CAPÍTULO I EL PROBLEMA
CAPÍTULO I EL PROBLEMA
CAPÍTULO I EL PROBLEMA
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
El seguro de vida, es un contrato por el cual el asegurador a cambio de una prima única o periódica, se compromete a cancelar al suscriptor de la póliza o a la persona que él designe, un capital o una renta cuando fallezca o llegue a determinada edad la persona asegurada; su importancia radica en la forma de actuar del seguro de vida en resguardo de una posible situación de emergencia económica, siendo el beneficiario quien recibirá una suma de dinero en caso del fallecimiento del asegurado.
Dentro de este marco, existe un tema que ha tenido un gran auge en cuanto a los seguros de vida y es el término i ndisputabilidad; es por ello, que cuando se habla de que algo es indisputable, se entiende que no hay una réplica por xxxxxxx xx xxx y por una contratación consensual; en atención a lo expuesto, dentro del contrato de seguros específicamente en los seguros de vida, donde se encuentra una cláusula denominada de indisputabilidad, en virtud de la cual, una vez transcurrido un plazo prudencial de tiempo, el asegurador renuncia a discutir la validez de la póliza, a pesar de que existan declaraciones inexactas, ocultación de hechos materiales y en algunos
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contratos declaraciones fraudulentas.
Por su parte, Bado (2003, p. 111), denomina cláusula de indisputabilidad (“incontestable clause”), a la cláusula según la cual el asegurador renuncia a su derecho de alegar la nulidad de un contrato de seguro, cuando se configura una causal determinada como, por ejemplo, la reticencia o el suicidio.
Resultó asimismo interesante lo señalado por Xxxxx (2004), quien explica que la indisputabilidad es una característica de las pólizas de vida, en virtud de la cual en caso de inexactitud en las declaraciones del tomador, que influyan en la valoración del riesgo, el asegurador, una vez transcurrido tres
(3) años, no podrá refutar el contrato.
En Venezuela con el Decreto con Fuerza xx Xxx del Contrato de Seguros (2001), entro en vigencia la cláusula de indisputabilidad, la cual para poder ser aplicada deben transcurrir por lo menos tres (3) años desde la contratación del seguro hasta el fallecimiento del tomador, su finalidad es la de hacer que las pólizas de seguros de vida sean consideradas como absolutamente seguras, reduciendo al mínimo la posibilidad de que la compañía aseguradora pueda retrasar el pago de los capitales asegurados.
No obstante, la cláusula de indisputabilidad es incorporada en las pólizas de seguros de vida donde hay presunción de buena fe, según la ley; es por ello, que la mala fe debe probarse; en este sentido, se presenta la disyuntiva , de muchas personas de no querer contratar este tipo de seguro, puesto que por mucho tiempo existió la falta de pago oportuno a los beneficiarios de los
tomadores que en su momento contrataron los servicios de una empresa de seguros.
Es por esta razón, que con la vigencia del Decreto Ley del Contrato de Seguros (2001), esta investigación se plantea analizar la cláusula de indisputabilidad en el contrato de seguro de vida, para determinar si la indisputabilidad en este tipo de seguros, es una garantía que su beneficiario recibirá una vez haya fallecido, sin que la empresa aseguradora pueda objetar su cumplimiento.
2. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
2.1. OBJETIVO GENERAL
Analizar el marco jurídico y legal de la cláusula de indisputabilidad en el contrato de seguro de vida.
2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Analizar el artículo 99 del Decreto con Fuerza xx Xxx del Contrato de Seguros.
Analizar el Dolo en el Contrato de Seguro de Vida.
Analizar la Indisputabilidad en el Contrato de Seguro de Vida.
Analizar la Impugnación de la Cláusula de Indisputabilidad en el Contrato de Seguro de Vida.
3. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
La cláusula de indisputabilidad desde el punto de vista teórico, en los contratos de seguros tiene una gran importancia, debido al grado de aplicación que ella conlleva; es decir, prestarle un servicio de la mejor calidad, cumplimiento y alta confiabilidad fue lo que motivó al Estado en la necesidad de implementar una normativa que llevara a cabo ese fin.
Por tanto, mediante Ley Habilitante se creó el Decreto con Fuerza xx Xxx del Contrato de Xxxxxxx, el cual entró en vigencia en el 2001, y con él aparece la cláusula de indisputabilidad, objeto del presente estudio, cuyo aspecto más resaltante de la cláusula, es la seguridad que se le brinda al tomador para que él o los beneficiarios, obtenga una estabilidad prevenida antes de su muerte por medio del seguro de vida contratado.
Dentro de este marco, en Venezuela el conocimiento no llega a todas las instancias en cuanto a seguros de vida se refiere, por este motivo, también hubo influencia para que el Decreto con Fuerza xx Xxx del Contrato de Seguros (2001) fuera creado y mediante el cual se ve obligada la empresa aseguradora de manera coercitiva a cumplir con ella, y cancelar sin prerrogativas o derecho a réplica la cuota correspondiente al o los beneficiarios del tomador. Sin embargo, la legislación venezolana también establece algunos requisitos puntuales para que se dé esta cláusula, como lo son: el tiempo y la voluntad.
Por otra parte, desde el punto de vista metodológico, dada la importancia, de ser un estudio analítico documental, se analizarán una serie de doctrinas, e instrumentos de recolección de información, que servirán como marco referencial y apoyo a futuras investigaciones sobre el tema analizado en el presente trabajo especial de grado. Por todo lo antes expuesto, se estudia Análisis Jurídico y Legal de la Cláusula de Indisputabilidad en el Contrato de Seguro de Vida.
Dentro de la justificación metodológica, está el estudio conceptual de las instituciones de los contratos de seguros, el marco jurídico y legal de la cláusula de indisputabilidad en el contrato de seguro de vida. La defensa de los derechos fundamentales del tomador debe hacerse, pura y simplemente, en el marco de los derechos del ciudadano frente y ante la Superintendencia de Seguros.
En cuanto a la justificación científica, el estudio y análisis del ordenamiento jurídico de la clausula de indisputabilidad en el contrato de seguro de vida, establecida en el artículo 117 del Decreto con Fuerza xx Xxx del Contrato de Seguros (2001), asimismo, la impugnación de ésta cláusula por parte de la empresa aseguradora.
4. DELIMITACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
El presente trabajo especial de grado, se ejecutó en la Universidad Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, para el período comprendido entre Septiembre 2012 hasta Abril 2013. La línea de investigación es la correspondiente al Derecho
Mercantil especialmente en el ámbito asegurador, mediante el análisis jurídico y legal de la cláusula de indisputabilidad en el contrato de seguro de vida.
Lo cual se realizó estudiando fuentes tales como la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), el Código Civil (1982) y el Decreto con Fuerza xx Xxx de Contrato de Seguros (2001), entre una serie de doctrinarias como las establecidas por Xxxxxx (2000), Xxxxxx (2005), Xxxxxxx (2007), entre otros. Para determinar y estudiar las condiciones para que la cláusula de indisputabilidad pueda surtir efectos, en los contratos de seguros de vida, y por último el dolo y la mala fe en los mismos.