) semanas 3 o/oo (tres por mil) por cada semana o fracción
- Durante las cuatro (4) semanas subsiguientes 5 o/oo (cinco por mil) por cada semana de fracción.
- Durante las ocho (8) semanas subsiguientes 6 o/oo (cinco por mil) por cada semana de fracción.
- Durante las semanas subsiguientes 7 o/oo (cinco por mil) por cada semana de fracción.
Los importes de las multas se descontarán a partir del primer certificado que se emita y en todos los casos que se emitan posteriormente, hasta la entrega de los trabajos correspondientes a los plazos vencidos. Los importes descontados no serán reintegrables.
Cuando el monto liquido del Certificado no alcanzase a cubrir el monto a descontar en concepto de multa, se descontará el mismo sobre las garantías constituidas. En este caso el Contratista pagará además los gastos de inspección producidos durante la misma.
II.-Ausencia del Contratista o del representa Técnico:
Toda ausencia en la Obra del Contratista o de su representante Técnico que no obedezca a razones justificadas a juicio de la Repartición, dará motivo a la aplicación de las siguientes penalidades por día de ausencia:
- ARQUITECTO – INGENIERO en CONSTRUCCIONES – INGENIERO
CIVIL- El monto equivalente a quince (15) jornales obreros.
- MAESTRO MAYOR DE OBRA – TÉCNICOS. El monto equivalente a siete
(7) jornales obreros.
Se tomará a los fines antes citados, el jornal para el oficial especializado de la INDUSTRIA DE LA CONSTRUCIÓN, vigente a la fecha de producida la ausencia.
III.- Suspensión injustificadas del trabajo
Cuando el contratista interrumpa o suspenda los trabajos injustificadamente a juicio de la Repartición por un periodo de OCHO (8) días corridos o mayor, se hará posible a una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de los trabajos previos a realizar en dicho periodo.
IV.-Penalidades por incumplimiento de órdenes de Servicios y falta de señalamiento diurno u nocturno.
El incumplimiento de Órdenes de Servicios y falta de señalamiento diurno y nocturno motivará una multa equivalente a TREINTA (30) jornales obreros por la primera orden incumplida a partir de la cual la falta de cumplimiento de las Órdenes de Servicios motivará la sucesiva duplicación de los montos a aplicar.
Se tomará a los fines citados al jornal básico para el Oficial Especializado de la INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION vigente a la fecha de producida la inobservancia de la Orden de Servicio.
Siempre que se emita una Orden de Servicio para intimar a la empresa, deberá expresar en la misma la fecha del plazo del cumplimiento.
2.29. AMPLIACION DE PLAZO DE EJECCION POR CAUSAS DE LLUVIA
El Contratista deberá considerar, al elaborar su propuesta, los días que se verá afectada la marcha de la obra por las lluvias consideradas normales. A los efectos recabará del ORGANISMO correspondiente los días de lluvias acaecidas durante los seis años calendario anteriores al año correspondiente a la presente Licitación, o lo que llamaremos Registro de Lluvias.
A partir de ese registro se deducirán los promedios mensuales de las precipitaciones, valores estos que se consideran normales y que el Oferente tendrá en cuenta al preparar su Plan de Trabajos.
La aplicación del Plazo de Ejecución de la obra por causas de lluvias se justificará cuando las lluvias caídas sobrepasen, ya sea en milímetros caídos y/o en número de días de precipitación, a los promedios trimestrales considerados normales y se calculará de acuerdo a lo siguiente:
1. Se tomarán lapsos trimestrales calendarios a partir de la fecha de Replanteo en Obra.
2. Se sumarán los milímetros de lluvias caídas en los meses del trimestre considerado, que han ocurrido en los seis (6) años que constan en el Registro de Lluvias. Esta suma se dividirá por seis (6) con lo que se obtiene el “PROMEDIO DE MILIMETROS CAIDOS EN EL LAPSO” (PMML).
3. Se sumarán las cantidades de días de precipitaciones ocurridas en el trimestre considerado en los seis (6) años que constan en el Registro de Lluvias. Esta suma se dividirá por seis (6) años obteniéndose así el “PROMEDIO DE DIAS DE LLUVIAS DEL LAPSO (PDL).
4. El promedio de milímetros caídos por día en el trimestre que se considera normal será:
𝑃𝑀𝑀𝐿
𝑃𝐷𝐿 = 𝑝 𝑚𝑚/𝑑𝑖𝑎
La fracción de mes que resulte desde la fecha de Replanteo de Obra hasta el fin de dicho mes se agregara al primer trimestre de la obra por lo que el primer lapso resultara de tres meses y fracción.
Cálculo de los días de Ampliación
Al transcurrir un trimestre de Obra, teniendo los datos necesarios de la lluvia caída y el número de los días de precipitaciones ocurridos pueden presentarse cuatro (4) casos.
- CASO A
Lluvia caída (en mm) en el trimestre de obra MMC >PMML Nº de días de lluvias en el trimestre de obra Nº D > PDL Entonces se hará:
𝑀𝑀. 𝐶 − 𝑃. 𝑀𝑀. 𝐿
= "a" días de prórroga
𝑃
𝑁º 𝐷 – 𝑃. 𝐷. 𝐿 = “𝑏” 𝑑í𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑝𝑟ó𝑟𝑟𝑜𝑔𝑎
Total, de días de prorroga: a + b
- CASO B
Lluvia caída (en mm) en el trimestre de obra MMC > PMML Nº de días de lluvias en el trimestre de obra NºD < = PDL Entonces se hará:
𝑀𝑀. 𝐶 − 𝑃. 𝑀𝑀. 𝐿
𝑃 = "a" días de prórroga
Total, de días de prorroga: a
- CASO C
Lluvia caída (en mm) en el trimestre de obra MMC < = PMML Nº de días de lluvias en el trimestre de obra NºD > PDL Entonces se hará:
𝑁º 𝐷 – 𝑃. 𝐷. 𝐿 = “𝑏” 𝑑í𝑎𝑠 𝑑𝑒 𝑝𝑟ó𝑟𝑟𝑜𝑔𝑎
Total, de días de prorroga: b
- CASO D
Lluvia caída (en mm) en el trimestre de obra MMC < = PMML Nº de días de lluvias en el trimestre de obra NºD < = PDL
No corresponde ampliación de plazo por no existir lluvia extraordinaria.
Ejemplo de Aplicación
Supongamos el siguiente Registro de Lluvias de los seis (6) años calendarios anteriores al correspondiente a la obra.
Año | Enero | Feb | Marzo | ▇▇▇▇▇ | ▇▇▇▇ | ▇▇▇▇▇ | ▇▇▇▇▇ | ▇▇▇▇ | Sept | Oct | Nov | Dic |
70 | 136 | 327 | 140 | 55 | 61 | 64 | 54 | 14 | 82 | 126 | 98 | 86 |
4 | 12 | 3 | 3 | 6 | 7 | 5 | 2 | 9 | 4 | 4 | 5 | |
71 | 56 | 316 | 23 | 40 | 33 | 6 | 63 | 34 | 82 | 71 | 60 | 81 |
3 | 5 | 1 | 2 | 3 | 2 | 2 | 4 | 4 | 5 | 6 | 4 | |
72 | 44 | 192 | 4 | 62 | 136 | 187 | 37 | 30 | 140 | 154 | 108 | 41 |
4 | 8 | 1 | 5 | 4 | 7 | 4 | 3 | 6 | 3 | 2 | 8 | |
73 | 37 | 114 | 15 | 46 | 208 | 25 | 9 | 81 | 25 | 29 | 94 | 58 |
2 | 5 | 2 | 3 | 6 | 1 | 2 | 3 | 2 | 3 | 3 | 4 | |
74 | 52 | 145 | 115 | 120 | 50 | 47 | 32 | 15 | 42 | 32 | 125 | 102 |
1 | 5 | 4 | 3 | 2 | 5 | 2 | 1 | 2 | 8 | 7 | 4 | |
75 | 107 | 184 | 156 | 180 | 122 | 34 | 117 | 109 | 111 | 146 | 412 | 268 |
5 | 11 | 4 | 10 | 2 | 2 | 7 | 7 | 5 | 9 | 12 | 7 |
Considerando el trimestre Julio, agosto, y septiembre tomamos del Registro de Lluvias los valores de milímetros caídos.
Julio: 54 + 63 + 37 + 9 + 32 + 117 = 312 mm.
Agosto: 14 + 34 + 30 + 81 + 15 + 109 = 283 mm.
Septiembre: 82 +82 + 140 + 25 + 42 + 111 = 482 mm.
Suma de anteriores: 1077 mm.
El promedio de milímetros caídos en el lapso (P.MM.L) será:
1977𝑚𝑚
𝑃. 𝑀𝑀. 𝐿 = 6 = 179,50 𝑚𝑚
Y tomando la cantidad de días de lluvias tendremos:
Julio: 5 + 2 + 4 + 2 + 2 +7 = 22 días
Agosto: 2 + 4 + 3 + 3 +1 + 7 = 20 días
Septiembre: 9 + 4 + 6 + 2 + 2 + 5 = 28 días Suma de anteriores: 70 días
Con los valores precedentes obtenemos el promedio de días de lluvias en el lapso.
70𝑑𝑖𝑎𝑠
𝑃. 𝐷. 𝐿 = 6 = 11,70 𝑑í𝑎𝑠
Y el promedio de milímetros de lluvias caídos por día (P) será:
𝑃. 𝑀𝑀. 𝐿 179,50𝑚𝑚
𝑃 =
𝑃. 𝐷. 𝐿 = 11,70𝑑í𝑎𝑠 = 15,30 𝑚𝑚/𝑑í𝑎
Supongamos que en la obra en el trimestre Julio, agosto y septiembre ha llovido:
Julio: 80 mm en 7 días
Agosto: 120 mm en 10 días
Septiembre: 75 mm en 6 días
Suma de anteriores: 275 mm en 23 días
Por lo tanto, siendo:
275 mm > 179.5 mm
23 días > 11.7 días
Corresponde al caso A se calcula:
a = 275 mm – 179.5 mm = 6.24 días
15.3 mm/día
b = 23 días – 11.7 días = 11.30 días
Total, a + b = 6.24 días + 11.30 días = 17.54 días = 18 días Aplicación del plazo por el trimestre Julio, agosto y septiembre dieciocho (18) días.
2.30. OBRAS OCULTAS
El contratista deberá solicitar en tiempo oportuno la aprobación de las obras cuya calidad y cantidad no pueden ser comprobadas posteriormente, por tratarse de trabajos que deban quedar ocultos.
2.31. RECEPCION PROVISORIA
Terminadas las obras, siempre que no hubiere observaciones por parte de la Inspección, la Comisión extenderá, a pedido del contratista, el Acta de recepción provisoria donde deberá dejarse constancia de las condiciones de los trabajos, fecha de terminación y demás observaciones que se estimen necesarias, consignándose las correcciones que resulten necesario efectuar y el plazo acordado al efecto.
2.32. RECEPCION DEFINITIVA
Vencido el plazo de garantía (365 DIAS), siempre que no hubiese algún defecto en la construcción a solucionar, tendrá lugar la recepción definitiva, previa comprobación del buen estado de las obras, labrándose al efecto el acta de recepción correspondiente.
2.33. PAGO:
El Ente abonará los Certificados de Obra y Certificado de Redeterminación provisoria en forma mensual, de obra ejecutada, cuyo certificado detallado, deberá ser coincidente con la planilla de cotización. –Del importe de cada Certificado, se deducirá el cinco por ciento (5%) como FONDO DE REPARO que se retendrá hasta la Recepción Definitiva, con la finalidad de constituirse en garantía por la correcta ejecución de los trabajos y para las reparaciones que fuesen necesarios cuando el Contratista no las ejecutase al ser ordenadas.
Las referidas deducciones podrán ser sustituidas por los mismos medios enumerados en el Artículo 2.13 para la Garantía de oferta.
El pago se gestionará mediante la presentación en Mesa de Entradas del Ente, de la factura correspondiente.
En ningún caso se podrá solicitar descuento por pago contra entrega en un plazo menor al de Mantenimiento de Oferta.
El plazo para el pago será ▇▇ ▇▇▇▇ (10) días hábiles administrativos y comenzará a contarse a partir de la fecha de recepción en Mesa de Entradas del Ente, de la documentación antes citada.
Demolición de calzadas de hormigón
Los trabajos de Demolición de Calzadas de Hormigón se pagarán en m2.
Para certificar un sector deberá haberse completado todas las tareas indicadas.
Está incluido en el costo de este ítem la provisión de todos los materiales, equipos y su mantenimiento, herramientas, mano de obra, señalización, así como todo otro insumo o tarea necesaria para llevar a cabo lo establecido y especificado precedentemente, según los planos y pliegos de la presente obra.
Subrasante
Estos trabajos no se medirán ni recibirán pago directo alguno estando su costo incluido en el precio del ítem de la capa inmediatamente superior. Esto será así aun en el caso que se requiera efectuar la extracción de hasta los 0.30 m superiores y su posterior recolocación y compactación indicados en B.VII.2.1
Base de suelo-cemento
La construcción de la base de suelo cemento se pagará al precio unitario de contrato para el ítem “base de suelo cemento”. Este precio será compensación total por el acondicionamiento de la superficie de apoyo, provisión, carga, transporte y descarga de los suelos, cemento Pórtland, materiales para riego de curado, agua, elaboración, mezclado, transporte, obra, equipos y herramientas, señalamientos, desvíos, conservación y por toda otra tarea necesaria para la correcta terminación de la obra según lo especificado.
Colocación ▇▇ ▇▇▇▇▇ de PVC
La colocación ▇▇ ▇▇▇▇▇ de PVC se pagará al precio unitario de contrato para el ítem “Colocación ▇▇ ▇▇▇▇▇ de PVC”. Este precio será compensación total por la provisión, carga, transporte y descarga de los materiales necesarios, equipos y herramientas, señalamientos, desvíos, demolición, obra, transporte, reconstrucción y conservación de sectores intervenidos y por toda otra tarea necesaria para la correcta terminación del ítem.
Base de hormigón H8 y carpeta de rodamiento de hormigón simple H30 con fibras
La construcción de la base de hormigón H-8 y calzada de hormigón H-30 se pagará al precio unitario de contrato para los ítems “Base de hormigón H-8” y “Carpeta de Rodamiento de hormigón simple H-30”. Este precio será compensación total por el acondicionamiento de la superficie de apoyo, provisión, carga, transporte y descarga de los agregados pétreos, cemento Pórtland, aditivos, materiales de curado, materiales para juntas, acero común y especial, agua; elaboración, mezclado, transporte, obra, equipos y herramientas, señalamientos, desvíos, demolición, transporte y
reconstrucción de las losas rechazadas corrección de defectos constructivos, conservación y por toda otra tarea necesaria para la correcta terminación de la obra según lo especificado.
Sellado de juntas
La ejecución del sellado de juntas se pagará al precio unitario de contrato para el ítem “Sellado de juntas”. Este precio será compensación total por los trabajos necesarios que aseguren la correcta colocación y mantenimiento.
2.34. ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN
EL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL DE ENTRE ▇▇▇▇ a través de la Resolución Nº 2130/91- MGJOySP del 28 de noviembre de 1991 a dispuesto en su Artículo 7º, la aplicación de la Resolución Nº585/91 del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Nación, para reconocer la compensación financiera por el plazo de pago previsto en los distintos contratos y de acuerdo a lo previsto en el Artículo 5º del Decreto Nº 941/91.- “Derogado por Decreto Nº 288/07 MGJEOySP”. -
La presente obra tendrá una Estructura de Ponderación de los Insumos Principales que será acordada con la inspección de obras del Ente de acuerdo a modelos existentes en la materia. Para el caso de que no se determine una Estructura de Ponderación, regirá la siguiente referida a “puentes” extraída de pliegos de Vialidad Provincial de Entre ▇▇▇▇.
INSUMOS | Camino | Tabla DNV Nº |
Mano de Obra | 0,34 | 96 |
Equipo - Amortización de
equipo Asfaltos - Combustibles y
0,08 70
lubricantes | ||
Transportes | 0,02 | 68 |
Aceros - Hierro Aleado | 0,12 | 11 |
Cemento | 0,06 | 7 |
Costo financiero | 0,03 | 105 |
Gastos generales | 0,09 | 71 |
1,00 | ||
0,26 69
2.35. FORMA DE MEDICIÓN
Se medirá por metro cuadrado (m2) de losas reparadas y por metro lineal (ml) de sellado de juntas y colocación de cañería de PVC.
2.36. ENERGÍA ELÉCTRICA
El Ente proveerá de energía eléctrica en los sectores en que se cuente con red cercana, previa solicitud con la debida anticipación (24 horas). En los restantes sectores será el contratista quien deba considerar el abastecimiento con equipos electrógenos propios.
2.37. HORARIOS DE TRABAJO
Los trabajos se desarrollarán por parte del Contratista, en días hábiles, en horario de 7:00 hs a 16:00 hs. Como excepción, las losas identificadas como 9 a 14 se pudiesen ejecutar en jornadas ininterrumpidas (24hs) por contemplar la afectación al tránsito y complejidad de desvíos.
2.38. INSPECCIÓN DE OBRAS
El Ente inspeccionará los trabajos a través del Inspector de Obras que designe la Dirección Técnica.
2.39. REPRESENTANTE TÉCNICO
La Empresa contratada, funcionará bajo la supervisión y responsabilidad técnica de un Representante Técnico con título habilitante, certificado por el Colegio de Ingenieros Civiles de la Provincia de Entre ▇▇▇▇ o Santa Fe. Es el representante de la Empresa contratista, encargado de los servicios prestados, por lo que deberá estar presente de manera PERMANENTE en obra en todo momento en que se ejecuten trabajos.
El Representante Técnico deberá acreditar el título de Ingeniero Civil o carrera afin, documentar experiencia previa en trabajos similares y deberá realizar una visita al lugar de los trabajos.
2.40. ORDENES DE SERVICIOS
El Inspector de Obras podrá emitir Ordenes de Servicios, cuando lo crea conveniente.
Toda Orden de Servicios, deberá ser recibida y firmada por el Contratista a través de su Representante Técnico, en el momento de la presentación.
2.41. MATERIALES, MANO DE OBRA Y HERRAMIENTAS
El Contratista deberá proveer el hormigón, hierro, cemento, suelo, sellador de juntas y todos los materiales necesarios, además de la mano de obra, las maquinarias y herramientas necesarias para realizar los trabajos de reparación de losas y sellado de juntas.
2.42. SEGURIDAD, HIGIENE Y ACCIDENTES DE TRABAJO
El Contratista está obligado a dar cumplimiento a todas las disposiciones de las Leyes de Accidentes de Trabajo y de Seguridad e Higiene y sus Reglamentaciones y todas aquellas disposiciones que sobre el particular se dicten en el futuro.
Deberá presentar, previo a la firma del contrato, de acuerdo a las Leyes N° 24557 y N° 19587, al Decreto Reglamentario 911/96, las Resoluciones 231/96, 51/97, 35/98, 319/99 y demás resoluciones de la S.R.T. lo siguiente:
• Certificado de afiliación y listado del personal emitido por la ART.
• Certificado de NO ACCIÓN hacia el Ente emitido por la ART.
• Comprobante de pago de la ART (Formulario AFIP 931 o equivalente). Repetir en forma mensual dependiendo de la duración de los trabajos.
• Copia del aviso de INICIO DE OBRA con sello de la ART.
• Programa de Seguridad APROBADO por la ART, según Decreto 911/96 y Resolución 231/96, 51/97, 35/98 ó 319/99.
• Listado de equipos y vehículos intervinientes en la obra con su correspondiente seguro.
• Seguro de responsabilidad civil por un monto no inferior al veinte por ciento (20%) del valor del presupuesto oficial.
2.43. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS
Domicilio del Ente:
El Ente tiene domicilio legal en Avda. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ N° 3208 – Paraná – C.P.
3100, Provincia de Entre ▇▇▇▇.
Dirección Postal: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇ (▇▇▇▇) ▇▇▇▇▇▇.
Sólo se considerarán válidas, durante la licitación, las Comunicaciones y Notificaciones hechas en dicho domicilio.
Domicilio del Oferente:
En el momento de obtener el Pliego de la web: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, el interesado constituirá un domicilio donde se le efectuarán todas las comunicaciones a que hubiera lugar hasta la fecha de apertura de la licitación.
Cambios de Domicilio:
El cambio de los domicilios de ambas partes surtirá efectos a partir de su notificación fehaciente, pero siempre deberán estar constituidos según lo indicado en este artículo.
2.44. INFORMACIONES SUPLEMENTARIAS
Durante el período de Licitación y hasta dos (2) días antes de la fecha de apertura de las ofertas, el Ente podrá emitir circulares para aclarar cualquier duda o dificultades de interpretación. Las circulares emitidas por el Ente formarán parte de los documentos de Licitación. Cada circular será comunicada a través de la página web del Ente.
Las dudas que pudieren originarse deberán plantearse por escrito al Ente, solicitando concretamente las aclaraciones que se estimen necesarias, hasta diez (10) días antes de la fecha de apertura de las ofertas.
Tanto las consultas como las respuestas serán dadas a conocer a todos los interesados que hayan obtenido el Pliego a través de la página web del Ente.
La no recepción de las informaciones suplementarias, en la forma indicada por parte de los adquirientes, no les da derecho a reclamo alguno, debiendo inexcusablemente notificarse en el domicilio del Ente hasta el tercer día hábil anterior de la apertura de Ofertas. La no concurrencia en esa fecha, hará suponer el conocimiento y la aceptación de las aclaraciones expedidas.
2.45. GESTIÓN DE LAS OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
Los oferentes podrán examinar toda la documentación a partir del primer día hábil posterior al de Apertura de la Licitación y por un término de dos (2) días hábiles, en el lugar que indique el Ente y en horario de 07:00 hs a 13:00 hs pudiendo interponer las observaciones que estimen conveniente, en dicho lapso y hasta las dos (2) primeras horas del tercer día.
Todas las impugnaciones contra los actos administrativos de admisibilidad y adjudicación, deberá afianzarse mediante depósito en efectivo en la Tesorería del Ente, por un monto equivalente al uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial.
En caso de resultar aceptada, en todo o en parte, la impugnación presentada, se devolverá el importe de la fianza al impugnante.
El plazo para presentar impugnaciones, será de cinco (5) días hábiles administrativos improrrogables, con dos (2) horas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, a partir de la fecha de la notificación fehaciente del acto impugnado.
2.46. IMPUGNACIONES
Complementando lo estipulado anteriormente, la existencia de observaciones o impugnaciones a lo actuado durante la Apertura de la Licitación o de las ofertas presentadas, por ninguna circunstancia inhibirá o producirá efectos suspensivos al trámite de Adjudicación; éstas deberán ser tramitadas por separado y el dictamen final
recaerá simultáneamente con el acto administrativo que apruebe la Licitación o cada etapa de análisis de las Propuestas.
2.47. TRIBUNALES COMPETENTES:
Queda establecido que agotado el procedimiento administrativo previsto en las cláusulas 16º, 17º, 18° y 19º del Tratado Interprovincial vigente, los proponentes aceptan y se someten a la competencia contenciosa administrativa del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre ▇▇▇▇ y/o Santa Fe, renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción, incluso el Federal.
2.48. CONSULTAS
Los interesados podrán recabar información en Departamento COMPRAS y LICITACIONES, DIRECCIÓN TÉCNICA, Sub Dirección de Ingeniería y Obras ó Departamento INGENIERÍA del Ente, en días hábiles de 08:00 hs. A 12:00 hs.
Tel: Dirección Técnica: ▇▇▇▇-▇▇▇-▇▇▇▇
Sub Dirección de Ingeniería y Obras: 0343-420-0400 int. 184 Dpto. Ingeniería: 0343-420-0437 int. 137
Dpto. Compras y Licitaciones: 0343-420-0400 int. 206 – int. 109 e-mail: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇
2.49. PROVISIÓN DE PLIEGOS
Los Pliegos y circulares se podrán imprimir directamente desde la página web del Ente: ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 5.992.247,78
PESOS: CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS.
PLANILLA RESUMEN DE OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 451/19
“BACHEO EN PAVIMENTO RÍGIDO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS (ETAPA V)”
Nosotros, los abajo firmantes declaramos que:
Habiendo examinado la totalidad de la documentación que integra la Licitación Pública de referencia, procedemos a detallar la oferta de acuerdo al siguiente cuadro resumen:
ITEM - Descripción | Un. | Cant. | Precio Unit. ($) | Precio Total ($) |
ITEM 1. Demolición ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de hormigón | m2 | 693,29 | ||
PESOS: | ||||
ITEM 2. Sub-base de suelo-cemento | m2 | 524,38 | ||
PESOS: | ||||
ITEM 3. Colocación ▇▇ ▇▇▇▇▇ de PVC | Ml | 50,00 | ||
PESOS: | ||||
ITEM 4. Base de hormigón H8 | m2 | 524,38 | ||
PESOS: | ||||
ITEM 5. Carpeta de rodamiento hormigón simple H30 con microfibras sintéticas | m2 | 693,29 | ||
PESOS: | ||||
ITEM 4. Sellado de juntas | ml | 495,26 | ||
PESOS: | ||||
TOTAL OFERTA | ||||
Siendo la totalidad de la oferta presentada de $ _ _
(Pesos )
Confirmamos que nuestra oferta será válida por un período de 30 días corridos a partir de la fecha del Acto de apertura.
FIRMAS
PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES
OBJETO ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇
ARTÍCULO 1º - El presente ▇▇▇▇▇▇ establece las bases y condiciones generales a que se ajustará la Licitación, adjudicación, contratación, ejecución y recepción de la obra a realizar, sin perjuicio de las Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas adicionales.
CONOCIMIENTO DE ANTECEDENTES
ARTÍCULO 2º - Quien concurre a esta Licitación no podrá en caso alguno alegar falta de conocimiento de este Pliego, y el solo hecho de concurrir, implica el perfecto conocimiento y comprensión de sus cláusulas, como asimismo de los lugares donde la obra debe ejecutarse, de sus condiciones de trabajo y naturaleza del terreno donde debe realizarse. No se admitirán por ningún motivo, reclamos que se funden en la falta de conocimiento o información, o interpretación equivocada del mismo y de las Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas. Subsidiariamente será de aplicación lo dispuesto por la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe y su Decreto Reglamentario.
Las dudas que pudieran plantearse sobre los planos, cómputos métricos, pliegos, etc., por parte de los interesados en formular propuestas, deberán plantearse por escrito ante esta Comisión, solicitando concretamente la aclaración que estimen necesaria, lo que se podrá hacer tres (3) días antes de la fecha fijada para abrir las propuestas. El resultado de la consulta será comunicado por escrito a cada interesado, al domicilio asignado por el mismo, por lo menos veinticuatro horas antes de la mencionada fecha.
CÓMPUTO DE PLAZOS
ARTÍCULO 3º - Todos los plazos establecidos en el presente Pliego, serán computados en días calendarios salvo que expresamente se indicara lo contrario.
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO 4º - Las ofertas deberán ser presentadas ante la COMISIÓN ADMINISTRADORA
INTERPROVINCIAL DEL ENTE TÚNEL SUBFLUVIAL “▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇
▇▇▇▇▇▇”, ubicada en Paraná (Entre ▇▇▇▇), en horas hábiles de oficina, o remitida por correo a la misma en su dirección postal ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇ – ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇), hasta el día y hora fijados para la apertura del acto.
No serán tenidas en cuenta aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura, aun cuando justifique con el matasellos u otro elemento, haberse despachado a tiempo.
Cuando sin expresa habilitación de día y hora, se hubiere fijado para el acto un día feriado, o cuando con posterioridad al llamado de licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil a la misma hora.
La presentación de las ofertas se efectuará en sobres cerrados, sin membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevará como única leyenda la siguiente:
Licitación Pública Nº 451 –Apertura: 13-08-2019, hora: 10:00
Objeto“BACHEO EN PAVIMENTO RÍGIDO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS (ETAPA IV)”
▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (▇.▇.)
MANTENIMIENTO DE OFERTAS
ARTÍCULO 5º - Los proponentes quedan obligados a mantener sus ofertas por el término de (30) treinta días corridos a contar de la fecha del acto de apertura, salvo que el pliego de condiciones particulares o especificaciones técnicas indicaren expresamente otro plazo.
DOCUMENTOS PARA LA PRESENTACIÓN
ARTÍCULO 6º - Los documentos que deben incluirse para la presentación, son los siguientes:
1. GARANTÍA DE LA PROPUESTA: Constituida por el uno por ciento (1%) del importe total del valor de la oferta, pudiendo formalizarse la misma mediante:
A. Giro o remesa postal o bancario, depósito bancario, cheque certificado a la orden de la Comisión Administradora del Ente Túnel Subfluvial “▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇”.
B. Con pagaré a la vista sobre plaza Paraná o Santa Fe suscriptos por quienes tengan el uso de la razón social o actuaren con poderes suficientes a favor de la Comisión Administradora del Ente Túnel Subfluvial “▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇”. Cuando se optare por esta forma de garantía de adjudicación y ésta sea superior a los $ 325,65 (trescientos veinticinco pesos con sesenta y cinco centavos), el documento deberá presentarse con sellado y aval bancario.
C. Mediante carta fianza suscripta por una institución bancaria garantizando a favor de la Com. Admin. el cumplimento de las obligaciones contraídas por el oferente.
D. Póliza de ▇▇▇▇▇▇ que garantice el cumplimiento de las obligaciones tomadas por el proponente o adjudicatario.
Los documentos presentados en garantía de las propuestas o de las adjudicaciones deberán llevar el sellado ▇▇ ▇▇▇ correspondiente.
2. Constancia de su Inscripción: en el Registro de Licitaciones de la Comisión Administradora del Ente Interprovincial Túnel Subfluvial “▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇”, I.V.A., Impuesto a los Ingresos Brutos, leyes previsionales y asistenciales.
3. Antecedentes de la empresa sobre obras del tipo a licitar, realizadas o en ejecución.
4. Declaración de que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la jurisdicción de la Justicia ordinaria de la Capital de la Provincia de Entre ▇▇▇▇ o Santa Fe.
5. PROPUESTA: La propuesta con que el interesado se presenta a la licitación, y el análisis del precio de los ítems cuando su presentación sea exigida, o el precio global de la misma. En caso de ser exigido, también deberá presentar el programa diagramado de los trabajos.
6. Detalle del equipo que dispone, o el que arrendará para realizar la obra.
7. Declaración del proponente de que conoce el lugar y las condiciones en que se ejecutará la obra.
La omisión de los requisitos exigidos en los incisos 1º, puntos a), b), c) y d); 5º será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de la apertura por las autoridades que la dirijan. La omisión de los requisitos exigidos en los restantes incisos, podrá ser suplida dentro del término de 48 horas de que le fuera requerida al proponente.
ARTÍCULO 7º - PROPUESTA (formalidades): Se presentará por duplicado, redactada en castellano sin raspaduras, enmiendas, entrelíneas o testaduras, que no se hubiera salvado formalmente al final, debidamente firmada en todas sus hojas por el proponente, con el sellado ▇▇ ▇▇▇ que establezca el Código Fiscal vigente en la Provincia de Entre ▇▇▇▇.
ACTO DE LICITACIÓN
ARTÍCULO 8º - El acto de licitación se verificará en la oficina que se habilite al efecto, el día y hora establecida con asistencia de funcionarios autorizados y de todas las personas que deseen concurrir al acto, las personas que invoquen representación deberán acreditar su personería o representación.
APERTURA DE LOS SOBRES
ARTÍCULO 9º - A la hora y día fijados para la licitación, bajo la presencia del funcionario que designe la Comisión Administradora, se anunciará el número de sobres recibidos, procediéndose de inmediato a la apertura de los mismos en presencia de los interesados que concurran al acto, mencionándose los documentos que en cada uno se acompañen.
Terminado el examen de la documentación y leídas las propuestas, se recibirán las observaciones que tengan que formular los proponentes presentes, sus representantes autorizados o funcionarios actuantes.
Las observaciones que se formulen durante el acto de la licitación deberán ser concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos relacionados en el momento que se observan, presentándose en forma verbal y sin admitirse discusión sobre ellas.
ACTA
ARTÍCULO 10º - De todo lo ocurrido durante el “acto de la licitación”, se labrará un Acta al finalizar el mismo, la que previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quisieran hacerlo, dejándose constancia de las observaciones que se formulen y de las decisiones que adopte el presidente del Acto.
Todos los proponentes tendrán derecho a impugnar el acto o cualquiera de las propuestas, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas de efectuado, la impugnación debe ser fundada y por escrito.
RESERVA DE DERECHOS
ARTÍCULO 11º - La Comisión Administradora Interprovincial del Ente Túnel Subfluvial “▇▇▇▇
▇▇▇▇▇▇ – ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇” podrá, si así lo estima conveniente, rechazar todas las
propuestas, sin que esto de derecho a reclamo ni indemnización de ninguna naturaleza a los interesados en las mismas.
ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO 12º - Cumplidos los trámites administrativos que correspondan, la administración juzgará en definitiva la licitación y resolverá la aceptación de la propuesta que juzgue más conveniente, notificando al adjudicatario la resolución adoptada.
CONTRATO
ARTÍCULO 13º - Resulta la adjudicación y comunicada oficialmente al adjudicatario, mediante copia de la resolución correspondiente, éste se presentará dentro de los cuatro
(4) días subsiguientes para suscribir el correspondiente contrato, salvo que se emitiese Orden de Trabajo.
GARANTÍA DEL CONTRATO
ARTÍCULO 14º - Dentro de los tres (3) días de notificada la adjudicación y previo a la firma del contrato, el contratante deberá afianzar el cumplimiento de su compromiso con un monto no inferior al cinco por ciento (5%) del monto contractual, por cualquiera de las formas previstas en inciso 1º del artículo 6º.
DOCUMENTOS DEL CONTRATO
ARTÍCULO 15º - Formarán parte integrante de todo contrato que se celebre, u orden de trabajo que se emita, para la ejecución de la obra, los siguientes documentos:
⮚ El presente Pliego de Condiciones.
⮚ El Pliego de especificaciones técnicas.
⮚ La propuesta aceptada y la Resolución de adjudicación.
⮚ Los planos y planillas de detalle de la obra y demás elementos integrantes del legajo de licitación.
PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
ARTÍCULO 16º - El contratista deberá realizar totalmente los trabajos contratados, dentro del plazo estipulado en su oferta o el estipulado en el Pliego de condiciones particulares o en las Especificaciones Técnicas. Todo plazo de ejecución se entiende contando a partir de la fecha de replanteo o del acta de iniciación de los trabajos, según sea pertinente. La Comisión podrá ampliar el plazo por los días que se justifiquen, que no se haya podido trabajar por lluvias, vientos y otras condiciones climáticas adversas o en aquellas que se haya suspendido el trabajo por causas no imputables al contratista. El contratista será responsable de toda demora en la ejecución de la obra salvo prueba en contrario a cargo del mismo. En caso de que se introdujeran modificaciones de la obra contratadas, que justifiquen una ampliación del plazo, se convendrá el aumento del mismo entre la Comisión y el Contratista.
REPLANTEO DE LAS OBRAS
ARTÍCULO 17º - El replanteo total o parcial será efectuado dentro de los diez (10) días de firmado el contrato o entregada la Orden de Trabajo, debiendo el Contratista o su representante asistir al acto para formalizar las observaciones que sean necesarias, y en caso de que así no lo hiciere, se le dará por expresamente conforme sin lugar a reclamo posterior alguno. Al terminar las operaciones de replanteo, se labrará acta del mismo.
INCIACIÓN DE LOS TRABAJOS
ARTÍCULO 18º - El contratista deberá iniciar los trabajos dentro de los cinco (5) días siguientes a la primera acta de replanteo. En caso de no ser necesario el replanteo, los trabajos deberán iniciarse dentro de los quince (15) días posteriores a la firma del contrato, o entrega de la orden de trabajo.
VICIOS DE LAS OBRAS
ARTÍCULO 19º - Cuando fueren sospechados de vicios no visibles los trabajos realizados, la Comisión podrá ordenar la demolición, desarme o desmontaje y las reconstrucciones necesarias para cerciorarse dentro de los quince (15) días posteriores a la firma del contrato, o entrega de la orden de trabajo.
INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS
ARTÍCULO 20º - La Comisión inspeccionará todos los trabajos, ejerciendo la vigilancia y control de los mismos por medio de su personal técnico o el que expresamente designe, ejerciéndose su representación el Ing. Jefe de la Administración Técnica. A tales fines la inspección tendrá libre acceso a todos los lugares de la obra a efectos de revisar los trabajos efectuados
FONDO DE REPAROS
ARTÍCULO 21º - De cada certificado de obra, excluidos los acopios, se deducirá el importe del cinco por ciento (5%) del valor del mismo, para construir el “Fondo de Reparos” como garantía de la buena ejecución de los trabajos, hasta la fecha de recepción definitiva de los mismos.
OBRAS OCULTAS
ARTÍCULO 22º - El contratista deberá solicitar en tiempo oportuno la aprobación de las obras cuya calidad y cantidad no pueden ser comprobadas posteriormente, por tratarse de trabajos que deban quedar ocultos.
RECEPCIÓN PROVISIONAL
ARTÍCULO 23º - Terminadas las obras, siempre que no hubiere observaciones por parte de la Inspección, la Comisión extenderá, a pedido del contratista, el Acta de recepción
provisoria donde deberá dejarse constancia de las condiciones de los trabajos, fecha de terminación y demás observaciones que se estimen necesarias, consignándose las correcciones que resulten necesario efectuar y el plazo acordado al efecto.
PLAZO PARA EL PAGO
ARTÍCULO 24º - Cualquiera fuere la forma establecida para el pago, los plazos comenzarán a partir del día siguiente al que se produzca la conformidad definitiva de recepción de los elementos o servicios.
Si las facturas fueran presentadas con posterioridad a la fecha de conformidad definitiva, los plazos comenzarán a contar desde el día siguiente de presentación de las mismas.
Los términos fijados se interrumpirán si existieren observaciones sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir imputables al acreedor.
Cuando se acepte pago “al contado” o “contra entrega”, se entenderá que el pago debe
efectuarse después de operada la conformidad definitiva de la recepción.
PLAZO DE GARANTÍA
ARTÍCULO 25º - El contratista deberá consignar en su oferta el plazo por el cual garantiza sus obras, salvo manifestación en contrario, en las Especificaciones Técnicas. Durante dicho período el contratista correrá con la conservación de las obras y reparación de los defectos o desperfectos provenientes de la calidad o deficiencia de los trabajos, quedando exceptuados de los resultantes por el uso indebido de las obras.
RECEPCIÓN DEFINITIVA
ARTÍCULO 26º - Vencido el plazo de garantía, tendrá lugar la recepción definitiva, previa comprobación del buen estado de las obras, labrándose al efecto el acta de recepción correspondiente.
MULTAS
ARTÍCULO 27º - Si el contratista no iniciare los trabajos en los plazos establecidos, incurrirá en una multa equivalente al dos por mil del importe del contrato por cada día de demora. Igual multa corresponderá por cada día de atraso en la terminación de la obra. La ▇▇▇▇ en la iniciación no autoriza al contratista a tener por prolongado el plazo de la obra. Las penalidades establecidas se aplicarán sin perjuicio de las de otro orden establecido por este Pliego o la ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe.
DISPOSICIÓN DE ORDEN GENERAL
ARTÍCULO 28º - Los requisitos, formalidad y plazos que determina el presente Pliego de Bases y Condiciones Generales, sólo podrán ser modificados por el de Condiciones Particulares o Especificaciones Técnicas.
RECHAZO DE OFERTAS
ARTÍCULO 29º - No se considerarán las ofertas:
⮚ Cuando no vengan acompañadas de la garantía prevista en el Ar. 6º, inc. a) al d).
⮚ Presentadas por firmas que hayan sido eliminadas o se encuentren suspendidas del Registro de Proveedores de la Comisión Administradora y/o Provincia de Entre ▇▇▇▇ y Santa Fe.
⮚ El o los renglones que tengan enmiendas o raspaduras en su texto, que no estén debidamente salvadas aclaradas al pie de la oferta y firmada por el proponente.
⮚ Que no se ajusten al Pliego de Condiciones Generales y Particulares en lo que respecta al término de mantenimiento de la oferta, plazo, condiciones de pago, lugar y forma de ejecución de la obra.
⮚ Cuando los documentos que se presenten como garantía de oferta no cuenten con el sellado ▇▇ ▇▇▇ correspondiente.
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
LICITACIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS
ANEXO:
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PREVISIONALES Y FISCALES
Los proveedores deberán tener vigente en el Ente la declaración jurada a que se refiere la Ley Nacional Nº: 17.250/67 (Art.4º) respecto a la no existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y de toda otra obligación previsional.
Justificarán estar al día en el pago del impuesto a los INGRESOS BRUTOS (para Santa Fe/Entre ▇▇▇▇), según corresponda, y Ley 4035 (para Entre ▇▇▇▇).
Consignarán en sus ofertas los números de CODIGO UNICO DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA (C.U.I.T.), INGRESOS BRUTOS (Santa Fe) o a los INGRESOS BRUTOS
- Ley 4035 (Entre ▇▇▇▇) y Cajas Nacionales de Previsión Social.
La omisión de estos requisitos no invalidará la propuesta ni obstará a su consideración, pero el Ente no conformará ni dará curso a factura alguna, hasta tanto no se dé cumplimiento a lo establecido en el presente.
PLANIMETRÍAS ANEXAS
Seguidamente se presentan planos de identificación, ubicación y cómputo de losas a reparar, en conjunto con tabla resumen de losas, con dimensiones e ítems a ejecutar en cada una de ellas.
