INFORME DE SUPERVISIÓN INFORME TÉCNICO FINANCIERO DE AVANCE
INFORME DE SUPERVISIÓN INFORME TÉCNICO FINANCIERO DE AVANCE
Convenio de Cooperación de Asignación de Fondos no Reembolsables entre el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito y la Fundación Museos de la Ciudad
Convenio Nro. SECU-2023-004
SUPERVISOR: XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX
XXXXX 2023
1. ANTECEDENTES
1.1 MARCO INSTITUCIONAL
La Fundación Museos de la Ciudad (FMC), es una institución de derecho privado, con finalidad social, sin fines de lucro, cuya autorización de constitución se encuentra registrada en la Resolución No. C 0322 de 5 xx xxxxx de 2003, en la cual se reconoce, entre otros, los siguientes considerandos:
• Que, es necesario coordinar las actividades culturales del Distrito Metropolitano de Quito, incorporando en una sola institución representativa a los centros que desarrollan importantes tareas culturales, actualmente dispersos, que de esa manera aunarían esfuerzos y recursos que otorguen un mayor beneficio a la ciudad;
• Que, de esta manera serán más efectivas la participación privada y la cooperación internacional que coadyuve al financiamiento de las actividades culturales;
Mediante Acuerdo Ministerial N° DM-2013-145, de fecha 23 de septiembre de 2013, el Ministro de Cultura y Patrimonio, actuante a esa fecha –Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx– aprueba la reforma (última registrada) del Estatuto de la Fundación Museos de la Ciudad; determinándose los siguientes objetivos:
• Generar, proponer y coordinar políticas culturales orientadas a promover la convivencia y participación ciudadanas, el desarrollo de las identidades y la apropiación patrimonial;
• Por encargo del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, administrar los museos de la Ciudad, gestionar y promover sus propósitos y proyectos culturales;
• Dirigir, coordinar, financiar, promover, administrar, desarrollar y difundir actividades culturales en la Ciudad, propias de la Fundación y las que lleve adelante el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito;
• Colaborar en el diseño y cumplimiento de las políticas y normas de preservación del Patrimonio Cultural material e inmaterial de la ciudad de Quito;
• Asumir la organización, dirección o administración de acciones o establecimientos culturales que el Municipio o cualquier entidad pública o privada le encargue.
• Coordinar actividades culturales, por interés de los Museos, o por encargo del Municipio u otras entidades públicas y privadas;
• Contribuir con los organismos públicos y privados a desarrollar actividades culturales compatibles con el objeto institucional básico de la Fundación en todas sus manifestaciones.
• Promover la articulación de las actividades culturales de la Ciudad en el marco de los objetivos de la Fundación; e,
• Los que respondan al objetivo de la Fundación.
El modelo de gestión de la Fundación, asegura al Municipio de Quito, contar con un brazo ejecutor de la política cultural de la ciudad, cuenta con la estructura, los equipos técnicos y las herramientas necesarias orientadas al cumplimiento de la responsabilidad concebida conforme consta en el Art. 4 de los Estatutos, le permite a la Fundación, realizar las actividades que considere pertinentes y en particular las siguientes:
• Ejecutar y celebrar actos y contratos permitidos por las leyes ecuatorianas;
• Establecer y mantener vínculos con instituciones afines nacionales, extranjeras; públicas o privadas;
• Convenir o contratar servicios de administración o gestión de entidades, proyectos o instancias culturales;
• Solicitar, recibir, invertir, mantener, distribuir y administrar fondos provenientes de
auspicios, donaciones, legados, cuotas o contribuciones a la FMC, a los museos o a otros proyectos que gestione;
• Contratar el personal necesario para el cumplimiento de sus objetivos sociales y los de los Museos de la Ciudad;
• Adquirir materiales, insumos o equipos técnicos; alquilar, contratar y obtener bienes y servicios especializados, que se requieran, inclusive mediante importación o internación de bienes;
• Gestionar el intercambio y la internación temporal de obras y bienes, bajo el sistema legal aplicable;
• Fomentar, difundir, auspiciar actividades académicas, científicas, simposios, conferencias, exposiciones y otras que abran espacios de discusión y participación sobre temas relacionados con el patrimonio cultural y natural de la ciudad; y otros relacionados con los objetivos de los museos.
• Fomentar la investigación, el estudio histórico, ambiental y antropológico de la ciudad.
• Suscribir contratos de consultoría para identificación, formulación, elaboración o evaluación de planes, programas o proyectos afines con el objeto social de la Fundación, asesorar en la administración de establecimientos culturales y prestar servicios afines;
• Organizar actividades, ofrecer espacios y servicios; formular y administrar proyectos orientados al financiamiento de sus propósitos;
• Producir todo tipo de material gráfico, audiovisual, publicaciones y de cualquier otro tipo, para difusión cultural; y,
• Realizar todos los actos y contratos permitidos por la ley y las actividades necesarias para la consecución de sus objetivos.
El modelo de gestión que presenta La Fundación Museos de la Ciudad incluye la administración de cinco de los más importantes museos y centro de arte del país:
El Museo de la Ciudad. - es un espacio cultural que genera experiencias museológicas a través de la educación no formal, impulsando el buen uso del tiempo libre, el diálogo y la reflexión en torno a los procesos históricos y socioculturales del Distrito Metropolitano de Quito. Busca trascender el ámbito expositivo, mediante procesos sostenidos, desde un enfoque crítico y propositivo, que articula el trabajo con comunidades, la educación, inclusión, colaboración, investigación y el arte. Recupera la memoria e historia del antiguo Hospital San Xxxx xx Xxxx.”.
El Museo Interactivo de Ciencia MIC.- “es un espacio para la investigación, difusión, innovación y educación no formal en ciencia y tecnología. Su misión es democratizar el acceso a los conocimientos científicos y tecnológicos por medio de la innovación museológica y pedagógica; la colaboración con academias, centros de investigación, miembros de la comunidad científica e instituciones pares a nivel nacional e internacional; y la programación de actividades culturales, artísticas y formativas que propicien el encuentro y el diálogo de diversas comunidades y grupos sociales del DMQ. Tiene a su cargo la custodia, conservación, investigación y difusión del patrimonio material de lo que fuera la fábrica textil “La Industrial” y del patrimonio inmaterial del sector de Chimbacalle.”.
El YAKU Parque-Museo del Agua. - “es un espacio cultural que impulsa de manera permanente la reflexión sobre la relación del agua, el ser humano, la naturaleza y la sociedad con propuestas de educación no formal, utilizando recursos interactivos y lúdicos, mediante el uso de diversos lenguajes del arte, la ciencia y los saberes ancestrales.”.
El Museo xxx Xxxxxx Alto. - “custodia, conserva, valora y difunde contenidos históricos, religiosos, culturales y artísticos desde una mirada crítica para promover la reflexión ciudadana. Al ser un espacio de educación no formal procura construir, junto con los visitantes, conocimientos e incentivar el diálogo y la reflexión sobre tres ejes fundamentales: el arte religioso del Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Alto; la historia y vida cotidiana de la comunidad Carmelita Descalza de Quito; y la vida de Santa Xxxxxxx de Xxxxx.”.
El Centro de Arte Contemporáneo –CAC. - “Es un espacio que ganó el sector del arte contemporáneo cuando en 2011 pasó a formar parte de la Fundación Museos de la Ciudad. Dedicado a la promoción, el fomento y la difusión de las prácticas artísticas y culturas contemporáneas a través de procesos de investigación y diálogo. Valora la educación no formal como práctica crítica y trabaja, desde procesos de mediación comunitaria, los sentidos de comunidad y las memorias históricas del Barrio de San Xxxx y del entorno urbano circundante.”.
El modelo de gestión de la Fundación, asegura al Municipio de Quito, contar con un brazo ejecutor de la política cultural de la ciudad, cuenta con la estructura, los equipos técnicos y las herramientas para desarrollar, entre otras, las siguientes acciones orientadas al cumplimiento de la responsabilidad concebida como ejecutor de la política cultural:
• Ejecutar y celebrar actos y contratos permitidos por las leyes ecuatorianas.
• Establecer y mantener vínculos con instituciones afines nacionales, extranjeras; públicas o privadas.
• Convenir o contratar servicios de administración o gestión de entidades, proyectos o instancias culturales.
• Solicitar, recibir, invertir, mantener, distribuir y administrar fondos provenientes de auspicios, donaciones, legados, cuotas o contribuciones a la FMC, a los museos o a otros proyectos que gestione.
• Contratar personal para el cumplimiento de sus objetivos sociales y los de los museos.
• Adquirir materiales, insumos o equipos técnicos; alquilar, contratar y obtener bienes y servicios especializados.
• Gestionar el intercambio y la internación temporal de obras y bienes, bajo el sistema legal aplicable.
• Fomentar, difundir, auspiciar actividades académicas, científicas, simposios, conferencias, exposiciones y otras que abran espacios de discusión y participación sobre temas relacionados con el patrimonio cultural y natural de la ciudad; y otros relacionados con los objetivos de los museos.
• Fomentar la investigación, el estudio histórico, ambiental y antropológico de la ciudad.
• Suscribir contratos de consultoría para identificación, formulación, elaboración o evaluación de planes, programas o proyectos afines con el objeto social de la FMC.
• Asesorar en la administración de establecimientos culturales y prestar servicios afines.
• Organizar actividades, ofrecer espacios y servicios; formular y administrar proyectos orientados al financiamiento de sus propósitos.
En Sesión de Directorio del 28 de diciembre del año 2020 se aprobó la reforma a la estructura orgánica vigente a esa fecha, que enfoca el tipo de procesos que efectúa la Institución: gobernante, habilitantes de apoyo o asesoría, y agregadores de valor.
1.2 MARCO NORMATIVO DE ANÁLISIS SOBRE EL CONVENIO CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR:
• Art. 3.-Son deberes primordiales del Estado: “(...) 7. Proteger el patrimonio natural y cultural del país.”
• Art. 21.- “Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su 27 patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas”.
• El artículo 22 en concordancia con el artículo 21 y 23 de la Carta Magna, establece que las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas y a beneficiarse de la protección de los derechos xxxxxxx y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas, literarias o artísticas de su autoría.
• Art. 23.- “Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural, cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios constitucionales”
• Art. 264.- “Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: (...) 8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines.”
• Art. 378.- “El sistema nacional de cultura estará integrado por todas las instituciones del ámbito cultural que reciban fondos públicos y por los colectivos y personas que voluntariamente se vinculen al sistema.”
• Art. 379.- “Son parte del patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e identidad de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, entre otros: 1. Las lenguas, formas de expresión, tradición oral y diversas manifestaciones y creaciones culturales, incluyendo las de carácter ritual, festivo y productivo. 2. Las edificaciones, espacios y conjuntos urbanos, monumentos, sitios naturales, caminos, jardines y paisajes que constituyan referentes de identidad para los pueblos o que tengan valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico. 3. Los documentos, objetos, colecciones, archivos, bibliotecas y museos que tengan valor histórico, artístico, arqueológico, etnográfico o paleontológico. 4. Las creaciones artísticas, científicas y tecnológicas.
Los bienes culturales patrimoniales del Estado serán inalienables, inembargables e imprescriptibles. El Estado tendrá derecho de prelación en la adquisición de los bienes del patrimonio cultural y garantizará su protección. Cualquier daño será sancionado de acuerdo con la ley.”
• Art. 380.- “Serán responsabilidades del Estado: 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador. 2. Promover la restitución y recuperación de los bienes patrimoniales expoliados, perdidos o degradados, y asegurar el depósito legal de impresos, audiovisuales y contenidos electrónicos de difusión masiva. 3. Asegurar que los circuitos de distribución, exhibición pública y difusión masiva no condicionen ni restrinjan la independencia de los creadores, ni el acceso del público a la creación cultural y artística nacional independiente.4. Establecer políticas e implementar formas de enseñanza para el desarrollo de la vocación artística y creativa de las personas de todas las edades, con prioridad para niñas, niños y adolescentes. 5. Apoyar el ejercicio de las profesiones artísticas. 6.Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales. 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de bienes culturales, así como su difusión masiva. 8. Garantizar los fondos suficientes y oportunos para la ejecución de la política cultural”.
Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización - COOTAD:
• El artículo 5, establece: “la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y solidaria.”
Reglamento General al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas:
• Establece en su artículo 89: “Donaciones o asignaciones no reembolsables.- Las entidades del sector público podrán realizar donaciones o asignaciones no reembolsables a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado sin fines
de lucro, destinadas a investigación científica, educación, salud, inclusión social y donaciones para la ejecución de programas o proyectos prioritarios de inversión en beneficio directo de la colectividad, priorizados por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo en el caso de entidades que conforman el Presupuesto General del Estado o por la instancia correspondiente para el resto de entidades públicas.” // “Los Consejos o gabinetes sectoriales de política, en el caso de la función ejecutiva; los consejos provinciales y regionales y los consejos municipales o metropolitanos en el caso de los gobiernos autónomos descentralizados; mediante resolución establecerán los criterios y orientaciones generales que, enmarcándose en lo señalado en este artículo, deberán observar sus entidades dependientes para la realización de las indicadas transferencias”.
Resolución de Concejo Metropolitano No. C 0028 de 26 de enero del 2011, que establece los “Criterios y orientaciones para la realización de transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado”:
• El artículo 1, establece que el GAD del Distrito Metropolitano de Quito para el cumplimiento de sus fines, podrá realizar donaciones y asignaciones no reembolsables a personas naturales o jurídicas de derecho privado, para la ejecución de programas y proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad: “(…) a) Cuando se realicen a favor de personas jurídicas que se encuentren bajo control del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito”.
• De conformidad con el artículo 2: “Toda donación o asignación no reembolsable deberá continuar con la certificación de disponibilidad presupuestaria previa otorgada por autoridad competente.”
• El artículo 3 dispone: “Proyecto e informe técnico previo. - para la transferencia de recursos públicos a personas naturales o jurídicas de derecho privado se deberá contar con un proyecto específico en donde se defina el uso específico de los valores que se asignan. El órgano rector sectorial de la Municipalidad que corresponda deberá emitir un informe técnico previo a la donación o asignación no reembolsable que justificará la conveniencia de la asignación de recursos en razón del beneficio reportado a la comunidad.”
• El artículo 4, establece que: “Cuando no se hubiere determinado otra autoridad administrativa competente en el régimen jurídico metropolitano, el Administrador General será el competente para instrumentar y autorizar las donaciones o asignaciones no reembolsables (…).”
• El inciso segundo del artículo 5, dispone que en las donaciones o asignaciones no reembolsables previstas en los literales a) y c) del artículo 1 de esta Resolución, el control del uso de los recursos transferidos le corresponderá al órgano rector sectorial al cual se encuentra adscrito el beneficiario, debiendo el órgano rector informar al Administrador General a la liquidación del presupuesto anual, el uso dado a los recursos transferidos.
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA NO. A 15 DE 6 DE JULIO DE 2016, QUE EXPIDE LA “DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS PARA LA APLICACIÓN A NIVEL LOCAL DE LOS DERECHOS CULTURALES”:
La Resolución A015 promueve la aplicación de los derechos culturales a nivel local, sienta las bases para la creación formal de la Red Metropolitana de Cultura de Quito, y establece las metas y procedimientos para el sector cultural.
• Art. 3. Inclusión cultural: “Para la efectiva vigencia de los derechos culturales se implementará mecanismos de inclusión que contemplen a los grupos de atención prioritaria, en particular a los pueblos y nacionalidades indígenas, afrodescendientes y montubios, a la mujer, a los jóvenes, a los adultos mayores, a los niños, a los grupos LGBTI, a los refugiados, y a todos aquellos que se encuentran en situación de riesgo o vulnerabilidad”.
• Art. 5.-Ámbito de aplicación: “Todas las instituciones quecomponen la Red Metropolitana de Cultura estarán sujetas a la normativa de esta resolución, y se encuentran bajo la autoridad directa de la Secretaría de Cultura”.
• Art. 6.-De la Red Metropolitana de Cultura de Quito: “Son parte de la Red Metropolitana de Cultura:
o La Secretaría de Cultura;
o El Centro Cultural Xxxxxxxx Xxxxxxx;
o EL Parque Xxxxxx Xxxxxxx;
o La Casa de las Bandas;
o La Banda Municipal;
o El Teatro Cápitol;
o El Centro Cultural Metropolitano;
o La Casa de las Artes la Ronda;
o El Centro Cultural Itchimbía
o La Fundación Museos de la Ciudad y sus dependencias; (énfasis agregado)
o La Fundación Teatro Nacional Sucre y sus dependencias; y,
o Otras instituciones municipales de carácter cultural que existan actualmente o que se crearen.
• Art. 8 Acceso y participación en la vida cultural. -“Es el derecho que tiene toda persona a difundir sus propias expresiones culturales y a tener acceso a expresiones culturales diversas. Toda persona, individual y colectivamente tiene el derecho de acceder y participar libremente, sin consideración de fronteras, en la vida cultural a través de las actividades que libremente elija. El Distrito Metropolitano de Quito buscará hacer efectivo el derecho al acceso y participación en la vida cultural mediante la construcción de procesos y programas participativos, construidos por diversos curadores y gestores, que reflejen la diversidad y que muestren un equilibrio territorial en la oferta cultural de la ciudad. Se buscará mecanismos para detectar los nuevos movimientos culturales, el nuevo talento artístico y potenciarlo para que pueda llegar a su plenitud el Distrito Metropolitano de Quito manifiesta su compromiso con la generación y ampliación de públicos y la participación cultural.
• Art 10.-Derecho al Patrimonio Cultural. -“Es el derecho que tiene toda persona, individual o colectivamente a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural, como también a las culturas que, en su diversidad, constituyen el patrimonio común de la humanidad. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito promoverá el ejercicio de este derecho mediante políticas que orienten a la conservación, protección y difusión de los bienes patrimoniales, tangibles e intangibles, y a la construcción de relaciones interculturales. Se buscará la generación de procesos culturales que propendan a la revalorización del patrimonio y la recopilación y sistematización de documentos escritos y audiovisuales sobre el patrimonio” patrimonio”.
• Art 11.-Derecho a la Educación y formación artística y cultural. - “Es el derecho que tiene toda persona, individual o colectivamente, a una formación que, respondiendo a
las necesidades educativas fundamentales, contribuya al libre y pleno desarrollo de su identidad cultural. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito impulsará el derecho a la formación cultural mediante procesos formativos formales e informales; la construcción de redes y de equipos multidisciplinares; la realización de actividades curriculares y extracurriculares; la generación de talleres, laboratorios, simposios, encuentros con el propósito de generar obra artística nueva o reflexiones sobre la diversidad cultural y la identidad. Se considera que la cultura y el arte tienen una capacidad innegable para transformar a las personas; y para construir sociedades sanas y participativas”.
Guía que regula el procedimiento para la suscripción, registro, seguimiento y custodia de Convenios del MDMQ, emitida mediante Resolución de Alcaldía Nro. A-009 de fecha 23 xx xxxxxx de 2003
Numeral I.2. Ámbito de Aplicación
Este instrumento está dirigido y es de aplicación obligatoria para todo órgano, organismo, y dependencia metropolitana con competencias para la suscripción, administración, ejecución, supervisión y fiscalización de convenios, de conformidad con la estructura orgánica del MDMQ y su normativa.
Numeral I.4. Categorización de “Convenio”
“Se entenderá por “Convenio” el acuerdo de voluntades, entre el Municipio del Distrito metropolitano de Quito y otra persona natural o jurídica, pública o privada, nacional e internacional, que tiene por objeto desarrollar acciones conjuntas y de cooperación que permitan, de manera coordinada y dentro de las competencias y capacidades asignadas a las partes, alcanzar fines de interés mutuo, que deberán coincidir con el interés general, de conformidad con el artículo 83 de la Constitución.”.
“Todo Convenio constituye un objeto para la gestión pública, a fin de lograr la realización de los fines atribuidos por el ordenamiento jurídico ecuatoriano al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.”.
De acuerdo a lo suscrito en el numeral II.2 PROCEDIMIENTO Subproceso 3 literales:
b) El Supervisor del Convenio (en adelante el “Supervisor”) tiene la responsabilidad de apoyar el desempeño del Administrador en la ejecución del mismo y monitoreando, siendo un funcionario jerárquico superior a éste último, pero parte del propio organismo, o dependencia metropolitana ejecutora del Convenio.
d) “El Supervisor y el Fiscalizador, sin perjuicio de que emitan otros informes, emitirán los de monitoreo y evaluación respecto de los informes técnicos y financiero del Administrador del Convenio.
e) El Supervisor y Fiscalizador remitirán igualmente y en formato digital, los informes referidos, en el literal anterior, al funcionario responsable del registro de información en el SISCON
1.3 PROYECTO SISTEMA DISTRITAL MUSESOS DE LA CIUDAD E INFORME DE VIABILIDAD TÉCNICA
De la información proporcionada por el Administrador del Convenio y la información adicional, establecida en el instrumento legal suscrito, se identifica que en cumplimiento de la normativa legal y los procedimientos técnicos y administrativos, la Fundación Museos de la Ciudad, presentó a la Secretaría de Cultura, el Proyecto Sistema Distrital Museos de la Ciudad, sobre el cual se generó el Informe de Viabilidad Técnica y Pertinencia cuyo pronunciamiento se cita a continuación:
“Con base a la documentación presentada por la Directora Ejecutiva de la Fundación Museos de la Ciudad, considerando que la oferta cultural relacionada a museos es de suma importancia para el quehacer cultural del Distrito Metropolitano, puesto que dinamiza la gestión cultural, mantiene viva la memoria social, su accesibilidad y gestión, y permite a la Secretaría de Cultura cumplir con las disposiciones normativas existentes como la Resolución A015 sobre la aplicación de los derechos culturales a nivel local, emitida el 6 de julio de 2016, la cual crea la Red Metropolitana de Cultura de Quito, y establece las metas y procedimientos para el sector cultural; y la Resolución Nro. 003-SECU-2020, sobre los “LINEAMIENTOS DE POLÍTICA CULTURAL DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO 2020 – 2025”, expresada por el
Secretario de Cultura; se emite CRITERIO FAVORABLE , en cuanto a la Viabilidad Técnica y Pertinencia del proyecto Sistema Distrital Museos de la Ciudad presentado por la Fundación Museos de la Ciudad.
El presente criterio favorable se enmarca en la propuesta técnica artística – cultural de la Fundación Museos de la Ciudad, en la que se identifica actividades en beneficio de la ciudadanía, procurando poner en valor el arte y la cultura como mecanismos de resiliencia social e individual.
El presente informe sobre la propuesta técnica, no exime la responsabilidad de la Fundación Museos de la Ciudad para el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, y otras normas atinentes a la gestión pública.
El pronunciamiento del Director de Cultura en el Espacio Público, en el presente informe, no limita la solicitud de ampliación de información que fuere pertinente en los ámbitos: administrativo, presupuestario y financiero, que el ente rector así lo requiera”.
Además, se identifica como conclusiones, que evidencian la evaluación técnica realizada al proyecto presentado por la Fundación Museos de la Ciudad; las siguientes:
• La descripción del proyecto presentado por la FMC, evidencia la gestión realizada en el marco de sus competencias y es concordante con lo establecido en el proyecto Sistema Cultural Distrital de Museos de la Ciudad. Se identifica que las acciones a ser realizadas cumplen con las políticas culturales dispuestas por la Secretaría de Cultura, por lo que se concluye que la FMC ha cumplido con las responsabilidades de proponer una oferta cultural incluyente, diversa y de beneficio a la comunidad.
• Se puede concluir que la propuesta presentada por la FMC cumple con las siguientes líneas orientadoras de la gestión cultural:
o Reconocer las políticas culturales comunitarias.
o Integrar a la cultura a procesos y dinámicas de desarrollo.
o Reconocimiento y fortalecimiento de la organización sociocultural comunitaria y de sus mecanismos de toma de codecisiones.
o Patrimonio, territorio y sociedad.
o Fortalecer la relación comunicación y cultura.
o Potenciar sistemas locales de cultura.
o Considerar a las formas de creación y a las memorias territoriales, como fuentes de desarrollo local.
o Impulsar la investigación y la sistematización como fuente de información y generación de conocimientos.
o Incorporar a los grupos humanos migratorios, con capacidades diferentes y de género
• De acuerdo al pronunciamiento de la responsable financiera de la Secretaría de Cultura, se puede evidenciar que consta en el presupuesto municipal 2023, el valor correspondiente al financiamiento de fuente municipal del proyecto Sistema Distrital Museos de la Ciudad.
• La transferencia de recursos en calidad de fondos no reembolsables ha venido siendo el mecanismo por el que ha optado el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, para financiar la gestión cultural en materia de Museos, sustentado en el reconocimiento de la Fundación Museos de la Ciudad como un brazo operativo y ejecutor para lograr los fines que por competencia le corresponde, en materia cultural.
• La propuesta presentada por la Fundación Museos de la Ciudad, constante en el proyecto SISTEMA DISTRITAL MUSEOS DE LA CIUDAD, es viable desde el ámbito técnico. Su ejecución requiere de un mecanismo de financiamiento para la puesta en marcha de las actividades propuestas.
2. OBJETIVO Y ALCANCE DEL INFORME OBJETIVO
Emitir el informe técnico y financiero de avance previsto en el Convenio de Cooperación SECU- Nro._2023-004 con la Fundación Museos de la Ciudad, con corte al 30 xx xxxxx de 2023, de acuerdo a los establecido en el POA, en , en un cuadre de ingresos menos egresos y saldo, según lo descrito en la cláusula séptima concerniente a la elaboración y emisión de los informes; en función de las atribuciones que me confiere como SUPERVISOR del referido instrumento legal y en concordancia con lo dispuesto en la Guía que regula el procedimiento para la suscripción, registro, seguimiento y custodia de convenios del MDMQ, dispuesta como parte integrante de la Resolución de Alcaldía Nro. A-0009 de fecha 23 xx xxxxxx de 2013.
ALCANCE
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 226 de la Constitución de la República, los servidores públicos, solamente podemos ejercer las competencias y facultades atribuidas en la Constitución y en la Ley, debiendo coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
Por su parte, el Código Orgánico Administrativo -COA en su artículo 65 señala que: “La competencia es la medida en la que la Constitución y la ley habilitan a un órgano para obrar y cumplir sus fines, en razón de la materia, el territorio, el tiempo y el grado”.
La norma up supra, en el artículo 123 señala que: “Alcance del dictamen o informe. El dictamen o informe se referirá a los aspectos objeto de la consulta o del requerimiento; a las materias objeto de la competencia del órgano emisor y a los aspectos que incumben a la profesión, arte u oficio, de los servidores públicos que lo suscriben”.
Así mismo, mediante Memorando Nro. GADDMQ-SECU-2023-0354-M, de fecha 01 xx xxxxx de 2023, el licenciado Xxxx Xxxxxx Xxxxx, Secretario de Cultura (actuante a esa fecha), notifica como ADMINISTRADOR del referido Convenio de Cooperación de Asignación de Fondos No Reembolsables SECU-2023-004, al Mgs. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx, en su calidad de Director del Centro Cultural Metropolitano; en el mismo documento se me designa, en calidad de Directora Metropolitana de Cultura en el Espacio Público, como SUPERVISORA; y, a la Magister Fancy Xxxxxxxxx Xxxxxxx, en calidad de Responsable de Espectáculos Públicos, como FISCALIZADORA.
La Guía que regula el procedimiento para la suscripción, registro, seguimiento y custodia de convenios del MDMQ, en su numeral II.2 PROCEDIMIENTO, numeral 4. SUBPROCESO “SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN”; literal b) y d), indican:
“b) El Supervisor del Convenio (en adelante el “Supervisor”) tiene la responsabilidad de apoyar el desempeño del Administrador en la ejecución del mismo y monitorearlo, siendo un funcionario jerárquico superior a éste último, pero parte del propio organismo, o dependencia metropolitana ejecutora del Convenio.
d) El Supervisor y el Fiscalizador, sin perjuicio de que emitan otros informes, emitirán los de monitoreo y evaluación respecto de los informes técnico y financiero del Administrador del Convenio”. (énfasis agregado).
Con base a la normativa expuesta, el presente Informe Técnico, contendrá a lo largo del desarrollo; el pronunciamiento de quien suscribe en su calidad de Supervisor del Convenio Nro. SECU-2023-004, en cuanto al cumplimiento de la cláusula séptima estipulada en el referido instrumento legal, específicamente relacionada al “INFORME TÉCNICO FINANCIERO DE AVANCE”; CON CORTE 30 XX XXXXX.
Así mismo, se hará constar el pronunciamiento del Administrador del Convenio quien conforme lo indicado en el Convenio, debe verificar y avalar la gestión de la Fundación Museos de la Ciudad.
3. ANÁLISIS DE SUPERVISIÓN DE AVANCE PRESENTADO POR LA FUNDACIÓN MUSEOS DE LA CIUDAD CON CORTE AL 30 XX XXXXX DE 2023.
Mediante Oficio Nro. FMC-2023-0400-O de fecha 5 de julio de 2023, la Mgs. Xxxxxxx Xxxxxx Directora Ejecutiva de la Fundación Museos de la Ciudad, remite el segundo informe de Convenio con los anexos correspondientes, e n atención al Convenio de Cooperación de asignación de fondos no reembolsables entre el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito y la Fundación Museos de la Ciudad Nro. SECU-2023-004
Mediante Memorando Nro. GADDMQ-SECU-CCM-2023-0343-M de fecha 14 de julio de 2023 el Administrador del Convenio Nro. SECU-2023-004 remite el informe Técnico y Financiero que aprueba el informe de avance respecto a la gestión realizada por la Fundación Museos de
Ciudad durante el primer semestre del año 2023 con corte al 30 xx xxxxx de 2023.
3.1 COMPONENTE TÉCNICO
A manera de resumen se presenta los aspectos relacionados con los componentes técnicos de la FMC durante el periodo del 01 xx xxxxx al 30 xx xxxxx de 2023, información recogida del informe de Avance presentado con Oficio Nro. FMC 2023 0400 O de 05 de julio 2023.
3.1.1RESUMEN DE ACTIVIDADES POR ESPACIO ADMINISTRADO POR LA FMC
A continuación, se presenta un resumen de actividades programadas por espacio según el informe presentado por el Administrador del Convenio:
ESPACIO | NÚMERO DE ACTIVIDADES |
Museos de la Ciudad | 20 |
Museo xxx Xxxxxx Alto | 26 |
Museo Interactivo de Ciencia | 29 |
Yaku Parque Museo del Agua | 34 |
Centro de Arte Contemporáneo | 44 |
Jefatura de Espacio Público-Mediación Comunitaria | 33 |
3.1.2RESUMEN DE ACTIVIDADES POR ESPACIO ADMINISTRADO POR LA FMC
En el siguiente cuadro, se puede observar el número de beneficiarios total por cada espacio desde el 01 de enero al 30 xx xxxxx de 2023.
Siendo el mes xx xxxxx el mes con mayor cantidad de asistentes tanto presencial como digitales con 107.981, siendo el museo interactivo de ciencia en el mismo mes la mayor cantidad de usuarios con 16.660 y teniendo como resultado un total de 215.503 beneficiarios físicos y 306.868 digitales.
3.2 COMPONENTE PROGRAMÁTICO
3.2.1POA 2023 DE LA FUNDACION MUSEOS DE LA CIUDAD
La FMC presenta la estructura del POA de la institución, en el que consta los siguientes productos y actividades:
POA 2023
PROGRAM A | PROYECT O | Productos / Obra | Actividades |
ARTE, CULTURA Y PATRIMON IO | SISTEMA DISTRITAL MUSEOS DE LA CIUDAD | GESTIÓN DE MEDIACIÓN COMUNITARI A FMC | Actividades culturales en el espacio público y de mediación comunitaria en el MCA |
Actividades culturales en el espacio público y de mediación comunitaria en el YAKU | |||
Actividades culturales en el espacio público y de mediación comunitaria en el CAC | |||
Actividades culturales en el espacio público y de mediación comunitaria en el MDC | |||
Actividades culturales en el espacio público y de mediación comunitaria en el MIC | |||
Actividades culturales en el espacio público y de mediación comunitaria de la FMC | |||
Gestión técnica cultural | |||
GESTIÓN DE COMUNICACI ÓN Y MARKETING FMC | Actividades de Marketing y Relacionamiento Interinstitucional | ||
Gestión de la Comunicación Interna y externa FMC | |||
Gestión técnica cultural | |||
GESTIÓN CULTURAL MUSEO DE LA CIUDAD | Exposiciones MDC | ||
Plan de Educación MDC | |||
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Plan de Educación CAC | |||
PREMIO XXXXXXX XXXXXXXX | |||
Gestión técnica cultural | |||
GESTIÓN CULTURAL SMQ | Ejecución de actividades culturales de gestión, educación, comunicación, territorio y comunidad dirigidas a los museos y centros culturales de la red. | ||
Gestión técnica cultural | |||
GESTIÓN MUSEOGRÁFI CA FMC | Actividades Museográficas FMC | ||
Gestión técnica cultural | |||
GESTIÓN OPERATIVA FMC | Operaciones y Mantenimientos MDC | ||
Operaciones y Mantenimientos MCA | |||
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Operaciones y Mantenimientos MIC | |||
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Servicios básicos FMC | |||
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, DOTACIÓN DE INSUMOS, SUMINISTROS Y OTROS | |||
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y RENOVACIÓN DE EQUIPOS Y PIEZAS INFORMÁTICAS | |||
RENOVACIÓN LICENCIAS INFORMÁTICAS | |||
GESTIÓN XX XXXXXXX HUMANO FMC | Nómina FMC | ||
Seguridad, Salud Ocupacional y Bienestar Laboral FMC |
3.2.2CUMPLIMIENTO DE META, EJECUCIÓN PROGRAMÁTICA
De acuerdo a lo estipulado por el administrador del convenio la Fundación Museos de la Ciudad a corte 30 xx xxxxx de 2023, reporta un 49.69% de avance en metas.
3.2.3ANÁLISIS DEL ADMINISTRADOR COMPONENTE PROGRAMÁTICO
Según la información recopilada por el Administrador: “las actividades ejecutadas registran un importante impacto en la ciudadanía, logrando alcanzar un total de
522.371 beneficiarios de la oferta cultural, registro consolidado de enero a junio del 2023 interacciones como se menciona en el análisis descrito en el punto 3.1. 2 del presente informe; es importante mencionar que este año, los indicadores en general muestran una ejecución mayor frente al reporte de avance presentado el año 2022; lo cual denota una gran capacidad de gestión y desarrollo de estrategias y proyectos para ofrecer e l acceso a servicios culturales como una agenda variada y diversa, tanto presencial como virtual y de esta forma garantizar los derechos culturales de los habitantes de la ciudad.”
3.3 COMPONENTE PRESUPUESTARIO
3.3.1PRESUPUESTO DE GASTOS EJERCICIO ECONÓMICO 2023
El presupuesto de gasto del ejercicio económico 2023 según lo reportado por al Administrador y la información proporcionada por la Fundación Museos de la Ciudad es el siguiente:
3.3.2TRANSFERENCIAS REALIZADAS A LA FUNDACIÓN MUSEOS DE LA CIUDAD
Con fecha 06 xx xxxxx de 2023 en el marco del Convenio Nro. SECU-2023-004, se realizó la primera transferencia del 70% del momento del convenio que corresponde a $ 3´045.000.
3.3.3EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO POR LA FUNDACIÓN MUSEOS DE LA CIUDAD
La ejecución presupuestaria con corte al 30 xx xxxxx de 2023 de los fondos municipales de 4’350.000 de dólares americanos de los cuales 2´116.407,19 equivalente al 48.65% ha sido ejecutado y en relación al 70% ($ 3´045.000) de la primera transferencia se ha ejecutado el 69% de lo transferido.
3.4 COMPONENTE FINANCIERO
3.4.1. DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Conforme lo estipulado en el informe del administrador y con corte al 31 xx xxxx de 2023 la fundación registra la siguiente información en los activos, pasivos y patrimonio de la fundación:
ESTADO | MONTO |
ACTIVO | 3´463612.45 |
PASIVO | 221.473,89 |
PATRIMONIO | 3´242.138,56 |
En cuanto a los ingresos de la fundación, adicional a los $ 3´045.000 provenientes de los fondos municipales tiene ingresos por $ 180.163,51. Adicionalmente, la fundación registra gastos por
$1’926.916,71 dólares.
3.5 GESTIÓN SOBRE EL CONVENIO SECU Nro. 2023-004
En Relación a los compromisos de las partes establecidas en el convenio SECU-2023-004 según información de Administrador por parte del GAD del Distrito Metropolitano de Quito al momento del estado del convenio todas las obligaciones han sido cumplidas. Por otro lado, en cuanto a los compromisos de la Fundación Museos de la Ciudad los compromisos son cumplidos y parcialmente cumplidos aquellos que tiene se realizarán hasta el último semestre del 2023.
4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
4.1 CONCLUSIONES
4.1.1 DEL ADMINISTRADOR
Del informe del Administrador del Convenio SECU Nro. 2023-004 se desprende que:
“a) El informe de avance presentado por la Fundación Museos de la Ciudad, respecto al cumplimiento del Convenio de Cooperación de Asignación de Fondos No Reembolsables entre el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito y la Fundación Museos de la Ciudad No. SECU-2023-004; cumple con lo establecido en la cláusula séptima. -“de los informes” del referido instrumento legal.
b) La programación ejecutada por la Fundación Museos de la Ciudad dentro del Convenio SECU Nro. 2023-004, es concordante con el proyecto para el año 2023 aprobado y registrado en el Sistema mi Ciudad; y, obedece a las políticas culturales emitidas por la Secretaría de Cultura, en beneficio y disfrute de la ciudadanía.
c) De acuerdo al POA para el año 2023, aprobado por el Directorio de la Fundación Museos de la Ciudad; se viene ejecutando dentro de los parámetros normativos y de planificación vigente.
d) De los gastos efectuados por la FMC y que son parte integrante de los documentos anexos, la información fue verificada e identificada, por lo tanto, esta administración no tiene observaciones al respecto.
e) En virtud del periodo de análisis de ejecución del Convenio SECU 2023-004, el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito y la Fundación Museos de la Ciudad, están dando cumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula cuarta del mencionado instrumento.”
4.1.2 DEL SUPERVISOR
a) Según los datos proporcionados la Fundación con corte al 30 xx xxxxx ha realizado 186 actividades en sus 5 museos y área de mediación comunitaria.
b) Los resultados de mitad de año en beneficiarios son 215.503 y según el administrador del convenio un incremento en referencia al 2022.
c) Según los datos de ejecución presupuestaria, de los $ 3´045.000 (70%) del convenio SECU-2023-004 la Fundación Museos ha ejecutado el 69%.
d) La Fundación Museos de la Ciudad, ha realizado una serie de actividades que son concordantes con el objetivo del convenio y en concordancia con la garantía de derechos culturales que están expresados en las normativas nacionales y locales.
e) La Fundación Museos de la Ciudad evidencia la ejecución de recursos asignados desde el GAD del Distrito Metropolitano de Quito en actividades relacionadas a las obligaciones establecidas en el convenio.
4.2 RECOMENDACIONES
4.2.1DEL ADMINISTRADOR
La recomendación del Administrador del convenio manifiesta que:
“Exhortar a la Fundación Museos de la Ciudad, a seguir desarrollando actividades enmarcadas en lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía A015 de 06 de julio de 2016, sobre la declaratoria de Principios para la aplicación de los derechos culturales a nivel local; y la Resolución emitida por la Secretaría de Cultura Nro. 003-SECU-2020, sobre los “LINEAMIENTOS DE POLÍTICA CULTURAL DEL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO 2020 – 2025”; que permitan seguir contando con el financiamiento por parte del GAD del Distrito Metropolitano de Quito.”
4.2.2DEL SUPERVISOR
a) Recomendar a la Fundación Museos de la Ciudad el seguimiento de la ejecución presupuestaria con el objetivo de comprometer todo lo asignado por parte del GAD del Distrito Metropolitano de Quito según la planificación establecida.
b) Exhortar a la Fundación Museos de la Ciudad a continuar con el trabajo coordinado según los lineamientos de la rectoría de la Secretaria de Cultura y el diseño de su política pública.
5. PRONUNCIAMIENTO DEL SUPERVISOR
Con base a lo dispuesto en el Convenio Nro. SECU-2023-004 y a lo expuesto en el presente informe; considerando que el Administrador del Convenio, emite el informe técnico de avance, con criterio FAVORABLE en relación al Informe de avance y monitoreo de la Fundación Museos de la Ciudad; y, después del análisis de los documentos remitidos y según la Guía que regula el procedimiento para la suscripción,
registro, seguimiento y custodia de convenios del MDMQ, en su numeral II.2 PROCEDIMIENTO, numeral 4. SUBPROCESO “SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN”; literal d), emito el presente INFORME TÉCNICO DE AVANCE Y MONITOREO, con criterio FAVORABLE, respecto al informe técnico presentado por el Administrador del Convenio, siendo procedente se requiera la emisión del informe de Fiscalización y se continué con el trámite, con estricta sujeción a la normativa aplicable.
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX
Econ. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx. Mgs SUPERVISOR DEL CONVENIO No. SECU-2023-004 FUNDACIÓN MUSEOS DE LA CIUDAD