PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS MEDIANTE CONCURSO
EXPTE. A/28/07
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO DE SERVICIOS MEDIANTE CONCURSO
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
Será objeto de este contrato la contratación del Servicio de limpieza de los Centros de la Universidad de Alicante, según lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas que se adjunta a este pliego.
2. NORMAS REGULADORAS
2.1. Este contrato se regirá por las cláusulas contenidas en el presente pliego, aprobado por Resolución del Rector de fecha 3.10.2007.
2.2. Para lo no previsto en él, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante Ley, el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en adelante Reglamento, la legislación de la Comunidad Valenciana en materia de contratación administrativa y el resto de disposiciones que regulan dicha materia.
2.3. Las empresas licitadoras que quieran participar en este concurso deberán acogerse al Convenio de empresa de los trabajadores de la limpieza en la Universidad de Alicante que se acompaña como Anexo al presente pliego, así como al resto de la normativa legal que sea de aplicación.
2.4. La empresa adjudicataria no podrá firmar acuerdos que incrementen el coste del servicio, a excepción de las mencionadas anteriormente.
3. PRESUPUESTO
El precio será de 4.875.000 euros (IVA incluido) y se abonará con cargo al concepto 227 del presupuesto de gastos de la Universidad de Alicante.
4. PAGO DEL PRECIO Y REVISIÓN DEL MISMO
4.1. En este contrato no procede la revisión de precios.
4.2. El pago al contratista se efectuará de acuerdo con lo determinado en el artículo 99 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
4.3. El precio del presente contrato será abonado por mensualidades vencidas, contra factura presentada por el contratista, que incluirá la doceava parte del precio anual del contrato.
5. PLAZO
5.1. La duración inicial del presente contrato será de doce (12) meses, desde el 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008.
Universidad de Alicante SERVICIO JURÍDICO CONFORME
Fecha:3.10.2007
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Contratación. Tfno. (00) 000 00 00. Fax: (00) 000 00 00
5.2. El plazo contractual sólo será prorrogable cuando concurran las circunstancias y requisitos exigidos por la legislación vigente. En caso de prórroga el precio se incrementará según el índice de precios al consumo (IPC) general, a nivel nacional, aprobado por el Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al último mes publicado anterior al de inicio de la prórroga.
II. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
6. MODALIDAD CONTRACTUAL
El sistema de adjudicación del contrato será el de Concurso público, procedimiento abierto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
7. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA
7.1. Para participar en el concurso, el licitador deberá presentar en el Registro General de la Universidad, dentro del plazo señalado en el anuncio de licitación, tres sobres cerrados (A, B y C), con la documentación que luego se especifica traducida de forma oficial al castellano, indicando en cada uno el concurso a que se concurre, nombre y apellidos de quien firma la proposición y el carácter con que lo hace, todo ello de forma legible.
El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio. En este caso el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará a esta Universidad la remisión de la oferta mediante fax o telegrama, hasta las catorce horas del último día de presentación de ofertas. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, los diez días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
7.2. Sobre (A) Proposición económica
Contendrá la proposición económica debidamente firmada, debiéndose ajustar al modelo que figura como anexo 1, incluyéndose en el precio ofertado el impuesto sobre el valor añadido. Asimismo el importe de la oferta económica deberá venir desglosado por partidas de acuerdo al modelo que figura como anexo, debiendo coincidir los importes totales de los anexos 1 y 2. No se admiten variantes.
Los licitadores deberán presentar además una oferta económica del precio/hora por trabajos extraordinarios donde se especificarán los precios correspondientes a servicios diurnos y nocturnos, especificando días laborables, xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, de acuerdo al modelo que figura como anexo 3.
7.3. Sobre (B) Capacidad para contratar. Contendrá los siguientes documentos.
7.3.1. Clasificación suficiente y no caducada, expedida por el Registro Oficial de Contratistas del Ministerio de Economía y Hacienda o en su caso por el Registro Oficial de Contratistas de la Generalitat Valenciana, que habilite para contratar servicios en los siguientes grupos: Grupo U, subgrupo 1, categoría D.
No obstante, para los casos en que el presupuesto de licitación sea inferior a 120.202,42 euros y para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante este organismo su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, conforme a los artículos 16 y 19 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como su inscripción en el Registro al que se refiere el artículo 20.i) de la citada norma, todo ello sin perjuicio de los establecido en el artículo 79 de la misma.
7.3.2. Los empresarios deberán acreditar su personalidad. Si se trata de empresario individual, presentará el Documento Nacional de Identidad. Si se trata de sociedades, deberá acompañarse copia autorizada o testimonio de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su personalidad mediante la inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo, en función de los diferentes contratos.
Los restantes empresarios no españoles acreditarán su personalidad mediante certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la representación diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
7.3.3. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trata de una sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante (legal, suficiente y subsistente) por cualquier organismo de la Administración de la Generalitat Valenciana, para representar a la persona o entidad a cuyo nombre se concurra ante la Universidad de Alicante, debidamente inscrito en el registro correspondiente si se trata de una sociedad, y fotocopia autenticada del DNI del apoderado.
7.3.4. Declaración responsable o Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante las Haciendas Estatal y de la Comunidad Autónoma Valenciana y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
7.3.5. El órgano de contratación, en uso de las facultades que le confiere el artículo 35 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, resuelve no exigir garantía provisional.
7.3.6. Declaración de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar que se enumeran en los artículos 15 a 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, que se apreciarán según lo dispuesto en el artículo 21 de esa misma ley.
7.3.7. Justificación de estar al corriente del impuesto sobre actividades económicas del epígrafe correspondiente, mediante la presentación del último recibo. Para aquellas empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 euros, modelo 201 de ingreso o devolución del impuesto de sociedades.
7.3.8. Los empresarios extranjeros formularán declaración solemne de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.
7.4. Sobre (C) Documentación técnica.
7.4.1. Deberá incluir un programa de gestión del servicio, que contenga de forma clara un estudio sobre la organización, planificación y metodología de trabajo.
7.4.2. Relación de personal, maquinaria y equipos puestos a disposición de la Universidad de Alicante.
7.4.3. Plan de Calidad, en el que se incluya los sistemas de calidad relacionados con el objeto de la prestación del servicio.
7.4.4. Mejoras sobre las condiciones del servicio establecidas en el presente pliego y especialmente en el pliego condiciones técnicas e incluidas en la oferta económica.
7.4.5. Cualquier otra documentación que se estime oportuno aportar y que ayude a valorar de la forma más completa los extremos contemplados en los criterios de valoración contenidos en la cláusula 11, excepto los relacionados en la oferta económica, los cuales se presentaran únicamente en el sobre A.
7.5. Nombramiento de un Delegado con capacidad de representación para todo lo relacionado con la ejecución del contrato.
7.6. De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 apartado f de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, los licitadores podrán sustituir los documentos de los sobres B y C que ya obren en poder de la Universidad, por haber sido adjudicatarios de contratos anteriores, y siempre que dichos documentos sigan vigentes, por certificación en tal sentido expedida por la Subdirección de Contratación de la propia Universidad de Alicante.
8. MESA DE CONTRATACIÓN
8.1. La Mesa de Contratación, previamente al acto de apertura de proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en los sobres B y C, y si estos contienen todo lo exigido por este pliego o existen omisiones determinantes de la exclusión o defectos materiales subsanables.
Los resultados de esta calificación previa de la documentación presentada se publicarán en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante, a los efectos de la notificación prevista en los artículos 59 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, si la Mesa de Contratación lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. El cómputo de dicho plazo comenzará el día hábil inmediatamente posterior a la antedicha publicación en el tablón de anuncios de la Universidad de Alicante.
8.2. La Mesa de Contratación estará compuesta por:
Presidente: El Vicerrector de Infraestructuras y Ampliación del Campus. Vocales: El Gerente.
El Director del Servicio de Infraestructuras y Servicios El Director del Servicio Jurídico.
Secretario: El Subdirector del Servicio de Gestión Económica.
9. APERTURA DE PROPOSICIONES
9.1. La Mesa de Contratación, el 10º día natural a contar desde el siguiente al último día de presentación de proposiciones, en acto público, procederá a dar cuenta de las empresas excluidas y la causa de su exclusión, caso de ser sábado, se pasará al día hábil inmediatamente siguiente. Antes de la apertura de la primera proposición económica se invitará a los asistentes a que manifiesten las dudas que se le ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes. Acto seguido se dará lectura a las proposiciones admitidas.
9.2. Contra la exclusión de la Mesa de Contratación, podrá interponerse reclamación en el plazo de 15 días naturales.
10. COMISIÓN CALIFICADORA
Con el fin de evaluar la documentación técnica presentada por los licitantes, se constituirá una Comisión Calificadora que estará compuesta por los siguientes miembros.
Presidente: El Director del Secretariado de Infraestructuras y Servicios. Vocales: El Director del Servicio de Infraestructuras y Servicios.
El Director Adjunto del Servicio de Infraestructuras y Servicios. El Arquitecto Técnico de la Oficina Técnica.
Un representante de cada sindicato con representación en la mesa negociadora. El Decano de la Facultad de Derecho.
El Decano de la Facultad de Ciencias Económicas. El Decano de la Facultad de Ciencias.
El Decano de la Facultad de Filosofía y Letras. El Director de la EPSA.
Secretario: El Secretario de la Mesa de Contratación.
Si se considera conveniente dicha Comisión podrá recabar los informes que estime pertinentes de otras personas que no tendrán en ningún caso la condición de miembros de la Comisión Calificadora.
La Comisión Calificadora, terminada su actuación, presentará a la Mesa de Contratación, informe suficientemente razonado y elaborado de acuerdo con los criterios de valoración que figuran en este pliego. Dicho informe debe de permitir fundamentar la propuesta de adjudicación que ha de realizar la Mesa de Contratación.
11. CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para la valoración de las propuestas de los licitantes se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
A) Hasta 40 puntos
A. Obtendrá la máxima puntuación aquella oferta económica que se corresponda con el 90% de la media, m, de las ofertas económicas presentadas por los licitantes, esto es:
pi = pmax si oi = 0,9 x m
B. Obtendrá un 70% de la puntuación máxima, aquella oferta económica que coincida con la media, m, de las ofertas económicas presentadas por los licitantes, es decir:
pi = 0,7 x pmax si oi = m
C. Las puntuaciones, pi, correspondientes a las restantes ofertas económicas se calcularán según interpolación lineal entre los valores extremos del intervalo en el que se encuentra dicha oferta, atendiendo a los siguientes intervalos:
pi = 0 | si | oi ≤ 0,8 x m |
0 < pi < pmax | si | 0,8 x m < oi < 0,9 x m |
pmax > pi > 0,7 x pmax | si | 0,9 x m < oi < m |
0,7 x pmax > pi > 0,3 x pmax | si | m < oi < l |
donde las variables anteriores vienen definidas como sigue:
l ≡ precio de licitación.
pmax
≡ puntuación máxima que el baremo otorga a la propuesta económica.
oi (≤ l) ≡ oferta económica del licitante i-ésimo.
m ≡ media de las ofertas económicas de todos los licitantes.
pi ≡ puntuación que, por la aplicación de este criterio, se le asigna al licitante i-ésimo.
B) Hasta 25 puntos
El estudio detallado del servicio con la inclusión de la planificación de los trabajos a realizar. El procedimiento de gestión del servicio de limpieza ofertado. Su adecuación a las necesidades de la Universidad de Alicante, su capacidad de adaptación y evolución así como la capacidad de integración de dicho procedimiento en los sistemas de trabajo y horarios de la propia Universidad.
C) Hasta 20 puntos
Las mejoras del servicio previstas por la empresa ofertante para la optimización del mismo y su mejora, tanto en la gestión como en el personal y en los medios materiales puestos al servicio del objeto del concurso y que queden incluidas en la oferta económica presentada.
Se podrán valorar aspectos ambientales tales como disponer de la norma internacional ISO 140001, el uso y consumo de energía, los niveles de ruido (p. eje. Uso de maquinaria, equipos y pavimentos de baja emisión acústica) la emisión de gases, el uso de materiales reutilizables, reciclables y valorizables, la generación y gestión de residuos, la utilización de etiquetas ecológicas y otros distintivos de calidad ambiental.
D) Hasta 15 puntos
La capacidad técnica de la empresa, la experiencia acreditada, la trayectoria y fiabilidad contrastada por parte de la misma para la realización de servicios de naturaleza análoga.
12. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
12.1. La Mesa de Contratación, a la vista de las valoraciones realizadas por la Comisión Calificadora, formulará propuesta de adjudicación del Concurso, o de declararlo desierto si ninguna de las ofertas presentadas reuniese los requisitos exigidos.
12.2. Cualquier miembro de la Mesa de Contratación tendrá derecho a expresar su voto particular con relación a la propuesta de adjudicación. Esta circunstancia, en caso de producirse, se hará constar en el acta de la Mesa de Contratación.
13. RESOLUCIÓN DEL CONCURSO
13.1. Si el contratista, por causas imputables al mismo, incurriera en incumplimiento de las obligaciones contraídas y especialmente por no atender de forma correcta al mantenimiento del servicio, la Universidad de Alicante podrá optar por la resolución del contrato con pérdida de la fianza, o por la imposición de las penalidades que procedan en relación con el incumplimiento producido. El importe se hará efectivo mediante deducción de los mismos en la correspondiente factura. En todo caso, la fianza responderá de su efectividad.
13.2. En caso de huelga del personal de limpieza, los días no trabajados de dicho personal serán descontados del importe de la factura correspondiente al mes en que se realizó la huelga.
13.3. La resolución del Concurso, a la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, será dictada por el Órgano de Contratación, dándosele la publicidad que corresponda de acuerdo con el artículo 94 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14. OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la adjudicación se obliga a:
a) Constituir, en el plazo de 15 días hábiles, una garantía definitiva del 4% del presupuesto de adjudicación, en cualquiera de las modalidades legalmente admitidas.
b) Presentar, en el plazo máximo de cinco días hábiles, los documentos a que se refieren los artículos 7, 9 y 10 del Real Decreto 390/1996 antes citado, si para acreditar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social se hubiere optado inicialmente por la presentación de una declaración responsable.
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
15.1. La formalización del contrato se llevará a cabo dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la notificación de la adjudicación definitiva y de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
15.2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato, procederá, en los términos previstos en el artículo 54 apartado 3 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la incautación de la garantía provisional y la indemnización a la Universidad de los daños y perjuicios ocasionados.
15.3. Serán de cuenta del contratista los gastos de la publicación de anuncios en la prensa y en los diarios o boletines oficiales y demás gastos o impuestos necesarios para la prestación del servicio.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
16. NORMAS GENERALES
16.1. El adjudicatario deberá contratar al personal necesario para atender el servicio, según lo dispuesto en la cláusula 5.1. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
16.2. El contratista se somete expresamente a la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
16.3. El adjudicatario estará obligado a presentar mensualmente copia de los documentos TC1 y TC2 relativos a las cotizaciones a la Seguridad Social del personal que atiende el servicio.
16.4. Cuando el adjudicatario o las personas de él dependientes incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha o el cumplimiento del programa de trabajo, la Universidad de Alicante podrá exigirle la adopción de medidas concretas y eficaces para conseguir o restablecer el buen funcionamiento en la ejecución de lo pactado, sin perjuicio de lo dispuesto en la ley de Contratos de Administraciones Públicas sobre causas de resolución del contrato.
16.5. Será obligación del adjudicatario resarcir de los daños producidos al personal dependiente de la Universidad de Alicante y a terceros por causas de los trabajos propios que se realicen, y de los daños y perjuicios que se produzcan en edificios, instalaciones y mobiliario, por negligencia o por utilización de productos no adecuados.
16.6. En el supuesto de incumplimiento por parte del adjudicatario, de lo establecido en los párrafos anteriores de esta cláusula, aquel incurrirá en las penalidades a que hubiere lugar, quedando exenta, en todo caso, la Universidad de Alicante de cualquier responsabilidad derivada de este incumplimiento.
16.7. El adjudicatario se compromete a un estricto cumplimiento de la legislación de protección de los datos de carácter personal (Ley 15/1999, de 13 de diciembre y normas de desarrollo), muy especialmente, al respeto a la confidencialidad sobre los datos de carácter personal a los que pueda tener acceso en la prestación del servicio. Sobre este particular, formará al personal de limpieza respecto a las medidas que hayan de adoptarse para garantizar la protección de tales datos en el ejercicio de sus tareas.
En consecuencia con lo anterior, el adjudicatario asume las responsabilidades que puedan derivarse por los daños o perjuicios que se ocasionen a la Universidad o a terceros afectados por una actuación que se desvíe del compromiso expuesto.
16.8. El servicio no podrá interrumpirse ni aun por cumplimiento del término, siendo obligatoria para el adjudicatario, por razones de interés público, la continuidad en las mismas condiciones hasta su sustitución por la Universidad.
17. FACULTAD DE DIRECCIÓN E INSPECCIÓN
La dirección e inspección de la ejecución de las prestaciones que se contratan corresponderá al Servicio de Infraestructuras y Servicios de la Universidad a través de su Director o del personal cualificado que este designe para tales funciones.
V. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
18. NORMA GENERAL
El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.
19. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE
19.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar, por razones de interés público, los contratos celebrados y acordar su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la citada ley.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe del Servicio Jurídico, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
19.2. De acuerdo con lo establecido en el mencionado artículo de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los que se podrá formular, en el
plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
19.3. Cualquier contradicción o duda que, sobre el contenido o interpretación pudiera plantearse entre las cláusulas xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y las xxx xxxxxx de cláusulas administrativas, se resolverá por el órgano de contratación, previo informe de los servicios correspondientes, con los efectos señalados en los párrafos anteriores de esta cláusula.
Conocido y aceptado en su totalidad El contratista.
Universidad de Alicante SERVICIO JURÍDICO CONFORME
Fecha: 3.10.2007
Pág. 9
Contratación. Tfno. (00) 000 00 00. Fax: (00) 000 00 00
ANEXO 1
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D. , vecino de provincia de
, con domicilio en , calle , número , (en el caso de actuar en representación: como apoderado de
con domicilio en , calle
número , teléfono CIF o DNI núm.
), enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al concurso del servicio
de encuentra en situación de acudir como licitador del mismo.
cree que se
A este efecto hace constar que conoce el pliego de cláusulas administrativas particulares y el pliego de prescripciones técnicas que sirven de base a la convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración, y se compromete en nombre (propio o de la empresa que representa),a llevar a cabo el referido servicio, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, POR EL PRECIO TOTAL DE
(en letra y número) euros, en el que se incluye la cantidad correspondiente al impuesto sobre el valor añadido (IVA.).
(fecha y firma del proponente)
ANEXO 2.
PRESUPUESTO DESGLOSADO.
1. PERSONAL | |||||
1.1 PERSONAL El coste por operario al año se calculará teniendo en cuenta la antigüedad media para cada categoría. | IMPORTE TOTAL | TOTAL COSTE PERSONAL | |||
Categoría | Nº jornadas completas equivalentes | Coste por operario al año a jornada completa | IMPORTE PARCIAL | ||
Limpiador/a | (A) | ||||
Responsable de Equipo | |||||
Conductor limpiador | |||||
Peón especialista | |||||
Especialista | |||||
Encargado de Zona | |||||
Encargado General | |||||
TOTAL | |||||
1.2 SERVICIOS PRESTADOS POR PERSONAL COMPLEMENTARIO. (Aperturas extraordinarias biblioteca, fines de semana y festivos en Deportes, servicios extraordinarios en Aulario I y II, Paraninfo, etc.) | (B) | ||||
Horas estimadas | Euros / hora | ||||
Total | 7.000 | ||||
1.3 OTROS COSTES | (C) (A+B+C) | ||||
2. COSTES GENERALES | ||
DESCRIPCIÓN | IMPORTE PARCIAL | IMPORTE TOTAL |
TOTAL COSTE DE PERSONAL (APARTADO 1) | ||
MATERIAL | ||
MAQUINARIA Y VEHÍCULOS | ||
OTROS SERVICIOS (Tratamientos DDD, contenedores higiénicos femeninos, tintorería, etc) |
3. RESUMEN GENERAL | ||
% sobre coste total | TOTAL | |
GASTOS GENERALES | ||
BENEFICIO INDUSTRIAL | ||
TOTAL PRESUPUESTO SIN I.V.A. | ||
TOTAL PRESUPUESTO CON I.V.A. |
Alicante, de de 00 Xxx.:
XXXXX 0
VALORACIÓN PRECIO HORA POR CATEGORÍA.
Valoración de precio/hora (iva incluido) de las diferentes categorías profesionales.
CATEGORIAS | HORA NOCTUNA (lunes x xxxxxxx) | HORA DIURNA (lunes x xxxxxxx) | HORA DIURNA (domingos y festivos) | HORA NOCTURNA (domingos y festivos) |
LIMPIADOR/A | ||||
PEON ESPECIALISTA | ||||
ESPECIALISTA | ||||
CONDUCTOR LIMPIADOR |
Alicante, de de 00
Xxx.:
XXXXX 0
MODELO DE DECLARACIÓN DE NO ESTAR SOMETIDO A INCOMPATIBILIDAD
D. con documento nacional de identidad
número , expedido en el día de
de 19 , actuando en nombre de con domicilio en calle , según poder otorgado ante el notario de D. , con fecha
, bajo el número de protocolo .
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIIDAD que la empresa
no se halla incursa en ninguna de las circunstancias o causas de prohibición, incompatibilidad o incapacidad para contratar con la Administración, previstas en los artículos 15 a 20 del RDL 2/2000 de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Alicante, de de 00
XXXXX 0
ANUNCIO DEL CONCURSO EN EL BOE número 251 de fecha:
19 de octubre de 2007
IMPORTE ANUNCIO BOE A CARGO DEL ADJUDICATARIO:
1.878,16 €.
FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
El 5 de diciembre de 2007, hasta las catorce horas, en el Registro General.
APERTURA DE LAS OFERTAS:
El 17 de diciembre de 2007, a las doce horas, en la Sala de Juntas del Nuevo Edificio de Rectorado y Servicios Generales.
CONSULTAS SOBRE EL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS:
Servicio de Gestión Económica. Contratación. Tfno.: 00 000 00 00. Fax: 00 000 00 00 Correo electrónico: Xxxx.xxxxxxxxx@xx.xx
CONSULTAS SOBRE PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS:
X. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx. Director adjunto del Servicio de Infraestructuras y servicios. Tfno.: 96 5909566
MODELO NOMBRAMIENTO DE DELEGADO
D./Dña. , apoderado de la empresa nombra a D./Dña.
----------------------------------------------- como delegado ante la Universidad de Alicante con capacidad de
representación para todo lo relacionado con el contrato de --.
Lo que comunico para los efectos oportunos.
(Lugar y fecha)
(Firma)
Compruebe la documentación que ha de ser incluida en los sobres antes de su presentación.
La carencia de documentación requerida en el pliego de condiciones puede suponer la exclusión de la empresa licitadora.
Todos los documentos presentados deber ser originales o copias AUTENTICADAS. La oferta económica únicamente debe hacerse constar en el sobre A.
DOCUMENTACIÓN SOBRE B
□ Escritura de Constitución.
□ DNI del apoderado o empresario individual.
□ Escritura de poderes.
□ Bastanteo de poderes por cualquier organismo de la Administración de la Generalitat Valenciana.
□ Impuesto de Actividades Económicas.
□ Declaración de que no se encuentran incursos en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar con la Administración y que se enumeran en los artículos 15 a 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
□ Clasificación ( únicamente es obligatoria su presentación si se exige en el pliego).
□ Declaración de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
□ Declaración de estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.
□ Declaración de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Generalitat Valenciana.
DOCUMENTACIÓN SOBRE C
□ Documentación técnica.
EXPTE. A/28/07
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
1 OBJETO
Se relacionan los edificios objeto del concurso de limpieza y las zonas anejas según la relación de la Universidad de Alicante
Quedan específicamente incluidas las zonas anejas a los edificios y que comprenden las aceras perimetrales, zonas de acceso, rampas, zonas cubiertas, zonas cubiertas exteriores, cubiertas transitables, patios interiores de plantas sótano, bajas o elevadas.
En el listado se relaciona el nombre del edificio y su superficie útil a la que habrá que añadir, en su caso, la zona anexa correspondiente.
Las superficies expresadas tienen la consideración de aproximadas para los cálculos correspondientes, siendo los cuerpos ciertos de los edificios el objeto del presente concurso.
Las empresas concursantes podrán visitar los distintos edificios para su correspondiente toma de datos y estudio de la oferta.
Se excluyen todos los locales existentes en la relación descrita a continuación, que hayan sido cedidos a empresas externas para su explotación.
RELACION DE EDIFICIOS CON CÓDIGO SIGUA Y SUPERFICIES ÚTILES:
0001 Zona Deportiva (Pabellón) 7.906 m2 útiles
0001b Zona Deportiva (Vestuarios exteriores) 701 m2 útiles Comprende la plaza de la zona deportiva y todas las pistas polideportivas.
0001c Pabellón Semicubierto (incluye sótano, pistas, gradas y circulación) 4.424 m² útiles 0002 Área de Experimentación y apoyo: Dependencias nave 502 m2 útiles
0002b Área de Experimentación y apoyo: Naves de investigación 431 m2 útiles
0002c Área de Experimentación y apoyo: Planta potabilizadora 168 m2 útiles
0002d Planta de Residuos 568 m² útiles
0003 Facultad de Ciencias III 1.016 m2 útiles
0004 Facultad de Ciencias IV 1.468 m2 útiles
0005 Centro de Proceso de Datos 1.040 m2 útiles
0006 Edificio Taller de Imagen y Servicio de Prevención 1.077 m2 útiles
0007 Facultad de Ciencias II 12.235 m2 útiles
0008 Facultad de Ciencias I 5.756 m2 útiles
0009 Pabellón de Biotecnología 1.191 m2 útiles
0010 Facultad de Ciencias V 1.175 m2 útiles
0011 Facultad de Derecho y Paraninfo 13.455 m2 útiles Comprende el Claustro de la Facultad y escaleras exteriores
0012 | Pabellón Universitario 12 | 1.197 m2 útiles |
0013 | Pabellón Universitario 13 | 1.162 m2 útiles |
0014 | Escuela Politécnica Superior II | 3.041 m2 útiles |
0015 | Escuela Politécnica Superior III | 3.041 m2 útiles |
0016 | Escuela Politécnica Superior I | 3.686 m2 útiles |
0018 | Facultad de Filosofía y Letras III | 3.165 m2 útiles |
0019 | Facultad de Filosofía y Letras II | 5.631 m2 útiles |
0020 | Facultad de Filosofía y Letras I | 4.680 m2 útiles |
0021 | Pabellón de Alumnado | 798 m2 útiles |
0022 | Facultad de Ciencias de la Educación II | 609 m2 útiles |
0023 | Pabellón Xxxxx Xxxx | 534 m2 útiles |
0024 | Facultad de Ciencias de la Educación I | 2.487 m2 útiles |
de acceso al Paraninfo
La superficie incluye 418 m2 del patio de Alumnado
0025 Aulario General I 21.280 m2 útiles
La superficie incluye 3.232 m2 del patio del Aulario General I
0026 Escuela Universitaria de Enfermería 2.563 m2 útiles
0027 | Torre de Control | 874 m2 útiles |
0028 | Rectorado y Servicios Generales | 9.217 m2 útiles |
La superficie incluye 1.833 m2 del patio de Rectorado | ||
0030 | Aulario General II | 14.581 m2 útiles |
0031 | Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales | 8.818 m2 útiles |
0032 | Club Social II (Referido únicamente al Almacén de sótano) | 1.577 m2 útiles |
0033 | Biblioteca General | 15.181 m2 útiles |
La superficie incluye 1.621 m2 del patio de Biblioteca General | ||
0035 | Centro Comercial: Oficina de Correos | 90 m² útiles |
0036 | Edificio Xxxxxx Xxxxxxxx | 5.961 m2 útiles |
0038 | Escuela de Óptica y Optometría | 6.270 m2 útiles |
0041 | Facultad de Ciencias VI :Edificio CTQ, Naves y Almacenes | 6374 m2 útiles |
0042 | Xxxxxxx XXX. Universidad Permanente | 2.929 m2 útiles |
0046 | Centro de Seguridad | 155 m² útiles |
(Incluye 78 m² de aceras perimetrales y zonas cubiertas) | ||
0201 | Edificio Animalario | 275 m2 útiles |
0202 | Nave de Petrología | 370 m2 útiles |
0203 | Invernadero (zona Ampliación) | 530 m² útiles |
0204 | Edificio de Servicios Técnicos de Investigación | 5.010 m² útiles |
0101 | Sede de la Universidad en Alicante | 1.971 m2 útiles |
Total superficie útil de los edificios: 187.170 m2 útiles
2 METODOLOGIA Y TECNICAS A EMPLEAR
2.1 El servicio de limpieza debe comprender todas las técnicas y útiles existentes en el mercado necesarios para la obtención de una calidad óptima en la higiene de las dependencias afectadas.
2.2 Dichos sistemas serán preferentemente de tipo mecánico y estarán descritos con detalle en la oferta de la empresa licitante para cada uno de los apartados del presente pliego.
2.3 La limpieza de zonas por barrido se realizará por procedimientos mecánicos en medio seco/húmedo con circuito de entrada y salida en cada zona a limpiar.
2.4 El fregado en aquellas zonas de pequeña superficie se realizará con cubo de tanque doble con desinfectante apropiado a la superficie a tratar. En las zonas diáfanas o de gran superficie libre se realizará necesariamente de forma mecánica.
2.5 El mobiliario se limpiará con doble trapo y acabado mediante microfibras con circuito, comprendiendo todos los elementos de cada dependencia.
2.6 Los sanitarios se limpiarán mediante productos específicos para este fin. Se acabarán mediante trapo y se procederá su desinfección mediante aplicación por pulverización sobre zona limpia, incluyendo aparatos, suelos y paredes.
2.7 Se procederá a desinfectar por los sistemas adecuados, todas aquellas dependencias que lo precisen, según la periodicidad especificada en el apartado "Frecuencia del servicio" del presente Pliego.
2.8 Los pavimentos de linolium se decaparán y cristalizarán previamente a su uso. Se utilizarán materiales adecuados para este fin sin ceras y antideslizantes. En el apartado "Frecuencia del servicio" se especifica la periodicidad con que se deben acometer.
2.9 Los pavimentos xx xxxxxx caliza se cristalizarán previamente a su uso. Se utilizarán materiales adecuados para este fin sin ceras y antideslizantes. En el apartado "Frecuencia del servicio" se especifica la periodicidad con que se deben acometer.
2.10 Para el desempolvado de alfombras, moquetas y elementos varios se utilizarán máquinas aspiradoras tipo industrial eliminando todo resto de polvo.
2.11 Todos los detergentes utilizados deberán ser neutros y adecuados en relación con los elementos a limpiar.
2.12 Todos los envases de productos deberán llegar a los distintos edificios perfectamente cerrados, garantizando su no manipulación previa. La empresa adjudicataria se responsabilizará de su correcto almacenaje y, en su caso, correcta eliminación.
2.13 Los materiales a utilizar no producirán contaminación en el ambiente ni en aguas residuales de acuerdo con la legislación vigente.
2.14 El adjudicatario deberá disponer de toda la maquinaria, medios auxiliares, utillaje y productos de limpieza necesarios para el desarrollo de los trabajos descritos en el presente pliego. Será a su cargo la adquisición, almacenaje, reparación y reposición de los mismos.
2.15 Queda expresamente incluido en el servicio de limpieza el suministro y comprobación de forma diaria en turno de mañana y tarde de papel higiénico (tipo scottex o similar), jabón y toallas de papel y accesorios de secado en todos los aseos comprendidos en cada edificio.
2.16 La empresa adjudicataria deberá dotar de papeleras higiénicas a todos los aseos. El modelo de la misma deberá ser estanco y sin olores y deberá en todo caso ser aprobado por la Universidad de Alicante. El mantenimiento, recogida y vaciado correrá por cuenta del adjudicatario.
2.17 Correrá por cuenta del adjudicatario la adquisición, mantenimiento y reposición de los materiales necesarios para la recogida selectiva de papel/cartón y envases para reciclar: carros, contenedores, vehículos, etc. Se dispondrá un número de contenedores suficiente por edificio con una unidad por edificio como mínimo, siendo la capacidad total la suficiente para que no se produzca saturación entre periodos de recogida. La situación de los mismos se fijará por parte de la Universidad. Se podrán re-utilizar en su caso, los contenedores existentes en la actualidad.
2.18 Las zonas anejas a los edificios tales como aceras perimetrales, porches, patios interiores, etc se limpiarán mediante soplado o cualquier otro medio existente en el mercado, y con maquinaria destinada a tal fin.
2.19 En la limpieza de CPU’S, teclados y pantallas se utilizarán los productos adecuados, tales como líquidos especiales para monitores o brochas suaves adecuadas para teclados.
2.20 El adjudicatario deberá informar a la Administración Universitaria de todas las evidencias que indiquen la presencia de bichos o plagas, identificados mientras se realiza el servicio de limpieza.
3 FRECUENCIA DEL SERVICIO
DE FORMA DIARIA DE LUNES A VIERNES:
3.1 Barrido, limpieza de polvo por procedimiento en seco o húmedo según necesidades en todos los edificios, locales y dependencias. Zonas comunes, oficinas, gabinetes y despachos, aulas, aulas magnas y salones de actos, laboratorios, salas de lectura, accesos, zonas de descanso, vestuarios, pasillos y escaleras.
3.2 Limpieza de mobiliario y elementos decorativos. Pupitres y mesas de alumnos, sillería, mesas, teléfonos, cuadros, armarios, estanterías, lámparas xx xxxx, máquinas de escribir y calcular, ordenadores, mostradores, zócalos, pasamanos y barandillas xx xxxxxxxx.
3.3 Vaciado y limpieza xx xxxxxxxxx y papeleras. Fregado y desinfección.
3.4 Limpieza completa de aseos y fuentes de agua fría. Aparatos sanitarios y revestimientos xx xxxxxxx y suelos. Reposición de papel higiénico, jabón líquido y accesorios secamanos.
Este servicio se realizará como mínimo 2 veces diarias: al comienzo de la jornada de mañana y al comienzo de la jornada de tarde. Igualmente se realizará un repaso a media jornada de mañana y de tarde.
3.5 Fregado de pizarras de tiza y rotulador con una frecuencia de mañana y tarde.
3.6 Barrido y recogida de papeles en espacios exteriores y zonas anexa a cada edificación.
3.7 Retirada de embalajes, desperdicios y objetos que deterioren la imagen del servicio tanto del interior del edificio como en el exterior, trasladándolos a vertedero controlado o lugar asignado por la Universidad para ello (Parque de residuos o equivalente).
3.8 Limpieza interior y exterior xx xxxxxxxxx de zonas de acceso con independencia de la frecuencia establecida en el apartado 3.24 referido al resto xx xxxxxxxxx del edificio.
3.9 Recogida selectiva del papel/cartón y envases para reciclar. Se procederá a recoger de forma selectiva estos materiales depositados en despachos, aulas, salas y zonas comunes y transportarlos hasta los contenedores habilitados a tal efecto en el edificio. El traslado de estos materiales de los contenedores al parque de residuos se realizará cada vez que sea preciso con un mínimo de dos veces por semana.
3.10 Retirada de residuos y basura que se produzca en la zona a limpiar correspondiente a cada edificio, transportándola y depositándola en el interior de los contenedores / compactadores del parque de residuos. No deberá existir ningún residuo en los edificios ni en las zonas anejas a los mismos.
3.11 Eliminación de cualquier tipo de pintada o "graffiti" en paramento de la edificación comprendiendo tanto las zonas interiores como los zócalos y fachadas del exterior.
Este apartado se realizara de forma inmediata a su localización y con especial interés en las carpinterías interiores de aseos.
3.12 Retirada de cualquier tipo de cartel anunciador, pegatina, propaganda o similar colocado en paramentos no autorizados para tal fin tanto de la edificación en las zonas interiores como zócalos y fachadas del exterior. Este apartado se realizará de forma inmediata a su localización.
DIAS ALTERNOS DE LUNES A VIERNES:
3.13 Fregado de todos los edificios, locales y dependencias. Zonas comunes, oficinas, gabinetes y despachos, aulas, aulas magnas y salones de actos, laboratorios, salas de lectura, accesos, zonas de descanso, vestuarios, pasillos y escaleras.
3.14 Limpieza por aspiración de suelos enmoquetados y alfombras.
SEMANALMENTE:
3.15 Limpieza de repisas interiores de ventanas.
3.16 Limpieza de puertas de entrada.
3.17 Riego y cuidado de las plantas de decoración interior
3.18 Limpieza de mobiliario urbano, tales como totems, marquesinas de las paradas de autobuses, etc. Se incluye la retirada de pegatinas y carteles.
MENSUALMENTE:
3.19 Limpieza del polvo de libros de estanterías y los mismos.
3.20 Abrillantado de elementos metálicos.
3.21 Barrido y fregado de patios, terrazas y zonas anejas a la edificación.
3.22 Limpieza en profundidad de revestimiento xx xxxxxxx y suelos de aseos. Este cometido se realizará preferentemente la primera semana de cada mes.
3.23 Limpieza de aceras y zócalos exteriores del edificio.
TRIMESTRALMENTE:
3.24 Limpieza de carpintería metálica exterior e interior. Limpieza de persianas, mallorquinas y contraventanas.
3.25 Limpieza de todos los cristales, cara interior y exterior en zona interior y exterior del edificio.
3.26 Desempolvado xx xxxxxxx, zonas altas, techos, luminarias y zonas no accesibles desde el suelo.
3.27 Tratamiento contra insectos y cucarachas con productos específicos.
3.28 Limpieza de zócalos interiores de paramentos verticales del edificio.
3.29 Lavado a fondo xx xxxxxxx alicatadas.
3.30 Desinfección de todas las dependencias.
ANUALMENTE:
3.31 Abrillantado de pavimentos continuos tipo linolium y de pavimentos pétreos tipo caliza o terrazo.
3.32 Limpieza, aspirado, lavado y desinfectado de toldos, cortinajes y tapizados, incluso montaje y desmontaje de los mismos.
3.33 Limpieza, aspirado, lavado y desinfectado de moquetas y alfombras.
4 PUNTUALIZACIONES A LAS FRECUENCIAS DEL SERVICIO
4.1 Las fechas concretas de realización de las labores de limpieza que no tengan carácter diario serán consensuadas con la Universidad de Alicante y asumidas por parte de la empresa adjudicataria. A tal efecto la empresa licitadora presentara, con la suficiente antelación, una planificación específica con detalle de todas las labores a realizar, sus fechas y horarios, la cual será estudiada y con las puntualizaciones oportunas, aprobada por la Universidad para su puesta en práctica, supervisión y control.
4.2 En Paraninfo, Aulas Magnas y Salones de Actos se realizarán todos los trabajos especificados en el apartado "3 Frecuencia del servicio" con la periodicidad expresada y además cada vez que vaya a utilizarse o cuando se haya alterado su estado de limpieza por ocupación, actos, obras, modificaciones o casos de fuerza mayor, incluso en fines de semana y días festivos.
4.3 En caso de ser necesario y a criterio de la Universidad, se dispondrá de un retén de limpieza formado por el personal necesario durante el transcurso de los distintos actos.
4.4 Los Servicios Generales, Rectorado, secretarías de centros, oficinas al público y zonas de atención estarán limpias antes de las 8 horas de la mañana.
4.5 Los edificios con aulas deberán estar limpios diariamente antes de las 8 y 16 horas, antes del inicio de las clases.
4.6 Las bibliotecas de uso permanente además de su limpieza habitual de lunes a viernes tendrán servicio los días festivos, fines de semana, vacaciones y periodos de apertura extraordinaria por exámenes. Dicho servicio a prestar es el referido en el apartado 3, como "de forma diaria de lunes a viernes" para el cual la empresa adjudicataria dispondrá del personal necesario según lo expresado en el apartado 1 correspondiente a los edificios del concurso.
4.7 En los laboratorios de idiomas se realizará una limpieza diaria de los puestos mediante aspiración eliminando el polvo que pueda dañar los dispositivos ópticos y mecánicos de los aparatos.
4.8 En caso de que la Universidad proceda a realizar modificaciones u obras en alguna dependencia incluida en el correspondiente edificio, la empresa adjudicataria procederá a efectuar la limpieza de obra una vez finalizada ésta, sin cargo alguno.
4.9 En periodos oficiales de exámenes, aquellos edificios que se ocupen los fines de semana contarán con servicio de limpieza según lo descrito en el apartado 3 como "De forma diaria de lunes a viernes" para lo cual la empresa adjudicataria dispondrá el personal necesario según lo expresado en el apartado 1 correspondiente a los edificios del concurso.
4.10 En el edificio Xxxxxx Xxxxxxxx se procederá a facilitar el servicio de limpieza de aseos y dependencias los sábados en horario de mañana según lo expresado en el apartado 3 como "De forma diaria de lunes a viernes" para lo cual la empresa adjudicataria dispondrá el personal necesario según lo expresado en el apartado 1 correspondiente a los edificios del concurso.
4.11 En los vestuarios de las instalaciones deportivas se procederá a la limpieza dos veces al día y en profundidad de vaso y paredes de ducha con desinfección, limpieza de bancos de vestuario, limpieza de suelos, aseos y salas de tal forma que estén perfectamente limpios a cualquier hora del día debiendo existir siempre un retén de personal suficiente, siempre que las instalaciones estén en uso incluyendo fines de semana y festivos.
4.12 En los vestuarios de las instalaciones deportivas se procederá a la limpieza quincenal de taquillas por dentro y por fuera así como a la limpieza quincenal en profundidad xx xxxxxxx y suelos.
4.13 En los gimnasios y salas de las instalaciones deportivas se procederá a la limpieza diaria con mopa y al fregado diario de los pavimentos y mantenimiento con mopa.
4.14 En los gimnasios de musculación de las instalaciones deportivas se procederá a la limpieza diaria de los suelos con mopa, limpieza semanal del suelo con máquina de fregar y a la limpieza semanal de los aparatos de musculación con desinfección y su tapizado con los productos adecuados.
4.15 En las pistas polideportivas de las instalaciones deportivas de procederá a la limpieza del suelo mediante medios mecánicos de fregado al menos dos veces a la semana, limpiándose con mopa en días alternos. La limpieza de gradas se efectuará al menos quincenalmente. Se deberán utilizar medios mecánicos adecuados en función del acabado de las pistas.
4.16 En la piscina de las instalaciones deportivas se procederá al limpiado diario de la playa, duchas, bancos, gradas, cabina del socorrista y botiquín, limpieza y desinfección semanal de la playa, bancos, gradas azulejos xx xxxxxxx, escaleras, trampolines, rejillas de ventilación, duchas, cabina del socorrista y botiquín, limpieza quincenal xx xxxxxxxxx exteriores, cabina del socorrista y armario almacén.
4.17 En las pistas de squash de las instalaciones deportivas se procederá a la limpieza diaria con mopa de las pistas sin ningún tipo de producto de limpieza y mensualmente al fregado de las mismas con los productos adecuados.
4.18 Se procederá a una limpieza completa del parque de residuos con una frecuencia mínima de 1 vez cada dos semanas.
4.19 Se procederá a la limpieza de las casetas de seguridad existentes en el campus de la UA y en los terrenos de la ampliación con una frecuencia mínima de 1 vez por semana.
5 PERSONAL DE LIMPIEZA
5.1 El número de trabajadores mínimo que deberá desarrollar las labores de limpieza en las actividades estipuladas en el apartado 3º del presente pliego se fija en 158 personas a jornada completa o su equivalente a jornadas parciales.
5.2 Las labores de limpieza correspondientes a actividades distintas de las especificadas en el punto anterior, tales como aperturas extraordinarias, ocupación, exámenes y actividades culturales y que afectan a las Instalaciones Deportivas, Paraninfo, Aularios I y II, edificio de Xxxxxx Xxxxxxxx, y Biblioteca General , se desarrollarán por personal complementario al establecido en el punto anterior, de tal forma que quede garantizado tanto el servicio diario como el de aquellas actividades de periodicidad distinta, estando este personal complementario incluido en la oferta económica del presente concurso.
5.3 El personal de la empresa de limpieza adjudicataria procederá con la debida forma y corrección en las dependencias de la Universidad de Alicante, teniendo ésta derecho a exigir al adjudicatario que prescinda en los trabajos de sus dependencias de la persona que a juicio de la Gerencia de la Universidad no observase una actitud correcta.
5.4 Todo el personal de limpieza deberá ir convenientemente uniformado e identificado.
5.5 El adjudicatario deberá realizar las sustituciones del personal por I.L.T. de forma inmediata con personal nuevo sin que pueda trasladarlo de otros centros para suplir la baja. En caso de no realizarse esta sustitución en el plazo máximo de 2 días naturales, la Universidad de Alicante podrá aplicar un descuento proporcional en los siguientes pagos.
6 HORARIO DE TRABAJO
6.1 El horario de trabajo será propuesto por el adjudicatario, dentro de las condiciones expresadas en el apartado "3 FRECUENCIA DEL SERVICIO". En todo momento se adaptará a las horas de menor actividad que estime la Universidad, así como aquellas en las que se obtenga mejor rendimiento del servicio especialmente en edificios que tengan uso de mañanas y tardes como aularios y otras dependencias.
6.2 Deberá proponerse un horario acorde con la realidad de utilización de los edificios de la Universidad de Alicante, de tal forma que se potencie la distribución diaria de las tareas en horario de mañana y tarde. No existirán tiempos muertos de bajo rendimiento por incompatibilidad del horario establecido para la limpieza con el de uso y ocupación de los edificios.
6.3 En el edificio de Servicios Generales y Rectorado se procederá a su limpieza total antes de las 8h de la mañana, además de lo expresado en los apartados anteriores de este pliego, disponiendo para ello la empresa adjudicataria de los trabajadores con horario nocturno según la necesidad de dicho servicio.
6.4 El personal de limpieza fichará las entradas y salidas de los edificios.
6.5 El adjudicatario deberá disponer y mantener un programa informático de gestión, compatible con los recursos de la UA y que permita a la misma conocer en todo momento la distribución específica de personal y jornadas de trabajo por edificios, programación de actividades, incidencias, ausencias, bajas y sustituciones, etc.
Esta herramienta informática debe permitir optimizar tanto la planificación como el control del personal, las tareas y la programación de los trabajos referidos en el presente pliego.
6.6 Igualmente la empresa adjudicataria deberá comunicar cualquier modificación que se produzca en el personal de limpieza.
7 NUMERO DE PERSONAS POR EDIFICIO
7.1 En la oferta de la empresa licitante se especificará el número de personas, jornadas y horarios así como maquinaria por cada edificio, así como una planificación pormenorizada de los trabajos a realizar describiendo los sistemas de limpieza y equipos utilizados.
7.2 El personal adscrito al servicio no tendrá ningún tipo de relación jurídica o laboral con la Universidad de Alicante, independientemente de la vinculación con la empresa prestadora del servicio que marque la legislación laboral o el convenio colectivo de aplicación
7.3 La empresa adjudicataria del servicio de limpieza dispondrá de un encargado. Dicho encargado actuará como interlocutor con la propia Universidad de Alicante y como responsable directo de la organización y el correcto desarrollo del trabajo fijados en el presente Concurso.
7.4 El encargado deberá estar localizable de forma inmediata para cualquier eventualidad y a tal efecto dispondrá de los medios necesarios puestos por la empresa, tales como emisor de radio frecuencia y/o teléfono móvil.
8 INSTALACIONES
8.1 La Universidad de Alicante pondrá a disposición del adjudicatario el agua, energía eléctrica y alumbrado preciso para el desarrollo de su actividad no permitiendo el uso indebido o abuso de estos elementos.
8.2 El adjudicatario será responsable y dará las oportunas indicaciones a su personal para el cuidado de las instalaciones y ahorro de energía. (Apagado xx xxxxx, cierre de puertas, etc.)
9 MEJORAS DEL SERVICIO
9.1 En la proposición económica (según modelo) a presentar por el licitador se especificarán con carácter de operaciones mínimas las señaladas anteriormente, pudiendo proponerse por el licitante otras operaciones que resultando convenientes para la Universidad y previa justificación, quedarán consideradas como parte integrante de la oferta presentada.
9.2 Se valorará de forma positiva la propuesta de desarrollo de tecnificación y utilización de medios mecánicos en el máximo de tareas que la empresa adjudicataria tenga encomendadas por el presente pliego.
10 MANTENIMIENTO. GESTIÓN DE RESIDUOS PROPIOS.
10.1 La empresa adjudicataria deberá gestionar los residuos generados por su actividad, tal y como establezca la legislación vigente en esta materia. En este sentido, los residuos asimilables a urbanos para los que la Universidad de Alicante tenga contenedor de recogida selectiva en el parque de residuos ubicado en la zona de plantas piloto, deberán ser separados, trasladados y
depositados en el interior del contenedor correspondiente por parte de la empresa adjudicataria, respetando en todo momento las normas internas definidas por la UA a tal fin.
10.2 Respecto a otros residuos propios, igualmente la empresa adjudicataria debe gestionar correctamente y siempre atendiendo a lo establecido en la legislación vigente, contando en su caso con los servicios de una empresa gestora de residuos debidamente certificada, todos aquellos residuos que genere para los que la Universidad no dispone de contenedor de recogida selectiva en su parque de residuos. La Universidad de Alicante podrá solicitar los certificados de dichas recogidas.
11 RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
11.1 En cumplimiento al R.D. 171/2004 por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales en materia de Coordinación de actividades empresariales, la empresa adjudicataria remitirá al Servicio de Prevención de la U.A. la siguiente documentación:
- Nombre y teléfono de contacto de la persona responsable de la seguridad y la salud para las actividades a desarrollar en la U.A.
- Evaluación de Riesgos específica de la ejecución del contrato en la U.A (en un plazo máximo de tres meses).
- Información sobre los riesgos que, debido a la ejecución del contrato, pueden ocasionar a terceros o en las instalaciones de la U.A.
- Las medidas de prevención y protección que se adoptarán para los riesgos identificados.
- Certificación de la formación específica en materia de seguridad y salud de los trabajadores.
11.2 El adjudicatario, y previo a la formalización del contrato, deberá de justificar la suscripción de una Póliza de Responsabilidad Civil, y que en ningún caso será inferior a 300.000 € por siniestro y daños a terceros que sean derivados de la ejecución de las tareas del servicio.
11.3 El adjudicatario se compromete a un estricto cumplimiento de la normativa laboral y de Seguridad Social, así como lo dispuesto en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre en Prevención de Riesgos Laborales y sus normas de desarrollo.
11.4 En la adquisición de los productos de limpieza del adjudicatario se prohíbe expresamente que en las notas de entrega, albaranes, facturas y cualquier otro documento que ampare el suministro de los mismos, figure cualquier denominación que haga referencia a la Universidad de Alicante.
11.5 La ejecución del trabajo no realizado debido a huelgas del personal o cualquier otra causa imputable al contratista, dará lugar a indemnización a favor de la Universidad de Alicante. Ello sin perjuicio de exigir la reparación de los daños que hubieran podido producirse.
11.6 El adjudicatario remitirá al Servicio de Infraestructuras y Servicios un informe trimestral en el que se incluirá, como mínimo, los siguientes datos:
- Actuaciones extraordinarias realizadas
- Resumen de las quejas / sugerencias planteadas por los usuarios
- Incidencias surgidas en el funcionamiento del servicio, así como las medidas adoptadas para solucionarlas.
- Mejoras realizadas a iniciativa de la empresa.
11.7 El adjudicatario se compromete a potenciar el uso de las dos lenguas oficiales existentes en la Comunidad Valenciana, (castellano y valenciano) en todas las rotulaciones, avisos, informes, escritos oficiales o cualquier otro medio de comunicación, incluido el trato con los usuarios.
12 SUPERVISION DEL SERVICIO
12.1 El servicio de limpieza será supervisado en cada centro por los coordinadores/auxiliares de servicio y por el Servicio de Infraestructuras y Servicios de la Universidad a través de su Director
o del personal cualificado que este designe para tales funciones. Se podrán realizar cuantas inspecciones se consideren necesarias con el fin de comprobar el cumplimiento del presente pliego de prescripciones técnicas.
12.2 El adjudicatario dispondrá, a su cargo, los suficientes medios humanos para el normal desarrollo de las tareas, su control y supervisión propia, actuando permanentemente en el recinto universitario y recibiendo éstos o el propio adjudicatario las instrucciones o directrices de la Universidad de Alicante.
12.3 Para la supervisión del servicio, la universidad empleará todos los medios a su alcance para la comprobación de la correcta ejecución del contrato, tales como inspecciones, indicadores de calidad, encuestas a los usuarios, pudiéndose aplicar penalizaciones económicas en función de los resultados.
13 CONDICIONES ESPECIALES.
13.2 En el caso de que la fecha de entrada en funcionamiento del edificio de Servicios Técnicos de Investigación sea posterior a la firma del contrato, se descontará del importe de los pagos mensuales el coste correspondiente a las jornadas asignadas a dicho edificio así como el resto de partidas y demás costes que le correspondan.
14 MODIFICACIONES DEL ÁMBITO DEL SERVICIO.
14.1 Todo nuevo edificio incluido o excluido del ámbito del servicio será comunicado a la empresa adjudicataria por parte de la Universidad de Alicante, para la extensión de servicio al mismo.
14.2 Para la inclusión del coste correspondiente a la facturación mensual se seguirá el siguiente procedimiento de modificación:
- acumulación de las nuevas zonas sucesivamente incluidas (o excluidas) del ámbito del servicio.
- medición de las nuevas zonas por parte del contratista.
- justificación de medios a ampliar según los precios de la oferta revisados.
- revisión de la medición y la justificación por parte de la Universidad de Alicante.
- propuesta de inclusión en el ámbito del servicio y del coste correspondiente en las facturas mensuales extraordinarias por parte de la Universidad de Alicante para su aprobación.
LISTADO PERSONAL DE LIMPIEZA DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE A 21/09/2007
Apellidos, Nombre | Categoría | Fecha de Alta | Jornada Semanal | Tipo de Contrato | Observaciones |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/09/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx | Limpiador/a | 26/05/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 09/06/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx | Limpiador/a | 02/09/2002 | 16,55 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 06/04/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 04/08/2007 | 10,00 | T | PLUS NOCTURNIDAD 59,99 €/mes |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | Limpiador/a | 01/06/2006 | 17,50 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 16/05/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 26/04/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 03/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/06/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxx Xx del Mar | Limpiador/a | 10/10/2002 | 16,55 | F | EXCEDENCIA |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 16/10/2006 | 11,70 | IT | |
Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | Limpiador/a | 01/09/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/04/1997 | 35,00 | X | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Ma Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 16/05/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 11/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxx de la Xxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/08/2007 | 14,00 | T | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | Limpiador/a | 01/05/1991 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xx Xxxxx | Limpiador/a | 09/06/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxx, Xx xxx Xxxxxx | Limpiador/a | 03/08/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxxx, Xx xxx Xxxxxx | Limpiador/a | 23/11/1981 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | Xxxx. Limpiador | 16/12/1996 | 35,00 | F | |
Bas Xxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 04/02/1998 | 25,54 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/09/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 03/02/2006 | 16,55 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxx, Xx del Mar | Limpiador/a | 22/10/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | Xxxx. Limpiador | 28/08/1991 | 35,00 | F | PLUS 221,86 €/mes |
Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 08/10/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 10/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Ma Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 08/05/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 15/05/1987 | 35,00 | X | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx, X. Xxxxx | Especialista | 26/03/1990 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 21/03/2001 | 35,00 | F | |
Xxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 02/04/2001 | 16,55 | F | |
Xxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 21/03/2001 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 16/05/1994 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx | Xxxx Especialista | 08/10/1991 | 35,00 | X | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 17/08/2001 | 31,55 | F | EXCEDENCIA |
Xxxxxxxxx Xxxxx, M° Xxxxxx | Limpiador/a | 03/03/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/08/2005 | 16,55 | F |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxx | Limpiador/a | 15/05/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 06/03/2006 | 17,50 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/03/2001 | 14,19 | F | PLUS NOCTURNIDAD 31,78 €/mes |
Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 08/01/2003 | 16,55 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 02/09/2000 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx | Limpiador/a | 03/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 01/03/2001 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 08/01/1988 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/08/2007 | 10,00 | T | PLUS NOCTURNIDAD 59,99 €/mes |
De Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 14/06/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 22/09/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 11/09/2007 | 12,50 | IT | |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 13/09/2004 | 14,19 | X | |
Xxxx Xxxxx Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 01/10/1993 | 35,00 | X | |
Xxxx Xxxxx, Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/10/1996 | 35,00 | F | |
Xxxx Xxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 09/05/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxx Xxxxxxxxx Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 09/06/1997 | 35,00 | X | |
Xxxxxx Xxxxxxxx. Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 07/05/1997 | 35,00 | X | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx Ma Encarnación | Limpiador/a | 01/01/1993 | 35,00 | F | EXCEDENCIA |
Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 04/08/2007 | 10,00 | T | PLUS NOCTURNIDAD 59,99 €/mes |
Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxx | Xxxxxxxxx/a | 20/02/2006 | 35,00 | IT | |
Xxxxxx Xxxxx, Xx Xxxxx | Limpiador/a | 16/05/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 07/05/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx | Limpiador/a | 17/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Ma Angeles | Limpiador/a | 07/01/2003 | 14,19 | F | EXCEDENCIA |
Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 02/04/2001 | 16,55 | X | |
Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 11/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxx | Xxxx Especialista | 04/02/2002 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 13/05/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 15/11/1988 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/08/2007 | 14,00 | T | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 12/05/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 28/05/1998 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 07/01/2004 | 17,50 | IT | |
Xxxxxx Xxxxxxx, Xx Xxxxx | Limpiador/a | 15/10/1996 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx | Xxxx. Equipo | 02/11/1987 | 35,00 | X | |
Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/09/2004 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 22/10/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 23/05/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 06/09/2004 | 14,19 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 28/08/1991 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx | Limpiador/a | 21/03/2001 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 21/03/2001 | 35,00 | X | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xx Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/09/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 22/09/1987 | 35,00 | F | PLUS 148,23 €/mes |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 02/09/2000 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xx | Xxxxxxxxx/a | 08/10/1997 | 35,00 | X | |
Xxxxxxxxx Xxxx, Xxxx Xx | Limpiador/a | 09/01/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/03/2001 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/06/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 21/03/2001 | 34,05 | X | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xx Xxx | Limpiador/a | 22/09/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxxx, Xxx Xx | Xxxxxxxxx/a | 09/06/1997 | 35,00 | F | |
Xxxx Xxxxx, Xxx Xx | Xxxxxxxxx/a | 19/12/2006 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Fella | Limpiador/a | 16/10/2002 | 16,55 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/08/2007 | 25,00 | T | PLUS NOCTURNIDAD 144,42 €/mes |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/08/2007 | 14,00 | T | |
Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 03/10/2006 | 11,70 | IT | |
Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 07/05/2001 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 04/08/2007 | 14,00 | X | |
Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/08/2000 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 03/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx | Limpiador/a | 19/02/2001 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/02/1993 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 28/05/1998 | 14,19 | F | PLUS NOCTURNIDAD 33,23 €/mes |
Xxxxx Xxxxxxx, Ma Angeles | Limpiador/a | 22/09/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxx, Xxx Xx | Xxxxxxxxx/a | 07/01/2004 | 16,55 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx | Limpiador/a | 01/03/2001 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Ma xxx Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/04/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 03/08/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 14/03/1988 | 35,00 | X | |
Xxxxxxxx Xxxxxx, Xx Xxxxxxx | Limpiador/a | 30/10/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx | Especialista | 01/10/1993 | 35,00 | X | |
Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxx Xx | Limpiador/a | 08/03/1996 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 02/10/1992 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 24/04/1995 | 35,00 | F | |
Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx | Limpiador/a | 19/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 14/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/06/1994 | 35,00 | F | |
Xxxx Xxxxxxxxxx, Xx del Mar | Limpiador/a | 29/05/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 28/05/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxx Xxxxxx, Ma del Mar | Limpiador/a | 01/12/1981 | 35,00 | X | |
Xxxx Xxxxxxx Ma Xxxx | Xxxxxxxxx/a | 22/09/1987 | 35,00 | F | PLUS 42,36 €/mes |
Xxxx Xxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/09/1987 | 35,00 | F | |
Xxxx Xxxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 07/05/1997 | 35,00 | X | |
Xxxx Xxxx, Serotina | Limpiador/a | 18/10/2004 | 16,55 | F | |
Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx | Limpiador/a | 31/05/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/10/2004 | 17,50 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/10/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx | Especialista | 03/09/1993 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Limpiador/a | 18/02/2002 | 16,55 | F |
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xx | Limpiador/a | 01/04/1995 | 35,00 | X | |
Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxx Xx | Limpiador/a | 03/09/2007 | 31,55 | IT | |
Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 15/11/1988 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 28/05/1998 | 17,50 | F | |
Xxxxxx Xxxxx Xx Xxxxxxx | Limpiador/a | 28/05/1998 | 14,19 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 03/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxx Xxxxxxx, Xx del Mar | Limpiador/a | 01/10/1997 | 35,00 | F | EXCEDENCIA |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | Limpiador/a | 28/05/1998 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 01/09/1987 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxxxx | Limpiador/a | 16/05/1995 | 18,92 | F | |
Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/08/2007 | 25,00 | T | PLUS NOCTURNIDAD 144,42 €/mes |
Xxxxx Xxxxxx, Xx Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/11/1987 | 35,00 | X | |
Xxxxxxx Xxxxxxx Ma Xxxxxx | Limpiador/a | 01/09/1987 | 35,00 | F | |
Pico Xxxxx, Xxxxxx | Limpiador/a | 21/09/1990 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 28/05/1998 | 35,00 | X | |
Xxxxxx Xxxxxx Xx Xxxxx | Limpiador/a | 15/04/1996 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | Limpiador/a | 08/02/2005 | 35,00 | IT | |
Xxxxxx Xxxxx, Xx Xxxxxxx | Limpiador/a | 01/10/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 15/10/1996 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 02/09/2000 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 02/09/2000 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 10/07/2001 | 34,05 | F | |
Real Correoso, Ma Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 26/01/1990 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/12/1996 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 09/05/1997 | 35,00 | F | EXCEDENCIA |
Xxxxx Xxxxxx, Fca. Xxxxxxxx | Limpiador/a | 03/03/1988 | 35,00 | F | |
Xxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 02/02/2004 | 16,55 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 12/10/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 16/06/2006 | 16,55 | IT | |
Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/09/1983 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx | Limpiador/a | 11/09/2002 | 16,55 | F | |
Xxxxxx Xxxx, Xxx Xx | Limpiador/a | 15/10/1996 | 35,00 | X | |
Xxx Xxxxxxxxx, Xx Xxxx | Xxxxxxxxx/a | 01/07/1994 | 17,50 | F | EXCEDENCIA |
Xxxxxx Xxxxxx, Xx Xxxx | Limpiador/a | 04/08/2007 | 14,00 | T | |
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 22/03/1993 | 35,00 | F | |
Xxxx Xxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 16/06/1998 | 30,74 | F | PLUS NOCTURNIDAD 33,23 €/mes |
Xxxxx Xxxxxxx Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 01/11/2001 | 14,19 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxx, Xx Xxxxx | Limpiador/a | 04/02/1998 | 31,16 | X | |
Xxxxxx Xxx,Xxxx Xxxxxx | Especialista | 01/04/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 10/05/1994 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/08/2007 | 14,00 | T | |
Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | Limpiador/a | 05/09/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 07/06/2000 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 03/03/2006 | 16,78 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 07/01/2003 | 14,19 | F | PLUS NOCTURNIDAD 33,34 €/mes |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | Especialista | 03/07/1995 | 35,00 | F |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxx | Xxxxxxxxx/a | 04/10/2004 | 16,50 | X | |
Xxxxxxx Xxxxxxx, Ma Xxxxxx | Limpiador/a | 04/12/1996 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxx, Xxxx | Xxxxxxxxx/a | 04/06/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxx, Xx xxx Mar | Limpiador/a | 09/02/2007 | 35,00 | IT | |
Xxxxxxx Xxxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 12/06/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxx, Xxx Xxxxxx | Limpiador/a | 04/02/1998 | 31,16 | F | |
Xxxxxxxxx Xxxx, Xxxxxx | Limpiador/a | 09/01/2007 | 17,50 | IT | |
Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 28/05/1998 | 14,19 | F | PLUS NOCTURNIDAD 33,23 €/mes |
Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 24/05/1989 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx | Limpiador/a | 01/03/2001 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 28/05/1998 | 14,19 | F | PLUS NOCTURNIDAD 33,23 €/mes |
Xxxxx Xxxxxxx, Ma Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 22/11/1982 | 35,00 | F | |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xx Xxxx | Limpiador/a | 01/09/2001 | 30,71 | F | PLUS NOCTURNIDAD 30,34 €/mes |
Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 15/10/1996 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxx, Xx Xxxxxx | Limpiador/a | 08/11/2006 | 16,55 | IT | |
Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 07/11/2005 | 14,19 | IT | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxx Xxxxx | Limpiador/a | 01/08/2007 | 25,00 | T | PLUS NOCTURNIDAD 144,42 €/mes |
Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx | Xxxxxxxxx/a | 28/05/1997 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx | Xxxxxxxxx/a | 03/06/1996 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 03/03/1993 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx | Limpiador/a | 01/04/1995 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx | Especialista | 03/03/1993 | 35,00 | F | |
Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxx | Limpiador/a | 08/11/1993 | 35,00 | F | |
Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx | Xxxx. Limpiador | 24/09/2003 | 35,00 | F | PLUS 55,88 €/mes |
Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx | Xxx. General | 23/08/1993 | 35,00 | F | PLUS 1415,95,43 €/mes |
Xxxxx Xxxx, Xxxxxxxx | Enc. de Zona | 05/04/2003 | 35,00 | F | |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Enc. de Zona | 05/02/1999 | 35,00 | F | EXCEDENCIA |