CONTRATO No.28/2017 CONTRATACIÓN DIRECTA No.02/2017
CONTRATO No.28/2017 CONTRATACIÓN DIRECTA No.02/2017
“SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE POR MEDIO DE CUPONES”
Nosotros: XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Xxxxxxxx, portador del Documento Único de Identidad número
actuando en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, específicamente de la Asamblea Legislativa, Institución con Número de Identificación Tributaria y que
en el transcurso de este instrumento me denominaré “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE O ASAMBLEA LEGISLATIVA”, y XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX Y XXXX, mayor de edad, empleado, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de , portador de mi Documento Único de Identidad número
s y Número de Identificación Tributaria nueve mil cuatrocientos catorce guion doscientos diez mil trescientos cincuenta y nueve guion cero cero uno guion nueve, y XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de
, portador de mi Documento Único de Identidad número
y Número de Identificación Tributaria
s
, actuando en calidad de Apoderados Generales Administrativos de la sociedad UNO EL XXXXXXXX, SOCIEDAD
, de nacionalidad salvadoreña, con Número de Identificación Tributaria
ANÓNIMA, que puede abreviarse UNO EL XXXXXXXX, S.A., del domicilio de , departamento
,
quienes en el transcurso del presente instrumento nos denominaremos “LA CONTRATISTA”, convenimos en celebrar el presente contrato de “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE POR MEDIO DE CUPONES”, conforme a las cláusulas que a continuación se especifican: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se compromete a suministrar combustible por medio de cupones, según el detalle siguiente:
PRODUCTO | CANTIDAD DE CUPONES | VALOR NOMINAL | PRECIO UNITARIO | MONTO TOTAL INCLUYE IVA, FOVIAL Y COTRANS |
Cupón Genérico Combustible | 3,000 | $5.00 | $5.00 | $15,000.00 |
Cupón Genérico Combustible | 18,500 | $ 10.00 | $10.00 | $ 185,000.00 |
TOTAL | $ 200,000.00 |
LA CONTRATISTA garantiza que entregará el suministro antes descrito en el plazo y forma establecidos en el presente instrumento. A efectos de garantizar el cumplimiento del objeto de este contrato LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efectos de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) El acuerdo de Junta Directiva numero dos mil doscientos ochenta y seis de fecha veintidós xx xxxxx de dos mil diecisiete, por medio del cual se autorizó el inicio del proceso de Contratación Directa N° CD-02/2017 “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE POR MEDIO DE CUPONES” y se aprobaron las especificaciones técnicas de la contratación, b) Las especificaciones técnicas del proceso, c) La oferta adjudicada y sus documentos, d) El Acuerdo de Junta Directiva número dos mil cuatrocientos treinta y nueve de fecha treinta y uno xx xxxx de dos mil diecisiete por medio del cual se adjudicó la contratación, e) El Acuerdo de Junta Directiva número dos mil cuatrocientos cuarenta de fecha treinta y uno xx xxxx de dos mil diecisiete por medio del cual se nombró al administrador del contrato; f) Las Garantías; y g) Las resoluciones modificativas si las hubiere. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. TERCERA: VIGENCIA DEL CONTRATO. La vigencia del presente contrato será a partir de la fecha de la firma del presente instrumento hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, o hasta que se agote el presupuesto asignado a este contrato, de ambas lo que suceda primero, obligándose la contratista a cumplir durante dicho tiempo, con las condiciones establecidas en los documentos contractuales referidos en la cláusula segunda. CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio total por el suministro del presente contrato asciende a la suma de DOSCIENTOS MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($200,000.00), monto que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, la Contribución de la Conservación Vial y la Contribución especial para la estabilización de las tarifas del servicio público de transporte colectivo de pasajeros, dicho monto
será pagado por la INSTITUCIÓN CONTRATANTE en un plazo de sesenta días contados a partir de la presentación por parte de LA CONTRATISTA a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Institución Contratante del recibo de emisión de cupones de combustible de acuerdo a la cantidad de cupones entregados, copia del presente contrato y acta de recepción parcial y/o final del suministro y cualquier otra documentación que le sea requerida. Para que la contratante pueda hacer efectivo el pago, la contratista deberá presentar un número de cuenta del Banco de su elección, en la que se realizará el depósito de la cantidad a cancelar por el comprobante presentado para cobro. QUINTA: PLAZO, LUGAR, FORMA DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO. La entrega se realizara en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del requerimiento notificado a la contratista por el Administrador de Contrato. La entrega de cupones a la Asamblea Legislativa por parte de la Contratista se realizará siempre que la Institución Contratante esté al día en sus obligaciones de pago de las entregas anteriores, por lo que no se hará entrega de pedidos hasta que la entrega anterior haya sido cancelada. LA CONTRATISTA entregará el suministro objeto del contrato en sus oficinas administrativas ubicadas en edificio FUSADES, segundo nivel, Boulevard y Urbanización Santa Xxxxx, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, de lunes a viernes en horario de ocho de la mañana a doce del mediodía, en entregas parciales y con un máximo de entrega xx xxxx mil setecientos cincuenta cupones a la vez. LA CONTRATISTA no se responsabiliza por cupones que una vez entregados sean extraviados y/o sean usados por personas no autorizadas o de forma indebida. La entrega se realizara a la persona designada por la Institución Contratante la cual deberá presentar carta de autorización para el retiro de los cupones. SEXTA: COMPROMISO PRESUPUESTARIO. LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE hace constar que
el importe económico del presente contrato será aplicado al compromiso presupuestario número 618 y cifrado presupuestario 2017-0100-1-01-03-21. SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. LA
CONTRATISTA se compromete a: a) Elaborar los cupones de combustible de acuerdo a los siguientes estándares: 1) Marca de agua genérica visto a trasluz, figuras de “rombos” impreso en masa de papel, 2) Tinta invisible con fluorescencia amarilla visible a través de lámpara de luz ultravioleta, 3) Fibras visibles xxxxx y azules y fibras invisibles xxxxxxxxx y azules visibles sólo con luz ultravioleta, 4) Verificación instantánea (reacción a plumón verificador), 5) Logoline en área de firmas, 6) Código xx xxxxxx, 7) A nombre de la Asamblea Legislativa y numeración correlativa y 8) Deberán tener un espacio para colocar el número de placa del vehículo, firma y sello de autorización por parte de la Asamblea Legislativa; b) La denominación de los cupones será de $5.00 y $10.00 y serán genéricos, es decir, que pueden ser canjeados por Súper con Dynamax, gasolina regular con Dynamax y/o Diésel con Dynamax en la red de estaciones de servicio detalladas en la oferta; c) Los cupones deberán indicar su vigencia la cual será de un año a partir de la fecha de emisión, y se podrá aumentar la vigencia de los mismos a solicitud de la Asamblea Legislativa por un período de hasta seis meses, para lo cual la contratista emitirá una carta en
la que hará constar que se aumentará la vigencia por seis meses más, pero no se reemplazaran los cupones de combustible, d) Entregar el suministro objeto del presente contrato en el plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la recepción por parte de la contratista de pedido emitido por el Administrador de Contrato, e) canjear los cupones de combustible en la red de estaciones de servicios de la marca UNO las cuales están detalladas en el ANEXO: ESTACIONES DE SERVICIO A NIVEL NACIONAL del presente contrato, f) Cualquier otra obligación que derive de los documentos contractuales relacionados en la cláusula segunda de este instrumento. OCTAVA: ADMINISTRACIÓN. En la relación administrativa del presente contrato el enlace entre la Asamblea Legislativa y el Contratista, será el Ing. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Jefe del departamento de Transporte, quien tendrá la responsabilidad de verificar el cumplimiento del presente contrato en los aspectos técnicos, administrativos y financieros. NOVENA. GARANTIA: Para garantizar las obligaciones emanadas del presente contrato LA CONTRATISTA se obliga a presentar dentro del plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción del contrato firmado por ambas partes, una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por un monto de VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($20,000.00) equivalente al diez por ciento del valor total del contrato, para asegurar que cumplirá con todas las cláusulas establecidas en este contrato y que el suministro será entregado a entera satisfacción. Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar y deberá permanecer vigente por un plazo igual al plazo contractual más noventa días. La no presentación de esta garantía en el plazo establecido dará por caducado el contrato y se entenderá que LA CONTRATISTA ha desistido de su oferta, sin detrimento de la acción que le compete a LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE para reclamar los daños y perjuicios resultantes. Se aceptarán como garantías: cheque certificado, fianza o garantía bancaria, emitida por institución bancaria, sociedades de seguro, afianzadoras nacionales y extranjeras, sociedades de garantías reciprocas, siempre y cuando su emisión de garantías lo hicieren por medio de alguna de las instituciones autorizadas por medio de la Superintendencia del Sistema Financiero y deberán ser otorgada con calidad de solidaria, irrevocables y ser de ejecución inmediata como garantía a primer requerimiento. DÉCIMA: INCUMPLIMIENTO A NORMATIVA RELACIONADA CON LA PROHIBICIÓN DEL TRABAJO INFANTIL Y DE PROTECCIÓN A LA PERSONA ADOLESCENTE TRABAJADORA. Si durante la
ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte de la contratista a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el art. 160 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) para determinar el cometimiento o no durante la ejecución del contrato de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el art. 158 Romano V literal b) de la LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá
por comprobado el incumplimiento a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber cometido una infracción, o por el contrario si se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en éste último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final. DECIMA PRIMERA. PROHIBICIONES: Queda expresamente prohibido a LA CONTRATISTA traspasar o ceder a cualquier título los derechos y obligaciones emanados del presente contrato, así como subcontratar. La trasgresión de esta disposición además de las causales comprendidas en el Artículo Noventa y Cuatro de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, dará lugar a la caducidad del contrato procediéndose a hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento de Contrato. DÉCIMA SEGUNDA: MULTA POR XXXX. En caso xx xxxx en el cumplimiento del presente contrato por parte de LA CONTRATISTA, se aplicará lo dispuesto en el artículo ochenta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración pública. DECIMA TERCERA: CADUCIDAD: La caducidad del contrato procederá en los casos establecidos en el artículo 94 de la LACAP, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento. DÉCIMA CUARTA: MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA. De común acuerdo el presente contrato podrá ser modificado o prorrogado en su plazo de conformidad a la Ley. En tales casos, la institución contratante emitirá la correspondiente resolución modificativa o prorroga según sea el caso, debiendo ser firmada por el Fiscal General de República y la Contratista. DÉCIMA QUINTA: TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes podrán acordar la extinción de las obligaciones que emanan de este contrato en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato. DÉCIMA SEXTA: CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. Por motivos de casos fortuitos o fuerza mayor y de conformidad al artículo ochenta y seis de la LACAP LA CONTRATISTA, podrá solicitar una prórroga del plazo de cumplimiento de las obligaciones contractuales objeto del contrato en ejecución, debiendo justificar y documentar su solicitud, la cual para que sea efectiva, deberá ser aprobada por la Institución Contratante; si procediere la aprobación, LA CONTRATISTA deberá entregar la ampliación de la garantía de cumplimiento de contrato. En todo caso y aparte de la facultad de la institución para otorgar tal prórroga, la misma se formalizará por medio de resolución modificativa que formará parte integrante del presente contrato. DÉCIMA SEPTIMA: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Para resolver las diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del presente contrato se estará a lo dispuesto en el Título VIII, Capítulo I de la LACAP. DÉCIMA OCTAVA: JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para los efectos jurisdiccionales de este contrato las partes se someten a la legislación vigente de la República de El Xxxxxxxx cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el artículo cinco de la LACAP. Asimismo, señalan como domicilio especial el de esta ciudad a la competencia de cuyos tribunales se someten. DÉCIMA NOVENA:
NOTIFICACIONES. Las notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a continuación se indican. LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE: Al Administrador de Contrato con copia a la Presidencia en Xxxxxxx Legislativo, Centro de Gobierno, San Xxxxxxxx y LA CONTRATISTA: Edificio FUSADES, segundo nivel, Boulevard y Urbanización Santa Xxxxx, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, Contacto
. En fe de lo cual firmamos este contrato en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los siete días del mes xx xxxxx de dos mil diecisiete.
LIC. XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX----------ILEGIBLE FISCAL GENERAL
DE LA REPÚBLICA---------------SELLO FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA XX.
XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX Y XXXX--------------ING. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX---
ILEGIBLE-----------------CONTRATISTA-----------------------SELLO-----ILEGIBLE SELLO
NOTARIO”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””
En la ciudad de San Xxxxxxxx, a las quince horas del día siete xx xxxxx de dos mil diecisiete. Ante mí, XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX, notario, del domicilio de , comparecen los señores: XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX, de cuarenta y nueve años de edad, Abogado, del domicilio de San Xxxxxxxx, persona de mi conocimiento a quien identifico por medio de su Documento Único de Identidad ,
actuando en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, específicamente de la Asamblea Legislativa, Institución con Número de Identificación Tributaria
; en su carácter de Fiscal General, personería que DOY FE de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista el Decreto Legislativo Número Doscientos Treinta y Cinco, emitido por la Asamblea Legislativa el día seis de enero de dos mil dieciséis, publicado en el Diario Oficial Número Cinco, Tomo Número Cuatrocientos Diez, de fecha ocho de enero de dos mil dieciséis, mediante el cual la Asamblea Legislativa eligió en el cargo de Fiscal General de la República, al Licenciado Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, para el período de tres años contados a partir del día seis de enero de dos mil dieciséis que concluyen el cinco de enero de dos mil diecinueve, y sobre la base de lo que disponen los artículos Ciento Noventa y Tres, Ordinal Quinto de la Constitución de la República; Dieciocho literal ”i” de la Ley Orgánica de La Fiscalía General de la República; y Dieciocho, Inciso Cuarto de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, los cuales le
conceden facultades para celebrar contratos como el presente y que en el transcurso de este instrumento se denominará “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE”; y por otra parte los señores XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX Y XXXX, de cincuenta y ocho años de edad, empleado, del domicilio de
persona a quien ahora conozco e identifico por medio de su
Documento Único de Identidad número con Número
de Identificación Tributaria
y XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX, de cuarenta y nueve años de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de
persona a quien ahora conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número
y Número de Identificación Tributaria
, actuando en calidad de Apoderados Generales Administrativos de la sociedad UNO EL XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse UNO EL XXXXXXXX, S.A. del domicilio de
de nacionalidad salvadoreña, con Número de Identificación
, cuya personería también DOY FE de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista Fotocopia Certificada por Notario de Escritura Pública de Poder General Administrativo, otorgada en esta ciudad, a las quince horas del día quince de julio de dos mil catorce, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, por el Doctor Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx, entonces de setenta y dos años de edad, actuando en nombre y representación en su calidad de ejecutor especial de la sociedad UNO EL XXXXXXXX, SOCIEDAD ANÓNIMA, a favor del ingeniero Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx y Xxxx y del ingeniero Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, inscrita en el Registro de Comercio al número ONCE del libro UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE del Registro de Otros Contratos Mercantiles, el día dieciocho de julio de dos mil catorce, de la que consta que los apoderados nombrados se encuentran facultados entre otras cosas, para que en nombre y representación de la sociedad, puedan firmar conjuntamente contratos como el presente, en la escritura de poder el Notario autorizante dio fe de la personería con la que compareció el poderdante, así como de la existencia legal de la sociedad; Por lo que los comparecientes se encuentran facultados para otorgar actos como el presente y que en el transcurso del presente instrumento se denominarán “LA CONTRATISTA”, y ME DICEN: Que en esta misma ciudad y fecha han celebrado un contrato de “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE POR MEDIO DE CUPONES”, el cual me presentan para darle categoría de instrumento público, dicho contrato ha sido celebrado conforme a las cláusulas que a continuación se especifican: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se compromete a suministrar combustible por medio de cupones según lo detallado en la cláusula primera del contrato que se auténtica. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del contrato los
documentos siguientes: a) El acuerdo de Junta Directiva numero dos mil doscientos ochenta y seis de fecha veintidós xx xxxxx de dos mil diecisiete, por medio del cual se autorizó el inicio del proceso de Contratación Directa N° CD – CERO DOS / DOS MIL DIECISIETE “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE POR
MEDIO DE CUPONES” y se aprobaron las especificaciones técnicas de la contratación, b) Las especificaciones técnicas del proceso, c) La oferta adjudicada y sus documentos, d) El Acuerdo de Junta Directiva número dos mil cuatrocientos treinta y nueve de fecha treinta y uno xx xxxx de dos mil diecisiete por medio del cual se adjudicó la contratación, e) El Acuerdo de Junta Directiva número dos mil cuatrocientos cuarenta de fecha treinta y uno xx xxxx de dos mil diecisiete por medio del cual se nombró al administrador del contrato; f) Las Garantías; y g) Las resoluciones modificativas si las hubiere. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. TERCERA: VIGENCIA DEL CONTRATO. La vigencia del contrato será a partir de la fecha de la firma del instrumento hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, o hasta que se agote el presupuesto asignado al contrato, de ambas lo que suceda primero, obligándose la contratista a cumplir durante dicho tiempo, con las condiciones establecidas en los documentos contractuales referidos en la cláusula segunda. CUARTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO. El precio total por el suministro del contrato asciende a la suma de DOSCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, monto que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, la Contribución de la Conservación Vial y la Contribución especial para la estabilización de las tarifas del servicio público de transporte colectivo de pasajeros, dicho monto será pagado por la INSTITUCIÓN CONTRATANTE en un plazo de sesenta días contados a partir de la presentación por parte de LA CONTRATISTA a la Gerencia de Administración y Finanzas de la Institución Contratante del recibo de emisión de cupones de combustible de acuerdo a la cantidad de cupones entregados, copia del contrato y acta de recepción parcial y/o final del suministro y cualquier otra documentación que le sea requerida. Para que la contratante pueda hacer efectivo el pago, la contratista deberá presentar un número de cuenta del Banco de su elección, en la que se realizará el depósito de la cantidad a cancelar por el comprobante presentado para cobro. QUINTA: PLAZO, LUGAR, FORMA DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO. La entrega se realizara en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del requerimiento notificado a la contratista por el Administrador de Contrato. La entrega de cupones a la Asamblea Legislativa por parte de la Contratista se realizará siempre que la Institución Contratante esté al día en sus obligaciones de pago de las entregas anteriores, por lo que no se hará entrega de pedidos hasta que la entrega anterior haya sido cancelada. LA CONTRATISTA entregará el suministro objeto del contrato en sus oficinas administrativas ubicadas en edificio FUSADES, segundo nivel, Boulevard y Urbanización Santa Xxxxx, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, de lunes a viernes en horario de ocho de la mañana a doce del mediodía, en entregas parciales y con un máximo de entrega xx xxxx mil setecientos cincuenta cupones a la vez. LA
CONTRATISTA no se responsabiliza por cupones que una vez entregados sean extraviados y/o sean usados por personas no autorizadas o de forma indebida. La entrega se realizara a la persona designada por la Institución Contratante la cual deberá presentar carta de autorización para el retiro de los cupones. Dicho contrato contiene otras cláusulas que por estar claramente detalladas en el mismo, se omite relacionar, no obstante los comparecientes las reconocen. Así se expresaron los otorgantes, y yo, la notario, DOY FE: Que las firmas puestas en el documento por los comparecientes, son AUTÉNTICAS, por haber sido puestas a mi presencia, además de las calidades en las que comparecen y que expliqué a los comparecientes los efectos legales de la presente acta notarial que consta de tres hojas útiles, y leída que les fue por mí, íntegramente, en un solo acto sin interrupción, ratificaron su contenido y firmamos. DOY FE.
LIC. XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX----------ILEGIBLE FISCAL GENERAL
DE LA REPÚBLICA---------------SELLO FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA XX.
XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX Y XXXX--------------ING. XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXX---
ILEGIBLE-----------------CONTRATISTA-----------------------SELLO-----ILEGIBLE SELLO
NOTARIO”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””
ANEXO: ESTACIONES DE SERVICIO A NIVEL NACIONAL
N° | NOMBRE DE LA ESTACIÓN | DEPARTAMENTO | MUNICIPIO | DIRECCION ESTACIÓN DE SERVICIO | TELÉFONO |
1 | AGUILARES | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx | Xx 00 0/0 Xxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx, Xxxxxxxxx. | 2313-0368 |
2 | XXXXXXXXXX | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxx | Xx 000 xxxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx. | 2443-0371 |
3 | XXXXXXX XXXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxxx 00 AV. Norte | 2534-9399 |
4 | ANAMOROS | La Unión | La Unión | Entrada a Anamoros, La Unión | 2647-0492 |
5 | APASTEPEQUE | San Xxxxxxx | Apastepeque | Carretera Panamericana, desvío apastepeque, San Xxxxxxx | 2362-5639 |
6 | APOPA | San Xxxxxxxx | Xxxxx | Km 12 1/2 Carretera troncal del norte, frente a Saltex | 2214-8692 |
7 | Arboledas | La Xxxxxxxx | Xxxxx | Km 24 1/2 Autopista S.S Santa Xxx, Cantón Las Angosturas | 2319-6244 |
8 | Astrall | La Libertad | La Libertad | Xxxxx Xx Xxxxxxxx x 0x Xx. Xxxxx, Xx 0 | Xxxxxxxxxxxx |
0 | ATECOZOL | Sonsonate | Izalco | Km 58 1/2 Carretera de SS a Sonsonate, Sonsonate | 2453-6662 |
00 | XXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxx 0 xx Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxx Xxx Xxxxxxxx | 2276-5780 |
11 | XXXXXXXXX XXXXX XXX | Xxxxx Xxx | Xxxxx Xxx | Xx. Xxxxxxxxxxxxx Xxx, xxxxx 00 y 00 Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxx | 0000-0000 |
12 | XXXXXXXXX XXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxx x Xxxxx Xxxxxxxx, Xxx Xxxxxxxx | 2273-6951 |
13 | Berlín | Usulután | Berlín | Xxx. Xxxxxxxxx, Xxx X, Xxxxxx Xx Xxxxxxxxx | 0000-0000 |
00 | Xxxx Xxxxx | Xxxxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx | Km 114 carretera Al Litoral, Cara Sucia | 7742-5071 |
15 | XXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxx | Xx 00 0/0 Xxxxxxxxx Xxxxxxxx que conduce hacia San Xxxxxxxx, San Xxxxxx. | 2220-0762 |
16 | XXXXXXXXX XX XXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxxx | Xx 0 0/0 Xxxxxxxxx xx Xxx, Xxxxxxxxxxxxx. | 2253-7642 |
17 | CARROUSEL | Xxx Xxxxxx | Xxx Xxxxxx | Xx. Xxxxxxxxx Xx 000 Xxx Xxxxxx | 2661-1812 |
18 | CENTRO AMERICA | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxx Xxx Xxxxxxx Xxxx, Xxx. Xx Xxxxx, Xxx Xxxxxxxx | 2235-6869 |
19 | CHALATENANGO I | Chalatenango | Xxxxxxxxxxxx | Xxxxx Xx 00 x 00 Xxxxxxxxx xx XX x Xxxxxxxxxxxx | 2335-2765 |
20 | XXXXXXXXXXXX XX | Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxxx x xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx | 2335-2770 |
21 | CHALCHUAPA | Santa Xxx | Chalchuapa | Av. Principal Carretera Panamericana Chalchuapa | 2440-0060 |
22 | CHAPELTIQUE | San Xxxxxx | Chapeltique | Cantón La Isla 1 Km antes de Chapeltique San Xxxxxx | 2618-2225 |
23 | CHINAMECA | San Xxxxxx | Xxxxxxxxx | Carretera Panamericana desvió a Chinameca San Xxxxxx | 2613-0458 |
24 | CIUDAD CORINTO | San Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx | Ciudad Corinto, Mejicanos | 2282-6156 |
25 | COJUTEPEQUE | Cuscatlán | Cojutepeque | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx 00 Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxx | 2372-2580 |
00 | XXXXXXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxx. Xxxxxxxxxxxx, Xxx Xxxxxxxx | 2262-3547 |
27 | DON QUIJOTE | La Xxxxxxxx | Xxxxx | Carretera Panamericana Km 21 Colón | 2338-5665 |
28 | EL XXXXXX | Xxx Xxxxxx | Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xx. 000 ½, Departamento de San Xxxxxx (frente al Hospital Militar). | 2669-7682 |
29 | EL CUCO | San Xxxxxx | Xxxxxxxxxx | 100 mts antes del desvío al Esterón, Cantón El Cuco, Chirilagua, San Xxxxxx | 7544-3966 |
30 | EL FRUTAL | Santa Xxx | El Congo | Autopista Santa Xxx desvío El Congo, Santa Xxx | 2446-9711 |
31 | El Mango | Xxxxxxxxxx | Xxxxxxxxxx | Xx 000, Xxxxxxx Xx Xxxxx XX, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxxx, Carretera El Litoral. | Próximamente |
32 | EL REFUGIO | Santa Xxx | Chalchuapa | 0xx xxxxx xxxxxxx x 0x xxx xxxxx #00 Xxxxxxxxxx | 2444-0060 |
33 | EL RHIN | Xxx Xxxxxx | Xxx Xxxxxx | Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xx. 0000 Xxx Xxxxxx | 2667-0526 |
34 | ESCALON | San Salvador | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx 00 x 00 Xx. Xxx, Xxx Xxxxxxxx | 2264-5902 |
35 | XXXXXXX XXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | 00 Xxx. Xxx x Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxx | 2221-0749 |
36 | ICHANMICHEN | Xx Xxx | Xxxxxxxxxxxx | Xx. 00 Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx Xx Xxx. | 2334-5589 |
37 | ILOPANGO | San Xxxxxxxx | Ilopango | Xxxx. Xxx Xxxxxxxx Xx 0 0/0, Xxxxxxxx | 2294-1764 |
00 | XXXX XXXXX XX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxx Xxxx Xxxxx XX entre 9a y 00x Xx. Xxxxx, Xxx Xxxxxxxx | 2221-1968 |
39 | LA COQUERA | San Xxxxxx | San Xxxxxx | Xxxx Militar y 4 ave norte, San Xxxxxx | 7888-4856 |
40 | XX XXX | Xx Xxx | Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xx Xxxxxxx XX 00 Xxxxxxxxxxxx, Xx Xxx. | 2334-0110 |
41 | LA SULTANA | La Libertad | Antiguo Cuscatlán | Calle Mediterráneo y Av. Las Palmeras, Antiguo Cuscatlán, La Libertad | 2243-2873 |
42 | LAS AMERICAS | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | 00 Xx. Xxx x X. Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxx. Xxxxxxx | 2210-0340 |
43 | XXX XXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx | Xx 0 Xxxx xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx | 2227-1718 |
44 | LAS DELICIAS | La Libertad | Santa Tecla | Entre 2a y 0x Xxxxx Xxx. Xxxxx Xxxxx Xxxxx | 0000-0000 |
45 | XXX XXXXX | Xx Xxxxxxxx | Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxx. Xxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx, Calle Mediterráneo y Av. Xxxxxx Xxxxxxxx, Antiguo Cuscatlán | 2273-9534 |
46 | XXX XXXXXXXX | Xx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxxx | Xx 00 0/0 Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xx Xxxxxxxx | 2310-3774 |
00 | XXX XXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxx x Xxx. Xxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Xxx Xxxxxxxx | 2284-2353 |
00 | XXX XXXXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx | Xxxxxx x Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx | 2291-0007 |
49 | XXX XXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxx. Xxx Xxxxxx y Calle Sisimiles, San Xxxxxxxx | 2260-6329 |
50 | LOS LEONES | Sonsonate | Sonsonate | Calle Obispo Xxxxxxxxx y Blvd Xxxxx Xxxxxx, Carretera a Acajutla, Sonsonate | 2451-5969 |
51 | LOS NARANJOS | Sonsonate | Sonsonate | Cantón Los Naranjos, Carretera a Santa Xxx, Sonsonate | 7210-0704 |
52 | LOS OLIVOS | Morazán | San Xxxxxxxxx Xxxxxx | Cantón El Triunfo Km. 166 Carretera xx Xxxxxx a San Xxxxxx | 2654-0284 |
00 | XXX XXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Km 15 carretera a los planes, San Xxxxxxxx | 2270-8829 |
00 | XXX XXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxx. Xxx Xxxxxxxx, Contiguo a Scotiabank. | 2534-9392 |
55 | XXXXXXX | La Xxxxxxxx | Xxxxx | Km 23 1/2 Carretera a Sonsonate, La Libertad | 2318-2676 |
56 | METAPAN | Santa Xxx | Xxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx 000 (Xxxxxxxx Xxxxxxxx) Metapan Sta Xxx | 2442-0290 |
00 | XXXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | 49 Xxx. Xxxxx x 0x Xxxxx xxxxxxxx, Xxx Xxxxxxxx | 2260-5745 |
58 | MONUMENTAL | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxx. Xx xxx Xxxxxxxx, Xxx Xxxxxxxx | 2248-1788 |
59 | XXXXXX | Xxxxx Xxx | Xxxxx Xxx | 00 Xxx. Xxx xxxxx 00 y 00 Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxx | 0000-0000 |
60 | PALO BLANCO | San Xxxxxx | San Xxxxxx | Carretera Panamericana, salida a La Unión San Xxxxxx | 2667-6614 |
00 | XXXXXXXXXXXX XXXX XXXXX XX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx XX, 00 XX. Xxxxx | 0000-0000 |
00 | XXXXXXXX | Xxxxxxxx | Xxxxxxxx | Salida a San Xxxxxx, Usulután | 2624-2021 |
00 | XXXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Av. Xxxxxxxxx entre 45 Av. Norte, SS | 2260-6288 |
00 | XXX XXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxx. Xx Xxxxxxx y Calle a Sta. Tecla, San Xxxxxxxx | 2223-7759 / 2298- 4717 |
00 | XXX XXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | 5a Ave. Norte y Calle San Xxxxxx, San Xxxxxxxx | 2225-9348 |
00 | XXX XXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxx | Xxxxx San Xxxxxxx y Ave. Los Diplomáticos No. 211 | 2270-1576 |
00 | XXX XXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxx | Xxxxx x Xxx Xxxxxx Xx 0.0 Xxx Xxxxxxxx | 2220-4374 |
68 | XXX XXXXXX | Xxx Xxxxxx | Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xx 000 salida a Sta. Rosa de Lima, San Xxxxxx | 2669-2639 |
69 | Santa Xxxxxxxx | La Libertad | Ciudad Xxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xx 00, Xxxxxx Xx Xxxxxxx | 2330-9031 |
70 | Santa Xxxxx | La Libertad | Antiguo Cuscatlán | Av. El Pepeto Sur y Calle Llama xxx Xxxxxx Oriente, Urb Madreselva 3 | 2246-1109 |
71 | SANTA XXXXX | Sonsonate | Sonsonate | Xx 00 Xxxxxxxxx x Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx. | 2451-7051 |
00 | XXXXX XXXX XX XXXX | Xx Xxxxx | Xxxxx Xxxx xx Xxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xx 000 Xxxxx Xxxx xx Xxxx | 2641-3344 |
00 | XXXXX XXXXX | Xx Xxxxxxxx | Xxxxx Xxxxx | Carretera Panamericana y Col Xxxxxx, Santa Tecla, La Libertad | 2228-9038 |
74 | Santiago de María | Usulután | Usulután | Xxxxxx xx xxxxxxxx, xx 000, xxxxxxx xxxxx x Xxxxxxxx de Maria Usulután | 7748-0963 |
00 | XXXXXXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Autopista a Comalapa, contiguo a Xxxxxxxx Xxxx Xxxx, Xxx Xxxxxxxx, xx 0. | 2213-0717 |
76 | SCOTI | San Xxxxxx | San Xxxxxx | 0x Xxxxx Xxxxxxx Xx 000, Xxxxxx Xx Xxxx, Xxx Xxxxxx | 2660-2722 |
77 | SOYAPANGO | San Xxxxxxxx | Soyapango | X. Xxxxxxxx X. Xxxxxxxxx x Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxx, Xx.00, Xxxxxxxxx | 2277-6652 |
78 | TEMPISQUE | Cabañas | Sensuntepeque | Km 83 1/2 Carretera a SS, Sensuntepeque, Cabañas | 2382-0341 |
79 | TERMINAL LA UNION | La Unión | La Unión | 0xx Xxxxx Xxxxxxxx x 0xx Xxx Xxxxx, Xxxxxx Xxx Xxxxxx, Xx Xxxxx | 7544-3966 |
80 | XXXXXXXX | Sonsonate | Acajutla | Xxxxxxxxx Xxxxxxx XX 00 Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxx Xx Xxxxx, Xxxxxxxxx. | 2420-7299 |
81 | XXXXXXX | Xx Xxxxxxxx | Xxxxx | Xx 00 0/0 Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | 2319-2920 |
82 | XXXXXXX XXX XXXXX | Xxx Xxxxxxxx | Xxxxx | Xx 00 Carretera troncal del norte, Cantón San Xxxxxxx | 2216-8652 |
83 | Usulután | Usulután | Usulután | Carretera El Litoral Km 000 | 0000-0000 |
84 | UTILA | La Libertad | Santa Tecla | Xx 00 Xxxxxxxxx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxx | 2229-9426/27 |
85 | VENEZUELA | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxxx, Xxx Xxx Xxxxx. | 2298-1717 |
86 | ZACAMIL | San Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx | Centro Xxxxxx Xxxxxxx, San Xxxxxxxx | 2232-0003 |
87 | Xxxx Xxxx | Xxx Xxxxxxxx | Xxx Xxxxxxxx | 00 Xxx Xxx, Xxxxxxx Xx Xxxxxxx, Xxx Xxxxxxxx | 2263-6067 |