CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y SUMINISTRO
CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y SUMINISTRO
1. Condiciones pertinentes y ámbito de aplicación 1.1 A menos que esté convenido de otra manera por escrito, tanto la entrega de nuestros suministros como la prestación de nuestros servicios se rigen exclusivamente por las presentes Condiciones Generales de Venta y Suministro. Serán de aplicación únicamente a los empresarios, es decir a cualquier persona natural o jurídica o a sociedad personalista con capacidad jurídica, para la firma y la conclusión de un negocio jurídico durante la ejecución de su actividad profesional comercial o autónoma. 1.2 Se presentará oposición a cualquier condición del cliente; sólo tendrán valor si han sido reconocidas y aceptadas explícitamente por escrito por nosotros. 2. Informaciones y asesoría. Documentación 2.1 Toda la asesoría y la información que facilitemos sobre nuestros productos se basa en nuestras experiencias hasta la fecha. Los datos facilitados, en especial aquellos que conciernan a las posibilidades de uso de nuestros productos, son solamente valores medios y no se pueden entender como características esenciales del producto. No podemos asumir la garantía referente al cumplimiento exacto de los valores y posibilidades de uso. 2.2 Cualquier documento u objeto como, por ejemplo, dibujos, muestras, maquetas, etc. que hubieran sido facilitados al cliente en el marco de la presentación de nuestras ofertas, están sujetos a nuestros derechos de propiedad, derechos de autor y otros derechos de protección. El cliente no está autorizado a poner a disposición de terceros los citados documentos y/u objetos sin nuestro previo consentimiento escrito, sin importar si se trata de informaciones confidenciales o no. 3. Firma y Contenido del Contrato de Suministro 3.1 Nuestras ofertas no son vinculantes a no ser que nosotros les asignemos un límite de vigencia para nosotros vinculante. Un contrato de suministro sólo cobrará vigor cuando hayamos confirmado expresamente por escrito el pedido del cliente o suministremos el pedido sin necesidad de haber emitido una confirmación previa. Nuestra confirmación de pedido define el contenido del contrato de suministro. El albarán de entrega será considerado la confirmación del pedido en caso de que se realice el suministro sin que se haya cursado formalmente una confirmación del pedido. Ningún tipo de acuerdos verbales serán vinculantes. 3.2 Todas las informaciones que se suministren sobre nuestros productos ofrecen sólo datos orientativos y no se pueden considerar una descripción cualitativa. Esto es de aplicación en particular para los dibujos e ilustraciones así como para todos los datos que se hallen en nuestras ofertas relativos a la calidad, el peso, la cantidad, las medidas y el rendimiento. En caso de que los límites de las desviaciones respecto a los valores medios no estén expresamente consignados en la confirmación del pedido ni hayan sido fijados en una especificación técnica expresa del cliente, se considerarán como permisibles las desviaciones habitualmente aceptables en cada caso del sector. La composición, idoneidad, calificación, función y uso de nuestros productos están determinados exclusivamente por nuestras descripciones del rendimiento y nuestras cualificaciones técnicas. Ni declaraciones públicas, ni valoraciones positivas ni publicidad realizada por nosotros o en nuestro nombre podrán ser considerados una descripción de la calidad de nuestros productos. 3.3 Las garantías sobre la composición o la vida útil de nuestros productos deberán estar expresamente consignadas en la confirmación del pedido. En caso de que se suministren modelos o muestras, su calidad no se considerará garantizada a menos que así se declare explícitamente en la confirmación de pedido. Lo mismo vale para la información relativa a análisis del producto. 4. Suministro y cesión de riesgos 4.1 En caso de que las fechas y plazos de entrega no estén expresamente recogidos como vinculantes en la confirmación de pedido, sino simplemente estimados, el cliente podrá fijar un límite razonable de tiempo para la entrega una vez que hayan transcurrido dos semanas desde el fin de los citados plazos. Sólo se considerará que incurrimos en demora cuando también haya transcurrido el plazo fijado entonces por el cliente. En todo caso no se considerará que ha empezado a correr ningún plazo hasta que el cliente haya cumplido debidamente y a su tiempo debido con sus obligaciones que sean de su responsabilidad como, por ejemplo, la adquisición de permisos o la aprobación de planos de productos, y/o un primer plazo de pago si un depósito de garantía del pago ha sido acordado por escrito. 4.2 En caso de demora o de que se demuestre imposible el suministro, sólo responderemos a las demandas por perjuicios que se acojan a lo fijado en la cláusula 7. Nuestra garantía por perjuicios de demora conforme a la cláusula 7 está limitada al 0,5% del valor del suministro completo o parcial por cada semana completa de demora. En todo caso la indemnización por demora de un suministro completo o parcial no podrá superar el 5% del valor del suministro en demora. 4.3 En caso de fuerza mayor como por ejemplo: interrupciones inevitables del normal funcionamiento de la empresa; retrasos inevitables en el transporte; huelgas o bloqueos; falta de suministro o suministro incorrecto o retrasado de nuestros proveedores que no sea de nuestra responsabilidad, así como en cualquier otro caso en que se produzcan prestaciones insuficientes(reserva de autoabastecimiento) por causas ajenas a nuestra responsabilidad, quedamos autorizados a posponer el suministro durante el tiempo que dure la perturbación en cuestión además de un tiempo inicial después. En caso de que sea previsible que la incapacidad de ofrecer la prestación en cuestión se convierta en permanente, quedamos autorizados a rechazar parcial o totalmente el pedido. En tal caso, el cliente no podrá presentar ningún tipo de demandas por daños y perjuicios. Tampoco estará obligado a cumplir el resto de sus obligaciones contractuales y se le devolverán los pagos que hubiera realizado por adelantado. 4.4 Estamos autorizados a realizar suministros parciales en todo momento, siempre y cuando fuese aceptable para el cliente. El lugar de cumplimiento será siempre Lemgo, Alemania. 4.5 En caso de que se haya acordado la realización de suministros a demanda, las correspondientes peticiones de entrega deberán realizarse en un plazo de tres meses a partir del momento de la firma del contrato de suministro, a menos que se hubiera acordado otra cosa por escrito. En caso de que el cliente no demande la entrega en los plazos previstos, se aplicará la cláusula 4.7. 4.6 Se entiende que todas las ventas se producen desde fábrica en Lemgo. EXW Lemgo Incoterms® 2010). El despacho y el transporte se realizan a cuenta y riesgo del cliente. A menos que sea de aplicación la cláusula 4.7 los riesgos de los suministros – también de los suministros parciales – se considerarán traspasados al cliente en el momento en que el envío quede en poder de la persona encargada del transporte o en el momento en que el envío haya abandonado nuestra empresa para ser despachado. A petición y a cuenta del cliente contratamos un seguro para el envío de la mercancía. 4.7 En caso de que el cliente rehúse la recepción de la mercancía, o si por cualquier razón el cliente es la causa de un retraso del envío de mercancía, independientemente del motivo, se considerará que los riesgos han sido traspasados a partir del momento en que rehúse la recepción. Tras la cesión de los riesgos, estamos autorizados a cargar en cuenta un 0,5% del total de la factura por mes en concepto de costes de almacenamiento o los daños efectivamente ocurridos a menos que el cliente pueda documentar que se han producido menores daños. Además estamos autorizados a fijar de forma vinculante para el cliente una prórroga de 14 días y a rescindir el contrato o exigir una indemnización por daños y perjuicios tras la finalización de ese plazo. 4.8 Devoluciones a) Información para los clientes de nuestro sector Komet Dental: Aceptaremos la devolución de artículos estériles en su embalaje original sin abrir y sin daños durante las 4 semanas desde fecha factura. Información para los clientes de nuestros sectores Komet Medical y Komet Custom Made: No aceptaremos la devolución de artículos en embalajes estériles y/o específicos del cliente. b) Información para todos los clientes: En caso de que el cliente nos devuelva artículos estándares no estériles en su embalaje original sin abrir y sin daños, después de pasadas las 4 semanas desde fecha factura, se le aplicará una tasa del 20% del precio de venta en concepto de tramitación y de control de calidad de los artículos devueltos. No aceptaremos una devolución de artículos estándares no estériles después de transcurrir un periodo de más de 6 meses de fecha factura. No aceptaremos la devolución de artículos fabricados a medida del cliente y/o en embalajes específicos del cliente. c) Será de aplicación la cláusula 7 para los derechos de garantía. 5. Precios y Pago 5.1 Nuestros precios incluyen el embalaje estándar pero no el IVA aplicable en cada caso. 5.2 A menos que esté convenido de otra manera por escrito, el cliente corre con todos los gastos de transporte de la mercancía. Serán de aplicación los xxxxxx xx xxxxx, los derechos de aduana y el resto de impuestos vigentes en la fecha de envío de la mercancía. 5.3 El cliente únicamente estará autorizado a saldar sus cuentas cuando existan reclamaciones vigentes, hayan sido reconocidas por nosotros por escrito o sean incuestionables. El ejercicio de un derecho de retención por parte del cliente sólo es admisible en la medida en que la contrarreclamación se base en la misma relación contractual. 5.4 El precio de compra se deberá liquidar en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la correspondiente factura a menos que se hubiera acordado otra cosa por escrito. Una vez transcurrido este plazo, el cliente incurrirá en retraso de pago. Si el cliente pagara en los primero ocho (8) días a partir de la fecha de la factura, se le concederá un descuento del 2% del total de la factura. En caso de que el cliente nos otorgue una autorización de adeudo directo SEPA o un mandato combinado, se le concederá un descuento del 3%. En este caso, estamos autorizados a recaudar los importes vencidos dentro de los 8 días mediante procedimiento de nota de cargo. El cliente será avisado (pre notificación) (3) días antes del cargo inminente en la cuenta. El cliente garantiza la existencia de suficientes fondos en la cuenta. Cualquier coste incurrido por falta de cobro o extorno del mandato correrán a cargo del cliente, a menos que la falta de cobro o el extorno haya sido ocasionado por Xxxx. Brasseler GmbH & Co. KG. 5.5 En el caso de que el cliente se demore en la realización de cualquier pago, estamos autorizados a cargar en cuenta un importe global de € 1,50 para cada recordatorio, así como intereses de demora a la tasa de interés legalmente permitida según § 288 apartado 2 del BGB (código civil alemán), a menos que se documente un daño menor o mayor. 5.6 Tenemos el derecho de emitir las facturas para el cliente en formato electrónico, es decir de enviarle por correo electrónico facturas en ficheros pdf o en ficheros de texto. El cliente está de acuerdo con este procedimiento. 5.7 En caso de que el cliente incumpla sus obligaciones contractuales, el total de nuestras demandas se considerará de pago inmediato, independientemente del plazo de cualquier letra de cambio que hayamos aceptado. En caso de demora de pago, protesto de una letra de cambio o suspensión de pagos por parte del cliente, podemos demandar de forma inmediata el pago de la totalidad de las sumas que se nos adeuden – incluyendo las de las letras de cambio en curso – independientemente de la fecha de pago estipulada. | Lo mismo será de aplicación si llegan a nuestro conocimiento circunstancias que fundamenten dudas razonables y considerables sobre la solvencia o capacidad de pago del cliente, incluso en el caso de que tales circunstancias ya existieran en el momento en que se hubiera realizado el pedido y no se nos hubiera informado sobre ellas. En todos los casos citados quedamos autorizados a exigir una garantía de pago o un pago por adelantado por las entregas parciales que quedaran por realizar y a rescindir el contrato de forma inmediata, en caso de que no se nos aporte el pago o el aval exigido en un plazo de dos semanas. Otras posibles demandas por nuestra parte no quedan afectadas. 5.8 El cliente no podrá ceder ninguna pretensión resultante de este contrato a una tercera parte sin nuestro consentimiento escrito expreso. 6. Derecho de reserva de la propiedad 6.1 Todas las mercancías entregadas seguirán siendo de nuestra propiedad (reserva de la propiedad) hasta que el cliente haya pagado íntegramente las reclamaciones pendientes pagaderas o las que puedan surgir después de la conclusión del contrato. 6.2 Nosotros procesamos y transformamos la mercancía sobre la que ostentamos el derecho de reserva de propiedad en nuestra condición de fabricante en el sentido del artículo 950 del Código Civil Alemán (BGB) y sin otras obligaciones para nosotros. Según la cláusula 6.1 la mercancía transformada o procesada se considera mercancía de propiedad reservada. En caso de que el cliente transforme o procese la mercancía de propiedad reservada combinándola o mezclándola con mercancías de otra procedencia para formar otra cosa, nuestra empresa sigue conservando la copropiedad sobre el nuevo producto en la relación proporcional del valor de la factura de la mercancía de propiedad reservada en el momento del suministro con respecto al valor de las otras mercancías utilizadas. La copropiedad es equivalente a la propiedad reservada sobre las mercancías en el sentido de la cláusula 6.1 anterior. 6.3 Si se une la mercancía de propiedad reservada con otras cosas, y una de esas cosas pertenecientes al cliente se puede considerar la principal en el sentido del artículo 947 del Código Civil Alemán, por la presente queda acordado que nos pertenece automáticamente la cuota proporcional de la copropiedad correspondiente a la relación del valor de la factura de la propiedad reservada con respecto al valor de la cosa principal y que el cliente nos transfiere nuestra copropiedad de forma gratuita. La copropiedad es equivalente a la propiedad reservada sobre las mercancías en el sentido de la cláusula 6.1 anterior. 6.4 El cliente está obligado a almacenar debidamente e identificar como nuestra propiedad la mercancía de propiedad reservada. Si lo solicitásemos, se nos deberá facilitar en todo momento en el lugar de almacenamiento correspondiente un inventario y una identificación adecuados. En caso de un acceso de terceros a nuestra mercancía de propiedad reservada, particularmente en caso de embargos, el cliente está obligado a indicar que es de nuestra propiedad y a informarnos inmediata y detalladamente, de forma que podamos ejercitar nuestros derechos de propiedad. 6.5 El cliente sólo podrá vender la mercancía de propiedad reservada en el marco de sus negocios ordinarios y según sus condiciones normales de suministro, si nuestra copropiedad queda convenida contractualmente y si el cliente no se demora en la realización de cualquier pago. Asimismo deberá asegurarse de que se nos transfieran los ingresos resultantes de la citada venta conforme a las siguientes cláusulas 6.5 hasta 6.7. Por la presente, el cliente nos transfiere íntegramente todos los derechos que adquiera de sus clientes en la reventa de la mercancía de propiedad reservada, a título de garantía y nosotros aceptamos la cesión. El cliente sólo podrá ceder a terceros sus pretensiones con nuestro consentimiento expreso por escrito. 6.6 En caso de que el cliente vendiera las mercancías de propiedad reservada conjuntamente con otras mercancías que no sean de nuestra propiedad, de los fondos procedentes de tal venta nos corresponderá sólo la parte equivalente al total del valor de la factura de nuestras mercancías de propiedad reservada en el momento de suministro. En la reventa de las mercancías de las que seamos copropietarios conforme a la cláusula 6.2 o a la cláusula 6.3 respectivamente la cuota de los fondos procedentes de la reventa que nos correspondan será equivalente a la cuota de copropiedad. 6.7 En caso de que los fondos en cuestión procedentes de una reventa se asignaran a una factura en curso, el cliente nos asigna por la presente una parte correspondiente al importe que se nos adeude del saldo de esa factura, incluyendo el saldo definitivo. 6.8 El cliente está autorizado a cobrar fondos procedentes de la reventa de las mercancías de propiedad reservada citadas en las cláusulas 6.5 hasta 6.6 a menos que se le revoque esa capacidad. En caso de que el cliente no cumpliera con los requerimientos de pago, podemos revocar la domiciliación bancaria. 6.9 En caso de que el cliente no cumpliera las obligaciones derivadas de este contrato, especialmente en caso de una demora en el pago, podremos exigir la entrega de la mercancía de propiedad reservada, una vez transcurrido un plazo apropiado fijado con antelación. En caso de que la mercancía de propiedad reservada fuera devuelta o prendada, esto será considerado como recisión del contrato. Una vez devuelta la mercancía de propiedad reservada, tenemos el derecho de venderla. Después de la deducción de los costes para tales ventas, las ganancias serán utilizadas para reducir las deudas del cliente. 6.10 Si el valor de los avales que nos hubieran sido concedidos excediera el de los importes adeudados en más de un 20%, quedaríamos obligados a aportar avales por nuestra parte a petición del cliente. Los avales a documentar serían de nuestra elección. 7. Garantía y Responsabilidad 7.1 El cliente deberá examinar inmediatamente y con diligencia las mercancías tras la recepción en el punto de destino, aunque se le hubieran enviado previamente muestras o modelos. En especial, el cliente deberá prestar atención a su composición y calidad. Si la mercancía fuera entregada en diferentes tipos de embalajes tales como cajas, cartones, etc.; el cliente deberá controlar como mínimo algunos de esos embalajes aleatoriamente. Se considerará que la mercancía ha sido aceptada en caso de que no se presente una reclamación en el plazo xx xxxx (10) días tras su entrega. En caso de que el motivo de queja no hubiera sido detectado en el primer reconocimiento, se considerará que la mercancía ha sido aceptada a menos que se presente una reclamación por escrito en un plazo xx xxxx (10) días tras su descubrimiento. 7.2 Cualquier daño que se produzca en las mercancías en tránsito deberá ser inmediatamente notificado al agente transportista. Por lo demás serán de aplicación las disposiciones relativas a la notificación de daños de las Condiciones Generales Alemanas de las Empresas Transportistas (Allgemeine Deutsche Speditionsbedingungen). 7.3 En caso de que se presente en el plazo correcto una reclamación justificada, queda a nuestra elección el complementar o mejorar la prestación o mercancía suministrada o por el contrario sustituirla por una nueva prestación o suministro. 7.4 En caso de que la reparación de la reclamación no surtiera efecto, el cliente tiene derecho a pedir una reducción del precio de venta o la rescisión del contrato. En caso de que los defectos sean menores, el cliente no tiene derecho a rescindir el contrato. Esto no afecta al derecho del cliente de hacer valer su derecho de reclamación de otros daños. 7.5 Las anteriores disposiciones contienen la totalidad de las garantías ofrecidas por nuestras mercancías. En particular responderemos ante cualquier otra demanda resultante o relacionada con el suministro de mercancías defectuosas como, por ejemplo, demandas por daños o perjuicios, exclusivamente en la medida en que se fija en las cláusulas 7.6 y 7.8, independientemente de los argumentos legales esgrimidos. 7.6 En cuanto a las reclamaciones por daños y perjuicios que se basen en conductas impropias tales como: demora, suministro de mercancías defectuosas, infracción de obligaciones contractuales o comerciales, actuación improcedente, infracción de la garantía (con excepción de lo contenido en la Ley Alemana de Responsabilidad por Productos defectuosos – “Produkthaftungsgesetz”), independientemente de los argumentos legales empleados sólo seremos responsables en caso de que se pueda demostrar conducta dolosa o negligente por nuestra parte. Queda excluida la responsabilidad por negligencia leve a menos que ponga en peligro de forma considerable el cumplimiento del objeto contractual. En cualquier caso nuestra responsabilidad estará limitada a los daños previsibles y típicos en el momento de la firma del contrato. Esta restricción no se aplicará a los daños o lesiones que el cliente sufra en su integridad física y personal. Si nuestra responsabilidad está excluida o limitada, esto también se aplica a nuestros representantes legales, colaboradores y empleados, quedando excluidas otras reclamaciones por parte del cliente por daños o perjuicios, p. ej. reclamaciones por pérdida de beneficios, gastos ahorrados, reducción en la producción o interrupción de las operaciones o por otros daños indirectos o sucesivos. 7.7 Antes de presentar demandas contra nosotros, el cliente deberá haberse informado de la totalidad de las posibles reclamaciones que se pudieran presentar contra nuestros proveedores en relación al motivo de la queja. A este fin nos comprometemos a cederle al cliente todos los derechos de garantía o reposición que pudieran asistirnos frente a nuestros proveedores. Además el cliente estará obligado a participar en la reclamación legal de esos derechos. En caso de que las demandas presentadas contra nuestros proveedores no surtan efecto, el cliente estará autorizado a hacer valer sus reivindicaciones contra nosotros según las cláusulas 7.6 y 7.8. 7.8 Las reclamaciones por garantía prescriben un año después del suministro de las mercancías al cliente, siempre y cuando el defecto no haya sido ocultado dolosamente por nosotros. 7.9 Los acuerdos alcanzados entre el cliente y sus consumidores que escapen a los límites de los derechos de garantía establecidos por ley no nos afectarán en modo alguno. 8. Ley Aplicable y Jurisdicción Competente 8.1 Las relaciones entre el cliente y nosotros se rigen por las leyes de la República Federal Alemana, bajo exclusión del la legislación del extranjero. Ni la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG), ni ningún otro tratado bilateral o internacional existente o futuro podrán ser aplicados aunque sean contemplados por el derecho alemán. 8.2 Si el cliente es un comerciante, una persona jurídica de derecho público o patrimonio especial de derecho público, todos los litigios que pudieran derivarse de este contrato de suministro, el lugar de jurisdicción será exclusamente Lemgo. Sin embargo, tenemos el derecho de presentar una demanda contra el cliente en su domicilio o su razón social. Esta cláusula no afecta a las disposiciones legales vigentes referentes a competencias legales exclusivas. 9. Cláusulas finales 9.1 Las alteraciones o modificaciones, incluso de esta misma cláusula de la exigencia de la forma escrita, deberán presentarse por escrito. Lo mismo vale para los acuerdos colaterales o complementarios. 9.2 En caso de que una de las disposiciones de estas condiciones generales de contratación o de cualquier otro acuerdo perdieran su validez parcial o total, la vigencia del resto de disposiciones o acuerdos permanecerá inalterada. Lo mismo será aplicable en caso de detectarse vacíos legales en el contrato. Gebr. Brasseler GmbH & Co. KG · Xxxxxxxxxxx Xxx 00 · 32657 Lemgo · Alemania · Revisado en julio 2015 |