REGLAMENTO DEL EVENTO ASUNCION BOAT SHOW 2019
REGLAMENTO DEL EVENTO ASUNCION BOAT SHOW 2019
Todos los que deseen particiar como expositores del evento deberán celebrar un contrato por escrito con RF Group SRL, y abonar en dinero efectivo o mediante la emisión de un cheque a la orden de RF Group SRL por el monto total acordado. Los expositores podrán elegir lotes de manera conjunta y/o indistinta, sujetos a disponibilidad a la fecha de contratación, en cualquiera de los 3 sectores a saber: Aire Libre, Bajo Techo y Marinas.
Sistema de Contratación 1.Lugar y Fecha
Los espacios de lotes disponibles para su contratación estarán habilitados desde el día 20 de setiembre de 2019, a partir de las 08:30 horas , en el local sito en Xxx Xxxxxxxxx 0000 xxxxxxx Xxxxxxxxx.
2. Procedimiento
Para formalizar la contratación del espacio, se deberá: a) completar la solicitud de alta de expositor, b) celebrar el acuerdo comercial; y, c) realizar el pago correspondiente.
3. Condiciones de pago
• Total al día: Por pago TOTAL al momento de celebración del contrato el expositor obtendrá un 5% de descuento sobre el importe total.
• Total a Crédito: Por pago a CREDITO en el momento de celebrar el contrato, el expositor no obtendrá ningun descuento sobre el importe total.
• El derecho de inscripcion son de Gs. 3.000.000.- mas iva. Una vez cancelado el pago por la solicitud de participacion, se entregá la factura por el
concepto de los derechos de inscripcion. RF Group SRL no tramitará ninguna solicitud en tanto no se haya abonado los derechos de inscripcion. En ningun caso se procederá a la devolucion del importe abonado del mismo.
4. Observaciones y Restricciones
4.1 Sector “Aire Libre”
En los sectores denominados “Aire Libre”, identificados como “Lotes X” (xxxxxxx 0,0,0,0,0,0 x 0 ), “Xxxxx X” (xxxxxxx 1,2,3,4,5 y 6) , “Lotes X” (xxxxxxx
0,0,0,0,0,0,0 x 0) , “Xxxxx X” (xxxxxxx 1,2,3,4,5,6,7 y 8) , “Lotes X” (xxxxxxx
0,0,0,0 x 0), x “Xxxxx X” (xxxxxxx 1,2,3,4,5,6,7 y 8).
4.2 Sector “Bajo Techo”
En los sectores “Bajo Techo”, identificados como “Lotes X” (xxxxxxx 0,0,0,0,0,0 x 0 ), “Xxxxx X” (xxxxxxx 1,2,3,4 y 5) , “Lotes X” (xxxxxxx 0,0,0,0 x 0) x “Xxxx X” (Xxxxxxxxx para charlas).
4.3 Sector “Marinas”
En los sectores de Marina, identificados con las letras “L” y “M” (numeros 1,2,3,4,5 y 6) serán asignados en conjunto los Lotes de Aire Libre Sector A de “Xxxxx de Lujo” y/o Sector B de “Botes de Pesca - Xxxxx”. “Xxxx X” (xxxxx disponibilidad)
La ubicación definitiva estará sujeta a la mejor utilización del espacio a criterio exclusivo de la Comisión Organizadora xxx Xxxxxxxx Boat Show 2019.
ANTECEDENTES
Este reglamento es parte integrante del Contrato firmado por el expositor. El ASUNCIÓN BOAT SHOW 2019 se regirá por el presente Reglamento de Contratacion , así como cualquier otra norma que dicte la Comisión xxx XXXXXXXX BOAT SHOW, en adelante CABS. El desconocimiento del presente reglamento no justifica su incumplimiento.
Las normas que aquí se establecen, tienen por objetivo custodiar el éxito, la estética y la calidad de la exposición en su conjunto, así como el de permitir que las empresas expositoras aporten su creatividad y esfuerzo para lucir de la mejor forma su imagen institucional y sus productos, sin perjudicar a otros expositores.
La interpretación de estas reglas debe hacerse preservando el espíritu de las mismas, el bien común de las partes, y los objetivos descriptos que las motivaron.
IMPORTANTE
NOTA 1: En caso de dudas respecto de la interpretación, de este contrato y/o de sus adicionales y/o anexos, el interesado deberá consultar a la CABS por escrito.
NOTA 2: Quien tuviere dudas sobre la motivación, fundamento u objetivo de una norma, deberá consultar a la CABS, pero no podrá violar norma alguna aún cuando le parezca intrascendente o injustificada.
NOTA 3: Cualquier participante que desea sugerir modificaciones o mejoras en las normas que rigen este ASUNCION BOAT SHOW 2019, deberá ser requerida por escrito a la CABS, después de finalizada la exposición. Las sugerencias serán evaluadas con la mayor atención, y en caso de ser aceptadas se incorporarán en el reglamento para el futuro.
1o LUGAR Y FECHA
El primer ASUNCIÓN BOAT SHOW 2019 se realizará en el Complejo del Chaco - TOSA, Terminal Occidental S.A., sito en Chacoí de la ciudad de Villa Xxxxx, desde el 15/11/2019 al 17/11/2019, inclusive.
En caso de tener condiciones climáticas no favorables para el desarrollo del evento, se portergará para el siguiente fin de semana del 22/11/2019 al 24/11/2019.
2o AUTORIDADES y sus FACULTADES
RF GROUP Entertainment tendrá a su cargo designar a la Comisión xxx XXXXXXXX BOAT SHOW,en adelante “CABS”, que es la máxima autoridad de la muestra ante los expositores y visitantes, siendo sus decisiones inapelables. Es facultad exclusiva de la CABS aplicar el presente Reglamento General, interpretarlo y dictar nuevas normas ante situaciones no previstas.
La CABS podrá, para un mejor funcionamiento xxx XXXXXXXX BOAT SHOW, como excepción y cuando lo considere conveniente, modificar o apartarse de las normas establecidas en este reglamento, siendo sus decisiones de cumplimiento obligatorio para todos los participantes.Cuando un expositor haya violado cualquier disposición de la CABS, esta podrá:
- Solicitar al expositor la inmediata rectificación y las modificaciones necesarias, para adecuarse a lo dispuesto por la CABS.
- Clausurar inmediatamente el stand, provisoria o definitivamente, sin que el expositor pueda reclamar resarcimiento alguno.
- Prohibir la participación del expositor en futuras exposiciones organizadas por RF GROUP Entertainment.
3o PARTICIPANTES y PRODUCTOS
Del Evento pueden participar personas físicas o jurídicas de cualquier tipo o nacionalidad que deseen promover el desarrollo de la actividad náutica con productos y muestras “NUEVAS”.
La participación de expositores cuya actividad sea ajena a la náutica deberá ser autorizada expresamente por la CABS quien establecerá las condiciones que considere necesarias en cada caso.
La CABS se reserva el derecho de rechazar solicitudes de participación, sin necesidad de dar causa alguna.
Para futuras ediciones, no podrán participar quienes registren deudas o hubieran cometido infracciones a los reglamentos en ediciones anteriores.
4o CESIÓN DEL ESPACIO
Los expositores no podrán ceder, donar, vender, alquilar, transferir ni compartir el espacio adjudicado, ni parte del mismo, sin la expresa autorización del CABS.
La formación de un pool o grupo de expositores para la reserva o contratación de espacios está expresamente prohibida, ya que viola el espíritu del CABS y perjudica a los restantes expositores.
Está prohibida la exposición de productos y/o la publicidad de marcas ajenas a la actividad comercial habitual del expositor, pertenezcan o no al rubro náutico.
5o PUBLICIDAD Y AUDIO
Los expositores no podrán realizar publicidad de ningún tipo fuera del stand, ni podrán hacer publicidad de terceros, ajenos a su actividad comercial específica.
No se podrá propalar ninguna clase de música durante la duracion del evento.
La publicidad dentro del stand es a criterio y potestad del expositor, siempre que su contenido no suponga infracción a las disposiciones legales vigentes y que se adecue a lo establecido en las normas para la realización del stand.
Si la CABS juzga una publicidad no adecuada, el expositor deberá modificarla inmediatamente de ser notificado.
6o VENTAS
Los expositores que deseen realizar ventas u obsequios al público, de productos con entrega inmediata, deberán prever la existencia de stock en el stand, ya que queda estrictamente prohibido el retiro de las muestras expuestas.
La venta de comestibles, bebidas, cigarrillos, diarios, revistas, etc., sólo podrán efectuarla los concesionarios designados por la CABS.
7o RESPONSABILIDAD
EL EXPOSITOR asume la responsabilidad por todas las cosas de su propiedad y/o que se encuentren a su cargo, y por todos los acontecimientos o siniestros de cualquier tipo, que pudiere sufrir el público que visite su stand y/o el personal ligado contractualmente a él, sea por vinculación de trabajo o contrato de locación de servicios o cualquier otra figura contractual.
EL EXPOSITOR mantendrá indemne a la CABS por cualquier reclamo y/o demanda que se entablara en su contra, incluyendo las de índole laboral o cualquier otra, haciéndose cargo de sus importes, incluyendo costos y costas.
La CABS trasladará al expositor el monto de los deterioros que sus dependientes, subcontratistas, constructores de stands, camiones y/o fletes de sus empresas, por su cuenta o por cuenta de otros, causen a las instalaciones fijas y/o provisorias de los espacios abiertos, bajo techo o instalaciones del predio.
La CABS no se hace responsable por los daños que puedan producir al expositor las deficiencias en las instalaciones de luz, fuerza motriz, desagües, etc. Tampoco se hace responsable si por cualquier motivo se produjera la interrupción de estos servicios. La CABS no tendrá responsabilidad por los efectos derivados de problemas meteorológicos o hidrográficos que pudieran dificultar la exposición, y en general por motivos de fuerza mayor o caso fortuito previstos en la legislación civil.
La organizadora del evento no será responsable por las perdidas o daños totales o parciales de bienes o en la persona de los expositores, empleados, participantes, y cualquier persona que asista al evento en el carácter y a los efectos que fuere. El expositor mantendrá indemne al organizador de cualquier reclamo que formulen terceros por daños sufridos en su persona o bienes debido a actos u omisiones imputables al expositor y/o sus representantes o dependientes.
La organizadora no será responsable de ninguna obligación no prevista en este contrato.
8o SEGURIDAD Y VIGILANCIA
RF GROUP y la CABS contratarán personal de vigilancia general, responsable del orden y de la atención de imprevistos, no siendo aquellas responsables por robos y hurtos. Durante las horas de cierre al público no podrá permanecer dentro xxx xxxxxxx de la muestra o evento, ninguna persona que no sea parte de la vigilancia citado y el personal del expositor que cuente con autorización escrita de RF GROUP.
El personal de vigilancia dependiente del expositor contará con credenciales especiales que serán entregadas a su solicitud por escrito, consignando nombre y documento de identidad de dicho personal.
9o LIMPIEZA
RF GROUP dispondrá de personal de limpieza de las áreas comunes xxx xxxxxxx. La limpieza de los stands estará a cargo de los expositores, los que deberán realizarse todos los días, dos horas antes de la apertura al público de la muestra.
10o HORARIOS
10.1 Atención al Público:
Acto Oficial de Inauguración: Viernes 15 de noviembre de 2019 a las 13:00 horas. Dia 1,Viernes 15 de noviembre de 13:00 a 21:00 horas.
Dia 2, Sábado 16 de Noviembre de 09:00 a 21:00 horas.
Dia 3, Domingo 17 de 09:00 a 20:00 horas.
El expositor está obligado a tener su stand con personal de atención al público todos los días, desde 15 minutos antes de la hora de apertura al público y durante todo el horario establecido en el párrafo precedente.
10.2 Horario de Montaje: 08:00 a 19:00 horas Cronograma:
11/11/2019: se da inicio al montaje de carpas y estructuras. 12/11/2019: se da inicio al ingreso de embarcaciones y rodados en tierra. Y conexiones electricas para todos los lotes. 13 y 14/11/2019: se da inicio al montaje dentro del evento, el ingreso de productos y de embarcaciones en agua. El montaje de stands concluirá indefectiblemente el 14/11/2019 a las 20:00 hs.
Por las características especiales de esta exposición, el montaje de stands, el ingreso de muestras o mercaderías y embarcaciones, deberán realizarse según un estricto cronograma con horarios y turnos prefijados en una ficha proveida por la CABS obligatoriamente, a los efectos de no entorpecer el ingreso de embarcaciones y productos, así como de otros expositores.
Este cronograma será comunicado a todos los expositores con una antelación de 10 días al período de montaje,donde será agendada una reunion en el sitio del evento para informar y proveer la información detallada.
10.3 Desmontaje: Los días 18 y 19 de Noviembre de 8:00 a 18:00 hs. el expositor deberá retirar TODOS los elementos ingresados, y deberá entregar su lote o stand en perfectas condiciones, tal como fue recibido.
11o CREDENCIALES
Se entregarán a los expositores las siguientes credenciales o pulseras de identificación:
11.1 «EXPOSITOR»: Hasta un máximo de 10 credenciales por expositor para su sector correspondiente.
Son válidas para una persona sin limitación de ingresos. Están destinadas exclusivamente a los expositores y a su personal de stand; directivos, titulares y ejecutivos de las empresas expositoras.
11.2 «ESTACIONAMIENTO»:
Se entregarán 4 credenciales de estacionamiento por expositor.
11.3 «SEGURIDAD»:
El personal contratado por los expositores para la seguridad de su stand deberá organizar con la CABS las normas y coordinar su funcionamiento. La CABS no se hace responsable por el personal contratado por el expositor.
12o INVITACIONES
12.1 «INAUGURACIÓN»: Hasta un maximo de 10 Pulseras.
Serán entregadas sin cargo y válidas para el día de apertura (viernes 15/11/2019) exclusivamente. Están destinadas a que los expositores puedan invitar a sus clientes más distinguidos y los pases de entrada con pulseras personalizadas serán válidas para una persona más un acompañante.
12.2 «EMPLEADOS»: Hasta un maximo de 20 pulseras.
A fin de facilitar la concurrencia de los colaboradores y empleados de las empresas náuticas expositoras. La CABS entregará a cada empresa pases de entrada con pulseras personalizadas, válidas para un único acceso del empleado y un acompañante.
12.3 «INVITACIÓN CORTESIA »: Son válidas para 1 persona para todos los días, cursadas por CABS y destinadas a autoridades, funcionarios, embajadas, sindicatos, Clubes, Guarderías, Marinas, Concejos Profesionales, Universidades, Bancos, etc.
13o NORMAS DE INGRESO Y PERMANENCIA
13.1 No se permitirá el ingreso de vehículos durante el período de habilitación xxx XXXXXXXX BOAT SHOW.
13.2 En los períodos de montaje y desmontaje de los stands, los vehículos podrán permanecer dentro del predio el tiempo indispensable para carga y/o descarga. Se habilitara un estacionamiento exclusivo para proveedores donde podran dejar durante los horarios de montaje y desmontaje de la CABS
13.3 La reposición de folletería, insumos y mercaderías, así como la limpieza en las embarcaciones, se podrá realizar 2 horas antes de la apertura al público. En este lapso los vehículos podrán ingresar a los estacionamientos de proveedores.
13.4 Las credenciales serán PERSONALES E INTRANSFERIBLES. En ellas deberá constar nombre y apellido del portador autorizado y el nombre de la empresa expositora. El uso indebido de ellas facultará al CABS a retirarlas y prohibir el ingreso a la exposición de las personas implicadas en dichas anormalidades.
13.5 La Organización se reserva el derecho de admisión en el evento.
14o NORMAS GENERALES PARA STANDS
La CABS podrá objetar las construcciones que no respeten las presentes normas, e incluso proceder a la clausura del stand por causa reglamentaria o por falta de terminación. Al efecto de este reglamento se define como lote al total del espacio arrendado y que puede estar formado por uno o más módulos.
14.1 No se proveerán conexiones de agua ni desagües. Los expositores que exhiban elementos con incorporación de agua, podrán hacerlo mediante la utilización de circuitos cerrados de conducción de fluido.
14.2 Ningún elemento podrá exceder los límites perimetrales de cada stand, a ninguna altura de los mismos. Todas las construcciones y productos exhibidos deben quedar dentro de los límites del lote.
14.3 Se tendrá como criterio general, que ningún tipo de construcción o elemento podrá perjudicar la estética de los stands vecinos o de la exposición en su conjunto. En estos casos se obligará al expositor al retiro o modificación de dichos elementos, a satisfacción de la CABS.
14.4 Los expositores recibirán sus lotes con el piso existente, delimitados por estacas o marcas de pintura colocadas en los vértices de los mismos. El piso puede presentar irregularidades que pueden hacer necesario la incorporación, por cuenta del expositor, de elementos auxiliares para su correcta nivelación. Cualquier alteración al predio deberá ser subsanada por el expositor al desarmar su stand. Los elementos construidos deberán ser retirados una vez desarmados los stands, obligándose cada expositor a devolver el terreno en las mismas condiciones en que lo recibió.
14.5 Los tableros de electricidad general y llaves de paso de agua corriente, ubicadas en posiciones que resulten incluidas dentro de los lotes, podrán ser cubiertos por elementos decorativos siempre que estén planteados a modo de puertas de inspección y que el accionamiento no se vea impedido por elementos de exhibición ubicados por delante de los mismos, obstruyendo el acceso.
14.6 Las previsiones de seguridad que el expositor tome con relación a máquinas en movimiento serán objeto de aprobación por parte de la CABS, quedando la responsabilidad de eventuales accidentes a cargo del expositor.
14.7 Por razones de estética y por seguridad, NO está permitido el uso de la media sombra.
15o NORMAS ESPECIALES PARA STANDS AL AIRE LIBRE
15.1 No se permite la utilización xx xxxxxx, piedra trituradas o áridos similares en las zonas con césped.
15.2 En todo momento se deben tener las vistas liberadas al Rio y alrededores. Sin back pódiums o estandartes.
15.3 En los lotes identificados con las letras “A,B,C,D,E y F” deberá preservarse la vista del público sobre el rio y las embarcaciones expuestas, para lo cual:
• Carteles, cenefas, marquesinas y similares deberán tener una altura máxima de 0,70 cm sobre el nivel del piso.
• Totens de 3 o 4 caras deberán tener una altura maxima de 1,5 m.
• Podrán colocarse a partir de los 3.00 m. sobre el nivel del piso aquellos elementos visuales que estén retirados 1 m o más de las Divisorias Laterales o de la Divisoria de Frente.
• Podrá materializarse la Línea Divisoria de Fondo del lote con carteles, cenefas, marquesinas y similares siempre que se coloquen a partir de los
3.00 m de altura. Los mismos podrán tener publicidad en ambas cara
• Las caras que dan a los stands vecinos deberán tener una vista despejada respetando las disposiciones en los puntos mencionados anteriormente.
Cualquier acuerdo de construcción con el stand vecino, debe ser comunicado por escrito a la CABS.
16o NORMAS ESPECIALES PARA STANDS BAJO TECHO (Lotes designados con las letras H, I, J y K)
16.1 No podrán colocarse elementos adosados a la estructura o cubierta del edificio o carpa, bajo ningún concepto sin previa autorización. No se pueden realizar perforaciones, soldaduras ni fijaciones de ningún tipo en las instalaciones existentes.
16.2 Para los stands con lotes de denominacion “I” ubicadas en el centro mismo del sector Bajo Techo:
• Los stands ubicados en las puntas, denominados lotes I1 y I5 deben dejar liberadas las 3 caras que dan con los pasillos y solo podrán colocar divisorias que no superen los 2,5m de altura que lindan con los vecinos.
• Los stands vecinos al de las puntas, podrán colocar divisorias que no superen los 2,5m de altura.
16.3 Para los stands con lotes de denominacion “H” y “J” ubicadas en los laterales
del sector Bajo Techo:
• Los stands ubicados en las puntas, denominados lotes H1, H7, J1 y J5 deben dejar liberadas las 2 caras que dan con los pasillos y solo podrán colocar divisorias que no superen los 2,5m de altura que lindan con el fondo de los stands.
• Los stands vecinos al de las puntas, podrán colocar divisorias que no superen los 2,5m de altura en el fondo.
17o MARINAS
17.1 Las marinas son de uso exclusivo para las visitas de lotes xx Xxxxx/Embarcaciones en agua y test drive agendados debidamente con anticipacion según disposiciones de la organización del CABS.
17.2 No se podrá interrumpir ni obstaculizar la circulación de visitas programadas por las marinas con ningún tipo de objeto.
17.3 No se puede pintar, alfombrar, ni afectar de ningún modo las instalaciones suministradas por la organización.
17.4 No pueden colocarse elementos publicitarios sobre los palos de amarre de embarcaciones.
17.5 Las embarcaciones amarradas no deberán arrojar ningún tipo de líquidos contaminantes a las aguas de la marina, provenientes de servicios, sanitarios, bombas de achique, etc.
17.6 Es responsabilidad del expositor, el adecuado amarre de las embarcaciones y objetos flotantes, balsas, etc., así como su custodia.
17.7 Se permite 1 alfombra por barco con el nombre xxx xxxxx y/o nombre xxx xxxxxxxxx. La alfombra tendrá un máximo de 0,90m x 0,90m.
17.8 La ubicación de cada amarra será designada por la CABS, y están sujetas a disponibilidad de espacio por lote.
17.9 Las embarcaciones deberán ser ubicadas en forma perpendicular al peine.
18o RESTRICCIONES GENERALES
No se permiten las siguientes actividades:
18.1 Toda clase de juegos xx xxxx.
18.2 La realización de colectas, sorteos, rifas o encuestas, sin previa autorización escrita del ente organizador la CABS.
18.3 La realización de asados o comidas al aire libre.
18.4 El reparto de folletos o volantes, la colocación de pantallas o carteles publicitarios, así como la realización de todo tipo de propaganda fuera de los límites del stand adjudicado a cada expositor.
18.5 El uso de garrafas a gas u otros combustibles de carácter explosivo.
18.6 La instalación y/o explotación de juegos mecánicos y/o electrónicos.
18.7 La concurrencia con cualquier clase de animales al ámbito del Predio.
18.8 Emitir cualquier tipo de sonido, o instalar maquinarias cuyo funcionamiento produjese ruidos que por su magnitud resulten molestos al público o a los expositores vecinos.
18.9 Colgar o fijar elementos de la estructura del Predio.
18.10 Retirar embarcaciones, elementos y/o mercaderías expuestas, antes del periodo previsto para el desarme/desmontaje.
18.12 No se podrá exhibir ninguna publicidad directa o indirecta de terceros. Ej.: sombrillas, exhibidores, carteles, etc. Excepciones a esta norma deberán solicitarse por escrito antes del comienzo del Asu Boat Show, para su consideración por la CABS.
19o INSTALACIONES CONTRA INCENDIO
Los expositores deberán colocar con carácter obligatorio y en perfectas condiciones de funcionamiento, por lo menos un matafuegos de 6 Kg del tipo triclase.
20o ELECTRICIDAD
El expositor dispondrá de corriente alterna de 220 V, en las cajas de electricidad colocadas en el predio y podrá realizar un consumo máximo de potencia de hasta 1500 Watts.
Este límite es estricto, para preservar la seguridad de la instalación general.
Los artefactos de iluminación deberán siempre estar apuntados hacia los productos exhibidos evitando encandilar al público.
20.1 Instalaciones provistas por XXXX S.A:
La iluminación general de la muestra en pasillos, calles al aire libre, accesos y circulación general.
20.2 Instalaciones que deberán ser provistas por el EXPOSITOR:
El correspondiente tramo de cables entre la caja de electricidad del predio y el stand. La iluminación general de su lote, incluyendo conductores, interruptores y los correspondientes artefactos.
Los conductores deberán ser de la sección adecuada a la potencia total instalada, nuevos y con aislación xx xxxxx revestimiento de goma o PVC (tipo taller).
Toda llave, toma corriente o instalación eléctrica que se realice sobre materiales combustibles, deberá llevar un aislante adecuado entre dicho material y la instalación a realizarse.
Solamente cumpliendo estos requisitos podrá acceder a la conexión definitiva. Todos los días a la hora de cierre determinada, cada expositor deberá desconectar el interruptor de iluminación y el interruptor general que debe estar en lugar accesible al personal de Seguridad.
Está terminantemente prohibido efectuar conexiones clandestinas y/o conectar potencias superiores a las solicitadas. Las transgresiones a estas normas serán penadas con el cese temporario del suministro o clausura del stand y multa.
Las solicitudes de servicios especiales, en cuanto a potencia y disponibilidad de energía, deberán ser solicitadas por escrito a la CABS.
21o DESMONTAJE DE STANDS
Los expositores están obligados a retirar sus productos, desmontar y retirar los elementos constitutivos de sus stands, y a devolver los espacios y elementos provistos por la organizacion, en perfectas condiciones, a partir del día siguiente y antes del segundo día posterior a la clausura del Asu Boat Show.
La reparación de los deterioros serán facturados al expositor. El incumplimiento de la fecha para desalojar el lote autoriza a la CABS a efectuarlo por cuenta y cargo del expositor, pudiendo retener materiales y/o mercaderías en caución, hasta la cancelación de los gastos originados.
La CABS no reconocerá reclamos de ninguna naturaleza, provenientes de la realización compulsiva de tal desmontaje.
Las embarcaciones amarradas a las marinas deberán ser retiradas en los mismos términos.
El día de clausura, no se podrá retirar ningún elemento de los stands.
22o APLAZAMIENTO o ANULACIÓN
En caso fortuito o por fuerza mayor la CABS se reserva el derecho de modificar las fechas, horarios y planos previstos. En el supuesto caso de anulación forzosa xxx Xxxxxxxx Boat Show, se devolverán las sumas percibidas, previa deducción de los gastos efectuados hasta el momento y aquellos a los que se haya comprometido la CABS para la organización del evento, sin derecho a reclamo de ninguna índole.
23o EXCEPCIONES MODIFICACIONES
En casos excepcionales las autoridades de la CABS se reservan el derecho de efectuar las autorizaciones y modificaciones al presente Reglamento, que a su mejor saber y entender, consideren conveniente para el mayor éxito de la exposición y el beneficio general de los expositores.
24o OBLIGACIONES
Todas las estipulaciones del presente Reglamento General, circulares, planos, plan de tiempos, reglamento de ventas y/o otras normas que dicte la Comisión xxx XXXXXXXX BOAT SHOW 2019, serán de cumplimiento obligatorio desde su publicación en el sitio mail xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx , y que los participantes se obligan a verificar periodicamente.
Si por cualquier razón el expositor incurriera en el incumplimiento parcial o total de cualquiera de sus obligaciones, ello facultará a la CABS para que sin necesidad de interpelación alguna, dé por terminada la relación contractual, quedando las sumas percibidas hasta el momento a beneficio de RF GROUP SRL, y exigir el pago total del saldo adeudado, sin perjuicio del derecho de retención que podrá ejercer sobre los materiales y elementos que ocupen las superficies arrendadas hasta el pago total de las sumas reclamadas.
25o INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento en los pagos genera las siguientes consecuencias:
a) Anula la reserva o arrendamiento del espacio.
b) Ocasiona al expositor la pérdida total de las sumas que hubiera abonado.
c) Faculta a la CABS a adjudicar el lote a terceros. La xxxx será automática, de pleno derecho, por el mero transcurso del tiempo, sin necesidad de que medien comunicaciones de ninguna índole.
26o PERMISO DE INICIACIÓN DE MONTAJE DEL STAND
Para poder iniciar la construcción del stand, los expositores o sus constructores debidamente autorizados, deberán contar con el Permiso de Iniciación de Montaje, el cual será entregado por la CABS.
Para obtener dicho permiso, los expositores deberán haber cumplido previamente, las siguientes obligaciones:
a) Haber obtenido el visado del proyecto (boceto) definitivo de stand por la CABS, el que deberá presentar para su consideración antes del 1 de Noviembre de 2019. Este visado de la CABS, se instrumenta al sólo efecto de colaborar con la detección previa de posibles errores en la interpretación del reglamento de construcción, pero la falta de objeciones por parte de la CABS no autoriza de ningún modo a violar el reglamento.
b) Haber cancelado saldos por arriendo, cuotas, interés por xxxx y servicios adicionales en sutotalidad, debidamente acreditados.
No se permitirá la iniciación del montaje de stands, el acopio de elementos ni el ingreso de materiales y equipos de montajes, a aquellas empresas expositoras que no cuenten con el correspondiente permiso, el cual deberá ser presentado cada vez que las autoridades del evento lo soliciten.
27o RENUNCIA A LOS ESPACIOS
Si el expositor renunciase a su participación total o parcialmente, por cualquier motivo, perderá todo derecho a la devolución de los importes abonados.