PLIEGOS SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
PLIEGOS SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
CORPORACIÓN REGISTRO CIVIL GUAYAQUIL
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA (SIE) - CRCG – 004- 2013
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DIGITALIZACION Y GESTION DOCUMENTAL PARA LA CORPORACIÓN REGISTRO CIVIL DE GUAYAQUIL
Guayaquil, 22 de Enero del 2013
PLIEGOS SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
SIE-CRCG-004-2013
CONTENIDO
SECCIÓN I CONVOCATORIA
SECCIÓN II OBJETO DE LA CONTRATACIÓN SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES
3.1 Ámbito de aplicación
3.2 Comisión Técnica
3.3 Participantes
3.4 Autoinvitación
3.5 Inhabilidades
3.6 Modelos obligatorios de pliegos
3.7 Obligaciones del Oferente
3.8 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones
3.9 Modificación de los Pliegos
3.10 Convalidación de errores de forma
3.11 Causas de Rechazo
3.12 Adjudicación y Notificación
3.13 Garantías
3.14 Cancelación del Procedimiento
3.15 Declaratoria de Procedimiento Desierto
3.16 Negociación
3.17 Adjudicatario Fallido
3.18 Proyecto del Contrato
3.19 Moneda de Cotización y Pago
3.20 Reclamos
3.21 Administración del Contrato
SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1 Presentación de la oferta
4.2 Vigencia de la oferta
4.3 Plazo de Ejecución
4.4 Precio de la Oferta
4.5 Forma de Pago
4.6 Preferencia
4.7 Procedimiento de evaluación y puja
4.7.1 SERVICIOS
4.8 Obligaciones del contratista
4.9 Obligaciones de la contratante
4.10 Forma de presentar la Oferta
4.10.1 Requisitos mínimos
4.10.1.1 Oferta técnica
4.11 Anexos de las Condiciones Específicas
4.11.1 Especificaciones técnicas
4.11.2 Presupuesto Referencial SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO SECCIÓN VI MODELO DE FORMULARIOS
Formulario No. 1 MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO Formulario No. 2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE
Formulario No. 3 MODELO DE CARTA DE CONFIDENCIALIDAD Formulario No. 4 CUADRO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Formulario No. 5 y 5.2 REFERENCIA RESOLUCIÓN INCOP 37-09 Formulario No. 6 DECLARACIÓN XXX XXXXXXXX NACIONAL
Formulario No. 6 -A CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO NACIONAL RESPECTO AL COSTO DE PRODUCCIÓN
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA No.: SIE-CRCG- 004-2013
SECCIÓN 1 CONVOCATORIA
De acuerdo con los Pliegos de Subasta Inversa Electrónica elaborados por la Corporación Registro Civil Guayaquil aprobados por el Ab. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Director Ejecutivo mediante Resolución No. CRCG-007-2013 de fecha 22 de enero del 2013, se convoca a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, o asociaciones de éstas, o compromisos de asociación o consorcio, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas para la ejecución del “SERVICIO DE DIGITALIZACIÓN Y GESTION DOCUMENTAL PARA LA CORPORACIÓN REGISTRO CIVIL DE GUAYAQUIL”.
El Presupuesto Referencial es de $ 83.253,06 (Ochenta y tres mil doscientos cincuenta y tres 06/100 dólares de Estados Unidos de América), que corresponden a un estimado de 1’850.068 imágenes digitalizadas en un período de 24 meses, tomando como referencia el número de imágenes digitalizadas en el presupuesto anual de la institución. Con un costo de $0,045 (dólares de Estados Unidos de América) por cada imagen digitalizada generada operativamente en la Corporación Registro Civil de Guayaquil, más el importe correspondiente a la tarifa del Impuesto al Valor Agregado, y el plazo estimado para la ejecución del Contrato es de 24 meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, dicha imagen deberá ser indexada sin ningún costo adicional las veces que sean necesarias, según requerimiento de la Corporación Registro Civil de Guayaquil.
Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:
1.- Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos provenientes de la partida presupuestaria No.5.3.02.99.02, de acuerdo con la certificación emitida por la Dirección Financiera de la Corporación Registro Civil Guayaquil, contenida en el Oficio DF-2013- 014 del 16 de enero de 2013. El pago por la prestación de los servicios requeridos lo hará la Corporación Registro Civil de Guayaquil trimestralmente, contra presentación de un informe en el que se detalle pormenorizadamente las cantidades efectivas de imágenes digitalizadas. Dicho informe se presentará conjuntamente con la correspondiente factura, que reflejará la cantidad de imágenes procesadas en el respectivo trimestre.
Adicionalmente, el Administrador del Contrato debe dirigir a la Dirección Ejecutiva y a la Dirección Financiera un informe completo que resuma la cantidad de imágenes digitalizadas en el trimestre correspondiente.
La CRCG se compromete a cancelar el importe de las facturas presentadas por la Contratista dentro de los 5 días posteriores a la presentación del informe de las cantidades de imágenes digitalizadas por parte del Administrador del Contrato. En caso de existir contradicción, la Contratista y la Corporación dirimirán sobre la cantidad de los mismos de mutuo acuerdo.
El valor a considerarse será un precio único por cada imagen digitalizada, más IVA.
Los pagos se realizarán, de conformidad con lo indicado en el proyecto de contrato.
2.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública “LOSNCP”. El oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificación de la adjudicación, pagará a la entidad el valor de USD 100.00 (costos de levantamiento de textos, reproducción y edición de los pliegos, si fuere del caso).
3.- Los interesados podrán realizar preguntas y recibir respuestas y aclaraciones de la Entidad Contratante, respecto al contenido de los Pliegos, a través del portal.
4.- La oferta técnica, de forma física o en papel, se presentará en la matriz de la Corporación Registro Civil Guayaquil ubicada en la Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx 000, Calle 18 G, hasta las 13H00 xxx Xxxxxx 22 de enero de 2013, de acuerdo con lo establecido en el calendario del proceso;
5. El calendario del procedimiento de Subasta Inversa se realizará de acuerdo a los siguientes plazos:
ETAPA | FECHA LIMITE | HORA |
Publicación del proceso en el portal | Martes 22 de enero de 2013 | 18h00 |
Fecha límite de preguntas | Jueves 24 de enero de 2013 | 13h00 |
Fecha límite de respuestas y aclaraciones | Viernes 25 de enero de 2013 | 17h00 |
Fecha límite de recepción de la Oferta técnica | Martes 29 de enero de 2013 | 13h00 |
Fecha límite para solicitar convalidación de errores | Jueves 31 de enero de 2013 | 16h00 |
Fecha límite para recibir convalidaciones | Lunes 4 de febrero de 2013 | 16h30 |
Fecha límite para calificación técnica de participantes | Miércoles 6 de febrero de 2013 | 18h00 |
Fecha de Inicio de la puja | Jueves 7 de febrero de 2013 | 11h00 |
Fecha estimada de la adjudicación | Viernes 8 de febrero de 2013 | 18h00 |
6.- Duración del Proceso de Puja: 15 minutos; 7.- Variación mínima de la puja: 1%
8.- Los oferentes calificados y habilitados para participar en la puja, deberán subir al Portal la oferta económica inicial hasta antes del inicio de dicha puja.
9.- Los requerimientos mínimos que deberá tener la documentación técnica de la oferta se señalan en los pliegos, en la sección CONDICIONES ESPECÍFICAS.
10.- El oferente adjudicado, para la suscripción del contrato, deberá presentar las garantías de fiel cumplimiento del contrato por el cinco por ciento de su valor, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP;
11.- El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento General y Resoluciones expedidas por el INCOP.
Guayaquil, a los 22 de enero de 2013
DIRECTOR EJECUTIVO CORPORACIÓN REGISTRO CIVIL GUAYAQUIL
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
SIE-CRCG-004-2013
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
Este procedimiento precontractual tiene como propósito principal seleccionar la oferta más conveniente para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DIGITALIZACIÓN Y GESTIÓN DOCUMENTAL PARA LA CORPORACIÓN REGISTRO CIVIL DE GUAYAQUIL”.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
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SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES
3.1 Ámbito de aplicación: El procedimiento de subasta inversa electrónica deberá utilizarse cuando se trata de adquirir un bien o de contratar un servicio normalizado, atendiendo a la definición establecida en el numeral 2 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, y en el artículo 42 de su Reglamento General, que no consten en el Catálogo Electrónico, cuya cuantía supere el monto equivalente al 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado.
En primer lugar, la máxima autoridad de la entidad contratante, en la calificación de participantes, determinará si existen ofertas cuyos componentes de esos bienes son de producción nacional con base en la información presentada por los proveedores. En este caso, solo se habilitará a los productores nacionales, quienes podrán participar en la puja.
En el caso de ausencia de ofertas de producción nacional, la máxima autoridad de la entidad contratante habilitará a los proveedores extranjeros que han sido calificados.
3.2 Comisión Técnica: Todo proceso de subasta inversa electrónica presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, cuando el presupuesto referencial sea superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0.000002 por el monto del presupuesto inicial del Estado, la misma que estará integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la LOSNCP.
La comisión técnica podrá nombrar subcomisiones de apoyo, observando para el efecto lo previsto en el artículo 19 del Reglamento General de la LOSNCP.
3.3 Participantes: La convocatoria está abierta para las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, que tengan interés en participar en este procedimiento y que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores RUP en la categoría correspondiente al objeto del proceso de contratación.
Con el fin de minimizar riesgos y en función a la seguridad del manejo de los recursos públicos, el precedente procedimiento precontractual está abierto a aquellas empresas que cuenten con la experiencia comprobable en este tipo de servicio y que al menos acrediten 3 actas de entrega-recepción de contratos ejecutados satisfactoriamente en la prestación de este tipo de servicio en los últimos 2 años. De igual manera deberán presentar acreditaciones certificadas de que al menos uno de sus técnicos haya realizado cursos de Administración y Configuración en la herramienta ON BASE y que pertenezcan al departamento técnico del proveedor, debiendo adjuntar afiliación del IESS actualizada.
No podrán participar en este Proceso precontractual quienes tengan impedimentos legales para contratar con el Estado, con la M.I. Municipalidad de Guayaquil o con la
Corporación Registro Civil de Guayaquil. Si el o los impedimentos son sobrevinientes y por consiguiente ocurre u ocurren luego de la adjudicación, no se podrá celebrar el contrato con dicho Adjudicatario. En este caso, procederá la adjudicación a favor del Oferente que tuviere la segunda mejor oferta, en tanto cumpla los requisitos exigibles y convenga a los intereses institucionales.
3.4 Autoinvitación: El proveedor que a la fecha de la convocatoria no se encuentra habilitado en el Registro Único de Proveedores, RUP, en la categoría correspondiente al objeto del proceso de contratación, y tenga las condiciones técnicas y legales para participar en él, podrá recategorizarse en la actividad respectiva, para lo cual deberá acudir a las oficinas del RUP y presentar los documentos respectivos. La autoinvitación es una opción del Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx que aparecerá una vez realizada la recategorización, y que podrá utilizarse hasta la fecha límite de entrega de ofertas, según el cronograma del proceso.
3.5 Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, las personas que incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP.
De manera obligatoria, los oferentes deberán llenar el formulario establecido en la Resolución INCOP No. 037-09, de 27 de noviembre de 2009 (sustitutiva de la Resolución INCOP No.028-09).
3.6 Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando el modelo xx xxxxxx establecido por el INCOP.
3.7 Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.
3.8 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: Si el interesado, luego del análisis de los Pliegos detecta un error u omisión o inconsistencia, o necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, deberá solicitarla a la entidad contratante a través del portal, dentro del término establecido en la convocatoria, mínimo de 1 día o máximo de 3 días, contado a partir de la fecha de publicación. La Entidad contratante responderá las aclaraciones solicitadas a través del portal, en el término establecido en la convocatoria, que no podrá ser menor a 1 día o máximo de 3 días, contado desde la fecha límite para recibir las preguntas.
3.9 Modificación de los Pliegos: El Delegado del Director Ejecutivo podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx., hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones.
Asimismo, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal
xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones; y, posteriormente, en la etapa de calificación de participantes.
3.10 Convalidación de errores de forma: Dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.
La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx a cada uno de los oferentes el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.
Las convalidaciones solicitadas deberán ser subidas al portal, o en su defecto, en el caso de certificaciones, deberán entregarse de manera física.
3.11 Causas de Rechazo: Luego de evaluados los documentos del Sobre Único, el Delegado del Director Ejecutivo, rechazará una oferta por las siguientes causas:
3.11.1 Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales, especificaciones técnicas y formularios de estos pliegos.
3.11.2 Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.
3.11.3 Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser errores de forma. Los errores de forma deberán ser obligatoriamente notificados al oferente respectivo, para que pueda convalidarlos.
3.11.4 Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los pliegos, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato.
3.11.5 Si se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando no puedan ser convalidadas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP.
Una oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada.
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas. Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
3.12 Adjudicación y Notificación: La máxima autoridad de la entidad contratante, con base a la evaluación técnica y los posteriores resultados de la puja, adjudicará el contrato a la más conveniente conforme a los términos establecidos en el numeral 17 del artículo 6 de la LOSNCP, mediante resolución motivada. La adjudicación será total.
La notificación de la adjudicación se la realizará a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, con la respectiva resolución de adjudicación emitida por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado.
3.13 Garantías: En este contrato se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 73, 74, y 76 de la LOSNCP.
3.13.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato, que se rendirá por un valor igual al 5% del monto total del contrato. No se exigirá esta garantía en el caso de adquisición de bienes muebles que se entreguen al momento de efectuarse el pago, tampoco en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000003 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.
3.13.2 Las garantías técnicas, en el caso de que se contemple la provisión o instalación de equipos a los bienes y/o servicios.
La garantía técnica cumplirá las condiciones establecidas en el artículo 76 de la LOSNCP, caso contrario se la remplazará por una de las garantías señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP, por el valor total de los bienes.
Las garantías serán entregadas en cualquiera de las formas establecidas en el Artículo 73 de la LOSNCP. Sin embargo, para la garantía de fiel cumplimiento del contrato, únicamente se rendirá en las formas establecidas en los numerales 1, 2 y 5 del artículo 73 de la LOSNCP.
Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP.
3.14 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
3.15 Declaratoria de Procedimiento Desierto: El procedimiento será declarado desierto antes de la adjudicación en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP.
3.16 Negociación: En los casos que constan en el artículo 47 (reformado) del RGLOSNCP no se realizará la puja y se realizará una única sesión de negociación, la que se llevará a cabo cumpliendo las condiciones de dicho artículo.
3.17 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término de 15 días, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad Contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.
Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe
el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.
3.18 Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General.
3.19 Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda. La entidad contratante y el o los oferentes deberán considerar la tarifa del Impuesto al Valor Agregado, IVA, vigente de acuerdo con la Ley de Régimen Tributario Interno.
3.20 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General.
3.21 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
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SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1 Presentación de la oferta: La oferta técnica, se presentará en un sobre único cerrado en la Secretaría del Departamento Administrativo de la Corporación Registro Civil de Guayaquil, situada en ciudadela Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx 00, Xxxxxxx 0000, calle 18-G, Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, xx xxxx xxxxxx xx Xxxxxxxxx, hasta la “fecha límite de recepción de la oferta Técnica.
No se exigirá a los oferentes la entrega de documentos que previamente hayan sido entregados para efectos de habilitarse en el Registro Único de Proveedores. Tampoco se exigirá que la documentación presentada por los oferentes sea notarizada; únicamente el oferente adjudicatario deberá cumplir con la entrega notarizada de documentos para la suscripción del contrato.
4.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta 90 días, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP. 1
4.3 Plazo de Ejecución: El plazo de prestación del servicio y la entrega de los bienes es de hasta 24 meses después de la firma del Contrato.
4.4 Precio de la Oferta: El precio de la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las especificaciones correspondientes técnicas y a plena satisfacción de la entidad contratante.
Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. Cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa.
4.5 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en la Convocatoria y en el Proyecto de Contrato.
4.5.1 La forma de pago del servicio de digitalización y gestión documental será de forma trimestral, y tendrá como soporte la presentación de un informe en el que se detalle pormenorizadamente las cantidades efectivas de imágenes digitalizadas. Dicho informe se presentará conjuntamente con la correspondiente factura, que reflejará la cantidad de imágenes procesadas en el respectivo trimestre. Adicionalmente, el Administrador del Contrato debe dirigir a la Dirección
1 Si la entidad contratante no establece en los pliegos el plazo de vigencia de la oferta, ésta se entenderá vigente hasta la fecha de celebración del contrato.
Ejecutiva y a la Dirección Financiera un informe completo que resuma la cantidad de imágenes digitalizadas en el trimestre correspondiente.
La CRCG se compromete a cancelar el importe de las facturas presentadas por la Contratista dentro de los 5 días posteriores a la presentación del informe de las cantidades de imágenes digitalizadas por parte del Administrador del Contrato. En caso de existir contradicción, la Contratista y la Corporación dirimirán sobre la cantidad de los mismos de mutuo acuerdo.
4.6 Preferencia: A continuación se detalla la aplicación de los márgenes de preferencia para Producción Nacional y Mipymes:
Como parte integrante de la oferta técnica, se incluirá el formulario denominado Participación Nacional, en el cual se indicará el porcentaje xx xxxxxxxx nacional del bien o servicio a ofertar, cuya información servirá para evaluar el origen del bien o servicio objeto de la contratación, de acuerdo a los siguientes parámetros.
Origen nacional de un bien: cuando el valor FOB de las mercancías importadas incorporadas en él, no sea superior al 60% del precio ofertado, o dicho de otra manera, incorpore el 40% o más xx xxxxxxxx nacional.
Origen nacional de un servicio: si el oferente es una persona natural o jurídica domiciliada en el país, y más del 60% de su oferta represente el costo de la mano de obra, materias primas e insumos nacionales.
La información referente al tamaño de la empresa para la aplicación de las márgenes de preferencia, con relación a micro, pequeñas y medianas empresas será tomada de la información que consta en el Registro Único de Proveedores RUP, de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento General de la LOSNCP.
Para el caso de bienes: En función de lo establecido en la Sección III Condiciones Generales, numeral 3.1, segundo inciso, si la subasta se realiza entre proveedores de bienes de origen nacional se establecerán los márgenes de preferencia con relación al tamaño del proveedor, de acuerdo con el siguiente cuadro:
TIPO DE PROVEEDOR | MARGEN DE PREFERENCIA |
Mediano | (Grande) 5% |
Mype | (Mediano) 5% (Grande) 10% |
Estos márgenes de preferencia no son aplicables en el caso de que participen únicamente ofertas que no se consideren de origen nacional.
Para el caso de servicios: Se aplicarán los márgenes de preferencia referente al origen del servicio y el tamaño del proveedor, detallados en el siguiente cuadro:
ORIGEN DEL SERVICIO | TIPO DE PROVEEDOR | MÀRGENES DE PREFERENCIA, RESPECTO A OFERTA: | |
EXTRANJERA | NACIONAL | ||
EXTRANJERO | -- | -- | |
NACIONAL | GRANDE | 10 % | -- |
NACIONAL | MEDIANO | 15 % | (GRANDE) 5 % |
NACIONAL | MYPE | 20 % | (MEDIANO) 5 % (GRANDE) 10 % |
Estos márgenes de preferencia, se aplicarán a cada una de las ofertas durante la Puja, para establecer los precios comparativos.
4.7 Procedimiento de evaluación y puja:
4.7.1 SERVICIOS:
a.- Calificación.-
Se analizará la oferta técnica mediante la aplicación de la metodología “cumple o no cumple” (o “check list”), posteriormente la entidad contratante calificará las ofertas que cumplan con todas las especificaciones y requerimientos técnicos, financieros y legales exigidos en estos pliegos, para lo cual se utilizará el siguiente formato:
PARÁMETRO SOLICITADO | PARÁMETRO OFERTADO | CUMPLE | NO CUMPLE |
b.- Habilitación.-
Considerando la información presentada por el proveedor en el formulario No. 6, el sistema informático del Sistema Nacional de Contratación Pública –SNCP- habilitará a los proveedores calificados.
Una vez realizado este proceso, se subirá al portal el Acta de Evaluación, conforme indica el artículo 45 del Reglamento General de la LOSNCP.
c.- Oferta económica inicial.-
Los proveedores cuya oferta haya sido calificada y habilitada, deberán enviar la oferta económica inicial a través del Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, a fin de participar en la puja.
Las ofertas económicas iniciales presentadas a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, obligan al oferente a cumplir las condiciones técnicas y económicas ofertadas en el caso de resultar adjudicado, aun cuando no participare en el acto de la puja.
d.- Puja.-
En el día y hora señalados en la convocatoria, se realizará la puja hacia la baja a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en la cual participarán únicamente los proveedores calificados, habilitados y que hayan enviado su oferta económica inicial, cuyas ofertas se aplicarán los márgenes de preferencia detallados anteriormente, según corresponda.
e.- Negociación única.-
De existir una sola oferta calificada, o si una sola oferta resultare habilitada, o un solo oferente presentare su oferta económica inicial, se realizará una sesión de negociación de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 (reformado) del RGLOSNCP.
4.8 Obligaciones del contratista:
En el proyecto de contrato, se detallarán todas las obligaciones que deberá cumplir el contratista para la correcta ejecución del contrato.
4.9 Obligaciones de la contratante: Así mismo, en el proyecto de contrato se detallarán todas las obligaciones que deberá cumplir la entidad contratante para la ejecución correcta del contrato.
4.10 Forma de presentar la Oferta: El oferente incluirá en su oferta la información que se determina en los formularios que constan en la sección 6. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita.
4.10.1 Requisitos mínimos:
4.10.1.1 Oferta técnica:
El oferente, para ser considerado, deberá presentar:
• La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1).
• Datos generales del oferente (Formulario No. 2).
• Modelo De Carta De Confidencialidad (Formulario No. 3)
• Cuadro de Especificaciones Técnicas. (Formulario No. 4)
• Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.037-09 Formulario No. 5 y 5.2). en caso de ser personas naturales deberá presentar el formulario indicando “NO APLICA”
• Formulario xx xxxxxxxx nacional (Formulario No. 6 y 6A).
• Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA.
• Deberán presentarse 3 actas de entrega-recepción de contratos ejecutados satisfactoriamente en la prestación de este tipo de servicio en los últimos 2 años.
• Deberá presentarse certificación de que al menos uno de sus técnicos haya realizado cursos de Administración y Configuración en la herramienta ON BASE y que pertenezca al departamento técnico del proveedor, debiendo adjuntar afiliación del IESS actualizada.
• Los documentos de la Oferta Técnica deberán estar sumillados y foliados.
NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación
en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos.
La carátula de la oferta técnica será la siguiente:
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
SIE-CRCG-004-2013
SOBRE ÚNICO
Abogado
XXXXXXX XXXXXX X.
Director Ejecutivo
CORPORACIÓN REGISTRO CIVIL DE GUAYAQUIL
Presente
PRESENTADA POR: _
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después del día y hora fijados para su entrega-recepción.
La Secretaría del Departamento Administrativo recibirá y conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.
4.11 Anexos de las Condiciones Específicas:
4.11.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
La prestación del servicio de digitalización y gestión documental deberá implementarse de la siguiente forma:
1. Definición y Planificación de Actividades
Al inicio de cada año y/o contrato de servicios, se procederá a la planificación del trabajo a realizar. En esta etapa se contemplará que tipo de documentos se van a digitalizar y en qué tiempo se debe realizar el trabajo.
También se especificará que campos se utilizarán en la indexación de los documentos y el listado de usuarios autorizados con su nivel de acceso correspondiente, para su posterior búsqueda en la base de datos.
La labor de planificación deberá incluir, entre otros puntos, lo siguiente:
a) Estudios preliminares de requerimientos;
b) Análisis y estructuración de los tipos de documentos;
c) Definición de flujos de documentación;
d) De políticas y flujo.
e) Definición de accesos y seguridades al sistema;
f) Instalación y configuración del sistema de gestión documental;
g) Pruebas y afinamientos finales del sistema.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando LA CORPORACIÓN lo requiera a través de la Dirección Ejecutiva o la Dirección de Operaciones, podrá cambiarse los puntos de la planificación detallados en líneas anteriores.
2. Preparación del archivo físico.
La Corporación entregará la documentación en conformidad al cuadro de “DESCRIPCIÓN DE DOCUMENTOS BÁSICOS POR SERVICIOS”,
elaborado de acuerdo a la documentación que se requiere por tipo de trámite. Este cuadro se podrá modificar cuando la Corporación lo requiera.
Los documentos se digitalizarán hasta un tamaño máximo de A3.
3. Soporte Técnico y configuración del sistema ONBASE
El personal de LA CONTRATISTA realizará todas las actividades de soporte técnico en el servicio, necesarias para el correcto funcionamiento del sistema ONBASE en LA CORPORACIÓN.
Esta fase deberá incluir:
a) Reinstalación y configuración, en caso de ser necesario y en coordinación con la Dirección de Operaciones e Informática de la Corporación, del servidor donde están almacenados los datos e imágenes de todos los documentos digitalizados.
b) Instalación y configuración, en caso de ser necesario y en coordinación con la Dirección de Operaciones e Informática de la Corporación, de las estaciones de trabajo;
c) Reinstalación, en caso de ser necesario y en coordinación con la Dirección de Operaciones e Informática de la Corporación, del Servidor donde reside la herramienta ONBASE.
d) Configuración y afinamiento, en caso de ser necesario y en coordinación con la Dirección de Operaciones e Informática de la Corporación, del Sistema Operativo y de la base de datos SQL Server del Servidor ONBASE
e) Pruebas y afinamientos del sistema.
4. Digitalización.
LA CONTRATISTA, a través de su personal y con sus propios equipos procederá a la digitalización de los documentos preclasificados en la forma indicada en el numeral 2. Además en esta etapa se almacenarán sin ningún costo adicional los documentos en una Base de Datos (SQL Microsoft), para su posterior búsqueda. El software de captura deberá incluir el mejoramiento de imágenes.
5. Indexación.
LA CONTRATISTA, a través de su personal y sus equipos procederá a la Indexación sin ningún costo adicional en el ON BASE los documentos digitalizados de acuerdo a condiciones mínimas requeridas por tipo de documentos detallados en la Malla de Indexación publicación. Esta malla se podrá modificar cuando la Corporación lo requiera. Los documentos digitalizados se publicarán en coordinación con la Dirección Informática
de la Corporación, en un servidor central configurado con las respectivas políticas de seguridad establecidas por LA CONTRATANTE.
6. Consultoría y Soporte Técnico
Durante todo el proyecto LA CORPORACIÓN contará con la asesoría y soporte técnico ilimitado por parte de LA CONTRATISTA en lo concerniente a la administración del sistema y de posibles errores, adicional a las posibles necesidades de desarrollo y optimización sobre el producto ONBASE adquirido por LA CORPORACIÓN.
7. Capacitación.
LA CONTRATISTA brindará una capacitación técnica avanzada de al menos 24 horas a dos personas de la Dirección de Operaciones e Informática que designe LA CORPORACIÓN sobre “Administración del producto ONBASE” para realizar adecuadamente un seguimiento dentro del período contratado. Así como una capacitación sobre el manejo del ONBASE usuario final a dos personas que designe el Director de Operaciones e Informática.
4.11.1.2 CONSIDERACIONES ESPECIALES DEL SERVICIO
La CONTRATISTA prestará el servicio de digitalización a la CORPORACIÓN, contemplando los siguientes requerimientos:
1. En el Servicio
- Los documentos se digitalizarán hasta un tamaño máximo de A3.
- Los archivos generados deberán tener el menor peso posible (tamaño en bytes), sin degradar el contenido del documento.
- Cada imagen seleccionada deberá pasar por un proceso de mejoramiento automático y manual (de ser el caso) para efectos de eliminar elementos externos que afecten la visualización e impresión de la misma.
- Generación de reportes de cantidad de trámites e imágenes cargados en el ON BASE vía electrónica o en medios magnéticos, en archivos de Excel de acuerdo a los campos solicitados. Cada vez que la Corporación lo requiera.
- Identificación y generación de reportes de posibles errores encontrados como imágenes duplicadas cargadas en el ON BASE vía electrónica o en medios magnéticos, en archivos de Excel de acuerdo a los campos solicitados. Cada vez que la Corporación lo requiera.
- Identificación diaria de documentos físicos que no tengan una calidad óptima de impresión lo cual dificulta el escaneo e indexación en el ON BASE.
- Cuadre diario de los documentos que serán cargados en el ON BASE por tipo de trámite y oficina, con los responsables del Archivo de la CRCG. Este cuadre se lo realizará todos los días en los siguientes horarios: 10h30, 12h30, 14h00 y 16h00.
- Deberá tener cargado los trámites en el ON BASE del día anterior hasta las 16h00 del siguiente día.
- Revisión final en el ON BASE de los trámites del día anterior cargados de acuerdo al cuadre diario del Archivo. Esta revisión la realizará la Coordinadora de Operaciones todos los días a partir de las 16h00.
2. En los Recursos (personal, hardware y software)
- Proveerá el personal técnico y operativo necesario para la prestación del servicio, que estará constituido por: dos operadores de servicios permanentes.
- El horario laborable será de 8 horas diarias de lunes a viernes y de ser necesario cuando la Corporación lo requiera los días xxxxxxx, xxxxxxxx o feriados.
- Conocimiento y experiencia en el manejo de la plataforma de sistema de gestión documental ON BASE, debidamente certificado.
- Dominio y manejo de utilitarios de Microsoft Office principalmente Excel para la creación y organización de tablas de datos, elaboración de filtros, matching de tablas por campos comunes, formulas y validaciones de celdas, entre otras funciones.
- Proveerá los equipos de escaneo y computadores adecuados para el correcto cumplimiento del contrato.
- Los gastos del personal, seguros, software, hardware, know how, útiles de oficina, y demás relacionados para el óptimo cumplimiento del servicio de digitalización, será responsabilidad de la CONTRATISTA.
- La Corporación facilitará el espacio físico, el mobiliario y los servicios básicos.
4.11.1.3 El Presupuesto Referencial es de $ 83.253,06 (Ochenta y tres mil doscientos cincuenta y tres 06/100 dólares de Estados Unidos de América), que corresponden a un estimado de 1’850.068 imágenes digitalizadas en un período de 24 meses, tomando como referencia el número de imágenes digitalizadas en el presupuesto anual de la institución. Con un costo de $0,045 (dólares de Estados Unidos de América) por cada imagen digitalizada generada operativamente en la Corporación Registro Civil de Guayaquil, más el importe correspondiente a la tarifa del Impuesto al Valor Agregado, y el plazo estimado para la ejecución del Contrato es de 24 meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato, dicha imagen deberá ser indexada sin ningún costo adicional las veces que sean necesarias, según requerimiento de la Corporación Registro Civil de Guayaquil.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
SIE-CRCG-004-2013
SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Corporación Registro Civil Guayaquil, representada por el Ab. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en su calidad de Director Ejecutivo conforme el nombramiento que se adjunta y a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra (Nombre del contratista y de ser el caso del representante legal), a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.01.- De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contrataciones de (la CONTRATANTE), contempla la ejecución de: (describir objeto de la contratación).
1.02.- Previos los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de (CONTRATANTE) resolvió aprobar los pliegos de la SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA (SIE No.) para (describir objeto de la contratación).
1.03.- Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.), conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente), mediante documento (identificar certificación).
1.04.- Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año), a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
1.05.- Luego del proceso correspondiente, la máxima autoridad de (la CONTRATANTE, o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la adquisición de los bienes y/o la prestación de servicios (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario y de ser el caso la representación legal y el nombre).
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.01 Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos
a) Los Pliegos incluyendo las especificaciones técnicas de los bienes y/o servicios a contratarse;
b) La oferta presentada por el CONTRATISTA;
c) Los demás documentos de la oferta del adjudicatario
d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA;
e) La resolución de adjudicación; y,
f) Las certificaciones de (Dirección Financiera o dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
g) Los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con el contrato:
1. Escritura de Constitución de la Compañía, reformas, o cualquier modificación a los estatutos
2. Nombramiento vigente del Representante Legal de la contratista, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.
3. Copias de la cédula de ciudadanía y del certificado de votación del Representante Legal de la Contratista.
4. Certificado de cumplimiento de obligaciones por parte de la contratista, otorgado por la Superintendencia de Bancos.
5. Actas de Entrega-Recepción de tres contratos ejecutados satisfactoriamente en la prestación de este servicio en los 2 últimos años.
6. Certificado de la habilitación del Registro Único de Proveedores.
7. Los demás documentos que en virtud de la legislación vigente se requieran para la formalización del contrato
Cláusula Tercera.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
3.01.- Los términos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
1) Cuando los términos estén definidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, o en este contrato, se atenderá su tenor literal.
2) Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato,
3) El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
4) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
3.02.- Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
a) "Adjudicatario", es el oferente a quien la máxima autoridad de la (Nombre de la CONTRATANTE) le adjudica el contrato;
b) "Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, los pliegos aprobados, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
c) “INCOP”, Instituto Nacional de Contratación Pública.
d) “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
e) "Oferente", es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a subasta inversa electrónica;
f) "Oferta", es la propuesta para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución del proyecto. (Nombre del proyecto);
Cláusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO
4.01 El objeto de este contrato es la PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DIGITALIZACIÓN Y GESTIÓN DOCUMENTAL para la Corporación Registro Civil de Guayaquil, en virtud de lo cual la CONTRATISTA, a través de la operación y supervisión con su propio personal, prestará permanentemente el servicio de digitalización de los documentos de registro civil, identificación y cedulación generados en la Corporación Registro Civil de Guayaquil, que sean dispuestos por ésta para dichos fines.
4.02 El servicio incluye la limpieza y restauración de los archivos físicos, la digitalización y administración electrónica de los mismos, el almacenamiento de las imágenes digitalizadas en el servidor del “Sistema de Gestión Documental y Digitalización Personalizada” con plataforma “On base”, así como la administración y distribución de los documentos e información en general de la CORPORACIÓN.
4.03 Corresponde al Contratista brindar las capacitaciones detalladas en los pliegos y en la oferta respectiva, sobre el funcionamiento de la plataforma ON BASE, al personal que utilizará los mismos dentro del plazo convenido, a entera satisfacción de la Entidad Contratante.
Cláusula Quinta.- PRECIO DEL CONTRATO
(El precio que pagará la CONTRATANTE, será el que resultare ganador de la puja).
5.01 El precio del Contrato que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA es el de $. (Cantidad exacta en números y letras), dólares de los Estados Unidos de América, por cada imagen digitalizada, incluye todos los costos directos, indirectos, administrativos, financieros, generales, discrecionales y, en general, todos los costos en
que habrá de incurrir “la Contratista” para la prestación eficiente de la integralidad del servicio contratado, incluyendo, todo lo establecido en su oferta. Por lo tanto, los pagos que la Contratante haga a la Contratista utilizando dichos precios unitarios representarán la remuneración total, permanente e invariable de la Contratista y no darán lugar a reclamación adicional alguna, de ningún tipo, fuera de los reajustes a que haya lugar de acuerdo con lo previsto en este contrato.
El precio por cada imagen digitalizada pactado en este contrato es de $ _; resulta de dividir el costo total del servicio a prestarse para el número de imágenes digitalizadas presupuestadas.
En consecuencia, el valor del contrato podrá variar en relación del mayor o menor número de imágenes digitalizadas durante el tiempo de ejecución del contrato.
Cláusula Sexta.- FORMA DE PAGO
6.01.- La Contratante pagará al Contratista con cargo a la Partida No. xxxx del Presupuesto de la Entidad el precio del Contrato. La forma de pago del servicio de digitalización y gestión documental será de forma trimestral, y tendrá como soporte la presentación de un informe en el que se detalle pormenorizadamente las cantidades efectivas de imágenes digitalizadas. Dicho informe se presentará conjuntamente con la correspondiente factura, que reflejará la cantidad de imágenes procesadas en el respectivo trimestre.
Adicionalmente, el Administrador del Contrato debe dirigir a la Dirección Ejecutiva y a la Dirección Financiera un informe completo que resuma la cantidad de imágenes digitalizadas e indexadas en el trimestre correspondiente.
La CRCG se compromete a cancelar el importe de las facturas presentadas por la Contratista dentro de los 5 días posteriores a la presentación del informe de las cantidades de imágenes digitalizadas por parte del Administrador del Contrato. En caso de existir contradicción, la Contratista y la Corporación dirimirán sobre la cantidad de los mismos de mutuo acuerdo.
El valor a considerarse será un precio único por cada imagen digitalizada, más IVA. Los pagos se realizarán, de conformidad con lo indicado en el proyecto de contrato.
Será causa de responsabilidad de los funcionarios el que no cumplan oportunamente con las obligaciones de pago previstas en este Contrato, contando con los recursos económicos suficientes, y se aplicará lo establecido en el artículo 101 de la LOSNCP.
Cláusula Séptima.- GARANTÍAS
7.01.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 74 y 76 de la LOSNCP, el Contratista está obligado a rendir las siguientes garantías:
a) De fiel cumplimiento.- El contratista, antes de firmar el contrato, para seguridad del cumplimiento de éste y para responder de las obligaciones que contrajera frente a terceros, relacionadas con el contrato, rendirá a favor de la (Entidad Contratante) una garantía por el monto USD XXX XXX que equivale al 5% del monto referencial que corresponden a un estimado de 1’850.068 imágenes digitalizadas por el plazo que dure el contrato.
b) Garantía Técnica.- El Contratista a la firma del contrato presenta las garantías técnicas del fabricante, para la ejecución de los servicios objeto principal del presente contrato. Esta garantía comenzará a operar a partir de la recepción de los servicios y durará el plazo que dure el contrato.
7.02.- Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:
1) La de fiel cumplimiento del contrato:
• Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA;
• Si la CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.
2) La Técnica.- Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en los pliegos y este contrato.
Cláusula Octava.- PLAZO
8.01.- El plazo para la prestación del servicio a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de 24 meses, contados a partir de la fecha suscripción del contrato.
Cláusula Novena.- PRÓRROGAS DE PLAZO
9.01.- El CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales, sólo en los siguientes casos, y siempre que el CONTRATISTA así lo solicite, por escrito, justificando los fundamentos de aquella, dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud:
• Por causa de fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tales por la CONTRATANTE. La CONTRATISTA tiene la responsabilidad de actuar con toda la diligencia razonable para superar la imposibilidad producida por causa de fuerza mayor o caso fortuito. En estos casos, el plazo se prorrogará por un período igual al tiempo de duración de las causas indicadas;
• Por suspensiones ordenadas por la CONTRATANTE y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA.
• Si la CONTRATANTE no hubiera cancelado el anticipo (de ser el caso) contractual dentro del plazo establecido para ello.
9.02.- Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización de (la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado).
Cláusula DÉCIMA: MULTAS
Para facilitar las interrelaciones entre la Corporación y la Contratista, y garantizar el cabal cumplimiento del presente contrato, se determinan las siguientes penalizaciones a
aplicarse en los casos detallados a continuación:
Causal | Multa | |
10.01 | No disponibilidad del servicio de consulta en las pantallas del ONBASE de Supervisión y de los Operadores. | 2 por ciento del valor a pagarse en el trimestre por cada día o fracción de día dentro del mismo período que incurra en la causal 10.01. |
10.02 | Falta del personal operativo de la contratista (2 operadores permanentes) que cause retraso del servicio. | 1 por ciento del valor a pagarse en el trimestre por cada día dentro del mismo período que incurra en la causal 10.02 |
10.03 | Falta de equipos y suministros para la prestación del servicio que cause demora en la digitalización e indexación de documentos. | 1 por ciento del valor a pagarse en el trimestre por cada día dentro del mismo período que incurra en la causa 10.03 |
10.04 | Por demora en la carga de los trámites diarios en el ON BASE. | 1 por ciento del valor a pagarse en el trimestre por cada día dentro del mismo período que incurra en la causal 10.04. |
10.05 | No cumplir con el envío de los archivos de reportes requeridos por la Dirección de Operaciones en los plazos estipulados. | 1 por ciento del valor a pagar en el trimestre por cada incumplimiento del envío de los informes requeridos dentro del mismo período. |
10.06 | Por error en la digitalización y/o indexación de las imágenes. | 1 por ciento del valor a pagarse en el trimestre por una cantidad de errores crítica determinada por la CRCG en cada período y que afecte el servicio al usuario. |
Las multas que tenga que ejecutar el CONTRATANTE serán descontadas a la Contratista proveedora del servicio, del valor a pagar en la factura siguiente.
Cláusula Décima Primera.- CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN
11.01.- El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados servicios, previa autorización de la CONTRATANTE.
(ESTABLECER AQUÍ LA CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN, DE
CONVENIRSE, observando lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento General de la
LOSNCP).
11.02.- El CONTRATISTA será el único responsable ante la CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
Cláusula Décima Segunda.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
12.01.- A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y en las Condiciones Generales, el CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
La CONTRATISTA prestará el servicio de digitalización a la CORPORACIÓN, contemplando en el Sistema las siguientes opciones:
• Consulta en línea de las imágenes digitalizadas o cualquier documento electrónico almacenado en el sistema.
• En caso de ser requerido por la Corporación, se facilitará en coordinación con la Dirección Informática de la Corporación, acceso a la información a través del servidor web las 24 horas, los 365 días del año.
• Acceso restringido a la documentación de acuerdo al perfil del usuario autentificado, y sólo para usuarios autorizados por la CORPORACIÓN.
• Almacenamiento y actualización de datos de los documentos procesados diariamente en las oficinas institucionales de la CORPORACIÓN.
• Auditoría permanente de las acciones ejecutadas por el usuario autentificado.
12.02.- La CONTRATISTA se compromete a brindar los elementos necesarios para mantener una capacidad máxima de procesamiento de digitalización de cinco mil imágenes diarias. Si el CONTRATANTE requiera aumentar esta capacidad, deberá solicitar a la CONTRATISTA en forma fehaciente tal necesidad, para este caso el CONTRATISTA aumentará su capacidad de procesamiento en un plazo no mayor a quince días hábiles.
12.03.- La CONTRATISTA, durante el plazo de vigencia del presente contrato, proporcionará a la CORPORACIÓN la asesoría que sea requerida para la buena marcha de la gestión documental de la Institución.
12.04.- De igual forma, la CONTRATISTA estará en la obligación de brindar permanentemente soporte técnico certificado en la administración del Sistema y en el mantenimiento de las bases de datos para lograr respaldos periódicos, validaciones, copias de seguridad, recuperaciones, etc.
Las acciones a tomarse en casos de problemas técnicos y los tiempos de reparación, estarán acordes con la severidad del problema. Una vez detectado el problema, daño o situación anormal en la prestación del servicio, La CORPORACION, a través del funcionario designado, acudirá a las instancias previamente establecidas por EL CONTRATISTA, de acuerdo a los siguientes puntos de contacto y niveles de escalamiento:
a) Supervisor de proyecto:
b) Gerente Técnico:
c) Gerente General:
12.05.- Asimismo, LA CONTRATISTA dotará de capacitación continua a los usuarios del sistema incluidos dentro de la contratación, las veces que fueren necesarias dentro del plazo de vigencia contractual.
12.06.- LA CONTRATISTA proveerá todo el software, hardware y know how necesario para cumplir cabalmente sus prestaciones. Todo el hardware a utilizar en el proceso contratado será de propiedad de LA CONTRATISTA, siendo responsabilidad de ésta el mantenimiento y el perfecto funcionamiento del mismo.
12.07.- LA CONTRATISTA asimismo proveerá el personal técnico y operativo necesario para la prestación del servicio objeto de la contratación, el mismo que estará constituido por dos (2) operadores de servicio, quienes estarán permanentemente supervisados por la Dirección de Operaciones de la CORPORACIÓN.
El personal de LA CONTRATISTA requerido para el servicio de digitalización, no estará bajo ningún concepto en relación de dependencia con LA CORPORACIÓN, existiendo entre las dos partes intervinientes una relación jurídica de carácter estrictamente civil.
12.08.- LA CONTRATISTA prestará el servicio contratado dentro de un horario laborable de 8 horas diarias, de lunes a viernes y de ser necesario en casos de excepción los días sábados y feriados.
12.09.- La CONTRATISTA se obliga a guardar total y absoluta confidencialidad respecto de la documentación, información, procesos y proyectos que estén a cargo de la CORPORACIÓN y que en razón de sus servicios pudiere llegar a conocer. Asimismo, se obliga a mantener, total sigilo sobre el software y sistemas de propiedad de la CORPORACIÓN y, en general, sobre toda la información relacionada con la ejecución del objeto de este contrato.
Toda la documentación y la Información así como las imágenes almacenadas en el servidor (Base de Datos) son de propiedad exclusiva de LA CORPORACIÓN. LA CONTRATISTA no podrá por ningún concepto disponer, utilizar, copiar o divulgar la información procesada.
12.10.- A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato, la CONTRATISTA está obligada a cumplir con cualquier otra que se derive natural y jurídicamente del objeto de la contratación.
12.11.- LA CONTRATISTA es personal y pecuniariamente responsable de los daños y perjuicios que eventualmente pudiera ocasionar la ejecución de las prestaciones a ella atribuidas, salvo las circunstancias de fuerza mayor debidamente comprobadas y aceptadas como tal por LA CORPORACIÓN.
12.12.- El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad
alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista.
Cláusula Décima Tercera.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
13.01.- Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el numeral 4.9 de las condiciones específicas de los pliegos que son parte del presente contrato. De igual manera es obligación del contratante cumplir con todas las cláusulas que consten en los pliegos y en este contrato.
Son obligaciones de LA CORPORACIÓN, en la fase de ejecución del presente contrato, las siguientes:
13.02.- Proveer las instalaciones, el mobiliario y los servicios básicos requeridos para la digitalización de los documentos.
13.03.- Especificar oportunamente, dentro de la etapa de planificación, el tipo de documentos que se van a digitalizar y el tiempo en se debe realizar el trabajo. También tendrá que especificar qué campos se utilizarán en la indexación de los documentos, para su posterior búsqueda en la base de datos.
13.04.- Entregar en buen estado de conservación los documentos a ser digitalizados, en el lugar de trabajo asignado. En caso contrario, LA CONTRATISTA no se responsabiliza por posibles daños o deterioros, parciales o totales, por la manipulación de los documentos en el proceso de digitalización.
13.05.- Entregar los documentos en hojas sueltas sin engrape o empaste alguno. Para el caso de tratarse de cualquier otro tipo de medio distinto a lo especificado anteriormente (por ejemplo: mapas, libros, planos, sobres, fundas, radiografías, cajas), se acordará de común acuerdo el diferencial de precio.
13.06.- Definir a través de la Dirección de Operaciones e Informática los perfiles y permisos de cada usuario autentificado del sistema, así como los cambios que se susciten en los mismos, a efectos de establecer el nivel de acceso de la Información.
13.07.- Colaborar con LA CONTRATISTA en temas técnicos vinculados a la operatoria y configuraciones del sistema o red necesarios para el correcto desempeño del software.
13.08.- Tener en pleno funcionamiento la red para poder transferir información entre las diferentes estaciones de consulta y digitalización.
Cláusula Décima Cuarta.- PREVENCIÓN DE RIESGOS.
14.01.- En razón de que en todo proceso masivo de digitalización de documentos se presentan varios riesgos o problemas originados por errores en los sistemas informáticos, base de datos, dispositivos electrónicos de captura, procesamiento o almacenamiento, o por errores humanos, LA CONTRATISTA se obliga a prevenirlos en la medida de las posibilidades fácticas, debiendo tomar en cuenta las siguientes directrices:
1) Implementar un plan de contingencia que permita continuar trabajando de manera inmediata en otra oficina asignada por La CORPORACION.
2) Proveer como parte fundamental y prioritaria un sistema de gestión electrónica de documentos y digitalización probado, sólido y estable.
3) Utilizar equipos electrónicos de última generación tecnológica y escáneres profesionales de alto rendimiento.
4) Contar con equipos electrónicos y escáneres de reposición de los dispositivos de producción.
5) Usar un servidor de base de datos que cumpla con los estándares mínimos internacionales.
6) Asesorar en el diseño e implementación de políticas de seguridades que garanticen la integridad de la información.
7) Ejecutar un plan de respaldos automáticos y respaldos externos en DVD ROM de toda la información y contar con un plan para recuperar inmediatamente los sistemas informáticos y base de datos respectivos.
8) Realizar frecuentemente controles de calidad de datos e imágenes procesadas.
9) Tener las certificaciones respectivas que acrediten al proveedor como distribuidor autorizado del software y hardware que se utilizará en el proyecto.
10) Contar con personal tanto operadores como técnicos altamente capacitados y disponibles cuando La CORPORACION lo amerite; y,
11) Brindar un plan de mantenimiento preventivo y correctivo, sin costo alguno, de al menos dos equipos de escaneo que utilice y de propiedad de la Corporación para la utilización y mejoramiento del Sistema ONBASE y de la información entregada.
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx.- RECEPCIÓN DEFINITIVA.
(De acuerdo al artículo 81 de la LOSNCP, en los contratos de adquisición de bienes y prestación de servicios, existirá solamente la recepción definitiva, sin perjuicio de que, de acuerdo a la naturaleza del contrato -si se estableciere que el contrato es de tracto sucesivo, es decir, si se conviene en recibir los bienes o el servicio por etapas o de manera sucesiva-, puedan efectuarse recepciones parciales).
15.01.- La recepción del (objeto de la contratación) se realizará a entera satisfacción de la CONTRATANTE, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta suscrita por el CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la CONTRATANTE, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP. La liquidación final del contrato se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del reglamento mencionado, y formará parte del acta.
Cláusula Décima Sexta.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
16.01.- A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato, el Contratista está obligado a cumplir con cualquier otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato, pueda ser exigible por constar en cualquier documento de él, en los pliegos del contrato o en norma legal específicamente aplicable al mismo.
16.02.- También será cuenta exclusiva del Contratista el pago de cualquier tasa, impuesto o contribución fiscal o municipal de la naturaleza que sea, provenientes de este contrato.
16.03.- El Contratista asumirá la total responsabilidad sobre los bienes entregados, además de la que corresponde al fabricante o proveedor. No se permite subrogación de obligaciones.
16.04.- La CONTRATISTA será responsable del pago de sueldos, beneficios y demás remuneraciones del personal que ocupe para la prestación del servicio de Recaudación y Sistema de Asignación Electrónica de Turnos para la Corporación Registro Civil de Guayaquil, objeto de este contrato, incluyendo desahucios, indemnizaciones, aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y cualquier otra obligación de carácter laboral señalado en el Código de Trabajo, Ley de Seguridad Social u otras leyes conexas, sin excepción alguna, pues la CORPORACIÓN no asume ni tendrá por ningún concepto relación de carácter laboral ni de otra índole con las personas ocupadas o relacionadas con la Contratista por los efectos de este contrato; y en caso de que la CORPORACIÓN, por cualquier motivo, fuere obligada a pagar algún valor por estos conceptos, tendrá derecho a ser reintegrado inmediatamente, sea cual fuere su monto o cuantía.
16.05.- El Contratista se compromete a implementar las Especificaciones Técnicas entregadas en la oferta, las cuales se adjuntan como habilitantes.
16.06.- La Contratista tiene la obligación de facilitar todos los medios necesarios para que el Administrador del Contrato pueda realizar sus funciones.
16.07.- Aceptar que la contratante le retenga los demás impuestos y contribuciones determinados en las leyes vigentes.
16.08.- De acuerdo al decreto No. 1793 del Presidente de la República publicado en el
R.O. Suplemento No. 621 del 26 xx xxxxx de 2009, la contratista deberá pedir autorización a la contratante para cualquier forma de transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier otra forma de tradición de acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación que represente el 25 % o más del capital de la persona jurídica o consorcio contratista del Estado.
16.09.- De acuerdo al decreto No. 1793 del Presidente de la República publicado en el
R.O. Suplemento No. 621 del 26 xx xxxxx de 2009, la contratista deberá notificar a la contratante cualquier forma de transferencia, cesión, enajenación bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier forma de expresión de la asociación, sin que esto los releva de la obligación constante en el numeral anterior.
Cláusula Décima Séptima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
17.01.- De conformidad al artículo 121 del Reglamento de la LOSNCP se designa como administrador de contrato al xxxxxx de la Corporación Registro Civil de Guayaquil.
17.02.- En cuanto al administrador del contrato, se estará al régimen jurídico aplicable legal y reglamentariamente. En todo caso, el administrador del contrato velará activamente porque la contratista cumpla efectiva y diligentemente las obligaciones contraídas y tendrá a cargo las siguientes responsabilidades como parte de sus funciones:
o Será responsable de cursar las comunicaciones internas oportunamente para que la contratante y la contratista cumplan con sus obligaciones en el ámbito de sus respectivas competencias.
o Informar al Director Ejecutivo de la Corporación oportunamente sobre la ejecución del contrato, sin perjuicio de que el mismo pueda exigir información respecto a la evolución o desarrollo del contrato en cualquier tiempo. Deberá especialmente informar al Director Ejecutivo cuando se trate de incumplimientos de las obligaciones de la Contratista que podrían ocasionar, entre otras cosas, la imposición de multas. Dichos informes deberán ser previos a la imposición de las medidas pertinentes.
o El Director Ejecutivo de la Corporación Registro Civil Guayaquil, coordinará en forma directa y diligente el trabajo del administrador del contrato, a efectos de que el contrato se cumpla apegadamente a las cláusulas contractuales y normas legales y reglamentarías aplicables y exigibles.
o Las demás facultades previstas en la LOSNCP, su reglamento de aplicación y las resoluciones o normativas tanto del Directorio como del Director ejecutivo del Instituto Nacional de Contratación Pública, cuando éstas sean aplicables a la Corporación Registro Civil de Guayaquil.
Cláusula Décima Octava.- CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD.-
Es obligación de “LA CONTRATISTA” mantener la confidencialidad de todos y cada uno de los documentos que son entregados para el objeto de este contrato, comprometiéndose además a lo siguiente:
a. Utilizar los datos, programas y la información confidencial y exclusivamente para las tareas objeto del contrato;
b. Revelar los datos, programas y la información confidencial solo a aquellas personas que sean autorizadas por la Corporación Registro Civil de Guayaquil; y,
c. Eliminar toda copia electrónica y/o impresa de los datos y la información confidencial de cualquiera de los equipos informáticos u otros soportes, salvo autorización escrita de “LA CORPORACIÓN”, una vez finalizado el trabajo.
d. Cada Parte acuerda que cualquier Información Inicial aportada o intercambiada en cualquier forma se revelará según las siguientes condiciones:
d1. La Parte Destinataria mantendrá toda la Información proporcionada inicialmente en confidencialidad y estricto secreto, y evitará revelarla a cualquiera a excepción de aquellos empleados autorizados solamente en aquellos puntos necesarios para el objeto de este contrato. En cualquier caso, cada Parte deberá, previamente, conseguir de dichos empleados o subcontratistas, un compromiso con el fin de mantener el secreto y ejercer todos los esfuerzos razonables para reforzar tal compromiso.
d2. El párrafo anterior no se aplicará para aquella Información Inicial que:
(i) la Parte Xxxxxxxxxxxx pueda demostrar que conocía antes de serle revelada por la otra Parte, o que
(ii) es, o se hace, de dominio público, o que
(iii) le fue revelada a la Parte Destinataria por un tercero que no tenía ningún compromiso u obligación xx xxxxxxx o confidencialidad, o que
(iv) es o se hace disponible a la Parte Destinataria por observación casual o análisis de aquellas tecnologías en el campo, o que,
(v) es requerida a la Parte Destinataria por las Autoridades. En este caso deberá notificarse inmediatamente esta circunstancia a la Parte Suministradora. Asimismo, la Parte Destinataria sólo revelará aquella parte de la Información que sea requerida legalmente y aportará a la Parte Suministradora garantías de que a dicha Información Inicial se le dará un tratamiento confidencial.
En caso de que “LA CORPORACIÓN” determine que existe incumplimiento total o parcial de esta cláusula por parte de “LA CONTRATISTA”, se reserva el derecho de iniciar las acciones civiles y penales que correspondan conjuntamente con la respectiva solicitud de indemnización de daños y perjuicios.-
Cláusula Décima Novena.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO
19.01.- Terminación del contrato.- El contrato puede terminar:
1) Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.
2) Por mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP.
3) Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del CONTRATISTA.
4) Por declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se incluirán las siguientes causales:
4.1 Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.
4.2 Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA.
5) Por muerte del CONTRATISTA o por disolución de la persona jurídica contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.
6) Por disolución de la persona jurídica contratante, cuando la disolución se de por causas no imputables a la contratante, lo que no dará derecho a indemnización por daños y perjuicios.
19.02 Terminación por mutuo acuerdo.- Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente, el contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren.
La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de la Entidad Contratante o del contratista.
Dicha entidad no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo contratista.
19.03 Terminación unilateral del contrato.- La Entidad Contratante podrá declarar terminada anticipada y unilateralmente los contratos a que se refiere esta Ley, en los siguientes casos:
1. Por incumplimiento del contratista;
2. Por quiebra o insolvencia del contratista;
3. Si el valor de las multas supera el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
4. Por suspensión de los trabajos, por decisión del contratista, por más de sesenta
(60) días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito;
5. Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de la Ley;
6. En los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo con su naturaleza;
7. La Entidad Contratante también podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, el contratista no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato.
8. Será causal de terminación unilateral y anticipada del contrato: Si el CONTRATISTA no notificare a la Corporación Registro Civil de Guayaquil acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha que se produjo tal modificación.
9. Será causal de terminación unilateral y anticipada del contrato, si la Corporación, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social de la CONTRATISTA.
El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
19.04 Terminación por causas imputables a la entidad contratante.- El contratista podrá demandar la resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la Entidad Contratante:
1. Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de sesenta (60 días.
2. Por la suspensión de los trabajos por más de sesenta (60) días, dispuestos por la entidad sin que medie fuerza mayor o caso fortuito;
3. Cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la Entidad Contratante no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato.
Xxxxxxxx Xxxxxxxx.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
20.01.- Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje (poner nombre del Centro).
Para que proceda el arbitraje, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx.
20.02.- En el caso de que se opte por la jurisdicción voluntaria, las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:
20.02.01.- Mediación.- Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de en el evento de que el conflicto no fuere
resuelto mediante este mecanismo de solución de controversias, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:
20.02.02.- Arbitraje
1. El arbitraje será en Derecho;
2. Las partes se someten al Xxxxxx xx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx;
3. Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Xxxxxx xx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx;
4. El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y en el Reglamento del Centro de Arbitraje ;
1. Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro;
2. Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria;
3. La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación;
4. La sede del arbitraje es la ciudad de Guayaquil
5. El idioma del arbitraje será el Castellano
10.- El término para expedir el laudo arbitral será de máximo 90 días, contados desde el momento de la posesión del (los) árbitro(s).
20.03.- Si respecto de la divergencia o divergencias suscitadas no existiere acuerdo, y las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, será competente para conocer la controversia el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público. Las entidades contratantes de derecho privado, en este caso, recurrirán ante la justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se ajustarán dependiendo de la condición jurídica de la CONTRATANTE).
20.04.- La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el CONTRATISTA renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el CONTRATISTA incumpliere este compromiso, la CONTRATANTE podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías.
Cláusula Vigésima Primera.- CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACION
21.01.- El CONTRATISTA declara conocer y expresa su sometimiento a la LOSNCP y su Reglamento General, y más disposiciones vigentes en el Ecuador.
Cláusula Vigésima Segunda.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
22.01.- Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano.
Cláusula Vigésima Tercera.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
23.01.- La CONTRATANTE efectuara al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias: actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo al Artículo 45 de la Ley de Régimen Tributario Interno; con relación al Impuesto al Valor Agregado, procederá conforme a la legislación tributaria vigente.
La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que corresponda x xxxx patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo al artículos 86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial, Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001.
23.02.- El número de ejemplares que debe entregar el CONTRATISTA a (la CONTRATANTE) es de xxx copias. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA.
Cláusula Vigésima Cuarta.- DOMICILIO
24.01.- Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer domicilio)
24.02.- Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
La CONTRATANTE: (Dirección y teléfonos); El CONTRATISTA:(Dirección y teléfonos)
Cláusula Vigésima Quinta.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES
25.01.- Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
SECCIÓN VI MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario No. 1
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
SIE - CRCG – 004 - 2013
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Fecha: ..................
Señor
(Máxima Autoridad de la Entidad Contratante, o su Delegado) Presente.-
Señor Presidente:
El que suscribe, en atención a la invitación efectuada por la (Entidad Contratante), dentro de proceso de Subasta Inversa Electrónica para (objeto de contratación), luego de examinar los pliegos, al presentar esta Oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal de ..., sí es persona jurídica), o (procurador común de , sí se trata
de asociación) declara que:
1. (Suministrará todos los bienes ofertados, nuevos de fábrica, completos, listos para su uso inmediato, de conformidad con las características detalladas en esta oferta) / (Prestar los servicios, de acuerdo con los Pliegos, especificaciones técnicas e instrucciones; en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta).
2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
3. Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Subasta Inversa Electrónica y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.
4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial
aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.
5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
6. Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.
7. Conoce las condiciones del suministro y ha estudiado las especificaciones técnicas y demás Pliegos, inclusive sus alcances (detallar los alcances en caso de haberlos), como consta por escrito en el texto de esta carta, y se halla satisfecho del conocimiento adquirido. Por consiguiente, renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de características y especificaciones del (bien a suministrar o servicio a prestar).
8. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta las mismas que pueden variar tal como se indica en los pliegos correspondientes.
9. Conoce y acepta que (La Entidad Contratante) se reserva el derecho de adjudicar el contrato o de declarar desierto el procedimiento convocado si conviniere a los intereses nacionales e institucionales. En ningún caso, los participantes tendrán derecho a reparación o indemnización alguna en caso de declaratoria de procedimiento desierto o de cancelación de procedimiento
10. Se somete a las exigencias y demás condiciones establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del INCOP y los Pliegos respectivos, en caso de ser adjudicatario.
11. Se responsabiliza de la veracidad, exactitud de la información y de las declaraciones incluidas en los documentos de la Oferta, formularios y otros anexos, considerando que esta contratación se enmarca en el principio de la buena fe; sin perjuicio de lo cual autoriza a (la Entidad Contratante), a obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas y económicas del Oferente.
12. Bajo juramento se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, (la Entidad Contratante) dé por terminado en forma inmediata el contrato observando el debido proceso, para lo cual se xxxxxx a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
13. Bajo juramento, no estar incurso en las inhabilidades generales y especiales e incapacidades para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 de su Reglamento General.
14. En caso de que se le adjudique el contrato, se obliga a:
• Suscribir el contrato dentro del término señalado en los pliegos.
• A entregar el (bien o proveer el servicio) de conformidad con los pliegos y documentos del contrato.
(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país, conforme lo dispone el artículo 6 y la sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP.)
Atentamente,
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR
COMÚN (según el caso)
Formulario No. 2
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
SIE - CRCG – 004- 2013
DATOS GENERALES DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal o procurador común, de ser el caso).
DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA:
Ciudad:
Calle:
Teléfono(s):
Correo electrónico:
CEDULA DE CIUDADANÍA (PASAPORTE) R.U.C:
BIENES Y SERVICIOS QUE OFRECE:
(LUGAR Y FECHA)
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR
COMÚN (según el caso)
Formulario No. 3 NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
SIE - CRCG – 004- 2013
MODELO DE CARTA DE CONFIDENCIALIDAD (De ser pertinente)
FECHA: .................
Señor
(MÁXIMA AUTORIDAD ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente
Señor Director:
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por La (Entidad Contratante), para la adquisición de (objeto de la contratación), declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario. La inobservancia de lo manifestado dará lugar a que (la Entidad Contratante) ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente.
(LUGAR Y FECHA)
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR
COMÚN (según el caso)
Formulario No. 4
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
SIE - CRCG – 004- 2013
CUADRO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Bien | Cantidad | ||
PARAMETRO | ESPECIFICACION SOLICITADA | ESPECIFICACIÓN OFERTADA | |
LUGAR Y FECHA
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
Formulario No.5
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
SIE - CRCG – 004- 2013
REFERENCIA RESOLUCIÓN XXXXX Xx. 000-00 (sustitutiva de la Resolución INCOP No.028-09
5.1 FORMULARIO PARA IDENTIFICACIÓN DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica)
NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………...
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:……………………………………………………
CÓDIGO DEL PROCESO: ………………………………………………………………
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente
De mi consideración:
El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
1.- Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación;
2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;
b) Descalifique a mi representada como oferente; o,
c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
4.- Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente
5.- Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.
Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.
TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima
Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta
Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil
Corporación Fundación
Asociación o consorcio Otra
NOMBRES COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) | NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURÍDICA | DOMICILIO FISCAL |
NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma y utilizando el mismo formato, se deberá identificar los nombres completos del socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s).
Atentamente,
-------------------------------------------------------
FIRMA EL REPRESENTANTE LEGAL
5.2 DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta técnica)
NOMBRE DEL OFERENTE: ..........................................................................
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ............................................................
CÓDIGO DEL PROCESO: ….......……………………….............................
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad Entidad Contratante) Presente
De mi consideración:
El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ) declaro
bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores:
6. Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta declaración, y autorizo a la entidad contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.
7. Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:
a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
b. Descalifique a mi representada como oferente; o,
c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
d. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Atentamente,
…………………………………
FIRMA DEL REPRESENTENTA LEGAL
Formulario No. 6
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
SIE - CRCG – 004- 2013 DECLARACIÓN XX XXXXXXXX NACIONAL
Señor
(Máxima Autoridad ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente
De mi consideración:
El que suscribe, (por mis propios derechos o en calidad de representante legal de la compañía ………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:
1. Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación;
2. Declaro que el (bien o servicio) ofertado tiene un agregado nacional del ( ) % respecto a su costo.
3. Garantizo la veracidad y exactitud de la presente información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al INCOP, o a un Órgano de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
4. Autorizo a que esta información se transparente a través del Portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; y, doy mi consentimiento para que se realicen las verificaciones o veedurías que sean pertinentes.
Atentamente, (FECHA Y LUGAR)