Contract
PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RESTAURACIÓN COLECTIVA (AUTOSERVICIOS), CAFETERÍAS, RESTAURANTE, Y MÁQUINAS EXPENDEDORAS (VENDING) DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
ÍNDICE
CAPÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES 1
Cláusula 1ª. Objeto del contrato. 1
Cláusula 2ª. Régimen jurídico. 1
Cláusula 3ª. Aplicación del TRLCSP 2
Cláusula 4ª. Tramitación y procedimiento de adjudicación 2
Cláusula 5ª. Presupuesto de licitación y valor estimado del contrato 2
Cláusula 6ª. Plazo de ejecución 4
Cláusula 7ª. Información, control, seguimiento y retirada de la documentación 4
Cláusula 8ª. Capacidad para contratar 5
Cláusula 9ª. Presentación de proposiciones 5
Cláusula 10.ª Forma y contenido de las proposiciones. 6
Cláusula 11ª. Portal de transparencia. 25
Cláusula 12ª. Garantía provisional 25
Cláusula 13ª. Examen de las proposiciones. 25
Cláusula 14ª. Criterios de adjudicación 27
Cláusula 15ª. Renuncia y desistimiento. 33
Cláusula 16ª. Adjudicación y seguro. 34
Cláusula 17ª. Garantía definitiva. 36
Cláusula 18ª. Formalización del contrato 36
CAPÍTULO SEGUNDO.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO 37
Cláusula 19ª. Lugar de ejecución 37
Cláusula 20ª. Prestación del servicio y continuidad de la prestación 37
Cláusula 21ª. Dirección y supervisión del contrato 38
Cláusula 22ª. Riesgo y xxxxxxx 39
Cláusula 23ª. Cesión del contrato 39
Cláusula 24ª. Subcontratación 39
Cláusula 25ª. Ejecución defectuosa y resolución del contrato. Responsabilidad por daños y perjuicios. 40
Cláusula 26ª. Modificación del contrato. 41
CAPÍTULO TERCERO.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 42
Cláusula 27ª. Pago del precio. 42
Cláusula 28ª. Revisión de precios 43
Cláusula 29ª. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista 43
Cláusula 30ª. Obligaciones laborales y sociales del contratista. 44
Cláusula 31ª. Deber de confidencialidad. 44
Cláusula 32ª. Protección de datos de carácter personal 45
Cláusula 33ª. Normas de seguridad del Congreso de los Diputados. 45
CAPÍTULO CUARTO.- PRERROGATIVAS Y RECURSOS 45
Cláusula 34ª. Prerrogativas y recursos. 45
ANEXO I - MODELO DE PRESENTACIÓN DE DATOS DEL LICITADOR 48
ANEXO II - MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN Y DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL (ARTÍCULO 60 DEL TRLCSP) 49
ANEXO III - MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A LA FINALIDAD DE LA EMPRESA 50
ANEXO IV.- MODELO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL51
ANEXO V - MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS AL CONTRATO
............................................................................................................................................ 52
XXXXX XX - MODELO DE AVAL GARANTÍA PROVISIONAL (artículo 103 del TRLCSP) 53
ANEXO VII - MODELO DE AVAL GARANTÍA DEFINITIVA (artículo 96 del TRLCSP) 54
ANEXO VIII - MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN 55
DIRECCIÓN TÉCNICA DE INFRAESTRUCTURAS E INSTALACIONES
ANEXO IX - MODELO DE DECLARACIÓN PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS ... 56
ANEXO X - MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL PORTAL DE LA TRANSPARENCIA 57
ANEXO XI - MODELO PARA SUBCONTRATACIÓN 58
ANEXO XII- MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVO AL PERSONAL CON DISCAPACIDAD 59
ANEXO XIII- MODELO DE OFERTA EVALUABLE MEDIANTE FORMULAS 60
CAPÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 1ª. Objeto del contrato.
1. El objeto del presente pliego es la adjudicación de los servicios de restauración colectiva (mediante autoservicios), el restaurante, las cafeterías (incluidos los servicios de atención parlamentaria) y las máquinas expendedoras (vending) todo ello en los edificios del Congreso de los Diputados así como en la vivienda institucional.
2. La codificación correspondiente de la nomenclatura vocabulario común de contratos (CPV/08) de la Comisión Europea (Reglamento CE 213/2008 de la Comisión de 27 de noviembre de 2007) es la siguiente:
● 55300000-3 Servicios de restaurante y suministro de comida
● 55330000-2 Servicios de cafetería
3. La necesidad administrativa a satisfacer es la prestación de servicios de restauración individual y colectiva.
Cláusula 2ª. Régimen jurídico.
1. El contrato al que se refiere este pliego es de un contrato administrativo de servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando sometido a dicha Ley y normativa de desarrollo, en los términos previstos en la disposición adicional primera bis, en atención a la consideración como Órgano Constitucional del Congreso de los Diputados. También se regirá por lo establecido en la normativa de desarrollo y Acuerdos adoptados por el Congreso de los Diputados en materia de contratación y contracción de obligaciones. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de derecho privado
2. Asimismo, será de aplicación la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública, en todos los artículos que tengan efecto directo.
3. Formarán parte del contrato el pliego de cláusulas administrativas, el pliego de prescripciones técnicas, así como las propuestas técnica y económica. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, en el correspondiente de prescripciones técnicas y demás documentos anexos. Por ello, dichos documentos deberán ser firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad en el acto mismo de la formalización del contrato.
4. En cuanto a las posibles responsabilidades penales se estará a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Penal, que tipifica el delito de alteración de precios en concursos y subastas públicas.
Cláusula 3ª. Aplicación del TRLCSP.
1. En virtud de la disposición adicional primera bis del TRLCSP, las menciones que el mismo efectúa a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Congreso de los Diputados.
2. Las referencias que dicho texto efectúa a la Caja General de Depósitos en relación con la prestación de garantías se entenderán hechas al Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados, en la Dirección de Presupuestos y Contratación.
Cláusula 4ª. Tramitación y procedimiento de adjudicación.
1. En virtud de lo establecido en los artículos 138, 157 y siguientes del TRLCSP se licita por el procedimiento abierto.
La tramitación del expediente de contratación será por el procedimiento ordinario.
2. El presente contrato está sujeto a REGULACIÓN ARMONIZADA de conformidad con lo establecido en el art. 4 d) y el Anexo XIV de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública.
Cláusula 5ª. Presupuesto de licitación y valor estimado del contrato.
1. El presupuesto máximo de licitación será de 1.575.000 € (IVA NO INCLUIDO) que está integrado por el canon por la explotación del servicio.
2. Se aplica el régimen establecido en el artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor añadido, por lo que el IVA será de 10%.
3. EL valor estimado del contrato, elaborado conforme a los art. 88.2 y 88.5 a) del TRLCSP, incluidas la prórroga y modificaciones es de 2.625.000 € (IVA NO INCLUIDO).
La distribución por anualidades será la siguiente:
DURACIÓN INICIAL (18 meses) | IMPORTE (IVA NO INCLUIDO) | IVA (10%) |
2018 (1 octubre a 31 diciembre) | 262.500 € | 26.250 € |
2019 (1 enero a 31 diciembre) | 1.050.000 € | 105.000 € |
2020 (1 enero a 31 xx xxxxx) | 262.500 € | 26.250 € |
Eventual modificación del contrato (20%) | 315.000 € | 31.500 € |
Posible prórroga | ||
2020 (1 abril a 12 diciembre) | 735.000 € | 73.500 € |
Este presupuesto corresponde a la totalidad del periodo previsto para la ejecución del contrato.
La reducción del periodo de ejecución por demora en el inicio de los efectos del contrato respecto a la fecha inicialmente prevista o por cualquier otro motivo, conllevará la reducción proporcional de cada una de las partes del presupuesto de licitación y del precio ofrecido.
4. En el presupuesto máximo de licitación se entienden incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros y honorarios del personal a su cargo, gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario y los tributos de cualquier índole, incluidos los costes derivados del plan de transición.
5. El cumplimiento del contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito aprobado, adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el presupuesto del Congreso de los en los ejercicios presupuestarios correspondientes.
Cláusula 6ª. Plazo de ejecución
El contrato entrará en vigor el día 1 de octubre de 2018, o el día de su firma, y se extinguirá el 31 xx xxxxx de 2020 pudiendo ser objeto de prórroga por una duración de 8 meses y 12 días, por acuerdo expreso de ambas partes, sin que la prórroga pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes. El servicio deberá estar plenamente operativo en el plazo de 30 días desde la firma del contrato, o en el menor que haya ofertado el adjudicatario y se ejecutará en la forma prevista en la cláusula 20ª de este mismo pliego y en la prescripción 7.1 del PPT.
Cláusula 7ª. Información, control, seguimiento y retirada de la documentación.
1. El seguimiento y control del presente procedimiento y de la ejecución del contrato se realizará por la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones del Congreso de los Diputados, que deberá ser considerada como responsable del contrato a los efectos de lo dispuesto en el artículo 52 del TRLCSP.
2. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que rigen el presente procedimiento podrán descargarse desde la página web del Congreso de los Diputados, accediendo directamente desde el siguiente enlace xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx, a través del «Perfil del contratante».
3. Asimismo, podrán retirarse en la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones (Edificio Ampliación 1, planta 5ª), Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx, x/x, xx 00 a 14 horas, en días hábiles, de lunes a viernes.
4. Los licitadores que deseen información adicional sobre el objeto del contrato podrán ponerse en contacto con el responsable del contrato por parte del Congreso de los Diputados a través de la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx y del teléfono 00.000.00.00.
5. La solicitud de aclaración referida a cualquier aspecto de la licitación se deberá dirigir mediante correo electrónico a la anterior dirección y sus contestaciones serán publicadas en el perfil del contratante.
Cláusula 8ª. Capacidad para contratar.
1. Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 10.ª de este pliego.
2. Además, las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
3. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir, además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
Cláusula 9ª. Presentación de proposiciones
1. La presentación de los sobres que contengan las proposiciones se realizará en mano en la Dirección Técnica de Infraestructuras, de 10 a 14 horas, en días hábiles, de lunes a viernes, dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea.
2. Las ofertas podrán remitirse también por correo certificado. Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico remitido a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx, si bien en este último caso sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
3. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
4. No serán admitidas las proposiciones que se presenten por vías distintas a las anteriormente señaladas.
5. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Las empresas que hayan presentado una proposición tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión
temporal con otras. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por dicho licitador.
6. No serán aceptadas aquellas proposiciones que superen el presupuesto máximo de licitación, estén incorrectamente formuladas o contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad la oferta.
7. Las empresas que, de un modo distinto al indicado en la cláusula 10ª, presenten en un sobre erróneo documentos o aporten datos de la oferta técnica o de la proposición económica que fueran susceptibles de valoración a efectos de la adjudicación o que permitan deducir el contenido de su oferta económica, serán excluidas de la licitación.
8. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por el licitador de la totalidad del contenido de las cláusulas de este pliego y del de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Cláusula 10.ª Forma y contenido de las proposiciones.
Las proposiciones para tomar parte en el procedimiento constaran de TRES (3) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente.
En el exterior de cada sobre se indicará el número y título del sobre, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF, así como la denominación del procedimiento, que se indica a continuación:
«PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE RESTAURACIÓN COLECTIVA (AUTOSERVICIOS), CAFETERÍAS, RESTAURANTE, Y MAQUINAS EXPENDEDORAS (VENDING) DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS»
En cada sobre se hará constar una relación numérica de los documentos que contiene e incluirán la documentación que a continuación se indica para cada uno de ellos:
A) SOBRE N.º 1 DE «DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA» que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos
1. Hoja resumen de los datos del licitador.
Firmada por el licitador o por la persona que lo represente, donde, junto con los datos de identificación personal del firmante de la solicitud, figuren también dirección postal, teléfono, correo electrónico y persona de contacto en la empresa. Asimismo, deberá indicarse la persona o personas que, en caso de resultar adjudicatario, tienen capacidad para presentar y retirar la garantía definitiva (SE ACOMPAÑA COMO ANEXO I MODELO DE
PRESENTACIÓN DE DATOS DEL LICITADOR).
2. Capacidad de obrar
2.1. Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
2.2. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
2.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
2.4. Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Igualmente, deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente española que acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de las empresas españolas en la contratación con la Administración y con el sector público, salvo que se trate de empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, conforme a lo dispuesto en el artículo 55.1 TRLCSP.
2.5. Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
2.6. Los licitadores deberán contar con la habilitación, licencias o permisos legalmente necesarios que precisen las actividades objeto del contrato, ya sean de carácter estatal, autonómico o local, acreditando esta circunstancia mediante la aportación de los correspondientes certificados emitidos por la autoridad competente.
3. Bastanteo de poderes.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escritura de poder notarial bastante al efecto. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del DNI de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. A estos efectos los poderes y documentos acreditativos de la personalidad serán presentados en original o copia compulsada.
4. Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración y de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el ANEXO II al presente pliego, de que el empresario, si se tratase de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratase de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación vigente.
5. Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización.
En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. ANEXO III
6. Uniones temporales de empresarios.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal de empresarios frente a la Administración, todos los empresarios deberán presentar individualmente los documentos exigidos en la presente cláusula.
Aportarán además un documento en el que se comprometan a constituir una UTE para el caso de resultar adjudicatarios, designen un representante único y expresen la participación que corresponde a cada uno de ellos, en virtud de lo establecido en el art.59 del TRLCSP.
En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su condición de escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
7. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las empresas deberán presentar la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
7.1. Solvencia económica y financiera (artículo 75 TRLCSP):
Volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato (1.575.000 €)
El Congreso de los Diputados se reserva la posibilidad de, en el caso de no quedar suficientemente clara la solvencia económica o financiera con los documentos aportados, requerir a los licitadores que presenten nueva documentación complementaria.
7.2. Solvencia técnica o profesional (artículo 77 TRLCSP):
Los licitadores deberán acreditar su solvencia técnica a través de los siguientes medios:
- Declaración relacionando servicios o trabajos efectuados durante los años 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% a la anualidad media del contrato (735.000 €) Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando la entidad sea del sector público o declaración del sujeto privado firmado por persona con poder bastante. Las referencias se presentarán conforme al ANEXO IV y con arreglo a dicha tipología:
- Comedores colectivos o autoservicios y cafeterías de empresas privadas.
- Comedores colectivos o autoservicios y cafeterías de empresas del sector público.
- Servicios de catering y atención a eventos y actividades empresariales tanto del sector público como privado.
- Declaración de la estructura de la empresa y recursos humanos.
De forma alternativa a los dos anteriores medios, el licitador podrá acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional mediante certificación en vigor, original o copia compulsada, de que la empresa se encuentra clasificada dentro del Grupo M, Subgrupo 6, Categoría 5, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del artículo 66 del TRLCSP respecto de los empresarios no españoles miembros de la Unión Europea.
En el caso de concurrir en UTE, para la determinación de la solvencia técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
8. Compromiso de adscripción al contrato de medios personales y materiales.
Los licitadores deberán incluir, acompañando los documentos de solvencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y materiales suficientes para la ejecución de contrato (ANEXO V. MODELO DE COMPROMISO).
9. Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
10. Documentación relativa a la preferencia en la adjudicación
A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 13ª del presente pliego, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación: contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad, declaración del número de personas con discapacidad y porcentaje que supone sobre la plantilla total. ANEXO XII Modelo de declaración relativo al personal con discapacidad.
11. Garantía provisional.
Para poder tomar parte en el procedimiento será preciso haber constituido previamente una garantía provisional del 3% del presupuesto de licitación (IVA EXCLUIDO). La constitución de la garantía provisional se justificará mediante la presentación del resguardo de haber
constituido la misma y haberla depositado en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados, de conformidad con las condiciones y requisitos establecidos en la cláusula 12ª de este pliego. ANEXO VI Modelo de Aval de Garantía provisional
12. Empresas vinculadas
Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativo al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, según los criterios a que se refiere el artículo 42 del Código de Comercio, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el art 85 del RGLCAP. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido. ANEXO IX Modelo de Declaración de pertenencia a Grupo de empresas
13. Certificados
Acreditación de que se dispone del sistema de gestión de la calidad, según la norma UNE - EN ISO 9001:2015 o equivalente, certificado por una entidad reconocida por ENAC (Empresa Nacional de Acreditación) o entidad equivalente. Se aceptarán, asimismo, otras pruebas de medidas equivalentes de la calidad y de gestión medioambiental.
Conforme al artículo 80 del TRLCSP, que resulta de aplicación, al tratarse un contrato sujeto a regulación armonizada, los certificados deberán hacer referencia a los sistemas de aseguramiento de la calidad basados en la serie de normas europeas en la materia, certificados por organismos conformes a las normas europeas relativas a la certificación. Asimismo, se podrán aceptar los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios.
14. Compromiso de formalización de seguro de responsabilidad civil para los servicios de restauración y cafetería del Congreso de los Diputados, incluida la intoxicación alimentaria.
Compromiso, en caso de resultar adjudicatario, de suscripción de una póliza de responsabilidad civil para el servicio de restauración y cafetería que incluya como riesgos asegurables tanto la actividad de elaboración como el suministro de comidas en todas las instalaciones de la Cámara, incluida la vivienda institucional, incluida la intoxicación alimentaria por importe no inferior a 600.000 €.
15. Declaración relativa al Portal de Transparencia
Los licitadores deberán presentar documento de consentimiento para que sus nombres figuren en el Perfil del Contratante del Congreso de los Diputados según modelo que se adjunta como ANEXO X. Modelo de declaración relativa al Portal de transparencia.
16. Visita a las instalaciones
Para poder presentar oferta a este procedimiento, las empresas deberán haber realizado dos visitas a los puntos de servicio para conocer en más detalle las condiciones del servicio así como las instalaciones puestas por el Congreso de los Diputados a disposición del mismo, con el fin de verificar su idoneidad para cumplir con todas las exigencias que figuran en el pliego de prescripciones técnicas. Debido al impacto que la actividad parlamentaria tiene en la prestación del servicio, se realizarán dos visitas, una en día con actividad parlamentaria (Pleno y Comisiones) y otra en día con actividad administrativa. Para ello, se publicará en el Perfil del Contratante la fecha de realización de cada una de las visitas, y deberán incluir en este sobre los certificados que, tras haberlas realizado, se les expida por la Dirección Técnica de Infraestructuras e Instalaciones, de la Secretaría General del Congreso de los Diputados.
Igualmente, una vez publicadas las fechas, se deberá confirmar con carácter previo la asistencia, a los efectos de la organización de las mismas y control de accesos a los edificios, a través del correo xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx indicando:
- Fecha de la visita
- Nombre de la empresa
- Nombre y apellidos de las personas que asistirán
- Documento nacional de identidad de las personas que asistirán
Sin esta confirmación de asistencia no se permitirá el acceso a los edificios y por tanto no se realizará la visita.
Al tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, el licitador podrá acreditar que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración mediante la aportación del Documento europeo único de contratación (DEUC).
Puede accederse al DEUC en formato electrónico en la siguiente dirección: Xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx.
El formulario disponible en castellano podrá, en ese sitio, cumplimentarse e imprimirse para
su envío al órgano de contratación junto con la oferta.
Cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector público no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos, debiendo aportar declaración responsable de la vigencia del certificado de inscripción.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 146.4 del TRLCSP, el órgano de contratación en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá solicitar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los candidatos remitan la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Esta documentación deberá presentarse en un plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en el que el licitador hubiera recibido el requerimiento.
Los operadores económicos podrán ser excluidos del procedimiento de contratación y en su caso exigírseles responsabilidad con arreglo a la legislación nacional, en caso de que incurran en declaraciones falsas de carácter grave; o, en general, si al facilitar la información exigida para verificar que no existen motivos de exclusión o que se cumplen los criterios de selección, ocultaran tal información o no pudieran presentar los documentos justificativos.
Los licitadores deberán tener en cuenta que, tal y como establece el art. 146.5 del TRLCSP, la fecha límite en la que deben estar en posesión de los requisitos que se exigen en el SOBRE 1, es la del fin del plazo de presentación de proposiciones, sin perjuicio de lo dispuesto respecto del compromiso de adscripción de medios.
B) SOBRE N.º 2 DE «DOCUMENTACIÓN TÉCNICA» que incluirá, preceptivamente, los siguientes documentos:
La documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación dependa de juicios de valor que impida su valoración mediante fórmulas matemáticas, conforme a los requisitos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas (PPT).
Para ello, el licitador incluirá una propuesta técnica en la que recoja de forma detallada los aspectos que se describen a continuación:
1. Aspectos generales de la explotación del servicio
- Plazo de transición: plazo en días de transición para garantizar el pleno funcionamiento del servicio (prescripción 7ª1 del PPT)
- Limpieza: listado de productos de limpieza a utilizar con indicación del nombre comercial y su composición (prescripción 5ª del PPT).
- Eficiencia energética: plan propuesto dirigido a fomentar el ahorro energético con indicación del potencial ahorro energético en porcentaje sobre los consumos de agua, electricidad y gas sobre el consumo en el momento de la adjudicación (prescripción 6ª del PPT).
- Plan de formación: prescripción 10ª.2 del PPT.
- Beneficios sociales y/o plan de incentivos: prescripción 10ª.1.2 del PPT.
- Sistema electrónico de gestión xx xxxxx y organización del trabajo: prescripción 3ª.1 del PPT.
- Plan de modernización de los sistemas de pago para los usuarios de cafeterías, autoservicios y restaurante: prescripción 3ª.1 del PPT.
2. Restauración colectiva a través de autoservicios: los licitadores presentarán la documentación que compone su oferta en cuanto a la calidad de productos, la composición de la oferta y la organización de este punto de servicio (autoservicios).
2.1. Oferta de restauración y calidad de los productos: los licitadores presentarán la documentación relativa a :
- Una propuesta de restauración para cada categoría de menú del día completo, dietético, menú vegetariano y menú especial.
CUADRO 1. MENÚS | |||
Tipo de menú | Nombre del plato | Composición nutricional de la oferta | Calorías totales |
Menú del día | 4 Primeros, 4 Segundos, Postres | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % azúcares % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Menú bajo en calorías | Primero, segundo, postre | % frutas y verduras % proteínas % Grasas saturadas % azúcares % hidratos de carbono % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE |
Menú vegetariano | Primero, segundo, postre | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % azúcares % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Menú especial | Primero, segundo, postre | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % azúcares % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE |
- Una propuesta mensual de restauración colectiva. Para la propuesta se elaborará el menú correspondiente al mes xx xxxxx
CUADRO 2. MENU MENSUAL CORRESPONDIENTE A MARZO (Completar todos los días del mes) | |||
DIA DE LA SEMANA | Composición nutricional | Xxxxxxxx | Xxxxxxxx totales |
Primeros platos | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | ||
Segundos platos | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | ||
Postres | % proteínas % hidratos de carbono % azúcares |
% Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE |
- Una propuesta para la oferta del buffet de ensaladas
CUADRO 3. BUFFET DE ENSALADAS | |
Bases (mínimo 4 ingredientes) | Ingredientes adicionales (mínimo 10) |
Base 1 Base 2 Base 3…etc. | Ingrediente 1 Ingrediente 2 Ingrediente 3…. |
- La oferta de gramajes realizada para verduras, hortalizas, carnes, pescados y pan.
CUADRO 4. GRAMAJES | ||
Producto | Gramaje | Porcentaje de incremento sobre el mínimo exigido en la prescripción 8ª |
Nombre | gramos ofertados | % |
- Un listado de la oferta de productos.
CUADRO 5. LISTADO DE PRODUCTOS | ||||||
Producto | Categoría | Familia | Clasificación | Tratamiento | Forma de presentación | Peso |
Nombre | Extra, | Legumbre | Orgánico | Fresco | Filetes, entero, | Peso neto |
Primera A, | Verduras | Sin gluten | Congelado | envasado en cristal, | envasados | |
Primera B, | Hortalizas, | Sin lactosa | Ultra congelados | envasado en lata, | Calibres | |
Segunda y | Carne | Descongelado | pandereta, al vacío, | Gramajes | ||
Tercera | vacuno, | Deshidratado | por piezas, verduras | |||
Pescado | Precocinado | de cuarta gama | ||||
Pastas…etc. | Envasado en | etc… | ||||
atmosfera | ||||||
protectora, | ||||||
Seco...etc. |
Todas las propuestas de este apartado, se realizarán en los términos y con los requisitos establecidos en las prescripciones 8ª (calidad de los productos) y 9ª (propuestas de restauración) del PPT.
2.2 Organización del servicio: los licitadores presentarán en documentos separados:
- Un plan de organización para cada uno de los autoservicios en días de actividad parlamentaria (Pleno y Comisiones).
- Un plan de organización para cada uno de los autoservicios en días de no actividad parlamentaria.
Para la presentación de los planes será obligatoria la realización de las visitas a las que se refiere la cláusula 10ª A) 16 de este pliego.
3. Servicio de cafeterías: los licitadores presentarán los documentos necesarios para valorar los siguientes aspectos:
3.1. Calidad y variedad de la oferta: los licitadores presentarán
- Una propuesta semanal de 5 platos combinados más uno bajo en calorías.
CUADRO 6. PLATOS COMBINADOS | |||
Plato combinado 1 | Composición | Composición nutricional | Calorías totales |
Plato combinado 2 | Composición | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Plato combinado 3 | Composición | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Plato combinado 4 | Composición | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas |
% Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |||
Plato combinado 5 | Composición | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Plato combinado bajo en calorías | Composición | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE |
- Una propuesta de desayuno/merienda por cada categoría.
CUADRO 7. DESAYUNOS/MERIENDAS | |
Desayuno continental | Composición |
Desayuno especial | Composición |
Desayuno superior | Composición |
Desayuno bajo en calorías | Composición |
- Una propuesta de carta de cafetería, según las categorías que aparecen en el listado de precios del Anexo B del PPT, acompañado de la rotación propuesta para cada grupo.
CUADRO 8. PRODUCTOS DE CAFETERÍA | ||
Categoría | Propuesta | Rotación |
Cafés, infusiones, zumos | ||
Bollería, repostería, churros, bizcochos caseros y similar |
Preparados lácteos y frutas | ||
Aguas, refrescos, cervezas y vinos | ||
Bocadillos, pulgas y sándwiches | ||
Montados, pinchos, canapés y tostas | ||
Extras | ||
Raciones frías | ||
Raciones de cocina | ||
Postres |
- Una propuesta de servicios de atención parlamentaria.
CUADRO.9 SERVICIOS DE ATENCIÓN PARLAMENTARIA | |||
Oferta | Descripción | Composición nutricional | Calorías totales |
Desayuno de trabajo | Descripción | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Desayuno de trabajo especial | Descripción | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Almuerzo de trabajo | Descripción | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE |
Almuerzo de trabajo especial | Descripción | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Pausa café | Descripción | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Cena de trabajo | Descripción | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE | |
Cena de trabajo especial | Descripción | % frutas y verduras % proteínas % hidratos de carbono % Grasas saturadas % Grasas no saturadas Gramos sal % AOVE |
Todas las propuestas de este apartado, se realizarán en los términos y con los requisitos establecidos en las prescripciones 8ª (calidad de los productos) y 9ª (propuestas de restauración) del PPT.
3.2 Organización del servicio: los licitadores presentarán
- Un plan de organización para cada una de las cafeterías en días de actividad parlamentaria (Pleno y Comisiones).
- Un plan de organización para cada una de las cafeterías en días de no actividad parlamentaria.
Para la presentación de los planes será obligatoria la realización de las visitas a las que se refiere la cláusula 10ª A) 16 de este pliego y serán realizadas conforme a lo establecido en la prescripción 10ª1.1. del PPT.
4. Restaurante: los licitadores presentarán la documentación necesaria para valorar la calidad de la oferta de restauración y la organización de este punto de servicio.
4.1. Calidad y variedad de la oferta: los licitadores presentarán
- Una carta de cada estación del año (primavera, verano, otoño e invierno) especificando los platos ofertados y la rotación propuesta para cada bloque
CUADROS 10,11,12,13 | ||
Título de la carta: Xxxxx xx Xxxxxxxxx, Verano, Otoño o invierno | ||
Entradas | Oferta realizada | Rotación propuesta |
Primeros platos | Oferta realizada | Rotación propuesta |
Segundos platos | Oferta realizada | Rotación propuesta |
Postres | Oferta realizada | Rotación propuesta |
- Una carta de vinos, especificando el nombre comercial, clasificación y tiempo en botella
CUADRO 14. Vinos | |||
Nombre comercial | Clasificación | Tiempo en botella | % Volumen alcohol |
Todas las propuestas de este apartado, se realizarán en los términos y con los requisitos establecidos en las prescripciones 8ª (calidad de los productos) y 9ª 1 (propuestas de restauración) del PPT.
5.2 Organización del servicio: los licitadores presentarán el ratio camarero/comensal para este tipo de servicio, debiéndose respetar la ratio establecida en la prescripción 10ª.1.1
CUADRO 15. Organización del servicio de restaurante |
Ratio camareros/ número de comensales |
6. Máquinas expendedoras (vending): los licitadores presentarán la documentación necesaria para valorar los siguientes aspectos
6.1. Calidad y variedad de la oferta: los licitadores presentarán un listado de productos ofertados para cada categoría, indicando marca y/o proveedor y clasificación y rotación.
CUADRO 16. Oferta de vending producto sólido y bebidas | ||||
Nombre comercial | Marca o Proveedor | Categoría y clase | Clasificación | Rotación propuesta |
Producto 1 | Marca / Proveedor | Bebida fría Bebida caliente Alimento sólido – tipo | General Sin gluten Sin lactosa Orgánico Ecológico Otros | Diaria Semanal Mensual Otra |
6.2 Puntos de servicio ofertados: los licitadores indicarán el número de máquinas ofertadas por cada tipo.
CUADRO 17. Máquinas de vending ofertadas. | |
Bebidas frías | Cantidad ofertada |
Bebidas calientes | Cantidad ofertada |
Servicio de productos sólidos | Cantidad ofertada |
Para la confección de este apartado, se estará a lo dispuesto en las prescripciones 2ª.2 y 3ª.2 del PPT.
Toda la documentación incluida en el SOBRE 2 tendrá valor contractual y serán de obligado cumplimiento en caso de que el contrato sea adjudicado al licitador. Este sobre no podrá contener proposición económica alguna.
CUADRO RESUMEN
DOCUMENTOS RELATIVOS A LA OFERTA TÉCNICA A INCLUIR EN EL SOBRE 2
Aspectos generales de la explotación | Plazo de transición Limpieza Eficiencia energética Plan de formación Beneficios sociales y/o incentivos Sistema electrónico de gestión xx xxxxx y organización del trabajo Modernización de sistemas de pago para cafeterías, autoservicios y restaurante | Tiempo ofertado para la puesta en marcha del servicio. Listado de productos Plan de ahorro energético Plan de formación Plan de beneficios sociales y/o incentivos Modelo electrónico propuesto Modelo de pago propuesto |
Autoservicios | Oferta de restauración y calidad de los productos Organización del servicio | 1 Propuesta menú del día por cada categoría 1 propuesta mensual de restauración colectiva 1 Propuestas de buffet de ensaladas Oferta de gramajes Oferta de productos 1 Plan días con actividad parlamentaria 1 Plan días con actividad administrativa |
Cafeterías | Calidad y variedad de la oferta Organización del servicio | 1 propuesta semanal de platos combinados 1 propuesta de desayuno/merienda por cada categoría 1 propuesta de carta de bar – cafetería acompañado por la rotación de cada grupo ofertado 1 propuesta de servicios de atención parlamentaria 1 Plan días con actividad parlamentaria 1 Plan días con actividad administrativa |
Restaurante | Calidad y variedad de la oferta Organización del servicio | 1 propuesta de carta por cada estación del año 1 propuesta de carta de vinos Propuesta de ratio camarero/comensal |
Vending | Calidad y variedad de la oferta Puntos de servicio | 1 listado de productos ofertados Máquinas ofertadas de cada tipo |
C) SOBRE Nº 3 DE «DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS DE VALORACIÓN EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS»
1. Dentro de este sobre se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo del ANEXO XIII del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Las ofertas estarán firmadas por el licitador o por la persona o personas que lo representase.
2. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En esta documentación se indicará:
- Aspectos generales de la explotación: El descuento ofertado sobre el importe del canon por la explotación del servicio. Anexo XIII. Punto 1
- Restauración colectiva (Autoservicios): El porcentaje de descuento (%) ofertado sobre el precio máximo para el conjunto de estos productos que figuran en la lista del ANEXO B del PPT. Anexo XIII. Punto 2
- Cafeterías: El porcentaje de descuento (%) ofertado sobre el precio máximo para el conjunto de estos productos que figuran en el ANEXO B del PPT, incluidos los servicios de atención parlamentaria así como aquellos que se incorporen a la carta según la rotación propuesta por el licitador. Anexo XIII. Punto 3
- Restaurante: El porcentaje de descuento (%) ofertado sobre el precio máximo para el conjunto de productos de esta categoría que figuran en el ANEXO B del PPT. Asimismo se deberán indicar los precios ofertados de la carta de vinos. Anexo XIII. Punto 4.
- Máquinas expendedoras (vending): El porcentaje de descuento (%) ofertado sobre el precio máximo para el conjunto de estos productos que figuran en el ANEXO B del PPT. Anexo XIII. Punto 5
Cláusula 11ª. Portal de transparencia.
1. Finalizado el plazo para la presentación de proposiciones, los nombres de los licitadores se harán públicos en el Perfil del Contratante del Congreso de los Diputados, siempre que presten su consentimiento para ello.
2. Dicho consentimiento es revocable cuando exista causa justificada para ello y no tiene efectos retroactivos, según el artículo 6.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Cláusula 12ª. Garantía provisional.
1. Para poder tomar parte en este procedimiento será preciso haber constituido previamente una garantía provisional por valor de 3 % del presupuesto máximo de licitación. En cuanto a la forma y requisitos de la garantía, se estará a lo previsto en los artículos 96 y 103 del TRLCSP. ANEXO VI. Modelo de Aval Garantía provisional.
2. Dicha garantía deberá constituirse a nombre del Congreso de los Diputados (CIF S- 2804002-J) y se presentará en días hábiles, de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.
3. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y se devolverá a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa cuya proposición haya sido seleccionada para la adjudicación, le será retenida la garantía provisional hasta que acredite, en el plazo señalado en el artículo 151.2 del TRLCSP, la constitución de la garantía definitiva. Se incautará la garantía provisional a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.
4. En todo caso, la garantía presentada por los licitadores responderá del mantenimiento de las proposiciones hasta la adjudicación del contrato. Por su parte, la garantía provisional presentada por el licitador que resulte adjudicatario del contrato, responderá también del cumplimiento de las obligaciones que le impone el artículo
151.2 del TRLCSP.
Cláusula 13ª. Examen de las proposiciones.
1. La Mesa del Congreso, órgano de contratación estará asistido para la resolución del procedimiento por la Junta de Contratación de Obras, Servicios y Suministros del Congreso de los Diputados, constituida en Mesa de Contratación.
2. La Mesa de Contratación, después de finalizar el plazo de presentación de ofertas, procederá a abrir y examinar los sobres «1» para calificar los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores.
3. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediendo un plazo máximo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la Mesa de Contratación.
4. Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, se procederá a abrir en acto público los sobres «2» de los licitadores admitidos.
5. Al comienzo de este acto, el Presidente de la Mesa manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y de las causas de inadmisión de estas últimas.
6. La Mesa de Contratación, con anterioridad al acto al que se refiere el siguiente párrafo de esta cláusula, procederá al examen y puntuación de las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobres «2»), cuantificando los distintos apartados y deduciendo la puntuación final obtenida por cada una de las propuestas, de conformidad con los criterios de valoración recogidos en la cláusula 14. ª, dejando constancia documental de todo ello. Asimismo, podrá solicitar, antes de la valoración, los informes técnicos que considere necesarios y que tengan relación con el objeto del contrato.
7. Los sobres nº 3 serán abiertos en acto público que comenzará dando a conocer la puntuación asignada a las propuestas valorables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobres nº 2). Asimismo, se informará de las ofertas que hubieran sido excluidas de la licitación, no procediéndose a la apertura de sus sobres “3”.
8. La Mesa de Contratación procederá a la valoración de los criterios que hacen referencia a las características del objeto del contrato que se valoran mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de fórmulas (sobres «3») y sumará su resultado al obtenido del examen de las propuestas citadas en el párrafo anterior.
9. Sobre la base de la valoración resultante, la Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente y las elevará a la Mesa del Congreso con la correspondiente propuesta.
10. En cualquier momento, durante el examen tanto de las propuestas técnicas como de las económicas, la Mesa de Contratación podrá requerir a los licitadores para que realicen las aclaraciones necesarias o las adecuaciones oportunas para la comprensión de algún aspecto de las ofertas, así como solicitar los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación con el objeto del contrato.
11. Las fechas para la celebración de los actos públicos de apertura de los sobres «2» y
«3» se anunciarán con antelación suficiente en la página web del Congreso de los Diputados.
Cláusula 14ª. Criterios de adjudicación.
1. Para la adjudicación del contrato, la Administración valorará las referencias técnicas y económicas, teniendo la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, o declarar desierto el procedimiento, siempre que, como se establece en la cláusula 16.ª y de conformidad con el artículo 151.3 del TRLCSP, no exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente pliego.
2. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato y su ponderación, son los siguientes:
CRITERIO | IMPORTANCIA DEL CRITERIO | OFERTA ECONÓMICA | OFERTA TÉCNICA | PUNTUACIÓN TOTAL |
ASPECTOS GENERALES DE LA EXPLOTACIÓN | 30,00% | 15,00 | 15,00 | 30,00 |
AUTOSERVICIOS | 30,00 % | 15,00 | 15,00 | 30,00 |
CAFETERÍAS | 25,00% | 12,50 | 12,50 | 25,00 |
RESTAURANTE | 10,00% | 5,00 | 5,00 | 10,00 |
VENDING | 5,00% | 2,50 | 2,50 | 5,00 |
TOTAL | 100% | 50 | 50 | 100 |
De acuerdo con esta distribución, la valoración será la siguiente:
● OFERTA TÉCNICA: 50 PUNTOS. Distribuidos de la siguiente manera y con los siguientes métodos de asignación de puntos
ASPECTOS GENERALES DE LA EXPLOTACIÓN (15 PUNTOS) | ||
Criterios | Puntuación | Método de asignación de puntos |
Plan de transición | Hasta 2 | Se valorará el plan propuesto por las empresas para la transición entre el anterior el adjudicatario y el resultante, valorándose de forma lineal el menor plazo presentado para garantizar el pleno funcionamiento del servicio. |
Limpieza | Hasta 2 | Se valorará con mayor puntuación aquellas ofertas que ofrezcan el mayor número de productos biodegradables y/o ecológicos. |
Eficiencia energética | Hasta 1 | Se valorarán de forma proporcional aquellos planes que mejor fomenten el ahorro energético. |
Plan de formación | Hasta 2 | Se valorará el nivel de formación propuesto y el número de horas ofertadas por cada materia: Cada materia extra = 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto. ● Cada jornada extra = 0,2 hasta un máximo de 1 punto. |
Beneficios sociales y/o plan de incentivos | Hasta 1 | Se valorarán con más puntuación las propuestas que mejor vayan dirigidas a incrementar la productividad y el rendimiento de los empleados, tanto a nivel económico como no económico y en la medida que supongan una mejora en la prestación del servicio. |
Sistema electrónico de gestión xx xxxxx y organización del trabajo | Hasta 4 | Se valorarán los beneficios expuestos en cuanto a tiempos de espera de los clientes y eficiencia en la gestión de los pedidos. |
Modernización de los sistemas de pago | Hasta 3 | Se valorarán los beneficios expuestos en cuanto a la agilidad en cobro de los pagos efectuados directamente por los clientes, en la solución ofertada |
RESTAURACIÓN COLECTIVA (AUTOSERVICIOS) (15 PUNTOS) | ||
Criterios | Puntuación | Método de asignación de puntos |
Composición de los menús | Hasta 3 | Se valorará la oferta de restauración según los siguientes aspectos: ● Mayor número de opciones a elegir en el menú diario hasta 1,5 puntos ● Mayor número de variedades de pan hasta 1,5 punto |
Oferta mensual | Hasta 3 | Se valorará el equilibrio global del menú y las calorías día, en el mes de referencia (marzo), basada en menús entre 1500 y 2000 calorías/día, tomando como referencia los indicadores de la OMS. ● Al menos 400 gramos de frutas y verduras en la oferta diaria sin incluir féculas, patatas, batatas. ● Proteínas entre un 10% y 15% diarios ● Máximo de 10% de azúcares libres ● Máximo de 30% de grasas naturales (saturadas y no saturadas). No se considera dieta equilibrada la que contiene grasas industriales tipo “trans” ● Máximo 10 gramos de sal diarios |
Oferta buffet de ensaladas | Hasta 2 | Se valorará la variedad de los productos ofertados : ● Mayor número de bases para ensalada hasta 1 punto ● Mayor número de variedades para composición hasta 1 punto |
Gramajes | Hasta 2 | Se valorarán gradualmente los gramos ofertados por cada producto : ● Incremento hasta un 25% en el gramaje de verduras y hortalizas, carnes y pescados hasta 1 punto ● Incremento hasta un 30% en el gramaje de la oferta de pan hasta 1 punto |
Calidad global de los productos | Hasta 2 | Se valorará calidad de la oferta atendiendo a los elementos incluidos en la oferta, respecto al tratamiento, categoría y clasificación de los mismos de manera gradual: Porcentaje de oferta de productos , de 1 categoría o similar dentro de cada familia hasta 1 punto Incremento en la oferta de productos ecológicos y orgánicos o sin gluten o sin lactosa hasta 1 puntos |
Organización del servicio | Hasta 3 | Se valorará la adecuación del dimensionamiento de los efectivos asignados a cada circunstancia, en función del personal asignado: ● Días con actividad parlamentaria – hasta 1,5 puntos ● Días con actividad administrativa – hasta 1,5 puntos |
CAFETERÍAS (12,50 PUNTOS) | |||||||
Criterios | Puntuación | Método de asignación de puntos | |||||
Platos combinados | Hasta 2,5 | Se valorará la composición nutricional y la rotación propuesta | |||||
Desayunos y/o meriendas | Hasta 2 | Se valorará la desayuno/merienda | variedad | para | cada | categoría | de |
Bocadillos y montados | Hasta 2 | Se valorará la variedad de la oferta realizada en relación al número de artículos ofertados | |||||
Artículos de cafetería | bar - | Hasta 1 | Se valora la variedad de la oferta realizada en relación al número de artículos ofertados | ||||
Servicios de parlamentaria | atención | Hasta 2 | Se valorará la composición nutricional y calorías de la oferta realizada | ||||
Organización servicio | del | Hasta 3 | Se valorará la adecuación del dimensionamiento de los efectivos asignados a cada circunstancia, asignando en función del personal asignado: ● Días con actividad parlamentaria – hasta 1,5 puntos ● Días con actividad administrativa – hasta 1,5 puntos |
RESTAURANTE (5 PUNTOS) | ||
Criterios | Puntuación | Método de asignación de puntos |
Carta de temporada | Hasta 3 | Se valorará la oferta realizada en relación al número de platos ofertados en cada categoría |
Carta de vinos | Hasta 1 | Se valorará la oferta realizada en relación a la categoría de vinos |
Organización del servicio | Hasta 1 | Se valora el ratio camarero/comensal propuesto |
MAQUINAS EXPENDEDORAS - VENDING (2,5 PUNTOS) | ||
Criterios | Puntuación | Método de asignación de puntos |
Productos ofertados | Hasta 1,5 | Se valorará la oferta realizada en relación al número de productos ofertados en cada categoría |
Distribución de los puntos de venta | Hasta 1 | Se valorará el número y la variedad de máquinas ofertadas |
● OFERTA ECONÓMICA: 50 PUNTOS. Distribuidos de la siguiente manera y con el siguiente método y fórmulas de valoración matemática:
ASPECTOS GENERALES DE LA EXPLOTACIÓN | De 0 a 15 puntos |
Puntuación oferta que ser valora = 15 X − − á Se valora la oferta económicamente más ventajosa | |
AUTOSERVICIOS | De 0 a 15 puntos |
Puntuación oferta que ser valora = 15 X % % á % de descuento sobre el conjunto de productos tomando como base el precio máximo de licitación | |
CAFETERÍAS | De 0 a 12.50 puntos |
Puntuación oferta que ser valora = 12.50 X % % á % de descuento sobre el conjunto de productos tomando como base el precio máximo de licitación | |
RESTAURANTE | De 0 a 5 puntos |
Puntuación oferta que ser valora = 5 X % % á % de descuento sobre el conjunto de productos tomando como base el precio máximo de licitación | |
VENDING | De 0 a 2,5 puntos |
Puntuación oferta que ser valora = 2,5 X % % á % de descuento sobre el conjunto de productos tomando como base el precio máximo de licitación |
3. El órgano de contratación podrá apreciar el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas que se presenten de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 152 del TRLCSP y aplicando los criterios contenidos en los artículos 85 y 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En cualquier caso, identificada una proposición que pudiera considerarse desproporcionada o anormal de acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado, para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma. Asimismo, se solicitarán los informes técnicos que se consideren oportunos.
El órgano de contratación, a la vista de todo lo anterior y haciendo la valoración de conjunto de la viabilidad de las ofertas técnica y económica, podrá, de forma motivada, apreciar el carácter desproporcionado o anormal de una o varias proposiciones, que quedarán, en consecuencia, excluidas de la clasificación.
4. La Mesa de Contratación, antes de efectuar la propuesta de la oferta más ventajosa, recabará previamente de la unidad administrativa competente cuantos asesoramientos o informes considere oportunos para la mejor valoración de las ofertas.
5. En caso de igualdad en las proposiciones, una vez estudiadas de acuerdo a los criterios que sirven de base para la adjudicación, se dará preferencia en la adjudicación a aquellas empresas que acrediten las circunstancias que figuran en la cláusula 8ª apartado 11, y si estas circunstancias se acreditan por varias empresas, tendrán preferencia el licitador que tenga mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, todo ello de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 de la disposición adicional cuarta del TRLCSP.
Cláusula 15ª. Renuncia y desistimiento.
1. Antes de la adjudicación, la Mesa del Congreso de los Diputados, por razones de interés público debidamente justificadas, podrá renunciar a celebrar el contrato. También podrá desistir de la adjudicación cuando aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
2. En estos supuestos, la Mesa del Congreso de los Diputados en la notificación a los licitadores indicará la compensación que proceda abonar por los gastos en que hubiera incurrido en la licitación de acuerdo con los principios generales que rigen la
responsabilidad de la Administración.
Cláusula 16ª. Adjudicación y seguro.
1. La Mesa de Contratación elevará las proposiciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, con la correspondiente propuesta, a la Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos, quien determinará la oferta más ventajosa. A continuación se requerirá al licitador que la hubiere presentado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de haber constituido la garantía definitiva prevista en la cláusula 17.ª, así como de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al apartado 2 del artículo 64 del TRLCSP.
2. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3. La Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
4. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
5. La adjudicación se notificará a los licitadores de acuerdo con lo dispuesto en el punto 4 del artículo 151 del TRLCSP y se publicará en el perfil del contratante.
6. Las empresas no adjudicatarias podrán retirar su documentación transcurrido el plazo de cuatro meses desde que se les notifique la adjudicación. Si pasado el plazo de un año desde la finalización del plazo anterior no se hubiera retirado esa documentación, el Congreso de los Diputados no estará obligado a seguirla custodiando.
7. La adjudicataria deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente, que cubra los daños que se puedan provocar en la prestación del servicio, incluida la intoxicación alimentaria, con cobertura mínima de
600.000 euros por siniestro. La póliza en la que se formalice el seguro, así como el recibo de estar al corriente del pago de la prima del mismo, deberán presentarse al Congreso de los Diputados con carácter previo a la formalización del correspondiente contrato, siendo su presentación requisito para la iniciación de la ejecución del mismo. Alternativamente a la póliza, se podrá aportar una certificación original de la compañía aseguradora en la que se haga constar que la empresa adjudicataria tiene contratado un seguro que cumple con los requisitos de la presente cláusula, sin perjuicio de la facultad del Congreso de los Diputados de requerir la presentación de la Póliza si así lo estima necesario. En cada vencimiento del seguro, se presentará recibo de pago la
nueva anualidad.
8. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el Órgano de Contratación, se realizará de acuerdo con lo siguiente: Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en los apartados b), e) y f) del punto 1 del artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, o del texto que lo sustituya, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
- Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
En caso de haberse resuelto un empate entre dos licitadores por tener uno de ellos en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, los licitadores deberán acreditar esta circunstancia mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.
Cláusula 17ª. Garantía definitiva.
1. Recibido el requerimiento al que se refiere la Cláusula 16. ª, el licitador que haya presentado la oferta más ventajosa deberá constituir una garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. ANEXO VI Modelo de aval Garantía Definitiva y ANEXO VII Certificado de seguro de Caución.
2. Esta garantía definitiva se constituirá a favor del Congreso de los Diputados y se presentará para su depósito de lunes a viernes, de 10 a 13 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados. La constitución de la garantía se ajustará a alguno de los modelos que se indican en el Anexo XIII al presente pliego.
3. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP. La constitución, reposición, reajuste, devolución y cancelación de la garantía se regirán por lo previsto en los artículos 99 y 102 del TRLCSP.
4. La garantía definitiva constituida inicialmente se podrá aplicar, sin requerir ningún reajuste, a las posibles ampliaciones del plazo justificadas por la empresa, por causas no imputables a la misma, comunicadas al Congreso de los Diputados por escrito y autorizadas por el órgano de contratación de acuerdo con el apartado 2 del artículo 213 del TRLCSP.
Cláusula 18ª. Formalización del contrato.
1. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo de quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo señalado, el Congreso de los Diputados podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional pudiéndose adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
3. Asimismo, antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá reembolsar en la Dirección de Infraestructuras del Congreso de los Diputados el importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento de adjudicación.
4. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la formalización del contrato, todos los impuestos, tasas o gravámenes y cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstos señalen.
CAPÍTULO SEGUNDO.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Cláusula 19ª. Lugar de ejecución.
La ejecución de los servicios objeto del contrato se realizará en los puntos de servicio situados en las instalaciones ubicadas en el Congreso de los Diputados en Madrid así como en la vivienda institucional.
Cláusula 20ª. Prestación del servicio y continuidad de la prestación.
1. El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instrucciones que, para su interpretación, hubiera dado el Congreso de los Diputados al contratista, a través del responsable del contrato al que se refiere la cláusula 7.ª
2. Las relaciones con la empresa adjudicataria se llevarán a cabo a través de un representante nombrado por la misma con plena disponibilidad horaria, que será el único interlocutor para la ejecución del contrato.
3. El adjudicatario vendrá obligado a seguir prestando el servicio y mantener las condiciones del contrato cuando éste se hubiese denunciado por cualquier causa o hubiese expirado naturalmente por el transcurso del plazo de duración, hasta que vaya a iniciarse la prestación de los servicios por la empresa que resultase nueva adjudicataria.
4. En el caso de que sea necesario el plan de transición, la empresa adjudicataria se hará cargo de los costes de gestión necesarios para la puesta en marcha del servicio en el plazo que haya ofertado. La empresa que resulte adjudicataria asume las obligaciones que fija el pliego de prescripciones técnicas cuando tenga que facilitar la transición del servicio a un nuevo contratista.
Cláusula 21ª. Dirección y supervisión del contrato.
El Congreso de los Diputados tendrá la facultad de supervisar la ejecución del contrato y el adjudicatario deberá facilitar el ejercicio de dicha facultad de supervisión. Asimismo podrá dar por escrito al contratista las instrucciones que considere oportunas con el fin de llevar a buen término la citada ejecución, todo ello de conformidad con lo que dispone el TRLCSP.
La dirección de los servicios corresponde al gestor del contrato por el Congreso de los Diputados.
Son funciones del gestor del contrato:
1) Hacer los requerimientos al adjudicatario en el supuesto de que los servicios, calidad de los productos o cantidad no se ajusten a lo establecido en estos pliegos y la oferta presentada, debiendo el adjudicatario realizar las correcciones necesarias para la adecuada prestación del servicio. En caso contrario, se podrá penalizar en los términos previstos por el TRLCSP.
2) Resolver las dudas que durante la ejecución del contrato pueda plantear la aplicación xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.
3) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la prestación de los servicios en cada una de las fases.
4) Das las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato.
5) Proponer las modificaciones que convenga introducir para el buen desarrollo de los servicios
6) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo de los servicios.
7) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los servicios y su supervisión, a la que estará obligada a asistir el representante de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos o especialistas de la misma que tengan intervención en la ejecución del servicio, todo ello en los términos recogidos en el pliego de prescripciones técnicas.
En el caso de que los trabajos efectuados no se adecúen a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la misma. A efectos de determinar los supuestos de ejecución defectuosa, demora e indemnización por daños y perjuicios, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 212 a 214 del TRLCSP.
El Congreso de los Diputados podrá acordar la adopción de cualesquiera otras medidas de control de la calidad del servicio y del cumplimiento del mismo incluyendo las referidas al análisis del informe de actividad semestral y la cuenta de explotación.
Cláusula 22ª. Xxxxxx y xxxxxxx.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, según lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP. No tendrá derecho a indemnizaciones por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados durante el desarrollo del servicio.
Cláusula 23ª. Cesión del contrato.
Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato no podrán ser cedidos ni totales, ni parcialmente por el adjudicatario a un tercero, salvo en casos excepcionales debidamente justificados y previamente autorizados por la Mesa de la Cámara, siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
Cláusula 24ª. Subcontratación.
1. El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, siempre y cuando se respeten los requisitos establecidos para la subcontratación en el artículo 227 del TRLCSP, y previa autorización del órgano de contratación. En concreto, estas subcontrataciones solo podrán tener lugar cuando, por motivo de los compromisos institucionales y protocolarios de la Cámara, sea necesaria la contratación de las actividades previstas para este tipo de servicio en la prescripción 1.ª xxx xxxxxx de prescripciones técnicas en un volumen superior al inicialmente previsto. Igualmente, la prestación del servicio de máquinas expendedoras (vending), podrá realizarse mediante subcontratación.
2. Los licitadores deberán, en todo caso, indicar en la oferta técnica la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su porcentaje y el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas, presentando el correspondiente documento que se ajustará al modelo que figura en el ANEXO XI. Modelo para subcontratación, de este pliego.
3. En todo caso, los subcontratistas quedarán obligados sólo frente al adjudicatario, quien asumirá, por tanto, la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente al Congreso de los Diputados. El Congreso de los Diputados será del todo ajeno a las relaciones que pudieran existir entre el adjudicatario y sus subcontratistas, quienes, en ningún caso, podrán formular frente a aquél reclamación alguna derivada del subcontrato.
Cláusula 25ª. Ejecución defectuosa y resolución del contrato. Responsabilidad por daños y perjuicios.
1. El contratista está obligado a cumplir el contrato en los términos reflejados en este pliego, en de prescripciones técnicas y en su oferta.
2. El órgano de contratación determinará si el servicio realizado por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su ejecución.
3. El incumplimiento de las condiciones del servicio establecidas en los anteriores documentos citados dará lugar a la consideración de ejecución defectuosa del contrato y, en consecuencia, a la aplicación de las penalidades contenidas en el TRLCSP y normativa de desarrollo.
4. Serán causas de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP.
5. Asimismo, podrán ser causa de resolución:
⁻ El incumplimiento por el adjudicatario de los deberes de confidencialidad y seguridad respecto de los documentos que se le confíen y de los datos que le facilite el Congreso de los Diputados.
⁻ La ejecución defectuosa del objeto del contrato.
⁻ El incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios técnicos, materiales y humanos contemplados en su oferta.
⁻ El incumplimiento grave o reiterado del nivel de calidad exigible en la prestación del servicio, conforme a la oferta técnica presentada por la empresa, tanto en lo que se refiere a la calidad de los productos y de su confección, como a la atención al usuario.
⁻ El incumplimiento del Plan de incentivos y/o beneficios sociales.
⁻ Graves deficiencias en limpieza.
⁻ La falta de conservación adecuada de los elementos cedidos para la ejecución del contrato.
⁻ La no adaptación a la modificación de los horarios y ajuste del servicio que en su caso puedan establecerse por la Cámara.
⁻ La violación reiterada de las medidas de seguridad establecidas por la Cámara.
⁻ La violación de las medidas higiénico- sanitarias, de riesgos laborales y de seguridad alimentaria que resulten de aplicación para la prestación de estos servicios.
⁻ La variación, sin consentimiento previo, de las empresas subcontratistas o la subcontratación de prestaciones distintas a las permitidas en la cláusula 24ª de este pliego.
⁻ La puesta en peligro de la salud de los usuarios del servicio.
6. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.
7. En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar al Congreso de los Diputados de los daños y perjuicios ocasionados, haciendo efectiva la indemnización en primer término sobre la garantía que se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
8. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 224 del TRLCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 309 del TRLCSP.
Cláusula 26ª. Modificación del contrato.
1. Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones por razones de interés público, derivadas de las exigencias de la actividad institucional de la Cámara de conformidad con lo establecido en el artículo 106 del TRLCSP, hasta un máximo del 20% del precio del contrato.
2. En concreto, estas modificaciones podrán tener lugar cuando, por motivo de los compromisos institucionales y protocolarios de la Cámara, sea necesaria la contratación de las actividades previstas en la prescripción 1.ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas en un volumen superior al inicialmente previsto o cuando crezca considerablemente la demanda de los servicios correspondientes a la restauración colectiva y/o cafetería, obligando al contratista a realizar un aumento considerable de los recursos para la explotación general del contrato. En tal caso, el contratista está obligado a justificar por escrito tal circunstancia. Una vez acordadas las modificaciones por el órgano de contratación serán obligatorias para el adjudicatario y deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.
3. En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en el Título V del Libro I y los artículos 211, 219 y 306 del TRLCSP.
CAPÍTULO TERCERO.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cláusula 27ª. Pago del precio.
El pago del precio se realizará en los siguientes términos: PUESTA EN MARCHA Y MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS
El pago fijo de la dotación presupuestaria para la puesta en marcha y mantenimiento de los servicios de cafetería y restauración, al que hace referencia la cláusula 5ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas, se realizará a mes vencido, previa acreditación de la realización de los servicios de acuerdo con lo establecido en la normativa de régimen económico del Congreso de los Diputados.
CAFETERÍA, AUTOSERVICIO Y RESTAURACIÓN
Los servicios prestados por el adjudicatario serán directamente cobrados a los usuarios de acuerdo con los precios resultantes de la oferta adjudicataria con el límite establecido en el Anexo B del PPT. El Congreso de los Diputados no asume responsabilidad alguna en caso de impago por parte de algún usuario.
Del coste total del menú diario (en cualquier modalidad, servido o para llevar) de cafetería y autoservicio, como contribución al coste de explotación al servicio de comedor colectivo, se abonará a la empresa adjudicataria hasta un máximo de 50% del precio que se establezca por persona titular de la tarjeta comedor. Dicha cantidad será deducida, en el momento del pago, previa presentación de la citada tarjeta.
Se faculta a la empresa adjudicataria a que incremente el precio del menú diario (en cualquiera de sus modalidades) así como los platos combinados, servicios de cafetería y autoservicio, en un 10% sobre el precio de la adjudicación al tercer acompañante y siguientes del personal que presta servicios en la Cámara, los funcionarios y parlamentarios.
Los servicios de atención parlamentaria serán facturados a mes vencido, previa presentación de factura y recepción favorable, de acuerdo con los precios y condiciones de la adjudicación y tendrán un incremento del 10% sobre el precio de la adjudicación si se solicitan a título individual y de un 15% si conlleva atención con servicio xx xxxxxxxx.
MÁQUINAS DE VENDING
Los servicios prestados por el adjudicatario serán directamente cobrados a los usuarios de acuerdo con los precios ofertados. El Congreso de los Diputados no asume responsabilidad alguna en caso de impago por parte de algún usuario.
Cláusula 28ª. Revisión de precios.
Durante la duración del presente contrato, no procede la revisión del importe de la canon por la explotación del servicio, ni de los precios unitarios de los productos, incluidas, en su caso, las eventuales prórrogas, conforme a lo establecido en el artículo 89 del TRLCSP, en su redacción dada por la Ley 2/2015, de 30 xx xxxxx, de desindexación de la economía española.
Cláusula 29ª. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.
1. Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.
2. La adjudicataria deberá tener suscrito un seguro de responsabilidad civil empresarial u otra garantía equivalente, que cubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio, incluida la intoxicación alimentaria, no inferior a 600.000 €.
3. La empresa adjudicataria deberá cumplir las obligaciones de información y las obligaciones en materia de reclamaciones establecidas, respectivamente, en los artículos 22 y 23 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
4. La empresa adjudicataria responderá del deterioro del mobiliario o material ocasionado por su personal en la prestación del servicio que se contrata reparándolo a su cargo.
5. El contratista será responsable de la calidad de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Congreso o para las personas, los bienes o derechos de sus trabajadores o de terceros de las omisiones, métodos inadecuados o condiciones incorrectas en la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por el Congreso de los Diputados, éste será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de
aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP.
Cláusula 30ª. Obligaciones laborales y sociales del contratista.
1. El adjudicatario deberá contratar el personal preciso para atender las obligaciones derivadas del contrato.
2. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, tributaria, de seguridad social, de integración social de discapacitados y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
3. El adjudicatario deberá subrogarse respecto del personal que presta servicio en todas las obligaciones exigibles conforme a la legislación laboral y sectorial vigente (V Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para el Sector de Hostelería (ALEH V) 2015 -2019, y Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva. A los efectos de las subrogaciones que procedan, se hace constar que el servicio en estos momentos se está prestando por el personal que figura en el Anexo C del PPT.
4. No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Congreso de los Diputados, por cuanto queda expresamente sometido al poder de dirección y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, debiendo asumir los costes correspondientes por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Congreso de los Diputados sin perjuicio de las facultades de Control e Inspección que legal y contractualmente correspondan al mismo.
5. A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Congreso de los Diputados.
6. El Congreso de los Diputados se reserva el derecho a exigir la sustitución del personal por causas debidamente justificadas.
Cláusula 31ª. Deber de confidencialidad.
1. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que
tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá con carácter indefinido desde el conocimiento de esa información.
2. El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial. A estos efectos, los licitadores deberán incorporar en cada uno de los sobres una relación con la documentación a la que hayan dado ese carácter.
Cláusula 32ª. Protección de datos de carácter personal.
1. La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
2. El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.
Cláusula 33ª. Normas de seguridad del Congreso de los Diputados.
El adjudicatario y su personal quedarán sujetos al estricto cumplimiento de las normas de seguridad del Congreso de los Diputados.
CAPÍTULO CUARTO.- PRERROGATIVAS Y RECURSOS
Cláusula 34ª. Prerrogativas y recursos.
1. La Mesa del Congreso ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
2. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos, por razones de interés público, de conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP.
3. Los acuerdos de la Mesa son inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos podrá interponerse, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes; o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, en los términos previstos en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Al tratarse de un contrato sujeto a regulación armonizada, se podrá interponer potestativamente en vía administrativa recurso especial en materia de contratación frente a los actos contemplados en el artículo 40.2 del TRLCSP. Asimismo, cabrá la interposición de la cuestión de nulidad siempre que resulte conforme a lo establecido en el artículo 37 del TRLCSP, siendo el Tribunal de Recursos Contractuales de las Cortes Generales el órgano especial competente para resolver ambos recursos.
ANEXOS
ANEXO I - MODELO DE PRESENTACIÓN DE DATOS DEL LICITADOR
ANEXO II – MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN Y DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL (ARTÍCULO 60 DEL TRLCSP)
ANEXO III – MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A LA FINALIDAD DE LA EMPRESA
XXXXX XX – MODELO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
XXXXX X – MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS AL CONTRATO
XXXXX XX – MODELO DE AVAL GARANTÍA PROVISIONAL (artículo 103 del TRLCSP)
XXXXX XXX – MODELO DE AVAL GARANTÍA DEFINITIVA (artículo 96 del TRLCSP)
XXXXX XXXX – MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
ANEXO IX – MODELO DE DECLARACIÓN PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS
ANEXO X- MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL PORTAL DE LA TRANSPARENCIA
XXXXX XX – MODELO PARA SUBCONTRATACIÓN
ANEXO XII- MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVO AL PERSONAL CON DISCAPACIDAD
ANEXO XIII-MODELO DE OFERTA EVALUABLE MEDIANTE FORMULAS
ANEXO I - MODELO DE PRESENTACIÓN DE DATOS DEL LICITADOR
A) Razón Social.
B) Representante.
C) Domicilio para notificaciones.
D) Teléfono.
E) Número de fax.
F) Persona de contacto.
G) Dirección correo electrónico.
ANEXO II - MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN Y DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL (ARTÍCULO 60 DEL TRLCSP)
D./Dña , en nombre y representación de
la Sociedad ……………………………………………….., con C.I.F. ………………
DECLARA:
Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo.
Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Fecha y firma del licitador.
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO III - MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A LA FINALIDAD DE LA EMPRESA
D/Xx , mayor de edad, provisto
de DNI nº ………………………………, en nombre propio/en representación de la empresa …………………………………, CIF
………………………………., con domicilio en la calle
………………………….., nº …….., código postal …………., provincia de
………………., teléfono ……………….., fax ……………………. Y correo electrónico ……………………………………………………, declara que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad de la empresa y que éstos, de acuerdo con lo establecido en sus estatutos, son los siguientes:
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en
…………………., a ………. de ………………. de ………. .
XXXXX XX.- MODELO DE ACREDITACIÓN DE SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
SOLVENCIA TÉCNICA ACREDITADA POR LA EMPRESA LICITADORA
Denominación del contrato alegado como solvencia técnica | Año de ejecución | Cuantía del trabajo* | Duración de los trabajos | Entidad pública o privada | Clasificación según la cláusula 10ª 7.2 | Aporta certificado de buena ejecución SÍ/NO |
* Si dentro del trabajo realizado hubiese una pluralidad de tareas, tan solo se deberán computar, para el cálculo de la cuantía del contrato que se alega como solvencia técnica, aquellos que correspondan a tareas idénticas a las de este contrato.
ANEXO V - MODELO DE COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS AL CONTRATO
D./Dña ……………………...............……………………………….., en nombre y representación de la Sociedad , con C.I.F.
………………
SE COMPROMETE
en caso de resultar adjudicatario del “PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RESTAURACIÓN COLECTIVA (AUTOSERVICIOS),CAFETERÍAS, RESTAURANTE,MAQUINAS EXPENDEDORAS (VENDING) Y SERVICIOS INSTITUCIONALES DE RESTAURACIÓN COLECTIVA DEL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS”, a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, conforme a los presentados en su propuesta técnica y a las especificaciones recogidas en los correspondientes pliegos administrativo y técnico.
Fecha y firma del licitador.
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
XXXXX XX - MODELO DE AVAL GARANTÍA PROVISIONAL (artículo 103 del TRLCSP)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
.………………......................................................................................
.....................................…………………………………….…CIF/NIF .…..........……… con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………………
……………….………………………...............en la calle/plaza/avenida ....................
……........................................……………………………….……. C.P y en su nombre (nombre
y apellidos de los Apoderados) ..................................................... …………………
…………………………………………….......................................................….……………………………
………… con poderes suficientes para obligarle en este acto. AVALA
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ……...... ..................................……
……………………………………………………..........................................…............................................
.......... NIF/CIF en virtud de lo dispuesto por el artículo: (xxxxx/s y artículo/s
que impone/n la constitución de esta garantía)
.......................................................................…………….................................................………………
……………………………………………………………………………………………............……............…
……………………………….......................................................……………………………………………
…………………………………………………..… para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el garantizado) …………....... ......................
..........................................………………………………………………………………………………………
…......................................................... ante El Congreso de los Diputados
…………….......................................…..........…………………
……………………………………………………………………........................................................ por importe de euros:(en letra) …….............................................. .................................……
……………….…………………........(en cifra)…………………………………………. ……………
............…………………….........……......
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el punto 2 del artículo 56 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Congreso de los Diputados con sujeción a los términos previstos en la normas de contratación del TRLCSP y en sus normas de desarrollo.
Este aval tendrá validez en tanto que el órgano competente del Congreso de los Diputados no autorice su cancelación, habiendo sido inscrito en el día de la fecha en el Registro especial de Avales con el número …….……. .………………………….……………. (lugar y fecha) ……………………………
…………… (razón social de la entidad) (firma de los Apoderados)
XXXXX XXX - MODELO DE AVAL GARANTÍA DEFINITIVA (artículo 96 del TRLCSP)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
.………………......................................................................................
.....................................…………………………………….…CIF/NIF .…..........……… con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………………
……………….………………………...............en la calle/plaza/avenida ....................
……........................................……………………………….……. C.P y en su nombre (nombre
y apellidos de los Apoderados) ..................................................... …………………
…………………………………………….......................................................….……………………………
………… con poderes suficientes para obligarle en este acto. AVALA
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ……...... ..................................……
……………………………………………………..........................................…............................................
.......... NIF/CIF en virtud de lo dispuesto por el artículo: (xxxxx/s y artículo/s
que impone/n la constitución de esta garantía)
.......................................................................…………….................................................………………
……………………………………………………………………………………………............……............…
……………………………….......................................................……………………………………………
…………………………………………………..… para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el garantizado) …………....... ......................
..........................................………………………………………………………………………………………
…......................................................... ante El Congreso de los Diputados
…………….......................................…..........…………………
……………………………………………………………………........................................................ por importe de euros:(en letra) …….............................................. .................................……
……………….…………………........(en cifra)…………………………………………. ……………
............…………………….........……......
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el punto 2 del artículo 56 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Congreso de los Diputados con sujeción a los términos previstos en la normas de contratación del TRLCSP y en sus normas de desarrollo.
Este aval tendrá validez en tanto que el órgano competente del Congreso de los Diputados no autorice su cancelación, habiendo sido inscrito en el día de la fecha en el Registro especial de Avales con el número …….……. .………………………….……………. (lugar y fecha) ……………………………
…………… (razón social de la entidad) (firma de los Apoderados)
ANEXO VIII - MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número…………………………………..
(1)… (en adelante, asegurador), con domicilio
en ……………………, calle………………………………………………, y CIF……………..……………
debidamente representado por don (2) ………………………………………….con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por el Congreso de los Diputados, con fecha .......................................................
ASEGURA
A (3) ………………………….................……………….......NIF/CIF… , en concepto de
tomador del seguro, ante (4) en adelante asegurado, hasta
el importe de euros (5)………………………………………………….. en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas por la que se rige el contrato (6) en concepto
de garantía (7)…………………………………… para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el punto 1 del artículo 57 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del Congreso de los Diputados, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (8)………………………………..
autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
En ………………………., a ……… de …………………….. de ……….
Firma:
Asegurador
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO
(3) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(4) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.
(5) Nombre de la persona asegurada.
(6) El Congreso de los Diputados.
(7) Importe en letra por el que se constituye el seguro.
(8) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(9) Expresar la modalidad de garantía de que se trata provisional, definitiva, etc.
Órgano competente del Congreso de los Diputados.
ANEXO IX - MODELO DE DECLARACIÓN PERTENENCIA A GRUPO DE EMPRESAS
D/Xx… , mayor de edad, provisto de DNI
nº…………………..., en nombre propio/en representación de la empresa
........................................…, CIF…………………………………, con domicilio en la
calle …, nº…, código postal …......., provincia de ........…, teléfono , fax
…………………... y correo electrónico , declara:
□ que forma parte del Grupo de empresas
.................................................... de acuerdo a lo determinado en el art. 42.1 del Código de Comercio.
(Y en su caso) que a la presente licitación concurre también la empresa
...................................................................................perteneciente al
mencionado Grupo.
□ que no forma parte de ningún Grupo de empresas.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS expido y firmo la presente declaración en ………………………, a …… de…………………….. de ………..
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO X - MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA AL PORTAL DE LA TRANSPARENCIA
D/Xx , mayor de edad, provisto
de DNI nº ………………………………, en nombre propio/en representación de la empresa …………………………………, CIF
………………………………., con domicilio en la calle
………………………….., nº …….., código postal …………., provincia de
………………., teléfono ……………….., fax ……………………. Y correo electrónico ……………………………………………………, declara en relación con el procedimiento
………………………………………………………………………………………
………………..
□ que SI presta su consentimiento para publicar el nombre de la empresa como licitadora en el procedimiento, por considerar que no concurre la circunstancia a la que se refiere el artículo 153 del TRLCSP de perjudicar sus intereses comerciales legítimos.
□ que NO presta su consentimiento para publicar el nombre de la empresa como licitadora en el procedimiento, por considerar que concurre la circunstancia a la que se refiere el artículo 153 del TRLCSP de perjudicar sus intereses comerciales legítimos.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en
…………………., a ………. de ………………. de ………. .
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO XI - MODELO PARA SUBCONTRATACIÓN
Parte del servicio a subcontratar:
Empresa con la que se contrata:
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO XII- MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVO AL PERSONAL CON DISCAPACIDAD
D/Xx , mayor de edad, provisto
de DNI nº ………………………………, en nombre propio/en representación de la empresa …………………………………, CIF
………………………………., con domicilio en la calle
………………………….., nº …….., código postal …………., provincia de
………………., teléfono ……………….., fax ……………………. Y correo electrónico ……………………………………………………, declara que NO cuenta con personas con discapacidad.
Y para que conste y surta los efectos oportunos ante EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, expido y firmo la presente declaración en
…………………., a ………. de ………………. de ………. .
MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
ANEXO XIII- MODELO DE OFERTA EVALUABLE MEDIANTE FORMULAS
1. OFERTA DE DESCUENTO SOBRE EL CANON POR LA EXPLOTACION DEL SERVICIO
CONCEPTO | PRECIO MÁXIMO DE LICITACION | % DESCUENTO OFERTADO | PRECIO FINAL OFERTADO |
Canon por la explotación del servicio | 1.050.000 € |
2. OFERTA DE DESCUENTO SOBRE EL CONJUNTO DE SERVICIOS PARA LA RESTAURACIÓN COLECTIVA (AUTOSERVICIOS)
El descuento ofertado se aplicará a los servicios de esta categoría que figuran en la relación de precios máximos de licitación del ANEXO B del PPT.
CONCEPTO | % DESCUENTO OFERTADO |
Diferentes modalidades del menú del día, medio menú y extras | Se oferta un descuento de % sobre los precios máximos de la licitación |
3. OFERTA DE DESCUENTO SOBRE EL CONJUNTO DE PRODUCTOS PARA LA CARTA DE CAFETERÍAS
El descuento ofertado se aplicará a todos los productos de esta categoría que figuran en la relación de cada bloque atendiendo a los precios máximos de licitación del ANEXO B del PPT, incluidos los servicios de atención parlamentaria así como aquellos que se incorporen a la carta según la rotación propuesta en la oferta técnica del licitador.
CONCEPTO | % DESCUENTO OFERTADO |
Desayunos y meriendas normalizados Cafés, infusiones y zumos Bollería, repostería, churros, bizcochos caseros y similar Preparados lácteos y frutas Aguas, refrescos, cervezas y vinos Platos combinados Bocadillos, pulgas y sándwiches Montaditos, pinchos, canapés y tostas. Raciones frías Raciones de cocina Postres Servicios de atención parlamentaria | Se oferta un descuento de % sobre los precios máximos de la licitación |
4. OFERTA DE DESCUENTO SOBRE EL CONJUNTO DE PRODUCTOS PARA LA OFERTA DE LA CARTA DE RESTAURANTE.
El descuento ofertado se aplicará a los servicios de esta categoría que figuran en la relación de precios máximos de licitación del ANEXO B del PPT.
CONCEPTO | % DESCUENTO OFERTADO |
Entrantes Primeros platos Segundos platos Postres | Se oferta un descuento de % sobre los precios máximos de la licitación |
CONCEPTO | PRECIOS OFERTADOS |
Carta de vinos |
5. OFERTA DE DESCUENTO SOBRE EL CONJUNTO DE PRODUCTOS PARA LA OFERTA DE MAQUINAS EXPENDEDORAS (VENDING).
El descuento ofertado se aplicará a los servicios de esta categoría que figuran en la relación de precios máximos de licitación del Anexo B del PPT.
CONCEPTO | % DESCUENTO OFERTADO |
Servicio de bebidas frías Servicio de bebidas calientes Servicio de alimentos sólidos | Se oferta un descuento de % sobre los precios máximos de la licitación |