CONTRATO EDUCATIVO CICLO LECTIVO 2022
CONTRATO EDUCATIVO CICLO LECTIVO 2022
Entre el COLEGIO DE XXXXX, con domicilio en la calle Xxxxx Xxxxx Nº 560 de la ciudad xx Xxxxxxx, en adelante “EL COLEGIO” Y “LOS PADRES” y/o REPRESENTANTES LEGALES” del alumno/a, cuyos datos quedan registrados en la DECLARACIÓN JURADA que acompaña al presente, que sirve como constancia de aceptación de las condiciones establecidas, que libre y voluntariamente convienen celebrar el presente contrato educativo correspondiente al CICLO LECTIVO 2022 en el que declaran conocer y aceptar el proyecto educativo y la misión de la pastoral educativa del Colegio, sus fines, el Acuerdo Escolar de Convivencia, y demás artículos que rigen el presente, razones todas que motivaron su elección, que se regirá por los siguientes artículos a saber:
I- NUESTRA IDENTIDAD
El Colegio de Xxxxx pertenece a la Congregación de las Hermanas Esclavas del Corazón de Xxxxx, fundada por la Xxxxx Xxxxxxxx de Xxxxx Xxxxxxxxx en 1872.
La razón de ser de nuestra obra se funda en la misión salvífica de la Iglesia.
El fin de nuestro centro educativo es la formación integral de la persona, mediante un proyecto inspirado en el Evangelio, conforme a las orientaciones de la Iglesia y al Carisma de la Congregación.
El Colegio de Xxxxx se propone lograr que los estudiantes:
• Puedan vivenciar la síntesis FE-CULTURA por medio de la enseñanza, para que enriqueciendo el saber humano con la luz de la fe, se logre una visión cristiana de la vida, del hombre, del mundo y se traduzca en conducta coherente con estos principios.
• Se formen como personas enraizadas en el Amor misericordioso y reparador del Corazón de Xxxxx.
• Sean capaces de dar una respuesta de fe personal y comunitaria, comprometidos en la instauración del Xxxxx xx Xxxx en la sociedad, siendo activos constructores de la misma, con muestras de actitudes de servicio y caridad.
El estilo educativo de nuestra escuela impulsa:
• La formación integral de la persona, consolidando su autonomía y capacidad de relacionarse con otros.
• La integración de la persona en la sociedad, manteniendo su capacidad crítica y la búsqueda del bien común y el cuidado del medio ambiente, “nuestra Casa Común”.
• La transmisión de conocimientos y competencias necesarios para formar parte de una sociedad democrática y del mundo del trabajo.
• La promoción de la capacidad para definir un proyecto de vida basado en los valores del bien, la verdad y la justicia; la libertad, la paz, la solidaridad, la responsabilidad.
• La integración de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales, respondiendo al carisma de Amor y Reparación y en el marco de la Ley de Educación Nacional 26.206, Ley de Educación provincial 9870, Las Resoluciones 1114/00, 635/08, 667/11 y 311/16 del Ministerio de Educación de la Provincia xx Xxxxxxx.
• La promoción de la cultura del trabajo y del esfuerzo como principio fundamental de los procesos de enseñanza-aprendizaje.
• La garantía de que los estudiantes tengan los mismos derechos y obligaciones derivados de su edad y nivel educativo que están cursando.
II- ROL DE LA FAMILIA
El Colegio de Xxxxx sostiene que las familias son las primeras y legítimas educadoras de sus hijos e hijas. Ellas ejercitan la libertad al elegir este Colegio, y emprenden una tarea conjunta y solidaria en la formación integral de sus hijos e hijas.
La familia de cada estudiante del Colegio se compromete a:
a. Brindar testimonio de los valores de unidad, diálogo y amor.
b. Conocer y colaborar con el logro de los objetivos educativos de la escuela.
c. Respetar la autonomía del establecimiento y lo que la conducción del mismo determine acerca del cuerpo docente, administrativo y alumnado.
d. Participar del quehacer de la escuela, integrándose a la comunidad escolar a partir de las propuestas culturales, espirituales, deportivas, formativas.
e. Aceptar la participación de los hijos e hijas en los momentos espirituales, retiros, convivencias, campamentos, clases de Educación en la Fe, a fin de acompañar el proceso de maduración en la fe, guiándolos en la construcción de su proyecto de vida.
f. Conocer y aceptar las normas del Colegio.
g. Concurrir al establecimiento cuando sean citados para tratar asuntos relacionados con sus hijos e hijas.
h. Informarse de la situación académica y actitudinal de sus hijos e hijas.
i. Defender al Colegio y a la comunidad educativa de agravios públicos y/o privados de que pudiera ser objeto.
III- ADMISIÓN Y MATRÍCULA
La admisión y permanencia de los alumnos en el Colegio De Xxxxx se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:
a. La admisión de los alumnos será formalizada anualmente por el Equipo Directivo con la colaboración del Departamento de Orientación.
• El Establecimiento se reserva la facultad de aceptar en cada ciclo lectivo la inscripción/reinscripción de los alumnos. Además, se reserva la facultad de no inscribir/reinscribir a alumnos aún después de aceptada la solicitud correspondiente si median razones para no inscribir/reinscribir, producidas o conocidas por la Escuela con posterioridad a dicha solicitud.
• El Establecimiento se reserva el derecho de inscripción/reinscripción en caso de que existan atrasos en el pago de los aranceles del anterior ciclo lectivo.
• El Colegio podrá separar durante el transcurso del ciclo lectivo a los alumnos por razones disciplinarias o académicas, o por transgresión del alumno y/o la familia del ideario institucional, las normas de convivencia institucional o demás reglamentos internos, de conformidad con las normas legales vigentes.
• El Colegio se reserva el derecho de admisión de los alumnos que durante el período anterior hayan presentado problemas de conducta o aplicación y tras reiteradas advertencias no hayan dado muestras de superación.
• El Colegio se reserva el derecho de admisión de los alumnos cuyos Padres no hayan dado cumplimiento a las obligaciones contraídas al firmar el presente Contrato Educativo o hayan ocasionado dificultades manifiestas en las disposiciones dadas por las autoridades de la Institución.
• El Colegio se reserva el derecho de admisión para aquellos alumnos que deban repetir curso o año.
• El Colegio se reserva el derecho de admisión para aquellos alumnos que adeuden las cuotas convenidas en el presente durante el año lectivo precedente.
b. No podrá matricularse el estudiante que:
• Las autoridades consideren que los problemas de conducta impidan el normal desarrollo de las clases, resultando en consecuencia perjudicial para otro u otros compañeros/as.
• No cumpliere con el compromiso asumido en el Contrato Educativo y/o Actas Compromiso, o que no lo cumplieron sus padres
• No se identifique con el Ideario y el Acuerdo Escolar de Convivencia de la Institución.
c. Sólo podrá matricularse el alumno que presente toda la documentación requerida por las reglamentaciones vigentes, en tiempo y forma.
d. El/la alumno/a que no se inscribiera en el plazo que el Colegio estipule y comunique para ello, implicará la libre disponibilidad de la vacante por parte de “EL COLEGIO”.
e. En el caso de que el/la alumno/a una vez comenzado el ciclo lectivo deje de asistir por cualquier motivo, el importe percibido en concepto de Matrícula y cuotas por parte de “EL COLEGIO” no será reintegrado bajo ningún concepto, y el mismo no tendrá la obligación de reservar la vacante para el año próximo.
f. En cumplimiento de la Resolución 678/99 de la Secretaría de Comercio ponemos a su conocimiento que le asiste el derecho de arrepentirse de haber efectuado la presente Matrícula hasta la fecha estipulado y comunicadas por parte de “EL COLEGIO”, en cuyo caso se le restituirá el valor abonado en concepto de matrícula. Luego de dicha fecha el importe no será reintegrado.
g. Todos los alumnos nuevos que provengan de Colegios de Gestión Privada deberán presentar, para inscribirse, el Libre Deuda de la institución de origen.
IV- CUOTAS
El Colegio al ser una Institución Pública de Gestión Privada incorporada a la Enseñanza Oficial, recibe un aporte Estatal del Gobierno de la Provincia, que no cubre la totalidad de los sueldos del personal: docente, administrativo y auxiliar. Por tal motivo es necesario el pago en término de la matrícula y de las diez (10) cuotas mensuales consecutivas (xx xxxxx a diciembre). Las cuotas serán consideradas pagadas en término siempre que se efectivice el pago del uno (1) al diez (10) de cada mes. Cabe consignar que los importes de las cuotas mensuales podrán sufrir modificaciones en virtud de incrementos en los costos laborales u otros imprescindibles para las prestaciones del servicio educativo, y en la medida que las normas vigentes lo permitan.
Se establece que el pago del arancel mensual debe efectuarse del 1 al 10 de cada mes, en el domicilio del Colegio sito en calle Xxxxx Xxxxx 560, Barrio General Paz de esta Ciudad xx Xxxxxxx, o en donde y en la forma que lo determine el Colegio en lo sucesivo. Las partes pactan la xxxx automática del pago de los aranceles vencidos, sobre los cuales se aplicarán una tasa de interés diaria sobre el saldo de la deuda, no siendo necesario, a los fines de su ejecución judicial, intimación alguna de ninguna naturaleza. El no pago de cualquiera de los aranceles en tiempo y forma, autoriza al Colegio a promover la ejecución del total de la deuda anual como si fuera de plazo vencido a exclusiva xxxxx y coste del deudor. Cuando la xxxx en el pago de aranceles supere los 60 (sesenta) días, el Colegio podrá iniciar las acciones extrajudiciales o judiciales pertinentes y el cobro será tramitado a través, de un Estudio Jurídico designado por la Institución. Debiendo asumir el responsable del pago los honorarios profesionales generados, más gastos administrativos relacionados.
El Colegio no recibe contribución del Estado para: construcciones, reparación de las instalaciones y elementos escolares; tampoco para mantenimiento (limpieza, seguridad, gastos de secretaría y tesorería, luz, teléfono, gas, etc.). Tampoco para equipamiento y material didáctico, reparación y reposición de los mismos (biblioteca, gabinete, aparatos, ilustraciones, mapas, computadoras, etc.)
V- DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Los valores de la democracia suponen un consenso en torno a los derechos humanos como punto xx xxxxxxx. Los estudiantes del Colegio de Xxxxx en acuerdo a lo que asegura la ley de Educación 26206 tienen derecho a:
1- Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades.
2- Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria. Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral.
3- Ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosa y científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del sistema, e informados/as al respecto.
4- Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios.
5- Integrar centros, asociaciones y clubes de estudiantes u otras organizaciones comunitarias para participar en el funcionamiento de las instituciones educativas, con responsabilidades progresivamente mayores, a medida que avancen en los niveles del sistema.
6- Ser partícipes activos del proceso de enseñanza-aprendizaje y en la formación católica que se les imparte.
7- Desarrollar su actividad académica en los distintos ámbitos de la escuela, contando con condiciones adecuadas de seguridad e higiene.
8- Ejercer la libertad de expresión, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa, y el respeto a la Institución.
IV- OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES
Los estudiantes del Colegio de Xxxxx tienen las siguientes obligaciones:
1- Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades.
2- Participar en todas las actividades formativas y complementarias.
3- Asistir a clase regularmente y con puntualidad.
4- Adherir y/o respetar con la propia conducta la identidad e ideario educativo de la escuela. Este compromiso se extiende fuera del ámbito escolar siempre que se porte el uniforme institucional o se actúe en representación del Colegio.
5- Manifestar en su vida diaria el respeto por la dignidad humana.
6- Colaborar con el mantenimiento de la limpieza e higiene del Colegio y cuidar las instalaciones, equipamientos, materiales, útiles y demás elementos pertenecientes al Colegio, a los profesores y/o sus compañeros y compañeras.
7- Cumplir con responsabilidad con los procedimientos y normas de justificación de inasistencias.
8- Asistir diariamente al Colegio con el cuaderno de comunicaciones y con todo el material requerido para el desarrollo de las actividades académicas.
9- Mantener actitud de respeto en el izamiento y arrío de la bandera, actos escolares y celebraciones litúrgicas.
V- NORMAS DE CONVIVENCIA
Toda la Comunidad Educativa, en razón de su identidad y raíz evangélica, aspira a promover en todos sus integrantes el valor de la Vida, la Verdad y el Bien como pilares esenciales de los cuales se desprenden: el respeto, la justicia, la honradez, la defensa de la paz, la solidaridad, la tolerancia y aceptación de las diferencias, la responsabilidad y la búsqueda de lo trascendente.
Las normas se organizan según los siguientes aspectos: 1) En relación a uno mismo:
a. Se fomenta el respeto hacia el cuidado personal y la salud, por lo que se considerarán faltas graves el consumo de tabaco, narcóticos, alcohol dentro del Colegio o en cualquier actividad extra escolar. (salidas educativas, retiros, convivencias). Así mismo, en caso de estudiantes que asistan al colegio alcoholizados, bajo el efecto de estupefacientes o en condiciones inadecuadas para el aprendizaje, no se autorizará el ingreso al establecimiento. La familia es responsable de orientar a sus hijos para evitar las salidas nocturnas en días de actividades escolares normales.
b. La escuela educa en el cuidado de la integridad física de cada uno de sus miembros, por eso, es una falta grave ausentarse o salir de actividades escolares, momento espiritual o del Colegio sin autorización de un docente, preceptor o directivo. Incluimos también en esta proposición la prohibición de traer al
colegio o llevar a cualquier actividad extra escolar: pirotecnia, elementos químicos peligrosos, bengalas de humo, polvos de colores, material inflamable, elementos cortantes como cuchillos, navajas o trinchetas.
c. La escuela propicia la educación en la verdad y la honradez, por ello, se considera de gravedad la mentira, manifiesta en sus diferentes formas, incluyendo el plagio, la adulteración de documentación, la copia en cualquier instancia evaluativa.
d. Se fomenta el cumplimiento de deberes básicos que propician también la formación de hábitos saludables, por ello, consideramos faltas leves:
• Las llegadas tarde al aula, a la formación o al momento espiritual (siempre que la tardanza no exceda los 5 minutos, si excede el tiempo de tolerancia, la falta se considerará grave).
• Asistir a la escuela sin el uniforme correspondiente o con falta de pulcritud.
• Devolver fuera de término la documentación requerida por el colegio (cuaderno de comunicados, libretas, material de biblioteca).
• Estar en una posición inadecuada en cualquier lugar del Colegio.
• Ingerir alimentos o masticar chicle en horas de clase, momento espiritual, misas, formación. Cada una de estas faltas se evaluará de acuerdo a cada caso particular, la recurrencia de las mismas será objeto de llamados de atención y/o sanciones.
2) En relación a los otros
Nuestra convivencia se sustenta en el respeto al otro, la tolerancia, la verdad, la justicia, la solidaridad, por lo que cualquier transgresión a las siguientes normas es considerada una falta grave.
a. La escuela propicia conductas pro-sociales, por lo que no se permitirá cualquier forma de maltrato verbal o física hacia otra persona, incluyendo las bromas pesadas o las agresiones realizadas por medios virtuales o digitales. Esto se hace extensivo a cualquier situación generada en los alrededores del colegio. (Se entiende como alrededores las veredas del Colegio).
Se sugiere a la familia orientar a sus hijos e hijas en relación a la realización de distintos tipos de festejos como por ejemplo: despedidas, “último primer día”, último día de clases, etc. El establecimiento no autorizará el ingreso de estudiantes que no presenten condiciones adecuadas para el normal desempeño de sus tareas escolares.
b. El Colegio es el lugar en el que se brinda un espacio adecuado para la enseñanza y el aprendizaje, por lo que no se permitirá ninguna situación de conflicto o indisciplina que impida el normal desarrollo de las clases, la formación, el momento espiritual, las misas, los recreos y cualquier actividad didáctica fuera del establecimiento.
c. El respeto al otro y la promoción de la justicia se ven transgredidos gravemente si cualquier persona se apropia de bienes ajenos.
d. En el ámbito escolar fomentamos el respeto a la intimidad y la imagen de los demás, por lo que está prohibido tomar fotografías, realizar grabaciones o filmaciones dentro del Colegio y /o publicar las mismas sin autorización del Docente o Directivos.
3) En relación a las cosas
a) Cada uno de los espacios del Colegio está adecuado para que todos podamos ejercer nuestro derecho a aprender y enseñar, por lo tanto, se consideran faltas graves causar deterioro, en forma intencional o producido por accidentes por juegos bruscos, en las instalaciones y/o equipamientos del Colegio (ventanas, puertas, vidrios, revoques, pinturas, pizarrones, bancos, sillas, libros, computadoras, videos, televisores, etc.) o de cualquier miembro de la comunidad educativa. En tales casos los costos de reparación correrán por cuenta del estudiante.
b) Dentro del Colegio de Xxxxx se permite el uso del celular para uso pedagógico, con autorización y control del Docente. No está permitido para uso personal. Se denomina uso personal a:
• Emitir o recibir llamadas
• Emitir o recibir mensajes
• Emitir o recibir imágenes o música
• Utilizarlo como recordatorio
• Utilizarlo como cámara de fotos o reproductor musical
• Utilizarlo para juegos
• Cualquier otra acción que implique el manejo del mismo
c) Se prohíbe el uso del nombre del Colegio para cualquier finalidad (Convocatorias, redes sociales, reuniones, organización de eventos, etc.) sin la debida autorización de los Directivos.
d) El Colegio no se responsabiliza del deterioro, robo o pérdida de celular, calculadora, o cualquier otro elemento personal. En esto recomendamos no traer al colegio cualquier objeto de valor o sumas de dinero.
VI- SANCIONES
La escuela debe ser escenario de un diálogo intergeneracional fecundo, maduro y creativo entre los adultos y los jóvenes, promoviendo un espacio para crecer, educarse en valores, conocimientos, saberes y habilidades.
Se debe crear un contexto de cooperación escolar y la conciencia de que trabajar juntos, jóvenes y adultos, facilitará el logro de metas compartidas, basado en un clima de confianza y respeto mutuos, legitimando los intereses propios y ajenos y buscando soluciones que satisfagan las necesidades de ambas partes. En la interacción con las otras personas los estudiantes tienen que controlar, modificar y adaptar su conducta con el propósito de actuar de una manera apropiada y competente. Para ello deben tener la oportunidad de:
• tomar decisiones con respecto a la forma de comportarse y atenerse a las decisiones tomadas.
Si un estudiante incurre en acciones sancionables se determinarán las causas y motivaciones que originaron tales acciones, con la colaboración del Equipo Directivo, Docentes, Preceptores, y el grupo familiar del educando, a fin de procurar una reflexión que lleve a la rectificación de esas acciones y a la adaptación del estudiante al sistema de convivencia institucional.
Los criterios para la aplicación de una medida disciplinaria son:
• Gradualidad y personalización en la implementación de las sanciones de acuerdo a la gravedad de la falta, antecedentes del alumno, y la respuesta a señalamientos anteriores.
• Privilegiar el diálogo como estrategia para la resolución de conflictos y corrección de conductas.
• Valorizar el contenido pedagógico y reparador de las sanciones que se adopten por transgredir las normas de convivencia.
• Promover la reparación del daño. La responsabilidad del alumno debe estar vinculada a la posibilidad de hacerse cargo de la reparación o del desagravio, según se trate del orden material o moral.
De esto se desprende que los actos de indisciplina o incumplimiento serán pasibles de ser sancionados mediante las siguientes acciones según sea la gravedad de la falta:
Para faltas consideradas leves:
• Llamada de atención oral acompañada del diálogo y consejo que promueve el cambio de actitud. Las mismas quedarán asentadas en el registro general de disciplina del Colegio, y que el alumno deberá consentir con su firma.
• Llamado de atención por escrito que quedará establecido en la ficha de observación del alumno y que será informada a los padres, con archivo en el legajo del alumno.
Para faltas consideradas graves:
• Amonestaciones (acumulación hasta 20). En este caso, se sancionarán de manera directa las faltas producidas por copia/plagio/falsificación, ausentarse o llegar tarde a las clases sin autorización, uso de celular sin autorización, maltrato, amenaza o daños hacia otras personas o cosas.
• Cambio de grupo, es una acción que pretende brindar al estudiante con dificultades en su conducta la posibilidad de encontrar otro grupo que pueda asistirlo para reflexionar y reformular su conducta.
• Suspensión: es una sanción que consiste en la inasistencia a clases y la prohibición de permanecer dentro del establecimiento escolar por parte del estudiante con el objeto de que reflexione profundamente respecto a su falta y a la actitud que adoptará en el futuro. Se pautarán días en que el alumno deberá retirar las actividades propuestas por el docente. La suspensión se registrará como inasistencia injustificada con las consecuencias que esto implica.
• No matriculación para el año inmediato superior cuando se hayan agotado los medios formativos- educativos del diálogo y la reflexión y que mereciera sanciones acumulativas de acuerdo con lo establecido en este reglamento, como así también los casos en que el alumno y/o sus padres combatan el proyecto de la institución o no cumplan el Acuerdo de Convivencia.
Propuestas de Reparación ante una falta leve o grave:
• Conducta reparadora: el alumno deberá reparar los daños ocasionados a nivel material y/o moral
• Tareas comunitarias: Dependiendo de la acción: Xxxxxxxx, ayuda a otros compañeros, colaboración en eventos y actos escolares.
VII- REGIMEN DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
a) Asistencia
Se considera asistencia a la concurrencia diaria a clases y a las actividades propuestas por las autoridades escolares. Para sostener la condición de alumno regular no se deberán superar las 25 inasistencias anuales.
Las inasistencias se computarán de la siguiente manera:
• 1 Falta: inasistencia a un día de actividad escolar, acto o actividad extra programática.
• ½ Falta: ingreso a partir de las 7:50 Hs.
• ½ Falta: retiro anticipado
• Tardanza: Ingreso al establecimiento con un retraso de hasta 15´. 4 Tardanzas equivalen a 1 Falta.
b) Justificación de inasistencias:
El padre, madre o representante legal del menor deberá justificar la inasistencia dentro de las 48 hs.
a. Por razones personales.
b. Por enfermedad (Se requiere certificado médico)
c. En caso de viaje familiar, deberán presentar nota por duplicado a las autoridades del Colegio con una anticipación de 15 días.
d. Por actividades deportivas: Se consideran NO COMPUTABLES cuando el certificado de Licencia Deportiva esté firmado y sellado por la Agencia Córdoba Deportes, u otra entidad oficial a nivel Nacional. En caso de competencias no oficiales, las inasistencias se computarán pero estarán justificadas.
c) Puntualidad
Los alumnos podrán ingresar al Colegio a partir de su apertura las 7:00 hs.
La formación comienza a las 7:25 hs. con el izamiento de la bandera. El ingreso a la primera hora de clase es a las 7:30.
La salida según horario particular de cada curso.
Los horarios indicados estarán sujeto al contexto sanitario al inicio del Ciclo Lectivo 2022
VIII- UNIFORME
El uso del uniforme es parte de la imagen institucional del Colegio; expresa la pertenencia y predisposición para el trabajo escolar. Implica, asimismo, la práctica del aseo y presentación personal. Los estudiantes deben concurrir diariamente con el uniforme correspondiente.
El uniforme del Colegio de Xxxxx se compone de:
• Pollera escocesa Institucional. El largo de la pollera deberá ser de 5 cm por encima de la rodilla.
• Pantalón escolar de gabardina gris (xxxxx xxxx)
• Chomba con escudo institucional
• Zapatos negros colegiales
• Medias azules (En caso de uso de pollera deberán ser ¾)
• Abrigos (buzos, camperas, bufandas o cuellos polar) para época invernal color xxxx xxxxxx sin inscripciones
• En el Mes xxx Xxxxxxx Corazón se podrá utilizar bufanda o cuello polar rojo
• Sexto año: podrán utilizar buzos/remeras que representen la promoción respetando los colores institucionales (Presentes en la tela escocesa de la pollera: azul, rojo, blanco, gris, verde).
• Educación Física: Pantalón y buzo xxxx xxxxxx. Remera con escudo institucional. Medias blancas. Zapatillas blancas o negras.
En época de calor: bermuda de algodón xxxx xxxxxx. Este uniforme sólo podrá
utilizarse el día que el curso tenga Educación Física.
Presentación personal
• Promovemos hábitos de aseo y cuidado personal
• Cabello corto o recogido. No se permiten los cabellos teñidos de colores distintos a los naturales.
• Uso xx xxxx, anillos, pulseras y cadenas: de pequeño tamaño y sobriedad. Deberán quitárselos en Educación Física.
• Varones con rostro afeitado, sin barba, bigote o patillas largas.
• Vestimenta en condiciones de limpieza adecuada.
• No se permiten piercing, expansores o tatuajes visibles.
IX- ELECCIÓN DE ABANDERADOS Y ESCOLTAS
El honor de ser portador de la Bandera Argentina, xx Xxxxxxx y del Estado Vaticano debe ser accesible a los alumnos más meritorios, por ello, será designado el alumno que reúna las siguientes condiciones:
Bandera Argentina
a. Orden de Mérito: es el promedio exacto de todas las calificaciones que el alumno obtuvo en cada asignatura durante 5º año (Res. Minis. 1665/16 Art. 4)
b. Conducta Muy Buena. No registrar sanciones en el último año. (Res. Minist. 3482/80 y Modif 6052/8 - Art. 5.4)
c. Registrar buena asistencia y puntualidad. No haber sido reincorporado excepto por enfermedad y tener justificadas las inasistencias en que hubiere incurrido.
d. Adherir al ideario del Colegio.
e. Dedicación al trabajo y espíritu de servicio.
f. Aseo y buena presentación personal.
g. Y demás requisitos señalados en la Resolución Ministerial arriba mencionada.
Criterios para la elección de Escoltas de la Bandera Argentina:
• Primer escolta el/ la alumno/a que tenga el segundo mejor promedio según Orden de Mérito y todos los requisitos inherentes al abanderado/a.
• Segundo/a escolta el alumno/a que tenga el mejor promedio según Orden de Mérito de la Orientación distinta al Primer escolta.
• Suplente: será elegido por orden de Mérito, con el mismo criterio que para la elección de escoltas titulares. Su participación en actos será requerida sólo en caso de la inasistencia de alguno de los miembros titulares.
Los puestos de abanderados y escoltas no son rotativos.
Bandera del Estado Vaticano
a) Identificación con el Carisma e Ideario del Colegio, manifestado en gestos concretos:
• Compromiso en acciones de servicio.
• Acciones que promueven el orden y el cuidado del Colegio.
• Capacidad de diálogo.
• Actitudes de generosidad, solidaridad, alegría y esperanza.
• Adhesión y compromiso eclesial.
• Abiertos a lo trascendente (vivencia de la Fe).
b) Ser alumno/a regular de 5º año.
c) Tener aprobadas todas las materias correspondientes a todos los años de estudio anteriores al momento de la elección.
d) Registrar buena asistencia y puntualidad. No haber sido reincorporado excepto por enfermedad y tener justificadas las inasistencias en que hubiere incurrido. e) Xxxx y buena presentación.
f) Conducta Muy Buena. No registrar sanciones. (Res. Minist. 3482/80 y Modif 6052/80. Art. 5. g) Se evaluará el proceso actitudinal del alumno en el último año previo a la elección.
En la elección del aspirante a la Bandera del Estado Vaticano no se tendrá en cuenta la orientación a la que pertenezcan los alumnos. Los puestos SON ROTATIVOS.
Xxxxxxx xx Xxxxxxx
Los criterios que el Colegio establece para la elección de abanderados y escoltas son los siguientes:
a) Xxxxxxxx personal para superar dificultades y empeño para obtener logros.
b) Cualidades personales que destaquen al alumno/a en sus grupos de pertenencia, por la generosidad, compañerismo, integración, xxxxxxxx para pedir ayuda cuando lo necesite y la grandeza que demuestre en sus gestos cotidianos.
c) Buen desempeño académico. Demostrar esfuerzo y responsabilidad en el estudio, evaluando de esta manera el proceso académico de cada alumno/a.
d) Adhesión al Carisma e Ideario del Colegio.
e) Tener buena conducta. No registrar sanciones. (Res. Minist. 3482/80 y Modif 6052/80. Art. 5. 4). Se evaluará el proceso actitudinal del alumno en el último año previo a la elección.
Los puestos SON ROTATIVOS.
IMPORTANTE: EN CASO QUE CUALQUIER ESTUDIANTE DEL CUADRO DE HONOR DEL COLEGIO INCURRA EN UNA ACCIÓN SANCIONABLE, PERDERÁ AUTOMÁTICAMENTE SU DERECHO A FORMAR PARTE DEL MISMO
X- UNION DE PADRES DE FAMILIA
La Unión de Padres de Familia es el organismo natural que concentra los esfuerzos de los padres por mejorar los distintos aspectos relacionados al funcionamiento del Colegio, buscando además favorecer el crecimiento humano y espiritual de todos los miembros que conforman esta gran familia.
La actividad de la U.P.F. es promovida por la Congregación de las Hermanas Esclavas del Corazón de Xxxxx, quienes trabajan en beneficio de toda la comunidad del Colegio. Este organismo forma parte de una estructura mayor que es la Federación Uniones de Padres de Familia de los Colegios de las Hermanas Esclavas del Corazón de Xxxxx (FUPECJ) que agrupan a todas las Uniones de Padres de los Colegios que pertenecen al Instituto.
La misión encomendada a quienes participan de la UPF es la de trabajar para mejorar los aspectos relacionados a la vida del Colegio, en cuestiones materiales, como mejoras del edificio, adquisición de bienes, mantenimiento de los ya existentes, en cuestiones sociales crear un ámbito propicio para que las familias de esta casa se conozcan y puedan ayudarse mutuamente, en cuestiones de formación favorecer un crecimiento espiritual y humano de todos.
Tiene las características de ser una organización abierta con permanente renovación de sus miembros, en donde todos los padres tienen la posibilidad de manifestar sus ideas, participar en la toma de decisiones que competen a ese grupo de trabajo y de practicar un verdadero apostolado bregando por el bien común. La forma de financiar las actividades de la misma es a través de un importe fijo incluido en lo cobrado en concepto de cuotas mensuales, y a través de eventos, rifas o cualquier otro medio que la U.P.F. proponga y tenga el aval de la Comunidad Educativa.
XI- CENTRO DE ESTUDIANTES
La Institución considera importante y promovemos la constitución del Centro de Estudiantes como instancia y experiencia de participación de los jóvenes de la vida escolar y comunitaria.
Este, es un espacio de construcción democrática, que posibilita el crecimiento de los alumnos desde el desarrollo de una conciencia crítica, la tolerancia frente a la diversidad, la capacidad de diálogo, el respeto a los acuerdos y la opinión de los demás, la resolución pacífica de conflictos como pilares de aprendizaje para el ejercicio responsable de la ciudadanía.
La modalidad de constitución, condiciones de postulación y elección se encuentran explicitadas en el Estatuto del Centro de Estudiantes.
XII- VIAJES EDUCATIVOS
La Institución promueve los Viajes Educativos, que fomentan el crecimiento cultural, intelectual, social y espiritual de los alumnos. Es deber del Colegio comunicar a los padres con la antelación suficiente tanto lo ateniente a la faz organizativa como al costo del mismo.
En relación a Viajes de egresados que suelen organizar los estudiantes del último año, éstos no cuentan con el auspicio, aval, supervisión ni promoción del Colegio. Po ello, no generará responsabilidad ni obligaciones de ningún tipo para nuestra institución. El referido viaje deberá concretarse sin afectar las actividades escolares, es decir, en tiempos de receso escolar.
Si los progenitores deciden que se realice en época de clases deberán comunicarlo por nota a las autoridades del Colegio, con indicación de los días que sus hijos no asistirán al establecimiento.
XIII- VIAJE Y FIESTA DE EGRESADOS
El denominado “viaje de egresados” y “fiesta de egresados” que con frecuencia suelen organizar los estudiantes del último año de los distintos niveles educativos, no cuenta con el auspicio, aval, supervisión ni promoción del Colegio. Por ello, no generará responsabilidad ni obligaciones de ningún tipo para nuestra institución. El referido viaje deberá concretarse sin afectar las actividades escolares, es decir, en tiempos de receso escolar. Si los progenitores deciden que se realice en épocas de clases deberán comunicarlo mediante una nota formal a las autoridades del Colegio, con indicación de los días que los estudiantes no asistirán al Establecimiento.
Está prohibida la partida de ómnibus desde el Colegio, cuyo motivo fuera la realización de un viaje de egresados. Todas aquellas actividades relativas a la organización de eventos para la recaudación de fondos deberán realizarse fuera del Establecimiento y del horario escolar.
XIV- TRATAMIENTO DE DATOS.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 5º, 6º y 11º de la Ley 25.326, los padres brindan su autorización al Colegio para el tratamiento y cesión total o parcial de los datos contenidos en el formulario de admisiones y demás formularios provistos por el colegio, suyos y de sus hijos menores de edad, los cuales serán incorporados a nuestros archivos. Los datos son solicitados para los procesos de reserva de vacantes, matriculación y promoción de alumnos, así también como para todas aquellas actividades derivadas de la ejecución del Contrato de Enseñanza y las referidas a la comunicación interna y externa del colegio. La autorización comprende el permiso de cesión a terceros, sean organismos públicos nacionales, provinciales o municipales, otras instituciones o empresas que participan directa o indirectamente en la ejecución del Contrato de Enseñanza, o en las actividades comprendidas en el mismo o en la comunicación de dichas actividades. El colegio reconoce a los padres el derecho de acceso, rectificación y supresión de los datos en nuestros archivos, en la medida de que dichos datos no sean los exigidos por la legislación vigente en materia Educativa en la Provincia xx Xxxxxxx.
XV- TRATAMIENTO DE IMÁGENES.
Los padres de los alumnos, como tutores responsables y en el marco del artículo 53 del Código Civil y Comercial de la Nación prestan su consentimiento para que el Colegio retraten a sus hijos/as en fotografías, filmes, videos y demás material de uso institucional, en formato papel, digital, etc, teniendo en cuenta de que el Colegio elabora frecuentemente distintas piezas de comunicación internas y externas, nacionales e internacionales. Los Padres autorizan además al Colegio para que tales imágenes sean reproducidas o utilizadas por medios gráficos o fílmicos en papelería, catálogos, cartillas de prensa, afiches, folletos, películas, páginas web y todo otro medio gráfico o electrónico tanto por el Colegio como por la Congregación de Hermanas Esclavas del Corazón de Xxxxx como difusión institucional, en la medida en que no violen el derecho a la dignidad previsto en el artículo 22 de la Ley de Protección Integral de Niños Niñas y Adolescentes N° 26061.Esta autorización comprende expresamente una liberación de responsabilidad al Colegio y sus autoridades por el uso que personas ajenas a la Escuela hagan del material obtenido, no pudiendo, en consecuencia, reclamar suma o beneficio alguno por tal uso.
XVI- TRANSPORTE ESCOLAR
a) El servicio es prestado por transportistas particulares quienes son contratados directamente por los progenitores.
b) Queda a consideración de las familias la toma de los recaudos correspondientes previos a la selección del prestador del servicio. Cabe recordar que cada transportista y su vehículo deben cumplir con las normas de habilitación vigentes para efectuar el transporte escolar, y respetar estrictamente el número de alumno/as máximo permitido según la capacidad de la unidad.
c) Los recibos emitidos por el transportista son de su única responsabilidad, como así también la forma de cobro.
CLÁUSULAS TRANSITORIAS
Atento a las normas dictadas en el orden nacional y local con motivo de la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país y la necesidad de adecuar el proceso de enseñanza – aprendizaje de manera no presencial o semipresencial se establecen las siguientes cláusulas transitorias:
PRIMERA: El plan de continuidad pedagógica – PCP- es el conjunto de acciones institucionales para el desarrollo del proceso de aprendizaje de los alumnos y su implementación, se llevará a cabo en el marco de las normativas nacionales, provinciales e institucionales.
SEGUNDA: Emergencia Sanitaria. Modalidades para el dictado de clases y otras actividades. De subsistir la situación de emergencia sanitaria vigente, el dictado de clases y la realización de otras actividades previstas en el PCP y en el Plan de Estudios/ Proyecto Institucional serán ofrecidas bajo modalidades presencial, no presencial y/o combinada. La modalidad será definida de acuerdo a la situación sanitaria imperante en cada momento del ciclo lectivo 2021, adecuada a las normas y condiciones que a tal efecto establezcan las autoridades nacionales, jurisdiccionales y locales, a las características de las instalaciones escolares y a la conformación de los grupos de estudiantes. La Escuela definirá la modalidad, medios, estrategias y recursos que considere más adecuados al contexto para el desarrollo de la actividad pedagógica, en un todo de acuerdo con la normativa vigente.
TERCERA: Aranceles. El arancel de enseñanza es único e indivisible y los importes anunciados contemplan los distintos formatos pedagógicos establecidos en el marco del PCP y las diferentes modalidades para el dictado de clases y realización de otras actividades, así como la posible alternancia y combinación de los mismos. El valor del arancel no se encuentra condicionado a la duración del ciclo lectivo y/o la cantidad de días de asistencia que registre cada alumno, quedando establecido que los importes anunciados no serán afectados por ausencias del alumno, sea por causas particulares o propias del calendario escolar y/o por decisión de las autoridades gubernamentales. Esto tiene fundamento en la existencia de los numerosos gastos que debe afrontar el colegio y que no se encuentran subsidiados por el Estado.
CUARTA: Obligaciones de los progenitores. Los progenitores y/o responsables de los alumnos asumen la obligación de acompañar las actividades propuestas por la Escuela en cada una de las modalidades posibles con compromiso y responsabilidad, y facilitando los medios y herramientas para que los mismos accedan a los procesos educativos a través de las diversas plataformas que pudieran utilizarse
QUINTA: Obligación de buen uso. Los progenitores y/o responsables de los alumnos se obligan a concientizar a sus hijos en el adecuado uso de cualquier imagen o grabación de las actividades educativas que se desarrollan en los procesos presenciales y no presenciales evitando su difusión por cualquier medio y controlando que no graben imágenes o videos que no resulten imprescindibles, así como que no difundan los que hubieren grabado.
SEXTA: La obligación expresada en la cláusula anterior incluye también la concientización y supervisión de la correcta presentación de sus hijos/as en las actividades no presenciales, su ubicación en lugares adecuados y el respeto a las indicaciones que el/la docente imparta en el uso de cámaras, micrófonos y otras consignas prácticas.
SEPTIMA: La falta de participación en las actividades no presenciales o semipresenciales que hayan sido comunicadas por el colegio se podrá computar como ausencia a clases. Las inconductas que se observen por parte de los/as alumnos/as durante esas actividades podrán ser sancionadas conforme el Acuerdo Escolar de Convivencia y en función de la gravedad de las mismas.
OCTAVA: Los progenitores y/o responsables de los alumnos podrán observar las actividades no presenciales, pero no podrán intervenir durante su desarrollo en modo alguno ni interrumpir esa actividad. Cualquier observación que deseen formular deberán hacerla en forma directa e individual al o a la Docente o a las autoridades del Colegio, una vez terminada la actividad de que se trate.
NOVENA: Cualquier comunicación que deba verificarse en forma individual con un/a alumno/a por parte de Docentes o Directivos del Colegio deberá contar con la presencia en ese momento del progenitor responsable o el autorizado expresamente por éste, y/o con la presencia de otro Docente o Directivo.
El presente contrato mantendrá su vigencia durante el ciclo lectivo 2022, siendo necesaria la suscripción de un nuevo contrato para ciclos posteriores.
En prueba de conformidad las partes suscriben en la Ciudad xx Xxxxxxx a los días del mes de
del año 202 , el presente Contrato Educativo para el ciclo lectivo 2022, el cual es aceptado en todos sus términos y se respalda dicha aceptación a través de la presentación de la Declaración Jurada de Matrícula que se remite con firma y aclaración de los progenitores/responsables al domicilio electrónico fijado por la Institución en la Circular de Matrícula 2022.