CONTRATO DE OBRA
CONTRATO DE OBRA
Entre los suscritos a saber, Entre los suscritos a saber, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, sociedad xxxxxxxxxxxxx, inscrita en la ficha xxxxx, documento xxxxx, de la Sección de Micropelícula Mercantil del Registro Público, con oficinas en Calle xxx y calle xxxx, Urbanización xxxxx, edificio xxxxxx, piso xxxx, oficinas xxxx, Corregimiento de xxxxxx, Distrito y Provincia de Panamá, representada en este acto por xxxxxxxxxxx, varón, de nacionalidad xxxxxx, mayor de edad, portador del pasaporte N°.xxxxxxxx, actuando en su condición de representante legal de la sociedad, en adelante llamado EL CONTRATISTA, por una parte y por la otra, xxxx xxx xxx, varón, xxxxx de profesión, de nacionalidad xxxxxx, mayor de edad, con cédula de identidad personal N° x-xxx- xxxx, con xx años de edad, con domicilio en Calle xxxx, Barrio de xxxx, Casa Número xxx, Corregimiento de xxxxxx, Distrito de xxxxxx y Provincia de xxxxxxx, en representación de la Empresa XXXXXXX sociedad panameña, inscrita en la ficha xxxx, documento xxxxx, de la Sección de Micropelícula Mercantil del Registro Público, con oficinas en Calle xx y calle xxx, Urbanizacion xxx, edificio xxxxxx, oficina xx, Corregimiento de xxxxx, Distrito de xxxxx y Provincia de Panamá en adelante denominada EL SUBCONTRATISTA, celebran el presente contrato de obra, sujeto a las siguientes condiciones:
PRIMERA: Declara EL CONTRATISTA que actualmente está desarrollando varios Proyectos de Construcción como Administrador de Obra, en la República de Panamá, para xxxxxxxxxxxxxxxx que en adelante se denominará EL CLIENTE.
SEGUNDA: Declara EL SUBCONTRATISTA que se dedicará a brindar sus servicios de XXXXXX en la Obra denominada xxxxxxxxxxxxxxxxx, EN xxxxxxxxxxxx, CORREGIMIENTO DE xxxxxxxxxxxxx, DISTRITO DE xxxxxx, PROVINCIA DE xxxxxxx, de EL CONTRATISTA.
TERCERA: Declara EL SUBCONTRATISTA que es una EMPRESA dedicada a brindar sus servicios de xxxxxxxx, en las siguientes áreas sin limitarse a:
1.
3.
CUARTA: Declara EL SUBCONTRATISTA que se obliga a brindarle los servicios que se describen en la cláusula anterior a EL CONTRATISTA.
QUINTA: Declara EL SUBCONTRATISTA que el servicio que ofrece, se compromete a efectuarlo en coordinación con EL CONTRATISTA, a fin de que el servicio prestado se lleve a cabo en la forma, condiciones y plazos que EL CONTRATISTA lo requiera.
SEXTA: Para efectuar el servicio contratado, EL SUBCONTRATISTA debe suministrar todo el material e insumos necesarios, mano de obra, supervisión, equipos propios y alquilados, herramientas, transporte al sitio, movilización y desmovilización de equipo y personal, equipo de seguridad ocupacional personal requerido por EL CLIENTE a sus expensas, incluyendo los casos en que se requiera, un espacio físico en el proyecto de construcción.
SEPTIMA: Acepta EL CONTRATISTA pagarle a EL SUBCONTRATISTA, en concepto de los servicios brindados, la suma de xxxxx DÓLARES CON 00/100 ($xx.00), pagados por avance aprobado por el responsable de EL CONTRATISTA en efectivo o cheque. El detalle de los servicios y el monto de cada uno, será solo para el pago y no determina causal de cambio en el alcance del presente Contrato.
OCTAVA: Declaran las partes que EL SUBCONTRATISTA se obliga a entregar los informes, reportes y resultados de los servicios prestados directamente y sólo a EL CONTRATISTA.
NOVENA: EL SUBCONTRATISTA se obliga a entregarle a EL CONTRATISTA, en la fecha en que éste se lo solicite, los comprobantes de pago de los salarios, vacaciones, partidas del decimotercer mes y liquidaciones de los trabajadores que emplee en los trabajos de EL PROYECTO, así como los comprobantes de pago de las cuotas obrero patronales a la Caja de Seguro Social. Queda entendido que en caso xx xxxx o falta de pago de las obligaciones descritas en esta cláusula, EL CONTRATISTA podrá
retener los pagos a EL SUBCONTRATISTA, hasta tanto éste demuestre que se encuentra al día en sus obligaciones.
DECIMA: EL SUBCONTRATISTA será único responsable por cualquier Xxxxxxx Xxxxxxx, Civil o Penal que resulte como consecuencia de la ejecución de este CONTRATO DE OBRA.
DECIMA PRIMERA: El presente CONTRATO es de carácter PRIVADO y realizado en BUENA FE, por lo que EL SUBCONTRATISTA no podrá publicar, usar o mostrar este documento sin la exclusiva aprobación previa de EL CONTRATISTA, ni viceversa.
DECIMA SEGUNDA: Toda la comunicación verbal o escrita que sea necesario desarrollar con el CLIENTE debido a la realización de este proyecto, fluirá de forma exclusivamente canalizada a través de EL CONTRATISTA.
No se permitirá, bajo ningún concepto, ninguna forma de comunicación directa con el CLIENTE o alguno de sus representantes, así como guardar la máxima confidencialidad con el objetivo de preservar los intereses de EL CONTRATISTA para con el CLIENTE.
DECIMA TERCERA: Cualquier litigio o controversia provenientes de, o relacionados con este CONTRATO, así como la interpretación, aplicación, ejecución y terminación del mismo, deberán resolverse por medio de Arbitraje, previo intento de Conciliación, por el Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá, conforme a sus reglas de procedimiento.
DECIMA CUARTA: Acepta EL SUBCONTRATISTA que son causas para que EL CONTRATISTA pueda resolver el presente contrato, sin responsabilidad de parte de éste y con responsabilidad para EL SUBCONTRATISTA, las siguientes:
1. El incumplimiento injustificado de las obligaciones que le impone el presente contrato;
2. La disolución, que le impida ejecutar o terminar la obra en el plazo convenido;
3. El concurso de acreedores o la quiebra en contra de EL SUBCONTRATISTA; y
4. El embargo o el secuestro de los bienes o de la administración de EL SUBCONTRATISTA.”
Para constancia y aceptación de las partes, se firman dos (2) copias del presente contrato civil en la ciudad de Panamá, el xx de xxxxxxxxxxx de 2012.
_