CONTRATO NO. MCO-GADMCD-08-2022
CONTRATO NO. MCO-GADMCD-08-2022
“OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022 CONSTRUCCIÓN DE UPC EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS DEL CANTÓN DURÁN”
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN DURAN,
representado por el Econ. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Mgs., en calidad xx Xxxxxxx, a quien en adelante se denominará LA CONTRATANTE; y, por otra el señor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx con Ruc: 0927140715001, a quien en adelante se le denominará LA CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones:
CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES
1.-Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, establece, que los Gobiernos Autónomos Descentralizados gozan de autonomía política, administrativa y financiera.
2.-Que, el artículo 253 de la Constitución de la República del Ecuador señala que cada cantón tendrá un concejo cantonal, que estará integrado por la alcaldesa o alcalde y las concejalas y concejales elegidos por votación popular y que la alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto dirimente.
3.-Que, el Artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador 2008 tipifica las competencias exclusivas que los Gobiernos Autónomos Descentralizados tendrán, sin perjuicio de otras que determine la ley.
4.-Que, el artículo 288 del citado cuerpo legal, expresamente determina que: “las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizan los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria y de las micro, pequeña y mediana unidades productivas”.
5.-Que, mediante nombramiento del Consejo Nacional Electoral, declara que una vez presentados los resultados definitivos de las Elecciones Seccionales del 2019, y de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 218 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con lo prescrito en el artículo 9 del Régimen de Transición; y, artículos 25, numeral 1; 166 y, la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, la Junta Provincial Electoral del Guayas, confiere al Econ. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
Xxxxxxxx, la credencial de Xxxxxxx xxx XXX del Cantón Durán, para el período comprendido desde el 15 xx xxxx del 2019 al 14 xx xxxx del 2023;
6.-Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 303 del 19 de octubre del 2010, se publicó el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización – COOTAD, el mismo que establece la organización política y administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio: El régimen de los diferentes de niveles de gobiernos autónomos y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera.
7.-Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) en su Art. 54, establece todas las funciones que deben realizar y cumplir los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, y las demás que determine la ley.
8.-Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) en su Art. 55, establece todas las competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que determine la ley.
9.-Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) en su Art. 60, literal a), le corresponde al alcalde o la alcaldesa, ejercer la representación legal del gobierno autónomo descentralizado municipal; y la representación judicial conjuntamente con el procurador síndico.
10.-Que, el artículo 278 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización – COOTAD, establece que la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, los Gobiernos Autónomos Descentralizados observarán las disposiciones, principio, herramientas e instrumentos previsto en la Ley que regule la contratación pública;
11.-Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 del 04 xx Xxxxxx del 2008, se publicó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - LOSNCP, la misma que establece el Sistema Nacional de Contratación Pública y determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría que realicen, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 1, entre otros, las entidades que integran el régimen seccional autónomo;
12.-Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 588 del 12 xx xxxx del 2009, se publicó el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - RGLOSNCP, cuyo objeto es el desarrollo y aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
13.-Que, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 100 de 14 de octubre de 2013, se publicó la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - LOSNCP;
14.-Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 134 del 29 de noviembre del 2013, se publicó la Reforma al Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública RGLOSNCP;
15.-Que, el inciso primero del artículo 46 de la Ley Ibídem dispone que: …“las Entidades Contratantes deberán consultar el catálogo electrónico previamente a establecer procesos de adquisición de bienes y servicios. Sólo en caso de que el bien o servicio requerido no se encuentre catalogado se podrá realizar otros procedimientos de selección para la adquisición de bienes o servicios, de conformidad con la presente Ley y su Reglamento…”;
16.-Que, el numeral 2 del artículo 51 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece textualmente lo siguiente “…2. Las contrataciones de obras, cuyo presupuesto referencial sea inferior al 0,000007 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico;…”;
17.-Que, el artículo 4 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública señala que “…en aplicación de los principios de Derecho Administrativo son delegables todas las facultades previstas para la Máxima Autoridad, tanto en la Ley como en el Reglamento General, aun cuando no conste en dicha normativa la facultad de delegación expresa. La Resolución que la Máxima Autoridad emita para el efecto, determinará el contenido y alcance de la delegación…”;
18.-Que, el artículo 20 del Reglamento General de la Ley Ibídem señala: “…La entidad contratante elaborará los pliegos para cada contratación, para lo cual deberá observar los modelos elaborados por el INCOP que sean aplicables. Los Pliegos serán aprobados por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado…”;
19.-Que, el artículo 59-RGLOSNCP.- Obras.- En los procesos de contratación de obras de menor cuantía, se verificará lo siguiente: 1. Únicamente los proveedores que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 52 de la Ley serán invitados a través del Portal a manifestar su interés de participar en el sorteo; 2. Los proveedores invitados, en un término no menor a tres (3) ni mayor a cinco (5) días
20.-Que, el Servicio Nacional de Contratación Pública –SERCOP-, mediante Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072, del 31 xx xxxxxx de 2016, resuelve expedir la Codificación y Actualización de las Resoluciones Emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, la cual deberá ser aplicada de manera obligatoria por las entidades contratantes establecidas en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
21.-Que, la resolución RE-SERCOP-2019-0102 contratación pública – SERCOP, la misma que fue publicada en el registro oficial No. 075 el 20 de septiembre de 2019, el cual recomienda a las entidades contratantes acogerse al nuevo “instructivo transitorio para la publicacion y ejecucuion de procedimientos precontractuales de Licitacion de Obras, Cotización de Obras y Menor Cuantia de Obras”, cuya aplicación es obligatoria, para con ello dar cumplimiento a dicha resolución;
22.-Que, conforme correo electrónico por parte del Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx
- Director General de Obras Públicas, solicita al Abg. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Mgs - Director General de Compras públicas, la revisión de la documentación, para la contratación de la “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”;
23.-Que, conforme al memorando No. GADMCD-DGOP-2022-01219-M, de fecha 13 xx xxxxx del 2021 el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx - Director General de Obras Públicas, solicita a la Econ. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx - Directora General de Planificación Institucional, la Certificación PAPP, (Plan Anual de Políticas Públicas), para la contratación de las “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”;
24.-Que, la Econ. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx – Directora General de Planificación Institucional mediante memorando No. GADMCD-DGPI-2022-0330-M de fecha 14 xx xxxxx del 2022 le hace conocer al Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx – Director de Obras Públicas con
la misma fecha que CERTIFICA que el objeto del contrato se encuentra incluido en el PAPP 2022. Con número de certificación 0174-2022, para la contratación de las “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”;
25.-Que, conforme al memorando No. GADMCD-DGOP-2022-01240-M, de fecha 08 xx xxxxx del 2022 el Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx - Director General de Obras Públicas, solicita a la Directora General Financiera - Ing. Xxxxxxxxx Xxxxx Espinales, la Certificación de Disponibilidad Presupuestaria para la contratación de las “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”;
26.-Que, conforme al memorando No. GADMCD-DGF-2022-0667-M, de fecha 18 xx xxxxx del 2022, la Directora General Financiera remite la Certificación de Disponibilidad Presupuestaria para la “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”, la Certificación
Presupuestaria con código No. 00248-2022 por un valor total de $231.416,16;
27.-Que, el Abg. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Mgs - Director General de Compras Públicas certifica la no existencia en catálogo de las “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”;
28.-Que, mediante memorándum No. GADMCD-DGCP-2021-154-M de fecha 11 xx xxxx del 2022 el Abg. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Mgs - Director General de Compras Públicas adjunta los pliegos del proceso No. MCO-GADMCD-03-2022, para la “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL
CANTON DURAN”, dirigido a la máxima autoridad del cantón para su aprobación;
29.-Que, mediante oficio Nro. SERCOP-CZ5-2022-2531-OF de fecha 15 xx xxxxx del 2022 lo recomendado por la entidad reguladora SERCOP es declarar desierto, el contrato MCO-GADMCD-03-2022 de "OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022 CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTÓN DURÁN";
30.-Que, mediante correo electrónico se solicita al Ab. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx – Procurador Sindico dar de baja, el contrato MCO-GADMCD-03-2022 de "OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES
2022 CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS,
DEL CANTÓN DURÁN", ya que conforme el oficio SERCOP se recomienda declarar desierto;
31.-Que, conforme al memorando No. GADMCD-DGCP-2022-0230-M, de fecha 06 de julio del 2022 el Abg. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Mgs - Director General de Compras Públicas, presenta al Ing. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx – Tesorero Municipal, la devolución de póliza ya que de acuerdo al Oficio Nro. SERCOP-CZ5-2022-2531-OF y la recomendación emitida por el SERCOP en referencia al proceso MCO-GADMCD-03- 2022 para la contratación de las “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”, se
procederá a declarar desierto dicho proceso;
32.-Que, mediante Memorando Nro. GADMCD-DGCP-2022-232-M de fecha 06 de julio del 2022 el delegado de la Máxima Autoridad solicita la declaratoria desierto del proceso de acuerdo al Art. 33.- Declaratoria de Procedimiento Desierto. - La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, declarará desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los siguientes casos de acuerdo al literal d del artículo 33: “… d. Si una vez adjudicado el contrato, se encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el adjudicatario, detectada por la Entidad Contratante, la máxima autoridad de ésta o su delegado, de no existir otras ofertas calificadas que convengan técnica y económicamente a los intereses nacionales o institucionales, declarará desierto el procedimiento sin perjuicio del inicio de las acciones que correspondan en contra del adjudicatario fallido …”, para así poder realizar las gestiones necesarias y elevarlo al portal de compras públicas y su reapertura del mismo;
33.-Que, mediante memorándum No. GADMCD-DGCP-2022-236-M de fecha 08 de julio del 2022 el Abg. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Mgs - Director General de Compras Públicas, manifiesta que se dio cumplimiento a la resolución de declaratoria desierto, y adjunta los pliegos del bajo el código MCO-GADMCD-06-2022 para la contratación de “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS,
DEL CANTON DURAN”; dirigido a la máxima autoridad Econ. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx para su aprobación;
34.-Que, mediante Memorando Nro. DGCP-GADMCD-2022-240-M de fecha 11 de Julio del 2022 el delegado de la Máxima Autoridad solicita la cancelación del proceso de acuerdo al Art. 34.- Cancelación del Procedimiento.- En cualquier momento entre la convocatoria y 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad podrá declarar cancelado el procedimiento, sin que dé lugar a ningún tipo de reparación o indemnización, mediante acto administrativo motivado, en los siguientes casos:1. De no persistir la necesidad, en cuyo
caso se archivará el expediente; 2. Cuando sea necesario introducir una reforma sustancial que cambie el objeto de la contratación; en cuyo caso se deberá convocar a un nuevo procedimiento; y, 3. Por violación sustancial de un procedimiento precontractual.
35.-Que, mediante resolución de cancelación Nro. GADMCD-DGCP-JFBC-2022-083- R, la Máxima Autoridad del Cantón Durán – Econ. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Mgs. Resuelve cancelar el proceso bajo el código MCO-GADMCD-06-2022 para la contratación de “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”;
36.-Que, mediante memorándum No. GADMCD-DGCP-2022-244-M de fecha 12 de julio del 2022 el Abg. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Mgs. - Director General de Compras Públicas, manifiesta que se dio cumplimiento a la resolución de declaratoria desierto, y adjunta los nuevos pliegos del bajo el código MCO-GADMCD-08-2022 para la contratación de “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR
CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”; dirigido a la máxima autoridad Econ. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx xxxxxxx xxx xxxxxx para su aprobación;
37.-Que, mediante resolución No. GADMCD-DGCP-JFBC-2022-086-R de fecha 12 de julio del 2022, la Máxima Autoridad resuelve aprobar los pliegos y la publicación del proceso bajo menor cuantía de obra con código MCO-GADMCD-08-2022 para la contratación del “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL CANTON DURAN”;
38.-Que, conforme acta de apertura de ofertas, de fecha 28 de julio del 2022, suscrita por la comisión técnica delegada de la Máxima Autoridad, se dio inicio a la apertura del proceso, No. MCO-GADMCD-08-2022 para la “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL
CANTON DURAN”, donde se deja constancia que se recibió una sola oferta;
39.-Que, de acuerdo al informe de evaluación de ofertas para el proceso, No. MCO- GADMCD-08-2022 para la “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS DEL CANTON DURAN”, la misma
que fueron evaluada de forma legal y técnica, estableciéndose conforme a la normativa legal vigente en materia de contratación pública, que la única oferta presentada por el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx RUC: 0927140715001, cumple con los requisitos mínimos exigidos;
En uso de las atribuciones constitucionales y legales de la que se encuentra el Alcalde facultado, según lo establecido en el numeral 16 del Artículo 6; Artículos 48 y 49 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, el artículo 44 de su Reglamento General.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ADJUDICAR el proceso de Menor Cuantía de Obra No. MCO- GADMCD-08-2022, para la contratación de “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022; CONSTRUCCION DE UPC, EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS, DEL
CANTON DURAN”, al oferente el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx RUC: 0927140715001 por un valor de $ 213,416.16 (DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 16/100) DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA SIN INCLUIR I.V.A., con un plazo establecido de 120 días para el cumplimiento de la obra.
ARTÍCULO 2.- Disponer. - a la Dirección General de Compras Pública del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán al Abg. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Mgs para que publique la presente dentro del Portal de Compras Públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx de conformidad con la ley.
CLÁUSULA SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO.-
2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos publicados y vigentes a la fecha de la invitación en la página institucional del SERCOP.
c) La oferta presentada por el CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
d) La resolución de adjudicación No. GADMCD-DGCP-JFBC-2022-101-R de fecha 03 xx xxxxxx del 2022.
e) La garantía de fiel cumplimiento de contrato, respectivamente.
f) El resumen ejecutivo que contiene los términos de referencia del proceso.
g) La certificación presupuestaria Nro 00248-2022 emitida por la Dirección General Financiera, que acredita la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO.-
3.1 El CONTRATISTA se obliga con el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán a la prestación de “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022 CONSTRUCCIÓN DE UPC EN EL SECTOR CERRO LAS CABRAS DEL CANTÓN DURÁN”, a entera satisfacción de la CONTRATANTE, según las características y especificaciones técnicas que se detallan a continuación:
1. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
1.1. OBJETIVO GENERAL Y OBJETIVO ESPECIFICO
a) Objetivo General
Realizar un mejoramiento de estilo de vida mediante la intervención urbanística y social que genere en la población del Cantón Durán; un sentido de pertenencia y facilite su conexión con la infraestructura física y las economías locales en su uso cotidiano mediante un acceso libre, seguro e incluyente de manera sostenible y que contribuya a mejorar las actividades recreativas, deportivas, sociales, y económicas.
b) Objetivos Específicos
❖ Establecer una relación directa de comunicación, coordinación, cogestión e integración de los barrios con el GAD Municipal del Cantón Duran.
❖ Generar espacios adecuados de recreación que contribuyan a mejorar las condiciones físicas y de equipamiento urbano recreativo necesarios para poder desarrollar actividades deportivas recreativas y culturales.
❖ Implementar medidas de seguridad de los barrios a través de espacios iluminados y de participación ciudadana.
❖ Regenerar barrios en donde se promuevan la inclusión social.
❖ Fortalecer las capacidades locales y cívicas, mediante la implementación de espacios en donde se impartan talleres de capacitación que potencialice al Cantón.
2. ALCANCE, PRODUCTOS ESPERADOS E INFORMACION QUE DISPONE LA ENTIDAD
• ALCANCE DEL PROYECTO
Con este proyecto el GAD Municipal del cantón Durán, contribuirá de manera trascendental con la seguridad y el mejoramiento del desarrollo vecinal y organización comunitaria, incremento de actividades de recreación y vida saludable, integración con personas con
discapacidad mediante el desarrollo de obras de infraestructura para habitacional de los uniformados, y esta edificación sirvan de resguardo para la ciudadanía en general.
• INFORMACION QUE DISPONE LA ENTIDAD
⮚ Presupuesto referencial.
⮚ Análisis de precios unitarios.
⮚ Cronograma valorado de trabajo.
⮚ Especificaciones técnicas.
⮚ Planos para la construcción de la obra.
⮚ Cuadro de equipo mínimo.
⮚ Cuadro de personal técnico mínimo.
CLÁUSULA CUARTA.- PRECIO DEL CONTRATO:
4.1 El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA, es el de USD $213.416,16 (DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS CON 16/100) DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA sin I.V.A. de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA, tal como se lo detalla a continuación:
TABLA DE DESCRIPCIÓN DE RUBROS, UNIDADES, CANTIDADES Y PRECIOS
No. | Rubro / Descripción | Unidad | Cantidad | Precio unitario | Precio global |
PRELIMINARES | |||||
1 | Limpieza y desbroce del terreno | m2 | 80,00 | 0,74 | 59,20000 |
2 | Replanteo y nivelación | m2 | 100,00 | 0,43 | 43,00000 |
3 | Excavación de zanjas de 0-2m para vigas, plintos y/o losa de cimentación, y zanjas a maquina | m3 | 380,00 | 4,69 | 1.782,20000 |
4 | Excavación manual en plintos y cimientos | m3 | 55,00 | 6,60 | 363,00000 |
5 | Relleno compactado con material de mejoramiento | m3 | 34,00 | 12,35 | 419,90000 |
6 | Relleno manual compactado con material del sitio | m3 | 19,00 | 4,54 | 86,26000 |
7 | Hormigon Simple en Replantillo f 'c= 180 kg/cm2 | m3 | 7,00 | 162,14 | 1.134,98000 |
8 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado, Cadena | m3 | 6,00 | 237,62 | 1.425,72000 |
9 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado, viga de Cimentación | m3 | 4,00 | 237,62 | 950,48000 |
10 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado, Zapatas | m3 | 14,00 | 237,62 | 3.326,68000 |
11 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado, Columnas | m3 | 20,00 | 237,62 | 4.752,40000 |
12 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado, Vigas | m3 | 20,00 | 237,62 | 4.752,40000 |
13 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado, Losa | m3 | 20,00 | 237,62 | 4.752,40000 |
14 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado, Escalera | m3 | 5,00 | 237,62 | 1.188,10000 |
15 | Hormigón ciclópeo f 'c= 180 kg/cm2 (Inc. Encofrado)H.S 60% P. 40% | m3 | 14,00 | 168,00 | 2.352,00000 |
16 | Columnetas 10 x 15 cm (2Ø 10 + 1Ø8 c/20 cm.) | m | 101,00 | 24,58 | 2.482,58000 |
17 | Dinteles 10 x 15 c, (2Ø 10 + 1Ø8 c/20cm.) | m | 23,00 | 18,53 | 426,19000 |
18 | Xxxxx xx xxxxxxxx en varillas corrugadas fy=4200 kg/cm2 (provisión, conf y colocación) | kg | 8.000,00 | 2,74 | 21.920,00000 |
19 | Malla electrosoldada R-188(6.15) para losa | m2 | 336,00 | 7,46 | 2.506,56000 |
20 | Contrapiso H.S 210 kg/cm2, E=20cm Inc. Malla | m2 | 124,00 | 26,84 | 3.328,16000 |
21 | Meson de hormigon armado | m | 3,00 | 50,17 | 150,51000 |
22 | Hormigón armado estructura de templete cívico (UPC) Inc. Tubo y polea | u | 1,00 | 540,00 | 540,00000 |
23 | Master deck para losas 0,75mm | m2 | 232,00 | 14,40 | 3.340,80000 |
24 | Malla electrosoldada R-188(6.15) para losa | m2 | 42,00 | 7,46 | 313,32000 |
25 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado | m3 | 3,00 | 237,62 | 712,86000 |
26 | Acero estructural en perfiles fy=2400 kg/cm2 | kg | 391,00 | 3,48 | 1.360,68000 |
27 | Anclaje con epoxico para diafragma Ø10, perforación 12mm | u | 1.200,00 | 1,12 | 1.344,00000 |
28 | Mamposteria de Bloque maciso 0,15 cm | m2 | 285,00 | 18,13 | 5.167,05000 |
29 | Mamposteria de bloque 10cm | m2 | 260,00 | 17,28 | 4.492,80000 |
30 | Cuadrada de boquetes para puertas y ventanas | m | 219,00 | 4,01 | 878,19000 |
31 | Enlucido de pared | m2 | 1.100,00 | 8,72 | 9.592,00000 |
32 | Enlucido tumbado | m2 | 336,00 | 8,72 | 2.929,92000 |
33 | Filos Interiores y exteriores | m | 219,00 | 3,49 | 764,31000 |
34 | Granito lavado en xxxxx xx xxxxxxxx | m | 30,00 | 7,80 | 234,00000 |
35 | Cerámica de piso alto trafico y antideslizante clase A de 40X40 | m2 | 336,00 | 33,68 | 11.316,48000 |
36 | Contrapiso H.Simple F'c=180kg/cm2(rampa 8%) | m2 | 9,00 | 11,82 | 106,38000 |
37 | Enlucido y alisado de pisos | m2 | 298,00 | 5,04 | 1.501,92000 |
38 | Enlucido xx xxxx incluye impemeabilizante icluye lamina xx xxxxx | m2 | 336,00 | 11,35 | 3.813,60000 |
39 | Xxxxxx xx xxxxxx alistonada inc. Xxxxx y tapamarco | m2 | 36,00 | 116,40 | 4.190,40000 |
40 | Ventana fija aluminio y vidrio templado 10mm (color natural) | m2 | 43,00 | 240,00 | 10.320,00000 |
41 | Pasamanos xx xxxxx inoxidable. H=0.90m | m | 10,00 | 168,00 | 1.680,00000 |
42 | Cerradura baño/pomo Kwikset Polo (Latón brillante) | u | 4,00 | 26,40 | 105,60000 |
43 | Cerradura dormitorio / pomo Kwikset Polo (Latón brillante) | u | 6,00 | 30,00 | 180,00000 |
44 | Puerta Batiente de dos hojas con pivot, vidrio templado 10 mm-cerradura cilíndrica, haladeras xx xxxxx inoxidable 30 cm | u | 1,00 | 2.160,00 | 2.160,00000 |
45 | Cerradura principal / pomo Kwikset Eclipse (Latón antiguo) | u | 2,00 | 72,00 | 144,00000 |
46 | Mueble aereo xx xxxxxx | m | 4,00 | 108,00 | 432,00000 |
47 | Mueble bajo xx xxxxxx | m | 4,00 | 114,00 | 456,00000 |
48 | Puerta especial con lamina de plomo (1 x 2.1 m) | m2 | 4,20 | 720,00 | 3.024,00000 |
49 | Puerta de aluminio y vidrio en baños (esmeriladas) | u | 4,00 | 180,00 | 720,00000 |
50 | Closet xx xxxxxx lacada | m2 | 6,00 | 164,57 | 987,42000 |
51 | Cerámica para xxxxxxx xx xxxxx | m2 | 226,00 | 27,24 | 6.156,24000 |
52 | Enlucido xx xxxx incluye impemeabilizante icluye lamina xx xxxxx | m2 | 48,00 | 11,35 | 544,80000 |
53 | Pintura Exterior satinada dos manos | m2 | 453,00 | 8,58 | 3.886,74000 |
54 | Pintura interior satinada dos manos | m2 | 583,00 | 8,58 | 5.002,14000 |
55 | Cerámica para gradas | m2 | 18,00 | 27,24 | 490,32000 |
56 | Barrederas de cerámica h= 10 cm | m | 93,00 | 2,66 | 247,38000 |
57 | Cielo raso Gypsum incluye estructura metálica y accesorios | m2 | 189,00 | 28,55 | 5.395,95000 |
58 | Cielo raso Gypsum para humedad incluye estructura metálica y accesorios | m2 | 31,00 | 28,55 | 885,05000 |
59 | Xxxxxxx xx xxxxxxx sobremesón de hormigón 20mm | m | 4,00 | 81,01 | 324,04000 |
60 | Cubierta de policarbonato de 6mm, INC. Estructura metálica | m2 | 4,00 | 47,58 | 190,32000 |
61 | Sumidero de piso de 2'' incluye rejilla | u | 8,00 | 20,00 | 160,00000 |
62 | Tuberia de 110 mm PVC tipo B | m | 8,00 | 10,36 | 82,88000 |
63 | Tuberia de 50mm de PVC tipo B | m | 6,00 | 6,74 | 40,44000 |
64 | Bajantes de tuberia PVC tipo B de 110 mm | m | 9,00 | 14,45 | 130,05000 |
65 | Sumidero de piso de 4'' incluye rejilla | u | 4,00 | 24,64 | 98,56000 |
66 | Bajantes de tuberia PVC tipo B de 110 mm | m | 8,00 | 14,45 | 115,60000 |
67 | Tuberia de 110 mm PVC tipo B | m | 16,00 | 10,36 | 165,76000 |
68 | Desagues PVC 110mm tipo B (incluye accesorios) | u | 6,00 | 33,98 | 203,88000 |
69 | Desagues PVC 50 mm. Tipo B(Incluye accesorios) | u | 15,00 | 28,68 | 430,20000 |
70 | Lavamanos de pedestal con llave pressmatic | u | 3,00 | 252,24 | 756,72000 |
71 | Lavamanos de pedestal corto con llave pressmatic | u | 5,00 | 242,18 | 1.210,90000 |
72 | Inodoro tanque bajo incluye griferia | u | 6,00 | 143,96 | 863,76000 |
73 | Lavaplatos acero inoxidable tipo teka 1 POZO | u | 1,00 | 138,00 | 138,00000 |
74 | Ducha cromada incluye llave y accesorios | u | 4,00 | 45,52 | 182,08000 |
75 | Urinario con llave pressmatic | u | 2,00 | 175,62 | 351,24000 |
76 | Tuberia PVC roscable 1'' | m | 10,00 | 9,90 | 99,00000 |
77 | Punto de agua PVC roscable1/2'' | u | 24,00 | 38,74 | 929,76000 |
78 | Tuberia PVC roscable 1/2'' | m | 7,00 | 6,42 | 44,94000 |
79 | Válvula de Control, D= 1/2'' | u | 5,00 | 18,67 | 93,35000 |
80 | Válvula de Control, D=3/4'' | u | 1,00 | 23,04 | 23,04000 |
81 | Tuberia PVC roscable 1 1/2'' | m | 4,00 | 13,64 | 54,56000 |
82 | Tuberia PVC roscable 2'' | m | 5,00 | 19,56 | 97,80000 |
83 | Válvula de Control, D=1'' | u | 1,00 | 30,67 | 30,67000 |
84 | Tuberia PVC roscable 3/4'' | m | 1,00 | 7,66 | 7,66000 |
85 | SISTEMA XX XXXXX DE PUESTA A TIERRA TRIANGULAR 2 METROS POR LADO(INCLUYE CABLE DE CU DESNUDO #2+3 VARILLLAS COPPERWELD 5/8'', SOLDADURA EXOTERMICA) | u | 1,00 | 250,00 | 250,00000 |
86 | TRANSFORMADOR MONOFASICO 25KVA TIPO PADMOUNDTED''CONFIGURACION RADIAL'' 7967/120/240 (INCLUYE INSTALACION, PUNTAS TERMINALES Y CODOS CONECTORES 15KV) | u | 1,00 | 4.500,00 | 4.500,00000 |
87 | ACOMETIDA MEDIA TENSION 1#2 XLPE 133% 15KV + T#4 THHN CU | u | 30,00 | 19,00 | 570,00000 |
88 | SUMINISTRO E INSTALACION DE PARARRAYOS TIPO POLIMERO DE OXIDO METALICO, CON MODULO DE DESCONEXION CLASE 10KV | u | 1,00 | 146,58 | 146,58000 |
89 | SUMINISTRO E INSTALACION DE CAJA PORTAFUSIBLE 100AMP. 15 KV | u | 1,00 | 133,04 | 133,04000 |
90 | TUBERIA 2'' METALICA RIGIDA | m | 6,00 | 23,69 | 142,14000 |
91 | UPS MONOFASICO 3KVA | u | 1,00 | 1.199,98 | 1.199,98000 |
92 | 2 TUBERIA 2'' pvc | m | 20,00 | 5,42 | 108,40000 |
93 | pozo de revision 0,90x0,90x0,90 | u | 2,00 | 176,57 | 353,14000 |
94 | POZO DE REVISION 0,40X0,40X0,40 | u | 2,00 | 80,00 | 160,00000 |
95 | ACOMETIDA 2#1/0+N#1/0 T#4AWG TTU DESDE TRANSFORMADOR MONOFASICO 25KVA TIPO PADMOUNTED HASTA TABLERO DE MEDIDOR-TABLERO DE DISTRIBUCION PRINCIPAL | m | 20,00 | 29,44 | 588,80000 |
96 | ACOMETIDA 2#6/0+N#6+ T#10AWG THHN+1-11/2'' EMT DESDE TABLERO DE DISTRIBUCION PRINCIPAL HASTA PANEL DE DISTRIBUCION PLANTA BAJA PD-A | m | 15,00 | 8,45 | 126,75000 |
97 | ACOMETIDA 2#6/0+N#6+ T#10AWG THHN+1-11/2'' EMT DESDE TABLERO DE DISTRIBUCION PRINCIPAL HASTA PANEL DE DISTRIBUCION PLANTA BAJA PD-B | m | 10,00 | 8,45 | 84,50000 |
98 | ACOMETIDA 2#6/0+N#6+ T#10AWG THHN+1-11/2'' EMT DESDE TABLERO DE DISTRIBUCION PRINCIPAL HASTA TABLERO BYPASS-PANEL DE TOMACORRIENTES REGULADOS ''PD-REG | m | 25,00 | 8,45 | 211,25000 |
99 | PUNTOS DE ALUMBRADO120V (INCLUYE TUBERIAQ EMT D-1/2'' 1#12+N#12+T#14 AWG CU) | u | 71,00 | 25,16 | 1.786,36000 |
100 | PUNTOS DE ALUMBRADO 240V (INCLUYE TUBERIA EMT D-1/2'' 2#12+T#14 AWG CU) | u | 8,00 | 34,99 | 279,92000 |
101 | TOMACORRIENTE 120V REGULADO (INCLUYE TUBERIA EMT D-1/2'' 1#12+T#14 | u | 11,00 | 36,79 | 404,69000 |
102 | TOMACORRIENTE 120V NORMAL (INCLUYE TUBERIA EMT D-1/2'' 1#12+T#14 | u | 42,00 | 30,82 | 1.294,44000 |
103 | TOMACORRIENTE 120V NORMAL - SISTEMA DE EMERGENCIA INCLUYE TUBERIA EMT D-1/2'' 1#12+T#14 | u | 12,00 | 30,82 | 369,84000 |
104 | TOMACORRIENTE 120V NORMAL - PARA AREAS HUMEDAS INCLUYE TUBERIA EMT D-1/2'' 1#12+T#14 | u | 3,00 | 41,38 | 124,14000 |
105 | SALIDA PARA EQUIPOS 240V- EQUIPOS DE CLIMATIZACION(INCLUYE TUBERIA EMT D-3/4'' -2#10+T#12 AWG CU | u | 11,00 | 52,02 | 572,22000 |
106 | SUMINISTRO E INSTALACION DE LUMINARIA LED TIPO SELLADA 2X18W (incluye 2 tubos led T8 - 18W) - 120V | u | 4,00 | 27,25 | 109,00000 |
107 | SUMINISTRO E INSTALACION DE LUMINARIA LED TIPO OJO DE BUEY 24W ''CUADRADA'' -120V -1800LM- 5000K-0.30x0.30m | u | 35,00 | 18,01 | 630,35000 |
108 | SUMINISTRO E INSTALACION DE LUMINARIA LED TIPO OJO DE BUEY 12W ''REDONDA''-120V-960LM-5000K | u | 16,00 | 12,50 | 200,00000 |
109 | SUMINISTRO E INSTALACION DE LUMINARIA LED TIPO PANEL 40W- 120V-3600LM-5000K | u | 10,00 | 35,69 | 356,90000 |
110 | SUMINISTRO E INSTALACION DE LUMINARIA LED TIPO OJO DE BUEY BASE GU10 -120V-Ø93X44mm | u | 6,00 | 6,01 | 36,06000 |
111 | SUMINISTRO E INSTALACION DE REFLECTOR LED 200W-2500LM- 240V (incluye fotocelda, accesorios de sujecion) IP65 | u | 8,00 | 150,01 | 1.200,08000 |
112 | SUMINISTRO E INSTALACION DE LUMINARIA LED DE EMERGENCIA TIPO OJO DE CANGREJO | u | 10,00 | 29,00 | 290,00000 |
113 | SUMINISTRO E INSTALACION DE LUMINARIA LED DE EMERGENCIA LETRERO DE SALIDA | u | 2,00 | 29,00 | 58,00000 |
114 | PANEL MONOFASICO 16/32 ESPACIOS ''PLANTA BAJA PD-A'' (INCLUYE DISYUNTORES 1P , 2P) | u | 1,00 | 254,05 | 254,05000 |
115 | PANEL MONOFASICO 16/32 ESPACIOS ''PLANTA ALTA PD-B'' (INCLUYE DISYUNTORES 1P , 2P) | u | 1,00 | 254,05 | 254,05000 |
116 | PANEL MONOFASICO TOMACORRIENTES REGULADOS 16/32 ESPACIOS ''PLANTA BAJA PD- R'' (INCLUYE DISYUNTORES 1P , 2P) | u | 1,00 | 254,05 | 254,05000 |
117 | TABLERO DE MEDIDOR BASE SOCKET CLASE 200 , MEDICION DIRECTA | u | 1,00 | 250,01 | 250,01000 |
118 | TABLERO BYPASS-UPS 3KVA | u | 1,00 | 450,01 | 450,01000 |
119 | TABLERO DE DISTRIBUCION PRINCIPAL (INCLUYE DISYUNTOR PRINCIPAL 2P-150A, DISYUNTORES SECUNDARIOS 3P-60A DOS UNIDADES) | u | 1,00 | 650,02 | 650,02000 |
120 | SUMINISTRO E INSTALACION DE SPLIT 12MIL BTU (INCLUYE CABLE DE COMUNICACIÓN 3#16 CONCENTRICO) | u | 5,00 | 400,06 | 2.000,30000 |
121 | SUMINISTRO E INSTALACION DE SPLIT 18MIL BTU (INCLUYE CABLE DE COMUNICACIÓN 3#16 CONCENTRICO) | u | 3,00 | 650,05 | 1.950,15000 |
122 | SUMINISTRO E INSTALACION DE SPLIT 24MIL BTU (INCLUYE CABLE DE COMUNICACIÓN 3#16 CONCENTRICO) | u | 1,00 | 930,06 | 930,06000 |
123 | RACK DE COMUNICACIONES 42 U (INCLUYE INSTALACION) | U | 1,00 | 1.536,32 | 1.536,32000 |
124 | PATCH PANEL 12 PUERTOS CAT 6A/FUTP (INCLUYE INSTALACION) | U | 2,00 | 174,26 | 348,52000 |
125 | PATCH CORD 1M CAT 6A PARA RACK (INCLUYE INSTALACION) | U | 13,00 | 21,56 | 280,28000 |
126 | ORGANIZADOR DE CABLE HORIZONTAL CON TAPA (INCLUYE INSTALACION) | U | 2,00 | 25,42 | 50,84000 |
127 | PUNTO SIMPLE CAT 6A CERTIFICADO | u | 6,00 | 75,35 | 452,10000 |
128 | PUNTO DOBLE CAT 6A CERTIFICADO | u | 4,00 | 125,74 | 502,96000 |
129 | PATCH CORD PUESTO DE TRABAJO CAT6A/FUTP 3m (INCLUYE INSTALACION) | U | 9,00 | 23,12 | 208,08000 |
130 | TUBERIA PVC 2'' | m | 45,00 | 6,06 | 272,70000 |
131 | TUBERIA EMT CONDUIT 1'' | m | 33,00 | 9,46 | 312,18000 |
132 | CAJA DE PASO 20x20x15 | U | 5,00 | 28,36 | 141,80000 |
133 | SWITCH CAPA 2 10/100/1000 24 PUERTOS - 2SFP | U | 1,00 | 490,85 | 490,85000 |
134 | EQUIPO PARA ACCESO INALAMBRICO | U | 1,00 | 122,40 | 122,40000 |
135 | CAJA DE HORMIGON 30x30 CAJA DE DISTRIBUCIÓN INTERNA INTERCONECTADAS CON REGLETAS TELEFONICAS | U | 1,00 | 420,00 | 420,00000 |
136 | CENTRAL TELEFONICA HIBRIDA 3 LINEAS DIGITALES 8 EXTENSIONES EXPANDIBLE (INCLUYE INSTALACION) | U | 1,00 | 611,04 | 611,04000 |
137 | TELEFONO SIMPLE PARA ESCRITORIO (INCLUYE INSTALACION) | U | 2,00 | 31,91 | 63,82000 |
138 | TELÉFONO MULTIFUNCIÓN PROGRAMADOR (INCLUYE INSTALACIÓN) | U | 1,00 | 180,00 | 180,00000 |
139 | CENTRAL DE INCENDIOS 2 LAZOS (INCLUYE INSTALACION) | U | 1,00 | 918,78 | 918,78000 |
140 | DETECTORES DE HUMO (INCLUYE INSTALACION) | U | 4,00 | 125,50 | 502,00000 |
141 | LUZ ESTROBOSCOPICA (INCLUYE INSTALACION) | U | 2,00 | 115,40 | 230,80000 |
142 | SIRENA (INCLUYE INSTALACION) | U | 1,00 | 100,24 | 100,24000 |
143 | MODULO DE CONTROL (INCLUYE INSTALACION) | U | 1,00 | 201,76 | 201,76000 |
144 | ESTACIONES MANUALES (INCLUYE INSTALACION) | U | 2,00 | 86,99 | 173,98000 |
145 | CAPACITACION SISTEMA CONTRA INCENDIOS | U | 1,00 | 123,07 | 123,07000 |
146 | PUNTO DE VIDEO | u | 2,00 | 48,31 | 96,62000 |
147 | DISTRIBUIDOR DE SEÑAL 1 IN / 2 OUT | U | 1,00 | 3,18 | 3,18000 |
148 | PUNTO DE VIDEO VGA | u | 1,00 | 72,07 | 72,07000 |
149 | TUBERIA DE PVC 1'' PARA COMUNICACIÓN TRUNKING | m | 20,00 | 6,14 | 122,80000 |
150 | ACOMETIDA PARA RADIO ENLACE | u | 1,00 | 336,00 | 336,00000 |
151 | EXTRACTOR DE OLORES DE COCINA (4 QUEMADORES) TIPO DOMESTICO | U | 1,00 | 286,80 | 286,80000 |
152 | EXTRACTOR BROAN PARA BAÑOS DE 100 CFM | u | 1,00 | 181,67 | 181,67000 |
153 | Afiches informativos | u | 50,00 | 2,40 | 120,00000 |
154 | Xxxxxxxx de baterías sanitarias portátil | u | 3,00 | 180,00 | 540,00000 |
155 | Botiquín de primeros auxilios | u | 1,00 | 88,90 | 88,90000 |
156 | Cerramiento provisional xx xxxx | m | 120,00 | 9,60 | 1.152,00000 |
157 | Conos de seguridad | u | 5,00 | 22,75 | 113,75000 |
158 | Charlas de Socialización | u | 1,00 | 126,00 | 126,00000 |
159 | Extintor PQS 4,5 kg | u | 1,00 | 108,00 | 108,00000 |
160 | SUMINISTRO E INSTALACION DE LETRERO INFORMATIVO 300 X200 CM, VER DETALLE | u | 1,00 | 750,00 | 750,00000 |
161 | Vallas horizontales tipo caballete 1,2x0,60m | u | 2,00 | 132,00 | 264,00000 |
162 | Tuberia PVC roscable 3/4'' | m | 40,00 | 7,66 | 306,40000 |
163 | Válvula de Control, D= 1/2'' | u | 4,00 | 18,67 | 74,68000 |
164 | Punto de agua PVC roscable1/2'' | u | 3,00 | 38,74 | 116,22000 |
165 | Tuberia PVC roscable 1/2'' | m | 34,00 | 6,42 | 218,28000 |
166 | Tuberia PVC roscable 2'' | m | 1,00 | 19,56 | 19,56000 |
167 | Llaves de Manguera | u | 3,00 | 20,03 | 60,09000 |
168 | Válvula de Control, D=2'' | u | 2,00 | 86,57 | 173,14000 |
169 | Válvula de Compuerta, D=3/4'' | u | 3,00 | 23,11 | 69,33000 |
170 | Válvula check de D=3/4'' | u | 1,00 | 26,65 | 26,65000 |
171 | Extintor CO2 2,30kg | u | 1,00 | 108,00 | 108,00000 |
172 | Extintor PQS 4,5 kg | u | 3,00 | 108,00 | 324,00000 |
173 | Letrero de Vinil para exintores | u | 4,00 | 9,60 | 38,40000 |
174 | Replanteo y nivelación | m2 | 100,00 | 0,43 | 43,00000 |
175 | Excavación manual en plintos y cimientos | m3 | 88,00 | 6,60 | 580,80000 |
176 | Cama de arena para tubería de canalización | m3 | 8,00 | 16,09 | 128,72000 |
177 | Relleno manual compactado con material del sitio | m3 | 80,00 | 4,54 | 363,20000 |
178 | Tuberia de 75 de PVC tipo B | m | 7,00 | 7,09 | 49,63000 |
179 | Tuberia de 110 mm PVC tipo B | m | 90,00 | 10,36 | 932,40000 |
180 | Tuberia de 50mm de PVC tipo B | m | 4,00 | 6,74 | 26,96000 |
181 | Caja de revision de 60 x 60 con tapa cerco metalico | u | 5,00 | 99,53 | 497,65000 |
182 | Sumidero de piso de 3'' incluye rejilla | u | 4,00 | 28,40 | 113,60000 |
183 | Sumidero de piso de 4'' incluye rejilla | u | 3,00 | 24,64 | 73,92000 |
184 | Sumidero de piso de 2'' incluye rejilla | u | 1,00 | 20,00 | 20,00000 |
185 | Desagues PVC 110mm tipo B (incluye accesorios) | u | 3,00 | 33,98 | 101,94000 |
186 | Desagues PVC 50 mm. Tipo B(Incluye accesorios) | u | 1,00 | 28,68 | 28,68000 |
187 | Desagues PVC 75 mm. Tipo B (Incluye accesorios) | u | 4,00 | 34,73 | 138,92000 |
188 | TAPA DE HORMIGON DE 0.80X0.80CM (INCLUYE MARCO Y CONTRAMARCO, PLATINA DE 3/16'' DE ESPEROR) | u | 1,00 | 105,04 | 105,04000 |
189 | Replanteo y nivelación | m2 | 5,00 | 0,43 | 2,15000 |
190 | Excavación manual en plintos y cimientos | m3 | 12,00 | 6,60 | 79,20000 |
191 | Hormigon Simple en Replantillo f 'c= 180 kg/cm2 | m3 | 1,00 | 162,14 | 162,14000 |
192 | Hormigon f´c= 240 kg/cm2 Inc. Encofrado | m3 | 5,00 | 237,62 | 1.188,10000 |
193 | Xxxxx xx xxxxxxxx en varillas corrugadas fy=4200 kg/cm2 (provisión, conf y colocación) | kg | 679,00 | 2,74 | 1.860,46000 |
194 | Enlucido vertical con impermeabilizante | m2 | 64,00 | 7,44 | 476,16000 |
195 | Tapa de boca para cisterna, Tool 1/20'' 0,6x0,60m | u | 1,00 | 24,00 | 24,00000 |
196 | Sistema de bombeo bomba de 1HP y un tanque hidroneumático de 40 galones | u | 1,00 | 1.899,61 | 1.899,61000 |
197 | Cerámica para xxxxxxx xx xxxxx | m2 | 32,00 | 27,24 | 871,68000 |
198 | Bordillo cuneta de H.S 210 kg/cm2 (H=28cm A=64 cm L=50cm) | m | 40,00 | 27,00 | 1.080,00000 |
199 | Rotulación exterior para UPC | u | 1,00 | 961,94 | 961,94000 |
200 | Arborización exterior incluye mantenimiento y sembrado | u | 1,00 | 660,00 | 660,00000 |
201 | Desalojo de escombros | m3 | 12,00 | 3,82 | 45,84000 |
202 | Limpieza final de obra | m2 | 200,00 | 0,97 | 194,00000 |
203 | Basureros metálicos | u | 2,00 | 199,40 | 398,80000 |
204 | Bancas Ornamentales | u | 2,00 | 336,40 | 672,80000 |
205 | Señalética de parqueaderos | u | 4,00 | 46,80 | 187,20000 |
206 | Escalera marinera | u | 1,00 | 624,00 | 624,00000 |
207 | Xxxxx xx xxxxxxxx en varillas corrugadas fy=4200 kg/cm2 (provisión, conf y colocación) | kg | 350,00 | 2,74 | 959,00000 |
TOTAL: | 213.416,16000 |
SON : DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS DOLARES, 16000/100000 CENTAVOS
4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1
CLÁUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO.-
5.1.- Pago por planilla de 100%, el pago se realizará mediante planillas mensuales de acuerdo con el avance de obra ejecutada, hasta completar el monto contractual. Cabe indicar que las planillas serán aprobadas por el Fiscalizador y el Administrador del Contrato, previo al pago.
CLÁUSULA SEXTA: GARANTÍAS.-
6.1 En este contrato, se rendirá la garantía dispuesta en el artículo 74 de la LOSNCP, esta es, la garantía de fiel cumplimiento y en el artículo 76 de la Ley ibídem, la garantía técnica.
TIPO DE GARANTÍA | ENTIDAD ASEGURADORA | NO. |
FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO | INTEROCEANICA | GYE-0000007078-1 |
6.2 Se procederá la devolución de las garantías antes descritas, en los términos precisados en el artículo 118 del Reglamento General a la LOSNCP.
CLÁUSULA SÉPTIMA: PLAZO.-
7.1 El plazo para la ejecución del contrato es de ciento veinte (120) días contados a partir de la suscripción del contrato.
CLÁUSULA OCTAVA: MULTAS.-
8.1 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales determinadas en el presente contrato o en los documentos que forman parte del mismo o se entienden formar parte de él por ser normas jurídicas vigentes al tiempo de su celebración, o porque siendo posteriores regulan aspectos o situaciones propias o aplicables al presente contrato, será sancionado con una multa diaria del uno por mil del monto total del presente contrato.
CLÁUSULA NOVENA: DEL REAJUSTE DE PRECIOS.-
9.1 El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto, por lo tanto, no aplica reajuste de precio alguno, renunciando las partes a solicitarlo en cualquier momento en conformidad al artículo 131 del Reglamento General de la LOSNCP.
CLÁUSULA DÉCIMA: ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DEFENITIVA.-
10.1.- Generalidades: La recepción definitiva de la contratación de la prestación del servicio de “OBRAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA FONDOS CONCURSABLES 2022 CONSTRUCCIÓN DE UPC EN EL SECTOR CERRO
LAS CABRAS DEL CANTÓN DURÁN”, se realizará a entera satisfacción de la CONTRATANTE y será necesario la suscripción de la respectiva acta suscrita por la CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la CONTRATANTE, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP.
La recepción definitiva incluirá la información sumaria de todas las recepciones parciales anteriores, además de la información sobre el Acta de entrega recepción provisional que se suscribirá con la entrega de obra, dando paso al acta definitiva 6 meses después de la suscripción del acta provisional.
10.2.- Procedimiento Recepción Definitiva: Cabe indicar que una vez que se hayan terminado dentro del plazo todos los trabajos previstos en el contrato, la CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE el informe de cumplimiento respectivo.
Entregado el informe pertinente por parte de la CONTRATISTA, a la CONTRATANTE en el término xx xxxx días lo aprobará o formulará observaciones de cumplimiento obligatorio para la CONTRATISTA, y la CONTRATISTA dispondrá xx xxxx días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar la documentación respectiva (de ser el caso). La negativa se notificará por escrito a la CONTRATISTA y se dejará constancia de que la misma fue practicada.
En los contratos de obra, la recepción definitiva procederá una vez transcurrido el término previsto en el contrato, que no podrá ser menor a seis meses, a contarse desde la suscripción del acta de recepción provisional total o de la última recepción provisional parcial, si se hubiere previsto realizar varias de éstas.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, para la recepción definitiva de obras, la entidad contratante, podrá establecer un término menor al indicado, situación que constará en los pliegos y en el contrato, según la naturaleza de la obra así lo permita.
En el caso de consultoría, una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional; cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. Salvo que en el contrato se señale un tiempo menor, la entidad contratante dispondrá de 15 días término para la emisión de observaciones y el consultor de 15 días término, adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. Dependiendo de la magnitud del contrato, estos términos podrán ser mayores, pero deben constar obligatoriamente en el texto del contrato.
El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.-
11.1 LA CONTRATANTE designa al Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Director General de Obras Públicas, en calidad de Administrador del Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
11.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará notificar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: TERMINACION DEL CONTRATO.-
12.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
12.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
a) Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA;
c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.
d) Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el numeral 3.1 del formulario de oferta - Presentación y compromiso;
12.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.-
13.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento establecido en el Código Orgánico General de Procesos (COGEP); siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante.
13.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES.-
14.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: DOMICILIO.-
15.1 Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio legal.
15.2 Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
LA CONTRATANTE:
Cantón Durán, Cdla. Xxxx Xxxxxxx XXX Bloque C 31 y C 32 Teléfono: 000-000000
EL CONTRATISTA:
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx: Cantón Durán, Cdla. 27 de Diciembre Solar: 12 Mz.: A, a tres cuadras del registro civil
Teléfono: 0000000000
Correo electrónico: xxxxxxxx00@xxxxxxx.xxx
15.3 Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos, específicamente a través del email del administrador del contrato. La dirección electrónica será comunicada en forma inmediata al representante del contratista por el administrador del contrato.
15.4 Si en el contrato ya está establecido quién es el administrador, o el mismo, deberá hacer conocer en forma inmediata su dirección electrónica al representante del contratista, y éste a su vez deberá notificar al administrador su dirección electrónica en forma inmediata a la recepción de la dirección electrónica.
15.5 El contratista se obliga en forma incondicional a notificar al contratante en forma inmediata el cambio de dirección para efectos de comunicaciones y notificaciones, en relación con la dirección que consta descrita en el contrato. Si el contratista no notificare al contratante dicho cambio, se entiende para todos los efectos constitucionales, legales y contractuales que todas las notificaciones que el GAD Municipal del Cantón Durán le haga al contratista en la dirección que consta en el contrato son plenamente válidas y
eficaces jurídicamente. El contratista deja constancia que no podrá alegar válidamente el desconocimiento del contenido de las notificaciones y sus anexos que le haga el GAD Municipal del Cantón Durán en la Dirección descrita en el contrato. No pudiendo, por ello, el contratista alegar la nulidad del procedimiento respectivo.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN DEFINITIVA:
16.1 La Comisión de Entrega Recepción, estará integrada por el administrador del contrato y un técnico que no haya intervenido en el proceso de ejecución del contrato; y, el responsable administrativo del control en la inspección, recepción, fiscalización, etc.
16.2 La Comisión de entrega recepción deberá, en forma obligatoria, incorporar en el acta de entrega-recepción, la declaración del contratista respecto del cumplimiento del valor agregado ecuatoriano propuesto y aceptado.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: ACEPTACIÓN DE LAS PARTES.-
17.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
Dado y firmada en la Alcaldía del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Durán, a los 16 días del mes xx xxxxxx del 2022.
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
Econ. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Mgs. Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx