CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SERVICIO FIJO
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SERVICIO FIJO
La persona física o jurídica indicada en el anverso de este contrato (en adelante, “el Cliente”) suscribe el presente Contrato de Servicios de Telecomunicaciones con la compañía Jetnet Wimax S.A. (en adelante, “JETNET”) con CIF X00000000 y domicilio social en Xxxxx Xxx Xxxxx 00, 00000 Xxxxxxx. El cliente y JETNET se denominarán conjuntamente como las “Partes”. Las presentes Condiciones Generales, así como las modificaciones posteriores a las mismas que se realicen de conformidad con la normativa vigente, y sin perjuicio de cualesquiera otras condiciones particulares, son las únicas aplicables a la prestación de los servicios de telecomunicaciones indicados en este contrato.
1 Objeto del contrato. Por el presente contrato, de duración indefinida, JETNET prestará al cliente los servicios de acceso a internet, telefonía fija, televisión IP, y en general, cualquier servicio de comunicaciones electrónicas (en adelante “el Servicio”). El servicio de Internet consiste en un acceso permanente a internet xx xxxxx ancha a través de redes propias de JETNET o redes ajenas de terceros operadores, mediante la tecnología de fibra óptica o acceso fijo inalámbrico wimax. El servicio de telefonía fija se presta sobre la línea asociada al servicio de internet, con tecnología de voz sobre IP, que permite al cliente realizar y recibir llamadas en su terminal telefónico fijo, y mantener su número telefónico anterior si lo tuviera con la portabilidad. El servicio de televisión consiste en la provisión de contenidos mediante tecnología IP, bien a través de un terminal fijo conectado a un aparato de TV o bien a través de un terminal móvil mediante una aplicación/APP. La contratación de estos Servicios con JETNET no supone necesariamente la baja automática de todos los servicios que el cliente tuviera contratados con su operador anterior, por lo que el cliente debe dirigirse a su anterior operador para gestionar la baja.
2 Instalación. JETNET procederá a la instalación del Servicio en los treinta (30) días siguientes a la firma del presente contrato, siempre que el contrato haya sido debidamente cumplimentado. Para ello, el cliente facilitará el acceso a su domicilio al personal autorizado por JETNET, debidamente identificado, para efectuar el alta del servicio, los cableados e instalaciones oportunas tanto en el interior como en el exterior de su vivienda, orientados a la prestación del servicio contratado por el cliente. El Cliente declara que cuenta con los permisos y licencias de terceros que, en su caso, sean necesarias para la instalación y uso del servicio. La activación del servicio tendrá lugar el mismo día en que JETNET finalice la instalación en el domicilio del cliente de manera satisfactoria o bien una vez comprobada la idoneidad de la instalación preexistente.
3 Equipos. JETNET entregará al cliente en el momento de la instalación un equipo (router) y todos los elementos necesarios que permitan el correcto funcionamiento del Servicio. Los equipos instalados en el domicilio del cliente son propiedad de JETNET, en calidad de cesión durante la vigencia del contrato, y deberán ser devueltos a JETNET tras producirse la baja de los servicios contratados. Sin perjuicio de lo anterior, JETNET se reserva el derecho, en cualquier momento, a cobrar al cliente un alquiler mensual por el equipo que verá reflejado en su factura o a vendérselo, debiendo para ello y en cualquiera de ambos casos, comunicar este hecho al cliente con al menos un mes de antelación. En caso de que JETNET haga entrega de un router auto instalable, el cliente deberá seguir las instrucciones de instalación facilitadas. JETNET no será responsable de los daños o alteraciones que pudieran ocasionarse en el sistema informático del cliente (configuración, software y/o hardware) o en los documentos y ficheros almacenados en su sistema informático. El cliente será responsable del buen uso del servicio y del equipo, así como de la utilización de los mismos para su exclusivo uso particular, sin poder cederlos sin consentimiento expreso de JETNET a terceros y comprometiéndose a controlar el uso y los accesos realizados a los mismos.
4 Calidad. JETNET realizará sus mayores esfuerzos para asegurar la máxima calidad del servicio prestado. En cualquier caso, JETNET cumplirá los niveles de calidad exigidos por la normativa vigente, y comprometidos con la administración. La velocidad contratada para el servicio de internet se disfrutará usando la conexión por cable ethernet entre el router y el terminal del cliente, o por otros medios de conexión inalámbrica como wifi. La velocidad podría verse limitada por las capacidades del terminal utilizado por el cliente para conectarse, y en el caso de que utilice wifi podría verse limitada por factores ajenos a JETNET como la estructura del domicilio del cliente, interferencias con otras redes wifi, las capacidades del terminal del cliente, el uso en exteriores o interiores u otros factores, así como por operaciones de mantenimiento por parte de JETNET, o interrupciones del servicio.
5 Mantenimiento. JETNET llevará a cabo el mantenimiento integral y gratuito del servicio en la parte que afecte a su propia red de telecomunicaciones y a tal efecto pondrá a disposición del cliente un número de teléfono 000 00 00 00 para la atención de incidencias y soporte técnico. JETNET no será responsable del inadecuado funcionamiento del servicio si ello obedece a una defectuosa configuración de los equipos del cliente o a su insuficiente capacidad para soportar los sistemas informáticos indispensables para hacer uso del servicio. JETNET no será responsable por interrupciones o mal funcionamiento del servicio motivado por causa de fuerza mayor, situaciones de urgencia extrema, tales como conflictos laborales o cierres patronales, guerras, operaciones militares, disturbios civiles o cualquier otra situación de naturaleza similar. JETNET, empleando los medios que considere necesarios en cada momento, reparará las averías que se produzcan en el equipo facilitado para la provisión del servicio, asumiendo el coste siempre y cuando se hubieran producido por causas no imputables al cliente. En caso de aviso de avería en cualquiera de los equipos proporcionados por JETNET para la presentación del servicio, dando como resultado una falsa incidencia, el cliente tendrá que abonar cien (100) euros por desplazamiento técnico, cuando bien la incidencia no exista o sea por causa y responsabilidad del cliente.
6 Precio del servicio. El cliente deberá abonar a JETNET el importe del servicio prestado según las tarifas establecidas en el presente contrato, o las tarifas futuras que estén vigentes en cada momento, y en su caso, que se pacten en las condiciones particulares. Cualquier modificación de los precios será comunicada al cliente con un mes de antelación a la entrada en vigor de los mismos.
7 Facturación y pago. JETNET facturará mensualmente al cliente las cantidades que éste deba abonar por la prestación del servicio objeto del presente contrato. La cuota de alta se devengará por una sola vez y su importe se incluirá en la primera factura. Las cuotas de abono se facturarán por adelantado y el consumo efectuado se facturará con posterioridad a producirse. En las facturas aparecerán desglosadas las cantidades que se deban abonar por cada uno de los mencionados conceptos, las promociones y descuentos ofertados por JETNET, así como los impuestos que en cada caso resulten legalmente aplicables. El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria designada al efecto por el cliente (cuyo titular asume solidariamente con el cliente el pago de los servicios) y, en su defecto, en las oficinas habilitadas por JETNET a tal fin. En caso de producirse una devolución bancaria del recibo que JETNET girará periódicamente al cliente, se generará un coste de dos euros (2 €) IVA incluido por cada recibo devuelto, que el cliente deberá abonar a JETNET.
8 Garantías. JETNET, una vez recibida la solicitud de alta por parte del cliente, y en cualquier momento durante la vigencia del contrato, con el objeto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del cliente, podrá: a) solicitar al cliente la constitución de un depósito de garantía, b) asignar al cliente un límite de crédito máximo, c) restringir al cliente los servicios de tarifas superiores, como servicios de tarificación adicional y otros servicios internacionales. Estas medidas estarán justificadas, entre otros, por supuestos como: (i) la existencia de cantidades impagadas por el cliente por cualquier contrato, vigente o no, con JETNET o con un tercero, (ii) el retraso reiterado del cliente en el pago de sus obligaciones con JETNET, o (iii) la existencia de un riesgo de fraude, morosidad o de uso ilícito del servicio. En cualquier caso, esta lista no impide la apreciación por parte de JETNET de otros supuestos que puedan justificar la adopción de estas medidas.
9 Suspensión del servicio. En caso de impago de una o varias facturas por el cliente durante un período de tiempo superior a quince (15) días desde su fecha de vencimiento, JETNET suspenderá temporalmente el servicio al cliente. El cliente también podrá solicitar una suspensión temporal del servicio por su propio interés, mediante comunicación por escrito dirigida al servicio de atención al cliente de JETNET con un mínimo de un mes de antelación a la fecha de su efectividad. En caso de suspensión del servicio, se deducirá de la cuota de abono el importe proporcional correspondiente al tiempo que el cliente no haya disfrutado del servicio. El retraso en el pago del servicio por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal reiterada en más de dos ocasiones, por xxxx en el pago de los servicios, autorizará a JETNET a la interrupción definitiva del servicio y a la resolución del contrato. JETNET podrá suspender de manera temporal o definitiva el servicio en casos de presunción, indicios razonables o riesgo objetivo de comisión de fraude o por otras razones suficientemente acreditadas de uso ilícito del servicio.
10 Restablecimiento del servicio. Tras una suspensión temporal del servicio por impago, y una vez que JETNET tenga constancia de que el importe pendiente de pago haya sido satisfecho por completo, JETNET restablecerá el servicio el día laborable siguiente a producirse el pago. Igualmente, tras una suspensión temporal del servicio a instancias del cliente, JETNET restablecerá el servicio tras notificación del cliente por escrito a JETNET.
11 Reclamaciones. En caso de desacuerdo del cliente relativo a la prestación del servicio, el cliente podrá dirigir una reclamación al domicilio de JETNET facilitado en el presente contrato, en el plazo de un (1) mes desde el momento en que tenga conocimiento del hecho que la motive. La reclamación, que en todo caso será formulada por escrito, no justificará una demora o aplazamiento en el pago de las facturas devengadas. Asimismo, en caso de que el cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de JETNET en el plazo de un (1) mes, podrá dirigirse durante los tres (3) meses siguientes, a la junta arbitral de consumo o a la secretaría de estado de telecomunicaciones y la sociedad de la información.
12 Seguridad. El cliente es responsable de la custodia diligente y el mantenimiento de la confidencialidad de las contraseñas, claves de acceso, sistemas de cifrado o encriptación de comunicaciones, que sean facilitados por JETNET para la utilización del servicio. Dichos mecanismos de seguridad solo podrán ser utilizados por el cliente.
13 Secreto de las comunicaciones. JETNET adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de su red. JETNET queda exonerada de toda responsabilidad que pueda derivarse de la obtención, interceptación y/o manipulación por el cliente o por terceros de las comunicaciones de voz, transacciones de datos y, en general, de cuantas acciones u omisiones, no imputables a JETNET quebranten el secreto de las comunicaciones.
14 Protección de datos personales.
14.1. De acuerdo con lo regulado en la normativa de protección de datos y, en especial, con el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo (UE) 2016/679, de 27 xx xxxxx, y de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter de carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales, los datos del Abonado recogidos en virtud del presente Contrato, así como aquellos recogidos durante la relación comercial entre las Partes serán incorporados en un fichero debidamente registrado en su documentación de garantías y seguridad, cuyo responsable es JETNET y cuya finalidad es la de gestionar la relación comercial existente entre las Partes. Dichos datos podrán ser cedidos exclusivamente a compañías a las que sea necesario cederlos para la prestación del Servicio y ejecución del Contrato, entre ellas a operadores de red u otras compañías que colaboren en la prestación del Servicio y para la remisión de ofertas comerciales que puedan ser de su interés, siempre que el Abonado haya prestado su consentimiento para recibir comunicaciones comerciales o a aquellas entidades que sea necesario en virtud de una obligación legal. Le informamos además que sus datos personales se conservarán mientras se mantenga la relación comercial y/o mercantil y durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales y, en relación con el resto de finalidades del tratamiento, mientras no se solicite su supresión por el interesado. Todo ello bajo la legitimación otorgada por su consentimiento expreso como propio interesado, y/o con motivo de la ejecución de un contrato de servicios. El Abonado no tiene obligación de facilitar todos los datos personales que se piden, pero según la naturaleza del servicio que se esté solicitando, JETNET podrá o no atender su solicitud. No se cederán datos a terceros salvo obligaciones legales. En cuanto a sus derechos, podrá reclamar ante la Autoridad de Control Nacional y en todo momento acceder, rectificar y suprimir sus datos, limitarlos o incluso oponerse a su tratamiento, solicitar su portabilidad a otros responsables, retirar el consentimiento prestado, mediante comunicación dirigida a nuestra dirección con acreditación de su identidad.
14.2. El consentimiento para el tratamiento de datos de tráfico para la prestación de servicios con valor añadido se considerará otorgado desde el momento de la solicitud, uso o acceso por parte del Abonado a dichos servicios de valor añadido. Asimismo, JETNET informa al Cliente que sus datos de localización serán cedidos a los servicios de urgencias, si así fueran solicitados por estos.
14.3. El Abonado podrá ejercitar a través del Servicio de Atención al Cliente sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad, cancelación, oposición y bloqueo, dirigiéndose al mismo por escrito y adjuntando una fotocopia de su documento acreditativo de la identidad por ambas caras.
14.5. Se informa al Abonado que la totalidad de los datos solicitados para la suscripción del presente Contrato deberán suministrarse de manera obligatoria, resultando imposible la prestación del Servicio si la totalidad de los datos no fueren proporcionados, o si los mismos no resultaren verdaderos, exactos y precisos, a los que el Abonado se obliga estrictamente, siendo responsabilidad suya cualquier daño o perjuicio que pudiera resultar de la inexactitud o imprecisión de los mismos.
14.6. JETNET podrá, si lo considerara necesario, comprobar la solvencia del Abonado mediante el acceso y consulta de ficheros de solvencia patrimonial y de crédito gestionados por entidades que se dediquen a prestar tales servicios conforme a la legalidad vigente, así como a verificar la veracidad y exactitud de los datos aportados, lo que el Abonado consiente expresamente. Se informa al Abonado que, en la eventualidad de que se produjeran repetidos impagos de las facturas que le sean remitidas por la prestación del Servicio, sus datos junto con los relativos a la deuda pendiente de pago puedan ser comunicados, previo requerimiento de pago al Abonado, sin que el mismo haya sido atendido, a compañías de recobro y/o a entidades legalmente habilitadas a prestar servicios de información sobre solvencia patrimonial y de crédito.
14.7. El Cliente consiente que se traten todos sus datos de tráfico y facturación. De acuerdo con lo establecido en la normativa de conservación de datos, especialmente en la Ley 25/2007, de 18 de octubre, de Conservación de Datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, JETNET está obligada a conservar los datos de tráfico y facturación generados o tratados en el marco de la prestación del Servicio. Estos datos quedarán a disposición de los agentes facultados del modo previsto en la normativa aplicable.
14.8. JETNET informa al Cliente que se accederá y se tratarán sus datos de navegación derivados del uso del servicio, y se cederán sus datos a otras empresas, con la finalidad de llevar a cabo acciones comerciales generales o adaptadas a su perfil, de los servicios provistos por JETNET, o por terceros que intervengan en la provisión de dichos servicios, durante o con posterioridad a la vigencia del contrato mediante cualquier medio ya sea teléfono, e-mail, whatsapp, SMS, MMS, etc.
14.9. El Abonado presta su consentimiento para la grabación de sus llamadas con el Servicio de Atención al Cliente, de lo que se le informará oportunamente, a modo de recordatorio, mediante una locución.
15 Uso lícito del servicio. El cliente se compromete a hacer un uso lícito del servicio, conforme a los principios de buena fe. Para ello, el cliente acepta expresamente que: (i) no realizará un mal uso del servicio que pudiese considerarse atentatorio contra el respeto e intimidad de terceros, (ii) dejará exenta a JETNET de cuantos daños o perjuicios se deriven de la información que el cliente suministre a terceros, o que pueda albergar o difundir a través del servicio, y especialmente de los derivados de cualquier acción u omisión que viole el secreto de las comunicaciones, la intimidad o la imagen de las personas físicas o jurídicas, las normas de protección de la infancia o la juventud, los derechos de los consumidores o usuarios, los derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros, (iii) dejará indemne a JETNET de cualquier reclamación que pudiera deducirse contra él por cualquiera y que traigan causa de la trasgresión directa o indirecta del punto anterior, (iv) observará estrictamente los siguiente principios de buena conducta establecidos por JETNET: a.- No remitir mensajes de correo electrónico indiscriminadamente a otros usuarios que no los hayan solicitado (spam), b.- No acceder o tratar de acceder a bases de datos, ordenadores personales o institucionales o cualquier otro soporte informático, de forma no autorizada, c.- No obtener o tratar de obtener a través de internet servicios de cualquier índole sin llevar a cabo la contraprestación económica que se solicitara para ello por el ofertante, d.- No pretender o conseguir alterar o destruir información de JETNET o de otros proveedores o usuarios, e.- No tomar parte en actividades que deterioren la calidad del servicio prestado por otros participantes en la red o interferir en el uso que aquéllos hagan de ésta. Si JETNET modificase dichos principios de buena conducta deberá informar por escrito al cliente y ésta los asumirá y los hará observar.
16 Cesión a terceros. Ninguna de las partes podrá ceder el presente contrato, total o parcialmente, a terceros sin el consentimiento de la otra parte. A estos efectos, no tendrán consideración de terceros las sociedades pertenecientes al grupo empresarial de JETNET. El cliente no podrá ceder a un tercero la prestación del servicio con ánimo de lucro propio o ajeno, ni utilizar su condición de cliente para llevar a cabo una actividad empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea revender o explotar el servicio para otros fines distintos, en su caso, de los establecidos en las presentes condiciones generales o, en su caso, en las condiciones particulares.
17 Baja y Resolución del contrato. El cliente y JETNET tienen derecho a resolver este contrato por las causas generales de extinción de los contratos. Asimismo, el cliente tendrá derecho a resolver el contrato en cualquier momento mediante comunicación por escrito, con quince (15) días de antelación a la fecha de extinción, al domicilio de JETNET que figura en el presente contrato, adjuntando documentación acreditativa del cliente y de su representante, si fuese necesario. Además, serán causas de resolución automática del presente contrato a instancia de JETNET: (i) la finalización del plazo de la licencia o autorización que habilita a JETNET para la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas objeto del contrato, o la pérdida de dicha licencia por cualquier causa, sin que de ello se derive derecho del cliente a indemnización alguna, (ii) el incumplimiento por parte del cliente de alguna de las condiciones del contrato, en particular, por un mal uso del cliente de los servicios prestados en los términos de la condición general 15, por cesión del contrato con ánimo de lucro en los términos de la condición general 16, por impago de facturas cuando se de el supuesto de interrupción definitiva del servicio previsto en la condición general 9, por incumplimiento de lo establecido en la condición general 3, y por falta de veracidad de los datos facilitados por el cliente. La resolución del contrato para uno o varios de los servicios, no exonerará al cliente del cumplimiento de sus obligaciones frente a JETNET, incluidas las de pago, que se deriven de la utilización del servicio contratado hasta el momento en que se produzca la efectiva interrupción del servicio. Una vez resuelto el contrato, el cliente deberá realizar el abono correspondiente de las cantidades devengadas en el momento de la baja por el acceso a servicios, tecnología, planes de precios, compromisos de permanencia o promociones que así lo dispongan. Tras la baja del servicio, el cliente se obliga a devolver a JETNET los equipos cedidos, en buen estado de uso y conservación, en el plazo máximo de quince (15) días. Según el servicio contratado, la devolución de los equipos se realizará:
(i) fibra óptica: la devolución se realizará mediante envío del router al domicilio de JETNET, (ii) wimax: JETNET desinstalará los equipos en el domicilio del cliente. Si el cliente no devuelve en dicho plazo el equipo cedido, o no facilita a JETNET la desinstalación de los equipos tras la resolución del contrato, el Cliente deberá abonar a JETNET la cantidad de cien euros (100 €) IVA incluido.