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BOLETIN OFICIAL Distrito Salliqueló | |
Nº 10/16 | |
Primera Sección Departamento Legislativo Ordenanzas 1 Resoluciones… 3 Comunicaciones 4 Segunda Sección Departamento Ejecutivo Decretos 5 Resoluciones… 39 | |
Primera Sección / Departamento Legislativo Ordenanzas Promulgadas en el mes de Octubre de 2016 |
SALLIQUELÓ, 20 DE OCTUBRE DE 2016
CONSIDERANDO
Que el Decreto 459/16 aprueba en el artículo 1° el contrato de Locación de obra entre la Municipalidad de Salliqueló y el Maestro Mayor de Obras Xxxx Xxxxxxx Xxxxx,
Lo previsto en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ EN SESION ORDINARIA DEL DIA DE LA FECHA Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON INHERENTES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Ratificase el Decreto 459/16 el cual aprueba “ad-referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, el Contrato de Locación de Obra entre la Municipalidad de Salliqueló y el Maestro Mayor de Obras Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese
ORDENANZA N°1674/16.-
XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXXXX SECRETARIA PRESIDENTE HCD
SALLIQUELÓ, 20 DE OCTUBRE DE 2016
CONSIDERANDO:
La solicitud de la “Diócesis de Nueve de Julio-Iglesia Católica Apostolica Romana”, mediante la cual peticionan la donación del inmueble donde actualmente funciona la Parroquia “San Xxxx”,
Que, con fecha 24 de octubre de 1964, por Resolución N°3/64 el Honorable Concejo Deliberante de Salliqueló, cedió un lote de terreno a la Iglesia Parroquial de Salliqueló, ubicado donde actualmente funciona la misma.
Que, posteriormente en el año 1972, se procedió a la subdivisión de la manzana 46, mediante plano 000-00-0000 confeccionado por el Agrimensor Xxxxxx Xxxx Xxxx.
Que, conforme la subdivisión realizada la Iglesia Parroquial ocupa actualmente la totalidad de xx xxxxxxx 0-x.
Que, con el objeto de otorgarle seguridad jurídica a la transferencia del inmueble y garantizar el cumplimiento de lo solicitado, el mismo se debe entregar en donación con el cargo de afectarlo a los fines de la Institución,
Que el inmueble identificado catastralmente como Xxxx. XXX, Xxxxxxx X, Xxxxxxx 00, Xxxxxxx 0-x, propiedad del Municipio de Salliqueló, cuyos demás datos y ubicación, surgen de la documentación adjunta, reúne los requisitos adecuados al pedido solicitado,
Que de acuerdo a lo previsto en los artículos 55, 56 ss y cc de la Ley Orgánica de las Municipalidades es necesario que el Honorable Concejo Deliberante autorice el acto jurídico propuesto,
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ EN SESION ORDINARIA DEL DIA DE LA FECHA Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON INHERENTES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorizase la donación de la fracción de terreno propiedad de la Municipalidad de Salliqueló, ubicada en la localidad de Salliqueló, Partido de Salliqueló, identificada catastralmente como Xxxx. XXX, Xxxxxxx X, Xxxxxxx 00, Xxxxxxx 0-x, a la “Diócesis Nueve de Julio- Iglesia Apostólica Romana”.
ARTICULO 2°: La autorización se concede con el cargo para el donatario de afectar el inmueble específicamente al funcionamiento de la Iglesia Parroquial “Parroquia San Xxxx” dependiente de la “Diócesis Nueve de Julio-Iglesia Católica Apostólica Romana”.------------------------------
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
ORDENANZA N° 1675 /16.-
XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXXXX SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD
SALLIQUELÓ, 20 DE OCTUBRE DE 2016
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adoptar medidas y políticas efectivas destinadas adecuar la infraestructura de la ciudad para que las fuerzas emergencia y seguridad puedan actuar de manera coordinada con mayor efectividad y seguridad ante siniestros que afecten a los vecinos y sus bienes,
Que una de las medidas que pueden implementarse es la creación de un corredor de emergencias que permitiría el rápido ingreso y egreso de la localidad para el traslado de accidentados y/o pacientes derivados con suma urgencia,
Que en emergencias se conoce como la hora de oro al intervalo de tiempo que se extiende desde el momento del accidente hasta los 60 minutos posteriores en los que una atención sanitaria lo más rápido posible, permite salvar un gran número de vidas, lo que ocurra durante esa hora puede significar la diferencia entre la Vida y la muerte ya que en ella se pueden originar lesiones irreparables que pueden ocasionar la muerte del paciente incluso en los días posteriores,
Que la implementación un corredor de emergencias en Salliqueló busca lograr una reducción en los tiempos de llegada y traslados a los accidentados, un aumento de la seguridad de conductores ocupantes de los vehículos de emergencia, permitiendo unificar el comportamiento de los conductores actuando de forma coordinada,
Que asimismo el corredor de emergencia permitía generar coordinación entre las fuerzas emergencia y seguridad para lograr un ordenamiento del tránsito y bloqueos necesarios ante siniestros y/o accidentes.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ EN SESION ORDINARIA DEL DIA DE LA FECHA Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON INHERENTES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Créase el corredor de emergencias en la localidad de Salliqueló, entendiéndose como tal a los accesos avenidas y calles que utilizan como vía de ingreso y egreso a la localidad los servicios de emergencia y seguridad en caso de siniestros y/o accidentes.-------------------
ARTICULO 2º: El corredor de emergencias estará conformado por el “Acceso Centenario” de la localidad de Salliqueló, Avenida América (tramo entre calle Pozos y calle Maipú), calle Maipú (tramo entre Xxxxxxx Xxxxxxx x xxxxx Xxxxxx Xxxxx) y calle Buenos Aires (tramo entre calle Maipú y Avenida 9 de julio)
ARTICULO 3º: Prohíbase la construcción de lomos de burro, badenes o cualquier otra alteración de la superficie que afecte la fluida circulación vehicular en los accesos, avenidas y calles que forman parte xxx xxxxxxxx de emergencias.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá elaborar y concretar un plan para la desobstrucción xxx Xxxxxxxx de Emergencias contemplando el reemplazo progresivo de reductores de velocidad por semáforos, u otros mecanismos y acondicionamiento xx xxxxxxx, en caso de encontrarse en los accesos avenidas o calles afectadas al Corredor de Emergencias.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal realizará la demarcación vertical y horizontal de los accesos, avenidas y calles que forman parte xxx Xxxxxxxx de Emergencias.
ARTICULO 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar campaña de difusión a efectos de informar acerca de los corredores de seguridad y su uso en coordinación con Defensa Civil, Cuerpo de Bomberos, Hospital Municipal, Policía de la Provincia de Bs As y Policía de tránsito.
ARTICULO 7º: El Departamento Ejecutivo Municipal debería incluir en los exámenes de obtención del registro de conducir y/o renovación, la información para que los conductores tengan acabado conocimiento de la traza de los “Corredores de Emergencia”.-------------------------------------
ARTICULO 8º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
ORDENANZA N°1676/16.-
XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXXXX
SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD
SALLIQUELÓ, 20 DE OCTUBRE DE 2016
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con la señalización correspondiente para el estacionamiento de vehículos de transporte para discapacitados en espacios públicos
Que mediante la Ley Nº 22.431 se establece un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, Que es necesario ir adecuando en el distrito los espacios públicos para utilización de personas con discapacidad.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ EN SESION ORDINARIA DEL DIA DE LA FECHA Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON INHERENTES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°).- El Departamento Ejecutivo reglamentará a través de la Dirección de Obras Públicas la ejecución de la obra de señalización de espacios públicos para estacionamiento de vehículos que transporten personas discapacitadas.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°).- La Municipalidad de Salliqueló podrá firmar convenio con la Escuela de Educación Técnica N°1 para la elaboración de la señalética.
ARTICULO 3°).- La señalización se realizará en todos los espacios públicos del distrito, contemplándose un indicador en la plaza central de Salliqueló y Quenumá, en cada plaza barrial, como así también Paseo xxx Xxxx, Parque Recreativo Quenumá, establecimientos educativos, deportivos, terminal de ómnibus, Xxxxxxx Municipal, Delegación Quenumá, Hospital Municipal y Sala de primeros auxilios xx Xxxxxxx, CAPS, Parroquia “San Xxxx” entidades bancarias y en todas las instituciones intermedias que consideren oportuno adoptar este espacio físico.----------
ARTICULO 4°).- La correspondiente señalización no le demandará costos a los establecimientos e instituciones mencionados en el artículo 3° de la presente ordenanza.
ARTICULO 5°).- Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
ORDENANZA N°1677/16.-
XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXXXX
SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD
Primera Sección / Departamento Legislativo
Resoluciones
Promulgadas en el mes de Octubre de 2016
COMUNICACIÓN 10/15
SALLIQUELÓ, 00 XX XXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXXXX:
La circulación de tránsito pesado por arteria Xxxxxxx Xxxxxxx y que hasta el momento se encuentra vigente la Ordenanza 1267/08 que en su artículo primero prohíbe el tránsito pesado por todas las calles urbanas pavimentadas de Salliqueló,
tiempo,
Que se observa el incumplimiento de lo antes mencionado en la arteria Xxxxxxx Xxxxxxx, asfaltada hace poco Que la circulación de camiones por la misma altera la seguridad de los vecinos del barrio San Xxxx debido a que
en inmediaciones de la mencionada calle se encuentra un Jardín xx Xxxxxxxx y el comedor social,
Que se observa el desvío de camiones provenientes de la avenida General Xxxxxxxx hacia la arteria en cuestión,
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ EN SESION ORDINARIA DEL DIA DE LA FECHA Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON INHERENTES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1°: Mediante inspectores Municipales y Policía Local informar a transportistas sobre la prohibición del tránsito pesado en calles de asfalto tal lo establece la Ordenanza vigente 1267/08, intensificando los controles en calle Xxxxxxx Xxxxxxx.-------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Infórmese al Cuerpo de inspectores Municipales y Policía local.--------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, regístrese, archívese.
Dada en la Sala de Situación del Honorable Concejo Deliberante de Salliqueló a los 20 días del mes de octubre de 2016.
RESOLUCION N° 14-16.-
XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXXXX
SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD
Primera Sección / Departamento Legislativo Comunicaciones
Promulgadas en el mes de Octubre de 2016.-
SALLIQUELÓ, 00 XX XXXXXXX XX 0000
XXXXXXXXXXXX:
basural a cielo abierto.
arrojarlos en cualquier lugar.
Que en el sector arenoso aledaño a las vías del ferrocarril que pasan por Caiomuta se observa la gestación de un Que en el lugar se observan depositados residuos de todo tipo, húmedos, secos, chatarras, escombros.
Que en el mismo lugar se observa la extracción de arena.
Que la disposición final de residuos en ese sector incentiva la práctica inconsciente de particulares de
Que los basurales a cielo abierto son focos infecciosos de muchas enfermedades.
Que resulta primordial establecer controles periurbanos que alienten a disminuir estas prácticas incorrectas.
Que esta práctica va en desmedro de la política pública que intenta establecer este gobierno municipal respecto del cuidado del medio ambiente
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ EN SESION ORDINARIA DEL DIA DE LA FECHA Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON INHERENTES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1°).- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, informe al Concejo Deliberante:
a) Si el Departamento Ejecutivo Municipal tiene conocimiento de la gestación de un nuevo basural en inmediaciones a la estación Caiomuta.
b) Situación contractual del terreno afectado por la práctica de disposición final de residuos y características del mismo.
c) Si existen autorizaciones o convenios del Departamento Ejecutivo con particulares o empresarios locales para retirar arena del sector en cuestión.
ARTICULO 2°).- Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
Dada en la Sala de Situación del Honorable Concejo Deliberante de Salliqueló a los 20 días del mes de octubre de 2016.
COMUNICACION N° 19 -16.-
XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXXX X. XXXXXXXX SECRETARIA HCD PRESIDENTE HCD
Segunda Sección / Departamento Ejecutivo
Decretos
Promulgados en el mes de Octubre de 2016
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2016.-
Otorga Subsidio a Particulares.-
DECRETO Nº 647 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La necesidad de Personal Temporario para la ejecución de servicios y tareas de carácter Temporario y eventual y, que los
mismos no pueden ser realizados con personal permanente de la Administración Pública Municipal, y; CONSIDERANDO:
Que los agentes propuestos reúnen los requisitos de admisibilidad para el ingreso (LEY 11.757 y Decreto Nº 61/96-Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires);
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Desígnese como personal mensualizados temporarios destinados a distintos servicios y tareas a los siguientes agentes, cuya imputación y remuneración sujetas a los aumentos otorgados por el poder ejecutivo será en cada caso a los agentes que a continuación se detallan hasta el día 31/12/16.-
1013/1 - XXXXXXX, Xxxxx Xxxxxxx - M.I. 26.826.848 - Domicilio: Ecuador Nº 45- Tarea: Personal de Servicio dependencias varias - 36 hs. Semanales - Xxxxxx Xxxxxx: $ 5.172,99 - Remuneración Bonificable s/ régimen horario $650 – Remuneración Bonificable de $ 300 Imputación: 9000 - 41 - 1 - 1 - 2. Desde el día 01/10/16.-
1056/1 - XXXXX, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx - M.I. 32.862.858 - Domicilio: Xxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxxx - Tarea: en Planta de RSU - 48 hs. Semanales - Xxxxxx Xxxxxx: $ 5.693,26 - Remuneración Bonificable s/ régimen horario $ 830 – Remuneración Bonificable de $ 300 Imputación: 14000 - 00 - 0 - 0 - 0. Desde el día 04/10/16.-
1057/1 – XXXXXXX, Xxxxxxx - X.X. 24.168.870 - Domicilio: Xxxxxxxxxx Nº 707 - Tarea: en Planta de RSU - 48 hs. Semanales - Xxxxxx Xxxxxx: $ 5.693,26 - Remuneración Bonificable s/ régimen horario $ 830 – Remuneración Bonificable de $ 300 Imputación: 14000 - 00 - 0 - 0 - 0. Desde el día 19/10/16.
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, Personal y las áreas que correspondan, dése al registro Oficial y archívese.------
DECRETO Nº 648 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.665, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.665/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 29 de Septiembre de 2016, “Aprobando Convenios suscriptos entre la Municipalidad de Salliqueló, la UPSO y la Unidad Académica.---------------
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dése al registro Oficial y archívese.-------
DECRETO Nº 649 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.666, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.666/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 29 de Septiembre de 2016, “Aprobando Convenio suscripto entre la Municipalidad de Salliqueló y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Pcia. de Bs. As.; mediante el cual se otorga un subsidio a la Municipalidad de Salliqueló por la suma de Pesos Seis millones sesenta y seis mil setecientos uno ($6.066.701,00) destinado a Mejoras y Puesta en Valor del Hospital Municipal”.---------------------------------------
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dése al registro Oficial y archívese.-------
DECRETO Nº 650 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.667, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.667/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día
29 de Septiembre de 2016, “Ratificando Decreto Nº 615/16, el cual aprueba “Ad-referéndum” del H.C.D el Convenio Suscripto entre la Municipalidad de Salliqueló y el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx”.------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dése al registro Oficial y archívese.------
DECRETO Nº 651 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.668, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.668/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 29 de Septiembre de 2016, “Ratificando Decreto Nº 608/16, el cual aprueba “Ad-referéndum” del H.C.D el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Municipalidad de Salliqueló y el Xx. Xxxxx Xxxxxxxx”.
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dese al registro Oficial y archívese.------
DECRETO Nº 652 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.669, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.669/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 29 de Septiembre de 2016, “Ratificando Decreto Nº 594/16, el cual aprueba “Ad-referéndum” del H.C.D el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Municipalidad de Salliqueló y la Psicóloga Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx”.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dese al registro Oficial y archívese.-------
DECRETO Nº 653 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.670, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.670/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 29 de Septiembre de 2016, “Ratificando Decreto Nº 321/16, el cual aprueba ad-referéndum del H.C.D el Contrato de Prestación de Servicios entre la Municipalidad de Salliqueló y la Fundación Redes del Conocimiento y el Contrato de Prestación de Servicios entre la Municipalidad de Salliqueló y el facilitador Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx”.
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dése al registro Oficial y archívese.------
DECRETO Nº 654 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.671, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.671/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 29 de Septiembre de 2016, “Ratificando Decreto Nº 509/16, el cual aprueba ad-referéndum del H.C.D el Acta de adhesión suscripta entre la Universidad Provincial del Sudoeste y la Municipalidad de Salliqueló”.
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dese al registro Oficial y archívese.------
DECRETO Nº 655 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.672, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.672/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 29 de Septiembre de 2016, “Disponiendo la construcción de rampas de acceso a edificios públicos y privados de acceso público a fines de facilitar el ingreso a personas con movilidad reducida en el Distrito de Salliqueló”.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dese al registro Oficial y archívese.-------
DECRETO Nº 656 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.673, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.673/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día
29 de Septiembre de 2016, “Aprobando el reglamento para el otorgamiento de Becas de Estímulo a Estudiantes Secundarios y Becas Terciarias y Universitarias Municipales”.
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dese al registro Oficial y archívese.-------
DECRETO Nº 657 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La necesidad de adquirir Juegos para Plaza Central Barrio XX.XX.XX; y;
CONSIDERANDO:
Que, para ello resulta conveniente a los intereses municipales implementar un Concurso de Precios que permita adjudicar a la oferta más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Llamase a Concurso de Precios Nº 03 para la Adquisición de Juegos - Plaza Central Barrio XX.XX.XX, Fijándose la apertura de las propuestas para el día miércoles 19 de octubre de 2.016 a las 10 horas.-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, y Oficina de Compras, dése al Registro Oficial y archívese.----------------------------
DECRETO Nº 658 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 04 de Octubre de 2016.-
Aplica Sanción Disciplinaria.-
DECRETO Nº 659 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 05 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 1.267/08, y;
CONSIDERANDO:
Que el Art. 5º de la citada Ordenanza prevé la prohibición del tránsito pesado por lo caminos rurales del Partido de Salliqueló inmediatamente después a que se produzcan precipitaciones pluviales que puedan importar un serio perjuicio de los mismos;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Prohíbase a partir del día 05/10/16, la circulación del tránsito de camiones y todo otro tipo de maquinarias pesadas y el traslado de ganado mediante arreo, en todos los caminos de tierra pertenecientes a la red vial del Distrito.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: La prohibición se extenderá hasta las cuarenta y ocho (48) horas posteriores, al cese de las precipitaciones, prorrogables por 48 hs. más a criterio del Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón las áreas que correspondan, comuníquese, dese a publicidad, dese al Registro Oficial y archívese.----
DECRETO Nº 660 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 05 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Lo solicitado en el Expediente Nº 4l00-56.853/16 por la Cooperadora de la Escuela Educación Secundaria Técnica Nº 1 “Xxxx
Xxxx Xxxxxxx” xx Xxxxxxxxxx; y; CONSIDERANDO:
Que, por el mismo solicitan un subsidio de $ 2.476,00, para efectuar el pago de gastos de transporte de alumnos; Que, ante ello el Departamento Ejecutivo debe aprobarlo por norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Otórguese a la Cooperadora de la Escuela Educación Secundaria Técnica Nº 1 “Fray Xxxx Xxxxxxx” de Salliqueló, un subsidio de Pesos DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 2.476,00).
ARTICULO 2º: El importe del mismo será imputado a la Partida: 1110109000.42.01.5.1.5.0. Transferencia a Instituciones de Enseñanza. F.F.132.
ARTICULO 3º: La entidad beneficiaria del Subsidio deberá rendir cuentas de los gastos efectuados, con descripción del proyecto que se rinde, conforme las siguientes pautas:
a) Se deberán adjuntar en un plazo de treinta (30) días las Facturas de gastos en original, cada gasto respaldado por el comprobante ORIGINAL, tipo B o C, sin tachaduras ni enmiendas, que cumplan con las normas de facturación y disposiciones legales vigentes de AFIP y DGR. Al respecto se aclara que no se recibirán Facturas en las que figure condición INGRESOS BRUTOS "EN TRÁMITE".
b) La rendición deberá presentarse por mesa de entradas del municipio, dirigida a la Contaduría del Municipio.
c) El destino de los fondos debe estar acorde al OBJETO por el cual se otorgó el subsidio.
d) Los comprobantes deben emitirse a nombre del Beneficiario del Subsidio, con indicación del Proyecto de que se trate.
e) Cada comprobante deberá estar debidamente conformado, firmado por el Beneficiario del Subsidio.
f) La fecha de los comprobantes debe ser POSTERIOR a la fecha de otorgamiento del subsidio.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, comuníquese al interesado, dése al Registro Oficial y archívese.-------------------
DECRETO Nº 661 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 06 de Octubre de 2016.-
VISTO:
El Expte. administrativo Nro. 4100-56640/16, mediante el cual tramita la solicitud efectuada por la Parroquia San Xxxx de Salliqueló, peticionando se reintegre lo abonado en xxxxxxxx xx xxxxx 0 x 0 0000 xx xxxx xxxxxx xxxxxx 9 del inmueble designado como Xxxx. XXX, Xxxx. X, Xxxxxxx 000 D, parcela 11; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/4 el solicitante acredita haber abonado los correspondientes recibos de cuota 1 y 2 de cordón cuneta del inmueble
de referencia;
Que del informe de fs. 6 se acredita que el inmueble no pertenece a la Parroquia San Xxxx, encontrándose allí enclavado desde hace años, el Jardín xx Xxxxxxxx Nº 903 "Merceditas" de Salliqueló, que nada tiene que ver con el solicitante de fs. 1, por lo que corresponde reintegrar a la peticionante la suma de $ 410,22;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Reintégrese a la PARROQUIA SAN XXXX SALLIQUELO por intermedio de alguno de los representantes de su comisión, la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIEZ CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 410,22), en concepto de monto abonado en concepto de cuota 1 y 2 año 2016 de obra cordón cuneta 9, correspondiente al inmueble designado como Xxxx. XXX, Xxxx. X, Xxxxxxx 000 D, parcela 11, Partida Municipal 1141.
ARTÍCULO 2º: Por Sub-Dirección xx Xxxxxx Municipal, se tomará nota del reintegro ordenado, entregándose dicha suma a través de Tesorería municipal
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, tomen razón las áreas que correspondan, entréguese copia al interesado, dese al Registro Oficial y archívese.----
DECRETO Nº 662
Xxxxx X. Xxxxxxxxx Intendente Municipal Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnica
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Expte. 4100-56879/16 donde obra la nota elevada por Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, por el Hogar Municipal de abuelos xx Xxxxxxx, mediante la cual solicita autorización para realizar un bono contribución en el ámbito del Distrito, a sortearse por el día de la madre, con el fin de solventar gastos en el taller de arte y reciclaje que los abuelos realizan, y por las que no existen impedimentos legales para otorgar su autorización;
Lo previsto en el art. 1º de la ordenanza Nº 1559/14,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Autorízase al Hogar Municipal de abuelos xx Xxxxxxx, a poner en circulación un bono contribución que consta de 100 números
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro Oficial y archívese.--------------------------------------------------------
DECRETO Nº 663 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Expte. 4100-56859/16 donde obra la nota elevada por la Asociación Cooperadora del Centro Educativo Complementario Nº 801 de Salliqueló, mediante la cual solicitan autorización para realizar una rifa en el ámbito del Distrito, a sortearse el día 21 de enero de 2.017 ante Escribano Público en el marco de la Tercera Peña Folklórica, que se llevará a cabo en el predio de la Asociación Rural, y que dicho requerimiento reúne los requisitos exigidos por Ord. Nº 243/84 y ORD. Nº 1.559/14 por las que se establece la reglamentación de rifas, y por las que no existen impedimentos legales para otorgar su autorización;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Autorízase al Centro Educativo Complementario Nº 801 de Salliqueló, a poner en circulación una rifa que consta de 1000 boletas, por valor de $ 200,00 c/u, a sortearse el día 21 de enero de 2.017 en el marco de la Tercera Peña Folklórica a realizarse ese día en el predio de la Asociación Rural de Salliqueló.
ARTICULO 2º: Téngase por autorizados como vendedores a los integrantes de la Asociación Cooperadora.------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro Oficial y archívese.--------------------------------------------------------
DECRETO Nº 664 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2016.-
Aplica Sanción Disciplinaria.-
DECRETO Nº 665 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 11 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
El Artículo 33, de la Ley 14.807, por el que se crea el Fondo para Infraestructura Municipal
CONSIDERANDO:
Que, se han recibido fondos para este fin,
Que, es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Amplíese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de pesos CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DIECIOCHO con 06 centavos ($ 4.355.018,06) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL CALCULO DE RECURSOS
Ampliación xx Xxxxxxx
1110111000 -11.4.14.00 - Fondo para Infraestructura Municipal $ 4.355.018,06
Total de la Ampliación $ 4.355.018,06
ARTICULO 2º: Amplíese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DIECIOCHO con 06 centavos, ( $ 4.355.018,06) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Ampliación xx Xxxxxxx
1110107000 - 35.77.00 - 2.7.1.0 - Productos ferrosos | 3.500.000,00 |
1110107000 - 35.77.00 - 2.7.5.0 - Herramientas menores | 10.000,00 |
1110107000 - 35.77.00 - 2.7.9.0 - Otros | 10.000,00 |
1110107000 - 35.77.00 - 3.4.9.0 – Otros | 835.018,06 |
Total de la Ampliación | $ 4.355.018,06 |
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, Obras Públicas, dése al registro Oficial y archívese.--------------------------------------
DECRETO Nº 666 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 11 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
El Articulo 34, de la Ley 14807, por el que se crea el Fondo Municipal de Fortalecimiento de Seguridad y otros Servicios
Asociados, y;
CONSIDERANDO:
Que, se han recibido fondos para este fin;
Que, es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Amplíese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de pesos UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVENTA Y SEIS, ($ 1.953.096,00) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL CALCULO DE RECURSOS
Ampliación xx Xxxxxxx
1110111000-11.4.13.00 - Fondo Mpal. de Fortal. de Seg. y otros Serv $ 1.953.096,00
Total ampliación $ 1.953.096,00
ARTICULO 1º: Amplíese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVENTA Y SEIS, ($ 1.953.096,00) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Ampliación de Partidas
110107000 - 35.98.00 - 3.4.9.0 - Otros………………………………. $ 1.953.096,00
Total ampliación $ 1.953.096,00
Total 239.000,00
Recursos:
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro oficial y archívese.----------------------------------------------------------
DECRETO Nº 667 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 11 de Octubre de 2016.-
Otorga Subsidio a Particulares.-
DECRETO Nº 668 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 11 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La necesidad de adquirir Instrumentos Musicales para el Centro Cultural Barrio XX.XX.XX.; y;
CONSIDERANDO:
Que, para ello resulta conveniente a los intereses municipales implementar un Concurso de Precios que permita adjudicar a la oferta más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Llamase a Concurso de Precios Nº 04 para la Adquisición de Instrumentos Musicales para el Centro Cultural Barrio XX.XX.XX, Fijándose la apertura de las propuestas para el día viernes 21 de octubre de 2.016 a las 10 horas.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, y Oficina de Compras, dése al Registro Oficial y archívese.----------------------------
DECRETO Nº 669 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
El contrato de Locación de Servicios celebrado entre la Municipalidad de Salliqueló y el Xx. Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXXX en
representación de “Xxxxxx & Garbarino SRL”, y; CONSIDERANDO:
Que, se contrata las prestaciones profesionales a los fines de su desempeño como Asesor profesional y técnico en las tareas de elaboración del anteproyecto obra “Entubamiento calle Brasil”;
Que esto hace necesario el dictado de la norma legal que apruebe lo acordado;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Apruébese el contrato celebrado entre la Municipalidad de Salliqueló y el Señor Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXXX, DNI Nº 00.000.000, en representación de “Xxxxxx & Garbarino SRL”.
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería y Obras Públicas, dése al Registro Oficial y archívese.-----------------------------------
DECRETO Nº 670 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2016.-
VISTO:
El Convenio suscripto por la comuna con el PAMI a través del Sistema de Geriatría, por el cual el Instituto abona
mensualmente por 12 prestaciones geriátricas en el Hogar Municipal "Papa Xxxxxxxxx", que fueran elegidos por dicho organismo; y; CONSIDERANDO:
Que se han producido movimientos internos de personal en el seno del Hogar Papa Xxxxxxxxx, que requieren del dictado del acto correspondiente a fín de adecuarlos a la normativa establecida mediante el Decreto 728/15, 415/16 y 456/16;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0: Dése de baja a partir del 01 de septiembre de 2.016 al agente municipal XXXXXXX XXXXXXXX, de la percepción del premio de PAMI que percibía prestando servicios en el Hogar Municipal "Papa Xxxxxxxxx".-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Disponer que a partir del 01 de octubre de 2016, percibirá el premio el agente municipal XXXXXXXX XXXXXXXX, por la suma de Pesos Mil ciento cincuenta ($ 1.150,00).
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón las áreas que correspondan, dése al Registro Oficial y archívese.------------------------------------------------
DECRETO Nº 671 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
El convenio celebrado con el CONSEJO PROVINCIAL DE LA MUJER de la pcia. de Bs. As. y,
CONSIDERANDO:
Que, el Municipio cuenta con un Comedor Social para niños, Que, se han recibido fondos para este fin,
Que, es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes,
POR ELLO:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Amplíese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA, ($ 3.750,00) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL CALCULO DE RECURSOS
Ampliación xx Xxxxxxx
17.5.01.04 Subsidio Comedor Social…..…………………………….... $ 3.750,00
Total de la Ampliación $ 3.750,00
ARTICULO 2º: Amplíese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA, ($ 3.750,00) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Ampliación xx Xxxxxxx
1110108000-38.04.00.2.1.1.0 Alimentos para personas………..................$ 3.750,00
Total de la Ampliación $ 3.750,00
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, Acción Social, dése al registro Oficial y archívese.----------------------------------------
DECRETO Nº 672 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4l00-56877/16 por parte de la Cooperadora de la EES Nº 1 Unidad Académica de Salliqueló, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo solicita un subsidio de $ 14.900,00 para gastos de traslado a la etapa regional xx Xxxxx de Ciencias a la ciudad de Gral. Xxxxxxxx;
Que, de la constancia de autos surge la factibilidad de acceder a lo solicitado; Que, ante ello el Departamento Ejecutivo debe aprobarlo por norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Otórguese a la Cooperadora de la Unidad Académica, un subsidio de Pesos CATORCE MIL NOVECIENTOS ($ 14.900,00).-----
ARTICULO 2º: El importe del mismo será imputado a la Partida: 1110109000.42.01.5.1.5.0. Transferencia a Instituciones de Enseñanza. F.F.132.
ARTICULO 3º: La entidad beneficiaria del Subsidio deberá rendir cuentas de los gastos efectuados, con descripción del proyecto que se rinde, conforme las siguientes pautas:
a) Se deberán adjuntar en un plazo de treinta (30) días las Facturas de gastos en original, cada gasto respaldado por el comprobante ORIGINAL, tipo B o C, sin tachaduras ni enmiendas, que cumplan con las normas de facturación y disposiciones legales vigentes de AFIP y DGR. Al respecto se aclara que no se recibirán Facturas en las que figure condición INGRESOS BRUTOS "EN TRÁMITE".
b) La rendición deberá presentarse por mesa de entradas del municipio, dirigida a la Contaduría del Municipio.
c) El destino de los fondos debe estar acorde al OBJETO por el cual se otorgó el subsidio.
d) Los comprobantes deben emitirse a nombre del Beneficiario del Subsidio, con indicación del Proyecto de que se trate.
e) Cada comprobante deberá estar debidamente conformado, firmado por el Beneficiario del Subsidio.
f) La fecha de los comprobantes debe ser POSTERIOR a la fecha de otorgamiento del subsidio.-----------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, comuníquese al interesado, dése al Registro Oficial y archívese.-------------------
DECRETO Nº 673 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4l00-56878/16 por parte de la Cooperadora de la EES Nº 1 Unidad Académica de Salliqueló, y; CONSIDERANDO:
Que, por el mismo solicita un subsidio de $ 1.600,00 para gastos de traslado a la instancia regional de las Olimpiadas de Medio Ambiente a la ciudad de Santa Xxxx;
Que, de la constancia de autos surge la factibilidad de acceder a lo solicitado; Que, ante ello el Departamento Ejecutivo debe aprobarlo por norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Otórguese a la Cooperadora de la Unidad Académica, un subsidio de Pesos MIL SEISCIENTOS ($ 1.600,00).------------------------
ARTICULO 2º: El importe del mismo será imputado a la Partida: 1110109000.42.01.5.1.5.0. Transferencia a Instituciones de Enseñanza. F.F.132.
ARTICULO 3º: La entidad beneficiaria del Subsidio deberá rendir cuentas de los gastos efectuados, con descripción del proyecto que se rinde, conforme las siguientes pautas:
a) Se deberán adjuntar en un plazo de treinta (30) días las Facturas de gastos en original, cada gasto respaldado por el comprobante ORIGINAL, tipo B o C, sin tachaduras ni enmiendas, que cumplan con las normas de facturación y disposiciones legales vigentes de AFIP y DGR. Al respecto se aclara que no se recibirán Facturas en las que figure condición INGRESOS BRUTOS "EN TRÁMITE".
b) La rendición deberá presentarse por mesa de entradas del municipio, dirigida a la Contaduría del Municipio.
c) El destino de los fondos debe estar acorde al OBJETO por el cual se otorgó el subsidio.
d) Los comprobantes deben emitirse a nombre del Beneficiario del Subsidio, con indicación del Proyecto de que se trate.
e) Cada comprobante deberá estar debidamente conformado, firmado por el Beneficiario del Subsidio.
f) La fecha de los comprobantes debe ser POSTERIOR a la fecha de otorgamiento del subsidio.-----------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, comuníquese al interesado, dése al Registro Oficial y archívese.-------------------
DECRETO Nº 674
Xxxxx X. Xxxxxxxxx Intendente Municipal Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 13 de Octubre de 2.016.- VISTO:
La Ordenanza Nº 1.267/08, y;
CONSIDERANDO:
Que el Art. 5º de la citada Ordenanza prevé la prohibición del tránsito pesado por lo caminos rurales del Partido de Salliqueló inmediatamente después a que se produzcan precipitaciones pluviales que puedan importar un serio perjuicio de los mismos;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Prohíbase a partir del día 13/10/16, la circulación del tránsito de camiones y todo otro tipo de maquinarias pesadas y el traslado de ganado mediante arreo, en todos los caminos de tierra pertenecientes a la red vial del Distrito.---------------
ARTICULO 2º: La prohibición se extenderá hasta las cuarenta y ocho (48) horas posteriores, al cese de las precipitaciones, prorrogables por 48 hs. más a criterio del Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón las áreas que correspondan, comuníquese, dése a publicidad, dése al Registro Oficial y archívese.----
DECRETO Nº 675 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 13 de Octubre de 2016.-
VISTO:
Los contratos celebrados entre la Municipalidad de Salliqueló y los Señores XXXXXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxx para la ejecución Mano de Obra Albañilería, en Obras en Establecimientos Educativos; y XXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxxx para la ejecución Mano de Obra Albañilería, en Obra FOMUVI.;
CONSIDERANDO:
Que, dichos trabajos consisten en trabajos de albañilería en el Centro Cultural Quenumá; Que, dichos trabajos consisten en trabajos de albañilería en construcción de 1 vivienda; Que esto hace necesario el dictado de la norma legal que apruebe lo acordado;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Apruébense los contratos celebrados entre la Municipalidad de Salliqueló y los Señores XXXXXXX, Xxxxxxxx Xxxxxxx, DNI Nº
5.399.337 para la ejecución Mano de Obra Albañilería, en Obras en Establecimientos Educativos y XXXXXXX, Xxxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000 para la ejecución Mano de Obra Albañilería, en Obra FOMUVI.--------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería y Obras Públicas, dése al Registro Oficial y archívese.-----------------------------------
DECRETO Nº 676 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 13 de Octubre de 2.016.-
VISTO y CONSIDERANDO:
La nota recibida por parte de la Secretaría de Hacienda, Finanzas y B. Social en la cual solicita la reubicación de dependencia de la agente municipal: Xxx. XXXXXX, Xxxxxx Xxxxxxx pasa de Corralón Municipal a tareas de Servicio en Hospital Municipal; por lo que corresponde proceder al dictado de la norma legal que así lo disponga;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Reubíquese a la agente municipal Xxx. XXXXXX, XXXXXX XXXXXXX, M.I. Nº 34.540.694, del Corralón Municipal de Salliqueló a tareas de Servicio en Hospital Municipal, 36 hs. semanales. Imputación 3.000-21-2. A partir del día 01 de octubre de 2.016.---------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, insértese copia en su Legajo, dése al Registro Oficial y archívese.-----------------
DECRETO Nº 677 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 14 de Octubre de 2016.-
Otorga Subsidio a Particulares.-
DECRETO Nº 678 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 14 de Octubre de 2016.-
VISTO:
Que, mediante Decreto Municipal Nº 508/16 se procedió a la incorporación de la Profesional Dra. Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXX;
CONSIDERANDO:
Salliqueló;
Que la Dra. Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXX cumple las funciones en el Servicio de Hemoterapia del Hospital Municipal de Que, debe dictarse la correspondiente norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ, en uso de sus atribuciones:
X X X X X X X
XXXXXXXX 0: Determínese el monto a percibir por la Profesional médica dependiente de la Municipalidad de Salliqueló, a partir del día 1º de Octubre de 2.016, Dra. XXXXXXX, Xxxxxx Xxxxxxx- M.I. Nº 20.049.535 en concepto de disponibilidad la suma de $ 4.000.------------------------------
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, tomen razón las áreas que correspondan, dése al Registro Oficial y archívese.-----------------------------------------------
DECRETO Nº 679 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 14 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
El convenio celebrado entre el Ministerio de Familia y Desarrollo Humano y la Municipalidad de Salliqueló, y ; CONSIDERANDO:
Que, se reciben en forma bimestral becas para gastos de funcionamiento de la Guardería; Que, es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Amplíese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de pesos VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE, ($ 26.320,00), de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL CÁLCULO DE RECURSOS
Ampliación xx Xxxxxxx
1110111000-17.5.01.02 - Subsidio Guardería 26.320,00
Ampliación xx xxxxxxx 26.320,00.
ARTICULO 2º: Amplíese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE, ($ 26.320,00), de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Ampliación de Partidas
1110108000 - 38.03.00 - 2.1.1.0 Alimentos para personas 26.320,00
Total de gastos 26.320,00. -
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al registro Oficial y archívese.----------------------------------------------------------
DECRETO Nº 680 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 14 de Octubre 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, el Departamento Ejecutivo ha dispuesto aumento en el sueldo del Personal Superior, Jerárquico y empleados del Departamento Ejecutivo; y un incremento del 10 % en el básico de los agentes municipales a partir del 1º de Octubre de 2016;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Fíjase el Sueldo del Intendente Municipal en 10 veces el sueldo mínimo y suplementos (Remuneración Bonificable según régimen horario $ 710.- y Remuneración Bonificable $ 300.-) para los agentes municipales mayores de 18 años que cumplen 40 horas semanales en la administración municipal.
ARTICULO 2º: Fíjase el sueldo del Personal Superior, Jerárquico y empleados del Departamento Ejecutivo de acuerdo al siguiente detalle: Secretario de Gobierno, Legal y Técnico: Xx. Xxxxxxx Xxxxxx $ 34.098,00
Secretario de Hacienda, Finanzas y X.Xxxxxx: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx……....$ 34.098,00 Contador Municipal: Cdra. Xxxxxxx Xxxxxxx................................................... $ 32.809,00
Tesorero Municipal: Xxxxxxx Xxxxxx ........................................................... $ 24.432,00
Director de la Producción y Empleo: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx…………….............$ 25.734,00 Asesor Legal: Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx..............................................$ 25.734,00 Director de Obras Públicas: Arq. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx..............................$ 25.734,00 Directora de Medio Ambiente: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx……………...…...$ 25.734,00 Director de Acción Social: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx....................................... $ 25.734,00
Director de Salud: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx..............................................$ 25.734,00
Director de Hospital: Bioquímico Xxxxxx Xxxxxx .......................................... $ 25.734,00
Director de Infraestructura Vial: Xxxxx X. Xxxxx.….…................................ $ 25.734,00 Delegado Quenumá: Xx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx …………………………. $ 25.734,00 Juez de Falta Municipal: Xxxxx Xxxx Xxxxxxx…………………………..…..$ 25.734,00 Director de Prensa y Ceremonial: Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx…………..…..$ 25.734,00 Directora de Cultura: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx…………………………...….…$ 25.734,00 Subdirector de Presupuesto: Xxxxx San Xxxxx.............................................. $ 23.035,00 Subdirector de Obras Públicas: Xxxxxxx Xxxxxxx del Mar............................. $ 21.639,00 Administrador Hospital: Xxxxxxx Xxxxxxxx.....................................................$ 21.639,00 Subdirector xx Xxxxxx y Catastro: Xxxxxx Xxxxxxxxxx................................. $ 21.639,00 Jefe de Compras: Xxxxxxx Xxxx Xxxx............................................................... $ 25.734,00
Director Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxxx: Dra. Xxxxx Xxxxx Xxxxx…….……...... $ 25.734,00 Encargada Crédito Público: Xxxxxxxx Xxxx. ................................................... $ 17.453,00
Encargada Liquidación Haberes: Xxxx X. Xxxxxxxx.......................................... $ 17.453,00 Subdirector de Deportes: Xxxxxx Xxxxxx…….…………….……….……….. $ 19.944,00 Subtesorera ………………….……………..….…………………….……... $ 17.453,00 Jefe xx Xxxxxx: Xxxxxxx Xxxxxx..………………..…….……………….….… $ 17.453,00 Encargado de Sistemas y Cómputos: Xxxxxx Xxxxx.……………..…….……$ 17.453,00 Administrador Hogar Papa Xxxxxxxxx: Xxxxxx Xxxxxx….………………….…$ 21.639,00 Responsable Patrimonio Municipal: Xxxxxxx Xxxx………………………….$ 17.453,00 Encargada de personal: Succurro Xxx Xxxxx………………………………….$ 17.453,00
Encargada Jardin Maternal: Xxxxxx Xxxxxxx $ 17.453,00
Encargado Servicios Especiales Urbanos: Xxxxxxxxx Xxxxxxxx ……………..$ 19.944,00
ARTICULO 3º: Determínese la dieta de los Concejales en la suma equivalente a dos veces y media el sueldo mínimo del agente administrativo municipal con un régimen horario de 40 horas semanales en la suma de pesos DIECISEIS MIL VEINTIOCHO C/90 Ctvs. ($ 16.028,90)-----------
ARTICULO 4º: Fíjase el valor de Fallo de Caja en $ 3.782,00 para Administración General y en $ 947,00 para Xxxxxxxxxx Xxxxxxx-Xxxxxxxx Xxxxxxxxx- Xxxx xx Xxxxx x Xxxxxxxxxx.
XXXXXXXX 0x: Dispóngase un aumento del 10 % xxx xxxxxxx básico de todos los agentes municipales a partir del día 1º de Octubre de 2.016. Modificando la escala salarial de acuerdo al siguiente detalle:
Nivel.ocup módulo cant. Modu val_mod sueldo básico
01 | 20 | 500 | 6.5466 | 3,273.32 |
01 | 30 | 500 | 9.8026 | 4,901.30 |
01 | 36 | 500 | 10.3460 | 5,172.99 |
01 | 40 | 500 | 10.6624 | 5,331.22 |
01 | 48 | 500 | 11.3865 | 5,693.26 |
02 | 20 | 520 | 6.7945 | 3,533.15 |
02 | 30 | 520 | 9.5275 | 4,954.31 |
02 | 36 | 520 | 10.0705 | 5,236.67 |
02 | 40 | 520 | 10.3876 | 5,401.56 |
02 | 48 | 520 | 11.1118 | 5,778.15 |
03 | 20 | 540 | 6.6097 | 3,569.25 |
03 | 30 | 540 | 9.2705 | 5,006.04 |
03 | 36 | 540 | 9.8138 | 5,299.47 |
03 | 40 | 540 | 10.1299 | 5,470.15 |
03 | 48 | 540 | 10.8540 | 5,861.15 |
04 | 20 | 560 | 6.4363 | 3,604.33 |
04 | 30 | 560 | 9.0343 | 5,059.22 |
04 | 36 | 560 | 9.5772 | 5,363.23 |
04 | 40 | 560 | 9.8939 | 5,540.59 |
04 | 48 | 560 | 10.6180 | 5,946.07 |
05 | 20 | 580 | 6.2760 | 3,640.10 |
05 | 30 | 580 | 8.8102 | 5,109.92 |
05 | 36 | 580 | 9.3538 | 5,425.23 |
05 | 40 | 580 | 9.6703 | 5,608.77 |
05 | 48 | 580 | 10.3945 | 6,028.81 |
06 | 20 | 600 | 6.1232 | 3,673.91 |
06 | 30 | 600 | 8.6079 | 5,164.75 |
06 | 36 | 600 | 9.1507 | 5,490.40 |
06 | 40 | 600 | 9.4678 | 5,680.65 |
06 | 48 | 600 | 10.1920 | 6,115.18 |
07 | 20 | 625 | 5.9505 | 3,719.07 |
07 | 30 | 625 | 8.3672 | 5,229.50 |
07 | 36 | 625 | 8.9103 | 5,568.95 |
07 | 40 | 625 | 9.2270 | 5,766.90 |
07 | 48 | 625 | 9.9505 | 6,219.05 |
08 | 20 | 650 | 5.7904 | 3,763.75 |
08 | 30 | 650 | 8.1483 | 5,296.40 |
08 | 36 | 650 | 8.6913 | 5,649.35 |
08 | 40 | 650 | 9.0083 | 5,855.38 |
08 | 48 | 650 | 9.7322 | 6,325.95 |
09 | 04 | 675 | 5.1309 | 3,463.37 |
09 | 08 | 675 | 5.2577 | 3,548.96 |
09 | 12 | 675 | 5.3859 | 3,635.51 |
09 | 15 | 675 | 5.5142 | 3,722.05 |
09 | 20 | 675 | 5.6422 | 3,808.51 |
09 | 30 | 675 | 7.9410 | 5,360.21 |
09 | 36 | 675 | 8.4839 | 5,726.65 |
09 | 40 | 675 | 8.8010 | 5,940.68 |
09 | 48 | 675 | 9.5251 | 6,429.44 |
10 | 20 | 700 | 5.5015 | 3,851.06 |
10 | 30 | 700 | 7.7503 | 5,425.18 |
10 | 36 | 700 | 8.2933 | 5,805.28 |
10 | 40 | 700 | 8.6096 | 6,026.71 |
10 | 48 | 700 | 9.3338 | 6,533.66 |
11 | 20 | 725 | 5.3725 | 3,895.08 |
11 | 30 | 725 | 7.5762 | 5,492.74 |
11 | 36 | 725 | 8.1193 | 5,886.51 |
11 | 40 | 725 | 8.4362 | 6,116.22 |
11 | 48 | 725 | 9.1602 | 6,641.18 |
12 | 20 | 750 | 5.2544 | 3,940.80 |
12 | 30 | 750 | 7.4086 | 5,556.49 |
12 | 36 | 750 | 7.9518 | 5,963.83 |
12 | 40 | 750 | 8.2682 | 6,201.17 |
12 | 48 | 750 | 8.9927 | 6,744.52 |
13 | 20 | 775 | 5.1388 | 3,982.59 |
13 | 30 | 775 | 7.2574 | 5,624.52 |
13 | 36 | 775 | 7.8001 | 6,045.05 |
13 | 40 | 775 | 8.1169 | 6,290.60 |
13 | 48 | 775 | 8.8411 | 6,851.86 |
14 | 20 | 800 | 5.0344 | 4,027.49 |
14 | 30 | 800 | 7.1108 | 5,688.67 |
14 | 36 | 800 | 7.6538 | 6,123.07 |
14 | 40 | 800 | 7.9711 | 6,376.85 |
14 | 48 | 800 | 8.6954 | 6,956.32 |
15 | 20 | 825 | 4.9351 | 4,071.49 |
15 | 30 | 825 | 6.9768 | 5,755.82 |
15 | 36 | 825 | 7.5192 | 6,203.37 |
15 | 40 | 825 | 7.8362 | 6,464.87 |
15 | 48 | 825 | 8.5602 | 7,062.13 |
16 | 20 | 850 | 4.8426 | 4,116.17 |
16 | 30 | 850 | 6.8469 | 5,819.85 |
16 | 36 | 850 | 7.3903 | 6,281.72 |
16 | 40 | 850 | 7.7070 | 6,550.92 |
16 | 48 | 850 | 8.4309 | 7,166.28 |
17 | 20 | 875 | 4.7558 | 4,161.36 |
17 | 30 | 875 | 6.7247 | 5,884.08 |
17 | 36 | 875 | 7.2679 | 6,359.43 |
17 | 40 | 875 | 7.5845 | 6,636.44 |
17 | 48 | 875 | 8.3088 | 7,270.23 |
18 | 20 | 900 | 4.6705 | 4,203.48 |
18 | 30 | 900 | 6.6122 | 5,950.94 |
18 | 36 | 900 | 7.1546 | 6,439.18 |
18 | 40 | 900 | 7.4721 | 6,724.91 |
18 | 48 | 900 | 8.1959 | 7,376.35 |
19 | 20 | 925 | 4.5912 | 4,246.89 |
19 | 30 | 925 | 6.5048 | 6,016.90 |
19 | 36 | 925 | 7.0479 | 6,519.29 |
19 | 40 | 925 | 7.3652 | 6,812.84 |
19 | 48 | 925 | 8.0893 | 7,482.62 |
20 | 20 | 950 | 4.5168 | 4,290.94 |
20 | 30 | 950 | 6.4039 | 6,083.68 |
20 | 36 | 950 | 6.9465 | 6,599.16 |
20 | 40 | 950 | 7.2641 | 6,900.88 |
20 | 48 | 950 | 7.9882 | 7,588.76 |
21 | 20 | 975 | 4.4490 | 4,337.75 |
21 | 30 | 975 | 6.3037 | 6,146.16 |
21 | 36 | 975 | 6.8469 | 6,675.70 |
21 | 40 | 975 | 7.1640 | 6,984.87 |
21 | 48 | 975 | 7.8878 | 7,690.60 |
22 | 04 | 1000 | 4.3291 | 4,329.05 |
22 | 08 | 1000 | 4.3420 | 4,341.95 |
22 | 12 | 1000 | 4.3549 | 4,354.85 |
22 | 15 | 1000 | 4.3679 | 4,367.88 |
22 | 20 | 1000 | 4.3810 | 4,381.03 |
22 | 30 | 1000 | 6.2138 | 6,213.85 |
22 | 36 | 1000 | 6.7570 | 6,756.97 |
22 | 40 | 1000 | 7.0738 | 7,073.81 |
22 | 48 | 1000 | 7.7980 | 7,798.02 |
23 | 20 | 1050 | 4.2578 | 4,470.69 |
23 | 30 | 1050 | 6.0450 | 6,347.27 |
23 | 36 | 1050 | 6.5881 | 6,917.55 |
23 | 40 | 1050 | 6.9054 | 7,250.63 |
23 | 48 | 1050 | 7.6293 | 8,010.79 |
24 | 20 | 1100 | 4.1416 | 4,555.74 |
24 | 30 | 1100 | 5.8882 | 6,477.02 |
24 | 36 | 1100 | 6.4309 | 7,074.04 |
24 | 40 | 1100 | 6.7480 | 7,422.84 |
24 | 48 | 1100 | 7.4722 | 8,219.47 |
25 | 20 | 1150 | 4.0417 | 4,647.98 |
25 | 30 | 1150 | 5.7485 | 6,610.76 |
25 | 36 | 1150 | 6.2911 | 7,234.77 |
25 | 40 | 1150 | 6.6076 | 7,598.69 |
25 | 48 | 1150 | 7.3315 | 8,431.24 |
26 | 20 | 1200 | 3.9442 | 4,732.98 |
26 | 30 | 1200 | 5.6139 | 6,736.67 |
26 | 36 | 1200 | 6.1573 | 7,388.73 |
26 | 40 | 1200 | 6.4737 | 7,768.47 |
26 | 48 | 1200 | 7.1982 | 8,637.83 |
27 | 20 | 1250 | 3.8581 | 4,822.60 |
27 | 30 | 1250 | 5.4960 | 6,870.02 |
27 | 36 | 1250 | 6.0386 | 7,548.29 |
27 | 40 | 1250 | 6.3557 | 7,944.66 |
27 | 48 | 1250 | 7.0794 | 8,849.28 |
28 | 20 | 1300 | 3.7778 | 4,911.08 |
28 | 30 | 1300 | 5.3843 | 6,999.56 |
28 | 36 | 1300 | 5.9270 | 7,705.13 |
28 | 40 | 1300 | 6.2442 | 8,117.51 |
28 | 48 | 1300 | 6.9677 | 9,057.99 |
29 | 20 | 1350 | 3.7033 | 4,999.46 |
29 | 30 | 1350 | 5.2828 | 7,131.72 |
29 | 36 | 1350 | 5.8252 | 7,864.08 |
29 | 40 | 1350 | 6.1428 | 8,292.84 |
29 | 48 | 1350 | 6.8668 | 9,270.18 |
30 | 20 | 1400 | 3.6356 | 5,089.87 |
30 | 30 | 1400 | 5.1880 | 7,263.19 |
30 | 36 | 1400 | 5.7310 | 8,023.39 |
30 | 40 | 1400 | 6.0481 | 8,467.32 |
30 | 48 | 1400 | 6.7724 | 9,481.40 |
31 | 04 | 1450 | 3.5585 | 5,159.80 |
31 | 08 | 1450 | 3.5614 | 5,164.06 |
31 | 12 | 1450 | 3.5636 | 5,167.21 |
31 | 15 | 1450 | 3.5658 | 5,170.36 |
31 | 20 | 1450 | 3.5684 | 5,174.25 |
31 | 24 | 1450 | 4.6555 | 6,750.43 |
31 | 30 | 1450 | 5.0976 | 7,391.49 |
31 | 36 | 1450 | 5.6412 | 8,179.77 |
31 | 40 | 1450 | 5.9578 | 8,638.81 |
31 | 48 | 1450 | 6.6821 | 9,689.10 |
32 | 20 | 1500 | 3.5073 | 5,260.91 |
32 | 30 | 1500 | 5.0188 | 7,528.18 |
32 | 36 | 1500 | 5.5619 | 8,342.87 |
32 | 40 | 1500 | 5.8790 | 8,818.51 |
32 | 48 | 1500 | 6.6028 | 9,904.25 |
33 | 20 | 1550 | 3.4517 | 5,350.17 |
33 | 30 | 1550 | 4.9408 | 7,658.18 |
33 | 36 | 1550 | 5.4832 | 8,499.03 |
33 | 40 | 1550 | 5.8006 | 8,990.92 |
33 | 48 | 1550 | 6.5240 | 10,112.26 |
34 | 20 | 1600 | 3.4019 | 5,443.07 |
34 | 30 | 1600 | 4.8681 | 7,788.95 |
34 | 36 | 1600 | 5.4108 | 8,657.34 |
34 | 40 | 1600 | 5.7281 | 9,164.89 |
34 | 48 | 1600 | 6.4515 | 10,322.41 |
35 | 20 | 1700 | 3.3038 | 5,616.53 |
35 | 30 | 1700 | 4.7339 | 8,047.59 |
35 | 36 | 1700 | 5.2771 | 8,971.13 |
35 | 40 | 1700 | 5.5932 | 9,508.44 |
35 | 48 | 1700 | 6.3177 | 10,740.04 |
ARTICULO 6º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, comuníquese a los interesados, dése al Registro Oficial y archívese.--------------
DECRETO Nº 681 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 17 de Octubre de 2016.-
Otorga Subsidio a Particulares.-
DECRETO Nº 682 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 17 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
El Decreto 658/16 y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el decreto enunciado se procedió a la apertura del Concurso de Precios Nº 03/16, fijando la apertura de sobres para el día 19 de octubre de 2016 a las 10.00 hs.;
Que, resulta aconsejable, prorrogar la fecha de apertura de sobres a efectos de una mejor convocatoria; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Prorrógase la apertura de sobres del Concurso de Precios Nº 03 destinados a la Adquisición de Juegos - Plaza Central Barrio XX.XX.XX, para el día Lunes 24 de octubre de 2.016 a las 10 horas.
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, y Oficina de Compras, dése al Registro Oficial y archívese.----------------------------
DECRETO Nº 683
Es copia fiel.- Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx Intendente Municipal Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 18 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4l00-56906/16 por parte del Consejo Escolar de Salliqueló, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo solicita un subsidio para la Asociación Cooperadora de la E.P. Nº 2 de $ 1.600,00, para solventar gastos de traslado a una jornada de Educación Física a la localidad xx Xxxxxxx;
Que, de la constancia de autos surge la factibilidad de acceder a lo solicitado; Que, ante ello el Departamento Ejecutivo debe aprobarlo por norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Otórguese a la Asociación Cooperadora E.P. Nº 2, un subsidio de Pesos MIL SEISCIENTOS ($ 1.600,00) para solventar gastos de traslado a una jornada de Educación Física en la localidad xx Xxxxxxx.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: La entidad beneficiaria del Subsidio deberá rendir cuentas de los gastos efectuados, con descripción del proyecto que se rinde, conforme las siguientes pautas:
a) Se deberán adjuntar en un plazo de treinta (30) días las Facturas de gastos en original, cada gasto respaldado por el comprobante ORIGINAL, tipo B o C, sin tachaduras ni enmiendas, que cumplan con las normas de facturación y disposiciones legales vigentes de AFIP y DGR. Al respecto se aclara que no se recibirán Facturas en las que figure condición INGRESOS BRUTOS "EN TRÁMITE".
b) La rendición deberá presentarse por mesa de entradas del municipio, dirigida a la Contaduría del Municipio.
c) El destino de los fondos debe estar acorde al OBJETO por el cual se otorgó el subsidio.
d) Los comprobantes deben emitirse a nombre del Beneficiario del Subsidio, con indicación del Proyecto de que se trate.
e) Cada comprobante deberá estar debidamente conformado, firmado por el Beneficiario del Subsidio.
f) La fecha de los comprobantes debe ser POSTERIOR a la fecha de otorgamiento del subsidio.
ARTICULO 3º: El importe del mismo será imputado a la Partida: 1110109000-42.01.00-5150. Transferencia a Instituciones de Enseñanza. F.F.132
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, comuníquese al interesado, dése al Registro Oficial y archívese.------------------
DECRETO Nº 684 Fdo. Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 18 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La renuncia presentada por la agente municipal Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx XXXXXXXX, y; CONSIDERANDO:
Que, no habiendo impedimento alguno para aceptarla, debe dictarse la norma legal aprobando la renuncia;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Acéptese la renuncia a la Xxx. XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX, M.I. Nº 14.859.690. Personal Administrativa, Cat. 24, Clase A,
G. I, 30 hs. semanales. A partir del día 31/01/17.
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, dése al Registro Oficial, insértese copia en su Legajo, y archívese.-------------
DECRETO Nº 685 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 19 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Los fondos recibidos para afrontar los gastos inherentes a la Etapa Local 2016 de los Juegos Deportivos Buenos Aires, y; CONSIDERANDO:
Que, es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes;
POR ELLO:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Amplíese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de pesos SESENTA Y CUATRO MIL, ($ 64.000,00) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL CALCULO DE RECURSOS
Ampliación xx Xxxxxxx
17.5.01.01 Juegos Deportivos Buenos Aires-La Provincia…….……… $ 64.000,00
Total de la Ampliación…………... $ 64.000,00
ARTICULO 2º: Amplíese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos SESENTA Y CUATRO MIL, ($ 64.000,00) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Ampliación xx Xxxxxxx
1110109000-41.02.00-3.5.1.0 Transporte………….…………..……...$ 64.000,00
Ampliación de la Partida………………$ 64.000,00
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al registro Oficial y archívese.---------------------------------------------------------
DECRETO Nº 686 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 19 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
El convenio celebrado entre el Ministerio de Familia y Desarrollo Humano y la Municipalidad de Salliqueló, y;
CONSIDERANDO:
Que, se reciben en forma bimestral becas para gastos de funcionamiento de la Guardería; Que, es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Amplíese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de pesos VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE, ($ 26.320,00), de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL CÁLCULO DE RECURSOS
Ampliación xx Xxxxxxx
1110111000-17.5.01.02 - Subsidio Guardería 26.320,00
Ampliación xx xxxxxxx 26.320,00.
ARTICULO 2º: Amplíese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE, ($ 26.320,00), de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Ampliación de Partidas
1110108000 - 38.03.00 - 2.9.1.0 Elementos de limpieza 26.320,00
Total de gastos 26.320,00. -
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al registro Oficial y archívese.----------------------------------------------------------
DECRETO Nº 687 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 19 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La nota del Secretario de Hacienda, Finanzas y B. Social, y;
CONSIDERANDO:
Que, informa la suma a abonar en concepto de bonificación por disponibilidad de personal Responsable del Sistema de Recaudación y cobranza de Bapro medios de Pago, a partir del día 1º de octubre de 2.016;
Que, es necesario el dictado de la correspondiente norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Establézcase a partir del día 1º de octubre de 2.016, el monto a percibir en concepto de bonificación por Disponibilidad de la agente municipal por personal Responsable del Sistema de Recaudación y cobranza de Bapro medios de Pago a Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx, en la suma mensual de $ 947,00.
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería y Personal, dése al Registro Oficial y archívese.-----------------------------------------
DECRETO Nº 688
Xxxxx X. Xxxxxxxxx Intendente Municipal Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 20 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las licencias otorgadas al personal Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, debe designarse personal de reemplazo mientras duren dichas licencias, para no resentir el normal funcionamiento de distintas áreas municipales;
Que, se cuenta con las personas para cubrir estos reemplazos, debiendo dictarse la norma legal que así lo disponga;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Desígnese como personal de reemplazo a XXXXXXXX XXXXX XXXXX, M.I. Nº 22.947.426. En los términos de la Ley 11.757. Imputación: 11.000.1-1. Reemplaza x XXXXXX, INDIANA del día 03-10 al 31-10-16. 30 hs. semanales.-------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Desígnese como personal de reemplazo a XXXX, XXXXXXXX M.I. Nº 12.689.845. En los términos de la Ley 11.757. Imputación: 11000.1.1.1.2. Reemplaza a XXXXXXX, XXXXXXX del día 26/09 al 02/10/16. 30 horas semanales.--------------------------------------------------------------
DECRETO Nº 689 Xxxxx X. Xxxxxxxxx Intendente Municipal Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.674, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.674/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 20 de octubre de 2016, “Ratificando el Decreto Nº 459/16 el cual aprueba Ad-Referéndum del H.C.D, el Contrato de Locación de Obra entre la Municipalidad de Salliqueló y el Maestro Mayor de Obras Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx”.------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dése al registro Oficial y archívese.-------
DECRETO Nº 690 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.675, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.675/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día
20 de octubre de 2016, “Autorizando la donación de la fracción de terreno propiedad de la Municipalidad de Salliqueló designada catastralmente como: Xxxx. XXX, Xxxx. X, Xxx. 00, Xxxx. 0 a, a la Diócesis Nueve de Xxxxx Xxxxxxx Apostólica Romana”.------------------------------------
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dése al registro Oficial y archívese.------
DECRETO Nº 691 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.676, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.676/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 20 de octubre de 2016, “Creando Corredor de Emergencias”.
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dése al registro Oficial y archívese.-------
DECRETO Nº 692 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La comunicación elevada por el Honorable Concejo Deliberante, por la que pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo
la sanción de la Ordenanza Nº 1.677, y; CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo la Promulgación y/o el veto de las Ordenanzas;
Que, este Departamento Ejecutivo ha resuelto hacer uso de la aludida facultad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Promulgase la Ordenanza Nº 1.677/16 sancionada por el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en sesión ordinaria del día 20 de octubre de 2016, “Señalización estacionamiento para discapacitados”.-----------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Comuníquese al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, y a quienes corresponda, dése al registro Oficial y archívese.-------
DECRETO Nº 693 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 24 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La Ordenanza 1184/05, 1129/04, 1403/10, 1278/08, 1117/04, 1609/15,
1591/14, 1422/11, Decreto 179/06, Ley 13010 y; CONSIDERANDO:
Que, en el presente Ejercicio se ha recaudado fondos por tales conceptos;
Que, de acuerdo a las mencionadas normas legales es necesario realizar las adecuaciones presupuestarias
correspondientes; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Amplíese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de pesos TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE con 30 centavos, ($ 395.347,30) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL CALCULO DE RECURSOS
Ampliación de Partidas
1110111000-11.4.03.00. Coop.Ley 13010 Desc.Trib. Impuesto………...$ 6.576,18 1110111000-11.9.07.00. Canon Registro Provincial Bebidas Alcohol..…$ 2.075,00 1110111000-12.1.15.06. Prestaciones Geriátricas PAMI.………………..$ 296.541,11 1110111000-12.2.99.03. Venta de ejemplares vivero mpal………………$ 3.649,00 1110111000-12.2.99.04. Venta residuos reciclados………………………$ 24.065,00
1110111000-21.2.10.00. Pavimento IV-Ord. 1184/05.……………….…. $ 4.425,25
1110111000-21.2.14.00. Obra Repavimentación-Ord. 1403/1509.…….. $ 6.722,71
1110111000-21.2.15.00. Obra Cordón Cuneta VIII- Ord 1591/14 ………$ 31.174,13 1110111000-33.1.02.00. Reintegro Fondo Solid. Descentralizado……… $ 307,21 1110111000-34.1.01.30. Fondo Mpal. Perm. p/la viv. de interés Social….$ 19.811,71
Total de la Ampliación……………….$ 395.347,30.
ARTICULO 2º: Amplíese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de pesos TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE con 30 centavos, ($ 395.347,30) de acuerdo al siguiente detalle:
AMPLIACION DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
Ampliación xx Xxxxxxx
1110105000-26.01.00.5.2.1.0. Transferencias a personas………………$ 307,21
1110107000-35.03.00-2.5.3.0. Abonos y fertilizantes…………...……..$ 3.649,00
1110107000-35.55.00-2.7.5.0. Herramientas menores…..….…..………$ 19.811,71
1110107000-35.76.00-3.4.9.0. Otros……………..………..……………$ 6.722,71
1110107000-35.61.00-2.7.1.0. Productos ferrosos…………...…………$ 50.000,00
1110107000-35.61.00.3.5.9.0. Otros…………………………………….$ 20.000,00 1110107000-35.61.00.4.3.7.0. Equipo de oficina y muebles…..………..$ 15.000,00 1110107000-35.78.00-2.6.5.0. Cemento, cal y yeso…………….……...$ 35.599,38
1110111000-01.01.00-3.5.5.0. Comisiones y gastos bancarios…………$ 2.075,00
1110113000-43.01.00.1.6.0.0. Beneficios y compensaciones ………….$ 211.541,11
1110114000-44.02.00.2.2.2.0. Prendas de vestir………………………..$ 24.065,00
1110115000-31.02.00.2.5.6.0. Combustibles y lubricantes……………..$ 6.576,18
Total gastos $ 395.347,30. - ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro oficial y archívese.-------------------------------------------------
DECRETO Nº 694 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. de Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 24 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
La nota recibida de la Dirección de Acción Social Municipal; mediante el cual solicita se otorgue una ayuda
social, consistente en un subsidio de $450, en forma mensual, a las personas que se detallan a continuación y, que se estima procedente se otorgue el beneficio solicitado;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Otórguese un subsidio Municipal a partir del 1º de octubre de 2.016 de $ 450 a las siguientes personas:
APELLIDO Y NOMBRE | D.N.I. |
XXXXXX XXXXX | 10.227.442 |
XXXXXX XXXXXX | 29.508.027 |
XXXXX XXXXX | 29.853.421 |
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | 8.427.367 |
XXXXXXX XXXXXXXXXX | 5.420.220 |
XXXXX XXXXXX | 896.350 |
XXXXX XXXXX de los ANGELES | 28.796.699 |
XXXXXXX XXXXXXX | 13.993.797 |
XXXXX XXXXX | 25.449.768 |
XXXXXXX XXXX | 12.689.827 |
XXXXXXX XXXXX | 10.317.774 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | 2.346.949 |
XXXXXXX XXXXXXX | 12.689.853 |
XXXX XXXX XXXXXX | 1.198.003 |
XXXXXXXX XXX XXXXXXX | 13.332.864 |
XXXXXX XXXXXX | 16.606.764 |
D’XXXXX XXXX | 12.165.054 |
D’XXXXX XXXXXXX | 25.508.941 |
DE LOS XXXXXX XXXXXXXX | 2.635.080 |
DE LOS XXXXXX XXXX | 4.090.439 |
XXX XXXX XXXX | 5.456.464 |
DE LOS XXXXXX XXXXXX | 8.311.968 |
DE XXXXX XXXX XXXXX | 5.439.539 |
XXXXXXXXX XXXXX | 3.606.345 |
XXXXX XXXXXXXX S: | 14.129.834 |
XXXXXX XXXXX XXXXXX | 12.689.816 |
XXXXXX XXXX | 14.808.768 |
XXXXX XXXXXXX XXXXX | 5.465.950 |
XXXXXXXX XXXXXXX | 10.317.764 |
XXXXXXX XXXXX | 5.732.573 |
XXXXX XXXXXXXX | 4.093.094 |
XXXXXXX XXXXXX X. | 21.603.780 |
XXXXX XXXX XXXXX | 21.450.125 |
XXXXX XXXX XXXXX | 21.450.124 |
XXXXX XXXXXX | 31.141.044 |
XXXXXXXXX XXX XXXX | 4.284.047 |
XXXXXXXXX XXXXXXX | 5.002.704 |
XXXXXX XXXXXXX | 16.926.898 |
XXXXXX XXXXXXX | 5.804.951 |
XXXXXXX XXXXXXX X. | 10.572.198 |
XXXXXXXX XXXX | 6.298.835 |
XXXXXX XXXX | 93.209.914 |
XXXXXX XXXXXXX | 25.793.991 |
XXXX XXXXXXX XXX | 26.639.713 |
XXXXXXXX XXXXXX X. | 2.415.408 |
XXXXXX XXXXXXXXX | 4.580.352 |
XXXXXXXX XXXXX XXX XXXXXX | 12.689.847 |
XXXXXXXX XXXX XXXXXX | 5.732.406 |
XXXXXXXX XXXXXXXX | 5.732.572 |
XXXXXX XXXXXX | 21.603.784 |
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | 10.317.778 |
XXXXX M. DE LOS ANGELES | 13.650.075 |
XXXXXXX XXXXXX XXXXX | 2.757.104 |
XXXXXXXXX XXXXXXX | 44.167.690 |
XXXXXXXXX XXXXXXX | 10.644.243 |
XXXXX XXXX XXXXX | 10.455.681 |
XXXX XXXX XXXX | 7.650.865 |
XXXXXXX XXXXXX | 10.105.867 |
XXXXXXX XXXXXX | 37.372.538 |
XXXXXXX XXXX | 5.219.504 |
XXXXX XXXXX | 12.026.745 |
XXXXXX XXX XXXXXX | 10.105.892 |
XXXXXX XXXXX | 10.644.275 |
XXXXXX XXXXXX | 29.366.802 |
XXXXXXXX, XXXXX XXX XXXXXX | 4.090.467 |
XXXXXX XXXXX | 10.442.659 |
XXXXXX XXXXX | 10.105.903 |
ARTICULO 2º: Estos importes serán imputados a: 111010800038015140 “Ayudas Sociales a Personas”. Fuente de Financiamiento 110.---------
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería y A. Social, dése al Registro Oficial y archívese.----------------------------------------
DECRETO Nº 695 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 25 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 1.267/08, y;
CONSIDERANDO:
Que el Art. 5º de la citada Ordenanza prevé la prohibición del tránsito pesado por lo caminos rurales del Partido de Salliqueló inmediatamente después a que se produzcan precipitaciones pluviales que puedan importar un serio perjuicio de los mismos;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Prohíbase a partir del día 25/10/16, la circulación del tránsito de camiones y todo otro tipo de maquinarias pesadas y el traslado de ganado mediante arreo, en todos los caminos de tierra pertenecientes a la red vial del Distrito.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: La prohibición se extenderá hasta las cuarenta y ocho (48) horas posteriores, al cese de las precipitaciones, prorrogables por 48 hs. más a criterio del Departamento Ejecutivo.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón las áreas que correspondan, comuníquese, dése a publicidad, dése al Registro Oficial y archívese.----
DECRETO Nº 696 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 26 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La necesidad de fomentar el empleo en el ámbito del Municipio de Salliqueló y CONSIDERANDO:
Que, es facultad del DE designar áreas que tengan bajo su responsabilidad la instrumentación de programas de empleo, capacitación, desarrollo comunitario, etc.
Que, ante la existencia de políticas y acciones referidas a los servicios de empleo en desarrollo en los ámbitos Nacional, Provincial y Municipal, resulta prioritario destinar a escala Municipal los recursos institucionales y los instrumentos específicos para abordar la problemática de la atención de personas con problemas de empleo y de los servicios de empleo en general.
Que, la capacitación y la orientación laboral resultan indispensables en el seno de un mercado laboral cambiante, exigente y competitivo para las personas que buscan empleo o que necesitan mejorar su situación laboral.
Que, los servicios en cuestión resultan fundamentales tanto para potenciar el desarrollo económico y el incremento de la producción de bienes y servicios como para que estos redunden en un mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y aporten fundamentos a las decisiones públicas en la materia.
Que, el Municipio cuenta con los conocimientos y los recursos humanos y materiales que, orientados en este sentido, contribuirán al diseño e implementación de estos servicios y de las políticas de empleo en general.
Que, lo dispuesto por este no implica erogaciones especiales que modifiquen la asignación presupuestaria vigente POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Crease la Oficina Municipal de Empleo, la cual dependerá funcionalmente de la Dirección de la Producción y será financiada mediante el presupuesto correspondiente a la dependencia mencionada. Tendrá sede en la Casa de Campo, hoy sita en Unzué Nº 130 de Salliqueló.
ARTÍCULO 2°: Designase en el cargo de Coordinador de la Oficina de Empleo a la Sra: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, DNI Nº 00.000.000 legajo municipal Nº 796.
ARTÍCULO 3°: Cúmplase, comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.------------------------------------------------------------------------------
DECRETO Nº 697 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 26 de Octubre de 2016.-
Aplica Sanción Disciplinaria.-
DECRETO Nº 698 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 26 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4l00-56.912/16 por parte de la Cooperadora de la Unidad Académica, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo solicita un subsidio de $ 3.800,00 para afrontar gastos de estadía y traslado de un alumno que participará de la Olimpiada Matemática Ñandú, los días 26, 27 y 00 xxx xxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxx xxx Xxxxx;
Que, de la constancia de autos surge la factibilidad de acceder a lo solicitado; Que, ante ello el Departamento Ejecutivo debe aprobarlo por norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Otórguese a la Cooperadora de la Unidad Académica, un subsidio de Pesos TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 3.800,00).-------------
ARTICULO 2º: El importe del mismo será imputado a la Partida: 1110109000.42.01.5.1.5.0. Transferencia a Otras Instituciones de Enseñanza. F.F.132.
ARTICULO 3º: La entidad beneficiaria del Subsidio deberá rendir cuentas de los gastos efectuados, con descripción del proyecto que se rinde, conforme las siguientes pautas:
a) Se deberán adjuntar en un plazo de treinta (30) días las Facturas de gastos en original, cada gasto respaldado por el comprobante ORIGINAL, tipo B o C, sin tachaduras ni enmiendas, que cumplan con las normas de facturación y disposiciones legales vigentes de AFIP y DGR. Al respecto se aclara que no se recibirán Facturas en las que figure condición INGRESOS BRUTOS "EN TRÁMITE".
b) La rendición deberá presentarse por mesa de entradas del municipio, dirigida a la Contaduría del Municipio.
c) El destino de los fondos debe estar acorde al OBJETO por el cual se otorgó el subsidio.
d) Los comprobantes deben emitirse a nombre del Beneficiario del Subsidio, con indicación del Proyecto de que se trate.
e) Cada comprobante deberá estar debidamente conformado, firmado por el Beneficiario del Subsidio.
f) La fecha de los comprobantes debe ser POSTERIOR a la fecha de otorgamiento del subsidio.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, comuníquese al interesado, dése al Registro Oficial y archívese.-------------------
DECRETO Nº 699 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 26 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
El contrato de Locación de Servicios celebrado entre la Municipalidad de Salliqueló y el Xx. Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXXX en
representación de “Xxxxxx & Garbarino SRL”, y; CONSIDERANDO:
Que, se contrata las prestaciones profesionales a los fines de su desempeño como Asesor profesional y técnico en las tareas de elaboración del Proyecto obra “Entubamiento calle Brasil”;
Que esto hace necesario el dictado de la norma legal que apruebe lo acordado;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Apruébese el contrato celebrado entre la Municipalidad de Salliqueló y el Señor Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXXX, DNI Nº 00.000.000, en representación de “Xxxxxx & Garbarino SRL”.
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería y Obras Públicas, dése al Registro Oficial y archívese.-----------------------------------
DECRETO Nº 700 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 27 de Octubre de 2016.-
VISTO:
El Expte. Adm. 4100-56717/16, mediante el cual tramita el pedido formalizado por Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, de autorización para aplicación terrestre de agroquímicos en el inmueble designado como parcela 547 AY; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 15 de la Ordenanza 1584/14, permite por el momento las aplicaciones de productos agroquímicos en Zona de Amortiguamiento y de Resguardo Ambiental, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos en el mismo artículo;
Que, el pedido de autorización para la realización de la aplicación, reúne esos los requisitos exigidos.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Autorízase la aplicación de productos agroquímicos en el inmueble designado catastralmente como Xxxx. XXX, Xxxxxxxx 000 AY, en las condiciones y bajo las prescripciones de la Receta agronómica Nº 16-00004496.---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, dése al registro oficial y archívese.
DECRETO Nº 701 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 27 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4l00-56939/16 por parte del Consejo Escolar de Salliqueló, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo solicita un subsidio para la Asociación Cooperadora E.P. Nº 6 de $ 3.600,00, para solventar gastos de traslado a las Ruinas de Epecuén;
Que, ante ello el Departamento Ejecutivo debe aprobarlo por norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Otórguese a la Asociación Cooperadora E.P. Nº 6, un subsidio de Pesos TEES MIL SEISCIENTOS ($ 3.600,00) para solventar gastos de traslado para la realización de una experiencia educativa a las Ruinas de Epecuén.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: La entidad beneficiaria del Subsidio deberá rendir cuentas de los gastos efectuados, con descripción del proyecto que se rinde, conforme las siguientes pautas:
a) Se deberán adjuntar en un plazo de treinta (30) días las Facturas de gastos en original, cada gasto respaldado por el comprobante ORIGINAL, tipo B o C, sin tachaduras ni enmiendas, que cumplan con las normas de facturación y disposiciones legales vigentes de AFIP y DGR. Al respecto se aclara que no se recibirán Facturas en las que figure condición INGRESOS BRUTOS "EN TRÁMITE".
b) La rendición deberá presentarse por mesa de entradas del municipio, dirigida a la Contaduría del Municipio.
c) El destino de los fondos debe estar acorde al OBJETO por el cual se otorgó el subsidio.
d) Los comprobantes deben emitirse a nombre del Beneficiario del Subsidio, con indicación del Proyecto de que se trate.
e) Cada comprobante deberá estar debidamente conformado, firmado por el Beneficiario del Subsidio.
f) La fecha de los comprobantes debe ser POSTERIOR a la fecha de otorgamiento del subsidio.
ARTICULO 3º: El importe del mismo será imputado a la Partida: 1110109000-42.01. 5.1.5.0. Transferencia a Instituciones de Enseñanza. F.F.132.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, comuníquese al interesado, dése al Registro Oficial y archívese.------------------
DECRETO Nº 702 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 27 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Lo actuado en el Expediente Nº 4l00-56934/16 por parte del Consejo Escolar de Salliqueló, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el mismo solicita subsidios para las siguientes cooperadoras de las Instituciones del Distrito de Salliquelo: Unidad Académica “Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx” $ 4.650; Escuela de Educación Secundaria Técnica Nº 1 “Fray Xxxx Xxxxxxx” $ 4.500 y para la Escuela de Educación Secundaria Nº 2 $ 10.650;
Que, ante ello el Departamento Ejecutivo debe aprobarlo por norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Otórguese a la cooperadora de la Unidad Académica “Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx” un subsidio de Pesos CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 4.650) para solventar gastos de viaje a la ciudad de Treinta xx Xxxxxx a fin de participar del Campamento de Valores.
ARTICULO 2º: Otórguese a la cooperadora de la Escuela de Educación Secundaria Técnica Nº 1 “Fray Xxxx Xxxxxxx” un subsidio de Pesos CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 4.500) para solventar gastos de viaje a la ciudad de Treinta xx Xxxxxx a fin de participar del Campamento de Valores.
ARTICULO 3º Otórguese a la cooperadora de la Escuela de Educación Secundaria Nº 2 un subsidio de Pesos DIEZ MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 10.650) para solventar gastos de viaje a la ciudad de Treinta xx Xxxxxx a fin de participar del Campamento de Valores.-----------
ARTICULO 4º: La entidad beneficiaria del Subsidio deberá rendir cuentas de los gastos efectuados, con descripción del proyecto que se rinde, conforme las siguientes pautas:
a) Se deberán adjuntar en un plazo de treinta (30) días las Facturas de gastos en original, cada gasto respaldado por el comprobante ORIGINAL, tipo B o C, sin tachaduras ni enmiendas, que cumplan con las normas de facturación y disposiciones legales vigentes de AFIP y DGR. Al respecto se aclara que no se recibirán Facturas en las que figure condición INGRESOS BRUTOS "EN TRÁMITE".
b) La rendición deberá presentarse por mesa de entradas del municipio, dirigida a la Contaduría del Municipio.
c) El destino de los fondos debe estar acorde al OBJETO por el cual se otorgó el subsidio.
d) Los comprobantes deben emitirse a nombre del Beneficiario del Subsidio, con indicación del Proyecto de que se trate.
e) Cada comprobante deberá estar debidamente conformado, firmado por el Beneficiario del Subsidio.
f) La fecha de los comprobantes debe ser POSTERIOR a la fecha de otorgamiento del subsidio.
ARTICULO 5º: El importe del mismo será imputado a la Partida: 1110109000-42.01.5.1.5.0. Transferencia a Instituciones de Enseñanza. F.F.132
ARTICULO 6º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, comuníquese al interesado, dése al Registro Oficial y archívese.------------------
DECRETO Nº 703 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 27 de Octubre de 2016.-
VISTO:
El convenio suscripto entre la Municipalidad de Salliqueló y el Sindicato de Salud Pública de la Pcia. de Bs. As., y
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad de Salliqueló, procederá a descontar de los haberes de los afiliados,
Que, se entregará a la municipalidad de Salliqueló los montos que la entidad mensualmente indique,
Que los importes a descontar, en ningún caso podrán exceder el máximo establecido por la normativa vigente, Que deberán ser comunicados a la Contaduría Municipal antes del día 20 de cada mes o el hábil subsiguiente, Que, esto hace necesario el dictado de la norma legal que apruebe lo actuado;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
D E C R E T A
ARTICULO 1º) Apruébese el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Salliqueló y el Sindicato de Salud Pública de la Pcia. de Bs. As.------
ARTICULO 2º) Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
DECRETO Nº 704 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Sec. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 27 de octubre de 2.016. -
VISTO:
El expediente de la Municipalidad de Salliqueló: 4100-53566/16 iniciado por el Departamento Ejecutivo a través del cual solicita
la escrituración de un inmueble por donación, ubicado en la localidad de Salliqueló, Partido de Salliqueló, Nomenclatura Catastral: Xxxxxxxxxxxxxxx XXX, Xxxxxxx X, Xxxxxxx 00, Xxxxxxx 0x; y
CONSIDERANDO:
Que el proceso de regularización dominial del inmueble mencionado resulta de interés social, teniendo en cuenta el nivel económico del adquirente y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de dominio sobre el mismo;
Que según lo dispuesto por el Artículo 4° Inc. D) de la ley N° 10.830, Escribanía Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente;
POR ELLO:
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Declarase de Interés Social la Escrituración del Inmueble ubicado en este Distrito: Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Sección A, Manzana 51, Parcela 8a, a favor de la Asociación Española de Salliqueló ------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio de los Inmuebles al que se refiere el Artículo anterior.-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese a quienes correspondan, dése al Registro Oficial y archívese.-----------------------------------------------------
DECRETO Nº 705 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 28 de Octubre de 2016.-
VISTO:
Que el Municipio de Salliqueló suscribió el convenio “Programa XII- Mejor Vivir”, con el Instituto de la Vivienda de la
Provincia de Buenos Aires, en el marco del convenio celebrado entre la nación y la provincia el 29 de julio de 2004; y
CONSIDERANDO:
Que por decreto Nº 116 (Art.4) se establecen los requisitos y garantías para la devolución de las ayudas financieras para el mejoramiento de las viviendas.
Que es necesario aprobar el convenio de plan de pago firmado, dictándose para ello la correspondiente norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Apruébense los Convenios de Planes de Pago entre la MUNICIPALIDAD de SALLIQUELO y los Señores: XXXXX, Xxxx Xxxxxx
M.I 10.105.864 y XXXXXXX, Xxxxxx Xxxxxx M.I 30.175.163 firmados el día 3 de octubre de 2016; XXXXX XXXXXX, Xxxxx Xxxxx 32.449.424 firmado el día 11 de octubre de 2016 y XXXXXXXX, Xxxxxx Xxxxx M.I 17.379.594 firmado el día 13 de octubre de 2.016.------------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Recaudación, infórmese al Honorable Concejo Deliberante, notifíquese al interesado, regístrese y archívese.
DECRETO Nº 706 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 28 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La necesidad de adquirir Materiales de Construcción Plan Compartir 20 Viviendas 2 Etapa; y;
CONSIDERANDO:
Que, para ello resulta conveniente a los intereses municipales implementar un Concurso de Precios que permita adjudicar a la oferta más conveniente;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Llamase a Concurso de Precios Nº 05 para la Adquisición de Materiales de Construcción Plan Compartir 20 Viviendas 2 Etapa, Fijándose la apertura de las propuestas para el día viernes 18 de Noviembre de 2.016 a las 10 horas.--------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, y Oficina de Compras, dése al Registro Oficial y archívese.----------------------------
DECRETO Nº 707 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx Xx copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 28 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La Ejecución del Presupuesto de Gastos del corriente año y la necesidad de modificación de algunos rubros del objeto del
gasto para una correcta imputación, y; CONSIDERANDO:
Que, existe economía en dicho Presupuesto para atender las modificaciones efectuadas;
Que, según el Art. 8 de la Ordenanza Nº 1626/15 es facultad del Departamento Ejecutivo realizar las adecuaciones
correspondientes; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Modifícase el Presupuesto de Gastos de acuerdo al siguiente detalle, donde se indican las ampliaciones en valores positivos y las disminuciones en valores negativos:
1110109000 - 42.01.00 - 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza 1.000,00
1110109000 - 42.01.00 - 2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos 5.000,00
1110109000 - 42.01.00 - 3.5.1.0 - Transporte 100.000,00
1110109000 - 42.01.00 - 3.9.9.0 - Otros 20.000,00
1110109000 - 42.01.00 - 5.1.5.0 – Transf.. a instituciones de enseñanza 800.000,00
1110109000 - 42.03.00 - 1.1.7.0 - Complementos | 30.000,00 | |
1110109000 - 42.03.00 - 1.2.6.0 - Complementos | 20.000,00 | |
1110109000 - 42.03.00 - 1.4.0.0 - Asignaciones familiares | 60.000,00 | |
1110109000 - 42.03.00 - 2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón | 18.000,00 | |
1110109000 - 42.03.00 - 2.4.3.0 - Artículos de caucho | 1.000,00 | |
1110109000 - 42.03.00 - 2.7.1.0 - Productos ferrosos | 2.000,00 | |
1110109000 - 42.03.00 - 2.5.9.0 - Otros 1110109000 - 42.03.00 - 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios | 1.000,00 | 500,00 |
1110109000 - 42.03.00 - 2.9.9.0 - Otros | 500,00 | |
1110109000 - 42.03.00 - 3.1.1.0 - Energía eléctrica | 30.000,00 |
1110109000 - 42.03.00 - 3.3.3.0 - Mantenimiento y rep. de maq.y equipo 1.000,00 1110109000 - 42.03.00 - 3.3.5.0 – Manten. de espacios verdes y del arbolado 5.000,00 1110109000 - 42.03.00 - 3.5.1.0 - Transporte 1.000,00
1110109000 - 42.03.00 - 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones 5.000,00
1110109000 - 42.03.00 - 4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo | 5.000,00 | |
1110109000 - 42.04.00 - 5.1.3.0 - Becas | 120.000,00 | |
1110109000 - 42.05.00 - 1.1.1.0 - Retribuciones del cargo | 15.000,00 | |
1110109000 - 42.05.00 - 1.1.3.0 - Retribuciones que no hacen al cargo | 3.000,00 | |
1110109000 - 42.05.00 - 1.1.6.3 - Aseguradora Riesgo de Trabajo | 500,00 | |
1110109000 - 42.05.00 - 1.1.6.4 - Provincia seguros | 400,00 | |
1110109000 - 42.05.00 - 1.1.7.0 - Complementos | 5.000,00 | |
1110109000 - 42.05.00 - 1.4.0.0 - Asignaciones familiares | 6.000,00 | |
1110109000 - 42.05.00 - 1.6.0.0 - Beneficios y compensaciones | 1.000,00 |
1110109000 - 42.08.00 - 2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza 30.000,00
1110107000 - 35.74.00 - 3.4.9.0 - Otros - 1.286.900,00
Total Gastos 0,00
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro Oficial y archívese.---------------------------------------------------------
DECRETO Nº 708 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 28 de Octubre de 2016.-
VISTO:
El Convenio Marco y Específico, suscripto con la Secretaría de Vivienda y Habitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, aprobado por Ordenanza Nº 1.659/16, y
CONSIDERANDO:
Que, entre las obras programadas y autorizadas se encuentra la construcción de un Centro Polideportivo a construir en el Barrio Fonavi de la localidad de Salliqueló;
Que, a los efectos de formalizar el pertinente llamado a Licitación Pública es necesario dictar la norma legal que lo ordene;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Llámese a Licitación Pública Nº 02/16 para la adquisición de materiales para la obra “Adquisición y colocación de un tinglado” en la Localidad de Salliqueló, Partido de Salliqueló, en el predio ubicado entre las calles República de Portugal y Padre Xxxxxxxx, con un presupuesto oficial de PESOS un millón trescientos cincuenta ($ 1.350.000,00).-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Determínese que a partir del día 7 de noviembre de 2016, se proceda a la venta de los Pliegos de Licitación, estableciendo el valor del mismo en la suma de Pesos Mil Setecientos cincuenta ($ 1.750,00).----------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º Fíjase la recepción de ofertas y la apertura de sobres para el día 5 de diciembre de 2016 a las 11,30 hs. en el Xxxxxxx Municipal.
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese a Obras Públicas, Contaduría, Tesorería y Compras, invítese a las empresas xxx xxxx, dése al Registro Oficial y archívese.
DECRETO Nº 709 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 28 de Octubre de 2016.-
VISTO:
El Programa de Seguridad del Municipio, correspondiente al Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad y otros
servicios asociados, creado por el Art. 34 de la Ley 14.807, elaborado conforme las prioridades que establece el art. 1º del decreto Ley 368/16, el cual fuera aprobado por Dictamen de la Unidad Ministro del Ministerio de Seguridad, con fecha 00 xx xxxxx xx 0000. , x
XXXXXXXXXXXX:
Que, entre las obras programadas y autorizadas se encuentra la Obra: Reestructuración del alumbrado público de la Avda.
Xxxx Xxxxxxxx – SALLIQUELO.
Que, a los efectos de formalizar el pertinente llamado a Licitación Pública es necesario dictar la norma legal que lo ordene;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Llámese a Licitación Pública Nº 03/16 para la Obra “Reestructuración del Alumbrado Público en Xxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, con un presupuesto oficial de PESOS cuatro millones seiscientos cuarenta y tres mil seiscientos siete con veinticuatro centavos ($ 4.643.607,24).
ARTICULO 2º: Determínese que a partir del día 7 de noviembre de 2016, se proceda a la venta de los Pliegos de Licitación, estableciendo el valor del mismo en la suma de Pesos Mil Setecientos cincuenta ($ 2.500,00).----------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º Fíjase la recepción de ofertas y la apertura de sobres para el día 6 de diciembre de 2016 a las 11,30 hs. en el Xxxxxxx Municipal.
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese a Obras Públicas, Contaduría, Tesorería y Compras, invítese a las empresas xxx xxxx, dése al Registro Oficial y archívese.
DECRETO Nº 710 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2016.-
Otorga Subsidio a Particulares.-
DECRETO Nº 711 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2016.-
Otorga Subsidio a Particulares.-
DECRETO Nº 712 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Los Planes de pago por deudas de TASAS MUNICIPALES y;
CONSIDERANDO:
Que los mismos se adjuntan en un todo de acuerdo a las normas establecidas en la ORDENANZA Nº 1.183/05;
Que el Departamento Ejecutivo ha otorgado los planes requeridos con los interesados suscribiendo los correspondientes Convenios, por lo que es necesario aprobarlos con la pertinente norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTILO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Apruébense los Convenios de Planes de Pagos firmados entre la Municipalidad de Salliqueló y los contribuyentes: XXXXXXXXX, Xxxx Xxxxxx M.I 6.298.809; XXXXXXX, Xxxxx X.X 17.599.610; XXXXXXXX, Xxxxxx X.X 23.548.039; XXXXXXX, Xxxxxxx M.I 27.829.886; XXXXXXX xx XXXXX, Xxxxx X.X 16.538.100; XXXXX, Xxxxx Xxxxxxxx M.I 14.178.740; XXXXXXXXXX, Xxxxxx X.X 8.569.839; XXXXX, Xxxxx Xxxx M.I 12.394.563; XXXXXXXX, Xxxxx Xxxxxxx M.I 10.317.798; XX XXXXX, Xxxxxx Xxxxxx X.X 22.346.899; XXXXXX, Xxxxx X.X 11.303.095 y XXXXXXXXX, Xxxxxx Xxxxxx M.I 6.298.809, firmados el día 31 de Octubre de 2.016.-----------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro Oficial y Archívese.---------------------------------------------------------
DECRETO Nº 713 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2016.
VISTO:
La renuncia presentada por el Xx. Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx a cargo de la Dirección del Hospital Municipal, y:
CONSIDERANDO:
Que, no existen inconvenientes para aceptar la misma debiendo dictarse la correspondiente norma legal.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
D E C R E T A
ARTICULO1: Acéptese la renuncia a cargo de la Dirección del Hospital Municipal de Salliqueló al Xx. XXXXXXXXXXX Xxxxxxxxx, M.I. Nº
11.303.040 a partir del día 31 de octubre de 2.016.
ARTICULO 2º: Agradézcanse los servicios prestados.
ARTICULO 3: Cúmplase, tomen razón contaduría y oficina de Personal, dése al Registro oficial y archívese.-----------------------------------------------
DECRETO Nº 714 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2016.-
VISTO:
El Concurso de Precios Nro. 03/2016, convocado por Decreto Nº 658/16, a los efectos de la adquisición de Juegos para Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXX; y,
CONSIDERANDO:
Que conforme surge del acta de apertura de sobres de fecha 24/10/2016 obrante en el Expte. Adm. 4100-56863/16, se presentaron 4 ofertas;
Que los oferentes cumplen con los requisitos formales;
Que conforme los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones y el informe técnico formulado por la Dirección de Obras Públicas, la oferta más conveniente para la comuna en todos los ítems, es la realizada por el oferente Nº 3 Xxxxx Juegos, ajustándose la misma a los valores xxx xxxxxx;
Que se ha expedido la Asesoría Legal a través de su dictamen en los términos del art. 57 de la Ord. Gral. 267;
Que conforme lo previsto en el art. 151, 154, 155, 156, sgtes. y concs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Reglamento de contabilidad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0: Adjudíquese el Concurso de precios Nº 03/16, para la adquisición de Juegos para Plaza Central Barrio FONAVI, conforme pliego de condiciones y especificaciones técnicas y oferta obrante en Expte. 4100-56863/16, x Xxxxx Juegos S.R.L. en la suma de Pesos CIENTO DIECIOCHO MIL SETECIENTOS ($ 118.700).
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, Oficina de Compras y Obras Públicas, comuníquese a los oferentes, dése al Registro Oficial y archívese.
DECRETO Nº 715 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2016.-
VISTO:
El Concurso Concurso de Precios Nro. 04/2016, convocado por decreto 669/16, a los efectos de la adquisición de
Instrumentos Musicales para el Centro Cultural Barrio FONAVI; y, CONSIDERANDO:
La necesidad de prorrogar el plazo dispuesto para la adjudicación del mismo;
Lo dispuesto en la cláusula 10 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones correspondientes a dicho Concurso;
Que conforme lo previsto en el art. 151, 154, 155, 156, sgtes. y concs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Reglamento de contabilidad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones;
X X X X X X X
XXXXXXXX 0: Prorróguese hasta el 10 de noviembre de 2016 el plazo para la adjudicación del Concurso de Precios Nº 04/2016, para la adquisición de Instrumentos Musicales para el Centro Cultural del Barrio FONAVI, conforme pliego de Bases y condiciones.--------------------------
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería, Oficina de Compras y Obras Públicas, comuníquese a los oferentes, dése al Registro Oficial y archívese.-----
DECRETO Nº 716 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
Segunda Sección / Departamento Ejecutivo
Resoluciones
Promulgadas en el mes de Octubre de 2016
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXX XXXXX XXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXXX, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXXXXXXXX, XXXXXXXX, por el término de QUINCE (15) días a partir del día 03-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXX, XXXXX, por el término de SIETE (7) días a partir del día 03-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXXX, XXXXXXXX, por el término de VEINTIUN (21) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 4º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXXXXXX, XXXXXX, por el término de SIETE (7) días a partir del día 03-10-16
ARTICULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 539 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, XXXXXX XXXXX, XXXXX XXXXXX, XXXXXX INDIANA, XXXXXXXXXXX XXXXXX, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXX, XXXXX, por el término de OCHO (8) días a partir del día 03-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXX, XXXXXX, por el término de SIETE (7) días a partir del día 03-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXX, INDIANA, por el término de TREINTA (30) días a partir del día 03-10-16.
ARTICULO 4º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXXXXXX, XXXXXX, por el término de SIETE (7) días a partir del día 03-10-16.
ARTICULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 540 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, XXXXXX XXXXXX, XXXXXXXX XXXX XXXXXXX, DUCHE XXXXXXXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXX, XXXXXX, por el término de SIETE (7) días a partir del día 03-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXXX, XXXX XXXXXXX, por el término de SIETE (7) días a partir del día 03-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXX, XXXXXXXXX, por el término de NUEVE (9) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 4º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXX, XXXXX XXXXXXXX por el término de SIETE (7) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 541 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, XXXXXXX XXXXXX, XXXXX XXXXXXX, por la cual solicitan licencia por razones particulares;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal XXXXXXX, XXXXXX por el día 03-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º:Concédase licencia por razones particulares al agente municipal XXXXX, XXXXXXX por el día 07-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.--------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo Personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 542 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 03 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Los certificados médicos obrante en esta oficina de personal, donde informa el alta médica de los agentes municipales, XXXXXX XXXXXXX y XXXXXX XXXXX XXXXXXXX, y;
CONSIDERANDO:
Que la agente, XXXXXX XXXXXXX debe reintegrarse a sus tareas habituales a partir del día 03-10-16 y la agente XXXXXX XXXXX XXXXXXXX el día 03-10-16, según alta médica.
Que se hace necesario el dictado de la norma legal correspondiente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Reintégrese al agente municipal XXXXXX, XXXXXXX a sus tareas a partir del día 03-10-16, según fecha de alta médico.-----------
ARTICULO 2º: Reintégrese al agente municipal XXXXXX, XXXXX XXXXXXXX a sus tareas a partir del día 03-10-16, según fecha de alta médico.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría Municipal y Personal, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.-
RESOLUCION Nº 543 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 04 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, XXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXX, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXXX, XXXXXXX, por el término de SIETE (7) días a partir del día 04-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXX, XXXXXXXXX, por el término de OCHO (8) días a partir del día 05-10-16.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 544 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 04 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, NEVADO XXXXX XXXXXX, XXXX XXXXXX, XXXXXXXX XXXXX, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal NEVADO, XXXXX XXXXXX, por el término de SEIS (6) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXX, XXXXXX, por el término de TREINTA Y CINCO (35) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXXX, XXXXX, por el término de TRECE (15) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 545 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 04 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, XXXXXXXX XXXXXX, XXXXX XXXXXXXX, XXX XXXX XXXX
XXXXX, x;
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal XXXXXXXX, XXXXXX, por el día 03-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal XXXXX, XXXXXXXX, por el término de DOS (2) días a partir del 03-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal XXX XXXX, XXXX XXXXX, por el término de TRES (3) días a partir del 03-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 546 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 04 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, XXXXX XXXX, XXXXXX XXXX, XXXXXXX XXXXXX, y; CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal XXXXX, XXXX, por el término de SEIS (6) días a partir del 29- 09-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757. Reintegrándose a sus tareas laborales el día 04-10-16.
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal XXXXXX, XXXX, por el término de TRES (3) días a partir del 04- 10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal XXXXXXX, XXXXXX, por el día 03-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 547 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 06 de Octubre de 2016.-
VISTO:
Lo solicitado por XXXXX, XXXXXXX titular del comercio "VENTA DE ARTICULOS DE PESCA Y CAMPING”, según Expediente
Nº 4100-56808/16 y; CONSIDERANDO:
Que de la documentación y lo actuado en el Expediente Nº 4100-56.808/16 y la información de, RENTAS MUNICIPAL, OBRAS PUBLICAS y ASESORIA LEGAL, puede accederse a la habilitación solicitada;
Que el local a utilizar se ajusta en cuanto a sus instalaciones en un todo de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para su funcionamiento;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase la Habilitación del comercio "VENTA DE ARTICULOS DE PESCA Y CAMPING” ubicado en xxxxx 00 xx Xxxx Xx 236 de Salliqueló, Circ III Xxxx. X, Xxxxxxx 00, Xxx 0 b sub. 1, Xxx Xxxxxxxxx 0000, que registra Titularidad a nombre xx XXXXX, XXXXXXX, M.I. Nº 38.942.093, bajo el Nº 2405 del Registro de Comercio e Industrias de Salliqueló.--------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Por el Departamento de Inspección de Comercio notifíquese al recurrente, hágase entrega de la correspondiente copia de esta Resolución y del Certificado de Habilitación, el que debe ser colocado en lugar visible en el negocio, bajo pena de multa en caso contrario.
ARTICULO 3º: Tome conocimiento Oficina xx XXXXXX MUNICIPAL, OBRAS PUBLICAS Y ASESORIA LEGAL, a los efectos de la inscripción y percepción de los derechos.
ARTICULO 4º: Comuníquese, infórmese, regístrese y archívese.
RESOLUCION Nº 548 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 06 de Octubre de 2016.-
VISTO:
Lo solicitado por BADANA, XXXX XXXXXXX titular del comercio "LUBRICENTRO”, según Expediente Nº 4100-56.825/16 y;
CONSIDERANDO:
Que de la documentación y lo actuado en el Expediente Nº 4100-56.825/16 y la información de, RENTAS MUNICIPAL, OBRAS PUBLICAS y ASESORIA LEGAL, puede accederse a la habilitación solicitada;
Que el local a utilizar se ajusta en cuanto a sus instalaciones en un todo de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para su funcionamiento;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase la Habilitación del comercio "LUBRICENTRO” ubicado en calle E.E.U.U Nº 41 de Salliqueló, Circ III Xxxx. X, Xxxxxxx 0 x, Xxx 00, Xxx Xxxxxxxxx 00000, que registra Titularidad a nombre de BADANA, XXXX XXXXXXX, M.I. Nº 30.645.556, bajo el Nº 2406 del Registro de Comercio e Industrias de Salliqueló.
ARTICULO 2º: Por el Departamento de Inspección de Comercio notifíquese al recurrente, hágase entrega de la correspondiente copia de esta Resolución y del Certificado de Habilitación, el que debe ser colocado en lugar visible en el negocio, bajo pena de multa en caso contrario.
ARTICULO 3º: Tome conocimiento Oficina xx XXXXXX MUNICIPAL, OBRAS PUBLICAS Y ASESORIA LEGAL, a los efectos de la inscripción y percepción de los derechos.
ARTICULO 4º: Comuníquese, infórmese, regístrese y archívese.
RESOLUCION Nº 549 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 06 de Octubre de 2016.-
VISTO:
Lo solicitado por XXXX, XXXXXX XXXXX según Expediente 4100-56783/16, y;
CONSIDERANDO:
Que de la documentación y lo actuado en el Expediente Nº 4100-56783/16, y la información xx XXXXXX MUNICIPALES, OBRAS PUBLICAS Y ASESORIA LEGAL, puede accederse al cambio de Titularidad;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Autorízase el cambio de TITULARIDAD Y RUBRO del comercio “CONFITERIA Y HELADERIA” propiedad xx XXXXXXXX, XXXXXXXX XXXXXXX el cual pasa a “ROTISERIA, CONFITERIA Y HELADERIA” ubicado en 25 xx Xxxx Nº 224, de la localidad de SALLIQUELO, propiedad xx XXXX, XXXXXX XXXXX M.I 22.346.923.
ARTICULO 2º: Por el Departamento de Inspección de Comercio notifíquese al recurrente, hágase entrega de la correspondiente copia de esta Resolución y del Certificado de Habilitación, el que debe ser colocado en lugar visible en el negocio, bajo pena de multa en caso contrario.------
ARTICULO 3º: Tome conocimiento RENTAS MUNICIPAL, OBRAS PUBLICAS Y ASESORIA LEGAL MUNICIPALES, a los efectos de la inscripción y percepción de los derechos.
ARTICULO 4º: Comuníquese, infórmese, regístrese y archívese.
RESOLUCION Nº 550 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, XXXXXXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXX XX XXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXX, XXXXXXXX XXXXXX, por la cual solicitan licencia por razones particulares;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal XXXXXXXX, XXXXXXX por el día 07-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.-----------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º:Concédase licencia por razones particulares al agente municipal XXXXX, XXXXX DE LOS ANGELES por el día 07-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.-----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal XXXXXX, XXXXX por el día 14-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal XXXXXXXX, XXXXXX por el día 07-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo Personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 551 Fdo: Xxxxx X. Xxxxxxxxx
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Xxxxxxx Xxxxxx
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, XXXXXXXX XXXX, XXXX XXXXXXXX, XXXXXXX XXXX, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
X X X X X X X X
XXXXXXXX 0x: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXXXXXX, XXXX, por el término de SIETE (7) días a partir del día 10-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal XXXX XXXXXXXX, por el término de ONCE (11) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal IRIARTE, OMAR, por el término de DIECISEIS (16) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 552 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2.016.- VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, LEMOS HUGO, MORINIGO SERGIO, RODRIGUEZ BLANCA, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal LEMOS, HUGO, por el término de DIECIOCHO (18) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal MORINIGO, SERGIO, por el término de SIETE (7) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal RODRIGUEZ, BLANCA, por el término de CINCO (5) días a partir del día 12-10-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 553 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, DE SAN SIMEON, LILIANA, CORRAL ESTELA, GARDINE TRINIDAD, MASSOLA MARIA BELEN, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal DE SAN SIMEON, LILIANA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal CORRAL, ESTELA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 11-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal GARDINE, TRINIDAD, por el término de SIETE (7) días a partir del día 13-10-16.
ARTICULO 4º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal MASSOLA, MARIA BELEN, por el término de VEINTIOCHO (28) días a partir del día 17-10-16.
ARTICULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 554 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, KISNER GABRIELA YANINA, SAN PEDRO, MARTA, GARCIA
SERGIO, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal KISNER, GABRIELA YANINA, por el día 05-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal SAN PEDRO, MARTA, por el término de CINCO (5) días a partir del 04-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal GARCIA, SERGIO, por el término de VEINTIUN (21) días a partir del 30-09-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 555 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 07 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, FOZZATTI MARIA CELESTE, DIAZ ADELA, SUAREZ LUIS, y; CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal FOZZATTI, MARIA CELESTE, por el término de DOS (2) días a partir del 06-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal DIAZ, ADELA, por el término de DIEZ (10) días a partir del 29-09- 16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal SUAREZ, LUIS, por el día 07-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 556 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, DEL PINO JOSE MARIA, NIETO MANUEL, CATALANO OSVALDO, ZUVI LUCIANO, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal DEL PINO, JOSE MARIA, por el término de DOS (2) días a partir del 07-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal NIETO, MANUEL, por el término de DOS (2) días a partir del 11- 10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal CATALANO, OSVALDO, por el término de DOS (2) días a partir del 11-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal ZUVI, LUCIANO, por el día 12-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.
ARTÍCULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 557 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
La inasistencia incurrida por el agente municipal, NAVARRO ROBERTO, y;
CONSIDERANDO:
Que el día 11 del cte. trataron temas gremiales,
Que por pertenecer al Sindicato de U.P.C.N, asistieron al mismo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias del agente municipal NAVARRO, ROBERTO por el 11-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 37 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 558 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2016.-
VISTO:
Las notas elevadas por los agentes municipales SAN MARTIN SEBASTIAN, y SILLETA SOFIA mediante la cual solicitan Licencia por razones de estudio, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado adjunto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase Licencia por razones de estudio al agente municipal SAN MARTIN SEBASTIAN, por los días 06 y 07-10-16 , con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 44 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Concédase Licencia por razones de estudio al agente municipal SILLETA, SOFIA, por el día 05-10-16 , con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 44 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 559 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, RAMIREZ DUARTE VICTORIA, PEREIRA ARACELI, GOMEZ INOCENCIA, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal RAMIREZ DUARTE, VICTORIA, por el término de CATORCE (14) días a partir del día 17-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal PEREIRA, ARACELI, por el término de VEINTE (20) días a partir del día 17-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal GOMEZ, INOCENCIA, por el término de ONCE (11) días a partir del día 17-10-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 560 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, HERMUA YOLANDA ELIZABET, CAROSIO CARINA, DIAZ ADELA, TEJEDOR ALEJANDRO, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal HERMUA, YOLANDA ELIZABET, por el término de TRECE (13) días a partir del día 17-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal CAROSIO, CARINA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 17-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal DIAZ, ADELA, por el término de VEINTIUN (21) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 4º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal TEJEDOR, ALEJANDRO, por el término de NUEVE (9) días a partir del día 31-10-16.
ARTICULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 561 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2016.-
VISTO:
Lo solicitado por OSIO, JORGE RAFAEL titular del comercio “FERRETERIA”, según expediente Nº 4100-50197/16, y;
CONSIDERANDO:
Que atento lo informado por Rentas Municipales, el peticionante ha cumplimentado los requisitos exigidos, no hallándose en deuda con el municipio;
Que no existe impedimento reglamentario alguno para que el negocio de que tratan los actuados sea dado de Baja;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Dése de Baja al Comercio “FERRETERIA” que registra Titularidad a nombre de OSIO, JORGE RAFAEL M.I. Nº 27.334.048 ubicado en calle Maipú Nº 241 de Salliqueló, bajo el Legajo Nº 2282 del Registro de Comercio e Industrias de Salliqueló.-----------------------------
ARTICULO 2º: Por el Departamento de Inspección General notifíquese al recurrente con entrega de copia de la presente Resolución como constancia del certificado de Baja.
ARTICULO 3º: Tome conocimiento Oficina de RENTAS MUNICIPAL, a los efectos del cese y percepción de los derechos procediendo al retiro del Libro de Inspección.
ARTICULO 4º: Comuníquese, infórmese, regístrese y archívese.
RESOLUCION Nº 562 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, BIARLO CARINA, NENNHUBER FERNANDO, NEVADO GIMENA, GARROTE BELEN, por la cual solicitan licencia por razones particulares;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal BIARLO, CARINA por el día 18-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º:Concédase licencia por razones particulares al agente municipal NENNHUBER, FERNANDO por el día 21-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal NEVADO, GIMENA por el día 21-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal GARROTE, BELEN por el día 31-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Artículo 45, inc. e. de la Ley 11.757.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo Personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 563 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 12 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, DI PIANO OLGA, ALVAREZ STELLA MARIS, CAROSIO PAMELA, NAVAS PAOLA, FLORES ALEJANDRA mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal DI PIANO, OLGA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 15-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal ALVAREZ, STELLA MARIS, por el término de DIECISEIS (16) días a partir del día 20-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal CAROSIO, PAMELA, por el término de CATORCE (14) días a partir del día 21-10-16.
ARTICULO 4º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal NAVAS, PAOLA, por el término de NUEVE (9) días a partir del día 25-10-16.
ARTICULO 5º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal FLORES, ALEJANDRA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 21-10-16.
ARTICULO 6º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 564 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, VERHULST ERICA, MONZON ALFREDO, SEGURADO NATALIA, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal VERHULST, ERICA, por el término de SEIS (6) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal MONZON, ALFREDO, por el término de SIETE (7) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal SEGURADO, NATALIA, por el término de NUEVE (9) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 565 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio.Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, GONZALEZ GLADYS, NENNHUBER FERNANDO, OSORIO EMILCE, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal GONZALEZ, GLADYS, por el término de SIETE (7) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal NENNHUBER, FERNANDO, por el término de DIEZ (10) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal OSORIO, EMILCE, por el término de SIETE (7) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 566 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por el agente municipal, CANDO CAROLINA, EVANS EVELINA, BRAY ISABEL, y;
CONSIDERANDO:
Que el día 21 del cte. trataron temas gremiales,
Que por pertenecer al Sindicato de U.P.C.N, asistieron al mismo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias del agente municipal CANDO, CAROLINA por el día 21-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 37 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias del agente municipal EVANS, EVELINA por el día 21-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 37 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias del agente municipal BRAY, ISABEL por el día 21-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 37 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 567 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por el agente municipal, NAVARRO ROBERTO, GONZALEZ MARTIN, OJEDA LUCIA, y;
CONSIDERANDO:
Que el día 21 del cte. trataron temas gremiales,
Que por pertenecer al Sindicato de U.P.C.N, asistieron al mismo;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias del agente municipal NAVARRO, ROBERTO por el día 21-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 37 de la Ley Nº 11.757. -
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias del agente municipal GONZALEZ, MARTIN por el día 21-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 37 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias del agente municipal OJEDA, LUCIA por el día 21-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 37 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 568 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, MARTIN DEBORA, GOMEZ NATALIA, ABREU PATRICIA, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal MARTIN, DEBORA, por el término de TREINTA (30) días a partir del 21-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal GOMEZ, NATALIA, por el término de DOS (2) días a partir del 18-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal ABREU, PATRICIA, por el término de DOS (2) días a partir del 20-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 569 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO: NANCY, y;
CONSIDERANDO:
El certificado médico obrante en esta oficina de personal, donde informa el alta médica de la agente municipal, BERON
Que la agente, BERON, NANCY debe reintegrarse a sus tareas habituales a partir del día 18-10-16, según alta médica. Que se hace necesario el dictado de la norma legal correspondiente.
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Reintégrese al agente municipal BERON, NANCY a sus tareas a partir del día 18-10-16, según fecha de alta médico.--------------
ARTICULO 2º: Cúmplase, tomen razón Contaduría Municipal y Personal, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.-
RESOLUCION Nº 570 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, LANDRIEL YESICA, ILLESCA GILDA, CABRERA CARINA, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal LANDRIEL, YESICA, por el término de CINCO (5) días a partir del 17-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal ILLESCA, GILDA, por el término de TRES (3) días a partir del 13- 10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal CABRERA, CARINA, por el día 12-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 571 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
y;
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, BENITO VERONICA, ILLESCA DANIEL, CASTILLO JAQUELINE,
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal BENITO, VERONICA, por el término de ONCE (11) días a partir del 19-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal ILLESCA, DANIEL, por el día 18-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal CASTILLO, JAQUELINE, por el día 17-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 572 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 21 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, SEGURADO NATALIA, SARDIÑA GISELA, VILLARRETA GASTON, FIORAMONTI MARIA ELENA, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal SEGURADO, NATALIA, por el término de NUEVE (9) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal SARDIÑA, GISELA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal VILLARRETA, GASTON, por el término de SIETE (7) días a partir del día 24-10-16.
ARTICULO 4º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal FIORAMONTI, MARIA ELENA, por el término de DIEZ (10) días a partir del día 31-10-16.
ARTICULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 573 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 24 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, DIAZ ADELA, PAJON CARLOS, ORTIZ JUAN, SOSA JUAN, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal DIAZ, ADELA, por el término de SEIS (6) días a partir del 17-10- 16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal PAJON, CARLOS, por el término de DOS (2) días a partir del 22- 10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal ORTIZ, JUAN, por el día 21-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 4º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal SOSA, JUAN, por el término de TREINTA (30) días a partir del 22-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 574 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 24 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
y;
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, IRIARTE CLAUDIA, ILLESCA DANIEL, DOMINGUEZ JUAN CRUZ,
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal IRIARTE, CLAUDIA, por el término de DOCE (12) días a partir del 14-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal ILLESCA, DANIEL, por los días 07 y 13-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal DOMINGUEZ, JUAN CRUZ por el día 03-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 575 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 24 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, HERNANDEZ VIRGINIA, GAUTHIER PATRICIA, GARCIA GISELA,
ARAMBURU MIRNA y; CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal HERNANDEZ, VIRGINIA, por el término de SEIS (6) días a partir del 22-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal GAUTHIER, PATRICIA, por el término de CUATRO(4) días a partir del 24-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal GARCIA, GISELA, por el término de DOS (2) días a partir del 25- 10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal ARAMBURU, MIRNA, por el término de NOVENTA (90) días a partir del 06-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 576 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 26 de Octubre de 2016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
La nota elevada por los agentes municipales BELLOLI ELVIO, DEL PINO LUCAS, por la cual solicitan licencia por
razones particulares; POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal BELLOLI, ELVIO por el día 26-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Art. 45- e. de la Ley 11757.
ARTICULO 2º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal DEL PINO, LUCAS por el día 28-10-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Art. 45- e. de la Ley 11757.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo Personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 577 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 26 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, BELLOLI ELVIO, SAN MARTIN SEBASTIAN, BOLASINA ELISABET, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal BELLOLI, ELVIO, por el término de SIETE (7) días a partir del día 28-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal SAN MARTIN, SEBASTIAN, por el término de SEIS (6) días a partir del día 31-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal BOLASINA, ELISABET, por el término de TRECE (13) días a partir del día 31-10-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 578 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 26 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, NUÑEZ ROBERTO, ABREU PATRICIA, SONDA CARLOS, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal NUÑEZ, ROBERTO, por el término de VEINTIOCHO (28) días a partir del día 31-10-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal ABREU, PATRICIA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 31-10-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal SONDA, CARLOS, por el término de VEINTIUN (21) días a partir del día 1-11-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 579 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 26 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, GARROTE BELEN, GOMEZ OLGA MABEL, MARTINEZ LILIANA, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal GARROTE, BELEN, por el término de SIETE (7) días a partir del día 01-11-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal GOMEZ, OLGA MABEL, por el término de DIECIOCHO (18) días a partir del día 01-11-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal MARTINEZ, LILIANA, por el término de QUINCE (15) días a partir del día 01-11-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 580 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 27 de Octubre de 2.016.-
VISTO: CRUZ, y;
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, SEMINTH CLAUDIO, DIAZ SILVIA SOLEDAD, DOMINGUEZ JUAN
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal SEMINTH, CLAUDIO, por día 27-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal DIAZ, SILVIA SOLEDAD, por el término de DOS (2) días a partir del 27-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal DOMINGUEZ, JUAN CRUZ, por el término de DOS (2) días a partir del 28-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 39 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 581 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 27 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, SANCHEZ DAIANA, CASAGRANDE MIGUEL, SANCHEZ VALERIA DEL MAR, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal SANCHEZ, DAIANA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 01-11-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal CASAGRANDE, MIGUEL, por el término de VEINTIOCHO (28) días a partir del día 01-11-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal SANCHEZ, VALERIA DEL MAR, por el término de SIETE (7) días a partir del día 01-11-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 582 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 27 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, DEL PINO JOSE, CATALANO OSVALDO, y;
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal DEL PINO, JOSE, por el término de TRES (3) días a partir del 25- 10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal CATALANO, OSVALDO, por el término de TRES (3) días a partir del 27-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 583 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 28 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, SUAREZ ALEJANDRO, GUERRA EDUARDO, BAUER MERCEDES, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal SUAREZ, ALEJANDRO, por el término de CATORCE (14) días a partir del día 07-11-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal GUERRA, EDUARDO, por el término de VEINTIUN (21) días a partir del día 09-11-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal BAUER, MERCEDES, por el término de QUINCE (15) días a partir del día 09-11-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 584 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 28 de Octubre de 2.016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Las notas elevadas por los agentes municipales, ORRIJOLA ROSA JACINTA, ILLESCA GILDA, DUCKARDT CARINA, mediante la cual solicitan Licencia para Descanso Anual, que le corresponde por el año 2015, y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal ORRIJOLA, ROSA JACINTA, por el término de DIEZ (10) días a partir del día 09-11-16.
ARTICULO 2º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal ILLESCA, GILDA, por el término de DOCE (12) días a partir del día 14-11-16.
ARTICULO 3º: Concédase licencia para descanso anual al agente municipal DUCKARDT, CARINA, por el término de SIETE (7) días a partir del día 14-11-16.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, Comuníquese al interesado, insértese en su legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 585 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2.016.-
VISTO: ANA, y;
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, SUAREZ LUIS, CAVALIE CINTIA EVANGELINA, SUCCURRO
CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal SUAREZ, LUIS, por el día 28-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757. -
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal CAVALIE, CINTIA EVANGELINA, por el término de SIETE (7) días a partir del 28-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal SUCCURRO, ANA, por el día 28-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese
RESOLUCION Nº 586 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2016.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
La nota elevada por los agentes municipales SANCHEZ JORGELINA, ZABALA ANA MARIA, NIEVA VANESA, por la cual solicitan licencia por razones particulares;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal JORGELINA, SANCHEZ por el día 02-11-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Art. 45- e. de la Ley 11757.
ARTICULO 2º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal ZABALA, ANA MARIA por el día 03-11-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Art. 45- e. de la Ley 11757.
ARTICULO 3º: Concédase licencia por razones particulares al agente municipal NIEVA, VANESA por el día 03-11-16 con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el Art. 45- e. de la Ley 11757.
ARTICULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo Personal, dése al Registro Oficial y archívese.
RESOLUCION Nº 587 Fdo: Jorge A. Hernández
Es copia fiel.- Intendente Municipal
Claudio Gelado
Srio. Gob. Legal y Técnico
SALLIQUELO, 31 de Octubre de 2.016.-
VISTO:
Las inasistencias incurridas por los agentes municipales, KEES CRISTIAN, CATALANO OSVALDO, GARCIA GISELA, y; CONSIDERANDO:
Que las mismas se encuentran justificadas mediante certificado médico obrante en esta oficina de personal,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELO, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal KEES, CRISTIAN por el término de CUATRO (4) días a partir del 31-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal CATALANO, OSVALDO, por el término de DIEZ (10) días a partir del 31-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.-----------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Justificase las inasistencias incurridas por el agente municipal GARCIA, GISELA, por el término de TRES (3) días a partir del 31-10-16, con goce íntegro de haberes por estar comprendido en el artículo 32 de la Ley Nº 11.757.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Personal, comuníquese al interesado, insértese en su Legajo personal, dése al Registro Oficial y archívese