CONDICIONES BÁSICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UNA MÁQUINA COMPACTADORA DE PISONES MARCA BOMAG 772 - RB2
CONDICIONES BÁSICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UNA MÁQUINA COMPACTADORA DE PISONES MARCA BOMAG 772 - RB2
EXPEDIENTE 2014/PCD-GEN-MCP/000390
Pamplona, febrero de 2015
Breve descripción | Contrato de mantenimiento preventivo compactadora de pisones Bomag 772 – RB2 |
CPV | 50334200-4 Servicios de mantenimiento preventivo 50110000-9 Servicios de reparación y mantenimiento de vehículos de motor y equipo asociado |
Valor estimado | 42.480 € IVA excluido |
Importe mantenimiento 3 años: | 35.400 € IVA excluido |
Duración del contrato | 3 años o 8.500 horas |
Solvencia económica | Informe de entidad financiera sobre la adecuada situación económica y financiera de la empresa y, en el caso de profesionales, un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales |
Solvencia técnica | Acreditación de ser servicio técnico oficial de la marca Bomag |
Plazo fin recepción ofertas | A las 14 horas del 16 xx xxxxx de 2015 |
Garantía definitiva | 4% del importe de adjudicación |
Contacto |
1/20
1. OBJETO
Es objeto del contrato con Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx, S.A. (en adelante SCPSA) el servicio de mantenimiento preventivo de una máquina compactadora de pisones marca Bomag 772 – RB2 conforme al alcance y condiciones técnicas recogidas en el presente condicionado.
2. DURACIÓN E INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La duración del contrato será de tres años o 8.500 horas, lo que antes suceda, contados a partir del día en que la máquina cumpla 4.500 horas. Actualmente la máquina cuenta con 3.700 horas, por lo que la primera revisión se producirá cuando la máquina tenga 4.500 horas y la última, si se produce, cuando tenga 13.000 horas.
3. VALOR ESTIMADO
El valor estimado del contrato asciende a 42.480 € IVA excluido. Este importe se desglosa de la siguiente manera:
- Importe mantenimiento 3 años: 35.400 € IVA excluido
- Posible modificación: 7.080 € IVA excluido, en el supuesto de que no se realicen todas las revisiones previstas porque al finalizar los 3 años de mantenimiento la máquina no haya alcanzado las 13.000 horas.
No se admitirá ninguna oferta que supere los precios unitarios por revisión establecidos a continuación:
Concepto | Importe unitario máximo IVA excluido |
Revisión de 500 horas | 600 € |
Revisión de 1.000 horas | 2.400 € |
Revisión de 2.000 horas | 4.500 € |
En dicho importe se incluye el precio de los materiales, la mano de obra y los desplazamientos. El total de revisiones previstas son 9 de 500 horas, 5 de 1.000 horas y 4 de 2.000 horas.
Este contrato no está sujeto a revisión de precios.
4. IDENTIFICACIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y LA UNIDAD GESTORA
El órgano de contratación es la Directora del Área de Residuos de SCPSA y la Unidad Gestora del contrato estará formada por:
• El Jefe del CTRU xx Xxxxxxx
• El Jefe de vertido del CTRU xx Xxxxxxx
• Una letrada
• Una economista
• Un técnico de Compras
5. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
De acuerdo a la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos (LFC) se utilizará el Procedimiento Abierto sin publicidad comunitaria recayendo la adjudicación en el licitador que haga la proposición más económica y sin perjuicio del derecho de SCPSA a declararlo desierto.
La proposición económica a valorar se calculará mediante la siguiente fórmula: precio unitario ofertado revisión 500 horas * 9 + precio unitario ofertado revisión 1.000 horas * 5 + precio unitario ofertado revisión 2.000 horas * 4.
El anuncio de licitación se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxx.xx) y en la Sede Electrónica de la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/
Una vez publicado el anuncio de licitación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx, se recomienda la suscripción al mismo para conocer las futuras publicaciones que puedan derivarse de este procedimiento, tales como aclaraciones sobre el condicionado o la fecha de apertura de las ofertas económicas.
La participación en la presente licitación implica la aceptación voluntaria de dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución hasta la finalización.
6. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Los licitantes que deseen participar en el procedimiento presentarán sus ofertas antes de las 14,00 horas del día 16 xx xxxxx de 2015 en el Registro General de MCP, calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Xxxxxxxx) de las 9:00 a las 14:00 horas.
Podrán enviarse proposiciones a través de Oficinas de Correos, dentro del plazo establecido, en cuyo caso el interesado deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío, remitiendo en
el mismo día, por correo electrónico: xxx@xxx.xx, o Fax 000000000, el resguardo correspondiente. No obstante, transcurridos 10 días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna proposición enviada por correo.
Los interesados podrán solicitar aclaraciones sobre el contenido del contrato en el email: xxxxxxxxxxxx@xxx.xx. Las contestaciones serán enviadas al interesado directamente y publicadas en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en la Sede Electrónica de la MCP si se consideran de interés.
7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y REQUISITOS DE SOLVENCIA
Podrán tomar parte en la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y cuenten con los siguientes niveles de solvencia económica, financiera y técnica:
a. Solvencia económica.
Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero.
El cumplimiento de este requisito se hará constar en la declaración responsable (Anexo I), correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la presentación del informe de una entidad financiera sobre la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del presente contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero.
b. Solvencia técnica:
Se entiende por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes.
El cumplimiento de este requisito se hará constar en la declaración responsable (Xxxxx X), correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la presentación de la documentación que acredite ser servicio técnico oficial de la marca Bomag.
Conforme al artículo 15 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquéllas acrediten que tienen
efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, el licitador deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 13 y 14, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato.
Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.
8. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL.
Este contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
En caso de incumplimiento por parte del contratista de estas cláusulas sociales, el órgano de contratación podrá optar por:
a) Resolver el contrato e inhabilitar al contratista para contratar con las entidades sometidas a la presente ley xxxxx por un periodo de 5 años.
b) Continuar con la ejecución del contrato por el mismo contratista con la imposición de una penalidad del 35 por ciento del precio del contrato.
9. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición y no se admitirá la presentación de variantes o alternativas. La infracción de esta condición supondrá la exclusión de todas las ofertas presentadas.
Las solicitudes se presentarán en dos sobres cerrados en los que figurará la siguiente leyenda: “Mantenimiento preventivo de una máquina Compactadora de Pisones marca Bomag 772 – RB2. Expediente 2014/ PCD-GEN-MCP/000390” y los datos del licitante (nombre, dirección, e-mail, teléfono) así como el título de cada sobre, que será, respectivamente:
SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA SOBRE 2: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
SOBRE 1 - DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. Contendrá
a. Declaración responsable. Conforme al Anexo I y firmada por persona debidamente apoderada. Caso de ser empresas que concurran conjuntamente la declaración responsable deberá ser por cada una de las empresas.
b. Si se trata de empresas que concurren conjuntamente, deberá presentarse la documentación prevista en el art. 10.2 de la LFC.
c. Para las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o para los empresarios extranjeros no comunitarios, declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
SOBRE 2 - PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá
Conforme al Anexo II y firmada por persona debidamente apoderada. En el caso de empresas que concurran conjuntamente, la proposición económica será única a nombre de todas las empresas.
La inclusión de cualquier referencia al importe de la oferta económica en el sobre 1 dará lugar a la exclusión de la empresa en esta licitación.
10. OFERTA ANORMALMENTE BAJA
Podrá presumirse que una oferta es anormalmente baja cuando el importe ofertado sea inferior en 30 puntos porcentuales al importe de los 3 años de mantenimiento del contrato, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en la LFC respecto al procedimiento y consideraciones a seguir para resolver la admisibilidad o rechazo de dicha oferta:
“Cuando en un procedimiento de licitación se presente una oferta anormalmente baja respecto de las prestaciones del contrato que haga presumir que no va ser cumplida regularmente, la
Administración antes de rechazar la oferta comunicará dicha circunstancia a todos los licitadores afectados para que en el plazo de cinco días presenten las alegaciones oportunas.
A la vista de las alegaciones de los licitadores y previo el asesoramiento técnico oportuno se resolverá motivadamente sobre la admisión de la oferta, pudiendo solicitarse un informe de la Junta de Contratación Pública en circunstancias excepcionales.”
11. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Concluido el plazo de presentación de proposiciones se procederá, en acto interno, a la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre 1.
Si la Unidad Gestora observara que la documentación fuera incompleta u ofreciese alguna duda, podrá conceder un plazo de entre 5 y 10 días naturales para que el licitador lo subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias no subsanables, se rechazará la proposición.
La Unidad Gestora podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
12. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Unidad Gestora, en acto público a celebrar en el lugar y día que se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y en la Sede Electrónica de MCP, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre 1 indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión.
A continuación, se procederá a la apertura del sobre 2 dándose lectura a las proposiciones económicas formuladas en ellos, levantando el Acta correspondiente con la propuesta de adjudicación.
Si se produjera empate en la puntuación entre dos o más licitadores, tal y como establece el art.
51.3 de la LFC, éste se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que éste no sea inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género.
A tal efecto, la unidad gestora del contrato requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días naturales para su aportación.
En los casos en que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
En el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la propuesta de adjudicación, el licitador propuesto deberá presentar los siguientes documentos:
a. Documentación acreditativa de la personalidad:
• Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad.
• Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica de la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
• Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
• De conformidad con el D.F. 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Xxxxx, podrá sustituirse la documentación de este apartado por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, sin perjuicio de recabar del Registro la exhibición de dicha documentación, suponiendo la presentación a ésta licitación autorización suficiente para que se solicite de oficio esta documentación.
b. Obligaciones tributarias
• Alta, referida al ejercicio corriente, y, en su caso, último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
• Certificado del Departamento de Economía y Hacienda de los órganos competentes de las Administraciones Públicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente de las mismas, expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
c. Certificado expedido por la seguridad social
Acreditativo de estar inscritas en el sistema de Seguridad Social, estar afiliados o haber afiliado y dado de alta a los trabajadores, haber presentado los documentos de cotización correspondientes y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes (salvo el supuesto de que el licitador no esté comprendido obligatoriamente dentro de su ámbito de aplicación), expedido con una antelación no superior a seis meses de la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
d. Solvencia:
El adjudicatario deberá aportar la documentación detallada en el punto 7 del condicionado.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento, con abono por parte de éste de una penalidad equivalente al 5 por 100 del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje.
13. ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación resolverá la adjudicación, pudiendo declarar el procedimiento desierto si ninguna de las proposiciones se estima adecuada.
Transcurridos los 10 días naturales de suspensión desde la notificación de la adjudicación, y en el plazo máximo de 15 días naturales se formalizará el contrato previa presentación por el adjudicatario de la documentación que se indica a continuación:
a. Seguro de responsabilidad civil
El Adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios de cualquier naturaleza que se puedan causar a terceros, incluyendo a MCP y a SCPSA, como consecuencia del servicio objeto de este contrato.
El Adjudicatario contratará y mantendrá en vigor una póliza de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 300.000 € incluyendo la Responsabilidad Civil de Explotación, de Productos, la Responsabilidad Civil por Contaminación Accidental, de Probadores.
Para ello, deberá presentar antes de la prestación del servicio, y en cada uno de los vencimientos que se produzcan durante la ejecución de este contrato, un certificado de la compañía aseguradora que acredite la vigencia de dicha póliza y de estar al corriente de pago.
La responsabilidad del Adjudicatario en ningún caso quedará condicionada por el límite máximo de indemnización, de las franquicias, exclusiones o limitaciones que establezca el contrato suscrito por el adjudicatario con su compañía de seguros
b. Garantía definitiva:
4% del importe de adjudicación del contrato.
Esta garantía podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el art. 95 de la LFC y responderá de las obligaciones que para el contratista se derivan de este contrato, incluidas las penalizaciones en que pudiera incurrir por demora en las entregas o cualesquiera otros incumplimientos.
c. Prevención:
Antes de la formalización del contrato el adjudicatario contactará con el Servicio de Prevención de SCPSA (948423216) para concretar los mecanismos para el cumplimiento del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero.
14. RIESGO Y XXXXXXX. DAÑOS Y PERJUICIOS
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y serán por cuenta de éste las pérdidas, xxxxxxx o perjuicios que experimente durante la ejecución del contrato, sin perjuicio de su aseguramiento por el interesado.
Serán imputables al adjudicatario los daños y perjuicios que se causen con motivo de la ejecución de este contrato, con excepción de los que sean consecuencia de una orden inmediata y directa de SCPSA.
15. SUBCONTRATACIÓN
El contrato deberá ser ejecutado directamente por el adjudicatario, sin que éste pueda concertar con terceros la realización parcial del mismo, salvo que SCPSA lo autorice expresamente con carácter previo y por escrito.
En este caso, los subcontratistas no podrán estar incursos en causa de exclusión para contratar con la administración y deberán reunir los mismos requisitos de solvencia económica y técnica exigidos al adjudicatario.
El adjudicatario será el único responsable del correcto cumplimiento del contrato ante SCPSA, siendo el único obligado ante los subcontratistas.
16. PENALIDADES
Podrán ser objeto de penalización:
- El incumplimiento de los plazos establecidos en el punto 5 del Anexo III. Se establece una penalización de 100 € por día natural de retraso.
- La no realización de alguna de las actuaciones mínimas descritas en el punto 2 del Anexo III se penalizará con la mitad del importe de la revisión correspondiente.
- La no utilización de piezas de recambio y materiales originales de la marca Bomag, o especificados por el fabricante supondrá la obligación de su sustitución inmediata para cumplir este requisito sin que sea abonada esta sustitución.
Los importes de las penalidades se harán efectivos mediante deducción de los pagos pendientes al contratista, así como de las garantías en los casos en que excedieran del importe de aquellos.
La imposición de estas penalidades no excluye la eventual indemnización a la SCPSA como consecuencia de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la demora culpable del contratista.
17. FACTURACIÓN Y PAGO
El adjudicatario presentará factura por cada servicio o revisión prestada. El pago se efectuará a 40 días desde la fecha de factura mediante transferencia.
Las facturas deberán contemplar únicamente los trabajos correspondientes a dicho contrato y deberán indicar el número de expediente 2014/PCD-GEN-MCP/000390.
La factura será remitida por correo ordinario a la dirección calle General Xxxxxxxxxx, 7 xx Xxxxxxxx, (entrada por C/Xxxxxxx de Rozalejo) o al correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xx.
18. PERSONAL
Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de SCPSA del cumplimiento de aquellos requisitos.
La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante de su equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
La empresa contratista velará especialmente porque sus trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto a la actividad delimitada en el condicionado como objeto del contrato.
La empresa contratista realizará el mantenimiento en las instalaciones de SCPSA ya que la máquina requiere que el mantenimiento se realice in situ. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los/las trabajadores/ras de SCPSA. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de estas obligaciones.
El contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable quien integrado en su propia plantilla tendrá las siguientes obligaciones:
a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a SCPSA, canalizando la comunicación entre SCPSA y el personal adscrito a la ejecución del contrato, respecto a las cuestiones derivadas de dicha ejecución
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato e impartirles las órdenes e instrucciones de trabajo necesarias para la ejecución del contrato.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante de equipo adscrito al contrato de las funciones que tienen desempeñadas, así como el control de la asistencia a su puesto de trabajo.
d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo coordinarse para ello con SCPSA, a los efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
e) Informar a SCPSA sobre las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
19. CONFIDENCIALIDAD Y SIGILO
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 de la LFC, se informa a los licitadores que la documentación que aporten a la licitación tendrá “carácter de confidencial” en el caso de que la hayan designado como tal. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
Igualmente, al amparo del artículo 23, SCPSA exigirá a la empresa adjudicataria obligación de guardar sigilo respecto a datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato.
20. PROTECCIÓN DE DATOS
El adjudicatario deberá contemplar todos los aspectos legales e implicaciones relacionados con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos (LOPD), así como con el Reglamento de Desarrollo de dicha Ley, aprobado por el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, o cualquier otra disposición que viniera a sustituir o complementar a las anteriores y que pudiera afectar a los trabajos contratados.
21. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Este contrato podrá ser objeto de resolución cuando concurra alguna de las siguientes causas:
a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, salvo que se acuerde la continuación del contrato con sus herederos o sucesores. En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de la empresa se entenderá subrogada en los derechos y deberes del contratista la entidad resultante o beneficiaria siempre que conserve la solvencia requerida para la formalización del contrato.
b) La declaración de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, salvo que, en este último caso, el contratista prestare las garantías suficientes a juicio de SCPSA para la ejecución del mismo.
c) El mutuo acuerdo entre SCPSA y el contratista, siempre que no concurra otra causa de resolución imputable al contratista y razones de interés público hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
d) La falta de ejecución en plazo cuando éste tenga carácter esencial.
e) Cuando las penalidades por demora alcancen el 20 por 100 del importe del contrato.
f) La falta de formalización del contrato en el plazo establecido.
g) El incumplimiento de los requerimientos de carácter social o medioambiental para la ejecución del contrato.
h) El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales.
i) Utilización de repuestos no originales y la no reposición por originales.
El contrato se resolverá automáticamente cuando las modificaciones en el mismo, aunque fueran sucesivas, impliquen aislada o conjuntamente alteraciones en el precio en cuantía superior, en más o en menos, al 20 por 100 del precio de adjudicación con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido.
22. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cuando la resolución del contrato obedezca a mutuo acuerdo los derechos de las partes se acomodarán a lo estipulado.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a SCPSA, lo que se determinará en resolución
motivada atendiendo a la existencia, entre otros factores, de un retraso en la inversión proyectada o en la prestación del servicio a terceros o al público en general y los mayores gastos que se imputen a los fondos públicos. Cuando se hayan constituido garantías para el cumplimiento de obligaciones, éstas serán incautadas en la cuantía necesaria para cubrir los daños y perjuicios que se hayan acreditado. Si éstas resultasen insuficientes SCPSA podrá detraer los importes correspondientes de las cantidades de pago pendientes al contratista.
23. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
Contra los actos que se aprueben en relación con la licitación de este contrato podrá interponerse, la reclamación en materia de contratación pública establecida en el Libro III de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, cuando concurran los requisitos establecidos en el mismo, o el recurso ante el Presidente de la Mancomunidad regulado en el artículo 4 del Reglamento de relaciones entre Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx y Servicios de la Comarca xx Xxxxxxxx.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos podrán ser recurridos ante el Presidente de la Mancomunidad, mediante el recurso citado en el apartado anterior o, directamente ante la jurisdicción civil, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Contratos del Sector Público.
24. INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO
Los datos facilitados se recogen y tratan en ficheros responsabilidad de SCPSA, con la única finalidad del mantenimiento de la relación contractual derivada de la adjudicación de este contrato. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos, dirigiendo un escrito al “Registro” de SCPSA, sito en la calle Gral. Xxxxxxxxxx, 7 31002-Pamplona, en el e-mail xxx@xxx.xx, o en la sede electrónica de la Mancomunidad de la Comarca xx Xxxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, manifestando su petición al efecto.
ANEXO I. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Nombre:
NIF:
en representación de la empresa
Nombre: NIF:
Domicilio:
E-mail para notificaciones:
Teléfono de contacto:
enterado de las condiciones básicas para la contratación del “Mantenimiento preventivo de una máquina Compactadora de Pisones marca Bomag 772 – RB2. Expediente 2014/PCD-GEN- MCP/000390”
DECLARA:
Que reúne las condiciones para contratar exigidas en la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos y en el presente Condicionado.
Que cumple con lo establecido en el art. 38.1 de la Ley de Integración Social de los Minusválidos.
Que no presenta a licitación más de una oferta, ni en su nombre ni mediante empresas vinculadas, de acuerdo con la definición recogida en el artículo 16 de la Ley Xxxxx de Contratos.
Que cumple con las obligaciones que establece la normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Que cumple con las obligaciones que establece la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
Que cumple los criterios de solvencia exigidos en el condicionado.
a de de 2015
Firma
ANEXO II. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Nombre:
NIF:
en representación de la empresa
Nombre: NIF:
Domicilio:
enterado de las condiciones básicas para la contratación del “Mantenimiento preventivo de una máquina Compactadora de Pisones marca Bomag 772 – RB2. Expediente 2014/PCD-GEN- MCP/000390” se compromete a su realización de acuerdo al condicionado, a su oferta y a lo establecido en el contrato, a los siguientes precios:
Concepto | Precio unitario IVA excluido |
Revisión de 500 horas | |
Revisión de 1.000 horas | |
Revisión de 2.000 horas |
a de de 2015
Firma
ANEXO III. ALCANCE DEL CONTRATO
1. OBJETO
El objeto del contrato es llevar a cabo el mantenimiento preventivo de una máquina compactadora de pisones marca Bomag 772-RB2, en el CTRU xx Xxxxxxx, de acuerdo a las especificaciones del fabricante.
2. ALCANCE
El mantenimiento preventivo consistirá en realizar las operaciones establecidas por el fabricante en cada revisión de 500 horas.
Las actuaciones mínimas a realizar en cada revisión son:
CADA 500 HORAS:
- Cambio del aceite de motor.
- Cambio del cartucho filtrante del aceite de motor.
- Comprobación, limpieza del separador de agua.
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal del generador.
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal para el compresor frigorífico.
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal del ventilador.
- Mantenimiento de la batería, comprobación de la desconexión principal de batería.
- Comprobación del soporte del motor.
- Mantenimiento de la instalación de aire acondicionado.
- Limpieza del radiador del refrigerante, del aire de admisión y del aceite hidráulico.
- Comprobación de la fijación de los rascadores.
- Comprobar nivel de aceite en el engranaje de traslación.
- Comprobación y relleno del sistema de lubricación central.
- Cambiar el filtro de aire fresco y el filtro del aire de circulación.
CADA 1000 HORAS:
- Cambio del aceite de motor.
- Cambio del cartucho filtrante del aceite de motor.
- Comprobación, limpieza del separador de agua.
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal del generador.
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal para el compresor frigorífico.
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal del ventilador.
- Mantenimiento de la batería, comprobación de la desconexión principal de batería.
- Comprobación del soporte del motor.
- Mantenimiento de la instalación de aire acondicionado.
- Limpieza del radiador del refrigerante, del aire de admisión y del aceite hidráulico.
- Comprobación de la fijación de los rascadores.
- Comprobar nivel de aceite en el engranaje de traslación.
- Comprobación y relleno del sistema de lubricación central.
- Cambiar el filtro de aire fresco y el filtro del aire de circulación.
- Comprobación, ajuste del juego de válvulas.
- Reemplazo del filtro de combustible.
- Comprobación de la concentración del anticongelante y del estado del refrigerante.
- Descarga del agua de condensación del aceite lubricante del radiador del aire de admisión.
- Comprobación de las fijaciones de motor/turbocargador/mangueras del aire de combustión.
- Comprobación de la presión xxx xxxxxx.
- Cambio de aceite del engranaje de traslación.
- Cambio del filtro externo del aire del motor.
- Cambio del filtro interno del aire del motor.
- Reemplazo del filtro del aceite hidráulico.
- Análisis de aceites.
CADA 2000 HORAS:
- Cambio del aceite de motor
- Cambio del cartucho filtrante del aceite de motor
- Comprobación, limpieza del separador de agua
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal del generador
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal para el compresor frigorífico
- Mantenimiento de la xxxxxx trapezoidal del ventilador
- Mantenimiento de la batería, comprobación de la desconexión principal de batería
- Comprobación del soporte del motor
- Mantenimiento de la instalación de aire acondicionado
- Limpieza del radiador del refrigerante, del aire de admisión y del aceite hidráulico
- Comprobación de la fijación de los rascadores
- Comprobar nivel de aceite en el engranaje de traslación
- Comprobación y relleno del sistema de lubricación central
- Cambiar el filtro de aire fresco y el filtro del aire de circulación
- Comprobación, ajuste del juego de válvulas
- Reemplazo del filtro de combustible
- Comprobación de la concentración del anticongelante y del estado del refrigerante
- Descarga del agua de condensación del aceite lubricante del radiador del aire de admisión
- Comprobación de las fijaciones de motor/turbocargador/mangueras del aire de combustión
- Comprobación de la presión xxx xxxxxx
- Cambio de aceite del engranaje de traslación
- Cambio del filtro externo del aire del motor
- Cambio del filtro interno del aire del motor
- Reemplazo del filtro del aceite hidráulico
- Cambio del aceite hidráulico y del filtro de aireación
- Cambio del líquido refrigerante
- Cambio del aceite y del filtro en el engranaje de toma fuerza
- Control del estado de la articulación de codo pendular
- Comprobación del extintor
- Análisis de aceites
3. INCLUSIONES
El servicio de mantenimiento preventivo incluirá el pedido y suministro de los materiales necesarios, la mano de obra necesaria para realizar todas las actuaciones del mantenimiento preventivo descritas en el punto anterior y los desplazamientos.
4. LUGAR DE TRABAJO
El mantenimiento preventivo se realizará en el lugar de trabajo de la máquina, en el Centro de Tratamiento de Residuos de Góngora – Xxxxxxx.
Siempre que sea posible dichos trabajos se realizarán en interior xx xxxx, pudiendo suceder en ocasiones que sea necesario realizarlos a la intemperie.
5. OPERATIVIDAD
SCPSA se compromete a avisar al adjudicatario con al menos 5 días de antelación previo a que la máquina cumpla las 500, 1.000 o 2.000 horas para cada revisión.
El adjudicatario deberá realizar el servicio de mantenimiento preventivo dentro de los dos días hábiles siguientes al cumplimiento por parte de la máquina de las horas previstas para el mantenimiento preventivo (en este sentido no se consideran hábiles ni el sábado ni el domingo).
6. MEDIOS Y HERRAMIENTAS NECESARIOS
El adjudicatario deberá disponer de los medios y herramientas necesarios para las operaciones de mantenimiento, no pudiendo hacer uso de los medios y herramientas de SCPSA existentes en el CTRU xx Xxxxxxx, salvo que previamente se acuerde su cesión.
7. GESTIÓN DE RESIDUOS
En cuanto a los residuos generados en las operaciones de mantenimiento de la máquina, el adjudicatario puede proceder de dos formas:
- Proceder a su retirada como gestor/recogedor autorizado. En dicho caso deberá entregar a SCPSA el documento correspondiente, justificando dicha retirada.
- Depositarlos en los recipientes que a tal fin SCPSA tiene en las instalaciones del CTRU xx Xxxxxxx.
8. LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES
Una vez realizada cada operación de mantenimiento, el adjudicatario deberá dejar en perfecto estado de orden y limpieza las instalaciones donde haya realizado dichas operaciones.