CONTRATO: INSTRUCTOR PARA LOS " CURSOS DEPORTIVOS VACACIONALES 2017 PARA JOVENES Y ADOLESCENTES DE LA PARROQUIA MULLIQUINDIL "
CONTRATO: INSTRUCTOR PARA LOS " CURSOS DEPORTIVOS VACACIONALES 2017 PARA JOVENES Y ADOLESCENTES DE LA PARROQUIA MULLIQUINDIL "
C.P.O – 014 – MULLIQUINDIL – 2017
COMPARECIENTES:
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Autónomo Descentralizado de la Parroquia Mulliquindil, con Registro Único de Contribuyentes RUC No. 0560020650001, representado por el Señor XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, en calidad de Presidente del GAD Parroquial Mulliquindil, a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y por otra con Registro Único de Contribuyentes RUC No. 0502029309001, representada por el Lcdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx en calidad de Entrenador, a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES.-
1.1. De conformidad con los Art. 60.- Contrataciones de ínfima cuantía de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-.- Las contrataciones para la ejecución de obras, adquisición de bienes o prestación de servicios, cuya cuantía sea igual o menor a multiplicar el coeficiente 0,0000002 del Presupuesto Inicial del Estado se las realizará de forma directa con un proveedor seleccionado por la entidad contratante sin que sea necesario que éste conste inscrito en el RUP. Dichas contrataciones se formalizarán con la entrega de la correspondiente factura y serán autorizadas por el responsable del área encargada de los asuntos administrativos de la entidad contratante, quien bajo su responsabilidad verificará que el proveedor no se encuentre incurso en ninguna inhabilidad o prohibición para celebrar contratos con el Estado.
1.2 Estas contrataciones no podrán emplearse como medio de elusión de los procedimientos.
El INCOP, mediante las correspondientes resoluciones, determinará la casuística de uso de la ínfima cuantía. El INCOP podrá requerir, en cualquier tiempo, información sobre contratos de ínfima cuantía, la misma que será remitida en un término xxxxxx xx xxxx días de producida la solicitud. Si se llegara a detectar una infracción a lo dispuesto en el inciso precedente o un mal uso de esta contratación, el INCOP remitirá un informe a los organismos de control para que inicien las actuaciones pertinentes. El Plan Anual de Contrataciones de la CONTRATANTE, contempla para la “INSTRUCTOR PARA LOS " CURSOS DEPORTIVOS
VACACIONALES 2017 PARA JOVENES Y ADOLESCENTES DE LA PARROQUIA MULLIQUINDIL ".
1.3 Se cuenta con la existencia y disponibilidad de la partida 7.1.05.07 denominada HONORARIOS para el INSTRUCTOR PARA LOS " CURSOS DEPORTIVOS VACACIONALES 2017 PARA JOVENES Y ADOLESCENTES DE LA PARROQUIA MULLIQUINDIL ".
1.4 Luego del proceso correspondiente, la entidad contratante mediante Acta Nº 012 en Sesión Ordinaria del día martes 27 xx Xxxxx del 2017, Resuelven: contratar a un Instructor para los " Cursos deportivos vacacionales 2017 para jóvenes y adolescentes de la Parroquia Mulliquindil" al Lcdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx en calidad de Entrenador
CLÁUSULA SEGUNDA .- DOCUMENTOS.
2.1 Forman parte del presente contrato:
a) La Certificación Presupuestaria ( GAD Parroquial )
b) Resolución Administrativa. ( GAD Parroquial )
c) Copias de la Cédula de Ciudadanía, RUC, Certificación bancaria actualizada o copia de la libreta (Contratista) .
d) Informes de actividades ejecutadas (Contratista)
e) Registro de asistencia a los cursos vacacionales (Contratista).
CLÁUSULA TERCERA.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El CONTRATISTA se obliga con el CONTRATANTE a entregar los documentos de informes y registros a entera satisfacción como INSTRUCTOR PARA LOS " CURSOS DEPORTIVOS VACACIONALES 2017 PARA JOVENES Y ADOLESCENTES DE LA PARROQUIA MULLIQUINDIL " y a ejecutar el contrato a entera satisfacción del contratante, lugar de entrega de documentos en el GAD de la Parroquia Mulliquindil.
CLÁUSULA CUARTA.- PRECIO DEL CONTRATO
4.1 El valor del presente contrato, que e l CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el valor de $ 1.848,00 ( MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO DÓLARES) MÁS IVA de conformidad con el informe de actividades a ejecutarse, como se indica a continuación:
ACTIVIDADES | FECHAS | RESPONSABLES |
ACTIVIDADES DEL CURSO 1. Inauguración 2. Actividades futbolísticas 3. Actividades de básquet y fut sala indor futbol 4. Practicas de futbol 5. Prácticas de futbol 6. Básquet indoor 7. Intercambio futbolístico 8. Prácticas de futbol 9. Intercambio futbolístico 10. Prácticas de futbol 11. Básquet indoor 12. Asenso xx xxxxxxxxxx 00. Prácticas de futbol 14. Intercambio futbolístico 15. Gira de observacion parquet de la Familia ( Ambato) 16. Piscina Municipal 17. Marathon Atletica y Clausura | 17 de Julio 13h00 Martes 18, miercoles19 de julio Jueves 20 de xxxxx Xxxxxxx 21 de julio Lunes 24, martes 25 y Miércoles 26 de julio Jueves 27 de xxxxx Xxxxxxx 28 de julio Lunes 31 de xxxxx xxxxxx 01 xx Xxxxxx miércoles 02 agosto jueves 03 xx Xxxxxx Viernes 04 agosto Lunes 07 xx xxxxxx Martes 08 xx Xxxxxx Miércoles 09 agosto Jueves 10 xx Xxxxxx Viernes 11 agosto | GAD Y COMISION |
Detalle de rubros: para Instructores:
DESCRIPCION | DIAS | HORARIO: | HORAS/ DIA | DIAS | VALOR POR HORA | VALOR TOTAL AL DIA | TOTAL |
Instructores de futbol (3) | 23 | De 8h00 a12h00 y de 14h00 16h00 | 6 horas diarias | Lunes, martes, miércole s; y Viernes | 12,00 | 72,00 | 1.656,00 |
Instructores de Básquet (1) | 4 | De 8h00 a12h00 | 4 horas diarias | Jueves | 12,00 | 48,00 | 192,00 |
27 | |||||||
Monto total ( más IVA) | 1.848,00 |
4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme.
CLÁUSULA QUINTA.- FORMA DE PAGO
5.1 El CONTRATANTE entregará al CONTRATISTA, desde la celebración del Contrato se cancelará el 100% con un monto de $ 1.848,00 dólares más IVA debidamente aprobada por el Representante Legal. Y a entera satisfacción de la CONTRATANTE.
En el caso de adquisición de bienes, los pagos totales o parciales se realizarán contra el Acta o
Actas de Entrega Recepción Total o Parcial de los bienes adquiridos).
CLÁUSULA SEXTA: PLAZO
6.1 El plazo para la entrega de los Informes, registros contratados será a entera satisfacción una vez finalizado los cursos deportivos vacacionales, sin contar los sábados ni días domingos (Inicio de los cursos a partir xxx xxxxxx 18 de julio hasta el miércoles 16 xx xxxxxx del presente año).
CLÁUSULA SEPTIMA.- MULTAS
7.1 Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del contratista, se aplicará la multa de (El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la entidad en función del incumplimiento y de la contratación).
CLÁUSULA OCTAVA.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
8.1 El contratante designa mediante sesión ordinaria al xx Xxxxxx Xxxxxxxxx vocal del GADPM y administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares del bien que forma parte del presente contrato.
8.2 El contratante podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al contratista la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
CLÁUSULA NOVENA: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTE
9.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración del contrato y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos o por medios electrónicos.
CLÁUSULA DECIMA.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
10.1 El CONTRATANTE efectuara al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo al Artículo 45 de la Ley de Régimen Tributario Interno; con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente.
10.2 El CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que corresponda x xxxx patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo al Arts. 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial, Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO.-
11.1 El Contrato termina:
a) Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.
b) Por mutuo acuerdo entre las partes.
c) Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo ha pedido de los CONTRATISTAS.
d) Por declaración anticipada y unilateral de la ENTIDAD CONTRATANTE, en los casos establecidos en el Art. 94 de la LOSNCP.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- DOMICILIO
12.1 Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la Parroquia de Mulliquindíl.
a) Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
LA CONTRATANTE:
Presidente : Xxxxxxx Xxxxxxx
Dirección: Centro de Santa Xxx, Plaza Central Teléfono: 0000-000 Celular: 0984231765 Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
El CONTRATISTA:
Contratista: Lcdo. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx
Dirección: Xxxxxxxxxxxx Xxxxx x/x Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx , Xxxxxx Xxxxxxx
Celular: 0000000000
Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxx.xx
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- ACEPTACION DE LAS PARTES
13.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y/o prestación de servicios del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las condiciones particulares del contrato que están suscribiendo.
13.2 Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Mulliquindil a 14 de Julio del año 2017.